INSTITUTO TECNOLOGICO DE TAPACHULA INSTALACIONES ELECTRICAS EMF-1015
Presenta: ARREOLA ABARCA ERNESTO LEON LOPEZ ROBERTO DE JESUS REYES FERNANDEZ ABIMAEL ELIOENAI
Catedratico: ING ADRIAN GONZALEZ MARTINEZ
Semestre: 6to SEMESTRE GRUPO B
Carrera: ING. ELECTROMECANICA
Lugar y fecha: TAPACHULA CHIAPAS; A 04 DE MARZO DEL 2015
INDICE
INTRODUCCION ……………………………………………………………………………1
ASPECTO LEGALE LEGALES S Y NORMAS NORMAS VIGENTES…………………………………………2
NORMA OFICIAL MEXICANA RELATIVA A LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS………………………………..3 CONCEPTOS Y CLASIFICACIÓN SOBRE INSTALACIONES ELÉCTRICAS ………………………………………..5 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA……………………………………………………..9 LEYES VIGENTES APLICABLES ………………………………………12 LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA Y SU REGLAMENTO ……………………………………14 LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN………………………………………………………..18 ACUERDO QUE ESTABLECE QUE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR CON SUS PROYECTOS DE INSTALACIONES PARA EL USO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA ………………………………………….24 LA FIGURA DE LA U.V.I.E ………………………………………………28 UNIDADES DE MEDIDA A UTILIZAR POR LEY ………………….….29 SIMBOLOGÍA ELÉCTRICA NORMALIZADA ………………………….31 AMERICANA………………………………………………………………38 EUROPEA…………………………………………………………………44 COSTO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA ………………………………..55 TARIFAS VIGENTES…………………………………………………….58
CONCLUSION……………………………………………………………………..63
MAPA CONCEPTUAL…………………………………………………………….64
INDICE
INTRODUCCION ……………………………………………………………………………1
ASPECTO LEGALE LEGALES S Y NORMAS NORMAS VIGENTES…………………………………………2
NORMA OFICIAL MEXICANA RELATIVA A LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS………………………………..3 CONCEPTOS Y CLASIFICACIÓN SOBRE INSTALACIONES ELÉCTRICAS ………………………………………..5 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA……………………………………………………..9 LEYES VIGENTES APLICABLES ………………………………………12 LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA Y SU REGLAMENTO ……………………………………14 LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN………………………………………………………..18 ACUERDO QUE ESTABLECE QUE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR CON SUS PROYECTOS DE INSTALACIONES PARA EL USO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA ………………………………………….24 LA FIGURA DE LA U.V.I.E ………………………………………………28 UNIDADES DE MEDIDA A UTILIZAR POR LEY ………………….….29 SIMBOLOGÍA ELÉCTRICA NORMALIZADA ………………………….31 AMERICANA………………………………………………………………38 EUROPEA…………………………………………………………………44 COSTO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA ………………………………..55 TARIFAS VIGENTES…………………………………………………….58
CONCLUSION……………………………………………………………………..63
MAPA CONCEPTUAL…………………………………………………………….64
TARIFAS…………………………………………………………………………..65
BLOQUE DE PREGUNTAS……………………………………………………..68
EVALUACIONES………………………………………………………………….79
BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………….82
GLOSARIO…………………………………………………………………………83
ANEXOS…………………………………………………………………………….86
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES INTRODUCCION
En cualquier instalación eléctrica, llámese de cualquier tipo, residencial, comercial y/o industrial requiere de una fuente de suministro, en este caso la empresa suministradora es la Comisión Federal de Electricidad, y el cual lleva a cabo mediciones de potencia consumida por la instalación y además de esto aplica un costo de consumo de energía eléctrica, esto a partir de tarifas aprobadas, obviamente dependiendo de la zona en que se encuentre la instalación estos varían. En el presente trabajo se muestra la gran importancia de las instalaciones eléctricas, pues es de gran ayuda en la actualidad conocer cómo es que se lleva a cabo una instalación y conocer cada uno de sus elementos, como el relevador, elemento sumamente importante el cual cierra o abre independientemente los circuitos y de igual manera el principio de funcionamiento de cada uno de los elementos que componen una instalación eléctrica, de igual forma es interesante tener muy en cuenta cuales son los tipos que existen en la actualidad de las instalaciones, así como el riesgo que tenga cada una. Las instalaciones eléctricas por muy sencillas o complejas que parezcan, es el medio mediante el cual los hogares y las industrias se abastecen de energía eléctrica para el funcionamiento de los aparatos domésticos o industriales requeridos. Es importante tener en cuenta la aplicación de los reglamentos para garantizar un buen y duradero funcionamiento, además en caso de diversas circunstancias sepamos actuar adecuadamente y cuidar nuestra integridad física mediante el uso de protecciones.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
UNIDAD I
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.1
NORMA OFICIAL MEXICANA RELATIVA A LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS
La norma encargada de hablar sobre las instalaciones eléctricas es la NOM-001SEDE-2012 y el objetivo de esta NOM es establecer las especificaciones y lineamientos de carácter técnico que deben satisfacer las instalaciones destinadas a la utilización de la energía eléctrica, a fin de que ofrezcan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades, en lo referente a la protección contra: - Las descargas eléctricas, - Los efectos térmicos, - Las sobrecorrientes, - Las corrientes de falla y - Las sobretensiones. El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM promueve el uso de la energía eléctrica en forma segura; asimismo esta NOM no intenta ser una guía de diseño, ni un manual de instrucciones para personas no calificadas. CAMPO DE APLICACIÓN Esta NOM cubre a las instalaciones destinadas para la utilización de la energía eléctrica en: a) Propiedades industriales, comerciales, de vivienda, cualquiera que sea su uso, públicas y privadas, y en cualquiera de los niveles de tensión de operación, incluyendo las utilizadas para el equipo eléctrico conectado por los usuarios. Instalaciones en edificios utilizados por las empresas suministradoras, tales como edificios de oficinas, almacenes, estacionamientos, talleres mecánicos y edificios para fines de recreación. INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES e) Las ampliaciones o modificaciones a las instalaciones, así como a las partes de instalaciones existentes afectadas por estas ampliaciones o modificaciones. Los equipos eléctricos sólo están considerados respecto a su selección y aplicación para la instalación correspondiente. Las Características de las especificaciones de la norma oficial mexicana Las especificaciones de esta NOM se dividen como se indica en el Título 5. Los Capítulos 1, 2, 3 y 4, son de aplicación general; los Capítulos 5, 6 y 7, se refieren a ambientes especiales, equipos especiales u otras condiciones especiales. Estos últimos Capítulos complementan o modifican las reglas generales. Los Capítulos 1 a 4 se aplican a todo, excepto en lo modificado por los Capítulos 5, 6 y 7 para las condiciones particulares o especiales. El Capítulo 10, consiste de Tablas de datos de conductores y de sus aislamientos, así como del tubo conduit y de los factores de ocupación por los conductores. Se incluye el apéndice D, que es de carácter normativo y los apéndices A, B, C y E, de carácter informativo. Cada Capítulo, está dividido en Artículos seguido de un número asignado. Cada Artículo trata un tema específico, por ejemplo: alimentadores, puesta a tierra, circuitos derivados, circuitos de motores, etcétera.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.1.1 CONCEPTOS Y CLASIFICACIÓN SOBRE INSTALACIONES ELÉCTRICAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS Descripción: Conjunto de elementos (tableros, interruptores, cables, transformadores, etc.) que permiten transportar y distribuir la energía eléctrica hacia los centros de consumo. Objetivo: * Distribuir la energía eléctrica a los equipos de manera segura y eficiente. * Debe ser económica flexible y de fácil acceso. Seguridad: Una instalación segura es aquella que no presenta riesgos para los usuarios y para los equipos. Eficiencia: Diseñar cuidadosamente la instalación para evitar consumos innecesarios. * Perdidas en los elementos. * Imposibilidad para desconectar equipos. * Aparatos que estén encendidos y que no se estén usando Economía: Frente a cualquier proyecto se debe pensar en su realización con la menor inversión posible. Flexibilidad: Es aquella instalación que puede adaptarse a pequeños cambios, es decir, una instalación
aparente
es
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más
flexible
que
una
instalación
ahogada.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Accesibilidad: * Se deben tener las previsiones necesarias para permitir el acceso a todas las partes que pueden requerir mantenimiento. * Contar con los elementos que permitan entender el diseño de la instalación (planos y diagramas) Vida útil: Para saber el tiempo de vida de una instalación eléctrica se deben considerar diversos factores: * Proyecto * Ejecución * Condiciones de uso * Mantenimiento * Medio ambiente Proyecto y construcción: * Contemplar previsiones adecuadas. * Sistema confiable de protecciones. * Cualquier modificación debe estar asentada en los planos para mantenerlos vigentes.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES TIPOS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
TOTALMENTE VISIBLES: En este caso, todas las partes componentes de la instalación eléctrica se encuentran a la vista y sin ningún elemento que le sirva como protección contra esfuerzos mecánicos, ni como protección en contra del medio ambiente, este tipo de instalación puede generar riesgos (accidentes). VISIBLES ENTUBADAS: Las instalaciones eléctricas son así realizadas, ya que las estructuras de la construcción y el material de los muros impiden el ahogar las canalizaciones, en este caso si existe protección mecánica y contra los factores ambientales. TEMPORALES: En este tipo de instalaciones todas las partes componentes de la instalación eléctrica se encuentran a la vista y sin ningún elemento que le sirva como protección contra esfuerzos mecánicos, además están expuestos a la abrasión, se construyen para abastecer de energía eléctrica por periodos de tiempo cortos, como en el caso de ferias, carnavales, exposiciones, juegos mecánicos, servicios en obras en proceso, etc. DE EMERGENCIA: Cuando se requiere contar con suministro continuo de energía eléctrica, se coloca una planta de emergencia que generalmente se pone en
operación
automáticamente al faltar la energía que proporciona la compañía suministradora. Es muy usual encontrar este tipo de instalaciones en grandes centros comerciales, hospitales, teatros, cines y en industrias que cuentan con un proceso de fabricación continuo
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES PARCIALMENTE OCULTAS: Se localiza este tipo de instalación en naves industriales donde parte de la canalización va por pisos y muros y la restante por armaduras; en edificios de bancos, oficinas y centros comerciales que para darle una buena estética se cubren con un falso plafón. TOTALMENTE OCULTAS: En este caso la instalación eléctrica presenta un muy buen acabado, ya que quedan visibles solamente las tapas de los tomacorrientes, de los interruptores y de los centros de carga o tableros. Poseen el grado más alto de estética cuando los accesorios son de buena calidad y presentación. A PRUEBA DE EXPLOSIÓN: Las instalaciones eléctricas a prueba de explosión se construyen en los locales y ambientes en donde existen gases y polvos explosivos, así como partículas en suspensión factibles de incendiarse, las canalizaciones deberán cerrar herméticamente para que en caso de corto circuito la chispa o flama no salga al exterior y cause daños externos, por ejemplo se desarrollan en molinos de trigo, minas de tiro, gaseras, plantas petroquímicas, etc.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.1.2 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA
Las normas se identifican por un título que indica su aplicación general y un número de identificación, formado por:
Tres letras. El tipo específico de norma, NOM para las Normas Oficiales Mexicanas y NMX para las Normas Mexicanas. Cuando le antecede a estas letras una P (pe) o PROY el texto es sólo un proyecto de norma y como tal no se puede usar, ya que podría modificarse, en caso de haber observaciones que se reúnan en el comité técnico que la elabora. La sigla EM indica un estado de emergencia y previene sobre los objetos o situaciones.
