Definición de salud física y mental. Salud Física:
Se refiere a la salud corporal, al estado físico de cuerpo, un cuerpo que funciona al 100%, con un funcionamiento óptimo en cuanto a guardar el peso adecuado a su estatura, huesos sanos, tejidos sanos, capaz de realizar las tareas necesarias para la sobrevivencia, órganos sanos, tejidos sanos y otros más. Salud Mental:
La salud mental se relaciona con el raciocinio, las emociones y el comportamiento frente a diferentes situaciones de la vida cotidiana. También ayuda a determinar cómo manejar el estrés, convivir con otras personas y tomar decisiones importantes. Al igual que otras formas de salud, la salud mental es importante en todas las etapas de la vida, desde la niñez y la adolescencia hasta la edad adulta. El déficit en la salud mental contribuiría a muchas enfermedades somáticas y afectivas como la depresión o la ansiedad ansiedad.. El tema de la salud mental, además, no concierne sólo a los aspectos de atención posterior al surgimiento de desórdenes mentales evidentes, sino que corresponde además al terreno de la prevención de los mismos con la promoción de un ambiente sociocultural determinado determinado por aspectos como la autoestima, las relaciones interpersonales y otros elementos que deben venir ya desde la educación más primaria de la niñez y de la juventud. Esta preocupación no sólo concierne a los expertos, sino que forma parte de las responsabilidades de gobierno de una nación, de la formación en el núcleo familiar, de un ambiente de convivencia sana en el vecindario, de la responsabilidad asumida por los medios de comunicación y de la consciente guía hacia una salud mental en la escuela y en los espacios de trabajo y estudio en general. La más importante importante de todas, se refiere refiere a poseer un cerebro que funciona a la perfección, que razona debidamente, carente de todo trastorno. La Salud Mental es requisito indispensable para emitir juicios, para poseer criterio, para afrontar y superar los problemas del día a día y aquellos que alteran de manera significativa nuestra parte emocional y otros más. Alumno: Carlos Víctor Espinoza Ortega.
Profesional DE CRÉDITO Responsabilidades y Funciones. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Administrar las funciones del departamento de crédito. Supervisar y coordinar la gestión de servicio al cliente y cobro administrativo. Asignar y supervisar tareas y actividades específicas al personal a su cargo. Coordinar con el departamento de cómputo las necesidades inmediatas a nivel de sistemas. Atender las recomendaciones, observaciones y quejas de los clientes, procurando una solución inmediata a los problemas presentados. Verificar el proceso de cierre mensual. Coordinar la impresión, distribución y dar el aval a los estados de cuenta. Implica revisión, doblado, distribución y entrega a cada tarjeta habiente. Supervisar el cobro y pago de cuentas comerciales. Tramitar emisiones de cheque con el departamento de Contabilidad. Supervisar el manejo y control de los boucher de las afiliadas respectivas. Participar en reuniones Internas y externas. Tramitar las respuestas del comité de crédito referente a las solicitudes. Asistir y colaborar con funciones e indicaciones de la Gerencia de Finanzas.
GESTIÓN OPERATIVA Revisar la correspondencia recibida interna y externa, tanto en papel como en medio electrónico y contestarla oportunamente. Revisar las cuentas de cobro administrativo y judicial. Custodiar el formato plástico de tarjetas, carné de descuento, recibos, entre otros. Revisar la aplicación de notas de débito y crédito. Confeccionar carné de descuentos. Revisar selectivamente la aplicación de deducciones automáticas realizadas por Recursos Humanos. Realizar emisiones de cheque y desembolsos de caja chica. Efectuar pago de comisiones al personal por venta de tarjetas. Coordinar la venta de certificados de regalo y la distribución de los mismos por caja. Mantener un control estricto del presupuesto de gastos de su unidad.
GESTIÓN RECURSOS HUMANOS Verificar que cada uno de sus colaboradores desarrolle en forma correcta las funciones que demanda su puesto de trabajo, capacitándolos constantemente en destrezas técnicas, en actitudes y en conocimientos. Atender los asuntos especiales y problemas personales que le presenten sus colaboradores, procurando la solución de los mismos en aras de su bienestar laboral. Velar por la motivación del personal a su cargo
Funciones del profesional de inversiones. Las funciones principales del área de inversiones son las siguientes:
Ventas.
Análisis de valores individuales.
Determinación de la mezcla optima de valores para un inversionista dado.
Alumno: Carlos Víctor Espinoza Ortega.
Funciones del profesional de seguros. 1.- Analizar la organización del sector financiero y de seguros, sus relaciones internas y su función en la economía.
2. Interpretar las características de los productos y servicios financieros y de seguros en relación con los segmentos de demanda en los que tienen aplicación.
3.- Realizar los cálculos y analizar los procedimientos administrativos relativos a los productos y servicios financieros y de seguros.
4.- Analizar las características de los valores mobiliarios y los procedimientos de emisión, contratación, amortización y/o liquidación de los mismos y realizar los cálculos generados
Alumno: Carlos Víctor Espinoza Ortega.
Art. 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios: 1. El Estado impulsará el pleno empleo y la eliminación del subempleo y del desempleo. 2. Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario. 3. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en materia laboral, estas se aplicarán en el sentido más favorable a las personas trabajadoras. 4. A trabajo de igual valor corresponderá igual remuneración. 5. Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar. 6. Toda persona rehabilitada después de un accidente de trabajo o enfermedad, tendrá derecho a ser reintegrada al trabajo y a mantener la relación laboral, de acuerdo con la ley. 7. Se garantizará el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización previa. Este derecho comprende el de formar sindicatos, gremios, asociaciones y otras formas de organización, afiliarse a las de su elección y desafiliarse libremente. De igual forma, se garantizará la organización de los empleadores. 8. El Estado estimulará la creación de organizaciones de las trabajadoras y trabajadores, y empleadoras y empleadores, de acuerdo con la ley; y promoverá su funcionamiento democrático, participativo y transparente con alternabilidad en la dirección. 9. Para todos los efectos de la relación laboral en las instituciones del Estado, el sector laboral estará representado por una sola organización. 10. Se adoptará el diálogo social para la solución de conflictos de trabajo y formulación de acuerdos. 11. Será valida la transacción en materia laboral siempre que no implique renuncia de derechos y se celebre ante autoridad administrativa o juez competente. 12. Los conflictos colectivos de trabajo, en todas sus instancias, serán sometidos a tribunales de conciliación y arbitraje. 13. Se garantizará la contratación colectiva entre personas trabajadoras y empleadoras, con las excepciones que establezca la ley. 14. Se reconocerá el derecho de las personas trabajadoras y sus organizaciones sindicales a la huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias en estos casos.Las personas empleadoras tendrán derecho al paro de acuerdo con la ley. 15. Se prohíbe la paralización de los servicios públicos de salud y saneamiento ambiental, educación, justicia, bomberos, seguridad social, energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, producción hidrocarburífera, procesamiento, transporte y distribución de combustibles, transportación pública, correos y telecomunicaciones. La ley establecerá límites que aseguren el funcionamiento de dichos servicios. 16. En las instituciones del Estado y en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos, quienes cumplan actividades de representación, directivas, administrativas o profesionales, se sujetarán a las leyes queregulan la administración pública. Aquellos que no se incluyen en esta categorización estarán amparados por el Código del Trabajo.
Alumno: Carlos Víctor Espinoza Ortega.