CONTRATO DE LOCACIÓN En Olivos, a los ....... DIAS DEL MES DE MARZO DE 2012 , entre los Señores ….. con D.N.I. Nº ….. y …… con D.N.I. Nº ….. , denominados en adelante LA PARTE LOCADORA y por la otra el Señor …………., con D.N.I. N° ……….. , denominado en adelante adelante LA PARTE PARTE LOCATA LOCATARIA RIA, todos mayores de edad y hábiles para contratar acuerdan celebrar el presente contrato de Locación, que se regirá por las normas comunes del Código Civil vigente a la fecha y por las siguientes cláusulas: --PRIMERA: La parte LOCADORA cede en locación a la parte LOCATARIA, UN INMU INMUEB EBLE LE,, que que será será dest destin inad ado o a vivi vivien enda da fami famililiar ar,, con entr entrad ada a por por la call calle e ………….. Nº …………. de la localidad de Olivos, Pdo. de Vicente López, Provincia de Buenos Aires. Se aclara expresamente que en la propiedad vivirán dos (2) personas, sin mascotas.---------------------------------------------------------------------------------términ ino o de este este cont contra rato to es de VEIN VEINTI TICU CUAT ATRO RO (24) (24) meses meses SEGUNDA: El térm improrrogables conforme al ART. 2 de la ley 23.091, contando desde el día …. de Marz Marzo o de 2012 2012,, por por lo que que su venc vencim imie ient nto o se oper operar ará á de plen pleno o dere derech cho o el día ............... de Marzo del año 2014 sin necesidad de notificación o requerimiento alguno por parte de la LOCA LOCADO DORA RA.. El locata locatario rio podrá, podrá, transcu transcurri rridos dos los seis seis primero primeros s meses meses de vigenci vigencia a de la relaci relación ón locati locativa, va, resolve resolverr la contrat contrataci ación, ón, debiendo notificar en forma fehaciente su decisión al locador con una antelación mínim mínima a de sesent sesenta a días días de la fecha fecha en que reintegra reintegrará rá lo arrenda arrendado; do; debie debiendo ndo abonar periodos de mes completo, aunque se retirara antes de finalizar el mismo. El locatario, locatario, de hacer uso de la opción resolutoria resolutoria en el primer año de vigencia de la relación locativa, deberá abonar al locador, en concepto de indemnización, la suma equivalente a un mes y medio de alquiler al momento de desocupar la vivienda y la de un sólo mes si la opción se ejercita transcurrido dicho lapso. De no dar aviso fehaciente deberá abonar un monto equivalente al alquiler por el periodo de tiempo mencionado que no preavisó. Durante ese periodo deberá permitir el acces acceso o al inmu inmueb eble le para para pode poderr most mostrar rar el mism mismo o a otros otros inte interes resad ados os ante ante el requerimient requerimiento o de LA LOCADORA LOCADORA o de la empresa empresa inmobiliaria inmobiliaria que corresponda. corresponda. También será de aplicación la obligatoriedad de dicho permiso de acceso, para el último último mes de locación, locación, en los casos en que el contrato contrato se extinga por vencimient vencimiento o de la vigencia del mismo.-------------------------------------------------------------------------------TERCERA: El precio de la locación se establece en la suma de Pesos …….. ($ …...-) para los veinticuatro meses de vigencia del presente, los que serán abonados de la siguiente manera: la suma de Pesos ……. ($ ….-) para cada uno de los primeros primeros doce meses de vigencia vigencia y la suma de Pesos ….. ….. ($ …...-) para cada uno de los doce meses restantes.------------------------------------------------------------------------------------------CUARTA: El alquiler será abonado en las oficinas de la Administradora COEZA S.A. sitas en Av. Maipú Nº 3.171 Planta Baja “C” de la localidad de Olivos, Pdo. de Vte. López, Pcia. Pcia. de Bs. As., por adelantado adelantado del 1 al 10 de cada mes, siendo entendido entendido que el mero vencimiento del plazo hará incurrir a LA LOCATARIA en mora de pleno derecho. En caso de no ser abonado el alquiler del 1 al 10 de cada mes se le cobrará el 0,5% diario de intereses en concepto de mora. El alquiler se pacta por períodos de mes entero y aunque LA LOCATARIA se mudara antes de finalizar el mes, pagará íntegramente el alquiler correspondiente a ese mes. Se deja aclarado que dos meses impagos consecutivos en las fechas pactadas producirá la rescisión del presente Contrato, sin necesidad de intimación previa judicial o extrajudicial alguna, debiendo ser entregado lo locado en el plazo de diez días siendo por cuenta de LA LOCATA LOCATARIA RIA todos todos los gastos gastos y costas costas que demande demande el juicio juicio en caso caso de incumplimiento.