¿Qué son los juicios orales? Introducción
INTRODUCCIÓN Sistemas Jurídicos y de Enjuiciamiento SISTEMA JURÍDICO Reúne las estructuras y las modalidades de funcionamiento de las instancias encargadas de la aplicación de reglas de derecho, así como los servicios que emanan de ellas. El sistema jurídico comprende así el aparato jurisdiccional, pero también el no jurisdiccional. •
INTRODUCCIÓN •
SISTEMA DE ENJUICIAMIENTO O PROCESAL
El Derecho Procesal Penal es aquélla disciplina jurídica encargada de proveer de conocimientos teóricos, prácticos y técnicos necesarios para comprender y aplicar las normas jurídicas-procesal-penales, destinadas a regular el inicio, desa de sarr rrol ollo lo y cul ulmi mina naci ción ón de un Pr Proc oce eso Pena nal. l.
INTRODUCCIÓN
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En síntesis, es el conjunto de normas jurídicas que regulan el desarrollo del Proceso Penal. Penal .
INTRODUCCIÓN Sistemas Jurídicos y de Enjuiciamiento
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Sistema Jurídico
Sistema Procesal
INTRODUCCIÓN Sistemas Jurídicos y de Enjuiciamiento CONTINENTAL – CIVIL LA LAW W ANGLOSAJÓN – COMMON LAW CONSUETUDINARIO RELIGIOSO
CONTINENTAL – CONTINENTAL – CIVIL LAW LAW •
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También conocido como Derecho Románico Románic o Germánico. La norma emana de los poderes ejecutivo y legislativo legislativo y es legítima. El poder judicial interpreta y aplica la ley. La ley es genérica . La jurisprudencia se aplica ap lica únicamente para la interpretación de la ley.
ANGLOSAJON – ANGLOSAJON – COMMON LAW •
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Su basamento basamento es la jurisprudencia y no la ley. Este sistema sistema se basa en el análisis de las sentencias judiciales dictadas por el propio tribunal o por tribunales superiores y en la interpretación que se da de la ley en esas sentencias. La ratio decidendi de las sentencias previamente dictadas obligan obligan a un tribunal (y todos los tribunales inferiores inferior es a éste) a fallar de la misma manera o de forma similar.
CONSUETUDINARIO •
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Se le denomina también de usos y costumbres. Son normas jurídicas que se desprenden de hechos que se han producido repetidamente en el tiempo en un territorio concreto. concret o. Tienen Tien en fuerza vinculante y se recurre a él cuando no existe ley (o norma jurídica escrita) aplicable a un hecho.
RELIGIOSO •
El Derecho religioso o Derecho confesional, conf esional, de acuerdo a la moderna Ciencia del Derecho, es aquel ordenamiento jurídico que, para sí mismas, establecen las diferentes iglesias o confesiones religiosas, y que en tanto realidades sociales requieren de un Derecho propio.
INTRODUCCIÓN
ANGLOSAJÓN
CONTINENTAL
RELIGIOSO
CONSUETUDINARIO
ANGLO. Y CONT.
INTRODUCCIÓN SISTEMA PROCESAL-PENAL El Derecho Procesal Penal es aquélla disciplina jurídica encargada de proveer de conocimientos teóricos, prácticos y técnicos necesarios para comprender y aplicar las normas jurídicas-procesal-penales, destinadas a regular el inicio, desa de sarr rrol ollo lo y cu culm lmin inac ació ión n de un Pr Proc oce eso Pena nal. l. En síntesis, es el conjunto de normas jurídicas que regulan el desa de sarr rrol ollo lo de dell Pr Proc oces eso o Pen enal al..
INTRODUCCIÓN SISTEMAS PROCESALES-PENALES •
Acusatorio
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Inquisitorio
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Mixto
Sistema Acusatorio CARACTERÍSTICAS: • • •
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No hay acusación oficiosa La acción corresponde al ofendido Sentencias no apelables – instancia única Libertad del acusado hasta sentencia Igual de derechos entre acusado y acusador El juez se limita a lo alegado y probado.
SISTEMA SISTEMA ACUSATORIO ACUSATORIO •
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CARACTERÍSTICAS
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El juez no funda ni motiva mot iva sus determinaciones. Juez pasivo La valoración de la prueba es informal El veredicto se funda en el libre convencimiento Órganos distintos investigan, acusan, defienden y juzgan.
