CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO que
celebran por una parte, parte, la empresa COCA-COLA S.A DE C.V. Representada por el Sr. RAMON DE JESUS LOPEZ ESPINDOLA, sociedad que funge en su carácter de patrón y por la obra JAVIER PEÑA RODRIGUEZ_, como TRABAJADOR TRABAJADOR y quienes por razón de de brevedad se denominaran denominaran en el concurso concurso del presente contrato como la a compañía y el trabajador RESPECTIVAMENETE, Y EL QUE SUJETAN AL TENER DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAÚSULAS: DECLARACIONES I.- la COMPAÑÍA declara: A) Ser una sociedad debidamente constituida y existente bajo las leyes leyes mexica mexicanas nas,, confor conforme me a la Escritur Escritura a Públic Pública a No.0075 No.007548_ 48__, _, de fecha fecha 15/08/2008_, otorgada ante la fe del licenciado PEDRO PICAPIEDRA MARMOL_, titular de la Notaria Notaria Publico Numero_158_ Numero_158_ del DISTRITO DISTRITO FEDERAL , inscrita en el Registro Público Federal de Constituyentes COC 290512 283 B) que comparece a la celebración de este contrato, debidamente rep represe resen ntado tado por el Sr., Sr., RAMON MON DE JES JESUS LOP LOPEZ ESPI ESPIND NDOL OLA A cuya uya responsabil responsabilidad idad para para representar, representar, o de otra manera obligar obligar a la COMPAÑÍA conforme a los términos de este contrato, está debidamente acreditada en los términos de la Escritura Escritura Pública No 429, 429, pasada ante la fe del Notario Público Público Número 140 del DISTRITO DISTRITO FEDERAL Lic. JUAN GUILLERMO GUILLERMO HERNADEZ LOPEZ C) Que tiene como actividad principal EL TRANSPORTE DE LOS PRODUCTOS DE LA EMPRESA COCA-COLA S.A DE C.V. D) Que tiene la necesidad de llevar a cabo los trabajos extraordinarios consistentes en TRASNPORTAR TRASNPORTAR DESDE LA PLANTA DONDE DONDE SE PRODUCEN PRODUCEN LOS PRODUCTOS DE LA EMPRESA YA CITADA, A LOS ALMACENES Y TIENDAS DONDE SE VENDERAN LOS PRODUCTOS, lo que constituye la OBRA DETERMINADA materia del presente contrato. E) Que la COMPAÑÍA tiene la necesidad de contratar a una persona para la ejecución de los trabajos que serán objeto del presente contrato. F) tener su domicilio social ubicado en AV TLAHUAC, NUMERO 256, COLONIA EL VERGEL. CODIGO POSTAL 12390, MEXICO, DISTRITO FEDERAL. II. El TRABAJADOR declara: A) Llamarse como como ha quedado expresado expresado al inicio de de este contrato. contrato. B) Ser de nacionalidad mexicana, tener 28 años cumplidos, sexo MASCULIN MASCULINO, O, estado civil civil CASADO CASADO y con un domicilio domicilio en CALZADA CALZADA DE
TLALPAN, EZQUINA MIRAMONTES, CALLE DOLORES DEL RIO DEPA EPARTAMEN AMENT TO 19, mism ismo que seña señala la para para oír toda toda clase lase de notificaciones, en términos de la Ley Federal del Trabajo, el presente contr contrato ato y las relaci relacione oness que que se derive deriven n del mismo, mismo, obligá obligándo ndose se a proporcionar cualquier cambio de domicilio y en caso que no lo hiciere, acepta que serán válidas las que se practiquen en el antes señalado. se ñalado. C) Que tiene tiene la capaci capacidad dad y la aptitud aptitud necesa necesarias rias para para ser contrata contratado do para la ejecución ejecución de los trabajos trabajos extraordin extraordinarios arios que constituy constituyen en la OBRA DETERMINADA, materia del presente contrato. D) Que no tienen inconveniente algunos algunos para realizar la obra obra determinada a que se refiere la declaraci declaración ón del inciso inciso D) en el domicilio domicilio que para tal efecto le designe designe la COMPAÑÍA
En virtud de lo anterior las partes aceptan celebrar el presente contrato de trabajo que se contiene el tenor de las siguientes:
CLAUSULAS OBLIGA OBLIGACIO CIONES NES.. El TRABA TRABAJA JADOR DOR se obliga obliga a presta prestarr sus servicios personales a la COMPAÑÍA en el domicilio donde se va realizar la obra determinada ubicado en AV TLAHUAC, NUMERO 256, COLONIA EL VERGEL. CODIGO POSTAL 12390, MEXICO, DISTRITO DISTRITO FEDERAL y/o en el domi domici cili lio o de la COMP COMPAÑ AÑÍA ÍA ubic ubicad ado o en AV TLAH TLAHUA UAC, C, NUME NUMERO RO 256, 256, COLO COLONI NIA A EL VERG VERGEL. EL. CODI CODIGO GO POST POSTAL AL 1239 12390, 0, MEXI MEXICO CO,, DIST DISTRI RITO TO FEDERAL FEDERAL o bien en un lugar lugar que para tal efecto se le indique, indique, trabajo que deberá desempeñar desarrollando siempre su mayor actividad y eficiencia en la ejecución de la obra determinada que continuación se detalla: PRIMERA.
