This page intentionally left blank
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 3
ISABEL I DE CASTILLA Y LA SOMBRA DE LA ILEGITIMIDAD
This page intentionally left blank
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 5
ISABEL I DE CASTILLA Y LA SOMBRA DE LA ILEGITIMIDAD Propaganda y representación en el conflicto sucesorio (1474-1482)
Ana Isabel Carrasco Manchado
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 6
En la presente edición ha colaborado el proyecto de investigación BHA-2002-03388 del Ministerio de Educación y Ciencia
Este libro se inscribe en los trabajos del Grupo de Investigación Consolidado de la Universidad Complutense de Madrid n.º 930.369, “Sociedad, poder y cultura en la Corona de Castilla, siglos xiii-xvi”
© Ana Isabel Carrasco Manchado, 2006 ©Sílex® ediciones S.L., 2006 c/ Alcalá, nº 202. 28028 Madrid www.silexediciones.com correo-e:
[email protected] ISBN: 84-7737-165-2 ISBN 13: 978-84-7737-165-6 Depósito Legal: M-37.875-2006 Dirección editorial: Ramiro Domínguez Coordinación editorial: Óscar Villarroel González y Ángela Gutiérrez Edición: Cristina Pineda Torra Diseño cubierta: Ramiro Domínguez Producción: Equipo Sílex Fotomecánica: Preyfot S.L. Impreso en España por: ELECE, Industria Gráfica (Printed in Spain)
Está prohibida la reproducción o almacenamiento total o parcial del libro por cualquier medio: fotográfico, fotocopia, mecánico, reprográfico, óptico, magnético o electrónico sin la autorización expresa y por escrito del propietario del copyright. Texto refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual (1/1996)
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 7
Contenido
Presentación
… … … … … … … … … … … … … … 13
Introducción
… … … … … … … … … … … … … … 15
Capítulo primero El combate por la legalidad (diciembre de 1474-mayo de 1475)
… … … … … … … … 23
1. La muerte de Enrique IV y las ceremonias de sucesión … … … 23 2. La corte se desplaza: entradas reales y fiestas caballerescas … … 76 3. La proclamación de la princesa Juana: “Por la gracia de Dios, reyna de Castilla, de León, de Portugal” … … … … … 86 4. Disputas de honor y de reconocimiento en la corte papal: “Deberíamos ser quexosos de su santidad” … … … … … 93 5. La retórica de la legalidad y otros discursos legitimadores … … … … … … … … … … 101
Capítulo segundo El fragor de la guerra (mayo de 1475-marzo de 1476) 1. Ceremonias y apremios militares … … … … … … … … 2. La guerra ritual: la derrota a las puertas de Toro … … … 3. La victoria, la mejor propaganda: Burgos y Peleagonzalo … 4. La retórica en tiempos de guerra … … … … … … … …
… … … … …
153 153 167 193 202
Capítulo tercero Los aires triunfalistas (marzo de 1476-enero de 1479) 1. Nuevos escenarios y ritos para el reconocimiento … … … 2. El capital simbólico de la victoria … … … … … … … 3. La obediencia de los “rebeldes” … … … … … … … …
… … … …
257 257 273 285
4. La vertiente ritual y simbólica de la pacificacion de Andalucía ……… 5. La retórica del triunfo … … …
… … … … … … … … 298 … … … … … … … … 351
Capítulo cuarto El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica (enero de 1479-enero de 1482) … … … … … … … … … 423 1. El fin de la guerra … … … … … … … … … … … … 423 2. El proceso ritual de paz: “En esta manera fue fecha e firmada la paz con el rey de Portogal e con su reyno” … … … … …
7
… 431
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 8
Ana Isabel Carrasco Manchado
3. El tiempo de las Cortes de Toledo: imagen y escenario para la legitimidad … … … … … … … … 4. Los primeros alientos de cruzada: la armada contra el turco (1481) ……………………… 5. Isabel I viaja a la Corona de Aragón: contribución ceremonial de los reinos aragoneses a la legitimidad sucesoria (1481-1482) … 6. La retórica del consenso … … … … … … … … … … …
436 464 471 477
A modo de conclusión … … … … … … … … … … … 541 Fuentes y bibliografía Fuentes manuscritas … … Fuentes editadas … … … Bibliografía … … … …
…………………………… …………………………… …………………………… ……………………………
8
543 543 543 547
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 9
Para Beatriz Bajo Pérez
This page intentionally left blank
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 11
Quiero dejar constancia de mi agradecimiento para todos los que de alguna manera han contribuido a que finalmente esta obra saliera a la luz: al personal de todas las instituciones que me han prestado su ayuda y orientación; al Dr. José Manuel Nieto Soria, sin cuyo apoyo difícilmente hubiera culminado esta investigación; al Dr. Miguel Ángel Ladero Quesada y a la Dra. María del Pilar Rábade Obradó, al Dr. Juan Manuel Carretero Zamora y a todos los investigadores del Proyecto La monarquía como conflicto en la Corona de Castilla (12301504) (BHA2002-03388), sin olvidar a Óscar Villarroel González. A Carlos Muñoz de Pablos por su generosidad. Gracias también a Elena Bajo Pérez. Asimismo, quiero agradecer a mis padres, Félix y Avelina, su paciencia y comprensión, esperando que esta obra compense el tiempo y la atención que les he robado mientras la realizaba. Incluyo también a mi hermano Miguel Ángel, a Paula y a Marco. Y a mis amigos.
This page intentionally left blank
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 13
Presentación El libro que tengo el gusto de presentar tiene su origen en la que en su día fue la tesis doctoral de la autora, titulada Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos (1474-1482), presentada en la Universidad Complutense de Madrid a fines del año 2000. Con ser este el origen, la distancia entre lo que en su momento fue una tesis doctoral y lo que ahora es un libro resulta evidente, si se tiene sobre todo en cuenta la forma de presentación de los problemas, pero también la amplitud de diversas perspectivas con que la autora ahora plantea las cuestiones a partir de nuevos esfuerzos de interrelación de ámbitos muy distintos del devenir histórico. A través de las páginas que siguen se hace patente la constatación de la doble perspectiva de los fenómenos de puesta en escena de las relaciones políticas como expresión de la representación del poder, por un lado, y del poder de la representación por otro lado. Todo ello planteado en el marco de un contexto político particularmente convulso como el que caracterizó el problema sucesorio que se desarrolló con relación al trono castellano durante los últimos años del reinado de Enrique IV y los que siguieron a la proclamación de Isabel como reina de Castilla el 13 de diciembre de 1474. La aplicación de una perspectiva de representación del poder al análisis de este conflicto, a la vez que nos lo plantea como una lucha de propagandas, da particular realismo al devenir histórico de los hechos, por cuanto fueron aquellos años momentos decisivos a la hora de dar notable madurez a prácticas de propaganda política que habían demostrado un decisivo crecimiento en la evolución de las confrontaciones propias de la Castilla trastámara. Ha sido precisamente la voluntad de la autora de vincular representación y conflicto político, es decir, propaganda con crisis de legitimidad, lo que ha impuesto exigencias concretas a la articulación del análisis que ahora se presenta, entre ellas, centrarse en una cronología en donde la persistencia del problema de fondo, del problema sucesorio, en definitiva, se constataba como bien evidente. En los últimos años, en particular como consecuencia de diversas actividades conmemorativas acaecidas en torno a la celebración del quinto centenario de la fecha simbólica de la muerte de Isabel la Católica, se ha incrementado extraordinariamente la producción bibliográfica en torno a aquellos acontecimientos. Tal circunstancia, a la vez que ha permitido a la autora aprovecharse, desde el punto de vista del enriquecimiento informativo, de nuevas aportaciones, también le ha permitido comprobar hasta qué punto el discurso historiográfico actual, incluso a veces con apariencia del máximo academicismo, sigue estando sujeto a necesidades justificativas, bien sean apologéticas o denigratorias, en torno a un personaje, como la reina Isabel I de Castilla, cuyas acciones han estado particularmente sujetas al enjuiciamiento valorativo más de lo deseable desde una perspectiva histórica rigurosa. En tal sentido, creo que
13
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 14
José Manuel Nieto Soria
pocas aportaciones serán más útiles para llevar a cabo su análisis bajo una perspectiva de contextualización objetiva que la que se ofrece en este libro, al abordar las cuestiones tratadas desde el conocimiento de lo mucho que la política tenía como representación planificada de unas relaciones de conflicto que podían modificarse en alguna medida, tal como los protagonistas de los acontecimientos creyeron, gracias a ese esfuerzo representativo. Gracias a esta forma de abordar los asuntos tratados, junto con la exigible erudición propia del caso, creo que la obra que ahora se presenta al lector está en condiciones de renovar profundamente la visión de un periodo tan difícil y complejo como el que aquí se aborda, aportando los referentes necesarios para situar un conflicto político bajo unas coordenadas interpretativas que hagan posible la comprensión histórica más completa del mismo. Del mismo modo, la Dra. Carrasco también nos ofrece un conjunto de claves lo bastante significativas para revalorizar y ubicar en su verdadera significación lo que supuso la actividad de propaganda y legitimación desarrollada durante aquellos años iniciales del reinado de Isabel con respecto a lo que serán prácticas representativas que se consolidarán de una manera muy profunda en la puesta en escena del poder regio en los años siguientes, contribuyendo de esta manera a dar una nueva entidad a aquel tiempo turbulento que frecuentemente se ha mostrado por debajo de su verdadera entidad histórica.
José Manuel Nieto Soria
14
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 15
Introducción En el mes de julio de 1468 moría el infante Alfonso, hijo del rey Juan II de Castilla y hermanastro del rey Enrique IV. En ese momento entra en la historia de España como protagonista su hermana Isabel, también hija de Juan II y hermanastra del rey Enrique. A partir de esa fecha se inicia una controversia histórica que no ha cesado de producir discursos escritos de muy distinta índole: denigratorios, apologéticos, legendarios..., discursos en buena medida mistificadores, alimentados por un afán de justificar a posteriori una realidad histórica. Pero, si esta voluntad justificativa resulta una actitud lógica en los propios protagonistas beneficiados, en los monarcas sucesores y en todos aquellos que mantuvieron con el correr de los siglos una deuda política hacia el reinado de Isabel I de Castilla, resulta, por el contrario, incomprensible, que no pocas veces fueran los historiadores los primeros interesados en justificar un hecho que debería ser tomado como un mero objeto de estudio: la sustitución mediante una guerra civil de un monarca por otro dentro de una entidad política determinada. La historia de las monarquías occidentales está plagada de situaciones similares, de conflictos que surgen o terminan con la aparición de una nueva dinastía o de una nueva línea dinástica, con la desaparición y la sustitución de un nuevo titular de la Corona. Las quiebras dinásticas constituyen un objeto de estudio para el historiador de suma importancia, ya que permite analizar fenómenos que se encuentran en la raíz de la dinámica de lucha política, fenómenos tales como las justificaciones ideológicas, la propaganda política, la influencia de la opinión pública, el empleo de las representaciones, del ceremonial, del arte, de la literatura, de la simbología, y de todos aquellos instrumentos, en buena medida culturales, que son empleados para consolidar una posición de poder, pero que terminan produciendo efectos sobre las mentalidades, sobre la memoria colectiva de la entidad política en cuestión. Por lo que se refiere a la figura de Isabel de Castilla y a sus circunstancias históricas, más de quinientos años después de su fallecimiento, es preciso reconocer que el discurso historiográfico científico tendría que haber asumido definitivamente la realidad histórica tal y como se produjo, dejando a un lado la necesidad y la voluntad de seguir justificando un pasado que debería dejar de sentirse como vivo, para pasar a ser observado, desentrañado, analizado, conocido como materia histórica 1. A propósito del V Centenario de la muerte de la reina celebrado recientemente, se ha podido comprobar la voluntad todavía presente en no pocos estudiosos del periodo de defender a Isabel, de justificar cada una de sus acciones, de “canonizar” su reinado, reescribiendo una historia que ha sido construida, precisamente, con justificaciones, y no con discursos desapasionados. 1
“Historia y pasado no son una misma cosa; el pasado es siempre una ideología forjada con un fin preciso (...). De nada se ha hecho un uso más bastardo que de la noción del pasado”, J.H. Plumb, La muerte del pasado, Barcelona, 1974, p. 16.
15
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 16
Ana Isabel Carrasco Manchado
Es, sobre todo, la personalidad de Isabel, más que sus circunstancias, la que focaliza prácticamente toda la atención. A título de ejemplo, baste mencionar el volumen de nuevas biografías que han aparecido, sumadas a las ya existentes, nuevamente reeditadas 2. El éxito editorial de estas biografías ha eclipsado la aparición de nuevos estudios de conjunto sobre el reinado o sobre la guerra civil castellana, cuya proporción y alcance ha sido menor 3. Frente a la fiebre biográfica que provoca la figura de Isabel, continúa todavía siendo no poco significativo el hecho de que no podamos contar con una biografía completa, moderna, de la gran derrotada en la guerra sucesoria, la princesa Juana 4. La presente monografía no es un trabajo histórico sobre una etapa de la vida de Isabel, sino sobre la forma de construir su legitimidad sucesoria por medio del empleo de la propaganda política y de la representación. Esta construcción, que se llevó a cabo a lo largo de todo el reinado, no se detiene en la consecución de la legalidad obtenida coincidiendo con la celebración de las cortes de Toledo, en 1480. Pero, la dificultad de abordar un problema de estas características, problema que precisa previamente de un deslinde metodológico claro 5, nos llevó a detener el estudio, precisamente, en el límite cronológico que pone fin a la guerra. Hay que decir, no obstante, que el cuadro aquí trazado, que da comienzo en 1474 con la muerte del rey Enrique IV, debería ser completado con el análisis de todo el periodo de guerra que se inicia en torno a 1464 y que cuaja con la deposición del rey en la ceremonia de 1465. La muerte del infante Alfonso y la aparición de Isabel en la lucha política es un momento clave que exigiría una revisión detallada. Uno de los tópicos, repetidos y vulgarizados todavía en los últimos años en varios de los eventos ligados a la conmemoración del centenario de la muerte de Isabel la Católica, insiste en la actuación de Isabel a la muerte de su hermano Alfonso. Se ha destacado su vocación de no asumir el título de reina y su decisión de optar por el de heredera, contrariamente a la idea de sus partidarios. En torno a estas ideas se ha elucubrado sobre el carácter de la futura reina, su 2
A título de ejemplo, M. Fernández Álvarez, Isabel la Católica, Madrid, 2004; J. Edwards, Isabel la Católica: poder y fama, Madrid, 2004; o J.E. Ruiz Domènec, Isabel la Católica o el yugo del poder: la cruda historia de la reina que marcó el destino de España, Barcelona, 2004. 3 No obstante, la bibliografía sobre la época de los Reyes Católicos es inmensa y fundamental para entender la historia de la Baja Edad Media Hispana. Puede observarse la gran variedad de estudios, con la incorporación de nuevas visiones en M.A. Ladero Quesada (dir.), Los Reyes Católicos y su tiempo. Bibliografías de Historia de España, Madrid, 2004. 4 La biografía de T. de Azcona, Juana de Castilla, mal llamada La Beltraneja: 1462-1530, Madrid, 1998, es un borrador que reúne materiales valiosos, pero falta un análisis histórico completo. 5 El presente análisis es la culminación de una investigación que comenzó con la realización de una memoria de licenciatura que llevaba por título: Propaganda política en la corte de los Reyes Católicos: consideraciones metodológicas (defendida en la Universidad Complutense de Madrid, en el curso 1997-1998), y que se materializó en una tesis doctoral publicada con el título: Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos (1474-1482), Madrid, 2003. Alguno de estos planteamientos metodológicos y una síntesis de las conclusiones, aparecieron en forma de artículos: A.I. Carrasco Manchado, “Aproximación al problema de la consciencia propagandística en algunos escritores políticos del siglo xv”, En la España Medieval, 21 (1998), pp. 229-269; “Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos: resultados de una primera investigación”, En la España Medieval, 25 (2002), pp. 299-379.
16
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 17
Introducción
“respeto insobornable a la institución monárquica”, su resistencia “firme en sus convicciones legitimistas”, que le hicieron desechar el título de reina: “en ningún momento se titula “reina”, ni tampoco actúa como tal” 6, sino que se conforma con el título de heredera. Pero, ¿heredera de quién? Indudablemente, Isabel se tituló heredera de su hermano Alfonso, que acababa de morir titulándose rey de Castilla y de León. Los nobles que alzaron rey a Alfonso en Ávila no esperaban otra cosa de Isabel y ella no podía negarse. No es posible hallar en la documentación esa firmeza y esa clara visión política en una muchacha menor de edad que no disponía de capacidad para dictar las cartas que partieron en su nombre. Lo cual no quiere decir que Isabel no poseyera una voluntad de hierro, vocación por el poder e inteligencia para conseguirlo, características que fue adquiriendo con el tiempo y por medio de una educación forjada en la alborotada y tensa situación política que le tocó vivir. Lo mismo hubiera podido decirse, probablemente, de su sobrina, la princesa Juana, a juzgar por la tenacidad con la que se aferró a su título real hasta su muerte. El tópico propagandístico de la decisión de Isabel de respetar la autoridad monárquica de su hermano y de renunciar al título de reina procede de El carro de las donas, obra escrita después de su muerte en la que se trazaron los perfiles morales de la reina, creando un paradigma de gran influencia posterior 7. Pero la realidad de los hechos, perceptible a través de una documentación escasa y dispersa, parece indicar que la primera reacción de los rebeldes a Enrique IV fue la continuidad y elevar al trono a la infanta Isabel. La carta escrita durante la agonía de su hermano desde Cardeñosa el día 4 de julio de 1465 a todos los concejos indicaba claramente que Isabel debía ser declarada sucesora del que era considerado por todos sus partidarios rey: el infante Alfonso. Hay una circunstancia sobre la que no se ha insistido lo suficiente, tal vez porque no ha sido un objeto de interés hasta fechas recientes el análisis de las ceremonias reales. La deposición ritual de Enrique IV en Ávila no fue una simple farsa, tal y como tradicionalmente se consideró en la historiografía hispana 8, sino una deposición en toda regla, lo cual suponía que el reino se hallaba dividido en torno a dos obediencias. En ese momento había dos reyes en Castilla, los dos obedecidos como tales en las zonas que controlaban. La vuelta a la legalidad implicaba necesariamente la realización de una serie de rituales que consistían en la repetición de los ritos de proclamación en beneficio del monarca depuesto, esto es, Enrique IV. Los territorios que obedecían a Alfonso deberían alzar pendones por el sucesor a su muerte: Enrique, si volvían a su obediencia y se restablecía la legalidad, o Isabel, si ésta asumía la sucesión. 6
Son expresiones de M.I. del Val Valdivieso, que vuelve a resumir el periodo del “principado” de Isabel en “La herencia del trono”, en: J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política, Valladolid, 2001, pp. 15-49. Repite igualmente el tópico, M.Á. Pérez Samper, Isabel la Católica, Barcelona, 2004, pp. 58-59. 7 J. L. Martín Rodríguez, Isabel la Católica: sus hijas y las damas de la corte, modelos de doncellas, casadas y viudas, en “El carro de las donas”, 1542, Ávila, 2001, p. 85. 8 La ceremonia fue sometida a crítica por A. Mackay, “Ritual and propaganda in fifteenth-century Castile”, Past and Present, 107 (1985), pp. 3-43.
17
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 18
Ana Isabel Carrasco Manchado
El 26 de julio de 1465 escribía Isabel a los concejos pidiendo que acudieran a su presencia a jurarla. Ella era la sucesora de su hermano fallecido 9. En la carta no solicitaba el levantamiento de pendones por el rey Enrique; no pedía, por tanto, el restablecimiento de la legalidad. Hasta el mes de septiembre de 1468, momento en el que se llega al acuerdo de los Toros de Guisando entre el rey Enrique y los nobles que se le habían rebelado, no se alzarán pendones por él en los territorios que le habían retirado la obediencia. En esa misma ceremonia Isabel fue jurada princesa heredera, acatando el acuerdo firmado. En el momento de alzamiento de pendones por el rey Enrique y junto con la obediencia que tuvieron que prestarle, sellada con juramento y pleito homenaje, prestaron también juramento y homenaje por la heredera 10. Previamente, esos territorios ya obedecían a Isabel en calidad de reina, acatando las indicaciones que habían recibido al poco de producirse la muerte del rey Alfonso. No hay pruebas de que se alzaran pendones por Isabel en el intervalo entre el mes de julio y septiembre, pero la ausencia de documentación no puede ser aducida como una prueba de lo contrario. Lo cierto es que tampoco se alzaron por el rey, hasta después de la firma del pacto de los Toros de Guisando. Algunas ciudades y villas rebeladas contra el rey Enrique optaron por seguir defendiendo la obediencia del fallecido Alfonso y por ello acudieron a jurar reina a Isabel. Es el caso de la villa de Carmona que entre el 23 y el 26 de agosto nombró y envió dos procuradores ante Isabel con poderes para jurarla reina 11. Un mes después, el día 24 de septiembre, el maestre de Santiago escribía al concejo de Carmona pidiendo la firma de nuevos poderes para los dos procuradores, ya que, ante la nueva situación producida por el acuerdo de los Toros de Guisando, los procuradores, que se hallaban en la corte, no podían jurar a Isabel como reina, tal y como figuraba en sus poderes, ya que se había pactado su titulación como princesa. El 25 de septiembre se recibía en Carmona una provisión del rey Enrique declarando que había sido obedecido como rey y su hermana Isabel, como princesa heredera. Ordenaba el levantamiento de pendones en su nombre para que se restaurara la legalidad 12. Así pues, la disposición inicial de Isabel era ser jurada reina, pero las circunstancias se impusieron. El bando rebelde quedaba en franca debilidad ante la muerte del infante Alfonso, ya que las perspectivas de triunfo con una mujer 9
Se suele mencionar la carta que llegó al concejo de Murcia pero hay otros ejemplares en otros archivos municipales: Archivo Municipal de Carmona (AMC, Gobierno. Disposiciones, leg. 157. Esta documentación se halla extractada en el artículo de A. Lería, “Proclamación y jura reales. El caso de Carmona”, Carel, 2-2 (2004), pp. 642-643. 10 M.I. del Val Valdivieso publicó el acta de la ceremonia que se celebró en Baeza tras la firma del pacto de los Toros de Guisando, el 15 de octubre de 1468 (M.I. del Val Valdivieso, Isabel la Católica, princesa (1468-1474), Madrid, 1974, doc. 6. Tras el alzamiento de pendones por el rey Enrique IV y los ritos de obediencia, se procedió a jurar a Isabel como princesa heredera. 11 El 23 de agosto escribía el concejo a Isabel comunicando el nombramiento de Diego Romí, regidor, y Antón de Vargas, jurado, como procuradores para jurarla reina en lugar de su hermano. Los días 26 y 31 confirman la carta de poder a los dos oficiales para que acudan a jurar a Isabel (AMC, Secretaría general: registro, leg. 264; personal, leg. 665; ibídem, p. 643). 12 AMC, Secretaría general: personal, leg. 665; gobierno: disposiciones, leg. 157; ibídem, p. 643.
18
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 19
Introducción
de sucesora en la corona, que además era menor de edad y soltera (lo cual era equivalente para la legislación) se alejaban del horizonte. Se hacía necesario pactar con el rey. El pacto de los Toros de Guisando solucionó la cuestión de la doble obediencia que dividía el reino en dos zonas dependientes de dos reyes. La legalidad se había restablecido, pero no de forma definitiva, ya que la rivalidad seguía viva. La entrada de Fernando de Aragón en escena, casándose con Isabel, agrava la situación, reiniciándose entonces la guerra. El rey Enrique deshereda a Isabel y vuelve a jurar heredera a su hija Juana en 1470, en Valdelozoya, ordenando a todas las ciudades y villas del reino que repitieran, a su vez, una nueva ceremonia de jura en su favor. Isabel se aferra a su título de princesa, y junto a su marido intenta conseguir ganar terreno en el reino, concediendo mercedes y tratando de controlar ciudades y villas. Tras ganar para sí dichas villas, conseguía que sus autoridades volvieran a jurarla princesa heredera 13, con lo cual, la crisis de obediencia, la duplicación de distintos territorios sometidos a obediencias contrarias, volvía a producirse, en el nivel de la sucesión. Isabel actuaba como una reina sin corona, sin la Corona de Castilla, puesto que ya ostentaba una, la Corona de Sicilia, por su marido Fernando de Aragón, rey de Sicilia. Esta corona tenía la forma de una corona imperial, tal y como fue exhibida en una ceremonia de recepción de los embajadores de Borgoña en Alcalá de Henares, en la que apareció ante los extranjeros con atributos de reina y su divisa personal que lucía en un collar: las famosas flechas que la identifican 14. La ambigüedad de esta circunstancia no pasó desapercibida entre los propagandistas. Con la fuerza de las armas y con la decisión de su marido, que también quería ser rey titular en Castilla, como heredero del sueño antiguo de su padre Juan II, el último infante de Aragón, consiguió usurpar a su hermano el título de señor de Vizcaya, logrando que una representación del señorío la jurara como tal en Aranda de Duero, en 1473 15. El título de señor de Vizcaya hacía tiempo que había quedado vinculado únicamente al titular de la corona. No parecía ésta una señal de respeto institucional por la autoridad monárquica que encarnaba su hermano el rey Enrique. Así llegamos a 1474. Por entonces circulaban ya por todo el reino argumentos, justificaciones, panegíricos y todo tipo de material propagandístico que preparaba el terreno para un efecto legitimador a largo plazo 16. Un ejemplo es el 13
Tal y como hizo en la toma de posesión de la villa de Moya, que se adhirió a la causa isabelina para no ser señorializada en 1473 (publ. en GIM, Moya: estudios y documentos I, Cuenca, 1996, pp. 417-430). 14 D. Clemencín, Elogio de la Reina Católica Doña Isabel, al que siguen varias ilustraciones sobre su reinado, Madrid, 1821, pp. 327-331 (hay nueva edición con estudio de C. Segura, Granada, 2004). 15 Nos hemos ocupado de esta circunstancia en: “Isabel: princesa de Castilla y señora de Vizcaya; estrategia política de un rito”, en M.V. López Cordón y G. Franco (coords.), La Reina Isabel y las Reinas de España: Realidad, modelos e imagen historiográfica. VIIIª Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna, Madrid, 2005, pp. 219-232. 16 Nos hemos ocupado de estos materiales en: A.I. Carrasco Manchado, “La toma del poder de Isabel I de Castilla: golpe a la legitimidad de Enrique IV”, en F. Foronda, J.P. Genet y J.M. Nieto Soria (eds.), ¿Golpes de Estado a fines de la Edad Media? Fundamentos del poder político en la Europa Occidental, Madrid, 2005, pp. 331-349.
19
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 20
Ana Isabel Carrasco Manchado
Regimiento de príncipes versificado de Gómez Manrique, fiel colaborador cuya actividad en el campo de la publicística regia fue valioso y variado 17. A finales de la guerra sucesoria, en 1482, esta misma obra será reproducida en múltiples ejemplares por la imprenta. El círculo legitimador se cierra y esa reactualización parece actuar como confirmación de un pasado inmediato que no tardará en ser interpretado desde la cronística oficial. “La princesa Isabel de Castilla, no obstante haber sido desheredada, daba un golpe de mano y de Estado, y el día 13 de diciembre se hacía coronar por su partidarios como reina” 18. Al cabo de unos meses sería proclamada también reina de Castilla su sobrina Juana. El destino había propuesto que fueran ahora dos mujeres las que se disputaran la obediencia del reino. Sus respectivos matrimonios, Isabel con el futuro rey de Aragón, y la princesa Juana con el rey de Portugal, dos monarcas con similares pretensiones sobre Castilla, abrían dos posibilidades distintas de expansión territorial. Se iniciaba una guerra por el poder y una lucha de legitimidades. La retórica y el uso de los recursos simbólicos de representación serán armas ineludibles en esa lucha. El objetivo de los siguientes capítulos es identificar y describir estos recursos y su influencia en el curso de los acontecimientos del conflicto sucesorio que llevó a Isabel a titularse, legalmente, reina de Castilla.
17
Puede verse en la edición de su obra poética: G. Manrique, Cancionero, ed. F. Vidal González, Madrid, 2003. 18 Son palabras del autor de la mejor y más documentada biografía de la reina, T. de Azcona, “Isabel la Católica bajo el signo de la revolución y de la guerra (1464-1479)”, en J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política..., p. 74.
20
Isabel 00
5/10/06
09:17
Página 21
Siglas utilizadas
AGS: Archivo General de Simancas AMC: Archivo Municipal de Carmona BHUC: Biblioteca Histórica de la Universidad Complutense (marqués de Valdecilla) BNE: Biblioteca Nacional de España RAH: Biblioteca de la Real Academia de la Historia RGS: Registro General del Sello
21
This page intentionally left blank
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 23
Capítulo primero El combate por la legalidad (diciembre de 1474-mayo de 1475)
1. La muerte de Enrique IV y las ceremonias de sucesión 1.1. La proclamación real, “con las solemnidades e çerimonias acostumbradas” (13 de diciembre de 1474) Para la reconstrucción del proceso sucesorio que Isabel puso en marcha de forma inmediata a la muerte de su hermano existe un variado y desigual conjunto de fuentes. Hay dos corrientes textuales que presentan la ceremonia de proclamación con algunas variantes. La visión más elaborada de la ceremonia es la que reconstruyó el cronista segoviano Diego de Colmenares en el siglo xvii, mezclando informaciones documentales de época coetánea, con noticias cronísticas escritas a posteriori. Es la visión que más influencia ha tenido en la historiografía isabelina y en su leyenda, pues presenta una descripción solemne y brillante de la proclamación, acorde con la personalidad y con los mitos creados en torno a Isabel la Católica 1. No obstante, la visión más fiel y menos divulgada, a pesar de ser bien conocida, es la del acta que levantó el escribano del concejo segoviano, Pedro García de la Torre, de la cual se conserva una copia autorizada de 1480 2. Si se comparan ambos relatos entre sí, con las reconstrucciones que de inmediato elaboraron otros cronistas, salta a la vista el interés con que muchos de los autores que han escrito sobre la proclamación se aplicaron en estilizar, 1
D. de Colmenares, Historia de la insigne ciudad de Segovia y compendio de las historias de Castilla, Segovia, 1984, T. II., pp 105-107. Los autores más apologéticos disfrutaron añadiendo color al relato de Colmenares, intentando superar en majestuosidad sus propios sueños de esplendor (véase, a modo de ejemplo, el imaginativo relato de Felix de Llanos y Torriglia, en su obra Así llegó a reinar Isabel la Católica, Madrid, 1927, en el capítulo que lleva el significativo título “Segovia, de rodillas ante la Reina de las dos Castillas”, pp. 240-247). La reiterada tendencia a recrear la misma escena, en la que cayeron muchos de los autores que homenajearon a Isabel en torno al centenario de su nacimiento en 1951, se continúa en autores actuales (como en la obra de A. Blanco Sánchez, Sobre Medina del Campo y la Reina agraviada, Medina del Campo, 1994). Con ocasión de las conmemoraciones del V Centenario de la muerte de Isabel la Católica, en la misma ciudad de Segovia se ha elegido últimamente la visión de Colmenares para recrear teatralmente la proclamación (según escenificación dirigida por Manuel Canseco, a partir de un guión de Dominica Contreras, con Silvia Marsó en el papel de Isabel la Católica), continuando así con la proyección mitificadora de esta ceremonia. 2 El acta documental fue dada a conocer por M. Grau, “Así fue coronada Isabel la Católica”, Estudios Segovianos, 1 (1949), pp. 20-39. Utilizaremos la reimpresión de Polvo de Archivos. Páginas para la historia de Segovia, Segovia, 1973, pp. 17 a 26. A pesar de su menor influencia en la historiografía, ha tenido cierta plasmación artística en el siglo xx, pues inspiró al autor de la pintura mural sobre la proclamación de Isabel (Carlos Muñoz de Pablos), que adorna el alcázar segoviano.
23
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 24
Ana Isabel Carrasco Manchado
adornar o, incluso, inventar una ceremonia que pretendían presentar como espectacular, pero que, en realidad, no lo fue especialmente. Las diversas noticias sobre la proclamación de Isabel revelan elementos contrapuestos y contradictorios, tal y como veremos a continuación. Partiendo del acta municipal coetánea, nos encontramos con la siguiente sucesión de hechos (es preciso poner especial atención en las fechas mencionadas y en los espacios en los que se desarrollan los acontecimientos). El día 13 de diciembre, martes, día de santa Lucía, el concejo segoviano fue convocado a toque de campana, según era uso en la época, en su lugar habitual de reunión: la tribuna de la iglesia de San Miguel. Ante los miembros del concejo, reunido junto con el corregidor Diego de Avellaneda, comparecieron dos hombres de confianza de Isabel, Alfonso de Quintanilla, su contador mayor de cuentas, y el doctor Juan Díaz de Alcocer, ambos de su consejo. Traían la carta de Isabel en la que transmitía la noticia de la muerte del rey Enrique, acaecida en Madrid la noche del domingo día 11, y, asimismo, su deseo de ser “rescibida y obedescida” como reina de los reinos de Castilla y de León por los representantes y autoridades ciudadanas allí presentes. Quintanilla y Alcocer solicitaron públicamente ante el concejo, mediante un breve discurso-razonamiento, el juramento del resto de los caballeros y prelados de la ciudad, para ella y para su legítimo marido, Fernando de Aragón. Sin ningún rodeo, la carta de Isabel instaba al concejo de Segovia a proclamarla reina. Pero, mostrando cierta desconfianza, los miembros del concejo solicitaron, antes de tomar la decisión, la confirmación de la noticia de la muerte del rey, para lo cual comparecieron dos de sus consejeros reales: Rodrigo de Ulloa y Garcí-Franco, quienes declararon haber estado presentes en el óbito regio. Cada uno por separado narró la muerte del rey a los justicias, regidores y demás oficiales del concejo, jurando solemnemente ante la cruz que les presentó el corregidor, que lo que contaban era cierto. Una vez finalizado este acto que puede ser caracterizado como una ceremonia de información 3, los miembros del concejo dieron su respuesta a lo que se les pedía, asintiendo y otorgando su consentimiento a la obediencia y reconocimiento solicitados por la que ya se consideraba reina de Castilla. A continuación, se procedería a celebrar las juras públicas y el alzamiento del pendón real. García de la Torre no nos dice cómo llegó Isabel a la plaza (como escribano, sólo levanta acta desde que el concejo se reúne), pero lo cierto es que la hermana del rey Enrique aguardaba en el interior de la iglesia de San Miguel, mientras sus dos consejeros daban cuenta de la situación al concejo. Todo parece suceder casi inmediatamente después de la ceremonia de información, con una rapidez acorde con la difícil situación política. Isabel había recibido la noticia de la muerte del rey el día anterior, lunes día 12 de diciembre y, sin más dilación, se decidió a preparar la proclamación para 3
Véase M. Fogel, Les cérémonies de l’information dans la France du XVI e au XVIII e siècles, París, 1989. No resulta fácil ir al fondo de la cuestión y saber si esta exigencia de seguridades traduce una desconfianza real de los regidores, o si se trata, en realidad, de una formalidad necesaria.
24
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 25
El combate por la legalidad
el día siguiente. El conjunto del concejo es informado oficialmente ese mismo día 13, circunstancia que sugiere que, en tan breve tiempo, no parece probable preparar una ceremonia especialmente vistosa. De los cronistas isabelinos que narran estos primeros pasos en la proclamación, únicamente Andrés Bernáldez parece estar bien informado, a pesar de escribir después de 1504. Su narración coincide en muchos puntos con el acta municipal segoviana. Si por algo se caracteriza la crónica de este autor es por su estilo colorista, por su afición a los detalles descriptivos, brillantes. Lo veremos con relación a otras ceremonias. Sin embargo, en esta ocasión, su relato de la proclamación está desprovisto del color habitual, y muy alejado del lujo desplegado por su homólogo barroco, Colmenares. Faltan detalles esenciales de la imagen legendaria de esta ceremonia, como el palio o el estoque, elementos cuyo empleo en esta ceremonia debe ser puesto en cuestión. La sobriedad de Bernáldez se inspiró, casi con toda probabilidad, en un acta notarial, quizá no en la segoviana, sino en otra que posiblemente se encontraría más a su alcance: el acta que escribió por orden de Isabel su tesorero, Fernán Nuño de Arnalte, su secretario y escribano de cámara. Este acta no se ha localizado (si es que se conserva), pero es posible que narrara los sucesos rituales previos a la ceremonia de información en el concejo, ritos sugeridos por el relato de Bernáldez: Isabel, conocida la noticia de la muerte de su hermano, se cubrió de luto y, junto a los suyos, acudió desde su residencia a la iglesia de San Miguel, en donde se estaba informando al concejo. Probablemente esperaría ante el altar mayor a que se formalizara la decisión. No acudió, por tanto, con gran aparato, como aparece en la narración de Colmenares. En el interior de la iglesia se colocaron los pendones del rey Enrique y los de la ciudad, en posición de duelo (“baxos e cubiertos de luto”), dice el cronista Bernáldez. Los allí congregados culminaron los llantos de rigor, rituales preceptivos en todas las ceremonias de proclamación, y celebraron un breve oficio de difuntos, al término del cual Isabel ya está preparada para la proclamación 4. La proclamación propiamente dicha es descrita por el escribano segoviano que levantó el acta municipal. En el propio portal o tribuna de San Miguel, lugar habitual de reunión del concejo, se levantó un cadalso de madera en donde se colocó la silla “real”. Al término del breve funeral oficiado en San Miguel, los congregados en el interior de la iglesia salieron a la tribuna. Isabel se 4
“Murió el rey don Enrrique, como dicho es, en Madrid, a doze de dizienbre año de 1474, estando en Segovia la princesa doña Isabel, y el rey don Fernando estava en aquel tienpo en Aragón. E Rodrigo de Ulloa vino con la nueva cierta a Segovia el día de santa Lucía; e la princesa doña Isabel se cubrió de luto, e fiço los llantos que convenía hazer por el rey su hermano, e fuese a la iglesia de San Miguel e allí fueron los pendones del rey don Enrrique e los de la mesma cibdad, baxos e cubiertos de luto. E allí, después de fechos los autos del luto y oficios e misas e obsequias, hizieron un cadahalso e la alçaron por reina de Castilla e de León a la princesa doña Isabel. E luego el mayordomo Cabrera le entregó los alcázares de la cibdad, y le dió las llaves dellos, e le entregó las varas de las justicias, e dióle los tesoros del rey don Enrrique su hermano, cuyo mayordomo él era. E ella se lo mucho agradeció e le volvió las varas y llaves que las tuviese e administrase por ella” (A. Bernáldez, Memorias del reinado de los Reyes Católicos, Madrid, 1962, pp. 26-27).