Tres dígitos. Es un código numérico específico de la norma, indicado por tres dígitos del 001 al 999, que es un número que siempre conserva la norma en sus diferentes versiones o refrendos. En ocasiones, una misma norma se emite en varias, ya que resulta más fácil actualizarla y revisarla; para indicarlo, se coloca una diagonal y un par de dígitos entre 01 y 99.
Tres o cuatro letras. Siglas de la secretaría de estado o dependencia involucrad@/s en el estudio, en la emisión y en la realización de los procedimientos de verificación, el cual se compone por tres o cuatro letras, según la secretaría en cuestión. Estas pueden variar entre revisiones, ya que la secretaría de estado o dependencia puede
crearse, modificar
nombre u objetivos o desaparecer. Además, lleva un número al final de las letras, que indica el comité que las revisa, en algunas ocasiones lleva 1, 2 o 3, según el comité consultivo que las revisa.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Cuatro dígitos, que indican el año que se publicó en el Diario Oficial de la Federación. Esto suele confundirse con la entrada en vigor, pero por el tiempo de transición la entrada en vigor puede ser hasta el año siguiente de su publicación.
Organización: En las normas NMX, es usual colocar las siglas del organismo privado responsable de la norma, como puede ser la ANCE. O entre el identificar de tipo NMX y el número de la norma se coloca una letra que indica el área técnica que realizó la norma.
LA ESTRUCTURA BÁSICA DE UNA NORMA NMX O NOM ES EL SIGUIENTE:
Presentación: se indica el número de identificación y el título, la secretaría o dependencia que la emite y las bases legales.
Considerando: se indica el espíritu o necesidad que llevó a crearla.
Prefacio: se presenta la norma y los organismos involucrados en su creación.
Índice del contenido por títulos: se indican las partes que la forman, generalmente las siguientes:
Objetivo y campo de aplicación: indica los límites que tiene la aplicación de la norma en específico, se indican las materias cubiertas y no cubiertas por la norma, por ejemplo:
Referencias: se indican los textos técnicos arbitrados que sirvieron para su elaboración.
Especificaciones: tablas o datos específicos.
Lineamientos: uso e interpretación adecuados de la norma.
Cumplimiento: procedimiento por parte del usuario de la norma para verificar el cumplimiento, lo que no involucra necesariamente al verificador.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Vigilancia: indica la autoridad encargada de la vigilancia de la aplicación y cumplimiento y por ende responsable de los verificadores de la conformidad de la misma.
Concordancia con normas internacionales: indica si la norma tiene las características adecuadas para considerarse concordante con otra norma de origen extranjero o nacional, ya sea totalmente (caso común cuando se adopta un estándar o norma extranjera) o solo en una parte; también se indica si es o no concordante con alguna que de principio lo parezca.
Bibliografía: indica los libros arbitrados o que se tomaron en cuenta en su elaboración.
Transitorios: dado que se publica en el Diario Oficial de la Federación, debe llevar por lo menos tres puntos:
El tiempo entre su publicación y su entrada en vigencia
La materia que afecta y las condiciones en que la afecta, como que únicamente aplica a los productos realizados luego de la fecha de entrada en vigor.
La cancelación o sustitución de una norma o ley vigente a la fecha de publicación, la cual seguirá vigente hasta la fecha de entrada en vigor de la norma.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.2
LEYES VIGENTES APLICABLES
Artículo 2º: A los efectos de garantizar la regulación y control de las características técnicas y medidas de seguridad de las instalaciones internas a los domicilios, se adoptará como modelo de referencia, el implementado en la jurisdicción nacional, para el suministro de gas natural. En particular para la determinación de actores intervinientes, competencias y responsabilidades, en materia de verificación y control de la seguridad de las instalaciones interiores en los inmuebles de los usuarios del servicio.-
Artículo 3º: Cualquier aspecto que la Autoridad de Aplicación y/o el Organismo de Control especifico considere deba ser reglamentado en materia de requisitos exigibles a las distribuidoras de energía eléctrica para habilitar el suministro eléctrico a los usuarios del servicio, podrá involucrar a los Municipios, siempre que exista el consentimiento de estos, y que los mismos acrediten contar con las dependencias, equipos y recursos humanos capacitados para asumir dicha tarea. Artículo 4º: En aquellos casos en los que los Municipios accedan a colaborar o participar de la tarea de control de las instalaciones, dicha participación deberá instrumentarse mediante convenio rubricado por el Intendente y la Autoridad Provincial competente, convalidado por Ordenanza del respectivo Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo 5º: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente, en todos aquellos aspectos que contribuyan a determinar los procedimientos y condiciones a las que deberán ajustarse tanto los Municipios, por una parte, como la Autoridad de Aplicación y el Organismo de Control, Eléctrico en la Provincia de Buenos Aires, a los efectos garantizar el pleno cumplimiento de la presente.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Artículo 6º: Deróguese toda legislación que se oponga a la presente a la presente. Artículo 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.2.1 LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA Y SU REGLAMENTO
Artículo lº.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en lo que se refiere a la prestación de dicho servicio y a las actividades previstas en la propia Ley que no constituyen servicio público.
Artículo
2º.-
Para efectos
de este Reglamento,
se entenderá
por:
I. Comisión: La Comisión Federal de Electricidad;
II. Distribución: La conducción de energía eléctrica desde los puntos de entrega de la transmisión hasta los puntos de suministro a los usuarios;
III. Generación: La producción de energía eléctrica a partir de fuentes primarias de energía, utilizando los sistemas y equipos correspondientes;
IV. Ley: La Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; V. Mantenimiento: El conjunto de actividades para conservar las obras e instalaciones en adecuado estado de funcionamiento para la prestación del servicio público;
VI. Operación: El conjunto de actividades a cargo del suministrador para generar, transmitir, transformar y distribuir energía eléctrica, así como las de controlar y proteger el sistema eléctrico nacional;
VII. Secretaría: La Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal; INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES VIII. Sistema eléctrico nacional: El conjunto de instalaciones destinadas a la generación, transmisión, transformación, subtransmisión, distribución y venta de energía eléctrica de servicio público en toda la República, estén o no interconectadas; IX. Suministrador: La Comisión Federal de Electricidad, y en lo conducente las entidades mencionadas en el artículo cuarto transitorio de la Ley;
X. Suministro: El conjunto de actos y trabajos necesarios para proporcionar energía eléctrica a cada usuario;
XI. Transformación: La modificación de las características de la tensión y de la corriente eléctrica, para adecuarlas a las necesidades de transmisión y distribución de la energía eléctrica;
XII. Transmisión: La conducción de energía eléctrica desde las plantas de generación hasta los puntos de entrega para su distribución; y
XIII. Usuario: Persona física o moral que hace uso de la energía eléctrica proporcionada por el suministrador, previo contrato celebrado por las partes.
Artículo 3o.- La Secretaría, con la participación del suministrador y de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, tomará las medidas conducentes para propiciar la utilización racional de la energía eléctrica y desarrollará campañas para ese propósito, en los términos de los programas para el ahorro de energía.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Artículo 4o.- Salvo disposición en contrario, los plazos y términos fijados en este Reglamento se contarán en días naturales, y empezarán a correr al día siguiente de aquél en que ocurran los hechos y circunstancias previstos en el mismo.
Artículo 5o.- El suministrador y todas las personas mencionadas en este Reglamento proporcionarán a la Secretaría y a las dependencias competentes de la administración pública federal la información prevista en la Ley y este Reglamento.
Artículo 6o.- Sólo con autorización de la Secretaría, podrá el suministrador llevar a cabo las obras para la prestación del servicio público. Cualquier modificación a los programas relativos será
sometida a
la autorización de
la misma.