1. TRASLADA TRASLADAR R LOS PRODU PRODUCTOS CTOS QUE FABRI FABRICA CA LA EMPRESA EMPRESA COCA-C COCA-COLA OLA S.A DE DE C.V. A LOS ALMACENES Y TIENDAS DEPARTAMENTALES 2. CHEC CHECAR AR EL BUEN BUEN FUNC FUNCIO IONA NAMI MIEN ENTO TO DE LOS LOS CAMI CAMION ONES ES QUE QUE EL CONDUCIRA PARA LA ENTREGA DE LOS PRODUCTOS QUE FABRICA LA EMPRESA. 3. COROBO COROBORA RAR R EN LA ENTREG ENTREGA A PERSONA PERSONALL AL DUEÑO DUEÑO O EN SU CASO CASO EÑ GERENTE DE LA EMPRESA (ALMACEN, TIENDAS), Y EL MISMO LE FIRMARA DE RECIBIDO, CUANDO SE LE ENTREGEN LOS PRODUCTOS.
Pero quedando bien entendido que esta enumeración de labores es enunciativa y no limitativa, toda vez que el TRABAJADOR tiene obligación de atender también cual quien otro trabajo anexo o conexo con su obligación principal, o cualquier otra actividad, siempre y cuando se le resp respet ete e su sala salari rio o, aun cuan cuando do accide cident ntal alm mente ente haya haya de ser ser dese desemp mpeñ eñad ado o fuer fuera a del del luga lugarr de trab trabaj ajo. o. El TRAB TRABAJ AJAD ADOR OR acat acatar ara a siempre en todos sus actos las ordenes que sus jefes les den, las disposiciones del reglamento interno de trabajo trabajo de la COMPAÑÍA COMPAÑÍA que que le sean aplicables, y las demás disposiciones y ordenes que estén le dicte. SEGUNDA. En atención a la naturaleza de las laborales que desempeña el TRABA TRABAJA JADO DOR, R, el mism mismo o se oblig obliga a a dese desemp mpeñ eñar ar su trab trabaj ajo o en cualquier lugar del territorio nacional, así como hacerlo en cualquier otro puesto sin perjuicio de su salario. TERCERO. DURACION DEL CONTRATO. El presente contrato se celebrara exclusivamente por tiempo indeterminado, indeterminado, hasta hasta que la empresa empresa logre contratar a personal con las capacidades requeridas para tal empleo, a que se refiere a la declaración I inciso D)terminada la cual el presente contrato terminara de pleno derecho cesando toda relación de trabajo entre el TRABAJADOR y la COMPAÑÍA y sin que esta ultima adquiera ninguna otra responsabilidad u obligación para con el TRABAJADOR; sin emba embarg rgo, o, los los prim primero eross trei treint nta a días días de pres presta taci ción ón de serv servic icio ioss se cons consid ider eran an como como peri period odo o de prue prueba ba,, term termin ino o dura durant nte e el cual cual la COMPAÑÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin ninguna responsabilidad si a su juicio, el TRABAAJDOR no tiene la capacidad y competencia suficiente para desempeñar el trabajo contratado. CUARTA. JORNADA DE TRABAJO. El horario de trabajo del TRABAJADOR será de las 9:OO AM A LAS 18:OO PM horas en que se iniciara a las 15:00 horas horas en que se interru interrumpi mpirá rá para para que el TRABAJ TRABAJADO ADOR R desca descanse nse y disfrute de sus alimentos lo cual podrá hacer hacer fuera de la obra o fuente de trabajo trabajo y de las 16:OO horas en que reanudara, a las 18:00 horas en que concluirá . Este horario de trabajo se observara de LUNES a SABADO de cada semana. El TRABAJADOR faculta expresamente a la COMPAÑÍA para modificar el horario de trabajo anterior, de acuerdo con las necesidades de la misma. El horario a que se refiere la presente clausula obedece a que se tiene repartida la jornada jornada de trabajo de conformidad con, lo dispuesto dispuesto por el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo QUINTA.SALARIO. QUINTA.SALARIO. El TRABAJADOR percibirá percibirá como sueldo que la presente de los servicios a que se refiere este contrato, la cantidad de $ 400.00pesos 00/100 M.N) diarios suma que le le será pagada semanalmente los