25
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 26
Ana Isabel Carrasco Manchado
hallaba acompañada del nuncio papal Leonoro de Leonori, sentado, probablemente, junto a ella. En la plaza se habían congregado “muchos caballeros y nobles destos reynos de Castilla e de León e muchos religiosos de las órdenes de San Francisco e Santo Domingo”. Sólo caballeros y nobles, los del consejo de Isabel y los nobles segovianos, ningún miembro de la alta nobleza es mencionado. En representación de la iglesia catedral, acudieron Nuño Fernández de Peñalosa, arcediano de Sepúlveda, y el protonotario Estevan Daza (“amos por sí e en nombre e boz del deán e Cabildo de la iglesia mayor desta cibdad e de la clerezía della”). El obispo, Juan Arias Dávila, no acudió, pues se encontraba ausente de su sede, refugiado en Turégano desde su enfrentamiento con el rey. Además de las autoridades civiles (corregidor, alcaldes, alguacil, regidores, caballeros e escuderos “e procurador de la dicha cibdad”), concurrieron “otro muy grand número de gente de omes e mujeres”. Todos juntos en la plaza, ante la tribuna, realizaron los llantos rituales por el rey difunto. Una vez concluidos, el doctor Juan Díaz de Alcocer, consejero de Isabel, dirigió a la princesa un razonamiento en nombre de todos los presentes, en el que afirmaba el legítimo derecho de Isabel a reinar en Castilla y el deseo unánime de ser recibida y obedecida como reina, señora natural y propietaria de los reinos de Castilla y de León. El juramento de obediencia como reina que habrían de prestar los congregados se realizaría después de que Isabel jurase, previamente, respetar y guardar los privilegios y derechos del reino de Castilla y de León. En consecuencia, Isabel, poniendo la mano derecha sobre la cruz de un libro de los Evangelios que habían traído para la ocasión, juró solemnemente, tal y como se lo pedían, mantener los derechos y privilegios del reino. Una vez pronunciado este juramento, los clérigos, nobles y caballeros que allí estaban presentes, y sus consejeros, todos y cada uno de ellos, hincaron sus rodillas ante Isabel y prestaron el juramento en nombre del reino, solemnemente, imitando el gesto de Isabel, poniendo su mano derecha sobre la cruz de los Evangelios 5. Terminada la jura, sólo algunos expresaron un gesto de sumisión y reverencia, el tradicional besamanos (“E luego algunos dellos besaron la mano a la dicha señora reyna en señal e reconoscimiento de obidiencia e subjeción”). Se adelantaron entonces el corregidor y las autoridades civiles de la ciudad de Segovia: alcaldes, alguaciles, regidores, caballeros y escuderos, el mayordomo y el procurador de la ciudad de Segovia, así como el propio escribano. En nombre de 5
Los términos del acta municipal son estos: “Fincadas las rodillas ante su alteza dixeron que ellos por sí e en nonbre de los dichos sus reynos recibían e reconoscían a la dicha señora reyna doña Ysabel por su reyna e señora natural propietaria destos dichos reynos como a hermana legítima e universal heredera de dicho señor rey. Por ende que ellos estavan prestos de le dar e davan la obediencia e le prometían e prometieron fidelidad como a su reyna e señora natural e a mayor abondamiento ellos todos e cada uno dellos dixeron que juravan e juraron a Dios e a la señal de la qruz † en que cada uno de ellos puso su mano derecha e a las palabras de los santos Evangelios que ay´ estavan escriptos en un libro en que pusieron su mano derecha cada uno dellos”. Todos ellos se “otorgaron” a Isabel como “su reyna e señora propietaria destos dichos reynos de Castilla e de León e del dicho señor rey don Fernando nuestro señor como a su legítimo marido” (M. Grau, “Así fue coronada...”, p. 21).
26
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 27
El combate por la legalidad
la ciudad de Segovia y su tierra, declararon públicamente su voluntad de conceder a Isabel su obediencia y jurarla como reina y señora natural después de que la reina jurase, por su parte, los derechos, privilegios y libertades de la ciudad de Segovia. A todo lo solicitado respondió Isabel con un segundo juramento. Inmediatamente, las autoridades municipales (“justicia, regidores e oficiales e omes buenos”), agradecieron el gesto jurando sobre la cruz de los Evangelios, en nombre de la ciudad de Segovia y de su tierra. La jura se cerro con otro besamanos, puestos todos ellos de rodillas (“en reconoscimiento de señorío e subjebción”). Todos estos gestos contractuales instituyeron a Isabel en la dignidad de reina. El acto que seguía, un rito de transmisión de poderes, corroboraba el primer acto de gobierno de la reina: las autoridades ciudadanas, incluido el corregidor, procedieron a la entrega de las varas de la justicia, “en señal del reconocimiento de señorío”. La reina las tomó de sus manos y las entregó al justicia mayor de la ciudad, el mayordomo Andrés de Cabrera quien, a su vez, las volvió a entregar a sus poseedores originales. El siguiente rito implicaba al propio Andrés de Cabrera, quien, en su condición de alcaide de los alcázares y fortaleza de Segovia, declaró, en un breve razonamiento, su deseo de prestar fidelidad a la reina y de entregarle el alcázar y fortaleza. La reina recibió las llaves de alcázares y fortaleza y Cabrera, de rodillas, con las manos entre las de Gonzalo Chacón, comendador de Montiel y consejero de Isabel, prestó pleito homenaje, ratificándose como alcaide de los alcázares de Segovia. Una vez finalizados los juramentos respectivos, actos todos ellos legitimadores, se procedió finalmente a la aclamación. Unos reyes de armas, en voz alta, pronunciaron la fórmula aclamatoria “Castilla, Castilla, Castilla por la muy alta e muy poderosa princesa reyna e señora, nuestra señora la reyna doña Ysabel e por el muy alto e muy poderoso príncipe rey e señor, nuestro señor el rey don Fernando, como su legítimo marido”. Isabel era aclamada como reina propietaria, relegando a su marido a rey consorte. Al mismo tiempo, Diego de Ribera, el alférez que sostenía el pendón real, alzó el pendón que estaba puesto en una lanza de armas. La ceremonia de proclamación había concluido. Isabel, ya como reina, bajó del cadalso y cumplió un acto personal de carácter religioso: en señal de acción de gracias, entró en la iglesia de San Miguel para rezar ante el altar mayor. Seguidamente, con sus propias manos, ofreció a Dios el pendón real con el que había sido proclamada, poniéndolo en las manos de un preste que esperaba en el altar para recibir su ofrenda 6. La descripción de la proclamación recogida en el acta segoviana nos permite acercarnos a la manipulación cronística de la ceremonia. La narración del cronista Colmenares, a la que luego haremos referencia, fue escrita más de un siglo después de los acontecimientos. En este intervalo se escribieron otras visiones recreadas por cronistas que, sin asistir al acto, transmitieron informaciones más o menos deformadas, siguiendo distintos intereses. Así por ejemplo, la llamada 6
Los hechos en el acta municipal, M. Grau, “Así fue coronada...”, pp. 19-26.
27
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 28
Ana Isabel Carrasco Manchado
Crónica incompleta, escrita probablemente en torno a 1476, despacha el alzamiento en breves líneas, resaltando la normalidad de los acontecimientos y los supuestos gastos que Isabel dedicó a honrar el enterramiento del rey. No obstante, en cuanto a la solemnidad, este cronista asegura que la reina recién entronizada “dexó de reçebir con mayor pontifical esperando a que el prínçipe veniese, que a la sazón en Aragón estava” 7. En consonancia con esta afirmación, este cronista se extenderá en describir con gran emotividad el recibimiento del rey Fernando en Segovia. Sin duda, podría pensarse que la disimetría en la descripción revelaría cierto partidismo respecto a la figura del rey, en detrimento de la figura de la reina, pero, lo que nos interesa destacar por el momento es que este cronista confirma que el alzamiento de Isabel se desarrolló de forma discreta. En contraste, Alfonso de Palencia, que tampoco estuvo presente en el acto, se recreó con toda intencionalidad en la descripción de elementos rituales y efectistas de la ceremonia, en clara contradicción con la descripción municipal. Según el relato de Palencia: “En tanto supo doña Isabel la muerte de su hermano. La noticia le arrancó algunas lágrimas, y el trece de diciembre se vistió de luto, más oficial que la pompa, bien verdadera de la exaltación al trono, y desplegada por la misma reina por consejo de los lisonjeros y cortesanos con gran regocijo y complacencia de los que deseaban trastornos y rivalidades en el reino y fuera de él, como se verá más claramente en los siguientes libros. Levantose en la misma plaza un elevado túmulo de madera descubierto por todos los lados para que pudiese ser visto por la multitud, y terminadas las fúnebres ceremonias, quitaron los negros paños y apareció de repente la reina revestida con riquísimo traje, y adornada con resplandecientes joyas de oro y piedras preciosas que realzaban su peregrina hermosura, entre el redoble de los atabales y el sonido de las trompetas y clarines y otros diversos instrumentos. Luego los heraldos proclamaron en altas voces a la nobleza y al pueblo la exaltación al trono de la ilustre reina, y en seguida se dirigió la comitiva hacia el templo, cabalgando doña Isabel en caballo emparamentado con ricas guarniciones, precedida de la nobleza y seguida de inmenso pueblo. Como símbolo del poder de la reina, a quien los grandes rodeaban a pie llevando el palio y la cola del vestido, iba delante un solo caballero, Gutierre de Cárdenas, que sostenía en la diestra una espada desnuda
7
“Al tiempo que el rey falleçió, la prinçesa doña Ysabel estava en Segovia, y luego en aquella çibdad por su mandado fuéronle hechas obsequias reales muy costosas y con aquellas solempnidades que a los reyes en estos reynos se acostumbra; y asimesmo mandó dar grandes ornamentos y cosas para el enterramiento del rey, que fue en aquel monesterio que llaman Sant Jerónimo el Real, çerca de Madrid, y así por todas las villas y çibdades del reyno fueron hechas obsequias reales por el rey, y alçada y jurada en la çibdad de Segovia la prinçesa doña Ysabel por reyna de todos estos reynos con aquellas solenidades que en ellos se acostumbra”, Crónica incompleta de los Reyes Católicos, ed. J. Puyol, Madrid, 1934, p. 130.
28
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 29
El combate por la legalidad
cogida por la punta, la empuñadura en alto, a la usanza española, para que, vista por todos, hasta los más distantes supieran que se aproximaba la que podría castigar los culpados con autoridad real” 8.
La vaguedad y la teatralidad con la que Palencia expone los hechos (el túmulo real y la “salida a escena” de la reina, portando lujosas vestiduras reales, la exhibición del estoque, el palio...), y la ausencia de cualquier referencia a los actos que subrayaban la legalidad de la proclamación (los juramentos mutuos, el traspaso de poderes a los oficiales), revelan que este cronista traspuso a la proclamación de Isabel la imagen de una ceremonia ideal, inspirándose, probablemente, en la que tuvo lugar poco después en Segovia, con motivo de la llegada de Fernando de Aragón a principios de enero de 1475. Puesto que Alfonso de Palencia se encontraba acompañando al príncipe Fernando en Zaragoza, fue esta segunda ceremonia (que, como veremos, se trataba de una entrada real y no de una proclamación), la que contempló, y no la que se ofició para Isabel. La vaguedad de la narración se refleja en la generalización con la que alude a los espacios: una comitiva se dirige a un templo –sin decirnos si se trata de la iglesia de San Miguel o si está pensando en la catedral–; la reina cabalga bajo un palio portado por Grandes, hecho que sabemos falso, puesto que ningún grande estuvo presente en la ceremonia, ni tampoco fue confeccionado para esta ocasión un palio, elemento que, de haber existido, hubiera sido mencionado en el acta municipal, puesto que el palio es una insignia que la ciudad ofrece a los reyes, únicamente empleada con ocasión de entradas reales y recibimientos, y nunca en las proclamaciones reales. Portar las varas del palio es un acto de honor para las autoridades municipales 9. Por otra parte, resulta incongruente que sean los grandes y no los regidores los que porten un símbolo real cuyo uso es típicamente ciudadano. Pero, el dato más logrado de su discurso, desde el punto de vista narrativo, es el de la presencia de Gutierre de Cárdenas con el estoque regio, insignia de la justicia que, según Palencia, levantó rumores y suspicacia 10.
8
A. de Palencia, Crónica de Enrique IV (Década, II, Libro X, Capítulo X), p. 155. Como veremos más adelante, sí se empleó el palio durante el recibimiento de Fernando en Segovia, hecho que quedó consignado en el acta notarial. En ese caso se trataba de oficiar una entrada real. 10 Alfonso de Palencia afirmaba que, en Segovia, “No faltaron algunos sujetos bien intencionados que murmurasen de lo insólito del hecho, pareciéndoles necio alarde en la mujer aquella ostentación de los atributos del marido” (Crónica de Enrique IV, Década II, Libro X, Cap. X., p. 155). Cuando Fernando supo que Gutierre de Cárdenas había procesionado el estoque, se extrañó y dijo, según Palencia: “Todos sabemos que se concedió a los reyes, pero nunca supe de reina que hubiese usurpado este varonil atributo”. Por ello pidió a Alfonso de la Caballería y al propio Palencia que le informaran de precedentes (ibídem, Década III, Lib. I, Cap. I). Resulta poco menos que increíble que la escena se desarrollara en estos términos. Es obvio que el enfado de Fernando al conocer, no el detalle del estoque, sino el hecho de la propia proclamación de su mujer, debió ser monumental, y las palabras que debió emplear serían mucho más gruesas que las que reflejan una actitud de mera extrañeza. 9
29
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 30
Ana Isabel Carrasco Manchado
Esta alusión de Palencia, posteriormente repetida por Colmenares, ha tenido un éxito inusitado en la historiografía isabelina 11. Se trata de una invención del cronista para focalizar en el estoque ceremonial el descontento personal que él mismo sentía, compartido por una buena parte de los parciales de Fernando de Aragón, al ver cómo su adalid quedaba desplazado en la titularidad exclusiva del trono frente a su mujer, Isabel. Es también una forma de encubrir la indignación manifiesta que el príncipe de Aragón debió expresar al conocer la proclamación de su mujer. El talento con que maneja Palencia los elementos simbólicos, elevándolos a categorías de ideas de gran fuerza metafórica que avalan sus argumentos, ha creado una polémica, en parte falsa, en torno a una insignia de uso común en las ceremonias regias 12, una insignia cuyo protagonismo en la ceremonia de proclamación es escaso, ya que no tiene valor efectivo en la investidura ritual de la dignidad regia (como podía tener, por ejemplo, el cambio de vestiduras en la ceremonia de proclamación, de luto a vestiduras reales, o el pendón real que era levantado y exhibido por la ciudad). Su exhibición junto a la reina (como la silla regia, provista de dosel y colgaduras), no extrañaba realmente a nadie 13, pues se trata de una insignia real más, ni tampoco extrañaba su significado simbólico (la encarnación de la justicia regia). El uso del estoque tampoco causaría gran asombro en la Corona de Aragón, contrariamente a lo que afirma Palencia, reino en el que, si bien las mujeres de sangre real quedaban desplazadas de la titularidad del trono, cumplían un importante papel efectivo como gobernadoras o lugartenientes del rey, cuando éste no se hallaba personalmente para ejercer el poder o la justicia. En la mente de muchos no se habría borrado la imagen de la propia María de Castilla, esposa del Magnánimo, reunida con otros representantes del reino, en consejos, cortes y asambleas. Su figura ha quedado inmortalizada, precisamente, en una asamblea legislativa, ante los consellers barceloneses, sentada en su trono, con corona y espada desenvainada en la mano, simbolizando la justicia, tal y como puede verse en la ilustración de la portada de la glosa de los 11
Es difícil encontrar biografía isabelina que no se extienda en este alarde anecdótico, sobrevalorado por Palencia, como una forma de resaltar la singularidad de Isabel como mujer, y su capacidad de sobreponerse a las limitaciones que la época imponía a su sexo. Así por ejemplo, últimamente, la biografía de M. de los A. Pérez Samper, incluye un epígrafe dedicado al asunto que se titula “Espada sí, espada no”, Isabel la Católica..., p. 143. 12 J. M. Nieto Soria, Ceremonias de la realeza..., pp. 188-189. 13 A los cronistas que escribieron cercanos en el tiempo al alzamiento no pareció haberles llamado especialmente la atención. La Crónica incompleta, que precede a la de Palencia, no dice nada de la exhibición del estoque. Este cronista se caracteriza, precisamente, por apreciar los detalles simbólicos y llamativos, tal y como demostrará en su narración de la primera campaña de Toro. Diego de Valera copia el relato de Palencia, contribuyendo a la difusión en la historiografía de la historia del estoque. Pero Valera introduce una justificación de la acción de la reina, como si quisiera responder a la polémica suscitada por Palencia (D. de Valera, Crónica de los Reyes Católicos, edición y estudio de Juan de Mata Carriazo, Madrid, 1927, p. 4). El relato negativo de Palencia debía ser contrarrestado de alguna manera, y es Diego de Valera quien se ocupa de hacerlo, en este caso y en otros muchos en los que la figura de nobles, ya afines a Isabel por las fechas en las que escribe Valera, aparecen mal parados en la crónica palentina. La Crónica anónima de Enrique IV, llamada Crónica castellana (ed. María Pilar Sánchez-Parra, Madrid, 1991, p. 480), repite la narración de Valera, también justificando la acción de Isabel.
30
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 31
El combate por la legalidad
Usatges de Barcelona, dedicada a la propia reina por su autor Jaume Marquilles. A Alfonso de Palencia, partidario acérrimo del rey Fernando, pero no tanto de la reina Isabel (fiel a una misoginia repetidamente exhibida en su Gesta hispaniensia), le molestó especialmente que ella sola se alzase reina sin haber esperado a Fernando (pues su deseo era, en realidad, que el alzado como rey propietario de Castilla y de León fuera Fernando de Aragón y no Isabel). Sin embargo resulta difícil de entender por qué le molestaba la insignia que representaba la idea abstracta de la justicia regia y no parece que le molestaran en absoluto otros gestos efectivos que pudieron ser contemplados el día de la proclamación, como la transmisión de las varas de justicia a los oficiales o la confirmación y pleito homenaje del alcaide en la posesión del alcázar, actos todos ellos que materializan las prerrogativas regias mucho más que la mera exposición de una insignia. Este traspaso de poderes, realizado públicamente, suponía un verdadero acto de propaganda de las nuevas prerrogativas adquiridas con el mando 14, y, sin embargo, es pasado por alto por el cronista. Una explicación posible es que Palencia desconocía, o intencionadamente ignoró, la ceremonia real, y prefirió contar una ceremonia de carácter simbólico, meramente representativa y, por tanto, propagandística, plasmada en su crónica para resaltar literariamente el hecho que pretendía denunciar: la iniciativa política de Isabel. La aparición de Gutierre de Cárdenas con la insignia de la justicia regia introduce todo el discurso posterior de su crónica en el que Fernando pone en cuestión la titulación de Isabel. Palencia es el cronista que se ocupó de hacer pública la existencia de rivalidades entre Isabel y Fernando a comienzos del reinado. A este mismo propósito obedece el hecho de ignorar y tergiversar el recibimiento del rey Fernando en Segovia, que sí fue preparado con mayor lucimiento, como refleja el acta notarial y otros cronistas, según veremos. La ceremonia que protagonizó Isabel fue exagerada por Palencia, mientras que la que protagonizó Fernando fue minusvalorada, silenciada de forma interesada. Es momento, pues, de abandonar la polémica sobre el uso del estoque, polémica ficticia, literaria, propia de un hábil manipulador, como es Palencia. La narración de Fernando del Pulgar, cronista oficial que escribe en la década de los ochenta, termina por avalar la escasa veracidad de lo dicho por Palencia. Los elementos escenográficos se reducen al mínimo pero transmite lo que más le debió interesar a la reina, los actos de juramento y homenaje que son los que en definitiva importan como legitimación de la sucesión al trono. Pulgar, como cronista oficial, fiel a Isabel, prefiere ceñirse al hecho relevante: el hecho de haber sido jurada como reina, aunque, interesadamente, olvida todo aquello que pudiera deslucir el alto poder soberano: los propios juramentos de la reina 15. 14
La ceremonia de entrega de las varas de justicia como parte de una ceremonia de entronización, tal y como ocurrió en la proclamación de Isabel, ha sido interpretada como un uso tardío en un momento en el que quería afirmarse la fundamentación jurídica del poder real como elemento destacado (J. M. Nieto Soria, Ceremonias..., p. 196). 15 “Como la prinçesa (que estaba en la cibdad de Segovia) supo la muerte del rey don Enrrique su hermano, fizo grandes obsequias por su ánima, e luego se yntituló reyna de Castilla e de León. E allí en Segovia
31
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 32
Ana Isabel Carrasco Manchado
Sin perder de vista estas informaciones cronísticas y las transmitidas por el acta municipal, hemos de referirnos ahora al relato de Diego de Colmenares, relato que terminó de sellar para la posteridad lo que él denominó como la “coronación” de Isabel la Católica. Según Diego de Colmenares 16, el domingo día 11 Isabel ya conocía la muerte de su hermano y estableció el luto para su persona y su casa, al tiempo que ordenaba para el lunes día 12 el oficio funeral que habría de celebrarse en la catedral y en todas las parroquias y conventos de la ciudad. Todo se llevó a cabo con gran rapidez debido a “la estrechura del tiempo”. Cuenta además cómo los regidores Rodrigo de Peñalosa, Juan de Contreras, Juan de Samaniego y Luis Mexía, y un oidor del consejo “de los reyes” y el letrado Sancho García del Espinar, fueron a comunicar su pésame a la princesa y su disposición de recibirla y jurarla como reina de Castilla y León. Vemos aquí una primera disonancia con el acta municipal, ya que fueron los regidores los que recibieron la visita de los consejeros de Isabel, el día 13, comunicándoles la muerte del rey, y el deseo de Isabel de ser proclamada. La secuencia temporal se ha alargado intencionadamente en el relato de Colmenares: conocimiento de la noticia luctuosa (en la madrugada del día 11), exequias (día 12), y proclamación (día 13). Pero, tal y como hemos visto, fue el día trece cuando se informa a los regidores, y el mismo día trece cuando Isabel es alzada. Todo ocurre en un día. Como veremos más adelante, no se tiene noticia de que la ciudad celebrara el día doce exequias por la muerte del rey Enrique, ni en la catedral, ni en el resto de parroquias. Hasta el día 19 no se ordenan los funerales del rey en la catedral. La proclamación propiamente dicha es descrita por Colmenares como una serie de recibimientos ceremoniales que se van tributando a Isabel a lo largo de las calles de la ciudad de Segovia, recibimientos inspirados en las entradas triunfales. La comitiva regia, formada por gran número de personas de todos los estados, partiría del alcázar para regresar a él después de haber hecho alarde de un lucido aparato. Estos recibimientos van marcando la participación de los distintos interlocutores: en la plaza del alcázar se hallaba congregado todo el pueblo, cuidadosamente dividido por gremios y oficios, y la nobleza. Al anunciarse la salida de la princesa del alcázar, el pueblo se pone en movimiento, seguida de la nobleza. La comitiva mantiene una cuidada ordenación casi militar. Tras los nobles, cuatro reyes de armas encuadran la figura de Gutierre de Cárdenas a caballo que porta el estoque desnudo cogido por la punta, “insignia de la justicia real” en palabras del mismo Colmenares. Es evidente que este dato ha sido tomado de Alfonso de Palencia. La princesa sale del alcázar montando un palafrén se fizo un cadahalso, do vinieron todos los cavalleros e rregidores, e la clerezía de la çibdad, e alçaron los pendones rreales, diziendo: ¡Castilla, Castilla por el rey don Fernando e por la reyna doña Isabel su muger, propietaria destos reynos! E allí le besaron todos las manos, conoçiéndola por reyna e señora dellos, e fizieron la solepnidad e juramento de fidelidad que por las leyes destos rreynos está ynstituydo que se debe fazer en tal caso a sus verdaderos reyes” (F. del Pulgar, Crónica de los Reyes Católicos, ed. J. de M. Carriazo, Madrid, 1943, T. I. 65). 16 Todo el relato de la “coronación” de Isabel recreado por Colmenares en: D. de Colmenares, Historia de la insigne ciudad..., II., pp. 105 a 120.
32
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 33
El combate por la legalidad
y es recibida a las puertas del alcázar por los regidores que aguardan con el palio de brocado. El dato del palio lo ha tomado también, inequívocamente, de Alfonso de Palencia, pues en el acta municipal no se menciona. Dieciséis regidores portan este palio, un palio que parece tener enormes dimensiones, a juzgar por el número de portadores 17. Al llegar a la plaza mayor tendrá lugar un segundo recibimiento, el que le tributa el pueblo propiamente dicho. En este punto es descrito el cadalso mencionado en el acta municipal y en la crónica de Palencia: un cadalso cubierto de brocados, con una silla levantada sobre tres gradas, construcción a la que Colmenares llama, muy significativamente, teatro. La reina deja el caballo y toma asiento en la silla. En su lado derecho, el estoque real y Gutierre de Cárdenas no se separan de la reina. Sólo falta la aclamación popular. Los reyes de armas hacen silencio, y el faraúte alza la voz para gritar la fórmula aclamatoria “¡Castilla, Castilla por el rey don Fernando y la reina Isabel!”, alzándose, al mismo tiempo, el estandarte con el pendón real, símbolo también del reino, con cuya elevación se asiente a todo lo que está siendo llevado a cabo. Suenan los instrumentos y el pueblo aplaude y da muestras de alegría. Tales muestras de alegría son la confirmación absoluta de su conformidad ante el acto que están presenciando. Los miembros de la iglesia no se hallaron presentes en los anteriores pasos de la ceremonia, a pesar de que el acta municipal alude a la importantísima presencia del nuncio papal, y a representantes de las órdenes religiosas y del cabildo catedral. Para ser recibida por este tercer grupo de actores políticos, la comitiva acompaña a la reina a la iglesia catedral. En la catedral, Colmenares indica que es recibida por el obispo Juan Arias y por el cabildo al pleno al son del himno Te Deum. En la catedral, ante el altar mayor, la reina realiza una oración pública dando gracias por la elevación al trono y encomienda a Dios la suerte de su reinado y el de su marido. El último acto de la ceremonia supone regresar al principio del trayecto. Como puede observarse, toda la ceremonia relatada por Colmenares constituye una proyección consecutiva de diferentes actos de recibimiento y sumisión de los miembros del cuerpo político, en sus diferentes niveles: el de las autoridades civiles, el de los súbditos, el de las autoridades eclesiásticas y, finalmente, el de la autoridad militar, expresada en la entrega del alcázar a la reina por su alcaide, Andrés de Cabrera. No deja de llamar la atención el trazado circular 18, perfecto, ideal 17
Colmenares consigna el nombre de los regidores que portaban este supuesto palio: “Recibiéronla debajo de un palio de brocados nuestros regidores Rodrigo de Peñalosa, Juan de Samaniego, Luis Mexía, Pedro Arias, Juan de Contreras, Fernando de Avendaño, Gonzalo del Río, Francisco de Tordesillas, Iván de la Hoz, Luis de Mesa, Rodrigo de Contreras, Francisco de la Hoz, Rodrigo de Tordesillas, Francisco Arias, Francisco de Porras, Gonzalo López de Cuéllar, Pedro Hernández de Rosales y Juan del Río; dos de ellos llevaban el palafrén por el freno, con que llegaron a la plaza”, ibídem, p. 107. El nombre de los regidores aparece en el acta municipal, pero no se dice que llevaran el palio. 18 El relato de Colmenares, construido sobre la yuxtaposición de diversos recibimientos, sigue el esquema de un recorrido triunfal por la ciudad, a la manera de un anillo o “crescente”, como cierto tipo de ceremonia triunfal analizada por Bertelli, siguiendo un recorrido circular ideal, (véase su obra, Il Corpo del
33
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 34
Ana Isabel Carrasco Manchado
de esta reconstrucción ceremonial. La princesa sale del alcázar, cuya entrega formal se realiza en último lugar, cuando ya se ha transformado en reina. En la narración de Colmenares, es en esta fase de la ceremonia en la que tiene lugar el único gesto activo de la reina. Hasta entonces, su papel se había visto reducido al de servir únicamente como icono expositor de una idea, la de representar la realeza, como si fuera un símil de las insignias que la acompañan, pero, en esta última fase, Isabel realiza un gesto regio dirigido exclusivamente al alcaide Andrés de Cabrera, ante la mirada de todos realiza un acto de merced: “Pasó de la iglesia al alcázar, en cuya puente levadiza esperaba el alcaide Andrés de Cabrera, que continuando en su lealtad entregó el alcázar a su reina. La cual, en favor y memoria del servicio, le hizo merced de que los reyes de Castilla todos los días de Santa Lucía beban en copa de oro, y luego la envíen al alcaide y sus descendientes, que hoy lo gozan. Desde el Alcázar fue a dormir aquella noche al palacio”.
Hay que decir que la merced de la copa de oro a Andrés de Cabrera no fue otorgada hasta el año de 1500 (según privilegio expedido en Granada, el 12 de septiembre) 19. Colmenares introduce en la ceremonia la concesión de esta merced, falseando así la realidad. Es, sin duda, un broche ritual que concedía mayor brillo a todo el relato. Hasta aquí la descripción de la ceremonia de proclamación. En cuanto a los ritos de jura que se desarrollaron durante la proclamación, Colmenares menciona sólo el juramento que prestaron los miembros del concejo segoviano, ocurrido, según él, durante los días posteriores. No hay en toda la narración ni una alusión a la jura protagonizada por la reina, sus juramentos de las leyes del reino y de los privilegios de la ciudad de Segovia, aunque sí recuerda que la confirmación escrita de éstos últimos fue firmada por la reina el miércoles día 14. Sin duda, a la vista de esta narración y la del documento segoviano se nos presentan dos ceremonias diferentes. El silencio más significativo en la narración de Colmenares es la ausencia de toda mención a los ritos que legalizan la sucesión de Isabel: los juramentos respectivos. A Colmenares le interesa sobre todo destacar los elementos espectaculares: un palio desmesurado, portado por dieciséis Re. Sacralità del potere nell’Europa Medievale e Moderna, Florencia, 1995, pp. 69-70). Esta última tipología, adoptada por otros cortejos procesionales, como los de la fiesta del Corpus y otras procesiones religiosas, posee una carga añadida de sacralidad que quizá no resultaba ajena a la intencionalidad de Colmenares. 19 Siendo ya marqués, Andrés de Cabrera pidió a los reyes esta curiosa merced como recordatorio del principal servicio que les hizo: la entrega de los alcázares de Segovia. La copa de oro que se sirviera en la mesa de los reyes el día de Santa Lucía, u otra de oro si no se había servido ese día de ese metal, fue entregada a sus descendientes, tal y como rezaba en el privilegio. En el año 1651, se incluyó entre la etiqueta de palacio un ceremonial concreto para entregar la copa al marqués de Moya correspondiente, con aparato de trompetas y atabales y los oficiales de la mesa del rey desfilando por las calles hasta la casa del marqués (Noticias históricas y genealógicas de los estados de Montijo y Teba, según los documentos de sus archivos, ed. duque de Berwick y de Alba, Madrid, 1915, pp. 189-190).
34
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 35
El combate por la legalidad
regidores, la llegada teatral de Isabel a la plaza, el estoque ceremonial portado por Gutierre de Cárdenas y enmarcado por cuatro reyes de armas, la silla real, cubierta de brocado, la merced de la copa de oro... Los múltiples elementos que subrayan el consenso son resaltados de forma especial: la alegría popular, el colorido y la música, el concurso de todos los miembros del cuerpo político perfectamente ordenados según el estado que representan... Todos unánimes reciben y aclaman a la reina recién entronizada, ocupando cada uno el espacio simbólico que les corresponde: los nobles y regidores, acompañando a la reina con el palio; el pueblo, en la plaza; el obispo y los eclesiásticos, en la iglesia catedral; y el alcaide en el alcázar. Pero, el documento municipal demuestra que el cuadro no fue, ni mucho menos, tan colorista ni ordenado. El efecto visual del palio, de grandes dimensiones, ya que era sostenido por dieciséis varas, es una invención de Colmenares, inspirado en el relato de Alfonso de Palencia 20. Además de las argumentaciones que ya hemos expuesto y que ponen en duda la utilización de este palio, hay que añadir la imposibilidad de confeccionar un palio en tan corto espacio de tiempo (teniendo en cuenta que solían ser fabricados cuidadosamente para la ocasión), apenas unas horas desde que el concejo certificase la muerte del rey y se preparara para la proclamación. El palio es, sin duda, un símbolo espléndido para aludir metafóricamente a la idea de consenso. La manipulación de Colmenares se observa, además, en la forma en que silencia otras circunstancias: nada dice de la presencia de religiosos y eclesiásticos que fueron a la plaza a jurar a la reina en nombre del cabildo catedralicio; el silencio sobre los juramentos y besamanos, de suma importancia en este tipo de ceremonias, es absoluto; igualmente, el silencio sobre el acto de transmisión de las varas de justicia, en el que toma parte Andrés de Cabrera, que estaba en la plaza mayor, y no en el alcázar, como afirma Colmenares. El alcaide prestó allí mismo pleito homenaje a la reina y puso a su disposición el alcázar, sin ser necesario que ella misma se dirigiera al puente del alcázar a tomar posesión de él. Hay que aludir también al escaso rigor en la transmisión de la fórmula aclamatoria, en la que Fernando es aclamado como rey (y antes que Isabel) y no como su legítimo marido (tras el nombre de Isabel). También silencia la oración en San Miguel, y sin embargo, se inventa la visita de Isabel a la catedral. Es evidente que el obispo Juan Arias no pudo haberla recibido ese día en la catedral, puesto que se hallaba en Turégano, tras su expulsión de la ciudad de Segovia 21. En los siglos posteriores, lo que quedará como recuerdo de la ceremonia de proclamación en testimonios escritos será la noción de consenso popular (que conlleva cierto tipo de legitimidad que resalta 20
Posiblemente, la versión conocida por Colmenares procede de la Crónica castellana, cuyo autor traduce en algunas partes libremente a Palencia: “E de allí se fue a la yglesia mayor en una hacanea muy ricamente abillada, las camas de la qual llevavan los más nobles que allí se fallaron, levándole ençima un paño brocado muy ryco” (Crónica castellana..., p. 480). 21 M.P. Rábade, Una élite de poder en la Corte de los Reyes Católicos. Los judeoconversos, Madrid, 1993, pp. 147-149.
35
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 36
Ana Isabel Carrasco Manchado
en alto grado la imagen de superioridad del poder real). La ceremonia ideal que relata Colmenares terminó por perfilar para la posteridad la reconstrucción de ese consenso popular escasamente representado en el acto inicial. El relato de Colmenares se asumirá sin demasiada crítica, puesto que resulta más atractivo desde un punto de vista visual y escenográfico, y también más apropiado para la exaltación de la soberanía. Dejando a un lado la elaboración cronística posterior de la ceremonia de proclamación, resumamos los componentes propagandísticos que tuvieron en el momento de su ejecución. Hay que valorar, en primer lugar, la absoluta rapidez con la que se preparó. En la competencia ceremonial, Isabel conseguía adelantarse a Juana, su rival, proclamándose antes que ella reina de Castilla y de León 22. Isabel transmitió en las cartas que inmediatamente se expidieron en dirección a todas las ciudades y villas del reino una imagen de absoluta normalidad en el desarrollo de la ceremonia de sucesión “con las solemnidades e cerimonias acostumbradas, según las leyes de mi reino” 23. Todos los que asistieron a los actos pudieron comprobar cómo era Isabel, y no Juana, la que finalmente era proclamada reina, señora natural y propietaria de los reinos, mientras que Fernando era quien sucedía en el trono en calidad de consorte. Independientemente de que Gutierre de Cárdenas portara el estoque o no (en la realidad de los hechos resultaba irrelevante este gesto ceremonial), todos podían ver el cadalso desde donde la reina recibía y entregaba las varas de justicia; era Isabel, como señora natural, la que recibía el pleito homenaje del alcaide. Todo ello bastaba para tranquilizar al bando castellano, supuestamente reticente con la posibilidad de que Fernando se proclamara rey. Tarsicio de Azcona, alejándose de la línea populista inspirada en Colmenares, destacó la sencillez de esta ceremonia: más que en la vistosidad, se tuvo especial cuidado en “afinar todos los matices jurídicos que llevaba consigo acto semejante” 24. Y es cierto, tal y como se prueba en la plasmación notarial de los juramentos de una y otra parte. La propaganda del acto se centró, sobre todo, en el contenido cuidadosamente elaborado de los discursos orales, en los gestos contractuales y en la fórmula aclamatoria. El único gesto personal claramente propagandístico fue 22
Más tarde, los cronistas defensores de Isabel justificarán esta precipitación ceremonial que dejaba fuera del acto a Fernando, expresando esta idea: “Como el rey fuese absente e no se supiese quan presto seríe su venida la tardança desta sublimaçión pudiera ser dañosa, como la preclarísima reyna doña Ysabel nuestra señora toviese competidora en doña Juana, que fija del rey don Enrrique se llamava, e algunos aunque contra toda verdad la querían por tal tener; así que lo fecho se pudo e devió fazer e fue discreta e sabiamente puesto en obra”, Crónica castellana..., p. 481. Alfonso V tenía un embajador en Madrid cuando sobrevino la muerte del rey pero tardó en movilizarse. Existe una carta fechada en Estremoz el 27 de diciembre de 1474, enviada al marqués de Cádiz en la que le invitaba a recibir a Juana como reina de Castilla y León (cfr. T. de Azcona, Isabel la Católica..., p. 265, nota 51). 23 Véase por ejemplo, la carta enviada a la ciudad de Zamora, transcripción en T. de Azcona, Isabel la Católica..., p. 242. Las crónicas repitieron esta sensación de normalidad: “con aquellas solenidades que en ellos se acostumbra” (Crónica incompleta..., p. 130), “guardada la costumbre de España” (D. de Valera, Crónica de los Reyes Católicos..., p. 3; Crónica castellana..., p. 480). 24 T. de Azcona, Isabel la Católica..., p. 243.