En el caso de las obras consistentes en la construcción de nuevas instalaciones de generación, dicha autorización deberá otorgarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125, fracción III. No requerirán autorización previa de la Secretaría, las obras específicas de ampliación y modificación solicitadas por los usuarios, mencionadas en la fracción VII del artículo 13 de la Ley. Las obras de electrificación para comunidades rurales y áreas suburbanas que se realicen con la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas, se sujetarán a las disposiciones que consignen los acuerdos de coordinación que celebren aquéllos con el Ejecutivo Federal.
Artículo 7o.- El suministrador gestionará las autorizaciones que se requieran por parte de las dependencias competentes, para importar, exportar o intercambiar energía eléctrica, dentro de las actividades relativas al servicio público.
La Secretaría autorizará dichas gestiones en los siguientes
supuestos:
I. Importación de energía eléctrica: INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES a)
Cuando por razones técnicas o económicas sea conveniente;
b) Cuando el costo de la importación sea menor al que el suministrador tenga que efectuar para su obtención;
II. Exportación de energía eléctrica:
a) Cuando no se afecte el consumo nacional y técnico y económicamente sea conveniente; b) Cuando se realice el aprovechamiento de recursos naturales comunes a México y a un país fronterizo, en cuyo caso se celebrarán los convenios que procedan, con sujeción a las leyes mexicanas y a los tratados internacionales;
III.- Intercambio de energía eléctrica con prestadores del servicio de energía eléctrica de otros países, mediante la celebración de los convenios correspondientes.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.2.2 LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN
ARTÍCULO 1o.- La presente Ley regirá en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento. Siempre que en esta Ley se haga mención a la Secretaría, se entenderá hecha a la Secretaría de Economía. ARTÍCULO 2o.- Esta Ley tiene por objeto: En materia de Metrología: a) Establecer el Sistema General de Unidades de Medida; b) Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología; c) Establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; d) Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de indicar el contenido neto en los productos envasados; e) Instituir el Sistema Nacional de Calibración; f) Crear el Centro Nacional de Metrología, como organismo de alto nivel técnico en la materia; y g) Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.
II. En materia de normalización, certificación, acreditamiento y
verificación:
a) Fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas;
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES b) Instituir la Comisión Nacional de Normalización para que coadyuve en las actividades que sobre normalización corresponde realizar a las distintas dependencias de la administración pública federal; c) Establecer un procedimiento uniforme para la elaboración de normas oficiales mexicanas por las dependencias de la administración pública federal; d) Promover la concurrencia de los sectores público, privado, científico y de consumidores en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas; e) Coordinar las actividades de normalización, certificación, verificación y laboratorios de prueba de las dependencias de administración pública federal; f) Establecer el sistema nacional de acreditamiento de organismos
de
normalización y de certificación, unidades de verificación y de laboratorios de prueba y de calibración; y g) En general, divulgar las acciones de normalización y demás actividades relacionadas con la materia.
ARTÍCULO 3o.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: I. Acreditación: el acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los organismos de certificación, de los laboratorios de prueba, de los laboratorios de calibración y de las unidades de verificación para la evaluación de la conformidad;
II. Calibración: el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas;
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES III. Certificación: procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se ajusta a las normas o lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a las normalizaciones nacionales o internacionales; IV. Dependencias: las dependencias de la administración pública federal;
IV-A. Evaluación de la conformidad: la determinación del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las
normas internacionales
u
otras
especificaciones,
prescripciones
o
características. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación; V. Instrumentos para medir: los medios técnicos con los cuales se efectúan las mediciones y que comprenden las medidas materializadas y los aparatos medidores; VI. Medir: el acto de determinar el valor de una magnitud; VII. Medida materializada: el dispositivo destinado a reproducir de una manera permanente durante su uso, uno o varios valores conocidos de una magnitud dada;
VIII. Manifestación: la declaración que hace una persona física o moral a la Secretaría de los instrumentos para medir que se fabriquen, importen, o se utilicen o pretendan utilizarse en el país;
IX. Método: la forma de realizar una operación del proceso, así como su verificación;
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES X. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado; X-A. Norma o lineamiento internacional: la norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional; XI. Norma oficial mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación;
XII. Organismos de certificación: las personas morales que tengan por objeto realizar funciones de certificación; XIII. Organismos nacionales de normalización: las personas morales que tengan por objeto elaborar normas mexicanas; XIV. Patrón: medida materializada, aparato de medición o sistema de medición destinado a definir, realizar, conservar o reproducir una unidad o uno o varios valores conocidos de una magnitud para transmitirlos por comparación a otros instrumentos de medición;
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES XV. Patrón nacional: el patrón autorizado para obtener, fijar o contrastar el valor de otros patrones de la misma magnitud, que sirve de base para la fijación de los valores de todos los patrones de la magnitud dada;
XV-A. Personas acreditadas: los organismos de certificación, laboratorios de prueba, laboratorios de calibración y unidades de verificación reconocidos por una entidad de acreditación para la evaluación de la conformidad;
XVI. Proceso: el conjunto de actividades relativas a la producción, obtención, elaboración,
fabricación,
preparación,
conservación,
mezclado,
acondicionamiento, envasado, manipulación, ensamblado, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos y servicios;
XVII. Unidad de verificación: la persona física o moral que realiza actos de verificación; y
XVIII. Verificación: la constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado.
XIX. deroga)
ARTÍCULO 4o.- La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores y en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, representará al país en todos los eventos o asuntos relacionados con la metrología y normalización a nivel internacional, sin perjuicio de que en dicha representación y conforme a sus atribuciones participen otras INSTALACIONES ELECTRICAS
dependencias Página 22
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES interesadas en razón de su competencia, en coordinación con la propia Secretaría. También podrán participar, previa invitación de la Secretaría, representantes de organismos públicos y privados.
ARTÍCULO 5o.- En los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General de Unidades de Medida es el único legal y de uso obligatorio. El Sistema General de Unidades de Medida se integra, entre otras, con las unidades básicas del Sistema Internacional de Unidades: de longitud, el metro; de masa, el kilogramo; de tiempo, el segundo; de temperatura termodinámica, el kelvin; de intensidad de corriente eléctrica, el ampere; de intensidad luminosa, la candela; y de cantidad de sustancia, el mol, así como con las suplementarias, las derivadas de las unidades base y los múltiplos y submúltiplos de todas ellas, que apruebe la Conferencia General de Pesas y Medidas y se prevean en norma oficiales mexicanas. También se integra con las no comprendidas en el sistema internacional que acepte el mencionado organismo y se incluyan en dichos ordenamientos.
ARTÍCULO 6o.- Excepcionalmente la Secretaría podrá autorizar el empleo de unidades de medida de otros sistemas por estar relacionados con países extranjeros que no hayan adoptado el mismo sistema. En tales casos deberán expresarse, conjuntamente con las unidades de otros sistemas, su equivalencia con las del Sistema General de Unidades de Medida, salvo que la propia Secretaría exima de esta obligación.
ARTÍCULO 7o.- Las Unidades base, suplementarias y derivadas del Sistema General de Unidades de Medida así como su simbología se consignarán en las normas oficiales mexicanas.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.2.3 ACUERDO QUE ESTABLECE QUE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR CON SUS PROYECTOS DE INSTALACIONES PARA EL USO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
REQUISITOS INSTALACIONES ELÉCTRICAS RESIDENCIALES Requisitos de Cumplimiento 1. Llenar la solicitud respectiva y presentar la cédula de identidad de la persona a nombre de quien se suscribirá el servicio en caso de persona física; en el caso de persona jurídica, presentación de una copia de la certificación de personería jurídica con no más de tres meses de emitida, fotocopia de la cédula jurídica, fotocopia de la cédula de identidad del representante de la empresa y carta firmada por ese representante solicitando el servicio. 2. Copia del permiso municipal de construcción. Firma y copia del carné del ingeniero responsable de la instalación eléctrica. 3. Cuando contrate el servicio eléctrico, indique claramente la dirección de la casa indicando puntos cardinales apropiados, así como el distrito para poder localizarla con facilidad. 4. En la medida de lo posible, aporte un número telefónico de referencia donde poder comunicarnos y un número de medidor cercano. 5. Cuando se trate de un servicio para una carga mayor de 25 kilovatios, será necesario realizar una medición de la capacidad del transformador de distribución, para determinar si se requiere un estudio de ingeniería.
6. Si la carga requerida o el tipo de conexión no está disponible en el sistema, será necesario que el cliente solicite un estudio de ingeniería
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Condiciones Generales 1. Coloque la copia de la solicitud de servicio en la ventana, en un lugar visible y de frente a la calle. 2. Para efectuar la conexión del servicio eléctrico es necesaria la presencia en la vivienda de una persona adulta. 3. Para asegurarse la buena calidad de la instalación eléctrica de su inmueble, contrate un ingeniero o a un técnico calificado para que la realice. Requisitos para la acometida de servicio 1. Conduleta botaguas y tubería hasta el medidor, con diámetro mínimo de 32 milímetros. 2. La altura mínima de la conduleta botaguas al suelo debe de ser de 3,0 metros. La altura de los cables de la acometida aérea sobre la vía pública, sujeta a tráfico vehicular, debe ser de 5,50 metros mínima. 3. Los conductores de entrada deben de ser de cobre forrado y de un calibre no menor que el No.6AWG, 3 conductores, los cuales tendrán aislamiento aprobado para su uso (Por ejemplo; TW THW o THHN). 4. La base enchufable para el medidor debe ser instalado y alambrado por parte del cliente. La base puede empotrarse en concreto, o fijarse en tapias, verjas, etc. Debidamente protegido. 5. El medidor debe instalarse de frente a la calle pública, en el límite de la propiedad, en un lugar de fácil acceso para la toma de lectura, inspección y mantenimiento. 6. La varilla para el sistema de puesta a tierra debe tener una longitud de 1,5 metros mínimo y 16 mm de diámetro e instalarse lo más cerca posible al lugar en que se ubique el medidor. Si la resistencia a tierra del electrodo no es de 25 ohmios o menos podrán usarse otras varillas adicionales conectadas entre sí.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES REQUISITOS PARA LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE LA RESIDENCIA
1. La casa debe de tener un tablero o caja de disyuntores termomagnéticos para 6 circuitos mínimo, el cual debe ser ubicado en un lugar de fácil acceso y debidamente puesto a tierra. No debe instalarse en el baño o en los cuartos.
