Nombre: Giovanni Marcelo Mendoza Espada Modulo: Nomenclatura Arancelaria y Merceologia
Fecha: 20 de Junio del 2013
HISTORIA DE LA NOMENCLATURA
Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (NAB).
Fue la primera nomenclatura arancelaria, elaborada bajo el auspicio del Consejo de Cooperación Aduanera, instituida en el año 1950 para la clasificación de mercancías objeto de comercio internacional y utilizado por los países como base para la confección de sus Aranceles de Aduanas nacionales. Su unidad clasificatoria era la partida o posición de 4 dígitos. En ese mismo año se elaboró el Convenio de la Nomenclatura Arancelaria de Bruselas ( NAB), buscando unificar las estructuras arancelarias entre las economías europeas, pues cada país aplicaba un criterio nacional de clasificación aduanera, dificultando la descripción de los productos objeto de comercio. La NAB contaba con un criterio de delimitación progresivo en función del grado de elaboración del producto considerado y clasificaba las mercancías según la naturaleza de la materia constitutiva y la función que desempeñaba el producto. Las mercancías se agrupaban en 21 secciones que se dividían en 99 capítulos de dos dígitos y 1.024 partidas a cuatro dígitos. Esta nomenclatura representó, para la época, el máximo grado de detalle disponible en cada país para la elaboración de sus aranceles de aduanas nacionales, toda vez que los gobiernos que la adoptaran a través de la suscripción del Convenio de la Nomenclatura de Bruselas (NAB) estaban obligados a respetarla sin posibilidad de alterar en absoluto su texto, orden y numeración; aunque con libertad de actuación en cuanto al establecimiento de subpartidas a nivel nacional. Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA)
Nomenclatura emanada del Consejo de Cooperación Aduanera, previa a la del Sistema Armonizado y proveniente del cambio de denominación de la Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (NAB), denominada de esta forma a partir del año 1974 para evitar cualquier confusión acerca del organismo internacional responsable. Su unidad clasificatoria estaba dada por partidas o posiciones de 4 dígitos. Constituía una compilación sistemática de mercancías, estructurada en
partidas distribuidas en capítulos agrupados a su vez en secciones. Desde el año 1955 hasta el nacimiento del Sistema Armonizado en el año 1988, el Consejo de Cooperación Aduanera sometió a las partes contratantes de la NCCA seis recomendaciones de enmienda para la modificación de la nomenclatura. Estas recomendaciones entraron en vigor luego de la aceptación de todas las partes contratantes, el primero en enero de 1965 (primeras tres recomendaciones), el 1° de enero de 1972, el 1° de enero de 1978 y el 1° de enero de 1988. A pesar de la rápida incorporación de muchos países, hubo economías relevantes tales como Estados Unidos, China y la URSS, que quedaron al margen de la misma. Además, los países usuarios introdujeron subdivisiones nacionales por motivos arancelarios o estadísticos, lo que provocó divergencias en los sistemas de clasificación de mercancías. Como ejemplo de lo mencionado; en el año 1966, los países miembros de la Comunidad Económica Europea crearon subdivisiones compuestas de la NCCA en dos sentidos: por un lado, introdujeron un código alfanumérico para clarificar la nomenclatura arancelaria y distinguir el comercio intra y extracomunitario, y por el otro, se descendió hasta un nivel de desagregación de seis dígitos para contar con una información estadística más útil. Este nuevo sistema de clasificación de mercancías se denominó NIMEXE (Nomenclatura de Mercancías para las Estadísticas del Comercio Exterior de la Comunidad Económica Europea) y fue la primera herramienta de análisis del comercio de la Comunidad, elaborada por ésta. Hasta 1987, cincuenta y dos (52) países eran partes contratantes de la Convención de la nomenclatura y más de 150 países y territorios usaron la NCCA como base de sus aranceles de aduanas nacionales. La mayoría de los países que fueron partes contratantes del convenio de la nomenclatura han adoptado el Sistema Armonizado en sus aranceles nacionales. La NCCA constituyó una compilación sistemática de mercancías, estructurada en 1241 partidas (1011 en el año 1987), distribuidas en 96 capítulos (99 para el año 1987), agrupadas en 21 secciones. Esta Nomenclatura estaba apoyada por: • Notas Explicativas, que constituían la interpretación oficial de la nomenclatura, aprobada por el CCA, aunque no son parte del Convenio. • Un Índice Alfabético de Mercancías, citadas en la Nomenclatura y en las Notas Explicativas. • Un Índice de Criterios de Clasificación conteniendo opiniones adoptadas en el seno del Comité de la Nomenclatura.