36
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 37
El combate por la legalidad
la oración de Isabel en el altar de la iglesia de San Miguel, y la ofrenda del pendón real utilizado en el alzamiento, gesto con el que pretendía sellar de una manera sagrada el acto celebrado. Así pues, normalidad, continuidad y legitimidad jurídica, éstas eran las ideas que debían asumir por aquéllas fechas las otras ciudades del reino, con la pretensión de que continuaran con el proceso sucesorio y formalizaran alzamientos por Isabel. 1.2. Las exequias reales: “fizo grandes obsequias por su ánima, e luego se yntituló reyna” La versión que han transmitido los cronistas de la actitud que mostró Isabel al conocer la muerte del rey Enrique se centra en resaltar un hondo sentimiento de dolor y respeto por su hermano, traducido en la inmediata celebración de exequias por el alma del rey fallecido, unos funerales preparados con gran solemnidad, según aseguran los cronistas. Ésta es la versión oficial de Pulgar (“Como la prinçesa supo la muerte del rey don Enrique su hermano, fizo grandes obsequias por su ánima, e luego se yntituló reyna”), recreada en términos similares en otras crónicas (“la qual sabida, tomó luto por él e fizo mayor sentimiento que devía, según las obras que dél avíe resçebido”) 25. Colmenares reconstruye los hechos y afirma que Isabel conoció la noticia de la muerte de su hermano el domingo 11 y ordenó para el día siguiente, día 12, antes de ser proclamada, los funerales en la catedral y otros oficios en las parroquias y conventos de la ciudad 26. Pero, contrariamente a lo que pretenden implicar la mayoría de los cronistas, como el autor de la Crónica incompleta, que también afirma que Isabel organizó unas “obsequias reales muy costosas” 27, no hubo tiempo material para celebrar esas suntuosas exequias antes de la proclamación. No hubo tiempo ni quizá, tampoco, interés, si hemos de creer a la princesa Juana, que acusaba a Isabel de no haber dado: “de quantos thesoros e oro e plata e joyas e brocados e paños dexó el dicho rey mi señor, e tenía, nunca dieron nin consintieron dar para las honras de su enterramiento e sepultura, lo que para cualquier pobre cavallero de su reyno se diera” 28. Lo cierto es que, hasta una semana después del alzamiento al trono, no se llevaron a cabo en Segovia los preparativos para completar, con la debida solemnidad, las honras fúnebres por la muerte del rey Enrique. Los únicos funerales que se celebraron por la muerte del rey, antes de la proclamación, 25
F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 65; Crónica Castellana..., p. 480. Si hemos de creer a Palencia, Gutierre de Cárdenas escribió una carta al príncipe Fernando en la que describía “detalladamente las solemnes exequias mandadas celebrar por la reina antes de su proclamación” (A. de Palencia, Crónica (Dec. III, Lib. I, Cap. I). 26 D. de Colmenares, Historia..., p. 105. Probablemente Colmenares leería la expresión de la Crónica castellana, “guardada la costunbre de España”, y la justificación que aportaba, y, mediante un procedimiento narrativo de amplificación, reconstruyó los hechos. 27 Crónica incompleta..., p. 130. 28 J. Fernández Domínguez, La guerra civil a la muerte de Enrique IV. Zamora, Toro y Castronuño, Zamora, 1993, 2.ª edición (1.ª edición, 1929), p. 16.
37
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 38
Ana Isabel Carrasco Manchado
parecen limitarse al breve oficio celebrado el mismo día 13 en la iglesia de San Miguel, referido por Bernáldez, al que asistiría Isabel con su círculo cortesano, mientras esperaba el resultado de las deliberaciones del concejo sobre la proclamación. No era éste más que un funeral de luto protocolario, necesario para introducir la ceremonia de proclamación que Isabel se preparaba a protagonizar. Los llantos rituales que después efectuó la población congregada en la plaza formaban también parte de la ceremonia de proclamación. La cuestión sobre si Isabel realizó los funerales antes de la proclamación tiene su importancia, ya que algunos biógrafos y apologetas de la reina han enfatizado el hecho de que se ocupara en celebrar estas solemnes exequias previas, como si de este respeto filial se derivase cierta legitimidad en todo su comportamiento. Pero lo cierto es que, conocida la muerte del rey, Isabel no se detuvo a realizar funerales generales al uso, ni tampoco se guardó exactamente “la costunbre de España”, como indica el cronista de la Crónica castellana. La costumbre de España –aclara el cronista– es que “pasado el día de la muerte de un rey se faze sublimaçión del subçesor”. La proclamación no debe celebrarse, por tanto, hasta un día después de conocer la muerte del rey. Así se hizo, por ejemplo, a la muerte de Alfonso X 29. Las exequias por el rey se celebraban con solemnidad los días posteriores a la proclamación, tal y como ha detectado, al menos desde el siglo xiii, José Manuel Nieto 30. La secuencia ritual acostumbrada es, por tanto, duelo-proclamación-exequias, y no exequias-proclamación, tal y como algún autor ha apuntado de forma equivocada 31. Según el orden de los acontecimientos que hemos delimitado, en el caso de la proclamación de Isabel, 29
A la muerte de Alfonso X, se dice en la crónica compuesta en tiempos de Alfonso XI, “estando el ynfante don Sancho en la çibdad de Ávila, llególe y´ mandado cómmo el rey don Alfonso su padre que estava en Sevilla era finado. E este ynfante don Sancho vistió luego paños de margas él e todos los de su señorío e fizo duelo muy grande por el rey don Alfonso su padre que estava en Sevilla e era finado. E este ynfante don Sancho vistió luego duelo e otro día fue a fazer el conplimiento a la yglesia de sant Salvador. E después que fue la missa dicha por el alma del rey don Alfonso tiró los paños de duelo porque fuese heredero en los reynos de Castilla e de León e de Toledo de Galizia de Sevilla de Córdova e de Murçia de Jahén del Algarve de Aljezira e señor de Molina e vistió otros paños de oro muy reales e dixo a todos cómmo él hera heredero del rey don Alfonso su padre e llamose rey”, Crónica de los reyes don Alfonso X, don Sancho IV y don Fernando IV (seguimos el ms. 9/467, f. 154r-v, de la Real Academia de la Historia). 30 J. M. Nieto, Ceremonias de la realeza..., pp. 109-111. 31 A. Guiance, influido por las informaciones no contrastadas de los cronistas, afirma que la ceremonia de proclamación de Isabel, según él consistente en la secuencia exequias-proclamación, era la norma tradicional en Castilla (A. Guiance, Los discursos sobre la muerte en la Castilla Medieval (siglos XII-XV), Junta de Castilla y León, 1998, pp. 320-321). Sin embargo, esa nueva secuencia ritual expresada por Guiance no se sostiene sobre ninguna base documental que no sea el propio relato cronístico de la proclamación de Isabel. En realidad, Guiance confunde el luto que visten lo herederos en cuanto conocen la noticia luctuosa, y los otros actos de duelo que introducen la proclamación (ibídem, p. 320), con las exequias reales en su conjunto, que solían continuarse de manera solemne todavía durante nueve días tras el enterramiento del rey, e incluso después. Las crónicas se refieren a la adopción del luto por los príncipes inmediatamente después de que conocen la muerte del rey y a veces se detienen en indicar su abandono durante las proclamaciones (rito necesario para mostrar la asunción de la dignidad real), pero, lo que no suelen indicar es que después de la ceremonia los reyes vuelven a vestir de luto, puesto que el periodo de luto oficial en Castilla es de cuarenta días (Partida II, Título XIII, Ley XIX).
38
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 39
El combate por la legalidad
esta costumbre no se siguió en los términos descritos, puesto que Isabel no guardó el día de duelo exigido, proclamándose el mismo día que se da a conocer la muerte del rey a los segovianos. En cuanto a las exequias reales, lo preceptivo era que, al morir el rey, se procediera al novenario, los nueve días de misas y novenas que se celebraban tras el inmediato entierro. La mayor pompa ceremonial solía relegarse hasta varias semanas después 32. Parece que, en este punto, Isabel procedió como solía hacerse, aunque es imposible precisar el gasto empleado. Esas “grandes obsequias” que mencionan los cronistas se celebraron en realidad en torno a una semana después del alzamiento de pendones en Segovia. Ciertamente, las fuentes cronísticas o, incluso, el acta de proclamación pueden dar lugar a dudas sobre cuándo y cómo se celebraron las exequias reales por la muerte de Enrique en Segovia, pero las actas catedralicias aportan el dato concreto. El rey había muerto el día 11 de diciembre, a las dos de la madrugada. Su cuerpo fue depositado en el monasterio jerónimo de Santa María del Paso, que inauguraba así una larga tradición de ceremonias funerarias reales celebradas en este monasterio madrileño 33. El sermón principal de la misa oficiada el día del enterramiento fue pronunciado por el Cardenal Mendoza, que se ocupó de la organización del novenario. Según Diego Enríquez del Castillo, “le fueron fechas señaladas obsequias según que a rey pertenescían” 34. Hoy en día está probada la falsedad del relato sobre la desastrada forma de morir y de ser enterrado el rey, que nos ha dejado Alfonso de Palencia, escrito con toda intención propagandística 35. El rey difunto recibió honrados funerales, incluso fuera del reino. En Valencia, el día 18 de diciembre llegaba la noticia del fallecimiento real y todas las autoridades ciudadanas vistieron ropas ceremoniales de luto (“gramalles negres”), cabalgando así vestidos por toda la ciudad desde la mañana a la noche. Se le otorgó, por tanto, el tratamiento tradicional en las exequias reales valencianas 36. 32
Al menos así sucedía en el siglo xvi, según ha analizado J. Valera, La muerte del rey. El ceremonial funerario de la monarquía española (1500-1885), Madrid, 1990, p. 49. No hay por qué pensar que en el siglo xv el uso fuera muy diferente. Sería deseable un estudio monográfico sobre el ritual funerario de la realeza castellana durante la etapa previa medieval. 33 Fue lugar predilecto de los Austrias hasta 1655, cuando le sustituirá el monasterio de la Encarnación como sede de la celebración de las honras fúnebres reales, véase, J. Varela, ibídem, p. 23 y p. 61). 34 D. Enríquez del Castillo, Crónica de Enrique IV, ed. A. Sánchez Martín, Valladolid, 1994, p. 35 La intención propagandística de su relato fue ya denunciada por O. Ferrara (Enrique IV, Isabel de Castilla y la Beltraneja, Madrid, 1945, p. 337). Su relato es recreado en otras crónicas, como en la Crónica castellana : el rey Enrique murió mal vestido, sin pedir confesión, y fue enterrado, “sin ponpa alguna de las que se acostunbran fazer en el fallesçimiento de los grandes prínçipes” (p. 477). La propaganda de la “mala muerte” de Enrique IV difundida por los agentes isabelinos como un elemento deslegitimador de la imagen del rey como buen rey (ya que muere impío) ha sido también destacada por E. Mitre, “Muerte y memoria del rey en la Castilla bajomedieval”, La idea y el sentimiento de la muerte en la historia y en el arte de la Edad Media (II), Universidad de Santiago de Compostela, 1992, pp. 17-26 y, recientemente, por F. Martínez Gil, La muerte vivida. Muerte y sociedad en Castilla durante la Baja Edad Media, Toledo, 1996, p. 41. 36 Véanse los Anales valencianos, estudio preliminar, edición e índices, M.L. Cabanes, Zaragoza, 1983, p. 42. El modelo de exequias reales en Valencia en: S. Carreres Zacarés, “Exequias regias en Valencia (1276-1410)”, III Congreso de Historia de la Corona de Aragón, Valencia, 1924).
39
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 40
Ana Isabel Carrasco Manchado
Mientras, en Segovia, el día 19 de diciembre, el cabildo catedral se reunió para decidir la forma de solemnizar las exequias oficiales que habrían de celebrarse en la catedral ese mismo día y el siguiente. Las decisiones quedaron reflejadas en el Libro de Actas capitulares: “Acordaron e mandaron que, aviendo acatamiento de los bienes e merçedes qu’el rey don Enrrique, que aya santa gloria, fizo a la dicha Yglesia, que por cabildo se fagan honrras por su alteza, esta noche a bísperas e mañana a misa, e mandaron mercar çera e ençienso e las otras cosas nesçesarias, e que se faga muy solepnemente, etc. E mandaron repartir esta noche a cada treynta maravedís e mañana a misa a cada setenta maravedís a los presentes, e que la çera se pague de lo que se ha de ofreçer a las honrras que la señora reyna e la çibdad han de fazer en la dicha Yglesia, e mandaron dar luto de xarga a los porteros para las dichas honrras e que lo tray´an” 37.
Parece, por tanto, que el cabildo organizó la celebración de exequias para la noche del 19 de diciembre y el día 20, y que estaban previstas, además, las exequias pagadas por el concejo y por la reina, que debieron celebrarse a continuación. Así pues, se confirma la sospecha de que Isabel no mostró una especial preocupación por expresar públicamente y de inmediato el sentimiento por la muerte de su hermano: no guardó el tiempo reservado para expresar el dolor por la pérdida regia, el día de luto. Su preocupación principal fue la proclamación. Los funerales que organizó se sumaron a los que pagó la ciudad y el cabildo catedral: esta organización conjunta hace suponer que para Isabel no resultaran unas exequias reales “muy costosas”. Ha llegado noticias tardías de la construcción de un catafalco para la ocasión, un catafalco a modo de baldaquino en el que se exhibían la corona y las armas del rey 38. Aunque el testimonio que se conserva corresponde a la época de Colmenares, podemos imaginar que se empleara para honrar las exequias en la catedral algún tipo de construcción de este tipo, ya que no era inusual en la época erigir construcciones funerarias efímeras como parte del rito funerario de la monarquía. El catafalco se exponía durante los días de luto oficial. La exhibición pública de un monumento funerario en el que se había colocado, como elemento protagonista, la corona del monarca, sería, sin duda, aprovechado por Isabel y por sus colaboradores ciudadanos para publicitar un elevado sentido de la fidelidad monárquica. La colocación del monumento 37
Archivo de la Catedral de Segovia, Libro de Actas capitulares, de 1473 a 1484, capítulo del 19-xii-1474, f. 53v. Cit. por J. J. Echagüe Burgos, La Corona y Segovia en tiempos de Enrique IV (1440-1474), Segovia, 1993, p.112. 38 Se conserva un dibujo de la época de Colmenares, copiado para el Aparato para la Historia de Segovia (1643), que puede verse reproducido en el apéndice fotográfico, n.º 31, de J.M. Nieto Soria (coord.), Orígenes de la Monarquía Hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999. Su descripción en: M. Asenjo, “Las ciudades”, ibídem, p. 137.
40
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 41
El combate por la legalidad
en la catedral acentuaba el carácter sagrado de la muerte del rey y aportaba sanción religiosa a todos los actos consiguientes 39. En cualquier caso, la celebración de estas exequias solemnes en la catedral coincidió con la fecha en que comenzaban a llegar los nobles a dar la obediencia a la reina, otro de los ritos de rigor para cumplimentar la sucesión. El día 21 llegaba a Segovia el cardenal Pedro González de Mendoza, una vez concluido el novenario por el rey en la villa de Madrid. Es de suponer que al Cardenal le agradó especialmente contemplar la reverencia y el respeto con que Isabel honraba a su hermano, el rey difunto. La imagen de normalidad sucesoria que transmitían los funerales tranquilizaría también su conciencia, pues no hay que olvidar que el cardenal, nombrado por el rey tutor de su hija, acababa de abandonar a su suerte a la princesa Juana 40. Igualmente debieron sentirse reconfortados por la sensación de normalidad los demás grandes, nobles y caballeros y procuradores de las ciudades que acudirían a lo largo del mes de enero a otorgar la obediencia. La solemnidad de aquellos días contribuía a alejar de Isabel la sospecha que había abierto la repentina muerte del rey, justo en medio de un ambiente turbado por la crisis, una muerte que se sumaba a la no menos inopinada muerte del maestre de Santiago, Juan Pacheco. De alguna manera se había extendido, en forma de rumores, la sospecha de envenenamiento al monarca que recaía en los príncipes de Aragón o en sus partidarios. Aunque se haya tenido por afirmaciones propagandísticas, no conviene desdeñar la importancia de estos rumores que circularon por Castilla, ni la certeza que expresaba la princesa Juana en sus acusaciones, pues sirvieron de argumento en que apoyar su propia proclamación, y así se lo hizo saber a las ciudades del reino: “E lo peor, e más grave, e de mayor dolor es para mi oy´r nin descrivir, yo he sey´do e soy muy informada, e cerfificada, que de que los dichos rey e reyna de Sicilia, non pudieron por aquellas vías atraher al dicho rey mi señor a ello, pospuestos el temor de Dios, y olvidando el deudo natural que con él tenían, e la obediencia que le devían como a su rey e señor, en menosprecio de la ley divina, que manda e defiende, que ninguno non 39
Estos monumentos reales en forma de baldaquino se han comparado, por su similitud, a los “castrum doloris” de los catafalcos elevados con motivo de las exequias papales vaticanas (J. Varela, La muerte..., p. 51. Véase las figuras de catafalcos papales y reales en esta obra, figs. 9 a 12, de línea similar al erigido para Enrique IV). En este sentido, con esta similitud intencionada se persigue connotar el carácter sagrado de la persona regia y de la institución que representa, simbolizada en la corona protagonista, y recordar, asimismo, la función sacerdotal del monarca. 40 La princesa Juana, cuando consiguió proclamarse reina de Castilla, en una ceremonia celebrada en Plasencia, varios meses después de la proclamación de Isabel, envió una carta a las ciudades justificando su acción. En esta carta, fechada en Plasencia el 30 de mayo de 1475, Juana afirmó que el mismo domingo 11 de diciembre de 1474, antes de morir, el rey Enrique la instituyó como hija única y heredera universal de sus reinos, nombrando como tutores y curadores al cardenal Mendoza, al duque de Arévalo, al marqués de Villena, al condestable y al conde de Benavente (la carta en: J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 29). Téngase en cuenta que Juana era todavía menor de edad. El reino se enfrentaría, entonces, con un periodo de minoría.
41
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 42
Ana Isabel Carrasco Manchado
sea osado de tocar en su rey, porque es ungido de Dios, nin de lo pensar en su espíritu, por cobdicia desordenada de reynar, acordaron e trataron ellos e otros por ellos e fueron en fabla e consejo de lo facer dar e fueron dadas yervas e ponçoña, de que después fallesció, el qual fallecimiento algunos mensageros fattores suyos fiables a ellos, dixeron e publicaron en siete o ocho meses antes que el dicho rey mi señor falleciese a algunos cavalleros en algunas partes destos dichos mis reynos, afirmándoles e certificándoles que sabían cierto que avía de morir antes del día de Navidad e que non podía escapar” 41.
1.3. La proclamación en las ciudades y villas del reino: “Luego que esta mi carta viéredes, alçedes pendones por mí” Isabel fue proclamada en Segovia por sus partidarios más cercanos (sus consejeros y cortesanos), y por la oligarquía segoviana. Pero esto, por sí mismo, no hubiera instituido a la infanta en la dignidad de reina de Castilla: necesitaba el refrendo del resto de las ciudades y villas del reino. El proceso sucesorio debía continuarse con la repetición de los ritos de proclamación por todo el territorio, es decir, la celebración de exequias por el rey Enrique y la ejecución inmediata del alzamiento de pendones y de la aclamación, según la fórmula expresada en Segovia. Al término de estos rituales, los concejos debían enviar procuradores a la corte para prestar personalmente el juramento y obediencia a la reina y a su marido. Los alcaides de las fortalezas estaban obligados a acudir en persona para dar la obediencia y ser confirmados en sus puestos de alcaides (o, en caso contrario, ser cesados y sustituidos por otros). De la misma manera, los nobles debían ordenar levantar pendones en las villas de sus señoríos y acudir personalmente a dar la obediencia, y también los prelados. Se trataba, por tanto, de movilizar a todos los actores políticos en un proceso de alcance general. Es evidente que, dado el estado de división creado por el “golpe de mano” del partido isabelino, no podía cumplimentarse todo este proceso como si se tratara de una sucesión normalizada. Las cartas de la nueva reina ordenando el levantamiento de pendones y el envío a la corte de procuradores para dar la obediencia partieron de Segovia inmediatamente, pero la respuesta fue desigual, siguiendo el grado de vinculación con uno u otro partido. A pesar de que la proclamación de Juana había quedado en suspenso, no por ello todas las ciudades y villas se decantaron 41
La muerte de su padre, según Juana, habría sido ya anunciada mucho antes de que se produjera, unos siete u ocho meses antes. Esta extraña afirmación, ¿era pura propaganda o tenía un fundamento real? Lo cierto es que, cuando murió el maestre Pacheco, Gutierre de Cárdenas, fidelísimo partidario de Isabel, escribió a Fernando relatando su muerte. En su carta decía: “Todo el mundo está prenyado acá, según la prisa de todos por parir, que no esperan a los nueve meses; creo que abrá de aber cosas muy grandes e nuevas en estos reinos, donde spero en nuestro Senyor que vuestra alteza e la senyora prinçesa serán servidos”. ¿Sería éste un indicio que confirmaría las sospechas de Juana? (véase, la carta en A. Paz y Meliá, El cronista Alonso de Palencia, Madrid, 1914, doc. 69, p. 169). En cualquier caso, sigue siendo uno de los puntos inquietantes de la polémica historiográfica entre los partidarios y detractores de Isabel.
42
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 43
El combate por la legalidad
de inmediato por Isabel. En el interior de cada una de ellas se debatían los diferentes partidos, adhiriéndose a una u otra causa, siguiendo las fracturas largamente enquistadas, continuando el estado de violencia particular que viciaba la vida política: luchas de bandos, enfrentamientos entre la oligarquía concejil y el alcaide de la fortaleza, etc. Algunas villas de realengo se encomendaban a señores influyentes de la zona, delegando en ellos su decisión, tal y como hizo el concejo de Andújar, que se puso en manos del señor de Aguilar, en vistas de que la “suçesión destos reinos de Castilla y de León no sabemos a quién verná” 42. Aun así fueron suficientes las respuestas al reconocimiento que se solicitaba desde la corte segoviana como para que Isabel consiguiera una ventaja decisiva sobre su rival. Vale la pena detenerse en los testimonios que describen los rituales de proclamación que se celebraron en las ciudades y villas del reino en beneficio de Isabel y de Fernando de Aragón. Las variantes rituales que se observan en algunos casos nos parecen lo suficientemente significativas como para expresar el grado de adhesión y de validez del reconocimiento que se estaba otorgando. Disponemos de algunas descripciones bastante detalladas de los actos organizados en las ciudades. Las más completas, quizá, sean las de Ávila y Murcia que nos servirán de ejemplo para visualizar lo que estaba ocurriendo por aquellas fechas en todas las ciudades que se alzaron como partidarias de Isabel de Castilla y de Fernando de Aragón. Los actos que organizaron las autoridades ciudadanas bajo la supervisión de los enviados regios fueron actos de propaganda por excelencia, puesto que suponen la proyección a todo el reino del acto celebrado en Segovia. Hay que destacar la rapidez, simultaneidad y repetición como valores propagandísticos. El caso de Ávila resulta casi sorprendente: a sólo cuatro días de la proclamación de Isabel, ya se estaba leyendo la carta real en la reunión del concejo. Las decisiones no se hicieron esperar: al día siguiente, domingo día 18, se celebra la ceremonia. El caso de Ávila resulta paradigmático de la respuesta que esperaba el partido isabelino, y así se refleja en la forma de ceremonializar la proclamación 43. El sábado día 17, las autoridades municipales acudieron, junto con el lugarteniente de corregidor, Juan Chacón, a la iglesia de San Juan, lugar habitual de reunión del concejo, convocados a toque de campana. En el coro procedieron a la lectura de la carta en la que Isabel informaba de la muerte de su hermano 44 y de su proclamación, ordenando, asimismo, el levantamiento de pendones. Se
42
Confederación firmada entre la oligarquía de Andújar y Alfonso de Aguilar, el 22 de diciembre de 1474, RAH, ms. K-37, ff. 131-132. 43 Seguimos la trascripción de las Actas Capitulares del Archivo Municipal de Ávila realizada por M. Foronda y Aguilera, “Honras por Enrique IV y proclamación de Isabel la Católica en la ciudad de Ávila”, Boletín de la Real Academia de la Historia, LXIII (1913), 427-434. 44 En esta carta Isabel deslizaba expresiones legitimadoras, insistiendo en el parentesco y vinculación con su hermano: “no solamente tenía al rey como hermano, mas en reputaçión de padre”, C.M. Ajo González, Historia de Ávila y su tierra, de sus hombres y sus instituciones, por toda su geografía provincial y diocesana, Ávila, 1991-1992, XII, p. 215.
43
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 44
Ana Isabel Carrasco Manchado
trataba de la carta que estaba circulando ya por todo el reino 45. La carta de la reina fue obedecida con el rito de acatamiento habitual. A continuación se tomaron decisiones sobre los costes del material suntuario que se iba a emplear en las exequias y en la proclamación: la jerga, la tradicional tela gruesa, casi de sayal, empleada para el luto, que habrían de llevar los caballeros y oficiales del concejo; seda aterciopelada para el alférez, encargado de llevar el pendón real; chamelote colorado para el propio pendón real. Los oficiales no esperaron a encontrar tejidos más ricos, como exigía el uso en el caso de la ropa del alférez, que actuaba en la ceremonia como figura representativa de la realeza. También el pendón real, símbolo del rey y del reino, debía lucir en todo su esplendor. Pero, ni la grana para teñir la seda del alférez con el color más suntuoso, ni el bocarán para el forro del pendón, se pudieron encontrar en el mercado 46. A lo que parece, el pendón fue sin forrar y el alférez tuvo que conformarse con llevar una tela menos rica. El lujo fue sacrificado en beneficio de la rapidez. Tampoco se esperó a que regresara a la ciudad Gonzalo Dávila, señor de Villatoro y Navalmorcuende, gobernador de la orden de Calatrava y uno de los caballeros principales de la ciudad, que ejercía de alférez. Su lugar fue ocupado por su sobrino 47. Gonzalo Dávila, era uno de los partidarios de Isabel que llegó a ser nombrado maestresala. Al día siguiente, domingo 18, toda la ciudad fue convocada para celebrar los funerales y la proclamación. Las exequias reales dieron comienzo en la iglesia de San Juan, sede de reunión del concejo, adonde acudieron las autoridades ciudadanas, debidamente enlutadas. El alférez, Francisco Vázquez, se aproximó a la iglesia cabalgando en un caballo igualmente enlutado, con su tejido de jerga, sobre cuyo fondo se destacaban, bordadas, las armas reales. El alférez portaba también un pendón negro con las armas del rey. Las autoridades enjergadas salieron en ese momento de la iglesia. Delante del alguacil, cuatro hombres portaban sendos escudos reales, negros. Justo al llegar a los lucillos de San Juan, el primer hombre rompió el primer escudo contra los lucillos, mientras 45
“Les facía saber cómo el rey don Enrique, su señor hermano, era pasado de la presente vida, e cómo ella era jurada e alzada por reina e señora destos reinos y señoríos, e por ende que mandaba que luego fagan en esta dicha ciudad las honras a que son obligados de facer por el dicho señor rey, e asimismo que fagan todas las diligencias que son obligados de facer rescibiéndola por reina y señora destos reinos de Castilla e de León”, M. Foronda y Aguilera, “Honras...”, p. 429. 46 Ibídem, p. 430. La grana, por extensión, se refiere a la tela rica de seda teñida de grana, ese preciado pigmento de origen animal. El chamelote era una “tela hecha de pelo de camellos” (Covarruvias, Tesoro..., voz chamelote). El bocarán, también llamado bocací, “tela falsa de lienço teñido de diversas colores y bruñido” (Covarruvias, Tesoro..., voz ‘bocací’). El bocarán solía emplearse para forrar trajes y complementos (es frecuente, en los trajes de la familia real, combinar brocado y bocarán) y que, por tanto, se empleaba también para revestir objetos ceremoniales (por ejemplo, las lanzas para los pendones o el propio pendón). El chamelote podía ser de seda o de lana; no se especifica si en este caso era de seda. 47 Llevar el pendón real en estas ocasiones constituye un “acto de honor” para su portador, por lo que hubo protestas, consignadas por el escribano del concejo: “Este día Juan de Estrada, gobernador, preguntó a Francisco Vázquez que era alférez, que por qué llevaba aquel pendón e tomaba aquel oficio de alférez y el dicho Francisco Vázquez respondió que por su tío el dicho Gonzalo Dávila gobernador y como su pariente propincuo, y el dicho Juan de Estrada pidió a mí que ge lo diese por testimonio”, M. Foronda, “Honras...”, p. 433.
44
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 45
El combate por la legalidad
pronunciaba la fórmula de duelo: “¡Ah, por buen rey e buen señor!”. Comenzaba así la primera fase de llanto de este singular rito, repetido en diversos puntos significativos de la ciudad 48. La comitiva salió a la plaza del Mercado Chico, que era el corazón de la ciudad de Ávila, y llegó a la puerta de San Vicente. En este punto, entran a formar parte de la ceremonia los judíos y mudéjares, sumando sus llantos a las manifestaciones de duelo público. Junto a la puerta de San Vicente, que se encontraba cerrada, tiene lugar la rotura del segundo escudo, acompañándose de la fórmula de lamento 49. La puerta de San Vicente es otro lugar señalado en la ciudad: lugar de entrada a la ciudad que recibe el nombre de El Juradero, muy posiblemente porque allí solían tener lugar los juramentos regios en las primeras entradas reales a la ciudad de Ávila. Creemos que por este motivo, por representar otro espacio vinculado a la realeza, se rompe aquí el segundo escudo del duelo (el primero se había roto en la iglesia sede de las reuniones concejiles). El lugar reservado al recibimiento del rey se convierte ahora en lugar de despedida. Junto a la picota de la justicia fue quebrado el tercer escudo 50. Se hallaba extramuros de la ciudad, en la plaza del Mercado Grande. Se trata de un lugar que simboliza el aspecto de la imagen regia quizá más apreciado por la opinión pública de la época, el ejercicio de la justicia. Puesto que el rey es encarnación de la justicia y ahora está muerto, aquí se rompió el tercer escudo de duelo. Todo el recorrido es, qué duda cabe, un recorrido simbólico. A continuación, el cortejo volvió a penetrar en el interior de la ciudad buscando el último lugar destinado a quebrar el último escudo. Este lugar era una de las puertas de la catedral, punto de destino de la comitiva 51. Se llega así al espacio sagrado en donde la ciudad dará el último adiós al monarca y se prepara para recibir al nuevo. Se inicia, pues, la siguiente fase de las exequias: el oficio funeral. La comitiva va entrando en el templo, en cuyo altar mayor les espera un catafalco funerario. 48
Esta forma de duelo ritual en las exequias reales se repite en otros municipios castellanos (por ejemplo, en Palencia). En la Corona de Aragón también se incluye la rotura de escudos; las banderas y otras insignias reales terminan arrastradas por calles y plazas (véase S. Carreres Zacarés, “Exequias regias en Valencia..”; C. Laliena y M.T. Iranzo, “Las exequias de Alfonso V en las ciudades aragonesas. Ideología real y rituales públicos”, Aragón en la Edad Media. Estudios de Economía y Sociedad, 9 (1991), pp. 55-75. 49 “E de ahí subieron por la plaza del mercado chico arriba fasta la pescadería, el alférez delante e muchos judíos e moros faciendo las guardias e fueron a la puerta de San Vicente, la cual a la sazón estaba tapiada, y ahí cabo la puerta el alguacil quebró otro escudo dando grandes voces, ¡a, por buen rey e buen señor!”, (M. Foronda, “Honras...”, p. 431). “Guardias” debe ser error de transcripción o del copista. El término correcto son “guayas”, que equivale a decir repetidamente “¡guay!” o “¡ay!” como expresión de duelo. “Hacer la guaya” se solía decir de los judíos, cuando lloraban o se lamentaban, según Covarrubias, por su pronunciación gutural (véase S. de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española, ed. M. de Riquer, Barcelona, 1993, voz ‘guaya’). 50 “E dende volvieron por cabe la Carnicería de los Abades e sobieron por el postigo del Obispo e por cabo Santo Tomé, e por cal de Estrada e a mercado grande e ahí cabo la picota el dicho alguacil quebró otro escudo faciendo el dicho llanto”, ibídem, p. 431. 51 “E dende entraron por la puerta de san Pedro e por la calle derecha por casa de Alvar González e fueron a la puerta de los apóstoles de la Iglesia Mayor, e sobre aquellos mármoles el dicho alguacil quebró otro escudo faciendo el dicho llanto” (Ibídem... p. 431).
45
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 46
Ana Isabel Carrasco Manchado
La descripción de lo que pasa allí no puede ser más gráfica. Es de destacar la presencia en el templo de los judíos y mudéjares, sumándose a los ritos de toda la comunidad 52. Da comienzo una misa de réquiem, tras la cual no cesan las expresiones de emotividad dolorosa. Dicha emotividad se refleja en el desconsuelo con que la multitud destrozó el pendón enlutado del rey Enrique 53. “E allí [en la puerta de los Apóstoles, de la catedral] descabalgó el alférez e tomó el pendón e faciendo gran llanto todos entraron por la Iglesia adelante fasta el altar mayor, e de fuera de las rejas del altar fasta el coro estaba fecho un estrado con un bulto o ataúd todo cubierto de negro e muchas fachas de cera al derredor ardiendo, lo cual todo tenían fecho los señores de la Iglesia, e el alférez púsose a los pies del estrado facia el coro con el pendón negro, e entonce comenzaron su misa de réquien muy solemnemente, e todos los judíos e judías o moros faciendo sus guayas a los enjergados a derredor del estrado. E acabada la misa de réquien, comenzaron a facer muy grandes llantos todos e aranias del pendón real e rasgáronlo todo, e de allí salieron todos los enjergados a la capilla del obispo don Sancho”.
Inmediatamente, y sin salir del templo, aunque cambiando de escenario, se procederá al alzamiento de pendones. Junto al altar reposan los “despojos” simbólicos del rey difunto y en una capilla contigua se desarrolla la siguiente ceremonia. El estrado para el alzamiento, ricamente adornado con alfombras y brocados, telas ricas que acompañan siempre a la realeza, debía encontrarse ya preparado en la misma capilla del Obispo don Sancho, a donde se dirigieron los principales actores, quienes previamente habían abandonado sus lutos por brillantes vestiduras. En lo alto se coloca el pendón ante el cual se procede a la aclamación. Esta ceremonia contrasta claramente con la que acaba de terminar junto al altar. Frente a la jerga de luto, el lujo de nuevas vestiduras; frente al pendón negro y rasgado, el pendón nuevo de chamelote colorado; frente a los escudos negros que han sido quebrados, los escudos dorados recién estrenados. La misa de réquiem que acaba de ser cantada se contrapone al himno glorioso del
52
Ávila en el siglo xv contaba con una población de 8.000 a 12.000 habitantes, de los cuales, 2.000 eran mudéjares y 3.000 judíos (J. Belmonte Díaz, La Ciudad de Ávila. Estudio histórico, Ávila, 1987, p. 173). Contrariamente a lo que parece suceder en otros lugares, estas minorías religiosas solían participar en las fiestas y solemnidades ciudadanas, incluso en las ceremonias litúrgicas cristianas. Pero la Iglesia no veía con buenos ojos su presencia en estos ceremoniales. En 1481, en el sínodo celebrado en Ávila durante el episcopado de Alonso de Fonseca, se estipula que los moros y judíos no anden ni dancen en la fiesta del Corpus ni en otras procesiones y que si durante los oficios se encuentra alguna mora o judía llorando o “endechando”, los oficios religiosos deben ser suspendidos (ibídem, p. 167 y 182). Es destacable, por ello, el hecho de que en los oficios funerales por el rey Enrique, los judíos y mudéjares estallen en llantos durante la misa de réquiem. 53 Rasgar la ropa, arañar la piel son gestos habituales en las lamentaciones de las plañideras y “endecheras” que solían acudir a los funerales.
46
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 47
El combate por la legalidad
Te Deum laudamus que cierra el alzamiento del pendón. La simetría resulta perfecta. Se asiste a la muerte y resurrección de la realeza. El pendón, puesto en lo alto del estrado, suple a la persona real. “E el alférez se vistió una ropa rozagante de seda terciopelo pavonada aforrada en paño de cestre verde, e todos los caballeros que a la sazón estaban en la ciudad, vistiéronse las mejores ropas que tenían, y el alférez tomó un pendón real de chamelote en que estaban pintadas las armas. Iba delante Diego del Águila de Amoalla e su fijo de Blasco Núñez con sendos escudos dorados con las armas del rey e salieron, e tomaron al estrado el cual estaba muy ricamente adornado de brocados todo al derredor, y los bancos de ricas alfombras al derredor del estrado, e el alférez subió con el dicho pendón encima del dicho estrado y con él Juan Chacón, lugarteniente de corregidor e Blasco Núñez regidor, e Nuño Rengifo e yo, e comenzó a decir el dicho alférez e todos los que allí estábamos a altas voces “Castilla, Castilla por la muy alta e esclarecida señora nuestra señora la reina doña Isabel”, esto por tres veces. E después tornaron a decir otra vez “Castilla, Castilla, por el muy alto e muy poderoso señor, nuestro señor el rey don Fernando, su legítimo marido”, y luego, abajándose del dicho estrado, y saliéndose por la Iglesia los señores canónigos comenzaron Te Deum laudamus a altas voces” 54.
No parece que a esta aclamación asistiera el grueso de la población de Ávila, pues acto seguido se dice que esperaban en la puerta de la catedral. Es el concejo, con el representante real (el lugarteniente de corregidor, Juan Chacón), el que proclama a Isabel en un espacio sagrado, pero apartado, como corresponde a quienes se sienten legitimados para dialogar con las personas regias. Puede resultar significativo recordar que el lugar elegido para la proclamación, la capilla del obispo Sancho de Ávila, estaba vinculada con el linaje del mencionado Gonzalo de Ávila, hombre de Isabel. La multitud esperaba a las puertas de la catedral y allí desplegó sus juegos, danzas y escenificaciones o momos, como se dice explícitamente en el texto, todas ellas expresiones supremas de alegría. La música litúrgica cede su puesto a la música popular. Hay que destacar la presencia constante de judíos y mudéjares en esta proclamación. Han tomado parte en las muestras de duelo, en la ofrenda religiosa y, ahora, también en las manifestaciones festivas 55, mezcladas todavía, con 54 55
M. Foronda, “Honras...”, pp. 431-432. “E salieron con el pendón real por la puerta de los apóstoles (siguen en la iglesia) donde estaban muchos momos que los moros desta ciudad tenían fechos e danzas de espadas, e allí dos torás de los judíos, e así tocando trompeta y tañendo tamboriles e faciendo grandes alegrías cabalgó el alférez”, ibídem..., p. 432. Una razón añadida para que las autoridades ordenaran acudir a los musulmanes, radica en la posibilidad de beneficiarse de las habilidades de estas comunidades para la danza y la música, y, de este modo, sin duda, se aseguraba gran lucimiento a toda celebración. Así se decide, por ejemplo, en los preparativos de la fiesta del Corpus en Madrid, precisamente en la misma fecha del símbolo abulense, 1481:
47
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 48
Ana Isabel Carrasco Manchado
las religiosas, puesto que los judíos han acudido con sus torás. Judíos y mudéjares honran a los nuevos reyes, puesto que ellos son sus señores naturales. No obstante, no resulta descabellado afirmar que estas minorías religiosas acudieron de forma obligatoria a esta ceremonia. No hay que dudar que, dada la importancia numérica de estas minorías en la ciudad de Ávila, pudiera existir en la ciudad una integración tal que propiciase la participación, por propia voluntad, de miembros de estas comunidades, en ésta y en otras celebraciones ciudadanas, pero no hay que olvidar que, cuando una ceremonia es organizada por las autoridades, normalmente se estipula la obligada asistencia de todos los vecinos, puesto que una de las finalidades perseguidas con las procesiones es la representación del consenso de toda la comunidad. La presencia de judíos y mudéjares resaltaba el consenso generalizado en torno a la que se presentaba como la sucesora del rey Enrique. Desde este punto de vista puede entenderse la presencia de estas minorías religiosas en ceremonia tan importante como es la proclamación del nuevo monarca 56. El recorrido que inicia ahora el alférez con el pendón nuevo comprende parte del trayecto de la ceremonia de duelo. La comitiva con el pendón a la cabeza, intencionadamente vuelve a pasar por la plaza del Mercado Chico, centro político de la ciudad que enmarca la sede del concejo en la iglesia de San Juan. El destino de esta comitiva es el alcázar, pero, antes recorre las calles de mayor trasiego comercial y las de mayor nobleza 57. El traslado del pendón real al alcázar y su depósito en la torre simboliza la toma de posesión del baluarte por parte del nuevo rey. En un plazo fijado, el alcaide deberá acudir junto con los procuradores a prestar la obediencia y a poner a disposición de la reina el oficio de alcaide. Es, por ello, el último tramo de la ceremonia de proclamación en las ciudades, el último escenario y el inexcusable punto final. En Ávila, el alférez colocó el pendón y los dos escudos nuevos en una torre desde la cual pudiera ser contemplado por la multitud que se agolpaba en la plaza del Mercado Grande –donde, recordemos, se encontraba la picota–. De boca de un regidor se pronuncia una segunda aclamación. La “mandaron que los moros e los judíos saquen el dicho día los moros sus juegos e danças e los judíos su dança so la mesma pena (tres mil maravedís)”, Madrid, 31 de diciembre de 1481, Libros de Acuerdos del concejo madrileño (1464-1600), edición, prólogo y notas, A. Millares Carlo y J Artiles Rodríguez, Madrid, 1932. 56 Desde el punto de vista de la política simbólica, la participación de las minorías religiosas se hace necesaria para una correcta representación del consenso. En las ceremonias públicas queda representado el orden social, el cuerpo político en su orden jerárquico ideal. Las minorías, en este caso, participan como miembros que son de ese cuerpo social: lamentan la pérdida de su señor porque dependen de él, dependencia que es también sometimiento. Símbolo de ese sometimiento es el gesto de aparecer con las torás. La ley judía se somete a la ley natural cristiana que es la que administra el príncipe cristiano que acaba de ser aclamado. Sobre la participación de los judíos en las ceremonias reales, véase el caso aragonés, F. Vendrell de Millàs, “Presencia de la comunidad judía en las fiestas de la coronación de Fernando de Antequera en Zaragoza”, Sefarad, 17 (1957), pp. 380-385. 57 “Cabalgó el alférez en la Pescadería e Mercado Chico e por cal de Caballeros e por la puerta de Pedro Dávila e por la de Gonzálo Dávila y así fasta la puerta del alcázar”, M. Foronda, “Honras...”, p. 432. La plaza del Mercado Chico era el corazón político de la ciudad, pero compartía un valor económico con las calles de la Rúa de los Zapateros y la Rúa de Andrín o Calandrín (J. Belmonte Díaz, La ciudad de Ávila..., pp. 171-172).