2. Se recomienda utilizar el siguiente código de colores en la instalación:
3. Los disyuntores termomagnénicos y cables deben de distribuirse de la siguiente manera:
4. Deben de usarse tomacorrientes polarizados y aterrizados para la puesta a tierra de protección.
5. La instalación eléctrica interna de la residencia debe hacerse en tubos conduit PVC.
6. En el interior de las paredes los conductores eléctricos deben instalarse dentro de las tuberías conduit y cajas metálicas o de PVC rectangulares para tomacorrientes y apagadores. No se permiten empalmes dentro de la tuber ía.
7. La Tubería de PVC expuesta debe de estar a más de 2,20 metros sobre el nivel del suelo o piso, a menor altura la tubería debe ser metálica.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Importante: a) La calidad y el estado de la instalación eléctrica del inmueble
es
responsabilidad del propietario, revísela periódicamente. b) Asegure la integridad física de los equipos electrónicos sensibles, instale la protección adecuada para minimizar los efectos de perturbaciones provocadas por disturbios atmosféricos, así como las que provengan de la red eléctrica.
c) Mantenga los artefactos eléctricos en buen estado, así evitará las fugas de electricidad.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.3
LA FIGURA DE LA U.V.I.E.
¿QUIÉNES SON LAS Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas? A la persona física o moral que realiza actos de verificación para evaluar la conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”, que han sido acreditadas por una Entidad de Acreditación
y Aprobadas por la Secretaría de Energía, conforme a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
¿QUÉ ES LA Verificación? La constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”.
¿QUÉ ES LA Evaluación de la conformidad? La determinación del grado de cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”. Comprende entre otros los procedimientos de muestreo, calibración, prueba, certificación y verificación.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.4
UNIDADES DE MEDIDA A UTILIZAR POR LEY
Artículo 1º-Se adopta para uso obligatorio en la República, con exclusión de cualquier otro sistema el Sistema Internacional de Unidades, denominado internacionalmente bajo las siglas “SI”, basado en el Sistema Métrico Decimal, en
sus unidades básicas, derivadas y suplementarias de medición.
Artículo 2º-Para todo acto legal en que se haga referencia a mediciones de cualquier tipo, será obligatorio y exclusivo el uso de las unidades de
dicho
sistema. Los tribunales de justicia o cualquier otra dependencia estatal, no aceptarán los documentos que se les presente si no se ajustan de cualquier modo a esta disposición.
Artículo 3º-Los actos administrativos de las dependencias públicas que no se ajusten a lo dispuesto en esta ley, serán anulables y los funcionarios que los originen, incurrirán en falta grave a las obligaciones que les impone su contrato de trabajo. El Diario Oficial no publicará ningún documento que no se ajuste a los dispuestos en esta ley.
Artículo 4º-En toda actividad agrícola, comercial o industrial, sólo podrán utilizarse las unidades de medición autorizadas por la presente ley.
Artículo 5º- Los empaques, envases y etiquetas, deben expresar la capacidad, longitud, superficie, volumen, peso o cualquier otra característica del producto que constituya la base principal sobre la cual se expende. La medida deberá expresarse en unidades del sistema a que se refiere esta ley, pero podrá utilizarse conjuntamente cualquier otro sistema de medias. Se exceptúan aquellos casos en
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES que para el expendio o el consumo o para ambos, no sea determinante ni de interés la fijación de medida.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Transitorio I.-El Poder Ejecutivo decretará los plazos para que en las diferentes actividades del país se implante el uso del Sistema Internacional de Unidades. Tales plazos no podrán en ningún caso exceder de diez años, a partir de la publicación de la presente ley.
Transitorio II.-Una vez decretados los plazos respectivos, sólo se podrá conceder prórroga en aquellos casos en que:
a) Cuando para implantar el Sistema Internacional de Unidades en una determinada actividad, se requiera la importancia de algún tipo de equipo y las reservas de divisas existentes en el Banco Central de Costa Rica no lo permitan; y b) Cuando los interesados demuestre que las dificultades técnicas para realizar tal implantación,
no
permiten
ejecutarla
en
el
plazo
previsto.
Transitorio III.- La concesión de prórrogas será hecha por la Oficina Nacional de Normas y Unidades de Medida, previo estudio de cada caso. Las decisiones de la Oficina no serán apelables.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.5
SIMBOLOGÍA ELÉCTRICA NORMALIZADA
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.5.1 AMERICANA SIMBOLOGIA ESTANDART AMERICANA PARA DIAGRAMAS ELECTRICOS TIPO AMERICANO
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ASPECTOS LEGALES LEGALES Y NORMAS VIGENTES
SIMBOLOGIA UTILIZADA PARA LOS DOS TIPOS DE TEMPORIZADORES
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ASPECTOS LEGALES LEGALES Y NORMAS VIGENTES
MOTOR TRIFASICO REVERSIBLE:
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ASPECTOS LEGALES LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.5.2 EUROPEA
SIMBOLOGIA ELECTRICA EUROPEA Símbolo
Descripción Objeto(contorno de un Objeto) Por ejemplo: - Equipo - Dispositivo - Unidad funcional - Componente - Función Deben incorporarse al símbolo o situarse en su proximidad otros símbolos o descripciones apropiadas para precisar el tipo de objeto. Si la representación lo exige se puede utilizar un contorno de otra forma Pantalla , Blindaje Por ejemplo, para reducir la penetración de campos eléctricos o electromagnéticos. El símbolo debe dibujarse con la forma que convenga. Conductor Conductor Se pueden dar informaciones complementarias. Ejemplo: circuito de corriente trifásica, 380 V, 50 Hz, tres conductores de 120 mm2, con hilo neutro de 70 mm 2 Conductores(unifilar) Las dos representaciones son correctas
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Ejemplo: 3 conductores Conexión flexible Conductor apantallado Cable coaxial Conexión trenzada Se muestran 3 conexiones Unión Punto de conexión Terminal Regleta de terminales Se pueden añadir marcas de terminales Conexión en T
Unión doble de conductores La forma 2 se debe utilizar solamente si es necesario por razones de representación.
Caja de empalme, se muestra con tres conductores con T conexiones. Representación multilineal.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Caja de empalme, se muestra con tres conductores con T conexiones. Representación unifiliar. Corriente continua Corriente alterna Corriente rectificada con componente alterna. (Si es necesario distinguirla de una corriente rectificada y filtrada) Polaridad positiva Polaridad negativa Neutro Tierra Se puede dar información adicional sobre el estado de la tierra si su finalidad no es evidente. Masa, Chasis Se puede omitir completa o parcialmente las rayas si no existe ambigüedad. Si se omiten, la línea de masa debe ser más gruesa. Equipotencialidad
Contacto hembra (de una base o de una clavija).Base de
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES enchufe. En una representación unifilar, el símbolo indica la parte hembra de un conector multicontacto. Contacto macho (de una base o de una clavija).Clavija de enchufe. En una representación unifilar, el símbolo indica la parte macho de un conector multicontacto. Base y Clavija
Base y Clavija multipolares El símbolo se muestra en una representación multifilar con 3 contactos hembra y 3 contactos macho. Base y Clavija multipolares El símbolo se muestra en una representación unifilar con 3 contactos hembra y 3 contactos macho. Conector a presión Clavija y conector tipo jack
Clavija y conector tipo jack con contactos de ruptura
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Base con contacto para conductor de protección Toma de corriente múltiple El símbolo representa 3 contactos hembra con conductor de protección Base de enchufe con interruptor unipolar Base de enchufe (telecomunicaciones). Símbolo general. Las designaciones se pueden utilizar para distinguir diferentes tipos de tomas: TP = teléfono FX = telefax M = micrófono FM = modulación de frecuencia TV = televisión TX = telex = altavoz Punto de salida para aparato de iluminación Símbolo representado con cableado. Lámpara, símbolo general. Luminaria, símbolo general. Lámpara fluorescente, símbolo general.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Luminaria con tres tubos fluorescentes (multifilar) Luminaria con cinco tubos fluorescentes (unifilar)
Cebador, Tubo de descarga de gas con Starter térmico para lámpara fluorescente.
Resistencia, símbolo general. Fotorresistencia
Resistencia variable
Resistencia variable de valor preajustado Potenciómetro con contacto móvil Resistencia dependiente de la tensión Elemento calefactor
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Condensador, símbolo general.
Condensador polarizado, condensador electrolítico.
Condensador variable
Condensador con ajuste predeterminado Bobina, símbolo general, inductancia, arrollamiento o reactancia Bobina con núcleomagnético Bobina con tomas fijas, se muestra una toma intermedia. Interruptor normalmente abierto (NA). Cualquiera de los dos símbolos es válido. Interruptor normalmente cerrado (NC). Interruptor automático. Símbolo general.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Interruptor. Unifilar.
Interruptor con luz piloto. Unifilar.
Interruptor unipolar con tiempo de conexión limitado. Unifilar.
Interruptor graduador. Unifilar. Regulador de intensidad luminosa.
Interruptor bipolar. Unifilar.
Conmutador Conmutador unipolar. Unifilar. Por ejemplo, para los diferentes niveles de iluminación.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Interruptor unipolar de dos posiciones. Conmutador de vaivén. Unifilar.
Conmutador con posicionamiento intermedio de corte. Conmutador intermedio.Conmutador de cruce. Unifilar. Diagrama equivalente de circuitos.