--------------------------------------------------------------------------------------------QUINTA: LA LOCATARIA que declara haber visitado y revisado lo locado, recibe de conformidad la propiedad con todos sus accesorios; obligándose a mantener y devolver el inmueble en las mismas condiciones y a pagar el importe de los objetos que faltaren o estuvieren rotos y los deterioros ocasionados salvo los que resulten del buen uso y de la acción del tiempo, una vez finalizado el presente contrato de locaci locación. ón. Se deja deja aclarad aclarado o que quedan quedan en la propied propiedad: ad: ……….. ……….. Forma parte parte integra integrante nte del presen presente te Invent Inventari ario, o, las fotogra fotografí fías as grabad grabadas as en los cd´s cd´s que se adju adjunt ntan an al prese present nte e cont contra rato to,, los los cuale cuales s form forman an part parte e inte integr gran ante te del del mism mismo, o, firmando las partes en este acto, la portada de cada uno de ellos, de conformidad.---SEXTA: LA LOCATARIA se obliga a no subarrendar el todo o parte de la propiedad,
a no transferir, ni ceder, ni vender, ni prestar la presente Locación, so pena de rescindirse el mismo.-------------------------------------------------------------------------------------SEPTIMA: se aclara que si durante el periodo locativo comienza una obra lindera, esta circunstancia no será causal para reclamo alguno a la locadora.------------------OCTAVA: LA LOCATARIA utilizará el inmueble, únicamente para lo especificado en la cláusula primera, no pudiendo darle otro destino que el expresado, ni hacer modificaciones de ninguna naturaleza en la propiedad sin consentimiento previo por escrito de la Locadora. Las mejoras que LA LOCATARIA hiciere de cualquier naturaleza quedarán a beneficio de la propiedad sin remuneración alguna. Tampoco podrá LA LOCATARIA tener en el inmueble, líquidos o materiales combustibles o cosas que pudieran afectar la seguridad de las personas, objetos e instalaciones, ni realizar actos que contraríen las normas Municipales vigentes.-----------------------------NOVENA: LA LOCATARIA asume, como parte integrante del alquiler, la obligación del pago puntual de los servicios de Gas Natural, Energía Eléctrica, AySA, Impuesto Municipal ( A.B.L. ) y Teléfono. El pago de todos estos rubros será realizado por LA LOCATARIA dentro de las fechas correspondientes a los primeros vencimientos, aceptando desde ya todos los recargos por mora que establezcan los entes recaudadores de servicios. El pago se acreditará por LA LOCATARIA con entrega de los recibos originales cancelatorios con constancia del pago a COEZA S.A., dentro del mes correspondiente a los mismos, con obligación de esta última de firmar sus fotocopias como constancia de recepción de los originales. El impago de cualquiera de los mencionados rubros, será considerado como falta de pago del alquiler con sus mismos efectos y consecuencias, pudiendo LA LOCADORA accionar contra LA LOCATARIA por desalojo motivado en la causal de falta de pago del alquiler y además accionar contra LA LOCATARIA y su fiadora por el procedimiento ejecutivo para el cobro de las sumas adeudadas. LA LOCATARIA, deberá dentro de los Treinta (30) días del comienzo del presente contrato realizar la gestión necesaria para que el servicio de Energía Eléctrica y Gas Natural, estén a su nombre, debiendo asimismo volver a nombre de LA LOCADORA una vez finalizado el presente contrato. En caso de falta de pago por LA LOCATARIA de los servicios de Energía Eléctrica y Gas Natural, LA LOCADORA estará habilitada a solicitar a la prestadora, la interrupción de los mismos, hasta que LA LOCATARIA cancele su deuda, debiendo además, pagar todos los gastos originados por la interrupción y el reestablecimiento del servicio. Se deja expresamente aclarado que el alquiler incluye la línea telefónica Nº ……, que es de exclusiva propiedad de LA LOCADORA y que LA LOCATARIA no podrá cambiar de lugar ni de denominación, como tampoco podrá gestionar su titularidad para él o para terceros, siendo el pago del servicio de exclusivo cargo de LA LOCATARIA y debiendo abonar en concepto de multa por falta de pago en término que origine la pérdida del servicio, la suma de Pesos Un Mil ($ 1.000.