48
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 49
El combate por la legalidad
primera aclamación tuvo lugar en la catedral, en un ámbito casi privado (la capilla) y esta segunda se realiza ante el pueblo que se suma también a la aclamación. El pendón y los dos escudos reales permanecieron en la torre del alcázar de Ávila nueve días. Curiosamente, este periodo coincide con el novenario, los nueve días que han de durar las funerales reales 58. La ceremonia pública de proclamación puede darse por terminada, pero, todavía ese mismo día, la campana de la iglesia de San Juan volvió a convocar a las autoridades concejiles para efectuar un nuevo rito. De vuelta al lugar de reunión del concejo, se procedió a la entrega y nueva transmisión de las varas de justicia a los oficiales regios que las tenían. El protagonista de este ritual fue Juan Chacón, lugarteniente del corregidor y representante directo del poder real, y su alguacil. Se dice expresamente que antes las tenían por la princesa y ahora las han de tener por la reina 59. Hay que subrayar el hecho de que Ávila fue una de las ciudades incondicionalmente leales a Isabel. El rey Enrique, en la concordia de los Toros de Guisando, no hizo sino confirmar esta adhesión al entregársela para su mantenimiento anexo al título de princesa de Asturias, que en aquel acto le fue concedido. Isabel, por tanto, había tomado posesión del gobierno de la ciudad ya como princesa, y la ciudad no abandonó a su señora, ni siquiera después de que el propio rey le retirara el título y confirmara el de su hija, la princesa Juana. Las autoridades expresaron así claramente su lealtad política al bando isabelino y su fe en los derechos alegados por Isabel para suceder a su hermano. Juan Chacón era hijo de Gonzalo Chacón, corregidor titular de Ávila, y uno de los consejeros y valedores más eficaces de la sucesión de Isabel 60. No es extraño, por tanto, que toda la proclamación se desarrollara en estos términos. Esta ceremonia se realizó al margen del pueblo, en el marco exclusivo de la sede del concejo, entre las autoridades municipales. El gobierno de la ciudad concierne sólo a la oligarquía que dialoga con la realeza, por tanto, no se considera necesaria la presencia popular en este acto. No hay una proyección pública. El hecho 58
“Dende saliéronse todos, cristianos e judíos e moros a Mercado Grande, e el alférez e Juan Chacón e Blasco Núñez e Nuño Rengifo e Sancho del Águila y Diego del Águila de Almoalla, y el alguacil e yo subimos a la torre del esquina e su fijo de Blasco Núñez, y allí púsose el pendón en lo más alto, e a par dél los dichos dos escudos. E luego desde encima de la torre el dicho Blasco Núñez, comenzó a grandes voces a decir “Castilla, Castilla por la muy alta e muy esclarecida señora, nuestra señora la reina doña Isabel”, e todas por semejante y asimismo respondía toda la gente que estaba en mercado grande a par de la Magdalena, esto por tres veces, e después tornamos a decir otras tres veces “Castilla, Castilla por el muy alto e muy esclarecido señor, nuestro señor el rey don Fernando”, (...), y así bajamos y nos dejamos puestos el pendón y los escudos nueve días”, ibídem, p. 432. 59 “Este dicho día mes e año suso dicho, estando en el coro de la Iglesia de San Juan el concejo, justicia, regidores, etc. Y estando ahí Juan Chacón, lugarteniente de corregidor e Blasco Núñez, que son de los catorce regidores que han de ver e ordenar facienda del dicho Concejo ayuntados a campana repicada (...) entregaron las varas de la justicia al dicho Juan Chacón e Gonzalo de Babia alguacil, como de reina y señora por cuanto fasta entonces las había tenido como por princesa, pidiéronlo por testimonio, testigos, Niño de Tapia e Diego del Águila de Almoalla y Álvaro de Henaro, vecinos de Ávila”, ibídem... p. 433). 60 Véase, M.I. del Val, Isabel la Católica..., pp. 80 y 99. Gonzalo Chacón era uno de los consejeros más fieles del círculo isabelino.
49
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 50
Ana Isabel Carrasco Manchado
contrasta con la ceremonia principal protagonizada por Isabel en Segovia, en la que todos los que fueron convocados en la plaza pudieron ver la recepción y entrega de las varas de justicia de manos de la propia reina 61. El envío de los procuradores hacia la corte para dar la obediencia se retrasó bastante, a pesar de lo temprano del alzamiento de pendones. La obediencia fue prestada en Segovia, los días siguientes al día 9 de enero de 1475. La razón de este retraso pudo deberse a que estaban ausentes, el día del alzamiento, algunos de los caballeros hidalgos idóneos para prestar el pleito homenaje y besamanos, en este caso, Gonzalo Dávila y Pedro Dávila 62. Junto a ellos fueron Álvaro Henao, Francisco Sedeño y Juan González de Barcones. En las actas se indica que recibieron poder “para que fueran a la corte a dar la obediencia a la reina y al rey” 63. No hay que descartar que estuvieran esperando la llegada del rey a Segovia para acudir a prestar la obediencia también a Fernando de Aragón. En resumen, de la proclamación abulense puede decirse que, realmente, todo se desarrolló “con la debida solemnidad”, tal y como esperaban de una ciudad como Ávila Isabel, Fernando y sus partidarios. La solemnidad de esta proclamación ciudadana sorprende y contrasta con la austeridad que rigió en la ceremonia principal, protagonizada por la propia Isabel en Segovia. Hay que destacar el cuidado que pusieron las autoridades en expresar el contraste entre el reinado que acaba y el que empieza, pero marcando el continuismo sucesorio que se producía sin hiato ni interrupción. Las exequias y la proclamación se celebran en un mismo día, en un apretado domingo, y de tal manera que todo el conjunto se presenta casi como una celebración litúrgica en la que participa el conjunto de la comunidad ciudadana. La elección de la iglesia catedral como lugar de la realización de la proclamación llama poderosamente la atención, hasta el punto de que podemos afirmar que la elección de ese marco religioso y del tono litúrgico general son los hechos propagandísticos más relevantes del caso abulense. Las exequias y el ritual de duelo comunitario, con la rotura de los escudos en lugares especialmente simbólicos, resultaría especialmente impactante, difícil de olvidar por los asistentes, especialmente por los más jóvenes, que nunca antes habían asistido a una proclamación 64. El llanto ritual de todos los miembros de la ciudad, hasta de las minorías religiosas; la exaltación del sentimiento de duelo que lleva incluso al desgarramiento del 61
Otra expresión de la fidelidad del concejo se expresó en la concesión de albricias a los oficiales de la Casa de Isabel que trajeron las cartas. “Este día mandaron dar a Luis de Torrijos que trajo las albricias de la reina nuestra señora, ocho mil mrs. E a Luis de Baeza, repostero que trajo la carta patente para que llevasen la obediencia de la ciudad, cuatro mil mrs. que son doce mil” (M. Foronda, “Honras...”, p. 433). 62 Pedro Dávila, señor de Villafranca y de las Navas, es otro de los caballeros principales de Ávila y hombre de confianza de Isabel y Fernando. Participó en la toma de Sepúlveda, en 1472, y Tordesillas, en 1474, ganadas para la causa isabelina antes de la muerte del rey, M.I. del Val, Isabel la Católica..., pp. 285 y 335. 63 M. Foronda, “Honras...”, p. 434. 64 Era costumbre arraigada en los usos funerarios de la época intensificar estas expresiones de duelo. En los cortejos fúnebres se rompían objetos, se irrumpía en las calles buscando métodos para obtener el ruido apropiado para acompañar a las lágrimas y los lamentos. La Iglesia intentó limitar estas expresiones (véase, J. Valera, La muerte del rey..., p. 49-50), pero en las ceremonias reales iba a resultar difícil
50
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 51
El combate por la legalidad
pendón por la multitud, como si se tratara de una reliquia; la misa de réquiem; el alzamiento en la capilla principal y el Te Deum, himno que subrayaba la aceptación divina de la elección, a la cual se unía el consenso marcado por la posterior alegría desbordada a las puertas de la catedral, son circunstancias que sancionaban a la perfección los objetivos de las autoridades fieles a los nuevos reyes. Parece como si la ciudad de Ávila quisiera borrar la deshonra infligida a Enrique IV, a la dinastía y a la institución real, en aquel destronamiento simbólico que tuvo lugar casi diez años antes, cuando fue proclamado su hermano, el infante Alfonso 65. Con la solemnidad de las exequias, que empiezan a celebrarse en la propia sede del concejo, se exhibe la fidelidad a su señor natural. Pero, a pesar de que esta escenificación ritual del amor al rey y del desgarrado dolor por su pérdida (“¡Ah, por buen rey y buen señor”), recomponía, de alguna manera, el lazo personal que ligaba al rey Enrique con su ciudad, roto por aquella traición, la alegría exultante de la proclamación reforzaba, en cambio, la voluntad de la ciudad (de sus autoridades) de no abandonar una toma de partido que ya había sido expresada hacía tiempo: la fidelidad al bando isabelino (las autoridades concejiles gobernaban en nombre de Isabel, y no de su señor natural, el rey). Intenciones políticas toda ellas sancionadas por la divinidad. En un difícil equilibrio ritual, esta proclamación combinaba dos proyecciones: la fidelidad a la autoridad monárquica del rey Enrique, y la fidelidad a la continuidad dinástica, siendo Isabel el símbolo de esta continuidad. Las autoridades abulenses prepararon una ceremonia que acentuaba la propaganda de la legitimidad sucesoria. En Murcia los ritos de proclamación revelan intenciones muy distintas. Hasta casi quince días después no se tomó una decisión sobre la proclamación. El día 29 de diciembre de 1474, en la Casa de la hacerlo por el contenido simbólico-político que encerraba. Algún autor ha quitado importancia propagandística al duelo público y a la teatralización del dolor en las ceremonias reales por considerarlo rito común a los usos funerarios del resto de la población que también recurría al exceso, siempre que podía (A. Guiance, Los discursos de la muerte..., p. 320) . No obstante, hay que decir que la propia monarquía limitó el exceso de duelo (B. Bartolomé “Los usos funerarios en la Alta Edad Media. Tradición cristiana y reminiscencias paganas”, Medievalismo, 6 (1996), pp. 33-62, cita en pp. 43 y 44 la legislación de 1380 en las Cortes de Soria), y habría que preguntarse si las prohibiciones no irían encaminadas a salvaguardar la distinción simbólica de la realeza en un intento de monopolizar en su favor este rito. Los escudos simbolizan la imagen personal de determinado monarca, y su rotura lo transitorio de ese poder real personal, mientras que el pendón suele representar lo permanente e institucional (J. M. Nieto Soria, Ceremonias..., pp. 191-192). Pero, en ocasiones, el pendón real también representa lo transitorio, como vemos en el caso de Ávila, en donde el pendón enlutado recibe la misma suerte que los escudos. En realidad, toda la ceremonia se articula siguiendo la escenificación trágica de la pérdida de la cabeza rectora del cuerpo político y el desvalimiento del reino que también muere si no hay rey. La exacerbación del sentimiento de duelo revive el miedo y el sentimiento de inseguridad ante la falta de gobierno y de peligro ante el caos político. La nueva proclamación y la subsiguiente alegría (también ritual), alejan el sentimiento de inseguridad. 65 Aquel acto tan “horrible”, en palabras del cronista Pedro de Escavias: “Y tocando muchas tronpetas, los vnos con grande alegría, otros muchos llorando por el abto tan orrible y tan estraño que vían, alçaron pendones diziendo a grandes boçes “¡Castilla, Castilla por el rrey don Alfonso!”. Y así bolvieron con él a la çibdad de Ávila”. Pedro de Escavias, Repertorio de príncipes de España, ed. Michel García, Madrid, 1972, p. 358.
51
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 52
Ana Isabel Carrasco Manchado
Corte, dio comienzo un debate en torno a la carta de Isabel sobre el alzamiento de pendones. El mensajero de la reina, Gómez Ortiz, trajo la carta de la reina fechada en Segovia, el 16 de diciembre 66. Los términos del acta municipal sugieren que, antes de otorgar el acatamiento a la carta, hubo un debate en torno a ella, que se selló con un razonamiento laudatorio, quizá de boca del propio adelantado 67. Finalmente, se otorga la obediencia a la carta y se recibe a Isabel como reina de Castilla y de León, y a Fernando como a su legítimo marido 68. En ese mismo contexto, sin abandonar la sede del concejo, las autoridades ciudadanas efectuaron el juramento solemne de fidelidad a la reina ante un misal 69. El rito de obediencia, por parte de las autoridades concejiles, había finalizado. No sabemos si fue ese mismo día, o al día siguiente, cuando se hizo público el acto celebrado en la sede del concejo, pero se conserva el pregón que se leyó en los lugares habituales, por las calles de Murcia 70. Se procede, pues, a una segunda ceremonia de información de mayor alcance. Los habitantes de Murcia pudieron percibir que el pregón no era un pregón cualquiera, ya que venía acompañado de mayor aparato sonoro: el propio adelantado y el obispo prestaron sus ministriles y músicos para anunciar solemnemente la muerte del rey y la reciente jura de Isabel como reina. El pregonero Juan de Cieza iba acompañado del sonido de las trompetas y atabales tocadas por Antón Martínez de Sevilla y Alonso de Jaén, servidores del 66
Para el caso murciano seguimos la descripción de J. Torres Fontes, a partir de la documentación municipal transcrita en sus obras Los Reyes Católicos y la ciudad de Murcia. Estampas de la vida murciana, Madrid, 1958, pp. 302-306 y Don Pedro Fajardo, adelantado mayor del reino de Murcia, Madrid, 1953, pp. 124-126. 67 El acta dice que después de haber “fablado e platicado en el dicho Ayuntamiento, los dichos señores adelantado y Concejo, alcaldes e alguazil, regidores e jurados, cavalleros, escuderos, oficiales y omes buenos de la dicha cibdad de Murcia (...) dixeron por ante mí dicho escrivano e los testigos de yuso escritos, que davan e dieron muchas gracias e loores a Nuestro Señor Dios porque les avía dado legítima heredera e subcesora destos regnos de Castilla e de León, que subcedía en ellos como reyna e señora dellos, e tan virtuosos príncipes, como eran el señor rey don Fernando, su señor e legítimo marido, e la dicha señora reyna doña Ysabel, su muger e en tal hedad constituydos que regirán e governarán mediante la gracia de Dios estos dichos regnos en toda verdad, paz y justicia, como cunpla e servicio de Dios e suyo, e que como carta de su señora reyna natural, a quien vitoriosamente Dios dexe bevir e regnar por muchos tienpos e buenos a al su santo servicio, recebçían e obedecían la dicha su carta e eran e estavan prestos, alçando las manos a Dios de la conplir en todo e por todo segund e de la manera e forma que en ella se contiene”, J. Torres Fontes, Estampas..., pp. 302-303. 68 “E en cunpliéndola, dixeron los dichos alcaldes e alguazil e regidores e jurados de suso nonbrados, por sy mismos e en nombre de la universidat desta dicha cibdad, que obedecían e recibían e obedecieron e recibieron a la muy alta poderosa princesa e señora doña Guysabel, reyna de Castilla y de León, y al muy alto y muy poderoso príncipe, rey e señor, nuestro señor don Ferrando, rey de Castilla y de León, como a su legítimo marido”, ibídem, p. 303. 69 “Seguidamente juraron igualmente fidelidad lealtad, servicio y conservación de su real estado, obediencia a sus cartas y mandamientos, acogida en la ciudad de noche y de día, reconocimiento de su moneda y “donde supieren y syntieren que se faze o trata lo contrario, no serán en ello ni lo consentirán, e lo revelarán e descubrirán a su alteza por ellos mismos e por sus fieles mensajeros, lo más prestamente que pudieren”. Luego conjuntamente, ante la señal de la cruz, con las manos derechas y por las palabras de los Santos Evangelios, juraron guardar la debida lealtad y cumplir cuanto se obligaban “e sy lo asy´ fizieren, que Dios todopoderoso les ayude e vala en este mundo a los cuerpos e en el otro a las ánimas, e lo contrario faziendo, Él que los demande mal e caramente, asy´ como aquellos que sabiéndose perjuran en el su santo nombre en vano”, además de caer en las penas impuestas por la leyes”, ibídem, p. 303-304). 70 La trascripción del pregón municipal en J. Torres Fontes, Don Pedro..., p. 125.
52
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 53
El combate por la legalidad
adelantado, y por Fernando de Valladolid, servidor del obispo 71. La ciudad entera debía prepararse para el alzamiento de pendones. Entre los acuerdos tomados por el ayuntamiento, se ordenó para el día 30 de diciembre la forma de celebrar los funerales por el rey Enrique IV. Contrariamente a lo ocurrido en Ávila, el concejo no organizó ningún cortejo fúnebre, ni participó de forma oficial en las exequias, sino que delegó la celebración de ciertos oficios a distintas parroquias y conventos de órdenes dominicas y franciscanas 72. Las autoridades municipales descargan en el clero de la ciudad el cumplimiento de las honras fúnebres. Llama significativamente la atención que el regimiento no vistiera, ni siquiera, las tradicionales ropas de luto. No hay duelo por la muerte del rey 73. Al no decidir intervenir de manera solemne en las exequias, y no ritualizar públicamente el sentimiento por la muerte del rey, las autoridades concejiles desdeñan expresar la existencia de algún vínculo especial con el monarca fallecido. No hay continuidad ni vinculación entre las exequias por el rey difunto y la ceremonia de proclamación. La propaganda, en este caso, manifiesta un mensaje distinto al que transmitía la ceremonia abulense. El 31 de diciembre, dos días después de iniciado el proceso, se confirmó de nuevo la primera obediencia otorgada dos días antes. En la Casa de la Corte se hallaba reunido el gobierno de la ciudad. El mensajero real, Gómez Ortiz, volvió a solicitar un nuevo juramento a las autoridades, esta vez sellado con el correspondiente pleito homenaje en las manos del caballero hidalgo Pedro Calvillo, que sería el encargado de ir a la corte a jurar y depositar este homenaje, personalmente, en las manos de los nuevos reyes 74. Los ritos específicos de alzamiento de pendones y aclamación se dejaron para el día siguiente, domingo 1 de enero. Este día se procedió finalmente a celebrar la proclamación públicamente. El regidor en cuyas manos el concejo había depositado la obediencia y pleito homenaje de la ciudad, Pedro Calvillo, portaba el pendón real. Como correspondía, montaba sobre un caballo adornado con las armas reales. Junto a él se dieron cita a las puertas de la Casa de la Corte el resto de autoridades municipales, con el pendón de la ciudad y “otros muchos pendones de los oficiales della”, y el pueblo. Antes de proceder al alzamiento celebraron al aire libre una ceremonia 71
J. Torres Fontes, Estampas..., p. 304. “El concejo acordó celebrar funerales por el alma de Enrique IV, pero no de la forma solemne que siempre se había tenido a la muerte de los reyes anteriores. Se limitaron a ordenar a su mayordomo que dispusiera que por los frailes de Santo Domingo, San Francisco y de Santa Catalina del Monte, se dijeran doscientas misas, ofreciendo mil maravedís de limosna y la cera necesaria, y encargando de todo ello a los regidores Rodrigo de Soto y Diego de Riquelme”, bídem..., p. 304. 73 La muerte del rey Juan I, en 1390, sí fue honrada con funerales regios: hubo vestimentas de duelo para el regimiento, encargaron tres escudos y un pendón con las armas del rey para preceder el cortejo; se encargó, además de la cera para las candelas, un cahíz de trigo y dos cántaros de vino para la ofrenda, que fueron rotos y destruidos al final de la ceremonia (D. Menjot, “Un chrétien qui meurt toujours. Les funérailles royales en Castille à la fin du Moyen Âge”, en M. Núñez y E. Portela (coords.), La idea y el sentimiento de la muerte en la historia y en el arte de la Edad Media, Santiago de Compostela, 1992, I, 127-138, cita en p. 136. 74 J. Torres Fontes, Estampas..., pp. 304-305. 72
53
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 54
Ana Isabel Carrasco Manchado
litúrgica (“e todos oyeron ally´ una misa rezada”) 75. Nada hace presuponer que se tratara de una misa de difuntos, ya que no hay mención a llantos rituales ni a otras expresiones de dolor; podría tratarse también de una misa de acción de gracias o de una ceremonia religiosa propiciatoria del acto que iba a tener lugar. Acabada la misa, junto a la puerta de la casa de la Corte, sede del concejo, sin más dilación, se procedió propiamente al alzamiento de pendones y a la aclamación: “Con los dichos pendones e con muchas tronpetas y atabales e tanborines e otros estormetes, e estando el dicho Pedro Calvillo cavalgando en un cavallo, el qual dicho cavallo tenía puestas sobre sy´ unas sobrevistas en que estavan pintadas las armas reales, e aviendo el dicho pendón en las manos, el dicho adelantado, justicia, regidores, jurados, cavalleros, escuderos e la otra gente del pueblo a pie, todos unánimes y conformes y concordes, a altas boces, a la dicha puerta de la dicha Casa de la Corte, dixeron: “¡Castilla, Castilla, Castilla, por la muy alta y muy poderosa princesa doña Ysabel, nuestra señora, reyna de Castilla y de León, y por el muy alto y muy poderoso príncipe, rey y señor don Ferrando, rey de Castilla y de León, como su legítimo marido!” 76.
Partiendo de este punto de la ciudad, se inicia el cortejo por la ciudad, hasta llegar al alcázar, donde el alcaide recibió en depósito el pendón real en la torre, para realizar el acto simbólico de toma de posesión acostumbrado. “E con esta boz, todos juntos, con los dichos pendones, fueron por las calles públicas principales desta dicha cibdad e llegaron todos juntos con el dicho pendón real, e con los otros dichos pendones aconpañándole, fasta la puerta de la Puente, donde esta el alcáçar e fortaleza desta dicha cibdad. E el dicho Pedro Calvillo, con voluntad y consentimiento de los dichos alcaldes e alguazil, e regidores, e jurados de la dicha cibdad, e del dicho adelantado, lo entregó a Lope de Sandoval, alcayde del dicho alcáçar. El qual, estando de parte de dentro dél, lo recibió por encima de los muros del dicho alcáçar por mayor reverencia e acatamiento, e lo puso en una torre del dicho alcáçar” 77.
Al parecer, estuvo en el alcázar tan sólo dos días. Como colofón de la ceremonia, el escribano consigna que allí mismo la multitud dio rienda suelta a la fiesta y a las alegrías: “E se fueron todos faziendo muchas alegrías por la dicha cibdad”. Tres días después, el 3 de enero de 1475, en una nueva reunión del concejo, se concedieron los poderes para ir a otorgar la obediencia a los reyes en la corte segoviana. Los procuradores saldrían hacia Segovia el día 30 de enero. 75
Ibídem, pp. 304-305. Ibídem, p. 305. 77 Ibídem, pp. 305-306. 76
54
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 55
El combate por la legalidad
Partiendo de la descripción de esta ceremonia, podemos apuntar varias diferencias respecto al caso abulense anteriormente analizado. En primer lugar, existen diferencias en cuanto a los espacios: en el caso murciano, la Casa de la Corte, sede del concejo, es el lugar predominante para la mayoría de los actos. El grado de publicidad, por tanto, es menor y, en cambio, pesa más el tono político particular de los rituales, consistente, básicamente, en expresiones contractuales entre las autoridades municipales y los oficiales y representantes reales. Los mensajes legitimadores priman sobre los propagandísticos, ya que los reiterados juramentos y el pleito homenaje se efectúan en el marco restringido de la sede del concejo, entre los principales interlocutores políticos, sin asistencia del pueblo. Se busca dar seguridad a las fidelidades políticas, mediante una legitimidad de orden jurídico. El alzamiento de pendones y la aclamación se realiza sólo una vez, a las puertas de la Casa de la Corte, y no por dos veces, como ocurrió en Ávila, en donde se quiso dar mayor publicidad y subrayar la sensación de consenso popular. Por otra parte, el alzamiento y la aclamación se encuentran separados por varios días de los actos de juramento que se realizaron previamente en la Casa de la Corte. Los elementos sacralizadores se reducen al mínimo: una breve ceremonia litúrgica, ni siquiera realizada en un marco religioso, sino civil (en plena calle, delante del edificio concejil), con lo cual, no se da opción a la participación activa del cabildo catedralicio ni del resto del elemento clerical. Las exequias reales se mantienen al margen de la proclamación, dejándose en manos de las parroquias y conventos de la ciudad, sin participación oficial del municipio. Parece como si hubiera un interés en mostrar que la ceremonia de sucesión no es consecuencia directa de la muerte del rey. A este respecto, es preciso resaltar la diferencia entre las exequias ofrecidas en Murcia al rey Enrique IV, y las que la ciudad organizó con motivo de la muerte de su usurpador, el infante Alfonso 78. La posibilidad de borrar de manera simbólica los vestigios de aquella traición, aprovechando la celebración solemne de exequias en honor del rey Enrique, tal y como sucedió en Ávila, no fue contemplada por las autoridades murcianas. Asimismo, la falta de unidad en la secuencia ritual, la dispersión de los actos ceremoniales, restan eficacia a la propaganda isabelina. Todo lo contrario sucedía en Ávila, en donde, la unidad y sucesión de actos sin solución de continuidad organizados siguiendo un plan trazado a partir de la simetría entre exequias y proclamación, proporcionaba una idea clara de la trascendencia del acontecimiento. La propia organización y toma de decisiones en torno a la proclamación duró más tiempo que, por ejemplo, en el caso de Ávila; sin embargo, la ceremonia pública como tal tuvo una menor duración. El periodo de tiempo que se exhibió el nuevo pendón en la torre 78
J. Torres Fontes señala que las exequias que se oficiaron por Enrique IV no se ajustan a la forma habitual de organizar exequias reales en la ciudad de Murcia. Se trata de una mera formalidad que contrasta con los cortejos y misas solemnes que se dedicaron a la muerte del infante Alonso, el año 1468 (Estampas..., p. 304). Otros ejemplos de funerales más solemnes tributados a los monarcas trastámaras por la ciudad de Murcia en: J. Damián González Arce-F. García Perez, “Ritual, jerarquías y símbolos en las exequias reales de Murcia (siglo xv)”, Miscelanea Medieval Murciana, 19-20 (1995-1996), pp. 129-138.
55
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 56
Ana Isabel Carrasco Manchado
del alcázar se reduce a la tercera parte de lo que estuvo sobre la torre de Ávila: tan sólo tres días, frente a los nueve que estuvo en Ávila. Las autoridades murcianas tardaron todavía casi un mes en conceder la obediencia a Isabel. ¿Qué consecuencias políticas podemos extraer de esta particular tipología ceremonial? En primer lugar, pensamos que revela una más frágil adhesión política y una mayor inseguridad en la lealtad al bando isabelino de la ciudad de Murcia. La proclamación es fruto de un mayor debate entre los miembros del concejo, adelantado mayor y representantes reales. No se descarta la existencia de razonamientos encaminados a obtener un mayor convencimiento de las decisiones municipales. Por varias veces se toman los juramentos para asentar mejor la obediencia. La forma de ordenar el resto de actos ceremoniales, los que poseen un carácter público, hace pensar en una voluntad de expresar, ante todo, la formalidad del hecho sucesorio. Las autoridades se han limitado a cumplir con lo mínimo a que está obligada una ciudad que ha de levantar pendones por el nuevo monarca, sin alejarse demasiado de la Casa de la Corte y sin añadir excesiva solemnidad. La ceremonia murciana no permite mucho juego a la propaganda de Isabel: no hay idea de continuidad dinástica ni de sucesión por la gracia divina, subrayadas ambas en la proclamación abulense. Tan sólo la proyección de un reconocimiento formal y, tal vez, condicionado políticamente. Las circunstancias políticas de la ciudad de Murcia eran distintas de las de Ávila, y esto se refleja en la forma de desarrollar las ceremonias que atañen a la monarquía. Ávila era la ciudad de Isabel, en su calidad de princesa de Asturias, título que nunca abandonó, a pesar de que el rey Enrique IV volviera a jurar heredera a su hija Juana. La ciudad era, además, una partidaria incondicional, como se revela en el hecho de que los oficiales siguieran ejerciendo sus oficios en nombre de Isabel, y no de Juana. En Murcia, en cambio, la fidelidad seguía las pautas de lo que decidiera el adelantado mayor Pedro Fajardo. El adelantado, que ejercía un poder efectivo y autoritario en la ciudad, no admitirá una excesiva demostración de sumisión simbólica a los nuevos reyes. Está dispuesto a proclamar la obediencia de Murcia por ellos pero de la manera más formal posible, entre otras cosas, para no cerrarse la posibilidad de adoptar otra postura, en el caso de que le conviniera. La ambigua posición del adelantado respecto a la crisis política previa a la muerte de Enrique se refleja en su carta a Juan de Cardona de 7 de noviembre de 1474, en donde dice no declararse “salvo por aquellos a quien tengo de servir e con quien tengo amistat”. Entre estos no se encuentra, por ejemplo, Juan de Haro, que posee la villa y encomienda de Caravaca, ansiada por Pedro Fajardo 79. Aquí podría estar la explicación del desinterés por organizar las exequias 80, separándolas de los actos de 79
El adelantado tenía que seguir negociando, pues pretendía, además, la encomienda de Abanilla, de la orden de Calatrava. Su postura sobre la sucesión en J. Torres Fontes, Don Pedro Fajardo..., pp. 123-124. 80 Por otra parte, Pedro Fajardo no podía mostrar mucho apego por el rey Enrique, con quien mantuvo un conflicto anterior al periodo de crisis iniciado con el alzamiento del infante Alfonso (véase el memorial de agravios de Pedro Fajardo enviado al rey el 14 de mayo de 1462, en RAH, ms. F-18, ff. 116-118v).
56
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 57
El combate por la legalidad
proclamación. De esta forma se concede menor importancia a la legitimidad hereditaria en la sucesión, frente a la legitimidad otorgada por la propia voluntad política de reconocimiento mostrada por el propio adelantado mayor y su bando, expresada en los sucesivos juramentos. Por otra parte, no hay que desdeñar la influencia de circunstancias específicas de la ciudad, la situación fronteriza del reino de Murcia respecto al marquesado de Villena, núcleo de la resistencia antiisabelina, que favorece la presencia, en la propia ciudad, de facciones contrarias a los reyes recién proclamados, que bien pudieran provocar disturbios si se concediera excesiva publicidad al acto 81. El resto de ciudades fieles al bando isabelino alzaron y juraron a Isabel en los días próximos al día 20 de diciembre. El arzobispo Carrillo estaba ya en Segovia el día 22 y previamente alzó pendones por Isabel en la plaza de su villa de Alcalá de Henares. Un panegirista de Alfonso Carrillo alegó algunos años después que él había sido el primero en alzar pendones por Isabel, y su ejemplo fue decisivo para que se alzasen un buen número de ciudades importantes 82. En Sevilla, la carta real está fechada el 20 de diciembre y el alzamiento se produjo unos días después de su recepción, siguiendo las disposiciones del duque de Medinasidonia 83, pero, este alzamiento no implicaba una adhesión incondicional al partido isabelino, a juzgar por los acontecimientos posteriores. En Córdoba, el alzamiento se produjo a más de un mes de distancia de la proclamación segoviana, el día 29 de enero de 1475 84. Las ciudades castellanas respondieron de forma más satisfactoria. En Palencia, el 27 de diciembre se estaban realizando exequias solemnes por el rey Enrique en la catedral, con presencia del obispo Diego Hurtado de Mendoza. Terminados los oficios, los pendones fueron alzados en la plaza de San Antolín, delante de la catedral 85. La tipología ceremonial empleada coincide con el modelo abulense. Palencia era, en esas fechas, ciudad de señorío episcopal. No resulta, por tanto, extraño que se recurra a enfatizar los elementos que resaltasen la legitimidad religiosa de la sucesión de Isabel al trono. A la iglesia catedral acudieron las autoridades 81
A los partidarios del marqués de Villena se podían sumar los grupos descontentos con el poder autoritario que ejercía el adelantado en la ciudad, véase: J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado de Villena en el reinado de los Reyes Católicos”, Hispania, vol. XIII, n.º 50 (1953), pp. 37-151, especialmente, p. 53. 82 P. Guillén de Segovia, La Gaya Ciencia, ed. O.J. Tuulio y J.M. Casas Homs, Madrid, 1962, I, f. 24r. 83 D. Ortiz de Zúñiga, Anales eclesiásticos y seculares de la muy noble y muy leal ciudad de Sevilla, formados por don Diego Ortiz de Zúñiga, ilustrados y corregidos por D. Antonio María Espinosa y Carzel, Madrid, 1795, Sevilla, 1988, III, p. 68. 84 Archivo Histórico Provincial de Córdoba, Escrib. 14, 11-12, f. 3v. 85 El hecho aparece consignado en el registro de 1475, en las Actas capitulares: “Die vero martis viccessima septima decembris in ecclesia palentina facte fuerunt obsequie solempniter per Reverendum patrem et dominum dominum episcopum prefatum et capitulum eiusdem ecclesie. Post finationem vero dicti officii quod factum fuit per animam illustrissimi regis Enrici qui obiit undecima mensis decembris predicto anno lxxiiii in oppido de Madrid, fuit electa per dictos dominum episcopum et dominum Sancium de Castella totoque concilio palentinorum unanimiter, domina Helisabel, prefati domini regis Enrici sorore, in reginam et dominam regnorum et dominorum Castelle et Legionis, et elevatum vexillum cum magna leticia in platea sancti Antonini et per totam civitatem”, S. Francia Lorenzo, Archivo Capitular de Palencia, Catálogo, Serie II, vol. II. Actas capitulares (1468-1500), Palencia, 1989, p. 77.
57
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 58
Ana Isabel Carrasco Manchado
ciudadanas enlutadas con jerga, desfilando en comitiva por la ciudad. El merino Ordoño Valdés, a caballo, portaba el pendón real, igualmente enlutado. Tras él, los regidores y otros oficiales llevaban los escudos negros que habrían de ser quebrados al grito de lamento ritual: “¡Ay, por buen rey y por buen señor!”. El último escudo se quebró contra los muros de la iglesia, como en Ávila. Tras la ceremonia religiosa, las autoridades cambiaron los lutos por las galas de terciopelo. El merino tomó un nuevo pendón de seda verde y subiendo a un cadalso lo alzó materialmente, efectuando simultáneamente la aclamación. A las alegrías se sumaron, como en Ávila, las músicas y danzas de mudéjares y judíos 86. Si en el caso murciano destacábamos el escaso interés que mostró la ciudad por honrar la muerte del rey Enrique, introduciendo con ello una excepción respecto a ocasiones anteriores, en el caso palentino hemos de destacar el absoluto cumplimiento de la tradición. Las exequias por Juan II y la proclamación de Enrique IV se llevaron a cabo siguiendo este mismo modelo 87, lo que indica una intención decidida del obispo, señor de la ciudad, de sumarse al nuevo partido sin romper su adhesión al principio monárquico. Era la misma actitud compartida por los otros miembros del linaje de los Mendoza. Como en Ávila, en la ciudad de Palencia se buscó ceremonializar la sucesión de tal manera que expresase la idea de continuidad dinástica sancionada por la divinidad. Otro Mendoza, Juan Hurtado de Mendoza, guarda mayor de Cuenca, alzó pendones por Isabel en esta ciudad, el día 28 de diciembre, siguiendo el conocido ritual: el pendón, de “çendal colorado” fue paseado por las vías principales, al son de “trompetas e atabales e tamburinos, e fasiendo las más alegrías que podían” y gritando la fórmula aclamatoria, al menos, por tres veces, en lugares significativos, entrando y saliendo de la ciudad. Al término del recorrido el pendón quedó depositado en la torre de la Puerta del Postigo 88. Al día siguiente, el 29 de diciembre, se celebraba el alzamiento en Valladolid, según mención del Cronicón de Valladolid. En este último caso, destaca la simultaneidad del alzamiento en la ciudad y de la obediencia: los regidores de Valladolid llegaron o se encontraban ya en Segovia el mismo día 28 89. 86
La descripción de esta ceremonia quedó recogida en las Actas Municipales. Véase J. Alonso de Ojeda, ¡Palencia por la Reina Isabel! Bocetos históricos, Palencia, 1953, pp. 65-68. 87 En efecto, el modelo seguido no difiere de la ceremonia celebrada con motivo de la muerte de Juan II y de la entronización del propio Enrique IV, véase su descripción en: A. Esteban Recio, Palencia a fines de la Edad Media, Valladolid, 1989, p. 88. 88 La fórmula aclamatoria contiene ligeras variantes de estilo respecto a las otras fórmulas, y añade una declaración de lealtad: “Castilla, Castilla, Castilla, por la muy alta e muy poderosa prinçesa doña Ysabel nuestra señora, reyna de Castilla e de León e por el muy alto e muy poderoso prínçipe, rey e señor don Fernando, nuestro señor, el rey de Castilla e de León, commo su legítimo marido, lealtad, lealtad, lealtad”, Archivo Municipal de Cuenca, leg. 199, expediente 4 (trascripción de Jorge Díaz Ibáñez en “Apéndice documental”, Orígenes de la monarquía..., doc. 21). 89 “Alzaron pendón por la dicha señora reyna e por el rey su marido en Valladolid jueves xxviiii de deciembre del año mccclxxiiii tres horas después de mediodía, e alzólo D. Pedro Pimentel, hermano del conde de Benavente. Ese mesmo día dieron a la dicha señora reyna en persona la obediencia los regidores de Valladolid en nombre de la dicha villa: los regidores fueron el comendador Francisco de León e Remón e Gerónimo, Pedro Daza, Verdesoto, Herrera, Alonso de Valladolid, García Franco, y el licenciado de Illescas, que hizo la fabla”, Cronicón de Valladolid, ed. Valladolid, 1984, p. 89.