Pulsador normalmente cerrado
Pulsador normalmente abierto Pulsador. Unifilar. Pulsador con lámpara indicadora. Unifilar. Calentador de agua. Símbolo representado con cableado.
Ventilador. Símbolo representado con cableado.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Cerradura eléctrica Interfono. Por ejemplo: intercomunicador. Fusible Fusible-Interruptor
Pararrayos
Interruptor automático diferencial. Representado por dos polos.
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Interruptor automático magnetotérmico o guardamotor. Representado por tres polos.
Interruptor automático de máxima intensidad. Interruptor automático magnético.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.6
COSTO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
La energía eléctrica tiene que generarse tanto como se demanda en el momento, por lo tanto fijar una tarifa puede ser complicado, incluyendo todos los factores necesarios para suministrarla y definir su costo, como los combustibles fósiles, la tecnología utilizada, el personal capacitado, la región en donde te encuentras, la temperatura, la época entre otros. Cabe mencionar que México es uno de los países con mayor precio en energía eléctrica.
La CFE maneja diferentes tipos de tarifas para uso doméstico, industrial, general y más, estas tarifas van cambiando de precio cada mes a parte que en las tarifas de uso doméstico se divide tu consumo de kwh en "básico e intermedio" que tienen diferentes precios y si te excedes te pueden aplicar la tarifa DAC que significa un precio mucho más alto de energía eléctrica, para tarifas de uso general se divide en1er. Escalón o rango y 2do. Escalón que también tienen diferentes precios de kwh y el excedente se cobra con otro precio, más el cargo fijo de la tarifa. Todos estos datos los puedes encontrar en la sección de "Facturación" de tu recibo de luz.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES ESTAS SON LAS SECCIONES DE UN RECIBO DE LUZ
1. Datos personales.
10. Hilos
2. Número de servicio.
fases
de
corriente
eléctrica contratados.
3. Número del medidor instalado en tu domicilio.
11. Periodo de tu ultimo consumo. 12. Promedio diario de kW.
4. Ultimas dos lecturas realizadas. 5. Número por el que se multiplica la resta de tus dos ultimas lecturas. (Generalmente es 1.) 6. Consumo y
o
resultado
intermedio. 14. Precio y total en pesos de los kWh consumidos, sin impuestos.
de la
multiplicación. 7. Numero de usuario ante la CFE. 8. Total a pagar con impuestos. 9. Tipo de uso y tarifa
13. kWh consumidos de tipo básico e
15. Consumos de los últimos dos años. 16. Costo real de tu consumo de electricidad. 17. Apoyo gubernamental. 18. Avisos.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Tarifa DAC (Doméstica de Alto Consumo) ¿Cómo salir de la tarifa DAC? La tarifa DAC es un impuesto aplicado cuando el promedio del consumo bimestral del último año, sobre pasa la tarifa de tu contrato. A continuación la tabla de tarifas de uso doméstico. Recuerda que el precio de kWh cambia mensualmente. Tarifa
Temperatura media mínima
Límite de kWh para aplicar DAC
1 1A 1B 1C 1D 1E 1F
Menos a 25 ºC 25 ºC 28 ºC 30 ºC 31 ºC 32 ºC 33 ºC
500 kWh/Bimestre 600 kWh/Bimestre 800 kWh/Bimestre 1700 kWh/Bimestre 2000 kWh/Bimestre 4000 kWh/Bimestre 5000 kWh/Bimestre
Esta tarifa es completamente legal y puede llegar a generar un alto costo en sus recibos ya que el apoyo gubernamental no es aplicado y no cambia el tipo de tarifa a pesar de consumir menos energía. La mejor manera de salir de este tipo de tarifa es finiquitar esa cuenta de CFE y abrir una nueva con otro nombre pero existe la posibilidad de que sea aplicado el impuesto si se sobrepasa de nuevo. El sistema de energía fotovoltaica puede evitar estos problemas al no depender ya de CFE ó al reducir su consumo con un sistema de interconexión.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1.6.1 TARIFAS VIGENTES
Generalmente son tres los conceptos que se consideran para formular las facturas de consumo de energía eléctrica: la demanda máxima, la energía consumida y el factor de potencia.
Los cargos por concepto de la demanda se basan en los costos de generación de la energía eléctrica, de la transmisión y de la distribución de la misma, tomando en cuenta los medios disponibles para tal efecto. Se incluyen aquí los cargos redituables de la inversión, incluyendo intereses, impuestos, amortizaciones, etc. En el caso de los cargos por concepto de energía, se comprenden los gastos de combustible, mantenimiento y otros gastos relacionados con la operación.
CARGOS POR DEMANDA MAXIMA
Entre mayor sea la demanda de energía en un momento dado por un período de 15 minutos, más alto será tambien el cargo por demanda. Entre más uniformemente se pueda repartir el consumo de energía eléctrica en una planta. más bajo será el cargo por demanda.
CARGOS POR ENERGIA CONSUMIDA
Los costos de operación de la parte de la factura de consumo de energía eléctrica se basan en el número de kWh registrados en el término de cierto período. Para establecer comparaciones, tómese en consideración este período de facturación. El número de días de trabajo y el número de días cubiertos tendrán diferencias.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES CARGOS POR BAJO FACTOR DE POTENCIA
Debido a que la compañía suministradora tendrá que transmitir una corriente mayor a un sistema con bajo factor de potencia, que si hacia otro cuyo factor de potencia sea más alto, se ha introducido una cláusula al respecto para llevar a cabo la facturación. Esta cláusula ofrece una reducción en las cuotas de consumo para cargas con factor de potencia alto, o impone una multa si el factor de potencia es bajo.
ESTRUCTURA DE LAS TARIFAS
La estructura de las tarifas por consumo de energía eléctrica se basa en los costos de suministro a los usuarios, por lo cual se han tomado en cuenta las diferencias regionales, estaciones del año, horarios de consumo, nivel de la tensión de suministro y la demanda.
En cuanto a la región se refiere, a Baja California Sur se le asigna un 105 % respecto a las cuotas base.
Niveles de tensión:
Baja tensión
< 1 kV
1 kV < Media tensión < 35 kV
35 kV < Alta tensión, subtransmisión < 220 Kv
Alta tensión > 220 kV
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES EJEMPLOS DE DETERMINACION DE LA DEMANDA POR CONTRATAR.
PARAMETROS A CONTROLAR EN LA ENERGIA ELECTRICA
a) Factor de potencia
En un sistema eléctrico, uno de los factores a controlar es el factor de potencia. Este factor resulta de la comparación de la potencia aparente (KVA) con la potencia real (KW).
El sensado se lleva a cabo por medio de un medidor de desfasamiento entre voltaje y corriente. El actuador consiste en un sistema de conmutación que conecta y desconecta bancos de capacitores. El sistema de control que puede ser analógico o digital interpreta los datos del sensor, calcula la manera como deben conectarse estos bancos de capacitores y también cuenta con un sistema de temporizadores que evita la oscilación y el mal funcionamiento.
b) Demanda (KW)
Otro parámetro importantea controlar es el pico de demanda máxima de potencia. Esta medición se hace continuamente por parte de la compañía suministradora y se registra el valor más alto de la demanda de todo el mes. En base a este valor máximo se calcula la facturación.
El sensado se lleva a cabo con un transductor de potencia que calcula la potencia instántaneamente, o en instalaciones con tarifa horaria por medio de conteo de pulsos del medidor instalado por la compañía suministradora.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES c) Energía (KWh)
El método de control de energía más usado consiste en encender y apagar cargas por medio de un temporizador. La complejidad y flexibilidad del temporizador dependerá de su precio. Este "controlador"tendrá la
tarea
de eliminar el
encendido y apagado manual de cargas, asegurando la repetibilidad y precisión. Distintos metodos de medición de la energía eléctrica.
a) Energía:
Los KWh se miden por integración de la demanda a lo largo del tiempo. Los medidores mecánicos llevan a cabo esta integración por medio de un sistema de relojería que va desplazando unso engranes con indicadores durante el periodo de consumo. Los medidores electrónicos hacen el equivalente por medio de manejo de información. En este caso también es posible medir el consumo en diferentes periodos del día. En el caso de tarifas horarias, es importante acumular los pulsos de cada horario por separado. Este tipo de medidores son obligatorios en el caso de tarifa horaria.
b) Factor de potencia:
El f.p. es el resultado de dividir energía activa (KWh) y la energía aparente (la resultante de la potencia activa y la reactiva) acumulada durante todo el periodo de consumo (típicamente un mes) .
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
KWh2 f.p. = ----------------------------KWh2 + KVARh2
El medidor de potencia reactiva es idéntico al de energía activa, sólo que está instalado para medir los KVARh.
c) Demanda La medición de la demanda es la más sofisticada. Existen dos tipos de medidores:
De aguja. Este es un medidor que obtiene el valor de la demanda máxima por medio de dos agujas en una carátula: la aguja de "arrastre", que requiere ser inicializada a cero manualmente y que es empujada por la aguja de medición. La aguja de medición es medida por medio de un elemento que cuenta con cierta inercia sobre el cual operan
la
multiplicación instantánea de voltaje y corriente. Este medidor está hecho para tener un tiempo de respuesta aproximado de 10 a 15 minutos. Es común este tipo de medidor en instalaciones de menos de 1 MVA que no están sujetas a tarifa horaria.
