Unidad 1: Introducción 1.1 Figuras procesales en el amparo. LA CAPACIDAD. La capacidad de goce. Facultad de una persona de ser sujeto de derechos y obligaciones. La capacidad de ejercicio. P…Descripción completa
MexicoDescripción completa
Descripción completa
Descripción completa
Descripción completa
Descripción: 1
antologia de amparoDescripción completa
Descripción completa
esta obra versa sobre la ley de amparo vigente en el pais.Descripción completa
esta obra versa sobre la ley de amparo vigente en el pais.
formato de interposicion de escrito tercero interesadoDescripción completa
Modelo de demanda de amparo indirecto en materia penal contra orden de aprehensión cuando se desconoce su existencia y, en su caso, la autoridad emisora, denominado en la práctica como "ampa…Descripción completa
Descripción completa
esperantoDescrição completa
Corte directo en suelos. Mecánica de suelos 2Descripción completa
jjh
costo directo
Sonido Directo
Sonido DirectoDescripción completa
Descripción: aa
AMPAR AMPARO O DIRECTO DIRECTO Ante quien quien se promueve: promueve: O
Tribunal colegiado de circuito.
O
acultad de atracci!n "C#$
El %uicio de amparo procede vs O
"entencias de&initivas' laudos' resoluciones que ponga &in al %uicio' dictadas por tribunales %udiciales' administrativos' agrarios o del traba%o' (a sea que la violaci!n se cometa en ellos o que cometida durante el procedimiento' a&ecte las de&ensas del que%oso' trascendiendo el resultado del &allo
O
Contr Contra a sente sentenc ncias ias de&ini de&initiv tivas as ( resolu resoluci cione ones s que pong pongan an &in al %uicio %uicio dictadas por tribunales de lo contencioso administrativo' cuando estas sean &avorables al que%oso' para el )nico e&ecto de *acer valer conceptos de violaci!n en contra de las normas generales aplicadas' en este caso el %uicio de tramitara tramitara )nicamente )nicamente si la autoridad autoridad interpone interpone ( admite el recurso recurso de revisi!n en materia conteciosa administrativa.
O
Al reclamar reclamar la sentencia sentencia de&initiva' de&initiva' laudo o resoluci!n resoluci!n que ponga ponga &in al al %uicio' debe deber+ r+n n *ace *acerse rse valer valer las violaci violacion ones es a las le(es le(es del del proce procedim dimie iento nto'' siempre ( cuando el que%oso las *a(a impugnado durante la tramitaci!n del %uicio' mediante el recurso o medio de de&ensa que ' en su caso se,ale la le( ordinaria ordinaria respectiva respectiva ( la violaci!n procesal procesal trascienda trascienda al resultado resultado del &allo.
Casos en que se consideran violadas las le(es del procedimiento ( que se a&ectan las de&ensas del que%oso en %uicio administrativo ( otros. O
Art. -/ -/ 0AMP
Casos en que se consideran violadas las le(es del procedimiento ( que se a&ectan las de&ensas del que%oso en los %uicios del orden penal O
Art. -1 -1 0AMP
Contenido de la demanda de amparo directo: O
Art. -2 -2 0AMP
Presentaci!n de la demanda de amparo directo ante a.r:
O
0a demanda de amparo directo deber+ presentarse ante la autoridad responsable' con copia para cada una de las partes.
O
cuando no se presenten todas las copias necesarias' la autoridad responsable prevendr+ la promovente para que lo *aga dentro del termino de 2 d3as.
O
Transcurrido este termino sin que se *a(a subsanado la omisi!n' remitir+ la demanda con el in&orme respectivo al tribunal colegiado de circuito' cu(o presidente la tendr+ por no presentada.
O
"i el presidente determina que no *a( cumplimiento o que este es inimputable al que%oso' devolver+ los autos a la autoridad responsable para que siga el tramite que corresponda.
Dentro del pla4o de 2 d3as contados a partir del siguiente a la presentaci!n de la demanda la autoridad responsable que emiti! el acto reclamado deber+: I.5 Certi&icar al pie de la demanda' la &ec*a de noti&icaci!n al que%oso de la resoluci!n reclamada' la de su presentaci!n ( los d3as in*+biles que transcurrieron entre ambas &ec*as II.5Correr traslado al tercero interesado' en el ultimo domicilio que *a(a designado para o3r ( recibir noti&icaciones en los autos del %uicio de origen o en el que se,ale el que%oso. III.5 Rendir el in&orme con %usti&icaci!n acompa,ado de la demanda de amparo' los autos del %uicio de origen con sus ane6os ( las constancias de traslado de las partes' copia certi&icada de las actuaciones que estime necesarias para la e%ecuci!n de la resoluci!n reclamada "ubstanciaci!n: O
El presidente del tribunal colegiado de circuito deber+ resolver en el pla4o de tres d3as si admite la demanda' previene al que%oso' o la desec*a por encontrar motivo indubitable de improcedencia
O
"i *ubiere irregularidades en el escrito de demanda por no satis&acer los requisitos del art. -2 de la 0AMP' el presidente del T.C.C se,alara al promovente un pla4o que no e6ceder+ de 2 d3as para que subsane.
O
"i no *a( motivo de improcedencia o &ueran subsanadas las irregularidades' el presidente del T.C.C admitir+ la demanda ( mandara a noti&icar a las partes el acuerdo relativo' para que en pla4o de quince d3as presenten sus pruebas o promuevan el amparo ad*esivo
El amparo ad*esivo )nicamente proceder+ en los casos siguientes: O
Cuando al ad*erente trate de &ortalecer las consideraciones vertidas en el &allo de&initivo' a &in de no quedar inde&enso
O
Cuando e6istan violaciones al procedimiento que pudiera a&ectar de&ensas del ad*erente' trascendiendo el resultado del &allo..
O
E&ectos de la presentaci!n ( no presentaci!n del amparo ad*esivo
O
Con la presentaci!n del amparo ad*esivo se correr+ traslado a la parte contraria para que e6prese lo que a su derec*o convenga.
O
0a &alta de promoci!n del amparo ad*esivo *ar+ que preclu(a el derec*o de quien obtuvo sentencia &avorable para alegar posteriormente las violaciones procesales que se *a(an cometido en su contra.
las
ormulaci!n del pro(ecto de resoluci!n. O
Transcurrido el pla4o de -2 dias para presentar pruebas o &ormular amparo ad*esivo' dentro de los tres dias siguientes el presidente del T.C.C turnara el e6pediente al magistrado ponente que corresponda' a e&ecto de que &ormule el pro(ecto de resoluci!n dentro de los 78 dias siguientes.