58
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 59
El combate por la legalidad
Sería útil establecer un mapa más completo de las ciudades y villas que se sumaron a las distintas causas y describir, de forma exhaustiva, las ceremonias de alzamiento. Es probable que un gran número de poblaciones optaran por esperar todavía el curso de los acontecimientos. La princesa Juana no había sido todavía proclamada reina por aquellas fechas, por tanto, no es probable que en el reino se alzaran pendones por ella. Sin embargo, en Madrid, la villa en la que murió el rey, tampoco se alzaron pendones por Isabel. El golpe de Isabel fue decisivo, dada la trascendencia de la celebración de estos rituales. La multiplicación de ceremonias de alzamiento servía para difundir la propaganda de la adhesión a una de las candidatas. La forma de celebrarse puede decir mucho de los términos en los que se “firmaba” esa adhesión, expresando un grado variable de seguridad y firmeza en la fidelidad 90. Insistimos en que un cuadro más detallado de las estrategias simbólicas, diseñado a partir del estudio de las actas concejiles y capitulares, podría aportar una nueva perspectiva sobre la red de relaciones políticas que se había entrelazado en torno a Isabel y a Fernando de Aragón. En tanto en cuanto las ciudades prestan su apoyo a las estrategias propagandísticas de los reyes, ofreciéndoles una ceremonia en la que la que se ensalza la imagen de la monarquía, están mostrando una fidelidad mayor que aquéllas que simplemente se ciñen a una mera formalidad. Estas últimas ciudades podrían estar, incluso, lanzando un aviso sobre los condicionamientos de su adhesión. Los concejos pueden comportarse como agentes colectivos de la propaganda regia pero no de una manera desinteresada, puesto que en un sentido u otro emiten también formas de propaganda de sus propios intereses políticos. 1.4. Los rituales de obediencia: “Diéronle la obediencia e ficiéronle el homenaje a que son obligados” El proceso ritual sucesorio recorre un itinerario circular que comienza en la persona del rey entronizado y ha de terminar de nuevo en él. El reconocimiento y la obediencia de todos los individuos y estamentos se transmiten por medio de la reiteración de gestos, palabras y símbolos que aluden al acatamiento del nuevo monarca. El círculo se cierra ante el nuevo monarca, con la materialización personal de la obediencia. Los actos de levantamiento de pendones en las ciudades y villas por sí solos no bastan para dar término al rito sucesorio, porque es preciso formalizar el reconocimiento de una manera personal, tal y como 90
Se trata de ceremonias que comunican el discurso de la fidelidad. Su ejecución se transforma en relato que se envía a la corte y allí se publica. Isabel agradecía en los siguientes términos a las autoridades toledanas el levantamiento de pendones los días anteriores al 16 de enero: “Vimos vuestras letras que nos enbiastes e regradecemos mucho y tenemos en singular servicio la buena diligencia que posistes en nos dar fidelidad e obidiençia que nos devíades como a vuestros reyes e señores naturales, e por alzar por nosotros como alzastes pendón, en lo qual mostrastes sin dubda alguna vuestra grande fidelidad e lealtad, aquélla de que vuestros antepasados usaron con el rey don Juan nuestro señor e padre de gloriosa memoria, que aya santo Paray´so, e con los reyes donde nos venimos, mayormente que somos certificados del abto tanto solepne que fecistes e de la manera que en ello tovistes”; E. Benito Ruano, Toledo en el siglo XV. Vida política, doc. 75.
59
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 60
Ana Isabel Carrasco Manchado
se entendía en una sociedad que mantenía los usos feudales de traspaso de poderes. Por ello, los representantes ciudadanos, tras el alzamiento, estaban obligados a acudir a la corte para otorgar a los reyes, personal y materialmente, la obediencia de la ciudad. A esto estaban obligados también los alcaides de las fortalezas, nobles, señores de vasallos, prelados, maestres de órdenes..., y todos aquellos que, por delegación real, ejercen el poder. Todo el trayecto que ha de recorrerse hasta perfeccionar la legalidad termina, por tanto, en la persona de Isabel, ante la que es imprescindible confirmar el primer juramento prestado por los concejos y demás actores políticos, quienes, como hidalgos, deberán comprometerse mediante pleito homenaje, rito de reminiscencias feudales cuya vigencia en estas fechas es todavía incuestionable. Los primeros en otorgar la obediencia a la reina fueron los miembros de su consejo, sus fieles cortesanos. El día de la proclamación, la obediencia fue otorgada por la nobleza media segoviana, por parte del clero de la ciudad (menos el obispo de Segovia), y por el concejo. En una sucesión no contestada, los primeros en otorgar la obediencia habrían sido una buena parte de los grandes que suelen acompañar siempre al rey y a su corte. Esto no ocurrió en el caso de Isabel: a su corte segoviana (y, más tarde, a la medinesa), sólo acudieron, entre los grandes, los que habían optado ya por el bando isabelino. El resto se marchó o permaneció en sus estados, o acompañó al marqués de Villena y al duque de Arévalo, nombrados tutores y curadores de la princesa Juana, los únicos que permanecieron junto a la heredera, de los cinco tutores nombrados por el rey Enrique. De los otros tres, sabemos que el cardenal Pedro González de Mendoza y Rodrigo Pimentel, conde de Benavente, acudieron a Segovia y prestaron la obediencia el día 21 de diciembre. Este hecho fue de gran importancia para apuntalar la legitimidad de la sucesión isabelina, ya que habían asistido a la muerte del rey y, por tanto, se presentaban como depositarios de su última voluntad 91. El día 22 llegó el arzobispo de Toledo, Alonso Carrillo y Alonso Enríquez, almirante de Castilla. Todos ellos “diéronle la obediencia e ficiéronle el homenage a que son obligados los caballeros a sus reyes” 92. La memoria cronística posterior añadió a esta relación de “ilustres” las figuras de García Álvarez de Toledo, duque de Alba, el condestable Pedro Fernández de Velasco, y Beltrán de la Cueva, duque de Alburquerque. La voluntad de los cronistas por reforzar la imagen de consenso de estos primeros días 93 parece clara, pero, el sólo hecho de nombrar a estos grandes, pone de manifiesto la ausencia del resto: además del marqués de Villena o del duque de Arévalo, otros nobles no acudieron, como Rodrigo Téllez Girón, maestre de Calatrava, Juan Téllez Girón, conde de Urueña, Juan de Estúñiga, maestre de Alcántara, Diego López de Estúñiga, conde de Miranda, Pedro Puertocarrero, señor de Moguer... Tampoco se presentaron los nobles andaluces, Rodrigo Ponce de León o el duque de Medinasidonia, quien, aunque hizo levantar pendones por 91
El doctor Toledo da cuenta de la presencia de estos nobles en Segovia, Cronicón de Valladolid..., p. 88. Ibídem, p. 88. 93 Véase, de nuevo, a más de un siglo de distancia, la visión de D. Colmenares, Historia..., p. 107. 92
60
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 61
El combate por la legalidad
Isabel, no le prestaría la obediencia hasta años después. En el propio bando isabelino, las voluntades de adhesión parecen estar todavía en plena negociación. No se explica, si no, la carta de confederación que está fechada en Segovia, el día 27 de diciembre de 1474, entre el Cardenal Mendoza, el conde de Benavente, el almirante y el condestable de Castilla, confederación de amistad y hermandad mediante la cual declaran bajo juramento y pleito homenaje, su promesa de “aver de seguir e servir a la reina nuestra señora doña Isabel, como a reina y señora natural nuestra e de aquestos regnos, con el rey don Ferrando su legítimo marido nuestro señor, y avemos de guardar y guardaremos su servicio y personas y estado real como de nuestros reyes e señores” 94. ¿Cómo se entiende esta declaración de obediencia si el cardenal, el conde de Benavente y el almirante ya habían jurado y prestado homenaje a la reina en los mismos términos, varios días antes? La fragilidad de los compromisos adquiridos por todos estos nobles, a raíz de los acontecimientos vividos por todos ellos, se manifiesta también en los días de la formalización ritual de la obediencia a la reina. La confederación se pretendía extender al marqués de Santillana y al duque de Alburquerque, que no habían acudido todavía a la corte segoviana, pero, lo cierto es que, a pesar de que en esta confederación figure el nombre del condestable de Castilla, tampoco éste había acudido todavía a jurar personalmente a la reina Isabel 95. Como veremos, el condestable, que había sido nombrado también tutor de la princesa Juana, no prestó la obediencia a los nuevos reyes hasta más de dos meses después, habiéndose trasladado ya la corte a Medina del Campo. El rito de la obediencia se formalizó de forma fragmentada, alargándose más allá de los cuarenta días que las leyes castellanas disponían para su realización, ya que fue efectuado de forma discontinua a lo largo de los primeros cinco meses de 1475, coincidiendo con el momento mismo de iniciarse la guerra. Según se desarrollaran los acontecimientos militares y, según se produjeran las victorias, irían incorporándose a la obediencia los que hasta entonces habían obedecido o apoyado a la princesa Juana y al rey de Portugal. Por tanto, habría que distinguir entre la obediencia otorgada antes o después de la guerra. La obediencia que se prestó a Isabel antes del inicio de la guerra tuvo lugar en distintos lugares (primero, en Segovia, después en Santa María de Nieva, en Olmedo, en Medina del Campo, en Valladolid, en Toledo, en el monasterio de Guisando...), y en variados espacios. Uno de ellos fue el marco del palacio en donde residía la reina, en las casas que servían de residencia al obispo de Segovia, junto a la catedral, concretamente, en una gran sala baja del palacio que hacía las veces 94
Memorias de Enrique IV de Castilla. Colección diplomática compuesta y ordenada por la Real Academia de la Historia, II, Madrid, 1835-1913, doc. cvii, pp. 706-707. 95 El documento que se conserva sólo fue firmado por el cardenal, por Benavente y por el almirante, y sellado con sus respectivos sellos. No aparece ni la firma ni el sello del condestable, lo cual indica que no llegó a suscribirlo. Hasta el día 9 de marzo no otorgaría el condestable Pedro de Velasco la obediencia a los reyes. M.I. del Val llamó la atención sobre esta confederación que, en su opinión, fortalecía el partido isabelino, Isabel la Católica, princesa..., p. 360. Desde nuestro punto de vista, es más bien un reflejo de la fragilidad de todos estos compromisos.
61
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 62
Ana Isabel Carrasco Manchado
de salón del trono. Se conserva un cuadernillo conteniendo un registro con las obediencias prestadas, escrito por el secretario Alfonso de Ávila. En este registro queda constancia de los nombres de los que acudieron a dar la obediencia, del lugar en el que se prestaba, del día y de la forma de ejecutar el rito (personalmente o por procurador, indicando el nombre de éste). La fecha inicial corresponde al 21 de diciembre de 1474 96 y la fecha final al 30 de marzo de 1477. Durante las primeras obediencias, Isabel concedió también audiencia en el alcázar, y allí se dirigían los que iban llegando con sus séquitos. Estas idas y venidas de la reina, del palacio al alcázar, contribuían a solemnizar todo el proceso. Así por ejemplo, el día 22 de diciembre fue recibido en palacio por la reina, en primer lugar, el almirante de Castilla, Alfonso Enríquez, y, poco más tarde, en el alcázar, el conde de Treviño, Pedro Manrique (f. 28r). El día 26, de nuevo en el palacio, fue recibido Pedro de Luna, señor de Fuentidueña (f. 28v). Las obediencias iban siendo otorgadas sin esperar la llegada del príncipe de Aragón a Segovia, pero se aludía a su papel como legítimo marido de la reina en las fórmulas empleadas. Después del día 2 de enero, día de su entrada, el rey consorte se incorporaría al lado de Isabel en sus sillas reales de la sala del palacio o del alcázar segoviano. El resto de obediencias que figuran en el registro corresponden al día 2 de enero, día de la llegada de Fernando de Aragón a la ciudad, y a las fechas posteriores. El mismo día de la entrada del rey otorgó la obediencia el duque de Alburquerque, Beltrán de la Cueva. El día 3 la otorgaron Pedro de Mendoza, Sancho de Rojas y Diego de Rojas, hijo del conde de Castro. Pero la llegada del rey no altera la forma de ejecutar el rito, ni la fórmula empleada. Hasta el día 4 de enero no llegaron los primeros procuradores ciudadanos: según este documento, los regidores de la ciudad y tierra de Salamanca (f. 29r). El día 7 de enero el hijo del conde de Castro prestaba la obediencia en representación de su padre, previa presentación de un poder notarial. Ese mismo día otorgaba la obediencia Rodrigo de Ulloa, que decía representar a la ciudad de Toro, la segunda ciudad que obedecía a Isabel. Este dato resulta de sumo interés y muestra la historia de traición y fidelidad que hay, o puede haber, detrás de cada uno de los gestos rituales consignados en el acta de la obediencia. Recordemos que Rodrigo de Ulloa, excontador mayor de Enrique IV y contador mayor de los nuevos reyes, se encontraba ya en Segovia el día la proclamación. Fue el encargado de traer la noticia de la muerte del rey a su hermana Isabel, y de informar al concejo segoviano, instándoles a levantar pendones. Partidario incondicional, por tanto 97. El que prestara el juramento de obediencia como representante por la ciudad de Toro resulta sintomático de los 96
RAH, Ms. 9/7.161. El documento confirma las fechas aportadas por algunos cronistas: en efecto, el día 21 de diciembre acudieron al palacio el cardenal Pedro González de Mendoza, el conde de Benavente y Pedro López de Padilla. Al día siguiente llegó el almirante Alonso Enríquez (f. 28r). No confirma, sin embargo, la presencia del condestable. 97 Gonzalo Fernández de Oviedo dice de él, con cierto cinismo, que “Bien le pagó la reyna a Rodrigo de Ulloa las albriçias de la nueva que le llevó de la muerte del rey don Enrique, pues le hizo su contador mayor”, G. Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas, Madrid, 1983, I, p. 428. Recuerda también Gonzalo Fernández de Oviedo cómo en tiempos de Enrique IV, durante la entrada del rey en Jaén, fue
62
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 63
El combate por la legalidad
golpes de mano que tuvieron que efectuar los hombres del consejo isabelino, valiéndose de su poder e influencia en las villas de su procedencia. Rodrigo de Ulloa pertenecía a uno de los linajes principales de Toro, ciudad que, como tantas otras, se hallaba fracturada por la lucha de bandos. Él mismo combatía en el bando contrario a su hermano, Juan de Ulloa, alcaide de la fortaleza, que optó por seguir el partido de Juana. Rodrigo de Ulloa se valió de su mujer, Aldonza de Castilla, para alzar pendones en Toro por la reina Isabel 98 y él mismo, aprovechando su presencia en Segovia, otorgó la obediencia en nombre de la ciudad. El rito de obediencia, tal y como se celebró ante Isabel, consistió en una secuencia de juramento y pleito homenaje en torno a la fórmula declaratoria de obediencia 99, fórmula coincidente con la fórmula de aclamación que se pronunció en la ceremonia principal de proclamación y en los distintos levantamientos de pendones en las ciudades y villas: Isabel era obedecida como reina propietaria y señora natural, y Fernando, como su legítimo marido. Los días de la obediencia en Segovia, coincidiendo en parte con la celebración de la Navidad, permitieron a Isabel promocionar su figura personal frente a la de su marido. Al mismo tiempo, proporcionaba el espacio para escenificar una imagen de consenso en torno a su sucesión, imagen que, aunque fragmentaria, supieron recomponer los cronistas posteriores. Quedaba la última pincelada para terminar de perfilar el marco, que era, la llegada del gran ausente: el príncipe de Aragón. 1.5. La falsa proclamación de Fernando de Aragón: “Oy, viniendo a esta ciudat, en el campo, fuemos jurado e alçado por rey destos regnos” (2 de enero de 1475) Mientras Isabel recibía en Segovia la obediencia de algunos de los grandes, Fernando, que viajaba desde Aragón, se dirigía a la ciudad, a cuyas puertas llegó el día 2 de enero de 1462. El escenario al que se incorporó el príncipe resultaba imprecado por el condestable Lucas de Iranzo: poniéndole la lanza en los pechos, le dijo “Teneos fuera, Rodrigo de Ulloa, que la cibdad de Jaén no suele acoger traidores, sino a los que fueron leales a mi señor”, y acto seguido le cerró la puerta “en las narices”, G. Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas, Madrid, 2000, III, p. 390. 98 Fue un “golpe de fuerza”: “Hizo alçar doña Aldonça de Castilla, por aviso de su marido Rodrigo de Ulloa, por fuerça e contra la voluntad de Johán de Ulloa e sus parçiales”, G. Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas, I, p. 429. Rodrigo de Ulloa se jactaba de haber sido Toro el segundo lugar, después de Segovia, en alzar pendones por Isabel (ya hemos visto que Alfonso Carrillo decía lo mismo de su villa de Alcalá de Henares). 99 “En presençia de su señoría dieron la obediençia a la dicha señora commo a su reyna e señora natural e la obedescieron por Reyna e Señora destos dichos reynos e al señor rey don Fernando por Rey dellos commo a su legítimo marido e fesyeron juramento en forma sobre la señal de la cruz y por las palabras de los santos evangelios de los obedesçer e tener ommo a rey e reyna de los dichos reynos e el dicho conde de Benavente fiso plito e omenaje en manos de don Furtado de Mendoça cavallero e ome fijodalgo que dél lo resçibió segúnd fuso e cosstumbre de España çerca dello e otorgaron carta fuerte e fyrme quel paresciese signada de mi signo. Testigos, el maestro fray Alfonso de Burgos, capellán mayor de la dicha señora reyna e el contador Gonzalo Chacón e Gutierre de Cárdenas e el dottor Gonzalo Lópes de Madrid, todos del consejo de la dicha señora reyna”, RAH, ms. 9/7161, f. 28r.
63
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 64
Ana Isabel Carrasco Manchado
más propicio para las solemnidades, que el que se había encontrado Isabel la tarde de su proclamación en solitario. El ambiente segoviano había cambiado desde el día de la proclamación. La presencia de algunos grandes, del cardenal Pedro González de Mendoza y del arzobispo de Toledo Alfonso Carrillo, otorgaba al proceso apariencia de legalidad al contar con el reconocimiento explícito de personajes tan destacados políticamente. Conocemos bastante bien cómo se desarrolló la entrada de Fernando de Aragón en Segovia, gracias a la misma acta municipal que relató la ceremonia de proclamación de Isabel. Nos encontramos, en este caso, con una circunstancia parecida de confusión entre las informaciones cronísticas y los hechos de los que da fe el escribano del concejo. Nuevamente, tal confusión ha provocado alguna que otra afirmación equivocada en obras históricas posteriores, inducida por la intención propagandística o manipulada de los propios agentes que rodeaban al príncipe de Aragón en esos momentos. La intención de la propaganda fernandina, orientada, fundamentalmente, hacia la corte del rey Juan II de Aragón, pretendía hacer pasar los rituales oficiados al marido de la reina ese día como una ceremonia de proclamación en toda regla, intentando así subsanar la “anomalía” percibida en la proclamación solitaria de Isabel. Esta estrategia puede observarse si comparamos la información notarial con el relato de los cronistas y el de otros escritos que partieron hacia Aragón. Después del fracaso del golpe de Estado propiciado por parte de la nobleza en 1465 y frustrado por la muerte del infante Alfonso en 1468, se afianza la idea de entronizar en Castilla al príncipe de Aragón. Su padre, el rey Juan II, tenía una voluntad clara y definida en este sentido y un proyecto cuyo desarrollo puede trazarse en sus respectivas etapas, analizando la documentación aragonesa. El dominio del Señorío de Vizcaya en 1473 y la usurpación del título para Isabel y su marido, fue un jalón importante. La muerte del rey Enrique es la culminación del proceso que, para los aragoneses, no podía tener otra consecuencia que la proclamación de Fernando de Aragón como rey de Castilla. Pero es evidente que la mayor parte de la nobleza castellana no iba a ceder en algo tan decisivo para el mantenimiento de su estado como entregarse a la voluntad del futuro rey de Aragón. La personalidad de la propia infanta Isabel, fraguada a lo largo de la guerra civil, contribuyó a no ceder en sus pretensiones de ejercer el poder. Este estado anímico de ambas partes se aprecia claramente en la carta que escribió el consejero real Alfonso de la Caballería a su señor, el rey de Aragón, el 24 de diciembre de 1474, desde la villa soriana de Almazán, señorío de Pedro de Mendoza, en donde se detuvo el príncipe de Aragón con su comitiva a pasar las Navidades, antes de continuar su viaje hacia la corte isabelina de Segovia. Para Alfonso de la Caballería, es el príncipe Fernando el que, sin ninguna contradicción, ha sucedido en Castilla: “Después quel senyor rey de Castilla, vuestro fijo, partió de Zaragoza, de paso en paso ha recebido cartas, primero del arzobispo de Toledo,
64
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 65
El combate por la legalidad
enpués del cardenal, significantes la quieta y pacífica sucesión de su alteza en estos regnos de Castilla” 100.
No hay en su carta ningún reconocimiento de la condición de Isabel como propietaria, únicamente la mención, objeto de la carta, a la enemistad entre la reina y su marido, y la petición al rey de Aragón de que medie en la discordia, en nuestra opinión, probablemente, para convencer a Isabel de que ceda su derecho: “Que vos, senyor, interposéys vuestras veces con su alteza y con la senyora reyna, su muger, enamorándolos de la unión y concordia dellos, sus beneficios que de aquesto resultan, conminando y reprobando la discordia y diferencias dentre ellos, los danyos inconvenientes que desto les podría siguir. (...) Y como sabe vuestra alteza, no es esto sin alguna sospecha de tal sinistro, pues es cierto que el regno no recibe muchos reyes, y el reinar no comporta conpany´a, y los caballeros de Castilla, aunque bien vengan a esta sucesión, es en algunos porque ál non pueden facer”.
La sucesión a la que se refiere Alfonso de la Caballería, no es otra que la de Fernando como rey propietario de Castilla (nótese que Isabel es nombrada como la senyora reyna, su muger). La desconfianza hacia la nobleza castellana es absoluta y queda patente el reconocimiento de que la sucesión de Fernando pende de un hilo: “Pero bien se comprende que a este punto están con las orejas alzadas, y se dispornán para prepararlo quanto peor podrán” 101. Así pues, queda puesta de manifiesto la necesaria labor de negociación que, ya durante el viaje de Fernando a Castilla, se entabló para fijar la posición de ambos cónyuges en una situación no acostumbrada, como era, la existencia de una sucesión doble, una monarquía con dos cabezas reales, negociación que culminaría con la firma de las capitulaciones llamadas Concordia de Segovia. Pero, hasta entonces, quedaba por fijar el protocolo de la ceremonia de recepción de Fernando en la corte. Los testimonios escritos que de estos rituales nos han llegado, reflejan el conflicto entre las partes y la voluntad de no ceder la preeminencia real. Fernando de Aragón cruzó la frontera de Aragón con Castilla a toque de trompeta, proclamando su condición de rey, señalada por el pendón real de Castilla 102. 100
La carta continúa con una declaración que, a nuestro juicio, revela el proyecto largamente planeado de desplazar del trono a Enrique IV, entronizando en su lugar a Fernando en Castilla: “Y sin duda es tal segúnt lo que honbre siente y vee, y quanto a mi nunca me pareció otro, viendo las muertes del maestre y aprés del rey don Anrique, obstáculos de aquesta sucesión”, Memorias de don Enrique IV..., p. 705, los párrafos citados más arriba, corresponden a esta edición y página. 101 Ibídem, p. 705. En esta comitiva viajaba también el cronista Alfonso de Palencia. Sus conversaciones con Alfonso de la Caballería debieron inspirar el relato de sus Décadas, analizado más arriba, en el que da cuenta del enfado de Fernando de Aragón y de sus consejeros sobre la forma de proclamarse reina su mujer Isabel. Él mismo se atribuye todo el mérito de la iniciativa de mediación entre Fernando e Isabel (véase, Década III, L. I., C. II, p. 163). No habría que descartar el que, buena parte de la desconfianza que muestra Alfonso de la Caballería en esta carta se deba a la influencia negativa de Alfonso de Palencia. 102 “Llegó el rey a Ariza, donde sólo permaneció una noche; pero, en atención a ser la línea divisoria de los
65
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 66
Ana Isabel Carrasco Manchado
Azotada por un tiempo inclemente, la comitiva atravesó Berlanga de Duero; en medio de una borrasca de nieve, posó en Burgo de Osma; cruzó a duras penas, a causa de la nieve helada, Aranda de Duero y llegó a Sepúlveda el día 30 de enero, con la nieve derretida por la lluvia nocturna amenazando a las acémilas. El día 31 de diciembre se hospedaron en Turégano, villa desde la que el obispo de Segovia, Juan Arias de Ávila, seguía los acontecimientos. Aquí Fernando permaneció con su séquito tres días, según el cronista Alfonso de Palencia, “disponiendo detenidamente lo necesario para la coronación” 103. Y en este punto es preciso detenerse en la manipulación del cronista. Los preparativos que estaban teniendo lugar en Segovia correspondían a una ceremonia muy distinta a una coronación, ni siquiera se amoldan a la usual proclamación, que no volvió a repetirse. Pero Palencia insiste en seguir presentando a toda costa a Fernando como titular de la corona. En las pocas líneas de su crónica que tratan estos hechos podemos indicar varias interpretaciones que quedan desmentidas por los datos documentados: en primer lugar, el buen acogimiento que le tributó el obispo de Segovia Arias de Ávila, “grato como siempre”, según su expresión. No hay que descartar el que la hospitalidad del obispo encubriera una intensa labor de negociación, ya que el obispo aún no había otorgado la obediencia, ni a la reina, ni a Fernando. Y no se la otorgó ese día: hasta el día 24 de enero, no juró a los reyes, y ni siquiera lo hizo personalmente, sino que fue su hermano Pedro Arias de Ávila quien juró en el palacio segoviano por los dos. Pero esta obediencia no fue todavía lo suficientemente firme y casi un mes después, el 17 de febrero de 1475, fue ratificada de nuevo en la iglesia catedral, de forma más solemne, pero sin que por ello el obispo jurara en persona, sino que delegó en un canónigo 104. Continúa Palencia diciendo que acudieron a Turégano, Alfonso Enríquez, almirante de Castilla y Pedro Manrique, conde de Treviño. Este dato está confirmado por la presencia en Segovia desde el 22 de diciembre de estos dos nobles, leales al príncipe de Aragón, pero no es cierto la afirmación de que en Segovia eran “muchos” los grandes que acompañaban a la reina y la importunaban con “sospechosas astucias”. Con la excepción de estos dos grandes, sólo se encontraban, entre los grandes, Rodrigo Pimentel, conde de Benavente, al que podríamos sumar el cardenal Pedro González de Mendoza. El mismo día que entró Fernando de Aragón en la ciudad, el día 2 de enero, prestó la obediencia Beltrán de la Cueva, duque de Alburquerque (se encontraba presente el día de la entrada del rey). Pero, la manipulación más evidente del cronista Alfonso de Palencia corresponde al silencio absoluto referido a los hechos ceremoniales del día 2 de enero, el día de la entrada solemne. Alfonso de Palencia no dudó en utilizar una técnica tan reinos de Aragón y Castilla, resolvió proclamar al toque de las trompetas algunos de los atributos de la majestad real para que luego, por el pendoncillo que seguía, conociesen los vasallos más fácilmente que era el rey el que atravesaba sus tierras”, A. de Palencia, Década III, L. I, C. II, p. 162. 103 A. de Palencia, Década III, L. I, C. III, p. 165. 104 Las dos obediencias quedaron registradas en: RAH, ms. 9/7.161, f. 28.
66
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 67
El combate por la legalidad
querida por él, frecuentemente utilizada en su crónica como argumento de propaganda anti-enriqueña, técnica basada en el discurso en torno a las ceremonias reales. El tema del capítulo V del libro I de la Década III pretende poner de manifiesto la maldad de los grandes y de sus secuaces y las maquinaciones contrarias a la figura del príncipe Fernando; la descripción de una ceremonia solemne en la que Fernando es honrado y bien recibido hubiera contradicho la pretendida oposición del entorno isabelino 105. Del mismo modo, si hubiera descrito la ceremonia del 2 de enero, hubiera quedado manifiesto el hecho de que se trataba, en realidad, de una entrada real, y no de una “coronación”. Otro cronista que escribe cercano a los hechos, el anónimo autor de la Crónica incompleta, no tuvo, sin embargo, ningún reparo a la hora de describir la ceremonia, pero puso especial cuidado en disfrazar los elementos rituales y en resaltar la emotividad del momento, de tal manera que la figura de Fernando de Aragón quedara ensalzada como rey amado por todos. Hemos de detenernos en esta narración pues constituye un paso más en la construcción del falso relato de la proclamación real de Fernando. El título del capítulo correspondiente indica claramente la intención del cronista: “Cómo el prínçipe entró en Segovia y con qué solenidades fue alçado por rey”. Este relato sirvió de inspiración a la descripción que posteriormente hizo de toda la ceremonia el cronista Diego de Colmenares. La vistosidad de la escena narrada aseguraba así la preferencia de este cronista barroco: “Llegados todos los mayores del reyno en Segovia, a (...) días de deziembre, el prínçipe llegó a dos leguas de Segovia, y allí fueron todos los grandes a le besar la mano y con grand triunfo de diversos instrumentos y juegos y danças de todas tres leyes venían las gentes delante, hambrientas de rey virtuoso y justiçiero, perdiendo de plazer el seso. Y el prínçipe, allegado cabe los arravales de la çibdad, donde los grandes todos se juntaron y regidores de Segovia para le dar la obediençia, fuele quitada una loba de luto que por la muerte del rey don Enrique tray´a, y quedó debaxo en una ropa roçagante de hilo de oro aforrada en martas, segúnd la frialdad del tiempo, y así ricamente vestido, cuya usança no era del rey don Enrique, que jamás se quiso vestir como rey, sino de comunes traxes. Como a este prínçipe vieron las gentes en ábito real, la voz de su apellido ponen en las alturas del çielo, y así le llevan debaxo de un paño brocado todos los regidores, segúnd usada costumbre destos reynos, y el cardenal d’España y el arçobispo de Toledo le llevan en medio, y los instrumentos sonando y los juegos y´ fiestas de moros, judíos y 105
Vicens Vives, que fue uno de los primeros historiadores en criticar abiertamente el crédito sobrevalorado que se ha otorgado en la historiografía a Alfonso de Palencia, ya detectó el silencio sospechoso de esta importante ceremonia: “Se calló esta ceremonia que tan poco cuadraba con el bilioso tema de su discurso” (J. Vicens Vives, Historia crítica de la vida y reinado de Fernando II de Aragón, Zaragoza, 1962, p. 394).
67
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 68
Ana Isabel Carrasco Manchado
christianos festejando, mansamente lo meten en los arravales de la çibdad, y por el día ser corto y la obra larga, ante que entrase vino la noche, delante del qual [llevaban] infinitas antorchas ardiendo, y así, triunfosamente, fue levado fasta la yglesia mayor, donde ofreçidas las oraciones que por tales merçedes a Dios se deven hazer, se vino [a] aposentar en unos palaçios reales donde la reyna con entrañable amor le haze aquellas discretas mesuras, y él a ella, que entre reyes tan grandes se deven hazer. Y después que en presencia de todos çenaron, platicando en cosas diversas y de plazer, pasaron grand parte de la noche, y así de las gentes retray´dos” (Crónica incompleta, pp. 132-134).
Hemos subrayado en letra cursiva los elementos que resultan alterados, sobrevalorados o tergiversados, de tal manera que el lector u oyente de la crónica pudiera creer que la recepción de Fernando era una proclamación real. En primer lugar, cabe destacar el esfuerzo por representar una imagen de consenso y de acatamiento en torno al príncipe de Aragón, considerado como el rey virtuoso y deseado por todas las gentes. Afirma el cronista que en Segovia se hallaban ya todos los mayores del reyno, y todos los grandes acudieron a dos leguas de la ciudad (con toda seguridad, Turégano) a besarle la mano, pero ya hemos indicado (y en este punto Palencia no parece mentir) que los que estaban presentes eran el almirante y el conde de Treviño. Fueron únicamente ellos los que, antes de su entrada, le recibieron besándole la mano. Este gesto de besamanos podría, quizá, entenderse como una confirmación de la obediencia, pero, en ningún caso como la obediencia en sí, ya que ambos grandes, como hemos recordado, ya habían prestado la obediencia, según la fórmula oficial (Isabel, como reina y señora, y Fernando, rey como su legítimo marido), el día 22 de diciembre. Se trataba del besamanos habitual que se ofrece al rey siempre que éste es recibido o saludado. De nuevo insiste el cronista en que, a las puertas de la ciudad, “los grandes todos se juntaron y regidores de Segovia para le dar la obediençia”. El acta municipal cita a los grandes que se encontraban presentes, que no eran sino el almirante y el conde de Treviño, como hemos indicado, y el duque de Alba y el duque de Alburquerque, que muy probablemente viajaban con Fernando de Aragón. A ellos se unieron, efectivamente, los regidores, pero para recibir a Fernando de Aragón con el rito de entrada real que veremos descritos en el acta del concejo. Un elemento esencial en esta descripción se centra en el vestido regio. Fernando de Aragón llegó a Segovia vestido de luto, como correspondía a la expresión del duelo por el rey difunto, y en el momento de entrar a la ciudad cambió sus ropas por un espléndido traje indicador de la majestad real. Da la impresión de que el propio príncipe de Aragón, privado de la proclamación, se dispusiera a simular, en la medida de lo posible, alguno de los ritos que componen dicha ceremonia. El cambio de atuendo de luto por ropas reales es uno de sus ritos. El príncipe aragonés venía vestido para una proclamación. El efecto que esta mutación del vestido real provocó en las
68
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 69
El combate por la legalidad
gentes, según el cronista, fue que comenzaron a elevar la voz de su apellido. Se trata, sin duda, de una forma sutil de insinuar que Fernando fue aclamado como rey. La aclamación es sustituida por el apellido pronunciado por las gentes. A continuación, el cronista se centra en el recibimiento bajo palio rico de brocado que, según él mismo declara, es uso acostumbrado del reino; pero sin puntualizar que es de uso acostumbrado, en las entradas reales, y no en las proclamaciones 106. El palio habría sido confeccionado los días previos a la entrada. Es un elemento simbólico importante en las entradas reales, símbolo de la reverencia ciudadana hacia la soberanía regia y un acto de honor para los regidores que sostienen las varas. Por último, las referencias a las alegrías que se tributaron a Fernando de Aragón, con intervención de los mudéjares y de los judíos, que acudieron con sus juegos y danzas, remite también al deseo de recalcar la imagen de consenso en torno a la figura real, empleando para ello referencias a la veneración y aprecio popular. Hubo tiempo suficiente para organizar con esmero los actos ceremoniales de recepción y, es posible que fueran convocados obligatoriamente, como solía suceder en otras partes del reino en solemnidades semejantes. Detrás de la preparación de esta ceremonia estaban la reina y sus consejeros. En relación con los espacios que se citan en la narración, es preciso observar que el cronista dice que, antes de ir al palacio, las gentes acompañaron al rey por los arrabales de la ciudad hasta la iglesia catedral, donde realizó las correspondientes oraciones. Si esto fue así, se supone que el rey atravesó prácticamente toda la ciudad hasta llegar a la catedral. No hay por qué desconfiar del cronista en este punto, puesto que es frecuente en las entradas reales realizar algún acto litúrgico que permitiese la participación del clero de la ciudad, pero lo cierto es que el acta del concejo que recoge la ceremonia dice que Fernando se dirigió directamente al palacio real. Si el príncipe de Aragón rezó en la catedral, como Isabel lo hizo en San Miguel el día de su entronización, lo hizo para así completar la legitimidad religiosa de los actos ceremoniales. Sea como fuere, Fernando, finalmente, se dirigió al palacio, donde le esperaba Isabel y este hecho sí es confirmado por el acta municipal. El que Isabel no acudiera junto al cardenal y al arzobispo a esperar a su marido a la puerta de San Martín subrayaba simbólicamente el protagonismo de la reina. La soberanía es una y como tal debe quedar representada en las ceremonias. Isabel se arriesgaba a confundir su papel de reina proclamada propietaria de los reinos, con el de Fernando, rey consorte. El único lugar posible para salvaguardar sus prerrogativas 106
El uso del palio en las entradas reales castellanas ha sido documentado a partir de las crónicas, por primera vez, en el recibimiento ofrecido a Alfonso XI por la ciudad de Sevilla en 1327, primera entrada real de este monarca tal y como la describe la Crónica de Alfonso XI (R. Cómez Ramos, “Las fuentes de una mentalidad lúdica y festiva”, Imagen y símbolo en la Edad Media andaluza, Sevilla, 1990, p. 119). Hay que adelantar, por tanto, casi un siglo, la datación de Rosana de Andrés (“Las ‘entradas reales’ castellanas en los siglos xiv y xv, según las crónicas de la época”, En la España Medieval, 4 (1984), 48-62; cita en p. 54, que lo documenta a partir del reinado de Enrique III. La fecha de 1327 resulta bastante precoz, teniendo en cuenta que, según Bernard Guenée, el palio está documentado en las entradas reales francesas a partir de 1389 (Occidente en los siglos XIV y XV, Barcelona, 1985, p. 32).