De pulsos. Este es el método más preciso y se utiliza tanto en medidores mecánicos, como electrónicos. A estos medidores se les conecta un registrador que permite indicar la hora a la que ocurrio el consumo. Este medidor es obligatorio para tarifas horarias.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES CONCLUSION
Las instalaciones eléctricas forman parte esencial en nuestras vidas, pues constantemente estamos observando y colaborando en su funcionamiento. La instalación eléctrica es el conjunto de elementos que permiten trasportar y distribuir la energía eléctrica desde el punto de suministro hasta los equipos los cuales la utilizan, los elementos constituyentes de una instalación eléctrica son; la acometida, el equipo de medición, interruptores, derivándose el
interruptor
general, interruptor derivado, interruptor termo magnético, el arrancador, el transformador, tableros, tablero general, centro de control de motores, tableros de distribución o derivados, motores y equipos accionados por motores, estaciones o puntos de control, salidas para alumbrado y contactos, plantas de emergencias, tierra o neutro en una instalación eléctrica, interconexión. El buen funcionamiento de una instalación eléctrica depende del cumplimiento de las normas y reglamentos que incluyen los conductores e aisladores los cuales integran las canalizaciones eléctricas para tener una óptima protección y no permitir un mal funcionamiento. Los circuitos derivados son igual de importantes para la distribución de energía después de las canalizaciones, así como su aplicación en los motores.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES MAPA CONCEPTUAL INSTALACIONES ELECTRICAS
NOM-001-SEDE-2012 EFICIENCIA
SEGURIDA CONCEPTOS
TIPOS DE INSTALACIONES NORMAS
CONDICIONES
LEYES APLICADAS
REGLAMENTOS
CONDICIONES
ASPECTOS LEGALES UNIDADES DE MEDIDA
NORMALIZACION
ACUERDOS PARA EL USO DE LA
TARIFAS
SIMBOLOGIA Y DIGRAMAS
ELECTRICIDAD
CONSUMIDOR
COSTOS
CARGOS
IMPACTO SOCIOECONOMICO
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES TARIFAS
Domicilio ubicado en Ramos Arizpe, Coahuila.
Pago con Tarifa 1ª Periodo: OCT 10 a DIC 10 (Bimestral): Consumo total: 654 kWh (mismo consumo que el ejemplo anterior) Rango de consumo (recordemos que el rango y precio de consumo varía según la tarifa, por esa razón estos rangos son diferentes a la Tarifa 1C. el precio no cambia porque es el mismo periodo de facturación): Básico: 0 a 75 kWh por mes, precio por kWh = $0.707 MXN más IVA Intermedio: 76 a 125 kWh por mes, precio por kWh = $1.177 MXN más IVA Excedente: mayor a 125 kWh por mes, precio por kWh = $2.489 MXN más IVA El pago total que tendría que realizar este domicilio con esta tarifa sería de $1,229.31 MXN, de los cuales $106.05 por los primeros 150 kWh de consumo (75 del primer mes y 75 del segundo mes) que entraron en el Básico, $117.70 por los siguientes 100 kWh de consumo (50 del primer mes y 50 del segundo mes) que entraron en el Intermedio y $1,005.56 por los 404 kWh restantes que entraron en los Excedentes.
Domicilio ubicado en Monterrey, Nuevo León
Tipo de Tarifa: 1C Periodo de Consumo: 25 OCT 10 A 22 DIC 10 (Bimestral) Consumo total: 654 kWh Rangos de consumo y precio: INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Básico: 0 a 75 kWh por mes, precio por kWh = $0.707 MXN más IVA Intermedio: 76 a 150 kWh por mes, precio por kWh = $1.177 MXN más IVA Excedente: mayor a 150 kWh por mes, precio por kWh = $2.489 MXN más IVA En este caso, se pagó un total de $1,349.90 ya con IVA, de los cuales, $123.02 MXN fueron de los primeros 150 kWh de consumo (75 del primer mes y 75 del segundo) que entraron en el Básico, $204.80 MXN de los siguientes 150 kWh de consumo (75 del primer mes y 75 del segundo) entraron en el Intermedio y $1,022.08 MXN por los 354 kWh de consumo restantes entraron en los Excedentes. Afortunadamente este domicilio no sobrepasa el límite medio superior definido para su tarifa inicial de 1700 kWh/Bimestre, por lo que se mantiene fuera de la tarifa DAC, pero si este mismo consumo lo tiene un domicilio que se encuentra en la Tarifa 1A, y suponiendo que se ha mantenido este mismo consumo en los últimos 6 bimestres, estaría excediendo el limite medio superior definido para su tarifa de 600 kWh/Bimestre. Lo que significa que debería pagar el precio de la Tarifa DAC.
Pago con Tarifa DAC
Consumo total: 654 kWh (mismo del domicilio en Monterrey)
Precio por kWh = 3.176 más IVA Como en la Tarifa DAC no hay escalones este domicilio tendría que pagar en total$2,409.44 MXN. Haciendo la comparación del pago total de las dos tarifas (1A = $1,229.31, DAC = $2,409.44), podemos concluir que si te encuentras en la tarifa DAC estarías INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES pagando casi el doble (195.99% más).Tan solo sobrepasando el limite medio superior por 54 kWh. En este ejemplo podemos observar claramente lo complejo del pago del servicio de energía eléctrica en nuestro país. Entre más consumas más pagas, estar en la Tarifa DAC significa pagar montos excesivos y cada región de nuestro país paga diferente. La tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC) es la tarifa que tiene el costo más elevado por kilowatt-hora consumido. Cualquier cliente que se encuentre en la tarifa DAC va a salir altamente beneficiado por la instalación de paneles solares ya que además del ahorro energético se puede realizar el cambio de tarifa, pasando de DAC a las tarifas de bajo consumo. Esto implica un ahorro energético en la cantidad de kilowatts-hora consumidos y un ahorro económico en el costo de cada kilowatt-hora consumido. Doméstica de Alto Consumo: $3.398 por cada kW consumido en el bimestre. El objetivo principal con un cliente que se encuentra en DAC es el de instalar la cantidad mínima necesaria para asegurar que su tarifa pase a ser 1 en los siguientes meses.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES BLOQUE DE PREGUNTAS
1: De la norma oficial mexicana relativa a las instalaciones eléctricas(NOM-SEDE2012) ¿Cuáles son los aspectos más importantes a considerar? El objetivo de esta NOM es establecer las especificaciones y lineamientos de carácter técnico que deben satisfacer las instalaciones destinadas a la utilización de la energía eléctrica, a fin de que ofrezcan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades, en lo referente a la protección contra: - Las descargas eléctricas, - Los efectos térmicos, - Las sobrecorrientes, - Las corrientes de falla y - Las sobretensiones. El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM promueve el uso de la energía eléctrica en forma segura; asimismo esta NOM no intenta ser una guía de diseño, ni un manual de instrucciones para personas no calificadas.
2. ¿Cómo stan constituidas las instalaciones eléctricas -Esta constituidas por uno o variaos circuitos eléctricos destinados a un uso específico que cuenta con los equipos de protección necesarios para asegurar su correcto funcionamiento de manera general incluyendo dispositivos principales tales como tableros, interruptores, transformadores, dispositivos tensores, dispositivos de control, cables conductores, canalizaciones, soportes y en algunos casos bancos de capacitores
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 3. ¿Cómo se clasifican las instalaciones eléctricas? 1-Por nivel de voltaje teniendo predominantemente los sig. Usos a)-instalaciones eléctricas residenciales b)-instalaciones industriales c)-instalaciones comerciales d)-instalaciones en edificios e)-hospitalarias f)-instalaciones especiales (lugares flamables y alta concurrencia de personas) 2-por el lugar propio de la instalación que se divide en NORMALES: Pudiendo estar en interior o exterior siempre que se consideren elementos protectores de la intemperie; como cubiertas empaques; o sellos con la finalidad de evitar la penetración de agua ESPECIALES: Se consideran especiales porque son las que se encuentran en ambientes peligrosos ya sea por excesiva humedad o por grandes cantidades de polvo no combustible o grasa combustibles 3_otra forma de clasificar por el tipo de lugar donde operan a)-lugares secos(no están sujetos a derrame de líquidos b)-lugares húmedos (parcialmente protegidos pueden estar techados pero abiertos) c)- lugar mojado(se tienen condiciones extremas de humedad ) d)-lugar corrosivo( se encuentran sustancias químicas degradantes e)-lugares peligrosos (sujetos a la condición de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables) INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 4. ¿Cuáles son las leyes vigentes para la realización de instalaciones eléctricas? La leyes vigentes aplicables se encuentran en los siguientes artículos Artículo 2º: A los efectos de garantizar la regulación y control de las características técnicas y medidas de seguridad de las instalaciones internas a los domicilios, se adoptará como modelo de referencia, el implementado en la jurisdicción nacional, para el suministro de gas natural. En particular para la determinación de actores intervinientes, competencias y responsabilidades, en materia de verificación y control de la seguridad de las instalaciones interiores en los inmuebles de los usuarios del servicio. Artículo 3º: Cualquier aspecto que la Autoridad de Aplicación y/o el Organismo de Control especifico considere deba ser reglamentado en materia de requisitos exigibles a las distribuidoras de energía eléctrica para habilitar el suministro eléctrico a los usuarios del servicio, podrá involucrar a los Municipios, siempre que exista el consentimiento de estos, y que los mismos acrediten contar con las dependencias, equipos y recursos humanos capacitados para asumir dicha tarea. Artículo 4º: En aquellos casos en los que los Municipios accedan a colaborar o participar de la tarea de control de las instalaciones, dicha participación deberá instrumentarse mediante convenio rubricado por el Intendente y la Autoridad Provincial competente, convalidado por Ordenanza del respectivo Honorable Concejo Deliberante. Artículo 5º: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente, en todos aquellos aspectos que contribuyan a determinar los procedimientos y condiciones a las que deberán ajustarse tanto los Municipios, por una parte, como la Autoridad de Aplicación y el Organismo de Control, Eléctrico en la Provincia de Buenos Aires, a los efectos garantizar el pleno cumplimiento de la presente. Artículo 6º: Deróguese toda legislación que se oponga a la presente a
la
presente. Artículo 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 5: ¿De qué trata la ley de sobre metrología y normalización en instalaciones eléctricas? En los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General de Unidades de Medida es el único legal y de uso obligatorio. El Sistema General de Unidades de Medida se integra, entre otras, con las unidades básicas del Sistema Internacional de Unidades: de longitud, el metro; de masa, el kilogramo; de tiempo, el segundo; de temperatura termodinámica, el kelvin; de intensidad de corriente eléctrica, el ampere; de intensidad luminosa, la candela; y de cantidad de sustancia, el mol, así como con las suplementarias, las derivadas de las unidades base y los múltiplos y submúltiplos de todas ellas, que apruebe la Conferencia General de Pesas y Medidas y se prevean en norma oficiales mexicanas. También se integra con las no comprendidas en el sistema internacional que acepte el mencionado organismo y se incluyan en dichos ordenamientos. ARTÍCULO 6o.- Excepcionalmente la Secretaría podrá autorizar el empleo de unidades de medida de otros sistemas por estar relacionados con países extranjeros que no hayan adoptado el mismo sistema. En tales casos deberán expresarse, conjuntamente con las unidades de otros sistemas, su equivalencia con las del Sistema General de Unidades de Medida, salvo que la propia Secretaría exima de esta obligación. ARTÍCULO 7o.- Las Unidades base, suplementarias y derivadas del Sistema General de Unidades de Medida así como su simbología se consignarán en las normas oficiales mexicanas. 6: ¿Qué significa la U.V.I.E y cuál es su función? ¿QUIÉNES SON LAS Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas? A la persona física o moral que realiza actos de verificación para evaluar la conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”, que han sido acreditadas por una Entidad de Acreditación
