Solidaridad Profesional Solidaridad es un término derivado del Derecho Romano, en el que la “obligación solidaria” (in solidum) indicaba una obligació ción con pluralidad de sujetos pero con con identidad de objeto. Así, varios deudores o acreedores podí podían an tene tenerr dere rech cho o a una mism misma a pre rest stac ació ión n pero pero sobreentendiéndose sobreentendiéndose que cada uno respondía por todos “in solidum”. Este sentido jurídico perdura aún en los códigos civiles mod modern rnos os.. El hum uman anis ismo mo ha inte intent ntad ado o hace hacerr de la solidaridad la virtud fundamental de la vida moral, aun substituyéndola a la justicia y a la caridad. Entendemos por por Solid Solidar arid idad ad Prof Profes esio iona nall la comu comuni nida dad d de inte intere rese ses s entre
quienes
ejercen
secundariamente
entre
una
misma
todos
los
profesión,
y
profesionistas
universitarios. Creemos que esta solidaridad tiene una gran importancia para el provenir de las profesiones y de la sociedad. En la sociedad moderna las agrupaciones profesionales ya se han convertido en órganos esenciales, que cada día se hace hacen n más más ne nece cesa sari rios os,, ex exig igie iend ndo o mayo mayorr auto autori rida dad d y auto autono nomí mía a para para el desa desarr rrol ollo lo del del bien bien común común.. Pero Pero la profesió sión,
en
tanto
puede
desem sempeñar
la
funció ción
orgánica que le ha asignado la civilización moderna, en cuanto los profesionist profesionistas as tienen tienen conciencia conciencia de que deben ser ser una inst instit itu ució ción disc discip ipli lin nada ada y org organiz anizad ada a por el
vínculo del deber y, sienten la responsabilidad de ese deber, hasta el punto de convertirlo en virtud. No es difícil entrever en la actividad profesional todo un estilo de claridad, de serena seguridad, de cortés desenvoltura, de energía generosa, conciencia iluminada, voluntad eficiente y honesta libertad que debe cualificar y caracterizar
el
grupo
constituido
en
organismo
indispensable del bienestar colectivo. Pero para que todas estas cualidad ejerzan su benéfica acción en
el
cuerpo
social
se
requiere
la
unidad
corporativa, que debe ser fruto de la organización profesional. Desde el punto de vista institucional, la solidaridad requiere de todos los miembros de una profesión esta unidad y organización, que es condición de eficiencia y bienestar colectivo. Esta solidaridad nace instintivamente entre las clases humildes; crece tanto más,
cuanto
es
menor
el
relieve
personal
y
la
competencia, y disminuye en la medida en que crecen la competencia y el relieve. Para que esta solidaridad sea una realidad viva y operante en el cuerpo social, es indispensable que entre los profesionistas haya unión, mutua ayuda, estatuto jurídico, jerarquía de los bienes y servicios, responsabilidad y frutos. Para lo cual se necesita que exista en forma permanente: a) La suficiente personería civil que consagre la derechos de poseer, adquirir, y actuar judicialmente ante los
Tribunales
en
representación
de
los
intereses
profesionales, ya sean comunes de la profesión, ya sean de cada uno de sus miembros. b) La posibilidad que tiene todos los sindicatos, de socorro mutuo, de retiro o jubilación, de subvencionar cooperativas, de organizar servicios de compras en común,
de
promover
cursos
profesionales
de
perfeccionamiento; siempre que tales iniciativas no se vicien con el fin mercantilista de “realizar ganancias”. c) La facilidad de cumplir con su misión social, que ya dijimos
es
orientadora,
educadora,
organizadora
y
constructora del porvenir. Reducir institucionalmente la solidaridad a las puras dimensiones de los interese económicos de la profesión, es vaciarla de su contenido social y ético, y comprometerla con todos los peligros que nacen de la misma naturaleza humana. (Menéndez Aquiles, Etica Profesional, pp 128-130) Surge aquí toda una problemática entrañable que, allende la claridad de ideas, exige la abnegación del ideal; y que además de la ciencia, postula la conciencia. Y es precisamente de un rector universitario la afirmación de que “el mundo actual está lleno de principios y de verdades indiscutibles, que se nos malogran y pudren por falta de amor”. Sólo la solidaridad cultivada como virtud, puede asegurar:
a) La justicia. El crédito de la profesión e y el interés personal exigen que el profesionista se abstenga de dañar la reputación de los colegas con calumnias, manifestando sus defectos o errores, o rebajando sus méritos, aunque sea únicamente con dudas insidiosas. b) La caridad. La solidaridad n o se reduce a no perjudicar a los demás. Comprende principalmente una actividad y un afecto propenso a evitar el mal y procurar el bien. c) La cortesía. Hay una cortesía impuesta por la ley natural (el saludo, el respeto y caballerosidad que impone la diferencia de sexo entre colegas). (Menéndez Aquiles, Etica Profesional, pp 130-131) No es lo mismo ingresar en el mundo que ingresar en la vida.
