Discriminación laboral a la mujer
“Si alguien considera estar limitado por su género, raza u origen, se volverá aún más limitado”. - Carly Fiorina La discriminación laboral a la mujer es una parte de la discriminación a las féminas, basándose en un supuesto de inferioridad en cuanto a capacidades respecto al hombre, se considera que la mujer no tiene la fuerza física ni emocional para realizar determinados trabajos o acciones, ni la suficiente inteligencia o razón para crear ideas contundentes. (OHCHR, 2009) Dicha discriminación podemos evidenciarla en dos etapas: 1) En el proceso de contratación y antes de laborar o 2) en el proceso de la prestación de un servicio en el lugar de trabajo. Cuando las mujeres son rechazadas para una posición de trabajo por cuestiones tales como: embarazos (incluso son sometidas a realizarse pruebas de embarazo, en algunos casos prohibido por la Ley), aspecto físico (para determinados trabajos), presunción de incapacidad para cargos gerenciales, etc. Es cuando nos encontramos en la opción 1. Cuando éstas mujeres reciben un trato diferente, son segmentadas de alguna forma en los sitios de trabajo, perciben un salario menor al de un hombre por realizar el mismo trabajo, presentan dificultades para un ascenso, son discriminadas sexualmente, entre otros, nos encontramos en la opción 2. La discriminación en materia de salarios sigue siendo muy activa. En la industria en 27 de 39 países con datos disponibles, la remuneración de las mujeres era un 20% a un 50% menor que la de los hombres. (BAQUERO, 2010) Según Robinson, el género es uno de los campos en donde puede darse este tipo de discriminación. Así, aunque hombres y mujeres sean igualmente productivos, es decir, sean sustitutos perfectos, el empresario pagará sala rios más bajos a las mujeres, basándose en el supuesto de que estas últimas últ imas poseen una curva de oferta laboral menos elástica que la de los hombres, razón por la que son ellas quienes reciben los salarios más bajos. De esta forma, mediante la discriminación salarial el empresario maximiza sus beneficios. Discriminación en el empleo: Es la típica discriminación laboral que se da cuando a igualdad de condiciones se prefiere (o se descarta) a una persona por una característica ajena a lo requerido por el puesto. .
Discriminación ocupacional: Significa que algunos grupos de la sociedad están limitados a empleos de baja categoría y escasa remuneración, por consiguiente, nunca o en casos muy esporádicos podrán alcanzar ciertos niveles jerárquicos en las empresas, aunque estén calificados para ello y lógicamente su escala salarial será baja. . Los avances de las mujeres en posiciones gerenciales en el mundo corporativo tienen logros acotados. En 1999 las mujeres sólo representaban del 11 al 12% de los ejecutivos de las 500 mayores corporaciones de los EEUU y el 12% de los ejecutivos de las 560 mayores empresas de Canadá. En Alemania en 1995, sólo del 1% al 3% de los altos ejecutivos y miembros de directorios de las 70.000 empresas er an mujeres. Discriminación en la adquisición de capital humano: Se presenta cuando se tienen restricciones en cuanto al acceso a la educación formal y a la capacitación y entrenamiento que proporcionan las empresas, lo que como es de esperarse tiene efectos sobre su grado de calificación y en el aumento de su productividad. Este caso se observa con frecuencia en las mujeres donde las tradiciones sociales han jugado muy importante, ya que muchos padres tienen la concepción que el rol principal de la mujer se encuentra en el ámbito domestico y consideran innecesario un nivel educativo muy elevado. Por otra parte, existen casos en los que familias con escasos recursos y con varios hijos donde se da prioridad a la educación de los hijos varones; incluso si se tiene la posibilidad de dar una buena educación a las mujeres los padres pueden tender a invertir poco en esta, dada la discriminación existente contra la mujer en el mercado laboral, lo que impide tasas de retorno a la inversión en educación más altas que las de los hombres. Para dar fin a la discriminación laboral de la mujer, es menester que la legislación de los países se adapte en miras de buscar proteger los derechos de igualdad de la mujer en el ámbito laboral, así como a nivel social abandonar los paradigmas de inferioridad respecto a la mujer y sus capacidades, cuando la historia nos ha demostrado que las mujeres han servido al mundo en muchos aspectos, más allá de trabajar sólo en el hogar. (UN, 2009)
Bibliografía BAQUERO, J. (2010). Marrco Analogico de la Discriminacion Laboral. OHCHR. (2009). OHCHR. Obtenido de Naciones Unidas Derechos Humanos: http://www.ohchr.org/SP/AboutUs/Pages/DiscriminationAgainstWomen.aspx UN. (2009). UN. Obtenido de Discriminación contra la mujer: http://www.un.org/es/events/humanrightsday/2009/discrimination_women.shtml