y Aprobadas por la Secretaría de Energía, conforme a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES ¿QUÉ ES LA Verificación? La constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”. ¿QUÉ ES LA Evaluación de la conformidad? La determinación del grado de cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 “Instalaciones Eléctricas (utilización)”. Comprende entre otros los procedimientos de muestreo, calibración, prueba, certificación y verificación. 7: en instalaciones eléctricas ¿Cuáles son las unidades de medida a utilizar por ley? Las unidades están basadas en los siguientes artículos Artículo 1º-Se adopta para uso obligatorio en la República, con exclusión de cualquier otro sistema el Sistema Internacional de Unidades, denominado internacionalmente bajo las siglas “SI”, basado en el Sistema Métrico Decimal, en sus unidades básicas, derivadas y suplementarias de medición. Artículo 2º-Para todo acto legal en que se haga referencia a mediciones de cualquier tipo, será obligatorio y exclusivo el uso de las unidades de dicho sistema. Los tribunales de justicia o cualquier otra dependencia estatal, no aceptarán los documentos que se les presente si no se ajustan de cualquier modo a esta disposición. Artículo 3º-Los actos administrativos de las dependencias públicas que no se ajusten a lo dispuesto en esta ley, serán anulables y los funcionarios que los originen, incurrirán en falta grave a las obligaciones que les impone su contrato de trabajo. El Diario Oficial no publicará ningún documento que no se ajuste a los dispuestos en esta ley. Artículo 4º-En toda actividad agrícola, comercial o industrial, sólo podrán utilizarse las unidades de medición autorizadas por la presente ley.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Artículo 5º- Los empaques, envases y etiquetas, deben expresar la capacidad, longitud, superficie, volumen, peso o cualquier otra característica del producto que constituya la base principal sobre la cual se expende. La medida deberá expresarse en unidades del sistema a que se refiere esta ley, pero podrá utilizarse conjuntamente cualquier otro sistema de medias. Se exceptúan aquellos casos en que para el expendio o el consumo o para ambos, no sea determinante ni de interés la fijación de medida.
8:¿ cuáles son los elementos básicos que constituyen una instalación? Primero es la acometida de CFE como siguiente el equipo de medición, alimentador principal interruptor de navaja o interruptor termomagnetico de ai conductores contactos apagadores soques
9- ¿cuáles son los valores estandarizados en kw de CFE para uso doméstico? 1.2 kw 1.6kw 2.0kw 2.5kw en monofásico y en bisafico 10 para seguridad delas instalaciones de casa habitación ¿que tipo de interruptor conviene mas usar? y porque El interruptor de navaja porque cuando hay un corto la corriente de falla siempre va al punto de suministro 11¿De qué depende el costo de la energía eléctrica? Dependen de las tarifas por consumo de energía eléctrica se basa en los costos de suministro a los usuarios, por lo cual se han tomado en cuenta las diferencias regionales, estaciones del año, horarios de consumo, nivel de la tensión de suministro y la demanda
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Niveles de tensión:
Baja tensión
< 1 kV
1 kV < Media tensión < 35 kV
35 kV < Alta tensión, subtransmisión < 220 Kv
Alta tensión > 220 kV
12: cuales son las tarifas vigentes y como es la demanda de costo Generalmente son tres los conceptos que se consideran para formular las facturas de consumo de energía eléctrica: la demanda máxima, la energía consumida y el factor de potencia. Los cargos por concepto de la demanda se basan en los costos de generación de la energía eléctrica, de la transmisión y de la distribución de la misma, tomando en cuenta los medios disponibles para tal efecto. Se incluyen aquí los cargos redituables de la inversión, incluyendo intereses, impuestos, amortizaciones,
etc.
En el caso de los cargos por concepto de energía, se comprenden los gastos de combustible, mantenimiento y otros gastos relacionados con la operación.
13: ¿Cuál es el objetivo principal de las instalaciones eléctricas? Es distribuir la energía a todos y cada uno de los equipos conectados; con la condición de que debe de ser eficiente y segura ; además de estas características es conveniente que cumplan con los sig. Condiciones a)- confiables b)- eficientes c)- económicas d)- flexibles e)- sencillas o simples
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES f)- seguras (seguridad personal) g)- agradables a la vista
14 ¿Qué requisitos deben cumplir los proyectos de instalaciones eléctricas? Artículo 110 de la NOM-SEDE-2012 en general todo el artículo consta de los requisitos que se deben cumplir LAS INSTALACIONES ELECTRICAS
15 ¿Aspectos fundamentales que menciona el acuerdo establece los requisitos que deben cumplir los proyectos de instalaciones eléctricas? Requisitos de Cumplimiento 1. Llenar la solicitud respectiva y presentar la cédula de identidad de la persona a nombre de quien se suscribirá el servicio en caso de persona física; en el caso de persona jurídica, presentación de una copia de la certificación de personería jurídica con no más de tres meses de emitida, fotocopia de la cédula jurídica, fotocopia de la cédula de identidad del representante de la empresa y carta firmada por ese representante solicitando el servicio. 2. Copia del permiso municipal de construcción. Firma y copia del carné del ingeniero responsable de la instalación eléctrica. 3. Cuando contrate el servicio eléctrico, indique claramente la dirección de la casa indicando puntos cardinales apropiados, así como el distrito para poder localizarla con facilidad. 4. En la medida de lo posible, aporte un número telefónico de referencia donde poder comunicarnos y un número de medidor cercano.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 5. Cuando se trate de un servicio para una carga mayor de 25 kilovatios, será necesario realizar una medición de la capacidad del transformador de distribución, para determinar si se requiere un estudio de ingeniería. 6. Si la carga requerida o el tipo de conexión no está disponible en el sistema, será necesario que el cliente solicite un estudio de ingeniería
16: según las normas ¿Cuáles son las medidas de seguridad en instalaciones eléctricas? Los requisitos establecidos en este capítulo tienen el propósito de garantizar la seguridad de las personas, animales y los bienes contra los riesgos que puedan resultar de la utilización de las instalaciones eléctricas Protección contra las descargas eléctricas Protección contra los contactos directos Protección contra contactos indirectos Protección contra los efectos térmicos Protección contra sobre corriente Protección contra corriente de falla Protección contra sobretensiones También deben considerarse los valores de tolerancia
17¿ como se protegen las instalaciones eléctricas por seguridad? Los requisitos establecidos en este capítulo tienen el propósito de garantizar la seguridad de las personas, animales y los bienes contra los riesgos que puedan resultar de la utilización de las instalaciones eléctricas. INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 1 Protección contra las descargas eléctricas .2 Protección contra los contactos directos Las personas y los animales deben protegerse contra los riesgos que puedan resultar por el contacto con las partes vivas de la instalación. Esta protección puede obtenerse por uno de los métodos siguientes: - Previniendo que una corriente pueda pasar a través del cuerpo de una persona o de un animal. - Limitando la corriente que pueda pasar a través del cuerpo a un valor inferior al de la corriente de choque. Previniendo con el método de aislamiento de las instalaciones en canalización o en tubos
18¿Cómo está constituida la ley de servicio público de energía? CFE la aplica y se constituye de 45 artículos que se dividen en 5 capítulos que tratan de los aspectos legales del estado político de CFE
19¿En que se basa la demanda de costo de energía? Generalmente son tres los conceptos que se consideran para formular las facturas de consumo de energía eléctrica: la demanda máxima, la energía consumida y el factor de potencia. Los cargos por concepto de la demanda se basan en los costos de generación de la energía eléctrica, de la transmisión y de la distribución de la misma, tomando en cuenta los medios disponibles para tal efecto. Se incluyen aquí los cargos redituables de la inversión, incluyendo intereses, impuestos, amortizaciones, En el caso de los cargos por concepto de energía, se comprenden los gastos de combustible, mantenimiento y otros gastos relacionados con la operación.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES CARGOS POR DEMANDA MAXIMA CARGOS POR ENERGIA CONSUMIDA (kwh) CARGOS POR BAJO FACTOR DE POTENCIA También se considera si el consumos es de casa habitación o es uso comercial en este punto el cliente ase la demanda de consumo para que sea suministrada por CFE
20 ¿Cómo se interpreta la norma oficial mexicana relacionada con instalaciones eléctricas La estructura de esta Norma Oficial Mexicana (en adelante NOM), responde a las necesidades técnicas que requiere la utilización de la energía eléctrica en las instalaciones eléctricas en el ámbito nacional; se cuida el uso de vocablos y se respetan los términos habituales, para evitar confusiones en los conceptos. Asimismo, se han ordenado los textos procurando claridad de expresión y unidad de estilo para una mejor comprensión. Lo que hará más fácil entender sus disposiciones. El Título 3 "Lineamientos para la aplicación de las especificaciones de la NOM", se establece la metodología para la apropiada aplicación de las disposiciones establecidas y una guía general para su interpretación correcta. El Título 4 de esta NOM establece los principios fundamentales, los cuales no están sujetos a modificaciones en función de desarrollos tecnológicos. El Título 5 "Especificaciones", contiene los requisitos técnicos cuya observancia tienen por objeto asegurar la conformidad de las instalaciones eléctricas a los principios fundamentales del Título 4 de esta NOM.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES EVALUACIONES
1. ¿Qué tipo de
instalaciones consisten en recibir energía eléctrica y la
transforman en energía eléctrica con características diferentes? 1. Instalaciones de baja tensión 2. Instalaciones transformadoras 3. Instalaciones de alta tensión
2. ¿Una instalación eléctrica es el conjunto de equipos y materiales que permiten
distribuir la energía eléctrica? 1. Verdadero 2. Falso
3. ¿Tipo de instalaciones en las que la diferencia de potencial máxima entre dos
conductores es inferior a 24 Voltios? 1. Instalaciones receptoras 2. Instalaciones generadoras 3. Instalaciones de muy baja tensión
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 4. ¿La función de las instalaciones eléctricas es la transformación de la energía
eléctrica en otros tipos de energía? 1. Verdadero 2. Falso
5. ¿Es parte de una instalación eléctrica que permite distribuir la energía eléctrica
desde el tablero general de distribución a cada uno de los usuarios? 1. Alimentador principal 2. Circuitos ramales 3. Tablero general de distribución
6. ¿La calidad y el estado de la instalación eléctrica del inmueble es
responsabilidad del propietario, revísela periódicamente? 1. Verdadero 2. Falso
7. ¿Se caracterizan por ser el último elemento de la instalación que tiene un
dispositivo de protección contra sobrecorrientes? 1. Alimentador 2. General de distribución 3. Circuitos ramales
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES 8. ¿Se recomienda utilizar el siguiente código de colores en la instalación?