-) ó la reposición de o la misma línea telefónica. La LOCATARIA, se obliga a contratar una Póliza de Seguro contra riesgo de incendio y de granizo con la Compañía de Seguros Allianz dentro de los diez (10) días de firmado el presente, durante el transcurso de la Locación, a favor de La Locadora, debiendo entregar su constancia a La Administradora, dentro de los treinta (30) días de la firma de presente. Se deja aclarado que el Impuesto Inmobiliario (RENTAS) será abonado por la LOCADORA durante el transcurso de la locación.--------------------------------------DECIMA: LA LOCADORA no se responsabiliza de los daños y perjuicios que pudieran producirle a LA LOCATARIA o a sus familiares o empleados las inundaciones, filtraciones y desprendimientos provenientes de roturas o desperfectos de caños o techos por los daños derivados de incendios, explosiones o hechos similares en sus propios bienes o en los de terceros o cualquier otro accidente producido en la propiedad. LA LOCATARIA dará inmediata cuenta a LA LOCADORA, de cualquier desperfecto que sufriera la propiedad, permitiendo a la misma o a su representante el libre acceso a cualquier dependencia de la propiedad, cuantas veces ésta así lo requiera para su inspección, notificándola con dos días de anticipación, en días y horarios acordados por las partes, y permitirá la ejecución de todo trabajo que sea necesario, para su conservación o mejora, sin derecho a cobrar indemnización alguna. La negativa por parte de LA LOCATARIA es condición de incumplimiento de contrato. ---------------------------------------------------------------------------DECIMA PRIMERA: Se aclara que tanto LA LOCATARIA como LA FIADORA, son solidariamente responsables por los daños que pudieran llegar a ocasionar las mascotas que en la propiedad habiten en forma permanente o que visiten ocasionalmente la misma.-------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA SEGUNDA: La falta de cumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente contrato, dará opción a LA LOCADORA para exigir el desalojo de la propiedad locada, previo cumplimiento de la intimación correspondiente, en los términos fijados en el Art. 5 de la Ley 23.091 reservándose el derecho a reclamar por daños y perjuicios.----------------------------------------------------------------------------------------DÉCIMA TERCERA: En caso de consignación de llaves el alquiler regirá hasta el día en que LA LOCADORA tome Posesión real y efectiva de la llave de la propiedad. En el caso de que LA LOCATARIA no realice la entrega de la propiedad a la fecha de vencimiento del presente contrato ó a la fecha en que se ha comprometido a entregarla, deberá abonar a LA LOCADORA, la suma correspondiente al doble del alquiler abonado en ese momento. La prescripción precedente también será de aplicación para el caso en que las partes se encuentren negociando la renovación del presente contrato, siempre que la demora en la suscripción del mismo, le sea imputable a la parte locataria.--------------------------------------------------------------------------DÉCIMA CUARTA: Si LA LOCATARIA diera motivo por cualquier causa a que se le iniciara juicio de desalojo se compromete a pagar, desde la iniciación del juicio y hasta que LA LOCADORA se reciba de las llaves de la Propiedad, una suma de Pesos equivalentes a dos (2) veces el alquiler de ese momento además del alquiler pactado.------------------------------------------------------------------------------------------------------DÉCIMA QUINTA: La entrega de las llaves de la propiedad deberá justificarla LA LOCATARIA con documento escrito emanado de LA LOCADORA, no admitiéndose otro medio de prueba.