Nomenclatura de Ginebra:
En mayo de 1927, la idea de una estructura común para los aranceles aduaneros fue expuesta en una recomendación formulada por la Conferencia Económica Mundial celebrada bajo los auspicios de la Liga de las Naciones. Un Comité de Expertos preparó entonces un Proyecto de Nomenclatura Aduanera cuya primera versión se completó en el año 1931 y se revisó en 1937. Esta Nomenclatura se llegó a conocer como “Nomenclatura de Ginebra” y constaba de 991 partidas, distribuidas en 86 capítulos que a su vez se agrupaban en 21 secciones. En adición a las partidas básicas o principales, numeradas consecutivamente del 1 al 991, tenía partidas de segundo nivel y en algunos casos de tercer y cuarto nivel. En principio, las partidas básicas o principales eran obligatorias, sin embargo los países tenían la libertad de reducir el número de subpartidas agrupando varias de ellas o estableciendo subdivisiones adicionales a las ya existentes o previstas. Aunque muchos aranceles de aduanas se inspiraron en la Nomenclatura de Ginebra, revisada en 1937, nunca tuvo la suficiente influencia para producir una verdadera normalización y uniformidad de los aranceles de aduanas, toda vez que al carecer de fuerza legal su texto, la adaptación en dichos aranceles fue un tanto anárquica puesto que al introducir subdivisiones o conferir interpretaciones distintas a muchos de sus conceptos, se perdió la uniformidad que en definitiva era el fin primordial para el cual había sido creada dicha nomenclatura. Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI)
Creada la Organización de las Naciones Unidas en abril de 1945, la Comisión de Estadísticas de su Consejo Económico y Social, revisó la Lista Mínima de Mercancías, y sobre su base confeccionó una nueva nomenclatura uniforme con fines fundamentalmente estadísticos, que con la denominación de “Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI)”, fue a probada en 1960. La CUCI es la nomenclatura internacional de mercancías de las Naciones Unidas para el comercio exterior. Se trata de una clasificación elaborada por la División de Estadísticas de Naciones Unidas cuya primera versión salió a la luz en 1951, coincidiendo con la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA).Hasta la aparición del Sistema Armonizado, era el sistema de clasificación de mercancías por excelencia pero su uso en aspectos aduaneros era reducido al tomar el grado de procesamiento de las mercancías para proceder a su clasificación. Ha experimentado una serie de revisiones, entre las cuales se destaca la efectuada en el año 1988, para adaptarla a los cambios que habían aparecido por la introducción del Sistema Armonizado. La tercera versión revisada de la CUCI empezó a aplicarse al mismo tiempo que el Sistema Armonizado.
Hasta que se produjo el paso a esta última, la CUCI constituía la única nomenclatura del comercio exterior que permitía establecer comparaciones a nivel mundial, pero ha perdido importancia desde que el SA se utiliza prácticamente en todo el mundo. Esta tercera versión revisada de la CUCI utiliza los elementos del Sistema Armonizado como módulos elementales. La CUCI Rev. 3 presenta una estructura jerárquica de cinco niveles y un sistema de codificación exclusivamente numérico. A pesar de que la CUCI tiene una mayor utilidad en el análisis económico, pues clasifica las mercancías atendiendo al grado de procesamiento al que han estado sujetas, y no sólo en función de las características físicas o naturaleza de éstas, su nivel de desagregación es inferior al alcanzado por el Sistema Armonizado pues presenta casi 4.500 subdivisiones divididas en cinco grupos jerárquicos. El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, formuló la recomendación de que todos los Gobiernos utilizarán esta nomenclatura de mercancías para sus estadísticas de Comercio Exterior. Esta nomenclatura, que en la numeración de sus partidas ya no sigue un sistema correlativo sino que introduce cinco dígitos con vista a la elaboración de las estadísticas en ordenadores electrónicos, clasifica las mercancías organizándolas según su grado de elaboración y agrupándolas según la materia constitutiva. Hasta esa fecha, la Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI) era el sistema más usado para analizar las estadísticas de comercio internacional. En esencia, debemos señalar que la elaboración de estadísticas comparables a nivel internacional exige no sólo la utilización de definiciones estadísticas uniformes, sino también la armonización de las nomenclaturas de que se trate. Una de las principales tareas de los organismos estadísticos internacionales es, por tanto, la elaboración de nuevas nomenclaturas o la revisión de las existentes. Recientemente ha concluido una serie de revisiones de las nomenclaturas estadísticas internacionales. La diferencia principal entre ésta y las anteriores revisiones radica en el hecho de que las nuevas nomenclaturas forman un sistema integrado de clasificaciones estadísticas. Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SADCOM)
La nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, es la más utilizada como referente de codificación en el comercio exterior de todo el mundo y además sirve para facilitar el comercio internacional, homogeneizar las estadísticas de comercio exterior, facilitar las negociaciones comerciales, abaratar gastos y permitir el uso de herramientas informáticas. El SA es usado por más de 200 países y Uniones Aduaneras, lo que supone más del 98% de las transacciones internacionales.
Las partes contratantes del Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, donde figura prácticamente todos los países del mundo, se comprometen a que sus nomenclaturas se basen en la estructura del Sistema Armonizado, si bien podrán crear las correspondientes subdivisiones a un nivel superior al código de seis cifras, pudiendo adoptar un único texto que integre la nomenclatura aduanera y estadística. El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, fue ratificado por la CEE mediante la Decisión del Consejo 87/369/CEE (DOCE L 198, de 20-7-1987). El SA se revisa cada cinco años (salvo casos de urgencia), para incluir nuevas partidas derivadas de progresos técnicos o comerciales y suprimir (integrando los productos en partidas más genéricas) aquellos productos que caen en desuso. La última actualización (la cuarta) entro en vigor el 1 de enero de 2012. Como ejemplo podríamos citar la nueva partida 9619.00 para los productos absorbentes para la higiene (toallitas para bebe).