1. Verdadero 2. Falso
9. ¿Poseen una lámpara central en el techo para iluminación general energizada
mediante suiches sencillos a la entrada de esta área? 1. Dormitorios 2. Sala 3. Cocina y lavadero
10. ¿Las cajas de paso, empalme o derivación son materiales de las instalaciones
eléctricas? 1. Verdadero 2. Falso
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES BIBLIOGRAFIA
PROYECTOS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN. APLICACIÓN A EDIFICIOS DE VIVIENDAS. Autores: Asunción León Blasco, Enrique Belenguer Balaguer y Vicente Sanmartín Sáez. Año 2013 (1ª Edición). ISBN: 9788426718242.
INSTALACIONES ELÉCTRICAS BÁSICAS. Autores: Miguel Ángel Carrasco Hernández, Luis Miguel García Espinosa y Jorge Núñez Abad. Año 2012 (1ª Edición). ISBN: 9788497328821.
MANUAL DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES. Autor: José Roldán Viloria. AÑO 2011 (4ª Edición revisada). ISBN: 9788428323932.
INSTALACIONES ELÉCTRICAS INTERIORES Autores: Carlos Fernández García, David Lasso Tárraga y José Moreno Gil. Año 2010 (3ª edición totalmente actualizada y ampliada). ISBN: 9788497325813.
INSTALACIONES ELÉCTRICAS PARA LA VIVIENDA. Autor: José Roldán Viloria. Año 2010 (8ª Edición, 4ª impresión). ISBN: 9788428328920.
ELECTRICISTA DE MANTENIMIENTO. Autores: José Miralles y Joseba Zubiaurre. AÑO 2010 (1ª Edición). ISBN: 9788496960374.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES GLOSARIO
Aislante: Un material que, debido a que los electrones de sus átomos están
fuertemente unidos a sus núcleos, prácticamente no permite sus desplazamientos y, por ende, el paso de la corriente eléctrica, cuando se aplica una diferencia de tensión entre dos puntos del mismo. Material no conductor que, por lo tanto, no deja pasar la electricidad. Alimentador eléctrico: Circuito normalmente conectado a una
estación
receptora, que suministra energía eléctrica a uno o varios servicios directamente a varias subestaciones distribuidoras. Alta tensión: Tensión nominal superior a 1 kV (1000 Volts) Alternador: Generador eléctrico de corriente alterna que opera bajo el principio
de inducción electromagnética por movimiento mecánico. El movimiento mecánico puede provenir de turbinas impulsadas por vapor, agua, gases calientes o algún otro medio impulsor. Amper ( ): Unidad de medida de la intensidad de corriente eléctrica, cuyo símbolo
es A. Se define como el número de cargas igual a 1 coulomb que pasar por un punto de un material en un segundo. (1A= 1C / s). Su nombre se debe al físico francés Andre Marie Ampere.
Bobina: Arrollamiento de un cable conductor alrededor de un cilindro sólido o
hueco, con lo cual y debido a la especial geometría obtiene importantes características magnéticas. Cable: Conductor formado por un conjunto de hilos, ya sea trenzados o torcidos. Cableado: Circuitos interconectados de forma permanente para llevar a cabo una
función específica. Suele hacer referencia al conjunto de cables utilizados para formar una red de área local.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES Caída de tensión: Es la diferencia entre la tensión de transmisión y de recepción. Factor de carga: Relación entre el consumo en un período
de tiempo
especificado y el consumo que resultaría de considerar la demanda máxima de forma continua en ese mismo período. Factor de demanda: Relación entre la demanda máxima registrada y la carga
total conectada al sistema. //Relación entre la potencia máxima absorbida por un conjunto de instalaciones durante un intervalo de tiempo determinado y la potencia instalada de este conjunto. Factor de operación: Relación entre el número de horas de operación de una
unidad o central entre el número total de horas en el período de referencia. Fusible: Aparato de protección contra cortocircuitos que, en caso de circular una
corriente mayor de la nominal, interrumpe el paso de la misma. Generador: Es el dispositivo electromagnético por medio del cual se convierte la
energía mecánica en energía eléctrica. Generadores: Son todas aquellas unidades destinadas a la producción de
energía eléctrica. Hertz Hz ( ): Un hertz es la unidad de la frecuencia en las corrientes alternas y en
la teoría de las ondas. Es igual a una vibración o a un ciclo por segundo.
Instalación: Es la infraestructura creada por el Sector Eléctrico, para la
generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica, así como la de los permisionarios que se interconectan con el sistema. Joule: Es la unidad de energía que se utiliza para mover un kilogramo masa a lo
largo de una distancia de un metro, aplicando una aceleración de un metro por segundo al cuadrado y su abreviatura es J. Kilowatt ( ): Es un múltiplo de la unidad de medida de la potencia eléctrica y
representa 1,000 watts; se abrevia kW. INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES LEGALES Y NORMAS VIGENTES Kilowatt-hora ( ): Unidad de energía utilizada para registrar los consumos. Metrología: Campo de los conocimientos relativos a las condiciones. Incluye
los aspectos tanto teóricos como prácticos que se relacionan con las mediciones, cualquiera que sea su nivel de exactitud y en cualquier campo de la ciencia y la tecnología. Motor eléctrico: Aparato que permite la transformación de energía eléctrica en
energía mecánica, esto se logra mediante la rotación de un campo magnético alrededor de unas espiras o bobinado. Potencia: Es el trabajo o transferencia de energía realizada en la unidad de
tiempo. Se mide en Watt (W). Potencia eléctrica: Tasa de producción, transmisión o utilización de energía
eléctrica, generalmente expresada en Watts. diferencia de tensión entre dos Tensión: Potencial eléctrico de un cuerpo. La diferencia puntos produce la circulación de corriente eléctrica cuando existe un conductor que los vincula. Se mide en Volt (V) y vulgarmente se la suele llama voltaje. La tensión de suministro en los hogares de México es de 110 V. un flujo eléctrico a Transformador: Dispositivo que sirve para convertir el valor de un un valor diferente. De acuerdo con su utilización se clasifica clasifica de diferentes maneras. Usuario: Persona física o moral que hace uso de la energía
eléctrica
proporcionada por el suministrador, previo contrato celebrado por las partes. eléc trica reactiva y se abrevia VAr. Volt-ampere reactivo ( ): Unidad de potencia eléctrica Watt ( ): Es la unidad que mide potencia. Se abrevia W y su nombre se debe al
físico inglés James Watt.
Zona: Unidad mínima del Sistema Eléctrico Nacional considerada para fines de
estudio del mercado eléctrico. INSTALACIONES ELECTRICAS
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ASPECTOS LEGALES LEGALES Y NORMAS VIGENTES ANEXOS
Tabla 1 de magnitudes eléctricas
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ASPECTOS LEGALES LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Tabla 2 evolución demanda de la energía eléctrica
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES t
Tabla 3 de tarifas de consumo de CFE
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Tabla4 costo de generación CFE
Tabla 5 potencia para selección de cable
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Figura 1.1 Sistema eléctrico típico para la generación, transmisión, distribución y utilización de energía eléctrica
Figura 1.2 tipos de conductores y aislamiento
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Tabla 6 de características y propiedades del conductor
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
Tabla 7 para utilización y construcción de cables
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