69
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 70
Ana Isabel Carrasco Manchado
simbólicas era esperar en el palacio, prolongación simbólico-espacial de la realeza. A partir de este momento, los dos monarcas tendrán que llegar a un acuerdo sobre la forma de mostrar su majestad real, iniciándose una especie de pugna ritual, cada vez que participen en las ceremonias monárquicas. La cuestión de fondo, quién de los dos debía asumir el poder real de manera efectiva, tiene su variante simbólica, que no puede ser desdeñada puesto que afecta a la propaganda que emiten cada uno de los dos monarcas a sus respectivos valedores castellanos y aragoneses. Estos y otros aspectos de gobierno quedaron, de momento, resueltos con la concordia a la que llegaron dos semanas después, el día 15 de enero, pero, a lo largo de todo el reinado podremos percibir fricciones en el nivel de la representación simbólica de la pareja real. El siguiente paso que marca la consolidación de la imagen de la falsa proclamación de Fernando de Aragón como rey propietario de Castilla y de León lo constituye la llamada Crónica castellana, o Crónica anónima de Enrique IV, probablemente escrita entre 1477 y 1482 para el arzobispo Carrillo. En uno de sus manuscritos se incluye este mismo capítulo que recoge la Crónica incompleta, redactado prácticamente en los mismos términos, aunque abreviando algunas frases. El título del capítulo sugiere también que en la ceremonia Fernando de Aragón fue alzado rey 107. Coincide esta crónica en todos los aspectos que hemos resaltado, referidos a la representación del consenso y a la emulación de los ritos sucesorios. Pero hay un pequeño detalle en el que difiere de la Crónica incompleta, fundamental para terminar de perfilar el relato como el de una proclamación: “Y por el día ser corto y la obra larga, ante que entrase vino la noche, delante del qual [llevaban] infinitas antorchas ardiendo, y así, triunfosamente, fue levado fasta la yglesia mayor, donde ofreçidas las oraciones que por tales merçedes a Dios se deven hazer, se vino [a] aposentar en unos palaçios reales donde la reyna con entrañable amor le haze aquellas discretas mesuras, y él a ella, que entre reyes tan grandes se deven hazer. Y después que en presencia de todos çenaron” (Crónica incompleta, p. 133). “E con las muchas fiestas no pudo llegar de día a la yglesia maior e allá dada la obediençia, se vino a palaçio, donde halló a la reina que le salió a reçibir y hechas sus mensuras çenaron públicamente” (Crónica castellana, p. 483).
Según esta crónica, Fernando de Aragón asistió a una ceremonia de obediencia en el marco de la catedral, lo que equivale a sugerir que Fernando fue jurado en la catedral. El cronista añade un interpretación que faltaba en la Crónica incompleta, en la que sólo se dice que Fernando acudió a la catedral para orar. 107
“Cómo el prínçipe entró en Segovia a donde fue alçado por rey”, Crónica castellana..., p. 483.
70
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 71
El combate por la legalidad
Pero, ¿cómo se desarrolló realmente la ceremonia de recepción del príncipe de Aragón en Segovia? Nuevamente hemos de recurrir, como relato más fiel, al acta municipal redactada por el escribano del concejo García de la Torre 108. Fernando de Aragón llegó a la puerta de San Martín el día 2 de enero y allí, “por parte de fuera”, le esperan el comendador Diego de Avellaneda, corregidor de la ciudad, y un grupo de cinco regidores del estado de caballeros y escuderos, y dos regidores del estado de hombres buenos, junto con el letrado del concejo y el escribano Pedro García de la Torre. Los regidores, con un breve razonamiento, pidieron al rey que jurara los privilegios y libertades de la ciudad: “Suplicavan e suplicaron a la alteza del dicho señor rey que, pues su señoría nuevamente venía a reynar en estos reynos como marido legítimo de la muy alta e muy poderosa reyna e señora la reyna doña Ysabel nuestra señora natural e señora e propietaria destos dichos reynos e quería entrar en la dicha cibdad a ser rescebido por su rey e señor como su legítimo marido que los prometiese e otorgase e jurase todas aquellas cosas e cada una dellas que por la dicha señora reyna les fueron otorgadas e prometidas al tienpo que en esta dicha cibdad fue rescibida e obedecida por reyna e señora natural propietaria destos dichos reynos entre las quales son que su señoría guardara a la dicha cibdad e al concejo e regidores e cavalleros e escuderos e vecinos de la dicha cibdad todos sus previllejos e esenciones e libertades e las otras cosas que la dicha señora reyna doña Ysabel nuestra señora por parte de la dicha cibdad fueron suplicadas e por su alteza les fueron otorgadas e prometidas e juradas lo qual todo el dicho señor rey otorgase e prometiese e ratificase e afirmase e aprovase” (Acta..., p. 27).
En consecuencia, Fernando, prestó juramento de forma solemne: “El dicho señor arzobispo de Toledo tomó en sus manos un libro en que estavan escriptos los Santos Evangelios e una qruz de plata e tomó juramento en forma al dicho señor rey e dixo el dicho señor rey quél jurava e juró a dios e a la señal de la qruz † en que puso su mano derecha corporalmente e a las palabras de los santos evangelios que estavan escriptos en el dicho libro en que asimismo puso su mano derecha quel que guardará a la dicha cibdad e al concejo regidores e cavalleros e escuderos vecinos de la dicha cibdad todos sus previljos e esenciones e libertades e todas las otras cosas que la dicha señora reyna doña Ysabel nuestra señora por parte de la dicha cibdad le fueron suplicadas e por la dicha señora reyna les fueron otorgadas e prometidas e las juró al tiempo que por ellos fue rescebida e obedescida por su reyna e señora natural lo quél su señoría afirmava e 108
Se encuentra en el mismo traslado que copia el acta de proclamación de Isabel. Seguimos la misma edición de Mariano Grau. Las páginas entre paréntesis incluidas en el cuerpo del texto corresponden a ésta.
71
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 72
Ana Isabel Carrasco Manchado
aprovava e echada la confusión del dicho juramento el dicho señor rey dixo si juro e amen” (Acta... pp. 27-28).
A continuación, los regidores por su parte prestan obediencia a Fernando de Aragón como legítimo marido de la reina, pero sin volver a prestar juramento individual, ya que consideran que ya juraron el día de la proclamación de Isabel: “E luego los dichos corregidor e regidores de la dicha çibdad e dottor Sancho García susodichos por virtud del dicho poder dixeron quellos por sí e en nonbrre de la dicha çibdad e por ella que le obedescían e obedescieron e rescibían a su alteza como a marido legítimo de la dicha nuestra señora la reyna por su rey e señor e que le prometían e prometieron por sí e en nonbre de la dicha çibdad e por ella aquella fidelidad e obedencia que le prometieron quando rescibieron e juraron en ella a la dicha señora reyna e so aquel mesmo juramento que entonces ficieron” (Actas... p. 28).
Acto seguido, según el uso de una entrada real, Fernando atraviesa la puerta, y es recibido bajo palio de brocado por un grupo de regidores del estado de caballeros y escuderos y del estado de hombres buenos: “Tomaron e rescibieron a la dicha puerta de Sant Martín al dicho señor rey so un paño brocado de oro e de seda carmesí que tenían puesto sobre unas varas e así entró en la dicha cibdad en aparato real fasta su palacio” (Acta... p. 28). Así pues, contrariamente a lo que los cronistas quieren sugerir, la ceremonia descrita por las actas municipales sigue los pasos habituales de las entradas reales, no los de las proclamaciones reales. Fernando de Aragón no juró las leyes del reino, como había hecho Isabel, sino que jura los privilegios de la ciudad de Segovia; Fernando no es jurado, a su vez, por los presentes, sino que únicamente recibe la confirmación de la obediencia de los regidores segovianos. Fernando se incorpora a un proceso ceremonial más amplio, en el que figuran los homenajes de los representantes de los sectores del reino que participan en el juego político. A Fernando se le otorga recibimiento real en la ciudad, como “rey y señor”, pero el escribano del concejo anota los detalles jurídicos que instituyen a cada persona real en el lugar que ocupan en la dignidad real: “Pues su señoría nuevamente venía a reynar en estos reynos como marido legítimo de la muy alta e muy poderosa reyna e señora la reyna doña Ysabel, nuestra señora natural e señora e propietaria destos dichos reynos” (Acta..., p. 27). La fórmula revela tal concreción que no hay que descartar que hubiera sido dictada al concejo por los propios consejeros isabelinos. La entrada real es una ceremonia que actúa como ritual de paso y de institución confirmatorio de la proclamación. En este caso, el uso de la fórmula que emplearon los procuradores tenía un poder constituyente. A partir de entonces, Fernando de Aragón no podría reclamar otra fórmula alternativa 109. 109
La concreción de la fórmula empleada en la recepción de Fernando hace pensar en que, posiblemente,
72
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 73
El combate por la legalidad
Hasta tal punto los cronistas coetáneos quisieron disfrazar la ceremonia de entrada real que omitieron el rito esencial en este tipo de ceremonias, la jura de los privilegios segovianos a las puertas de la ciudad. Pero los cronistas aludidos no son autores ajenos al sentir de parte de los actores políticos del momento. El príncipe Fernando y su entorno crearon la misma confusión para fabricar la propaganda política que en esos días circulaba por su reino de Aragón. El mismo día dos de enero, Fernando firmaba cartas con dirección a los dominios de su padre para tranquilizar al rey y al resto de autoridades sobre el éxito de su “proclamación”. Les informaba de que su proclamación había tenido lugar ese día, y, sin embargo, legalmente ya había tenido lugar anteriormente, el día 13 de diciembre. A pesar de que la primera entrada real de Fernando en Segovia poseía en sí misma un carácter legitimador de la autoridad regia, Fernando prefirió transmitir a Aragón una imagen mucho más favorable. Su entrada suponía una verdadera entronización en Castilla, una ceremonia de alzamiento. Los términos de la carta del día 2 al secretario Juan de Coloma, así lo expresan: “El rey de Castilla, de León e de Sicilia, primogénito de Aragón. Secretario, oy, viniendo a esta ciudat, en el campo, fuemos jurado e alçado por rey destos regnos, por la mayor parte de los prelados, duques, condes, barones e procuradores de las ciudades e villas dellos, e después entramos en la ciudat donde, con muy gran fiesta e alegría, fuemos recebidos por rey, lo qual, por vuestra consolación, vos mandamos avisar con Diego Pérez, official de buestra casa. Dase en la nuestra ciudat de Segovia, a dos de enero del anyo 1475. Yo el rey. Firmado Arinyo secretario” 110.
Ni las crónicas coetáneas ni el acta segoviana mencionan ningún juramento solemne realizado por nobles ni procuradores, ni tampoco se dice que Fernando jurara las leyes del reino. Cuando Fernando de Aragón se refiere a que fue jurado en el campo, únicamente puede relacionarse con el gesto de obediencia con que le saludaron algunos nobles, cuyos nombres ya hemos mencionado. La voluntad de aparentar un consenso unánime de los representantes de todo el reino llama también poderosamente la atención, pues sabemos que los primeros procuradores ciudadanos que acudieron a Segovia a prestar la obediencia fueron los de Salamanca, y llegaron el día siete de enero 111. En cuanto a los prelados, junto a los indudablemente importantes que recibieron al rey en ya estaba prevista la firma de un pacto como el que tuvo lugar el día 15 de enero, la conocida Concordia de Segovia mediante la cual se fijó el papel que Fernando habría de desempeñar en la administración y gobernación del reino, así como su posición en los emblemas representativos de la monarquía (moneda, sellos, cartas...). La concordia suponía, en cualquier caso, el reconocimiento por parte de Fernando de Aragón de la condición de Isabel como propietaria de los reinos (véase la Concordia de Segovia (1475), est. y ed. Diego Navarro y Concepción Marco, Zaragoza, 1999). 110 BNE, ms. Res-226, n.º 47. 111 RAH, ms. 9/7.161. El día 22 de diciembre figura como testigo en la obediencia del almirante Alonso de Valladolid, regidor de esta villa. Antes del día 7 no hay obediencias de procuradores ciudadanos.
73
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 74
Ana Isabel Carrasco Manchado
su entrada, el cardenal Mendoza y el arzobispo Carrillo, figura además en el acta municipal el obispo de Ávila, Alonso de Fonseca, pero ningún otro obispo pudo recibir a Fernando. El obispo de Segovia no parece que se haya movido de su residencia de Turégano, habida cuenta de que no había obedecido aún a la pareja real, y hasta el día ocho de enero no consta en el registro de obediencias las prestadas por prelados (el obispo de Salamanca, que no acudió personalmente, sino que juró por procurador, y el obispo de Córdoba, que hizo lo mismo; el catorce y el diecinueve de enero recibirían las de los obispos de Plasencia y de Coria, igualmente por poderes) 112. La carta del príncipe Fernando no se corresponde con la realidad de los hechos, sino con su deseo de no defraudar las expectativas aragonesas. Idéntica carta fue enviada a los consellers catalanes 113 y a la ciudad de Valencia, a la llegada de la cual, el día diez de enero, las autoridades ciudadanas, que consideraron al rey de Sicilia el nuevo rey de Castilla, organizaron solemnes fiestas com si fossen dies solemnes de Nadal o de Pascha 114. El día catorce de enero se pregonó la buena nueva, reiterando los términos que calificaban su recibimiento de alzamiento y jura 115, y esa misma noche se encendieron luminarias. Al día siguiente se organizó una procesión de acción de gracias hasta Nuestra Señora de Gracia y, los tres días que siguieron, domingo, lunes y martes, todos los oficios, menestrales y artistas danzaron con sus juegos e invenciones: tres días exclusivamente dedicados a las fiestas y a la celebración. Los jurados, durante las celebraciones, vistieron ropas de color verde, en señal de alegría 116. En total, fueron cinco los días en los que los valencianos fueron sustraídos de su cotidianidad para festejar la buena fortuna del primogénito de Aragón. La ciudad había respondido a las demandas simbólicas de la realeza: celebrar con las mayores muestras de alegría la entronización en Castilla. Así pues, la versión oficial legada a la posteridad insistió en que Fernando de Aragón había sido jurado rey en Castilla. Las crónicas coetáneas y la propaganda fernandina intentaron, de este modo, compensar el protagonismo que Isabel supo con gran habilidad asumir organizando rápidamente su proclamación. En siglos posteriores continuarán las explicaciones justificativas. Jerónimo 112
RAH, ms. 9/7.161. La carta se conserva en el Archivo Histórico de la ciudad de Barcelona, T. de Azcona, Isabel la Católica..., p. 246. 114 El detalle de los actos conmemorativos en: Libre de memòries de diversos sucesos e fets memorables e de coses senyalades de la Ciutat e Regne de Valencia (1308-1644), ab una introducció i notes per Salvador Carreres Zacarés, Valencia, 1930-1935, p. 657. 115 “Tots los perlats, duchs, marquesos, barons e magnats e altres del regne de Castella han jurat la maiestat sua per rey e senyor, ab molta jubilació e alegría, sens contradictió alguna” (la cursiva es nuestra), Archivo Municipal de Valencia, Manual de Consells, 40A, f. 183v-184r; M. Gual Camarena, “La forja de la unidad hispánica (1475-1476). Materiales para su estudio”, Saitabi, 39-42 (1952-53), pp. 145205, doc. n.º 6, p. 170. 116 Así se dice expresamente en el Libre de memòries: el día 27 de enero se acuerda que fueran pagados “los draps dels dits magniffichs jurats e sindich e del vestir dels verguers per lo senyal de tanta alegria, los quals draps son verts”, Libre de memòries..., p. 657. 113
74
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 75
El combate por la legalidad
Zurita describió el alzamiento de Isabel y reconoció que aquél día Fernando no había sido jurado rey (entendiendo por tal, rey propietario). El cronista aragonés lo justificaba diciendo que, para ser titulado rey, habría de jurar también esas mismas leyes posteriormente: “Iuró la reyna de guardar las leyes y privilegios del reyno y no quisieron jurar al rey hasta que fuesse a hazer el mismo juramento”. Pero dicho juramento nunca se produjo. El cronista segoviano Diego de Colmenares terminó de fijar el relato de la “coronación” (sic) 117 de Fernando de Aragón, fusionando los relatos de las crónicas anteriormente citadas y la información del acta municipal, sin mostrar ningún reparo y pasando por alto las contradicciones de ambos tipos de fuentes. Vale la pena resaltar la estrategia propagandística de Fernando de Aragón, no sólo para trazar un tipo de propaganda específica que desde su entorno se orientará a la corte aragonesa a lo largo de todo el proceso sucesorio, sino también porque algunos historiadores siguen transmitiendo esta misma idea –la de la jura y alzamiento de Fernando de Aragón como rey de Castilla–, malinterpretando las fuentes que han descrito las ceremonias. El propio Tarsicio de Azcona, gran biógrafo de Isabel, fue engañado por las crónicas y por la manipuladora carta de Fernando, y afirmó, sin mostrar duda, que éste había prestado el juramento del reino en la catedral segoviana, el dos de enero de 1475 118. En otras biografías isabelinas, como en la de Peggy K. Liss, también se repite el error 119. Quizá el escaso interés que el análisis de las ceremonias políticas ha suscitado hasta ahora entre los medievalistas sea la causa de esta transmisión de nociones equivocadas. Pero vale la pena corregirlas, habida cuenta de que el análisis detallado de estos conflictos ceremoniales proporciona nuevas perspectivas de acercamiento a los acontecimientos políticos y pone al descubierto estrategias antes no valoradas suficientemente, tales como las estrategias de la propaganda.
117
D. de Colmenares, Historia de la insigne ciudad..., p. 108. Afirma T. de Azcona: “En la puerta de San Martín juró los privilegios de la ciudad; de allí se dirigió el cortejo hasta la catedral, donde prestó el juramento del reino. Estos actos tuvieron estricto carácter de proclamación de Fernando como rey de Castilla; así lo comunicaba él mismo a los consellers de Barcelona y al secretario Juan de Coloma” (T. de Azcona, Isabel la Católica..., p. 246). En el estudio introductorio de la Concordia de Segovia, editada en facsímil, se afirma igualmente: “El día 2 de enero de 1475 entraba Fernando de Aragón en la ciudad de Segovia donde, después de haber jurado el acatamiento del ordenamiento jurídico del reino, fue aclamado y reconocido por rey de Castilla y León”, D. Navarro, en el estudio de la edición de dicha obra, p. 2. 119 A pesar de citar el acta municipal editada por Mariano Grau, esta autora leyó superficialmente el texto y, en consecuencia, su descripción de la ceremonia resulta completamente errónea: “Ante el pórtico de la iglesia de San Miguel (sic), donde Isabel había estado dos semanas antes, se volvió a celebrar una ceremonia formal de ascenso al trono, pero con una significativa diferencia. ¿Estaba dispuesto –le preguntaron a Fernando– a reinar en esos reinos como el legítimo esposo de la reina? Fernando respondió gentilmente que sí, que estaba dispuesto. Entonces las autoridades de Segovia juraron que obedecerían y tendrían a “su Alteza como legítimo esposo de nuestra señora la reina, por nuestro rey y señor”, P.K. Liss, Isabel la Católica, Madrid, 1998, p. 102. 118
75
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 76
Ana Isabel Carrasco Manchado
2. La corte se desplaza: entradas reales y fiestas caballerescas 2.1. “Siendo tiempo de ser ya vistos por las otras çiudades del reyno”: las primeras entradas reales Isabel y Fernando permanecieron todavía en Segovia hasta casi finales de febrero. La pareja real mantuvo la corte en Segovia en espera de continuar recibiendo la obediencia de los diversos actores políticos del reinado, ansiosos de ver culminado el proceso legal de sucesión. Algún cronista deja entrever que los reyes salían ciertos días de la ciudad, intentando negociar la obediencia a cambio de peticiones que, en algunos casos, se negaron a conceder 120. En efecto, los procuradores irán llegando durante el mes de enero y parte del de febrero, pero el cuadro resultante no podía satisfacer enteramente las expectativas de legitimidad. Entre los que otorgaron la obediencia aquel primer mes y medio figuraban algunos prelados (que, como hemos indicado, enviaron procurador) 121 y algunos nobles destacados y señores de vasallos 122. También acudieron ciudades y villas que contaban con derecho a representación en cortes y otras villas de menor importancia o de señorío, aquéllas que se habían destacado como leales a la causa de Isabel de Castilla o de Fernando de Aragón en los últimos años de la guerra, durante el reinado de Enrique IV. De los sectores llamados a dar la obediencia, los menos representados fueron los alcaides de fortalezas, circunstancia preocupante, ya que en ellos residía buena parte del poder militar 123. Los nuevos reyes llegaron a convocar cortes estando en Segovia, el día siete de febrero de 1475. El objetivo prioritario era recaudar fondos para afrontar las dificultades que se avecinaban, pero, además, jurar a su hija Isabel princesa heredera. No deja de llamar la atención que estas cartas llegaran a las ciudades cuando muchas de ellas, incluyendo las ciudades leales al partido isabelino, todavía no habían cumplido el requisito último que cierra los ritos sucesorios: dar la obediencia en la corte. La convocatoria de cortes y la celebración de la jura de la heredera serviría de recurso para obligar a las ciudades y villas, así como a otros miembros de la nobleza, a acudir a la corte y terminar de cerrar el proceso ritual sucesorio. Pero, como veremos en su lugar, estas cortes no pudieron celebrarse hasta un año después. Los reyes eran conscientes de la dificultad de reunir este 120
Crónica castellana..., p. 483-484. Además del obispo de Salamanca y el de Córdoba, que otorgaron la obediencia el día 8 de enero, llegaron los procuradores del obispo de Plasencia el día 14 de enero y el del obispo de Coria, el día 19 de enero; el día 13 de febrero llegaron los de los obispos de Palencia y Badajoz; el 17 de febrero, como hemos indicado, ratificó la obediencia el obispo de Segovia, RAH, ms. 9/7.161. 122 En el momento de la publicación de esta obra estamos preparando la edición de este interesante documento con un estudio sobre las circunstancias de cada uno de los que acudieron a dar la obediencia a Isabel de Castilla en las fechas inmediatas a su proclamación. 123 Sólo habían acudido a dar la obediencia el alcaide que tenía las torres del puente de Zamora, el alcaide de Alfaro, el alcaide de Soria y el de Ciudad Rodrigo, Diego del Águila quien, tras unas negociaciones previas (Crónica castellana..., p. 488), dio la obediencia en Santa María de Nieva, el día 24 de febrero (RAH, ms. 9/7.161). 121
76
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 77
El combate por la legalidad
consenso por estas fechas, y por ello declaran, en la propia carta de convocatoria, que, una vez cumplido el plazo para que acudieran procuradores a las cortes, “contrataremos y concluiremos las dichas cortes y los negoçios que en ella se ovyesen despachado se determinarán por nos con los procuradores que por estonçes en nuestra corte estovieren, sin más llamar ni estorvar a los otros” 124. Así pues, la partida de Segovia se había convertido en una necesidad política. Las palabras de los cronistas suenan a justificación, al intentar presentar este primer desplazamiento de la corte como una consecuencia normal de una sucesión pacífica: “Hallándose el rey y la reina algún tanto más descargados de los negoçios, siendo tiempo de ser ya vistos por las otras çiudades del reyno, partieron para Medina del Campo, donde fueron reçividos como reyes y señores naturales triunphosamente” 125. Los reyes se disponían a visitar los lugares de cuya fidelidad menos dudas tenían y algunas de las ciudades y villas cuyos procuradores habían estado ya en Segovia. El objetivo era afianzar esa obediencia e intentar aplacar con la presencia real las resistencias que se estaban produciendo. Desde el punto de vista propagandístico, estas visitas quedaron perpetuadas en el discurso cronístico como entradas triunfales, fomentando así la imagen de unos reyes poderosos, pero, se trataron sobre todo de visitas que propiciaban la propaganda de legitimación, pues los rituales que debían cumplimentar los reyes en las ceremonias de recepción escenificaban el consenso, el favor popular y la adhesión. La ceremonia de entrada real reforzaba la legitimidad de los monarcas, incluso en las sucesiones pacíficas, ya que, mediante el juramento que el rey debía prestar a las puertas antes de entrar, se confirmaba y se ratificaba de un modo ritual la obediencia de los súbditos al rey y el compromiso de éste de respetar los privilegios de las ciudades. Es un rito monárquico-ciudadano de importancia capital en la Edad Media, insuficientemente estudiado en el caso castellano, pero que refleja los matices políticos del diálogo entre la monarquía y las ciudades 126. La corte salió de Segovia la última semana de febrero y, tras una breve escala en Santa María de Nieva, posó unos días en Olmedo. No disponemos de información de la ceremonia de entrada realizada en esta villa, pero sí sabemos que, durante esos días, acudió un importante personaje a dar la obediencia, el arzobispo de Santiago en persona 127. La primera entrada real de la que tenemos alguna noticia fue la que efectuaron a los pocos días en Medina del Campo, el día cinco de marzo. La llegada de los reyes fue recogida por los cronistas, en su versión habitual de exaltación monárquica: fueron “de los regidores y cavalleros
124
Carta de convocatoria de cortes al concejo de Murcia, fechada en Segovia el 7 de febrero de 1475, A. Moratalla Collado, Documentos de los Reyes Católicos (1475-1491), Murcia, 2003, doc. 3, p. 7. 125 Crónica castellana..., p. 489; casi en idénticos términos Crónica incompleta..., p. 164 y D. de Colmenares, Historia..., II, p. 110. 126 Véase A.I. Carrasco Manchado, “La ceremonia de entrada real: ¿un modelo historiográfico?”, en La Península entre el Mediterráneo y el Atlántico siglos XIII-XV, Cádiz-Sevilla, 2006, pp. 651-656. 127 El arzobispo de Santiago dio la obediencia el día 24 de febrero en Olmedo, y también Pedro Carrillo de Albornoz (mediante procurador): RAH, ms. 9/7161.
77
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 78
Ana Isabel Carrasco Manchado
della, como sus reyes y señores, triumphosamente reçebidos” 128. Pero no hay por qué suponer que se trate de una entrada triunfal con las características que veremos en otros recibimientos tributados a los reyes cuando dé comienzo la guerra y se consigan las primeras victorias importantes. Sí encontramos referencia a la celebración del rito de la jura de los privilegios por parte de Fernando de Aragón 129, lo cual, en su caso personal, tenía un componente confirmatorio de las prerrogativas reales pactadas en la Concordia de Segovia. También tuvo lugar en el marco de esta visita la celebración del rito de obediencia que prestó el concejo 130. Los objetivos políticos de estas visitas comenzaban a cumplirse. El afianzamiento de la obediencia en relación con los nobles pudo observarse también en Medina del Campo, en el gesto del duque de Alba, García Álvarez de Toledo, que hizo entrega, ritual y efectiva, de la fortaleza de la Mota. El gesto tuvo el suficiente valor como para llegar a quedar reflejado en una de las crónicas coetáneas. Se pretende dar un carácter ejemplar, en términos de fidelidad y servicio real, con el que animar a otros nobles indecisos. Pero el dato revela la preocupación ya puesta de manifiesto: la dificultad de Isabel de Castilla y de Fernando de Aragón de ser reconocidos por los alcaides de las fortalezas. En Valladolid el mismo duque de Alba se encargó de preparar un recibimiento más suntuoso. Las fiestas, galas, juegos y, sobre todo, las justas con las que agasajó a la corte resultaron realmente sorprendentes en ese tiempo oscuro que amenazaba crisis. Sin embargo, la imagen que pudieron percibir los vecinos de Valladolid, siguiente destino de la corte, fue, por otras razones, mucho más solemne y perfecta que la que había proyectado el entorno regio isabelino hasta entonces. Y es que a su comitiva se habían unido los grandes que habían acudido a Medina del Campo a prestarle obediencia. En la villa medinesa la corte permaneció casi un mes entero (desde el día 5 de marzo hasta el día 24) y en el palacio real se dieron cita, además de los grandes que ya acompañan la corte, los nobles que fueron llegando para prestar la obediencia: el marqués de Santillana, el condestable de Castilla y otros miembros del linaje de los Velasco (Sancho de Velasco, Juan de Velasco y Bernaldino de Velasco), el conde de Coruña, el conde de Salinas, el conde de Ribadeo, el obispo de Palencia, el obispo de Orense, Pedro de Avellaneda... El doctor de Toledo, que menciona este recibimiento, da cuenta de la presencia en 128
Crónica incompleta, p. 164. “Bien sabe que cuando reinó en estos reinos e vuestra Alteza fue recibido en esta dicha villa de Medina, prometió e juró de guardar las libertades, usos y costumbres de ella”. Se trata de un documento en el que Alfonso Fernández, procurador de los hombres buenos de la villa y otros vecinos, protestan por la modificación de los procedimientos de elección de oficios vacantes del concejo, efectuada por la reina sin respetar los usos y costumbres tenidos hasta entonces. El documento está fechado el 29 de marzo de 1479 y se encuentra en AGS, Cámara, pueblos, leg. 12. La transcripción en A. Blanco Sánchez, Sobre Medina del Campo..., p. 318. En buena parte de las ocasiones, los juramentos reales se documentan en cartas enviadas a los reyes por los peticionarios, recordando el incumplimiento de dicho juramento, como en este caso. 130 En premio de esta obediencia (“por rasón que dieron la obidiençia”), los reyes otorgaron el día 12 carta de merced confirmando por escrito el juramento que habían hecho de respetar los privilegios, usos y costumbres de la villa (AGS, RGS, 12 - III- 1475, f. 224). 129
78
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 79
El combate por la legalidad
el cortejo real que atravesó las puertas de Valladolid, de muchos de estos grandes. A los reyes, “fueles fecho muy solene recibimiento así de los oficios de la villa, como de mucha gente, y el regimiento asimismo” 131. Durante la estancia en Valladolid continuaron recibiendo obediencias, en su mayoría de procuradores de ciudades y villas (la ansiada obediencia de Ciudad Rodrigo, ciudad fronteriza con Portugal y partidaria del marqués de Villena, que fue tomada por la fuerza de las armas por el alcaide, Diego del Águila). El conde de Benavente siguió el ejemplo del duque de Alba y entregó algunas casas fuertes en Valladolid. Asimismo, se procedió al derribo de bastimentos y otros baluartes por razones de seguridad pero también de política simbólica, queriendo demostrar una acción de fuerza sobre los poderes señoriales contrarios 132. Las casas de los partidarios no sufrieron el mismo trato: la casa de Juan de Vivero, hijo del contador mayor Alfonso Pérez de Vivero y uno de los hombres que propiciaron la sucesión de Isabel, dominaba el acceso a la puerta de San Pedro, que utilizaba privadamente como fortificación. Juan de Vivero retenía la llave de la puerta indebidamente, en contra de la ciudad. Pero los reyes confiaban en Juan de Vivero, en cuya casa se alojaban 133. Teniendo en cuenta el resultado aparente de esta visita a Valladolid, parecía que el ritmo de la sucesión se encauzaba, y Fernando de Aragón aprovecha la oportunidad para tranquilizar a su padre con otra carta propagandística, en la que expresa la rápida marcha de pacificación de sus reinos 134. Pero no faltaba mucho para que los reyes conocieran, estando en Valladolid, la noticia de la intención del rey de Portugal de casarse con su sobrina y de proclamarse rey de Castilla y de León. El ambiente no era, por tanto, nada triunfalista. A pesar de ello, durante esa estancia en Valladolid, Fernando de Aragón, animado por el duque de Alba, organizó un espectáculo caballeresco que sirvió para cubrir el sentimiento de crisis que todos podían percibir. 2.2. “Acordaron de tirar luto y tristeça de sus reinos”: las justas de Valladolid de 1475 Desde la perspectiva de la propaganda, los actos más llamativos celebrados durante la estancia de la corte en Valladolid fueron las justas caballerescas organizadas para el día 31 de marzo, y las fiestas que siguieron en palacio. Existen dos relatos muy similares que describen estos dos espectáculos cortesanos, uno bastante colorista, que es el que relata el autor de la Crónica incompleta y otro más 131
Según el Cronicón de Valladolid, les acompañaban el duque de Alba, el cardenal Pedro González de Mendoza, el duque de Alburquerque, el marqués de Santillana, el condestable de Castilla, el conde de Medinaceli, el conde de Alba de Liste, el conde de Luna, el conde de Salinas, el obispo de Palencia, el obispo de Orense, el obispo de Tuy, el conde de Ribadeo, el conde de Benavente y por el mayordomo Andrés de Cabrera, Cronicón de Valladolid..., p. 91. Se trataba de un cortejo importante. 132 Crónica incompleta..., p. 165. 133 Véase A. Rucquoi, Valladolid en la Edad Media, Valladolid, 1997, T. II, pp. 62 y 75. 134 Se trata de una carta a Juan II, fechada en Valladolid, el día 28 de marzo de ese año, en la que Fernando trata de consolar a su padre por la pérdida de Perpiñán, RAH, ms. A-7, f. 162.
79
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 80
Ana Isabel Carrasco Manchado
conciso, que es el del Cronicón de Valladolid 135. Las descripciones delatan que todo fue preparado con el mayor cuidado para producir un gran impacto visual. Es muy posible que, ya desde Medina del Campo, los reyes abrigaran la idea de celebrar un espectáculo caballeresco de estas características. La idea pudo surgir después de comprobar que había un número suficiente de nobles destacados que no desaprovecharían la oportunidad de lucirse en un acontecimiento tan del gusto de la vida cortesana del siglo xv. No hay que descartar, por otra parte, que fuera el círculo fernandino el promotor de la idea, ya que una justa proporcionaba el escenario ideal para promocionar la figura del príncipe de Aragón. El duque de Alba, que fue el que corrió con la mayoría de los gastos, pudo también idear este evento para ganarse el favor real. Celebraciones festivas de este tipo difundían la representación del buen orden y de la paz, siempre ansiada por la opinión pública de todos los tiempos. Las justas, como las entradas reales organizadas recientemente, que los cronistas insisten en calificar de triunfales, terminaban de diseñar una imagen de estabilidad en la sucesión recién asumida 136. Los cronistas coetáneos se pronuncian de muy distinta forma a la hora de valorar estas justas. El cronista de la Crónica incompleta prefiere hacerse eco de la visión de estabilidad y orden natural de la vida de corte, resaltando el vivo contraste entre el reinado anterior y el presente: “por quitar luto de las tristezas que las gentes tenían de las desaventuras pasadas y porque con rey y reyna tan amados se gozasen, fueron ordenadas muy ricas y costosas fiestas” 137. La sucesión normal de nuevos reyes en el trono debía ir acompañada de muestras de júbilo colectivo, por tanto era imprescindible aparentar una normalidad pacífica que sólo la fiesta podía proporcionar. La alegría de los nuevos reyes y de su corte, así como la de todos los grandes y caballeros que acudieron a justar se contagiaría al pueblo. El deseo de conseguir el favor popular, el beneplácito de la opinión popular, está claro en las palabras del cronista. Sin embargo, Alfonso de Palencia, más consciente del difícil equilibrio de la sucesión, criticó el gasto de dinero y de energías que suponía la justa, reservas que habría que emplear contra el rey de Portugal 138. Todo resultó favorable para la consecución de los fines propuestos: los días elegidos para la justa fueron claros y luminosos (un día lluvioso hubiera estropeado la fiesta), y no sucedió, a lo que parece, ningún suceso especialmente 135
Crónica incompleta..., pp. 165-169 y Cronicón de Valladolid..., pp. 92-94. J.E. Ruiz Domenec ha puesto de manifiesto cómo el cronista Diego Enríquez del Castillo, al describir las espléndidas fiestas y la justa dedicada, en 1462, al duque de Bretaña, pretendía “insistir en los principios de una monarquía asentada en la estabilidad que permiten estas fiestas cortesanas”, J.E. Ruiz Domenec, “El torneo como espectáculo en la España de los siglos xv-xvi”, en La civiltà del torneo (sec. XIIXVII): giostre e tornei tra medioevo ed età moderna, Narni, 1990, p. 185. 137 Crónica incompleta..., p. 165. 138 “Iba entretanto el portugués convirtiendo en realidad sus proyectos, al mismo tiempo que muchos de los grandes traían engañado a D. Fernando con vanos pasatiempos para que no adoptase resolución alguna y para que, casi exclusivamente ocupado en juegos y distracciones, sin hablar de otra cosa que de las justas y torneos publicados, perdiese en aquellas futilidades el tiempo, consumiera el dinero” (A. de Palencia, Crónica de Enrique IV..., Década III, L. II, C. III, p. 186). También el autor de la Crónica castellana hizo una crítica velada a estas justas (ed. cit., p. 489). 136
80
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 81
El combate por la legalidad
desagradable que agriara el ánimo festivo (salvo que el duque de Alba se cayó del caballo). Las justas duraron varios días, al menos tres, si consideramos como fecha de inicio el día 31 de marzo 139. Los reyes llevaban unos diez días en la ciudad, tiempo suficiente como para hacer el llamamiento a los caballeros y escuderos del reino que quisieran acudir a la corte a lucir su pericia en las armas. Desde este punto de vista, las justas constituían un medio para atraer bellatores a la corte, lo cual hace pensar que, quizá en la mente de los organizadores estaba presente la amenaza de la guerra. Tras fijar el día de la cita, se procedió a preparar el escenario. En el ornato de la tela para justar no se ahorraron gastos, acudiendo a los elementos más suntuosos y de mayor valor material, colgaduras y “pieças de brocado y otras joyas ricas de prez” 140. A esta ostentación de lujo noble, se sumó la propia riqueza que exhibieron los reyes, grandes y caballeros en sus ropas y atavíos guerreros. Cada cual pretendía sobrepujar a su rival, no sólo en las armas, sino en la riqueza de sus personas 141. El interés con que los nobles y caballeros participaron en la vistosidad del acontecimiento indica que ellos mismos sacaron provecho de la estrategia propagandística como un medio de autopresentación. La reina Isabel puso especial cuidado en su propia representación. El día fijado para el comienzo –y los otros tres o cuatro días que duró la justa– Isabel recorrió las calles de Valladolid mostrando una magnificencia y un esplendor como nunca antes había mostrado. El autor del cronicón destacó que la reina recorría las calles tocada con corona real. Es un dato importante, ya que constituye la primera mención documentada sobre el uso ceremonial de la corona por parte de Isabel tras su proclamación. Dicha insignia real no era de uso habitual en las ceremonias de época trastámara 142, lo cual indica que su exhibición, en esta ocasión, obedecía a una intención clara de hacer propaganda de su legitimidad sucesioria. A lo largo de la guerra habrá otras ocasiones en las que igualmente utilizará la exhibición de las insignias reales con los mismos fines. Isabel pretendía, además, multiplicar la evocación de esta imagen, y para ello se hizo acompañar en su cortejo por catorce damas tocadas con diademas en forma de coronas: “Fue la reyna vestida de brocado, e con una corona, e asimismo las damas iban con tabardos, metad de brocado verde, y metad de terciopelo pardillo, e todas tocadas con tocados fechas coronas, todas en una manera tocadas; eran las damas quatorce que así iban. Llevó la reyna una acanea 139
El autor del Cronicón dice que el duque de Alba cayó del caballo el viernes (ed. cit., p. 93), que corresponde al día 31 de marzo. La fiesta de la sala tuvo lugar la noche del domingo día 2 hasta casi la mañana del día 3 de abril, lunes. Hemos considerado el día 31 como el día en que comenzaron las justas, pero bien pudieran estar ya empezadas. Las justas durarían tres días o alguno más. 140 Crónica incompleta..., p. 165. 141 “Todos los pomposos y ricos que ser pudo, y desandome de los preçiosos atavíos que el rey sacó, todos los grandes, no sólo los cavallos de sus personas venían de muy grand costa guarnidos, mas otros cavallos en oro tirante obrado, aforrados en martas çevellinas”, ibídem, p. 165. 142 J. M. Nieto Soria, Ceremonias de la realeza..., pp. 185-186 y, del mismo autor, “La realeza”, en Orígenes de la Monarquía Hispánica..., p. 45.
81
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 82
Ana Isabel Carrasco Manchado
en que iba guarnida de un coplón, e sobre las crines y petral, e falsa rienda, y cabezadas, todo guarnido de plata y de flores de oro”143.