------------------------------------------------------------------------------------DÉCIMA SEXTA: Los Señores ………, con D.N.I. Nº ……. y …………. con D.N.I. Nº ………, quienes declara aceptar todas las cláusulas del presente Contrato en prueba de lo cual lo firman de conformidad, se constituyen en FIADORES SOLIDARIOS y principales pagadores, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división por el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en el presente contrato; garantizan igualmente el pago de los honorarios y gastos de los juicios que se promuevan contra LA LOCATARIA, por desalojo, posesión judicial, daños y perjuicios, desperfectos y cobro de alquileres. La fianza subsistirá aún vencido el término del contrato y hasta tanto LA LOCATARIA restituya a LA LOCADORA el inmueble libre de ocupantes y acredite haber cumplido con todas las obligaciones a su cargo comprometiéndose los FIADORES a pagar los alquileres a la simple presentación de los recibos, si LA LOCATARIA no lo hiciera en las fechas pactadas y se atrasa en el pago del alquiler, el hecho de no dar aviso a los FIADORES, no extingue la fianza.-----------------------------------------------------------------------------------------DÉCIMA SEPTIMA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de San Isidro, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder, fijando sus domicilios mencionados en esta cláusula, en los que serán válidas todas las notificaciones y diligencias que se practiquen, aunque los interesados no vivan o no se encuentren en ellos: La LOCADORA en la ….. Nº ….. Piso … Dpto. “A” de la Localidad de Martínez, Pdo. de San Isidro, Pcia. de Bs. As.; LA LOCATARIA en el domicilio que arrienda y los FIADORES, en la calle …. Nº ….. de la Localidad de …., Pdo. de ……, Pcia. de Bs. As., Tel.: ………. LA LOCATARIA se compromete formalmente a comparecer a las audiencias que se señalen en el juicio por sí o por apoderado, bajo apercibimiento de fallarse los juicios con lo dicho por LA LOCADORA o su apoderado.-------------------------------------------------------------------------DÉCIMA OCTAVA: Sin perjuicio de responder con la totalidad de sus bienes, los FIADORES, afectan como Garantía, …….. NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: … Parcela: …., Sub-Parcela: ….., Polígono: …... Partida número: ……. De los Certificados expedidos por el Registro de la Propiedad los de Dominio Nº ……. y de Inhibición Nº …….. de fecha …/03/2012, nos informan que por el nombre de la FIADORA no existen inhibiciones, para disponer de sus bienes, la propiedad no posee embargos, hipotecas, ni está afectada a ningún otro derecho real. Se deja expresamente aclarado que la FIADORA deberá avisar de inmediato a LA LOCADORA cualquier venta que realice sobre el bien, inhibición u otro gravamen que pese sobre su patrimonio dentro de los diez (10) días de producido y entregar a la LOCATARIA otro bien a satisfacción de LA LOCADORA bajo apercibimiento de considerar rescindida la locación por culpa de LA LOCATARIA. ----------------------------DÉCIMA NOVENA: Los sellos correspondientes a este contrato serán abonados por partes iguales entre LA LOCADORA y LA LOCATARIA.---------------------------------------
VIGESIMA: A fin de garantizar el fiel cumplimiento de este contrato y todas las obligaciones contraídas por LA LOCATARIA, ésta entrega en calidad de depósito a LA LOCADORA, la suma de Pesos ………. ($ …….-) sirviendo este contrato como carta de pago y suficiente recibo. Al finalizar el contrato y reintegrar LA LOCATARIA la propiedad completamente desocupada y a entera satisfacción de LA LOCADORA previa las deducciones a que hubiere lugar, esta suma le será devuelta por LA LOCADORA a LA LOCATARIA en la misma moneda. Así mismo LA LOCADORA podrá retener dicho importe hasta que se satisfagan todos los pagos que estuvieren pendientes: Gas Natural, Energía Eléctrica, AySA, Impuesto Municipal (A.B.L.) y Teléfono.-----------------------------------------------------------------------------------------------------VIGESIMA PRIMERA: LA LOCATARIA, entrega en este mismo acto a la LOCADORA, la suma de Pesos ..................... ($ ............) correspondientes al pago proporcional del mes de Marzo de 2012, sirviendo el presente de suficiente recibo y formal carta de pago.-------------------------------------------------------------------------------------Se aclara expresamente que en caso de renovación y/o venta entre las partes del presente contrato de locación, intervendrá la firma DIC Propiedades.---------------------EN PRUEBA DE CONFORMIDAD se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha UT-SUPRA indicados.--------------------------------------
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