días SABADOS SABADOS de cada semana; semana; sueldo sueldo que el TRABAJAD TRABAJADOR OR recibirá recibirá en el lugar de la presentación de sus servicios. SEXT SEXTA. A. AGUI AGUINA NALD LDO. O. El TRAB TRABAJ AJAD ADOR OR tend tendrá rá derec derecho ho a perc percib ibir ir un aguinaldo equivalente a 15 días de salario, por año completo trabajando que le será cubierto a más tardar el día veinte de diciembre de cada año o la part parte e prop propor orci cion onal al en caso caso de que que no haya haya trab trabaj ajad ado o el año año completo. SEPTIMA. SEPTIMA. RECIBO RECIBO DE SALARIOS. SALARIOS. EL TRABAJADO TRABAJADOR R se obliga a otorgara otorgara los días de pago de salarios, un recibo a favor de la COMPAÑÍA por la totalidad de los los sueldos devengados hasta la fecha, entendiéndose entendiéndose que el otorgamie otorgamiento nto del mismo mismo aplicara aplicara su conformidad conformidad en que el sueldo reci recibi bido do cubr cubre e sus sus trab trabaj ajo o dese desemp mpeñ eñad ado, o, sin sin que que pueda ueda exig exigir ir posteriorm posteriormente ente pago de prestación prestación alguna, alguna, ya que cualquie cualquierr cantidad cantidad que creyere creyere tener derecho. derecho. Deberá Deberá exigirla precisa precisamente mente al otorgar otorgar el recibo recibo de referencia. referencia. La firma del recibo correspon correspondient diente e implicara implicara un finiq finiquit uito o total para para la COMPAÑÍ COMPAÑÍA A por cualqu cualquier ier clase clase de sueldo sueldoss o prestaciones a que tuviera derecho el TRABAJADOR por los servicios prestados hasta esa fecha. Aun cuando no se diga en recibo lo anterior. OCTA OCTAVA VA.. DIAS DIAS DE DESC DESCAN ANSO SO SEMA SEMANA NAL. L. El TRAB TRABAJ AJAD ADOR OR disf disfru ruta tara ra semanalmente de un día de descanso con goce de sueldo, el que se convi convien enen en por ambas ambas partes partes que será el día día ESTE ESTE DEPEND DEPENDERA ERA DE LA CANTIDAD DE TRABAJO QUE SE TENGA, de cada semana. El TRABAJADOR TRABAJADOR faculta faculta expresament expresamente e a la compañía compañía para cambiar cambiar los días de descan descanso so a que antes se hace hace mención. mención. De acuerdo acuerdo con con sus necesidades. NOVENA. NOVENA. DIAS DE DESCANSO DESCANSO OBLIGATOR OBLIGATORIO. IO. El TRABAJAD TRABAJADOR OR disfrutará disfrutará de los días de descanso obligatorios señalado en la Ley Federal de Trabajo, y que quedaran incluidos en la vigencia de este contrato. DECIMA DECIMA.. VACACI VACACIONE ONES. S. El TRABAJ TRABAJADO ADOR R disfru disfrutar tara a de vacac vacacion iones es por por cada año completo de servicios prestado, en los términos del artículos 76 de la Ley Federal de Trabajo Trabajo en la inteligenc inteligencia ia de dicho periodo periodo le será concedido después de vencido el año de servicios y en época que determine la COMPAÑÍA, puesto que se trata de un contrato por obra determinada la COMAPAÑIA le cubrirá al trabajador la parte proporcional de las vacaciones devengadas durante la vigencia del préstamo del contrato el ultimo día de vigencia del mismo. El TRABAJADOR tendrá dere derech chos os a reci recibi birr el 25% 25% sobr sobre e los los sala salari rios os que que le corr corresp espon onda dan n durante el periodo de vacaciones.