El cortejo de damas, por su atuendo, actúa en la ceremonia como un símbolo redundante, intensificador, una imagen de la reina multiplicada por catorce reflejos. Tanto es así que el color elegido para vestir a las damas era el verde y el pardillo, es decir, los colores de la divisa personal de Isabel, la divisa de las flechas 144. La reina recorrió el trayecto por las calles montada a caballo y el cronista cuenta cómo todas las dueñas y doncellas de la villa buscaban los lugares elevados para verla pasar 145. Si hemos de creer al cronista de la Incompleta, los efectos que produjo en las gentes de Valladolid la contemplación de tanto derroche de colorido, lujo y vistosidad, se asemejaban a un estado de enajenación dichosa, similar al sentimiento que debía inspirar la divinidad, en los momentos de mayor exaltación espiritual: “la gente toda así embriagada en gozo, que pareçía Dios ser venido al mundo que nos festejava” 146. Un estado anímico de misticismo político. El cronista, sin duda, traduce de modo subjetivo los deseos de la realeza más que la realidad objetiva, pero, aunque no pueda documentarse este sentimiento de veneración hacia la reina, sí es posible suponer un estado de fascinación ante un espectáculo que trasmutaba, por unos días, la dureza de la vida cotidiana. El vestido, las joyas, los brocados, podían subyugar los sentidos de la clase popular, pero hay una parte del atavío caballeresco difícilmente comprensible en todos sus matices por la mayor parte de los espectadores. Nos referimos a las cimeras aparejadas con invenciones y motes, cargados de mensajes visuales y escritos destinados a la clase noble que sí participaba de las claves simbólico-culturales de la caballería cortesana 147. Los propios reyes, como nobles o caballeros ellos mismos (Fernando de Aragón), intervinieron en un diálogo cuyos mensajes simbólicos se mantenían ocultos para la gran mayoría. Sólo la élite conocía las implicaciones de las invenciones y de las letras de justadores que pajes y nobles llevaban 148. Muchos de estos motes serían de naturaleza galante, en la más fina 143
Cronicón de Valladolid..., pp. 93-94. Isabel utilizaba su divisa personal como un símbolo de honor con el que recompensar a sus partidarios: “La primera vandera que en Castilla se dio de la mano real de la Cathólica Reyna doña Ysabel, verde e pardilla (de sus colores), la dio a Pedro Dávila, de la qual él hizo luego alférez a Johán de Herrera. Después de lo qual el dicho Pedro Dávila tomó a Cadahalso por fuerça de armas, por mandado de los Cathólicos Reyes don Fernando e doña Ysabel”, Gonzalo Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas..., II, p. 27. 145 “Ya todas las dueñas y donzellas de la villa puestas en las ventanas y cadahalsos”, Crónica incompleta..., p. 165. 146 Ibídem, p. 166. 147 Las “çimeras de las más nuevas invenciones que pensar se podieron, y las letras de sus trobas y motes de las mejores graçias y más linda novedad, palabras que jamás en España en ningunas fiestas se sacaron” (Crónica incompleta..., p. 164). Una espléndida galería de yelmos de torneo, con sus cimeras, invenciones y letras de los principales caballeros de la época de los Reyes Católicos y del emperador, las recogió Gonzalo Fernández de Oviedo, dibujadas de su propia pluma en su obra, Batallas y quinquagenas (véase, además de las ediciones ya citadas del manuscrito de la RAH, la del manuscrito de la Universidad de Salamanca por J.B. de Avalle-Arce, Salamanca, 1989). 148 A pesar de las exageraciones de los cronistas, la justa parece amoldarse al modelo al uso del siglo xv 144
82
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 83
El combate por la legalidad
tradición del amor cortés, pero algunos debieron portar también sutiles mensajes políticos 149. Lástima que no poseamos más noticia que la invención que sacó el rey: “Llevó el rey en el yelmo un ayunque o bigornia. En esta justa sacó el Rey Católico una letra en que decía: como yunque sufro y callo, por el tiempo en que me hallo” 150. La exhibición de estas invenciones animaba al público a plantear diversas interpretaciones: para algunos, el rey transmitía en su cimera su ánimo decidido de afrontar una difícil situación, mostrando así la fortaleza del monarca; para otros, no era más que un mensaje galante dirigido a Isabel; para Alfonso de Palencia, el mensaje iba dirigido a los nobles que se atrevieran a desafiarle 151. La suma de todos estos mensajes (gestuales, simbólicos y lingüísticos) producía la creación de un cuadro en el que todos podían contemplar la realeza en su máximo esplendor. Contrariamente a lo que sucede en las entradas reales, en las que el pueblo es también partícipe, en las justas, el pueblo es, sobre todo, espectador 152. Los participantes son los nobles y caballeros y los reyes (la reina con su presencia hierática expuesta a las miradas y el rey como actor en el teatro del valor hispano: “Abran la marcha las trompetas, timbales, tambores y ministrilis; sigan bien ataviadas personas de honor, servidores o pajes que lleven las lanzas; después, bien acompañado de caballeros y gente de a pie aparezca el caballero justador de forma que al aparecer a la vista de la gente dé placer y cause admiración la gentileza y disposición de su pomposa belleza. Dé la vuelta con tiempo y mesura, cuidando no tocar el límite del campo ni con la cabeza ni con las ancas del caballo ni de ninguna otra manera. No olvide llevar guarnición bien preparada o paramentos chapados, brocados de seda, lo más rico y pomposo que le sea posible: las armas limpias y brillantes, bien guarnecidas de oro y de seda; el escudo sujeto por la mitad según se acostumbra, y, sobre todo, lleve hermosa cimera cuya letra, si está bien elegida, dé escrita en la primera acometida a las gentes que desean conocer la declaración de las invenciones. Y así, dé la vuelta acostumbrada al campo”. Menaguerra escribía su Scola del junydor en 1479 (texto cit. por J.L. Martín y L. Serrano-Piedecasas, “Tratados de Caballería. Desafíos, justas y torneos”, Espacio, Tiempo, Forma, serie II. Historia Medieval, 4 (1991), p. 202). Como puede verse, el enigmático significado de las invenciones podía ser conocido por aquel que deseara satisfacer su curiosidad, siempre que supiera leer. 149 Véase F. Rico, “Un penacho de penas. De algunas invenciones y letras de caballeros”, Texto y contextos. Estudios sobre la poesía española del siglo XV, Barcelona, 1990, 189-230; e I. Macpherson, “Letra, divisa and invención at the Court of the Catholic Monarchs”, en I. Macpherson y A. Mackay (dirs.), Love, Religion and Politics in Fifteenth Century Spain, Leiden, Boston, Köln, 1998, pp. 236-253. Sobre los mensajes políticos que podían transmitir estas invenciones, véase también: I. Macpherson, “Text, Context and Subtext: Five invenciones of the Cancionero general and The Ponferrada Affair of 1485”, en I. Macpherson y R. Penny (eds.), The Medieval Mind: Hispanic Studies in Honour of Alan Deyermond, Londres, 1997, pp. 259-274. 150 Cronicón..., p. 94. La letra de justador del rey quedó en la memoria posterior. Todavía Hernando del Castillo recogió la invención de Fernando en esta justa, transmitida con los versos: “No me hace mudamiento/ mal ni dolor que me hieran,/ pues traigo en el pensamiento/ la causa de mi cimera”, H. del Castillo, Cancionero General, Valencia, Cristóbal Kofman, 1511; B. Dutton, El Cancionero del siglo XV (c. 1360-1520), Salamanca, 1989-1990, V, p. 344. 151 A. de Palencia, crítico con las justas, interpretó la cimera como una alusión a la secreta intención de Fernando, que era, según Palencia, mostrarse duro con los grandes: “Sacó por cimera un yunque, a fin de indicar a la multitud circunstante que no merecía censura su temporal tolerancia, pues si su ánimo estaba representado en el yunque era porque aguardaba ejecutar el papel de martillo” (Crónica de Enrique IV... D. III, L. II, C. III, p. 187). La I o Y inicial de “Yunque” podría aludir a Isabel. ¿Mostraba Fernando su disgusto por el papel que se le había asignado en Castilla? La expresión ser yunque significaba, efectivamente, “sufrir y callar. También es símbolo de fortaleza y ánimo infracto, porque siempre se queda en su ser” (S. de Covarrubias, Tesoro..., voz iunque). 152 Las justas y juegos de cañas, junto con los toros, eran actos festivos concebidos sobre todo por y para las élites: Mª de los Ll. Martínez Carrillo, “Elitismo y participación popular en las fiestas medievales”, Miscelánea Medieval Murciana, XVIII (1993-1994), pp. 95-107 (véase, pp. 100 a 103).
83
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 84
Ana Isabel Carrasco Manchado
caballeresco 153). El pueblo percibía el poder, que le “entra por los ojos”, pero también percibía el consenso y la imagen de lealtad de una nobleza hasta hacía poco levantisca y enfrentada con la monarquía. El aparato real y la ostentación desplegada contribuía a difundir una imagen poderosa de los nuevos reyes, puesto que la expresión de la riqueza y grado de poder van unidos en la percepción visual. La mirada no distingue bien entre poder e imagen de poder, una equivalencia de la que se valieron por igual los reyes y los grandes y nobles que acudieron a la justa, como un medio de fortalecer sus relaciones. El entusiasta cronista apunta esta coincidencia de intereses en torno a la justa: “porque el rey y reyna [estavan] en tan juvenil edad y en el comienço de su reynar, mucho ellos quesieron mostrar su grandeza y los grandes su magnifiçençia y gastos más largamente que estimarlo podría” 154. El efecto propagandístico buscado era exaltar la realeza por encima de cualquier modelo anteriormente recordado (la alusión del cronista a Enrique IV es evidente): “El estado grande nos haze luzir sus hechos grandes; y así, todos los que miravan, vista la realeza de sus aparatos y personas, todo lo que hazían de más alta realeza que la usada costumbre se les representa” 155. El domingo 2 de abril, ya finalizadas las justas, el duque de Alba ofreció a los reyes, nobles y prelados una espléndida cena y una fiesta que duró toda la noche, hasta el amanecer 156. Al parecer, el duque de Alba corrió con los gastos de la justa. Constituye éste un ejemplo de estrategia de búsqueda del favor real por parte de un noble mediante la colaboración en las estrategias de propaganda de la realeza. Los nobles actúan también como agentes de la propaganda real, al tiempo que se autopromocionan ellos mismos. Aquella noche, el duque de Alba “hizo la sala”, es decir, pagó la cena, “la más costosa y de más altos manjares que pensarse pueden” y distribuyó regalos a los presentes que consistían en lujosos tejidos de brocados de seda 157. El vestido parece cumplir aquí una función simbólica distinta a la desempeñada durante la justa. En ambos casos el vestido traduce un poder y una riqueza que no está al alcance de todos, pero ahora no se trata de exhibir una presencia poderosa, de impresionar con esa presencia, sino de hacer alarde de uno de los valores considerados por todos los tratadistas como connaturales al estado 153
Las justas poseían un especial interés para la realeza por ser los únicos juegos caballerescos en los que los reyes participaban directamente. Los reyes justaban pero no participaban en torneos, mucho más peligrosos que las justas. Era, pues, una forma de lucir la destreza caballeresca de una manera más controlada (J.E. Ruiz Domenec, “El torneo como espectáculo...”, p. 161). En el siglo xiv esto no era así, ya que es sabido que Alfonso XI participó en peligrosos torneos “de incógnito”, ocultando su identidad, aunque todos sabían que el rey estaba presente. 154 Crónica incompleta..., p.166. 155 Ibídem, pp. 166-167. 156 “Fizo sala esa noche al rey e reyna y señoras y damas e fue mantenedor de la justa el duque d’Alba, asimismo fizo sala a los dichos señores e a otros condes que estaban entonces ende e al cardenal e obispo que ende estaban en las casas que fueron del obispo de Palencia D. Pedro de Castilla que Dios aya. Duró la fiesta de la sala fasta otro día saliendo el sol: esto fue lunes 3 de abril”, Cronicón..., p. 93. 157 “Dio a las damas tantos brocados de sedas y a otras muchas personas, que pareçía que las sedas y brocados del mundo se gastaron en estas fiestas, y tanto desto distribuyeron que todo el reyno por buen tiempo quedó pobre y muy caro de brocados y sedas”, Crónica incompleta..., p. 168.
84
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 85
El combate por la legalidad
noble: la generosidad, la largueza. Todas estas fiestas constituyen una expresión de esa generosidad, ofrecida sobre todo a Isabel y a Fernando. No obstante, como han demostrado los antropólogos que han estudiado las sociedades del don, la generosidad no es gratuita. El que recibe el regalo está obligado a corresponder en algún momento. Se trata de una relación de deuda, que es tanto como decir relación de poder. Isabel y Fernando no tienen más remedio que aceptar esta deuda porque en esta coyuntura, lo hemos visto, la colaboración del duque de Alba resultaba imprescindible. El rey no tardó en recompensar todas estas iniciativas 158. El duque amenizó el resto de la fiesta con las inexcusables danzas y con representaciones teatrales o momos, que destacaron, igualmente, por su elevado coste 159. Los gastos se multiplicaron durante toda la estancia de la corte en Valladolid. En la corte había extranjeros que pudieron admirar todo el espectáculo. Los extranjeros eran los agentes indirectos de una propaganda dirigida al exterior del reino. Con estas fiestas Isabel y Fernando consiguieron su primer gran acto de promoción fuera del reino, del que también salió beneficiado el propio duque de Alba 160. En un contexto de guerra se prepara una imagen de seguridad, no sólo hacia el interior del reino, sino también hacia el exterior: Isabel y Fernando no temen las amenazas que vienen de Portugal; la corte de Valladolid se muestra como un espejo de su fortaleza: “Y allí se mostró en quánto poco al rey de Portugal y a sus valedores tuviesen, los quales estavan las noches y días en dar adereço a las cosas de la guerra trabajando, y el rey y reyna en fiestas, menospreçiando quanto hazerles podían, y así las voluntades, llenas de plazer y descuydadas de temor, pasaron aquellos días” 161.
De cara al interior, el ambiente de la corte habría de tranquilizar a algunos de los procuradores ciudadanos que seguían llegando a prestar la obediencia 162. De cara al exterior, importaba, sobre todo, impresionar al potencial enemigo 158
Véase el memorial del contador Alonso de Quintanilla, con fecha de 1475, “Carta sobre lo que debe el rey al duque de Alba”, 1475, RAH, ms. 9/7157, n.º 9. 159 Por la alusión a los momos se deduce que los duques de Alba gustaban de amenizar sus fiestas con representaciones teatrales, ya antes de que Juan del Encina entrara al servicio del duque Fadrique Álvarez de Toledo algún tiempo después (Juan del Encina tendría en 1475 unos siete años). Los momos son breves representaciones teatrales, a manera de entremeses, que amenizaban fiestas y algunas ceremonias, como las entradas reales (véase E. Asensio, “De los momos cortesanos a los autos caballerescos de Gil Vicente”, Estudios portugueses, (1974), pp. 25-36). Son muy característicos del siglo xv. 160 “Por temor de no ser crey´dos me dexo de escrevir los grandes gastos que en estas fiestas hizo, non sólo aquel día y noche, mas toda aquella semana, de manera que no sólo en Castilla tovo fama su grand franqueza, mas como en Valladolid estavan muchos estrangeros, por el mundo sonava su nombre y veían al rey y reyna y el pontifical de su corte y no pareçían reyes de Castilla segund los pasados, más que Çésar era al mundo venido en grandeza y magnifiçençia” (Crónica incompleta..., p. 168). 161 Ibídem, p. 168-169. 162 “E allí en Valladolid estovieron algunos días, e fizieron grandes fiestas e justas, e rreçibieron omenages de muchos cavalleros e çibdades e villas del reyno que fincavan de rreçebir” (F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 83). Los días 5 y 7 llegaron a Valladolid los procuradores de las villas de San Vicente de la Barquera y Betanzos.
85
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 86
Ana Isabel Carrasco Manchado
portugués. No obstante, si la finalidad era alejar la imagen fantasmal de la guerra, la realidad parecía imponerse. A la corte de Valladolid había llegado el embajador portugués Ruy de Sousa anunciando que el rey Alfonso V de Portugal, tras decidir tomar a su sobrina por esposa, se disponía a proclamarse rey de Castilla y de León. El día 20 de marzo la princesa Juana había sido proclamada legítima sucesora en Trujillo por el duque de Arévalo y el marqués de Villena. Según Luis Suárez “era la fiesta solemne un medio de inspirar a la gente del pueblo una tranquilidad que no se sentía, porque las noticias llegadas entonces eran alarmantes” 163. Similares consecuencias extrae de estos festejos Tarsicio de Azcona que los describe como “golpes deslumbrantes de captación” 164. Sin duda, estos actos constituyeron la primera acción propagandística de gran calado del reinado 165. 3. La proclamación de la princesa Juana: “Por la gracia de Dios, reyna de Castilla, de León, de Portugal” Durante los tres primeros meses del año 1475 Isabel y Fernando contaron con la ventaja de haberse adelantado a sus enemigos en todos los actos ceremoniales que debían ser realizados para completar el hecho sucesorio. Esta circunstancia constituye el acierto propagandístico más notable de esos primeros meses. Pero, a partir del mes de marzo y, sobre todo, en los meses siguientes, se movilizan las iniciativas del bando partidario de la princesa Juana. Desde entonces, los pasos de uno y otro bando serán cuidadosamente medidos por uno y otro, de tal manera que se llega a una batalla por la propaganda. Los primeros pasos comienzan a darse en torno al 20 de marzo, fecha en la que se conoce la proclamación de la princesa Juana como legítima sucesora al trono castellano. El dato es reseñado en una carta de ese día de Pedro Vaca a Juan II de Aragón en la que le informa del acto celebrado por el duque de Arévalo y el marqués de Villena en Trujillo 166. Isabel y Fernando, por esas fechas, residían en Valladolid. En el mes de abril, cuando resonaban aún en la corte la espléndida justa y las fiestas que la acompañaron, recibieron la embajada del portugués Ruy de Sousa. Alfonso de Portugal anunciaba, por mediación de su embajador, que había decidido tomar por esposa a Juana, reclamando, en consecuencia, la corona de Castilla. La arenga del embajador, pronunciada en el marco de una 163
L. Suárez Fernández, Historia de España La España de los Reyes Católicos (1474-1516), en la Historia de España dirigida por Menéndez Pidal, vol. XVII*, Madrid, 1989. p. 116. 164 T. de Azcona, Isabel..., p. 271. 165 Isabel y Fernando pretendían que sus fiestas dejaran huella, como antes otras fiestas cortesanas la habían dejado. Según el médico de la reina, autor del Cronicón, “fué la más rica justa que se vido, según dicen, cincuenta años avía” (p. 93). Conocedor de lo que se hablaba en la corte, el doctor Toledo tenía en mente las suntuosas fiestas que, aproximadamente cincuenta años antes, habían sido organizadas también en Valladolid por Juan II en honor de la boda de la infanta Leonor (F. Rico, “Unas coplas de Jorge Manrique y las fiestas de Valladolid en 1428”, Anuario de Estudios Medievales, 2 (1965), 517-524; T.F. Ruiz, “Fiestas, torneos y símbolos de la realeza en la Castilla del siglo xv. Las fiestas de Valladolid de 1428”, Realidad e imágenes del poder en España, ed. A. Rucquoi, Valladolid, 1988, pp. 249-265. 166 Carta publicada por A. Paz y Melia, El cronista..., pp. 178-179.
86
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 87
El combate por la legalidad
corte ocupada todavía en esas fechas por los grandes y muchos de los nobles y caballeros que habían acudido a la justa, fue pronunciada en términos desafiantes 167. Esta provocación, lanzada en el contexto de una corte que se entregaba al despliegue de efectos propagandísticos, constituye la primera actuación del rey portugués en términos también propagandísticos, preparada para contestar a sus rivales. Hubo confrontación dialéctica, puesto que, al discurso contundente de Ruy de Sousa, en el que se planteaba la alternativa entre el Derecho –siempre que Isabel y Fernando abandonasen los reinos de Castilla y León– o la Guerra, se contestó con la afirmación rotunda del derecho divino de Isabel 168. La embajada de Ruy de Sousa fue interpretada como una declaración de guerra. La respuesta que Isabel y Fernando dieron al rey Alfonso fue acompañada de la exhibición del apoyo militar de los nobles y caballeros que se habían dado cita para justar en la tela. De aquellos combates festivos emanaba todavía una fuerza militar que sirvió de representación de lo que le esperaba al rey portugués si se decidía a dar el paso que anunciaba. Y al fin se produce el hecho no deseado por Fernando e Isabel. Alfonso de Portugal entra en el reino acompañado de un ejército dispuesto a casarse con la princesa Juana, que era su sobrina, y proclamarse públicamente, junto a ella, reyes de Castilla y León. Los actos ceremoniales se celebraron en la ciudad de Plasencia, donde se habían congregado sus principales seguidores para jurarles reyes y otorgarles la obediencia. Los actos que se celebraron fueron los de rigor en las ceremonias de este tipo, los mismos ritos básicos que componen la proclamación y que hemos analizado al ocuparnos de la proclamación de Isabel. Pero, en el caso de Juana, la proclamación es doble, pues su marido será aclamado junto a ella. Si hemos de creer a los cronistas castellanos, desde su entrada, Alfonso V se había preocupado por crear elementos que contribuyeran a aumentar su prestigio a los ojos de los castellanos. La buena fama que este rey se había creado en su reino 169 favorecía el que los elogios que estaban siendo 167
Fernando de Aragón no olvidó fácilmente esta embajada de Ruy de Sousa, pues él mismo se la recordó a su adversario portugués cuando, meses más tarde, a las puertas de Toro, a punto de presentarse el combate que había sido cuidadosamente preparado, envía al rey portugués un cartel de desafío retándole a batalla personal: “Vuestra embayxada, tan agra de hoy´r”. Nos ocuparemos en su capítulo correspondiente de este episodio. 168 Fernando del Pulgar hace mención a esta embajada y resume los términos en los que se pronunciaron aquellos discursos. El carácter polémico de este episodio se revela en la respuesta que, en nombre de Isabel y Fernando, dieron al embajador portugués al referirse a los apoyos con los que contaba Alfonso V, “movidos más por sus propios intereses lo hazían que por este derecho que publicavan” (F. del Pulgar, Crónica..., p. 95). 169 Desde, al menos, algunas décadas anteriores, existía una literatura favorable a los reyes de Portugal. Algún ejemplar en concreto ha sido analizado como obra de propaganda política en favor de la monarquía lusitana en el reino de Castilla (véase, L. Adao da Fonseca, “Una elegía inédita sobre la familia de Avis. Un aspecto de la propaganda política en la Península Ibérica a mediados del siglo xv”, Anuario de Estudios Medievales, 16 (1988), pp. 449-463). Alfonso V de Portugal no era un desconocido en Castilla, al contrario, era conocido y estimado en algunos círculos de intelectuales y religiosos. Diego de Valera le dedicó uno de sus tratados, el Tratado de las armas. La devoción del rey portugués por el santuario de Guadalupe dejó su impronta: Alfonso V fue a Guadalupe en 1458 a pedir por su salud (había enfermado de
87
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 88
Ana Isabel Carrasco Manchado
difundidos por sus agentes fueran más o menos creíbles. Según el cronista, sus partidarios iban: “Trayendo mucho en plática sus virtudes y grandezas y loándole de muchas cosas eçelentes que él, en la verdad tenía. El qual era muy católico y grand guerrero contra los moros y muy dichoso en las conquistas que con ellos avía avido; era ombre muy esforçado y de persona bien dispuesta; era muy discreto y dulçe de lengua, que ponía grand afiçión a los que le oy´an; muy casto y continente, y tenido, ante que en Castilla entrase, por ombre de gran conçiencia” 170.
El propio cronista partidario de Isabel no puede dejar de reconocer las virtudes del rey portugués. Pero Alfonso V necesitaba más que el prestigio de unas cualidades que podían ser equiparables a las de su rival Fernando de Aragón. Necesitaba revestirse de un carácter sobrenatural que elevara su categoría de rey a la de monarca carismático. Para ello aprovechó, según denuncia el cronista de la Crónica incompleta, las profecías que circulaban en su época en torno al monarca universal de los últimos tiempos, el enviado divino para instaurar un orden de paz. Este monarca recibía, entre otros nombres, el nombre de el Encubierto y, al parecer, Alfonso de Portugal se sirvió de una profecía atribuida a san Isidoro (si hemos de creer al cronista), para escenificar su entrada en Castilla, de tal manera que pudieran reconocerle como el monarca Encubierto: “La hora llegada y las profeçías compliéndose de las desaventuras d’España, el rrey don Alonso de Portugal entró por la Codosera en los reynos de Castilla, el qual, para que las gentes oviesen lugar de creer que él fuese el Encubierto, segund una profeçía de sant Esidro se publicava que el Encubierto avía de entrar en Castilla en cavallo de madera, este rey, fingiendo venir doliento, o por ventura seyendo çierto, entró en andas, mirándose mucho por las gentes las çerimonias que más çercanas a las profeçías este caso se conformasen; y como la gente castellana, usada de la tirana libertad, eran enemigas a se ver de ningund rey señoreadas, a los inoçentes, que de aquellas encubiertas profeçías no tenían conoçimiento, les hazían creer que, por las señales pareçidas, este rey don Alonso era el Encubierto” 171.
unas fiebres malignas) y ofreció al monasterio, como gesto de acción de gracias, una estatua representando a un ángel de plata, un portapaz de oro y piedras preciosas y la rosa de oro recibida poco antes de manos del papa (G. Rubio, Historia de Nuestra Señora de Guadalupe, Barcelona, 1926, p. 99 y p. 238). Sobre las relaciones entre los reyes de Portugal y el monasterio, véase I.M.R. Braga, O Mosteiro de Guadalupe e Portugal: séculos XIV-XVIII. Contribuiçâo para o estudo da religiosidade peninsular, Lisboa, 1994. 170 Crónica incompleta..., p. 181. 171 Ibídem, pp. 180-181.
88
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 89
El combate por la legalidad
Este testimonio, de ser cierto, mostraría la puesta en marcha de una estrategia propagandística 172. El rey se vale de intermediarios, “agentes” que se encargan de publicar la idea de que él es el monarca Encubierto de las profecías, al mismo tiempo que divulgan y transmiten el elogio de sus virtudes, unas virtudes que justificarían la elección mesiánica de este rey. En el caso de que la profecía de san Isidoro no fuera conocida por ciertos grupos, estos agentes se encargan de contarla y darla a conocer, aunque el nombre de el Encubierto no resultaba desconocido entre las clases populares 173. Alfonso V trata, pues, de crear cierto “estado de opinión” favorable antes de entrar en Castilla. Trata de divulgar una imagen positiva de sí mismo, lo que, en el vocabulario de la época se denomina como buena fama 174. Estas estrategias pudieron dar sus frutos y los partidarios de Isabel y de Fernando lo reconocían en documentos no oficiales, como la carta que escribía Diego de Valera a Fernando de Aragón, en agosto de 1478, en la que recordaba la entrada del rey portugués en Castilla, y reconocía que el estado de opinión reinante en Castilla era bastante favorable a Alfonso: “Vuestra Ecelencia no deve olvidar con quánd flaco poder en estos reinos entró e quántos émulos e contradictores ovo, e quánd poderoso vuestro adversario en ellos vino, e con quánto favor de los naturales”. Diego de Valera advertía al rey Fernando que el rey Alfonso de Portugal tuvo en Castilla mejor fama y prestigio que él 175. La intención de adaptarse a una idea de monarca mesiánico estaba dirigida, con toda probabilidad, a las clases populares, urbanas y campesinas. Junto con la idea de justicia, la labor pacificadora que encarna la realeza mítica es otro de los aspectos que más valoran en sus gobernantes estos sectores de la población 176. No sería extraño pensar que, si realmente Alfonso de Portugal llevó a cabo esta estrategia simbólica, como cuenta el cronista, pudiera estar pensando en combatir con sus propias armas la buena fama que Fernando de Aragón se estaba fabricando. El príncipe de Aragón, ya por aquel entonces y desde que se casó con Isabel, había sido objeto de atribuciones mesiánicas por algún escritor 177. No obstante, los 172
El empleo y difusión de profecías ha sido señalado entre los medios de propaganda de guerra utilizados frecuentemente a lo largo de la Guerra de los Cien Años; véase, P. Contamine, “Aperçus sur la propagande de guerre, de la fin du xii e au début du xv e siècle: les croisades, la guerre de cent ans”, en P. Cammarosano, (ed.), Le forme della propaganda politica nel due e nel trecento, Roma-París, 1994, pp. 910); véase además: P. Guerrini, Propaganda politica e profezie figurate nel tardo Medioevo, Nápoles, 1997. 173 De los nombres con que habitualmente designan las profecías al rey mesiánico, el nombre de el Encubierto es el que se conocía entre los medios no cultos, tal y como se deduce de un autor aragonés que escribe en esta época: “Que unos le dizen rex cristianorum, otros le dizen cuerno pequenyo, otros, vespertilión, otros rey de los griegos, otros le llaman rregulus, otros, león d’Espanya, otros, rey de Arragón. E agora nuevamente es llamado por las personas ignorantes el Encubierto”, Biblioteca de Catalunya, ms. 273, f. 4v. 174 “Concluyo que en él eran tantas cosas y graçias para rey, que con las dichas de su fama, los a él afiçionados avían lugar de le publicar por el Encubierto” (Crónica incompleta..., p. 181). 175 D. de Valera, Prosistas castellanos..., p. 14. 176 Véase el estudio de M. García Pelayo, El reino de Dios como arquetipo político. Estudios sobre las fases políticas de la Alta Edad Media, Madrid, 1959. 177 La atribución mesiánica más clara que circulaba, de las aplicadas a Fernando de Aragón, es la que menciona el poema que le tributó la ciudad de Barcelona en una de sus entradas a la ciudad. Este poema se
89
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 90
Ana Isabel Carrasco Manchado
agentes castellanos de Fernando no habían recurrido aún al uso de las profecías en su política por la sucesión castellana. En este sentido, el rey portugués se adelanta a Fernando con esta puesta en escena de las teorías profético-mesiánicas. Otra estrategia simbólica encaminada a resaltar la magnificencia del estado real y el alto grado de poder del rey Alfonso de Portugal se percibe en el despliegue del complicado y rico aparato real y militar con el que pretendía impresionar los sentidos de los castellanos: “Y los cavallos de su persona así de la brida como de la gineta, venían tan luzidos y ricos, que a maravilla se miravan, y asimesmo, todos los grandes de su reyno y los hidalgos de él venían tan ricos y las tiendas y alfaneques de su real tan galanas y costosas, que estremadamente se aventajavan de lo que los otros reyes solían traher. El qual tan poderoso entró de gentes de cavallo y de pie, que con la ayuda de muchos grandes de Castilla que estavan a su serviçio non sólo estos reynos, mas el mundo se presumía que por este avía de ser conquistado. Él así poderosamente entrado a vanderas desplegadas, mansamente caminando dos o tres leguas al día, llegó a la çibdad de Plasençia” 178.
A su llegada a la ciudad de Plasencia realizó una entrada solemne bajo palio. No sabemos si juraría los privilegios de la ciudad, puesto que los cronistas suelen omitir este dato. Traspasadas las puertas, los duques de Arévalo le hicieron entrega del alcázar, gesto que se ofrece sólo a los reyes. La noche acaba con las fiestas habituales: “El rey don Alonso fue triunfosamente reçebido de los grandes que en la çibdad de Plasençia le estavan esperando y de todos los regidores con su paño brocado, segund costumbre que las çibdades a sus reyes naturales suelen hazer. Y luego don Álvaro de Stúñiga, duque de Arévalo, y la duquesa su muger le entregaron los alcáçares de Plasençia, y el rey don Alonso en ella aposentado y todas sus gentes en su real en el campo, fuéronle aquella noche grandes fiestas y solenidades hechas” 179.
Dos días después, según este mismo cronista, se procede a la ceremonia de proclamación. Fue el día 29 de mayo 180 y tuvo lugar con las ceremonias acostumbradas:
había fechado en 1473 (A. Morel -Fatio, “Souhaits de bienvenue adressés à Ferdinand le Catholique par un poète barcelonais, en 1473”, Romania, XI (1882), pp. 333-356), pero en la actualidad se ha vuelto a editar, atribuyéndolo a Alfonso de Jaén y fechándolo en agosto de 1472 (E. Duran y J. Requesens, Profecia i poder al Renaixement, Valencia, 1997, pp. 299-325). 178 Crónica incompleta..., pp. 181-182. 179 Ibídem, p. 182. 180 J. Fernández Domínguez, La guerra..., p. 25.
90
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 91
El combate por la legalidad
“Pasados dos días después que el rey don Alonso entró en Plasençia, fue hecho un rico cadahalso en la plaça della, en el qual él fue sobido y doña Juana su sobrina, hija de la reyna doña Juana su hermana, de quien ya avéys oy´do, y puestos ambos en el cadahalso con alto son de trompetas y sus reyes de armas y harautes, fechas aquellas solenidades que a la coronaçión de los reyes se acostumbran, allí en pública plaça juró el rey don Alonso, que ya se llamava de Castilla” 181.
En el mismo acto, Alfonso fue desposado con su sobrina; se trataba de un acto de ratificación del matrimonio con la princesa Juana que ya había sido efectuado por poderes cuando esta se encontraba en Trujillo. Según la carta de Juana, al tiempo que se desposaba con ella, el rey Alfonso “solenemente juró e fizo voto solene de nunca me sacar fuera destos dichos mis reynos, nin su señoría salir fuera dellos fasta mediante la graçia de Dios los allanar e paçificar”. Tras los desposorios, los nobles allí congregados, todos sus partidarios (el duque de Arévalo, el marqués de Villena, el conde de Ureña, que juró también en nombre del maestre de Calatrava, su hermano; Juan de Estúñiga, maestre de Alcántara, el conde de Miranda, Pedro Puertocarrero, el obispo de Plasencia, el prior de San Marcos, Diego López de Estúñiga, Fernando de Monroy, Gonzalo de Saavedra, el licenciado de Ciudad Rodrigo, el canciller Enrique de Figueredo, Alonso de Herrera, el secretario Juan de Oviedo y el protonotario Juan de Salcedo), proceden a jurar a los reyes y a prestarles homenaje. Seguidamente, se alzaron los pendones: “E en nombre dellos, e de los tres Estados dellos, por la gracia de Dios nos recibieron e intitularon por su rey e reyna destos dichos mis reynos e señoríos de Castilla e de León, e nos obedecieron e fizieron juramento, e omenage de fidelidad, como a su rey e reyna e señores naturales dellos, alçando públicamente pendones por nosotros, con la reverencia, e solemnidad e cerimonias acostumbradas, según que las dichas leyes destos mis reynos lo disponen e mandan” 182.
En un último lugar menciona Juana el juramento solemne de las leyes del reino que ellos mismos como reyes de Castilla deben jurar: “E el dicho rey mi señor e yo assí mismo prometimos e juramos luego ende a estos dichos mis reynos e a las iglesias e perlados e ciudades e villas, e fidalgos dellas, las cosas en tal caso ordenadas por las dichas Leyes”. Nótese que Juana dice que el juramento fue prestado por ella y por Alfonso, conjuntamente, y que, en la Crónica incompleta, se dice “juró el rey Alfonso”. Es importante destacar este hecho puesto que, en ese caso, el rey portugués habría conseguido lo que Fernando no 181 182
Crónica incompleta..., pp. 184-185. J. Fernández Domínguez, La guerra..., p. 25.
91
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 92
Ana Isabel Carrasco Manchado
pudo hacer, dado que Isabel se le adelantó al organizar ella sola la ceremonia de proclamación: jurar los derechos del reino como rey de Castilla. Alfonso, como Fernando, tenía la voluntad de asumir la titularidad de la Corona de Castilla, desplazando la línea femenina. Esta concepción masculina del poder real se pondrá de manifiesto a lo largo de la guerra. Alfonso considera que la sucesión de Castilla es una cuestión que debe ser debatida exclusivamente entre Fernando de Aragón y él mismo. El papel de Juana, como el de Isabel, es secundario en la concepción de los dos reyes foráneos. El conflicto sucesorio se produce porque son mujeres las dos pretendientes al trono 183. La ceremonia concluyó con la aclamación popular y con las alegrías acostumbradas, ritos que subrayan el consenso popular. “Y allí el alto son de trompetas sonando y las gentes en alta voz muchas vezes nombrando su apellido, fue coronado y desposado triunfosamente y besadas las manos por todos aquellos señores grandes y otros cavalleros por su rey y señor y estos nuevos reyes con grandes alegrías fueron levados a los alcáçares de aquella çibdad” 184. La proclamación de Juana como reina de Castilla se hizo, por tanto, con las ceremonias acostumbradas. La consecución de la legalidad sucesoria pasaba por la celebración pública de estas solemnidades. El día 30 de mayo firmaba la reina Juana la carta enviada a todas las ciudades del reino informando de esta ceremonia de proclamación y ordenando el levantamiento de pendones por ella. En la carta refutaba todos los argumentos de la propaganda isabelina sobre sus derechos al trono y sugería la posibilidad de que ambas reinas abdicasen y se sometiera el problema sucesorio a un arbitraje 185. Los pasos de sus adversarios estaban siendo seguidos por la pareja real castellano-aragonesa, y las respuestas no se hicieron esperar: desde Medina del Campo, el rey comunicaba a los concejos del obispado de Murcia que había dado plenos poderes a Pedro Fajardo para hacer la guerra a los rebeldes; el día 27 de mayo escribía a los concejos que estaban bajo el señorío de estos nobles ordenándoles que 183
En uno de los carteles de desafío cruzados con Fernando en el trance de la contienda caballeresca que les mantuvo ocupados en una de las fases de la guerra (y que analizaremos más adelante), Alfonso le dice a Fernando por boca de su heraldo: “pues que su real senyoría y la vuestra soys la cabeça cada huno por su parte y por tanto bien universal de aquestos reynos, quisísteys offrecer vuestras personas a peligro de batalla particular, no se deviera dizir ni pensar en ygualdat ni desigualdat de las senyoras reynas vuestras mugeres, que deven andar e seguir tras vosotros” (pp. 291-292: citaremos en su lugar correspondiente la edición de este cartel de batalla). 184 Crónica incompleta..., p. 186. 185 Se conoce la que fue enviada a Madrid, copiada por el cronista Zurita, y la de Zamora, que es la que seguimos. Los historiadores han dado a esta carta el nombre de manifiesto. L. Suárez Fernández dice que este manifiesto se “disuelve” en sus dos últimas partes, “en infelices recursos de propaganda” (Historia de España..., p. 127). Su afirmación nos parece un juicio de valor parcial de este historiador. El discurso de la carta puede calificarse de propagandístico, pero no en menor medida que las cartas que, por esas fechas, enviaban Fernando e Isabel a las ciudades. Juana o sus agentes no hacen sino contestar a los argumentos sobre los que Isabel, o los suyos, sustentaban el derecho al trono. Se trata de un ejemplo más de la dinámica propaganda-contra propaganda que se observa a lo largo de la guerra sucesoria. Por lo demás, la disposición de Juana a someterse al arbitraje revela un mayor compromiso con la legalidad que la que tomó Isabel, que fue la vía de la fuerza.