Cuando
aparecemos
sobre
la
Tierra
somos
incapaces de dirigirnos; y sólo lenta y progresivamente vamos alcanzando las auténticas dimensiones de la conciencia y de la libertad, y aún entonces, debemos reconocer la necesidad de ser conducidos, que subsiste en distintos grados y terrenos durante toda la vida. Cuando el hombre comienza a hacerse responsable, tropieza con la dificultad de discernir con claridad la dosis de sumisión e independiente afirmación de sí mismo que debe
normar
sus
decisiones
frente
al
general
conformismo o inercia impuesta por el medio social y la autoridad. Pero en todas las almas, y particularmente en el alma de un verdadero universitario, queda siempre un margen de autonomía intangible e irreductible, por la cual todos somos responsables de nuestra obediencia y de nuestras rebeldías, por más que busquemos un sabio o una autoridad a quien transferir son reservas y con absoluta confianza nuestra decisión. Y la razón es que todos los hombres se pueden equivocar, y que ese sabio absoluto y esa autoridad no existen. La
palabra
responsabilidad
suele
ser
sinónimo
de
“conciencia” o de “imputabilidad”. Sin embargo, la primera acepción es la auténtica; esto es: ” la obligación de rendir cuenta de los propios actos”, lo que comporta un deber. La imputabilidad es la simple atribución de un acto a un sujeto determinado. De tal manera, podemos afirmar que la imputabilidad es la reacción social o jurídica ante el deber
de
conciencia,
la
imputabilidad
es
justa
y
razonable. Si no existe, la imputabilidad es improcedente. Por eso la responsabilidad como imputabilidad de una acción puede ser definida como “la posibilidad de que uno puede ser declarado autor libre de esta acción y sus consecuencias, y que se le puede pedir cuenta”.
La responsabilidad como deber, es la obligación de responder de los propios actos delante del tribunal competente. Cuando el tribunal es dios o la propia conciencia, tenemos la responsabilidad moral. Cuando el tribunal es el Poder Público tenemos la responsabilidad legal; que a su vez es civil o penal, según, se trate de responder de los actos comunes del ciudadano, o del daño inferido que requiere indemnización o pena por la violación de las leyes. Para la verdadera responsabilidad y para la justa imputación de una acción mala se requiere: a) Que al menos confusamente se haya previsto el efecto. (Así al que desconoce el vino, no se le puede imputar
la
embriaguez).
b) Que sea posible no poner la causa o, al menos, volverla ineficaz (verbigracia: cuando se tiene el hábito de maldecir, las pocas maldiciones que se escapan no son imputables). c) Que se esté obligado a no poner la causa para evitar las
malas
consecuencias. Donde
se cumplen
estas
condiciones, hay responsabilidad de conciencia, aunque casualmente no se siga el efecto. Y ya sabemos que los factores que influencian el conocimiento y la libre voluntad, no los obstáculos que alteran los actos humanos y la responsabilidad; aunque a veces no sea fácil discernirlos ni juzgarlos. Tales son: la
ignorancia, violencia, miedo, pasión, antecedente, hábito y enfermedades mentales. También suponemos que nuestros
lectores
saben
distinguir
entre
los
actos
voluntarios perfectos e imperfectos, actuales y virtuales, directos e indirectos.