SISTEMA INQUISIT INQUISITORIO ORIO CARACTERÍSTICAS: • Juez técnico • Juez designado por la autoridad pública • Juez es representante del estado • Juez no recusable • Investigación, acusación, defensa y juzgamiento en un solo órgano • Prisión preventiva • Órganos permanentes distintos del pueblo • Procedimiento escrito, secreto y no contradictorio
INTRODUCCIÓN Sistemas Jurídicos y de Enjuiciamiento SISTEMA INQUISITORIO CARACTERÍSTICAS: • • • • •
Prueba ta Prueba tasa sada da Proc Pr oces eso o de do dobl blee in inssta tanc ncia ia Conffesi Con esión ón ba bast stan ante te pa para ra co cond ndena ena No ha hayy co cont ntra radi dicc cció ión. n. in inda daggac ació ión n té técn cnic icaa su suje jeta ta a ap apel elac ació ión n El veredicto no se funda en el convencimiento legal sino de acuerdo a la valo lorració ión n le leggal de la pr pru ueb ebaa
Sistema Acusatorio
Su origen es previo al Estado
Sistema Inquisitorio INTRODUCCIÓN
Es propio de Europa Continental y luego traído a Latinoamérica
Propio del mundo Anglosajón
Es propio de Europa Continental y luego traído a Latinoamérica
Órgano judicial pasivo (jurado), partes activas a ctivas (sistema adversarial)
El órgano judicial es activo, principal protagonista; partes pasivas
Etapa apa centr entral al del proced cedimie miento: nto: juic juiciio or oral y públ públiico
La instru trucción ción o suma sumari rio o secr secret eto o es la la eta etapa pa centr entral al del procedimiento
Sepa Separa raci ción ón de func funcio ione ness pers persec ecut utor oria iass y juri jurisd sdic icci cion onal ales es..
Las Las func funcio ione ness per perse secu cuto tori rias as y juri jurisd sdic icci cion onal ales es se conc concen entr tran an en el Juez
Libertad de pruebas
Reglas racionales de evidencia (prueba legal)
Procedimiento oral y desformalizado
Procedimiento Procedimiento escrito y verticalizado
Selectividad Selectivida d en la persecución penal
Persecución Penal de oficio
Declaración del imputado es un derecho
Confesión principal medio de investigación
Imputado es un sujeto de persecución persecución (presunción de inocencia).
Imputado es el objeto de la persecución penal, sus derechos
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (Pacto de San José) Garantías Judiciales Artículo. 8 5. El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los intereses de la justicia.
INTRODUCCIÓN PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS Artículo 14 1.- Tod odas as la lass pe perrson onas as son ig igua ualles an ante te los tr trib ibun unal ales es y cor orte tess de ju jussti tici cia. a. Tod odaa persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantía íass porr un tr po trib ibun unal al com ompe pete ten nte te,, in inde depe pend ndie ien nte e im impa parrci cial al,, es esta tabl blec ecid ido o po porr la le leyy, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella… toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exi xijja lo contrario …
INTRODUCCIÓN
3.- Duran Durante te el proceso, proceso, toda toda persona persona acusada acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas: d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección… •
INTRODUCCIÓN Constitución Política Política de los Estados Unidos Mexicanos
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El artículo 20 de la constitución federal refiere que el sistema penal será: Características: I. Acusatorio y oral Y se regirá por los siguientes principios: II. El de publicidad El de la contradicción El de la concentración El de la continuidad El de la inmediación
INTRODUCCIÓN PRINCIPIOS No obstante que en las distintas legislaciones de los países que tienen como sistema procesal penal el acusatorio, en ocasiones se hace mención de manera indistinta a principios, garantías, características, cualidades, etc., para referirse a los mismos dis isttingos que so son n el su susstento juríd ídiico del referido si sisstema proce cessal, en el presente trabajo al citarlos, lo haremos como principios, ya que con independencia de la forma en que se desee catalogarlos, todos y cada uno de ellos, y por supuesto en su conjunto, cons co nsti titu tuyyen la es esen enci ciaa de dell si sist stem emaa pr proc oces esal al pe pena nall ac acus usat ator orio io..
PRINCIPIOS • • • • • • •
Oralidad Publicidad Igualdad Inmediación Contradicción Continuidad Concentración
ORALIDAD Consiste en el predominio de la palabra hablada sobre la escrita, lo cual se traduce en el hecho de que todos los elementos aportados en el juicio son de forma directa y oral.. oral Excluye al mínimo la forma escrita.
Oralidad •
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Testigos declaran de viva voz en persona. Peritos explican sus dictámenes de viva voz, en persona. Documentos son leídos en voz alta. Testigos (policías, peritos, etc.) dan cuenta de viva voz y en persona de inspecciones.