DECIMA DECIMA PRIME PRIMERA. RA. TIEMPO TIEMPO EXTRA EXTRAORD ORDIAN IANARI ARIO. O. Queda Queda expres expresam ament ente e proh prohib ibid ido o el TRAB TRABAJ AJAD ADOR OR trab trabaj ajar ar tiem tiempo po extr extrao aord rdin inar ario io si no es consentim consentimient iento o previo y por orden escrita, escrita, emitida emitida por la COMPAÑÍA. COMPAÑÍA. Cuando por cualquier circunstancia deba trabajar el TRABAJADOR mayor tiempo que que el señalado señalado en la jornada ordinaria, recabara recabara previamente de la COMPAÑÍA la orden a que se refiere esta cláusula, por lo que queda entendid entendido o de que en caso de incumplimi incumplimiento ento de este requisito, requisito, no le será abonada cantidad alguna por el tiempo que trabaja con exceso a la jornada legal. DECIMA DECIMA SEGUNDA. SEGUNDA. CONFIDENCI CONFIDENCIALID ALIDAD. AD. En atención atención a las actividad actividades es que realizara la compañía y dada la necesidad de mantener en absoluta confidencialidad la información relativa a sus clientes , los servicios que ofre ofrece ce a sus sus coti cotiza zaci cion ones es,, EL trab trabaj ajad ador or,, SE obli obliga ga a agua aguard rdar ar escr escrup upul ulos osam amen ente te cual cuales esqu quie ierr info inform rmac ació ión n rela relaci cion onad ada a con con la COMPAÑÍA, del cual tenga tenga conocimiento conocimiento directamente directamente o indirectamente indirectamente en razón del desarrollo de la OBRA DETERMINADA, así como de los asuntos administrativos cuya divulgación pueda causar perjuicios a la COMPAÑÍA COMPAÑÍA en la inteligenc inteligencia ia de que el incumplimi incumplimiento ento especific especifico o de esta esta obligac obligación ión,, lo hará a acree acreedor dor a la rescis rescisión ión de su contr contrato ato de trabajo, de conformidad con lo dispuesto el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo y a las penas que impone el Código Penal para el Distrito Federal, en sus artículos 210, 211 y 211 bis o sus correlativas en los divers diversos os Código Códigoss Penale Penaless de la Repúb Repúblic lica a Mexica Mexicana, na, obliga obligació ción n que persistirá aun terminada la relación de trabajo. DECIMA TERCERA. CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO. La COMPAÑÍA se obliga a proporcionar capacitación y adiestramiento al TRABAJADOR, en los términos que la Ley Federal de Trabajo, y de conformidad con el programa programa de capacitaci capacitación ón y adiestramient adiestramiento o convenido convenido y que hubiere hubiere aprobado la autoridad del trabajo. DECIMA CUARTA. LEY APLICABLE. Ambas partes contratantes convienen en que que todo todo lo prev previs isto to en el pres presen ente te cont contra rato to se regir regirá á por por las las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y en que para todo se refiera a inter interpre pretac tación ión,, ejecuc ejecución ión y cumpl cumplimi imient ento o del mismo mismo,, se somete someterá rá expr expres esam amen ente te a la juri jurisd sdic icci ción ón y com compete petenc ncia ia de las las Junt Juntas as de Conciliación Conciliación y Arbitraje del DISTRITO FEDERAL. DECIMA QUINTA. Se tendrá por presentados dos testigos, uno a favor de la empr empres esa a COCA COCA-C -COL OLA A S.A S.A DE C.V. C.V. y el segun segundo do en favo favorr del del trabajador. TESTIGO DE LA EMPRESA DENOMINADA COCA-COLA S.A DE C.V.
1. LOUR LOURDE DES S DEL DEL RIO RIO MATA MATA SAUL SAULDI DIE, E, DOMI DOMICI CILO LO:: CALL CALLE E SAN SAN JUAN JUAN COLORADO, NUMERO 29, CALLE SAN ANTONIO. COL. SANTA URSULA, DELEGACION. COYOACAN. C.P 123459 TESTIGO DEL TRABAJADOR 2.- MARCO ANTONIO ANTONIO RIVERA TORRES DOMICILIO:SANTO TOMAS AJUSCO, CALLE GUADALUPE VICTORIA. DELEGACION TLALPAN. C.P. 293I09
DECIMA SEXTA. EN EL CASO DE UNA CONTROVERSIA SERA RESUELTA POR EL TRIBUNAL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA JUSTICIA DEL DISTRITO DISTRITO 2345 la ciudad ciudad FEDERAL DE MEXICO DISTRITO FEDERAL
Leíd Leído o que que fue fue el pres presen ente te cont contra rato to e impu impues esta tass las las part partes es en su cont conten enid ido o y fuer fuerza za lega legal, l, lo firm firmar aron on en LA CIUD CIUDAD AD DE MEXI MEXICO CO,, DISTRITO FEDERAL -el día 24 de AGOSTO del 2011 ante los testigos que suscriben. LA COMPAÑÍA COCA-COLA S.A DE C.V.
________________
EL TRABAJADOR JAVIER PEÑA RODRIGUEZ
________________ TESTIGO 1 TESTIGO 2 LOURDES DEL RIO MATA SAULDIE MARCO ANTONIO RIVERA TORRES
_______
_______