INTRODUCCIÓN Oralidad •
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Fotos, videos y objetos son descritos, explicados narr na rrad ados os po porr te tesstig tigos os.. Lectura o reproducción en juicio de declaración del imp im putado ante el MP MP.. Resoluciones de incidentes dictadas y fundamentadas verbalm lmeente y en el acto por el juez. Lectura sentencia. Queda registro (grabación) de lo dicho por las partes y el juez y las resoluciones que constituyan actos de molestia (sentencia) deben constar por escrito.
PUBLICIDAD Es un derecho que asiste a los sujetos procesales, así como a la sociedad en general, a tener acceso a la justicia y ejercer control sobre sus actuaciones y fallos, permitiendo así la transmisión de principios y valores a la sociedad.
INTRODUCCIÓN PUBLICIDAD •
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Facilita el control social sobre la administración de justicia. Dificulta corrupción. Legitima justicia ante la sociedad. Tiene por objeto facilitar el derecho de acceso a la justicia de la sociedad. A través de ella se transmiten los valores de justicia.
IGUALDAD Implica identidad de oportunidades para las partes a fin de equilibrar el proceso, así como identidad en la aplicación de la ley, garantizando certeza en la aplilica ap caci ción ón de dell de derrec echo ho..
Igualdad •
El acceso a la justicia debe ser la misma para ambas partes partes,, de tal forma que el indiciado pueda ser escuchado dentro del proceso de la misma forma y manera que lo hace el denunciante, siendo ambos escuchados en la misma oportunidad (audiencia de juicio).
INTRODUCCIÓN INMEDIACIÓN Es la rela lacció ión n dir ire ecta que debe existir en el debate entre el juez o tribunal, las partes del proceso y los medios de prueba; esto es que la recepción de la prueba y el alegato de las partes debe ser de origen, sin intterposic in ició ión n de cosa o persona alg lgu una, entre el juez y la prueba o las partes partes..
INTRODUCCIÓN INMEDIACIÓN •
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Alegatos y desahogo de prueba se lleva a cabo ante el juez que dictará sentencia. El juez sólo puede tomar en cuenta en su sentencia la El juez prueba rendida en juicio en su presencia, presencia, salvo que exista acuerdo entre las partes. Necesaria presencia del acusado en audiencia de juicio.
INTRODUCCIÓN CONTRADICCIÓN Es el derecho de de deffen ensa sa co con ntr trad adic icttor oria ia de las partes contendientes, a quienes debe darse la oportunidad de alegar y probar procesalmente sus derechos, que por naturaleza son antagónicos.
INTRODUCCIÓN CONTRADICCIÓN Derecho a contestar cualquier argumento de la contraparte. •
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Derecho a ofrecer prueba para restar credibilidad a las ofrecidas por la contraparte o para acreditar versión alternativa. Derecho a contraexaminar a testigos y peritos de la contraparte. Derecho a objetar actuaciones y preguntas contraparte. contraparte.
INTRODUCCIÓN Sistemas Procesal Penal Acusatorio Ac usatorio CONCENTRACIÓN La con once cen ntr traaci ció ón si siggnif ifiica qu quee tod odos os los actos ne nece cesa sari rios os pa parra con oncl clui uirr el ju juic iciio se rea ealiliccen en la mis isma ma aud udie ienc ncia ia.. CONTINUIDAD Es la exigencia de que el debate no se seaa interr rru umpi pid do, es decir, que la audiencia se desarrolle en forma continua continua,, pudiendo prolon onggarse en sesi se sion ones es su suce cesi siva vass ha hast staa su co conc nclu lusi sión ón..
INTRODUCCIÓN CONCENTRACIÓN CONCENTRACIÓN Y CONTINUIDAD •
Acto Ac toss pr proc oces esal ales es de di dist stin inta ta na natu tura rale lezza se llllev evan an a ca cabo bo en un unaa so sola la au audi dien enci cia: a: -
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Exposi Expo sici ció ón de ac acus usac ació ión n y de deffens nsaa (a (ale lega gattos de ap aper ertu turra) Desahogo de prueba Aleegatos de conc Al ncllus usió ión n Sen Se nten enci ciaa (p (par artte res eso olu luttiv iva) a)
El proceso se desarrolla de manera continua (audiencias) y sin intterru in rupc pció ión n po porr lo qu quee ha hace ce a la tom omaa de la de deci cissión ju juri rissdi dicc ccio iona nal. l.
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Audito Audi torio rio sie siempr mpre e pre presen sente te y da dand ndo o se segu guim imie ient nto o al pr proc oces eso. o.
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Justicia Jus ticia exp expedit edita. a.
Presunción de inocencia •
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Toda persona se presume inocente. La carga de la prueba la tiene el órgano acusador. Reduce la procedencia de la prisión preventiva.