92
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 93
El combate por la legalidad
se rebelaran contra sus señores 186. No tardarán mucho en declarar su intención de conquistar el reino de Portugal, como forma de contrarrestar la ofensiva del monarca portugués. Se trata de una respuesta contra-propagandística que tendrá no sólo efectos simbólicos, sino también efectos inmediatos en el plano militar: combatientes castellanos se lanzaron a la conquista de territorios portugueses con la esperanza de conseguir honores y señoríos. Nace un nuevo incentivo para atraer hombres de armas y partidarios al bando de Isabel y Fernando. 4. Disputas de honor y de reconocimiento en la corte
papal: “Deberíamos ser quexosos de su santidad” Una forma de propaganda que ningún príncipe de la época debía descuidar era la que se proyectaba fuera de las fronteras del propio reino. Los embajadores, además de cumplir las misiones políticas que les eran encomendadas en las instrucciones que recibían de los reyes, eran conscientes de su papel como agentes de la representación simbólica 187. Una parte de la propaganda dirigida al exterior de las fronteras se proyectaba desde el propio reino, mediante el trato otorgado a los extranjeros que visitaban la corte. Los delegados y embajadores extranjeros que pedían audiencia ante los reyes eran los principales destinatarios de unas estrategias propagandísticas específicas. Era importante ofrecer buen trato a los extranjeros y rendir los debidos honores a los embajadores y delegados de las cortes extranjeras. Otras formas de propaganda se transmitían hacia los distintos reinos occidentales de la mano de las embajadas enviadas desde Castilla. Era ésta una forma más frágil, porque, fuera de las fronteras del reino, los reyes no podían controlar esa propaganda, que dependía completamente de la voluntad favorable de los príncipes extranjeros y de la fortaleza de los apoyos en la corte a la que se dirigieran. Se produce el choque o la confluencia de dos propagandas, la del príncipe que envía el embajador y la del que lo recibe. Si el embajador es bien recibido y honrado, todos saldrán beneficiados. En este sentido, Roma era el espacio de encuentro y de competencia de todas las estrategias de representación y de propaganda de los príncipes europeos. Todos los príncipes y sus embajadores compiten entre sí y con el papa, que, como cabeza de su propio Estado y de la Iglesia, desarrolla y expande también su propia política simbólica. Los monarcas cristianos estaban obligados a acudir a Roma a dar la obediencia al papa, siempre que sucedía una nueva elección pontificia, o siempre que se elevaba un nuevo monarca en el trono. En el mes de mayo de 1475 enviaron Isabel y Fernando una embajada con objeto de prestar la obediencia al papa y presentar una serie de peticiones. Sería una buena ocasión para que quedara escenificado, ante todos los delegados de los reinos occidentales, el tipo de 186
Estas cartas en: A. Moratalla, Documentos de los Reyes Católicos..., docs. 40, 41 y 42. El arte jugaba un papel fundamental en el desarrollo de estas políticas de representación. Véase, con relación a los Reyes Católicos, J.M. Martín García, Arte y diplomacia en el reinado de los Reyes Católicos, Madrid, 2002.
187
93
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 94
Ana Isabel Carrasco Manchado
reconocimiento que el papa Sixto IV daba a Isabel y a Fernando en público. No obstante, la embajada se presentó como una embajada aragonesa, puesto que era el monarca Juan II quien, desde que Sixto IV subiera al pontificado, no le había prestado todavía la obligada obediencia 188. El momento elegido tenía una significación primordial para Isabel y Fernando, que aspiraban ellos también a poder dar la obediencia al papa como reyes de Castilla y de León. El papa Sixto IV aún no se había inclinado con claridad por ninguno de los dos bandos que se debatían por la sucesión en Castilla, aunque hubiera dado muestras de apoyo en ocasiones anteriores. No era fácil saber qué tratamiento iba a darse a los embajadores de los príncipes aragoneses, reyes de Sicilia, que acudían a Roma juntamente con los embajadores de Aragón. Allí habrían de encontrarse también con los representantes portugueses. ¿Cómo les recibiría el papa? Arrebatarles los honores a los portugueses iba a ser difícil pero, al menos, podían conseguir no quedar por detrás de ellos e intentar obtener el tratamiento debido como embajadores de los nuevos reyes de Castilla y León. Conocemos a grandes rasgos cómo se desarrolló esta embajada por una relación que envió desde Roma el protonotario apostólico y datario del papa, Francisco de Toledo, a la reina 189. Este personaje era deán de Toledo y, desde los comienzos del conflicto interno que vivía Castilla, jugó un papel importante en la lucha dialéctica a favor o en contra del rey Enrique IV. Durante el conflicto sucesorio en vida del rey mantuvo una posición ambivalente 190. Por estas fechas, el deán era, sin embargo, uno de los principales valedores de Isabel en la corte romana, urdidor de adhesiones entre la curia, actuando junto al cardenal Rodrigo Borja. Estudió en París y era maestro en Teología. Un hombre capaz de argumentar, diestro en el uso de la palabra y de las ideas, como se precisaba para este tipo de gestiones 191. Los embajadores que partieron desde la Península hacia 188
T. de Azcona, Isabel..., p. 287. La encontró A. Paz y Melia entre los papeles de Zurita y la transcribió en su obra El cronista..., pp. 189-194. 190 Alfonso de Palencia criticó en su Gesta hispaniensia la ambivalente actitud propagandística del deán de Toledo que unas veces atacó a Enrique IV en sus sermones, para después defenderlo con argumentos bíblicos ante el papa; véase A.I. Carrasco Manchado, “Aproximación al problema de la consciencia propagandística...”, p. 247. 191 Su formación intelectual le sirvió, ya en 1449, para asesorar a Juan de Torquemada en las negociaciones sobre la rebelión de Pero Sarmiento. En 1470 ejercía de embajador de Enrique IV. En esta fecha es nombrado datario de Sixto IV y protonotario apostólico. Su cercanía al papa y su experiencia política en la corte romana sería de gran utilidad a Isabel y Fernando: era consejero de Sixto IV sobre la política castellana y había ejercido como embajador pontificio en Aragón y en Francia (éste y otros datos sobre el personaje en J.M. Nieto Soria, Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480), Madrid, 1993, p. 461). En agosto de 1475, poco después de esta embajada, escribía el cardenal Piccolomini a Francisco de Toledo mostrándole su incapacidad para decantarse en la cuestión sucesoria castellana, a causa de los argumentos que a favor y en contra de las dos legitimidades se enfrentaban. Francisco de Toledo defendía con ahínco los derechos sucesorios de Isabel (o de Fernando, pues nótese que en el siguiente texto se habla de la “causa aragonesa”): “He oído a muchos defensores de la causa aragonesa, a ti el primero, a ti muchas veces”, dice el cardenal Piccolomini (citado por T. de Azcona, Isabel..., p. 262). Francisco de Toledo era, pues, uno de los principales sostenedores de las pretensiones de Isabel y así lo demuestra en su narración. T. de Azcona ha escrito sobre este personaje también en su obra La elección y reforma del episcopado 189
94
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 95
El combate por la legalidad
Roma no eran menos hábiles. Por la parte castellana, en representación de Isabel y de Fernando, acudió el deán de Burgos, Alonso de Barajas, que era jurista 192 y, por la parte aragonesa, el maestre de Montesa, Luis Despuig, cuya presencia fue decisiva para salvar esta embajada desde el punto de vista propagandístico. Según la relación del deán de Toledo, la delegación hispana llegó al puerto de Ostia un miércoles, y al día siguiente se acercaba ya a Roma por el río. Pero la entrada oficial en la ciudad no tendría lugar hasta el día siguiente. El jueves fueron recibidos por todos los hispanos que residían permanentemente en Roma, “todos los principales de nuestra nación, de unos reynos y otros”, castellanos y aragoneses. A la cabeza de la comitiva iba el cardenal de Monreal, Ausiàs Despuig, sobrino del maestre de Montesa, con otros prelados. El cardenal les preparó alojamiento cerca de San Pablo Extramuros. Esta primera recepción por los compatriotas de los embajadores interesa menos que la del día siguiente, viernes, día en que la delegación realizaría su entrada oficial en la ciudad. El viernes por la tarde, acudió una copiosa comitiva a recibir a los delegados hispanos. En la comitiva iban dispuestos siguiendo este orden: en primer lugar, los familiares del papa, seguidos por los cardenales y sus familiares; a continuación, los embajadores de los príncipes, seguidos por los prelados, nobles y personalidades destacadas en la corte. El deán de Toledo afirma que estuvo presente “universalmente todo lo bueno de la corte”. No faltaron los sobrinos del papa, el prefecto de Roma y el conde 193. Todo había resultado “segund la costunbre”, pero, además, los hispanos debían estar contentos por la multitud que se congregó en torno a la delegación, ya que la “recepción fue bien magnífica y honrosa”. En el transcurso de esta recepción se leyó un mensaje del papa dándoles la bienvenida y enviándoles, además, su bendición. No obstante, para decepción de todos los parciales de la causa real castellano-aragonesa y, mayormente, de los embajadores, el papa no se refirió a estos como embajadores de los reyes de Castilla: “Fueron recibidos y fablados como embaxadores de vuestras altezas, juntamente con el señor rey de Aragón, vuestro padre” 194. Un incidente vino a turbar la recepción. Como era de esperar, los portugueses no iban a permitir que se honrara más de lo debido a los embajadores. Con ayuda de los delegados franceses e imperiales 195, elevaron sus quejas al español en tiempo de los Reyes Católicos, Madrid, 1960, pp. 83-84. Fue nombrado obispo de Coria este mismo año de 1475, probablemente como premio a su labor constante en Roma. 192 J. M. Nieto, Iglesia y génesis..., p. 426. Contaba también con experiencia en los asuntos de Roma, pues era refrendario pontificio. 193 El conde era Girolamo della Rovere, conde de Ímola, en cuanto al prefecto de Roma, dos sobrinos de Sixto IV fueron prefectos ese año: Leonardo della Rovere, casado con Juana de Aragón, hija natural del rey de Nápoles, y Giovanni della Rovere, que hereda el cargo a la muerte de su hermano, en este año de 1475, véase J. Heers, La corte de los Borgia, Buenos Aires, 1990, p.75. No sabemos el mes concreto de la muerte de Leonardo della Rovere, pero es probable que se tratara del prefecto al que se refiere el deán de Toledo, por su vinculación matrimonial con la casa de Aragón, pues dice en su carta que el prefecto tenía “debdo y parte por respecto del señor rey don Fernando” (A. Paz y Melia, El cronista..., p. 189). 194 Ibídem, p. 189. 195 El emperador Federico III estaba emparentado con Alfonso V en virtud de su matrimonio con Leonor
95
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 96
Ana Isabel Carrasco Manchado
papa, el cual, aunque irritado con ellos, tuvo que darles alguna satisfacción. Tal satisfacción fue la publicación de una bula, dictada por el papa Pío II, en la que se declaraba la neutralidad de los pontífices en las recepciones de embajadores de príncipes que están dirimiendo conflictos sucesorios. Esto, después de todo, no era más que una alusión a la actitud que Sixto IV venía demostrando en todo este proceso, hasta la fecha. Lo que realmente molestó a los delegados embajadores fue que tal bula se leyó en los lugares principales, plazas y otros lugares públicos, el mismo día de la entrada y del recibimiento oficial de la delegación castellano-aragonesa 196. Gracias a la labor obstaculizadora de los adversarios portugueses, los efectos de este acto en el plano simbólico quedaron un tanto deslucidos, a pesar de los honores tributados a los embajadores. Una vez celebrado el recibimiento oficial en la ciudad, se asignó a los embajadores el día para prestar la obediencia al papa, el miércoles siguiente. En esto también trataron de intervenir los portugueses y sus aliados, quienes hubieran querido que la obediencia se prestara cualquier otro día de la semana y no el miércoles, por ser el día de audiencia solemne. El papa, expresamente, les señaló ese día, lo cual fue motivo de alegría general para los seguidores de Isabel y Fernando, por una razón: “Su Santidad expresamente me respondió que su voluntad era honrrarlos, e quería que fuesen oy´dos el miércoles, porque es día de audiencia, e porque la audiencia e todo el curso de la corte se suspendiese, e se ficiese mención deste fecho en todos los actos que por el presente en corte penden, ca es tal la costumbre, que si el curso de la corte se empacha algún día, en todos los actos se face mención e se pone la causa e razón porque se ynpidió” 197.
El nombre de los reyes –y, quizá, su título– sería mencionado en todos los actos que debían quedar relegados por causa de la obediencia que habría de celebrarse ese día. De este modo, la embajada de los reyes lograría una mayor publicidad. No hay duda de que el papa quería, de este modo, compensarles de los incidentes ocurridos el día de su entrada. El gesto de consideración del papa obligaba a los embajadores a no descuidar sus propios gestos. Los defensores del partido de Fernando e Isabel en Roma, el cardenal Rodrigo Borja y el cardenal de Monreal, les alertaron sobre el gran número de castellanos y de aragoneses que querían presentarse el día de la obediencia como procuradores, para acompañar a los embajadores venidos de la Península. Es lógico que todos quisieran recibir ese honor, pero resultaba peligroso. El deán lo explica así a la reina: de Portugal (L. Suárez, Política internacional de Isabel la Católica, I, Valladolid, 1965, p. 164). Sobre la intervención del monarca francés Luis XI en favor de la concesión por parte del papa de la dispensa que legalizara el matrimonio entre Alfonso V y la princesa Juana, veáse T. de Azcona, Juana de Castilla, mal llamada La Beltraneja: 1462-1530, Madrid, 1998, p. 61. 196 A. Paz y Melia, El cronista..., p. 189. 197 Ibídem, p. 190.
96
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 97
El combate por la legalidad
“Porque esta numerosidad, non solamente acá non es bien mirada, mas ofende, convino moderarla. Si todos los que fueron nonbrados vinieran de allá, tolerarse pudiera; mas por ser estantes acá, e no tener todos, ni poder tener, estado conveniente a tal nombre e a la honrra que requiere vuestro servicio, non suele parescer bien. Es asimismo molesto, ca como cada un embaxador ha de preceder a todos los prelados que son en la corte, e son en ella muchos grandes e dignísimos honbres, reciben ofensa en ser precedidos de tantos, mayormente si son personas de menos que mediano estado” 198.
La lucha por la precedencia en la corte pontificia siempre había sido motivo de conflicto entre los delegados y representantes de los príncipes 199. Existía un código de honor, no siempre conocido en todas sus normas y usos, como en este caso, que se inscribía en el espacio de las jerarquías, del orden y de los gestos. Es labor de los agentes de los reyes conocer todos estos signos para salir airosos en las ceremonias. Es necesario cuidar hasta el más mínimo detalle. Todo debe ser pactado desde el principio para evitar conflictos desagradables. El deán de Toledo puso en conocimiento del papa la decisión de reducir al mínimo los que habían de prestar la obediencia: tan sólo el maestre de Montesa y el deán de Burgos. No habría sobresaltos. Llegó, al fin, el día de la obediencia. De nuevo acudió una comitiva para acompañar a los embajadores al palacio. A la cabeza iba el prefecto de Roma, sobrino del papa, que llegó “muy acompañado” (el número de personas que integran una comitiva mide la importancia del rango y de la estimación). Este gesto del prefecto gustó, pues honraba a los embajadores. A la comitiva se sumó un gran número de personas, los cardenales de origen castellano y aragonés y sus familiares, así como otros muchos notables y prelados que les condujeron al palacio papal. Una vez llegados al palacio, el papa les expresa un nuevo gesto de honor, esta vez relacionado con el escenario de la ceremonia. La obediencia sería dada en la sala mayor del palacio donde, dice el deán de Toledo, gran conocedor del protocolo pontificio, “non suelen ser recibidos sinon algunos, e quando vienen con gran solemnidad” 200. Una vez congregados todos en la sala del palacio, comienzan los oradores a expresar las proposiciones que preceden al otorgamiento de la obediencia. Por parte de Isabel y Fernando, hablaría el deán de Burgos, Alonso de Barajas. Juan Gato, obispo de Cefalú, a petición del maestre, se encargó de la oración por parte aragonesa. El maestre, aprovechando la estancia en Roma de este prelado, lo eligió por ser “hombre muy docto e de grand fama e reputación e criado en esta 198
Ibídem, p. 190. Es obligado citar aquí la obra de Alfonso de Cartagena, Discurso sobre la precedencia del rey católico sobre el de Inglaterra en el concilio de Basilea. Este conflicto fue analizado por L. Fernández Gallardo, “Alonso de Cartagena en Basilea (nuevas observaciones sobre el conflicto anglo-castellano)”, Archivos leoneses, 95-96 (1994), pp. 9-91. 200 A. Paz y Melia, El cronista..., p. 190. 199
97
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 98
Ana Isabel Carrasco Manchado
corte”. Su discurso fue muy digno. También Alonso de Barajas habló “muy bien e como convenía al negocio”. Desgraciadamente no se conocen estos discursos pero, es de suponer que, en ellos, los oradores de los reyes volcarían todo su saber para defender la posición de Isabel y Fernando como reyes de Castilla. Por las palabras del deán sabemos que el discurso resultó eficaz, puesto que un abogado consistorial hizo una protesta en nombre de los portugueses, que fue contestada de inmediato por el obispo de Oviedo, Alfonso de Palenzuela, reconocido orador que se encontraba también en Roma 201. El prelado se levantó y “respondió en pocas palabras, muy bien, con honestad e prudencia, confutando la vanidad e desvarío, non del que fabló, mas de los que le ficieron fablar” (p. 191). Después vino la respuesta del pontífice. Alabó a Isabel y a Fernando, pero moderadamente. Se las arregló para que en su discurso ninguno quedara agraviado. Se refirió a Isabel y Fernando como “reyes de Castilla”, sin embargo no hizo distinción alguna respecto al rey de Aragón. Es difícil de imaginar la fórmula, sin tener los términos exactos del discurso; da la impresión de que el papa quería “nombrar sin nombrar”. Así lo explica el deán a Isabel: “Respondió juntamente, faciendo del señor rey de Aragón e de vuestras altezas, así como de padre a fijos, un cuerpo e una persona; nombrando, pero, reyes de Castilla, lo qual primero non había fecho” 202. Una vez finalizado el acto, el papa quiso recibir en privado al maestre de Montesa, a título personal, excluyendo a los otros embajadores castellanos. Aquella noche asistieron a un convite solemne ofrecido por el cardenal de Monrreal. El partido castellano-aragonés tenía oportunidad de comentar todo lo sucedido. Pero todo no acababa aquí. El viernes siguiente el papa volvería a recibirles en audiencia. Era preciso tratar todos los asuntos que traían los embajadores debidamente asentados en sus instrucciones. Llegados a la audiencia, el maestre de Montesa recibe nuevos honores del papa: le hizo sentarse junto al cardenal de San Pedro, con la cabeza cubierta, “lo qual no se acostumbra”, dice el deán. Se repite, pues, un gesto de honor relativo al orden y a la precedencia. El maestre 201
El franciscano Alfonso de Palenzuela, obispo de Oviedo desde 1469, fue un prelado vinculado desde muy pronto a la casa real castellana, como confesor de las reinas María e Isabel, esposas de Juan II. Profesor de teología en el convento de San Francisco en Salamanca, fue maestro y amigo de Rodrigo Sánchez de Arévalo, el embajador en Roma de Enrique IV y alcaide de Sant’Angelo. Con él compartió alguna misión en la corte papal. Gozaba de gran prestigio, no solamente entre los castellanos que estaban en Roma, por ser consejero y predicador real, sino también en la curia romana, como demuestra su título de capellán pontificio. Fue él el encargado de dar la obediencia al papa Pío II, en nombre de Enrique IV, y actuó como su orador en la corte pontificia en numerosas ocasiones. Tenía, pues, una dilatada experiencia diplomática, y no sólo en Roma, pues también ejerció de embajador de Enrique IV en Inglaterra. Su actitud ante la guerra civil en tiempos de Enrique IV parece ser neutral, aunque, antes de la muerte del rey, en 1474, trabajaba ya a favor de Isabel. Entrega en su nombre una carta a Sixto IV que este responde el 19 de julio de 1474. Manuel de Castro desconoce el título que ostentaba en Roma Palenzuela en 1974, si embajador del rey que cumple encargos de Isabel o delegado de la propia Isabel (véanse, éste y otros datos del personaje en M. de Castro, “Confesores de los Reyes Católicos”, Archivo Iberoamericano, 34 (1974), 55-126; pp. 62-70 las dedicadas a Palenzuela). En Roma permanecería el resto del tiempo, hasta julio de 1475, momento en que se produce esta embajada de Isabel ya titulada reina. 202 A. Paz y Melia, El cronista..., p. 191.
98
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 99
El combate por la legalidad
pronunció su discurso en italiano. Trató las dos cuestiones que más interesaban en esos momentos a Isabel y a Fernando, el asunto del maestrazgo de Santiago y el de la dispensa papal que Alfonso de Portugal había solicitado para casarse con su sobrina. El resto de artículos, que desconocemos, fueron propuestos por el deán de Burgos. El papa dio su respuesta, mostrando, de nuevo, una actitud neutral o indiferente respecto al problema sucesorio en Castilla. No obstante, no dejó de honrar a los embajadores: acabada la audiencia, les entregó un notable regalo que no se especifica en la relación. Poco más podía esperarse del papa, a no ser que demostrara un mayor compromiso hacia los reyes en otra reunión que mantuvo en privado con el Maestre de Montesa, por espacio de tres horas. Los embajadores se dedicaron, por tanto, a estrechar los lazos del partido castellanoaragonés que actuaba en Roma, ganar adhesiones o, al menos, tratar de conseguir los honores de los cardenales. El domingo asisten a una espléndida fiesta y a otro convite “solemne” 203 ofrecidos por el vicecanciller. Y el resto de la semana, los embajadores se ocuparon en visitar a los cardenales. El personaje más honrado de la delegación fue, sin duda, el maestre de Montesa, Luis Despuig. Ya antes de dar la obediencia, recibió la visita del vicecanciller, y de los cardenales de Milán, de Cuenca y de Monferrat, “lo qual no se acostumbra facer, mas porque en toda esta Italia es muy conoscido e reputado e es tenido como padre, fácenle, así el papa como los cardenales, muy grandes honores”. Otros, le enviaron regalos: “si no le visitaron con las personas, visitáronle con sus cosas” 204. Así pues, la presencia del maestre de Montesa, y de todo su séquito en la delegación fue decisiva. El propio deán de Toledo reconoce este hecho: “Mucho ha fecho para el servicio de vuestras señorías esta venida e presencia aquí del dicho maestre con su actoridad e reputación, e vino muy aconpañado de caballeros e personas de condición, e todos muy bien en orden, así en vestiduras como en muchos collares e cadenas de oro, sin dubda todo bueno e bien ordenado” 205. Parece que, gracias al maestre, los embajadores castellanos pudieron desfilar por las calles de Roma mostrando la debida riqueza y pompa que se espera de una delegación regia. Llama la atención que Isabel y Fernando no pudieran exhibir en Roma la magnificencia que se suponía podrían desplegar los reyes castellanos. Los efectos de la propaganda regia en esta embajada se medían en términos de acumulación y de proyección de honores. Esta necesidad política se trasluce a cada paso en las palabras del deán de Toledo a la reina: honor, honra, reputación, son la clave de su discurso. La primera recepción que les tributaron fue “bien magnífica y honrrosa”, fueron tratados “honoríficamente”, cosa que no deseaban los portugueses; la obediencia se concede en día de audiencia, porque el papa dijo que “su voluntad era honrrarlos”; el día de la obediencia, el prefecto de Roma, sobrino del papa, salió con su comitiva a recibirlos “por facer honrra a los embaxadores”. El papa les permitió hablar en la sala mayor del palacio, que no suele hacerse 203
Ibídem, p. 192. Ibídem, p. 193. 205 Ibídem, p. 193. 204
99
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 100
Ana Isabel Carrasco Manchado
sino en momentos de “gran solemnidad”, y respondió a su obediencia “ofreciéndose a la honrra de vuestras maiestades”. Recibiero presentes, asistieron a “solemnes” banquetes y fiestas, y el maestre de Montesa fue “honrado” por el papa en varias ocasiones, y por los cardenales, debido a su gran “reputación”. Si no se podía conseguir que el papa concediera las peticiones que traían los embajadores en sus instrucciones, era deseable, al menos, que los reyes y ellos en su nombre fueran tratados con el debido protocolo. Aunque era preferible recibir un tratamiento de excepción, con gestos que apuntasen al máximo honor, a la honra, a la distinción, para obtener así una mayor efectividad propagandística. Qué duda cabe que el deán de Toledo, en su relato dirigido a la reina, intentó resaltar los aspectos más positivos y favorecedores, aunque a Isabel no se le debió escapar lo difícil que resultó escenificar en Roma su posición. La valoración de estas ceremonias no fue muy positiva, ni en lo propagandístico, ni en lo político 206. En la siguiente embajada que enviaron a Roma, Isabel y Fernando así se lo indicaron al papa: “Diréis a Su Santidad que, segund la forma que se tovo en el reçibimiento de nuestra obediençia y después en la expediçión de las otras cosas que le avemos enbiado suplicar, con mucha cabsa e razón debiéramos ser quexosos de Su Santidad” 207. El mismo Francisco de Toledo se despide de la reina de manera un tanto apesadumbrada: “Espero en Dios que de aquí adelante las cosas concernientes a vuestro servicio yrán en otra manera que fasta aquí” 208. Habían conseguido ser honrados, incluso en algún momento, como reyes de Castilla, y parece que en los discursos que se pronunciaron los argumentos de los castellanos fueron más brillantes que los de los portugueses. Pero, en general, se revela cierta debilidad en la capacidad de desplegar recursos propagandísticos en la corte pontificia. Si no hubiera sido por la ayuda aragonesa y por el rey Juan II, que prestó los medios y envió al Maestre, hombre de reputación en Italia, ¿hubieran sido honrados debidamente los embajadores castellanos? Hasta Francisco de Toledo, datario pontificio, parece dudarlo. Esto no es más que reflejo de la precaria situación política de comienzos del reinado y del déficit de legitimidad en la sucesión. Pero las cosas cambiarán a lo largo de los años, cuando Fernando tome posesión de su reino de Aragón y cuando sean otros los pontífices que encabecen la Iglesia 209. 206
Una de las cuestiones fundamentales que se debatían en Roma era la concesión del maestrazgo de Santiago, que reclamaba para sí el marqués de Villena. El legado a latere Nicolás Franco, enviado a Castilla al año siguiente, pidió en nombre del papa a Fernando y a Isabel que mantuvieran en suspenso la elección del maestrazgo de Santiago. Pero, el golpe más duro que recibieron fue la concesión de la dispensa matrimonial a Alfonso V y Juana de Castilla, el 3 de febrero de 1476; T. de Azcona, Isabel..., p. 293 y 296). 207 En las instrucciones dadas a García Martínez de Lerma, enviado como embajador a Roma, el año siguiente de 1476, los reyes manifiestan así su descontento al papa (transcribe estas instrucciones, conservadas en Simancas, L. Suárez, Política internacional..., I, doc. 26, pp. 314-321). 208 A. Paz y Melia, El cronista..., p. 193. 209 La conquista de Granada, coincidiendo con el pontificado del cardenal Rodrigo Borja (Alejandro VI), partidario de la causa isabelina, propició un tratamiento honorífico a los Reyes Católicos completamente distinto (sobre la relación entre los Reyes Católicos y Alejandro VI, véase, A. Fernández de Córdova Miralles, Alejandro VI y los Reyes Católicos. Relaciones político-eclesiásticas (1492-1503), Roma, 2005).
100
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 101
El combate por la legalidad
5. La retórica de la legalidad y otros discursos legitimadores 5.1. “Como era e es notorio”: de la información al panegírico Desde la muerte del rey Enrique IV y la proclamación de Isabel de Castilla, el día 13 de diciembre de 1474, hasta el momento de la proclamación de la princesa Juana de Castilla, el 29 de mayo de 1475, se observa una actividad propagandística centrada en cumplir con todos los mecanismos legales que exigía la sucesión, y transmitir la imagen de que la hermana del rey y su marido, el príncipe de Aragón, habían sucedido en el trono de una forma tranquila y sin contradicción. Lo hemos vistos en los epígrafes anteriores en los que se ha analizado el proceso ritual de la sucesión. Los momentos más significativos de este periodo corresponden a las estancias de la corte en Segovia y en Valladolid. En Segovia, se apuntaló la obediencia a Isabel y se vivió la primera batalla de la reina, que fue la que entabló contra su marido, el príncipe de Aragón, el cual tuvo que aceptar, de momento, un pacto de gobierno que justificaba la elaboración de un tipo de propaganda particular del propio Fernando hacia los reinos de su padre Juan II. En Valladolid, conseguida la mayor presencia de nobles y caballeros, se consagró la propaganda cortesana. En esta villa se vio también cómo fracasaban las tentativas diplomáticas que pretendían hacer desistir a Alfonso de Portugal de su decisión de unirse a su sobrina, asumiendo el título real castellano. A partir de entonces, la propaganda se transforma ya en una propaganda de guerra. Puesto que el deseo inicial fue apropiarse de la legalidad, la propaganda en su momento inicial toma la forma de información. Es imprescindible comunicar la muerte del rey y la ascensión del heredero (heredera, en este caso) a las ciudades y al resto de grupos de poder que intervendrán activamente en los requisitos sucesorios. El mecanismo que se activa consiste en la expedición de cartas que serán leídas en los concejos y, si son acatadas, con los rituales acostumbrados, serán pregonadas ante la masa. Estas cartas, que se benefician de una difusión tanto escrita como oral, bajo la cobertura de una información que se transmite por sus canales legales, fueron el primer soporte que transmitió el discurso legitimador imprescindible para sustentar el derecho al trono. Por eso, más que el contenido de las cartas en sí, que consiste en la afirmación de una atribución de derechos, la pura y simple información de que Isabel, con su marido Fernando de Aragón, han sucedido en el trono, la efectividad de la propaganda que contienen se basó en la rapidez de su expedición. Isabel se adelantó a su rival asumiendo el nombre de reina, señora natural y propietaria. Las cartas daban nombre a la autoridad real. En los casos en los que se consiguió el efecto político buscado, es decir, que fueran obedecidas y cumplidas, se desencadenó entonces la celebración de las correspondientes ceremonias públicas de juramento y alzamiento de pendones. En los casos en los que no fue acatada, la transmisión se quedaba en la mera expresión escrita o, como mucho, en la lectura ante un grupo reducido. Así pues, el mensaje de la propaganda se transmite,
101
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 102
Ana Isabel Carrasco Manchado
en estos primeros meses en los que se cumplimentará el hecho sucesorio en todos sus pasos rituales, mediante formas escritas y orales. El marco de difusión se reviste de suma solemnidad, puesto que cartas y expresiones orales forman parte del proceso ceremonial de mayor trascendencia para el reino: la sucesión. Los discursos, cuando van unidos a las ceremonias, quedan revestidos de un poder simbólico añadido que les hace más efectivos 210. El lenguaje ritual de la sucesión propiciaba un primer marco de refrendo colectivo a partir del cual Isabel y Fernando comienzan a hacer valer la posición legítima que han adoptado. La propaganda de estos primeros momentos fue, por tanto, enteramente institucional y su discurso adoptaba las formas de la retórica de aparato. De todas las notificaciones que se enviaron anunciando la muerte del rey, solicitando el juramento y la proclamación regia, la fundamental fue la primera, la que es enviada al concejo segoviano relatando la muerte del rey Enrique y la decisión de Isabel de ser recibida y obedecida por reina en la ciudad de Segovia. Curiosamente, esta notificación no se transmitió por carta, es decir, mediante difusión escrita, sino mediante difusión oral. Se trata del razonamiento o discurso que leyeron o pronunciaron ante el concejo reunido dos personajes destacados de la corte de Isabel, el contador mayor Alfonso de Quintanilla 211 y el consejero, el doctor Juan Díaz de Alcocer 212. La importancia de la noticia no podía recaer en una mera notificación escrita. Se hacía necesaria la presencia de los representantes reales para dar fuerza a la noticia y asegurar la respuesta, convenciendo a las autoridades de la verdad de lo transmitido, no sólo mediante argumentos, sino mediante el juramento solemne que realizaron. El mensaje fue transmitido, en este caso, predominantemente por un procedimiento oral, aunque en parte quedó recogido en el acta de la reunión municipal de ese día. A continuación tenía lugar la ceremonia de proclamación. En esta ceremonia tuvieron lugar destacado, nuevamente, los razonamientos orales. Se trata de alzar la voz ante un público más o menos numeroso congregado en la plaza 210
El contenido textual de estas cartas que intentan propiciar el proceso sucesorio está básicamente conformado por un lenguaje directivo (un tipo de lenguaje con el que se intenta influir de manera determinante en el control de los hechos futuros). Se trata de un lenguaje ritual que logra sus mayores efectos acompañado de los gestos ceremoniales a que dará lugar (véase S.I. Hayakawa, El lenguaje en el pensamiento y en la acción, México, 1992, pp. 96-98). 211 Sobre este colaborador íntimo de Isabel (era ya contador suyo y consejero en el tiempo de su “principado” y la acompañó en el acto de los Toros de Guisando) existen varios estudios biográficos: sobre este personaje: R. Fuertes Arias, Alfonso de Quintanilla, contador mayor de los Reyes Católicos. Estudio crítico acerca de su vida hechos, e influencia en la reforma económica política y militar de la monarquía española, Oviedo, 1909; Ricardo Hueso de Chercoles, “Alonso de Quintanilla, un estadista en el tiempo de los Reyes Católicos”, Boletín del Instituto de Estudios Asturianos, vol. 29 (1975), pp. 115-144; M.D. Morales Muñiz, Alonso de Quintanilla. Un asturiano en la corte de los Reyes Católicos, Madrid, 1993 y una puesta al día reciente de la misma autora: “El contador Alonso de Quintanilla”, en Isabel I de Castilla y América. Hombres que hicieron posible su política, Valladolid, 2003, pp. 119-141. 212 M. del P. Rábade Obradó se ha ocupado de trazar la semblanza biográfica de este destacado letrado de la corte de Isabel: “El doctor Juan Díaz de Alcocer: apuntes biográficos de un servidor de los Reyes Católicos”, Espacio, Tiempo y Forma, Serie III, Historia Medieval, 3 (1990), pp. 259-287 y en su tesis doctoral sobre los colaboradores conversos de los reyes, Una élite de poder...
102
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 103
El combate por la legalidad
mayor segoviana. Un primer razonamiento fue pronunciado por el doctor Juan Díaz de Alcocer. Repetición en parte de los pronunciados en el espacio más restringido de la sede de reunión del concejo, anunciaba, además, un hecho importante para los que asisten a la ceremonia: los juramentos de la reina. La reina jura primero las leyes del reino y después los privilegios de la ciudad de Segovia, halagando e inclinando al auditorio en su favor. Es este, más que ningún otro, el primer gesto que la comunidad espera ver del nuevo rey. Otro razonamiento fue pronunciado por el mayordomo Andrés de Cabrera. Estas palabras de Cabrera subrayaban la decisión de prestar a la reina pleito homenaje por los oficios de justicia que recibía de sus manos. A continuación, como prueba del consentimiento popular a la sucesión, se elevan altas voces gritando la aclamación, según la fórmula elegida por el entorno isabelino: en una breve fórmula, el nombre de Isabel, propietaria del título real; el nombre de Fernando, rey como su legítimo marido. El mayor éxito de la propaganda de la fórmula aclamatoria es que no es la comunidad quien la grita, sino los representantes reales: los reyes de armas, que actúan como portavoces autorizados. No se deja espacio a los imprevistos. El papel de la comunidad en la ceremonia de proclamación está muy controlado: no tiene voz articulada en palabras. Asiste, es espectadora, como mucho podrá gesticular, mostrando la tristeza por la muerte del rey (el llanto ritual) y la alegría por la sucesión del nuevo. La ceremonia se completó con un acto litúrgico breve: la oración con la que Isabel ofrecía el pendón real al altar mayor de la iglesia de San Miguel. A su gesto debieron acompañar palabras devotas y de agradecimiento que recalcaban el asentimiento de la divinidad. Salvo la oración de Isabel, el resto de las expresiones orales del discurso ceremonial de la sucesión fueron redactadas por los escribanos debidamente autorizados para hacerlo. Pero esta trascripción escrita del discurso oral no interesa tanto a la reina, desde el punto de vista propagandístico, como a las autoridades ciudadanas. La posesión del testimonio del juramento de la reina es la mayor garantía para reclamar la posible vulneración de sus derechos (y no dudarán en hacérselo recordar cuando las ciudades vean vulnerados sus privilegios por la reina o por su marido) 213. Así, pues, el contenido de los mensajes del discurso emitido en la ceremonia de sucesión sólo tiene sentido en tanto que formulaciones rituales que acompañan y complementan los sucesos ceremoniales 214. Lo que sí interesaba a la reina era poder comunicar a las ciudades la celebración de esta ceremonia. El día 16 de diciembre, después de la ceremonia de 213
A falta del acta oficial redactada por el secretario real, la proclamación de Isabel se ha logrado conservar gracias al traslado realizado en 1480 con motivo de la protesta que formalizó el concejo segoviano ante Fernando e Isabel por la concesión de mil doscientos vasallos de la jurisdicción segoviana al mayordomo Andrés de Cabrera y a su mujer Beatriz de Bobadilla, anexos al título de marqueses de Moya que acababan de otorgarles en Toledo (M. Grau, “Así llegó a reinar..., p. 16). 214 La vertiente propagandística de la proclamación de Isabel I puede compararse con otros casos occidentales, por ejemplo, el caso inglés (A. Allan, “Royal propaganda and the proclamations of Edward IV”, Bulletin of the Institute of Historical Research, 59:140 (1986), pp. 146-154; J.A. Doig, “Political propaganda and royal proclamations in late medieval England”, Historical Research, 71:176 (1998), pp. 253-280.
103
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 104
Ana Isabel Carrasco Manchado
proclamación real de Isabel en la ciudad de Segovia, escribía ya como reina a las ciudades, informando de la muerte de su hermano y de la ceremonia ocurrida, esperando, asimismo, que el resto de ciudades imitaran el ejemplo de Segovia. Las cartas volaron a las principales ciudades y villas del reino. Como ya hemos indicado, la primera en ser recibida y acatada fue la que se envió a la ciudad de Ávila, cuya lectura tuvo lugar el día 17 de diciembre, tan sólo un día después de ser expedida. Paulatinamente fueron llegando a Valladolid, Palencia, Toledo, Cuenca, Madrid, Zamora, Sevilla, Murcia, etc. En la transmisión de todas ellas jugaron un papel fundamental los mensajeros reales, agentes de esta primera propaganda, cuyo discurso apoyaron mediante el procedimiento oral del razonamiento. En el caso de Zamora, se observa cómo la información que Isabel aportaba en esta carta precisó del apoyo del agente que iba con el mensajero, Francisco de Medina, secretario del rey Fernando (“sobre lo qual todo, yo enbío allá a Francisco de Zamora, secretario del rey mi señor, del qual más largamente serés informado” )215. En cartas como ésta Isabel comunicaba a las ciudades la fórmula de aclamación que habrían de emplear en la ceremonia de alzamiento, y el agente podía jugar un papel fundamental en el caso de que dicha fórmula fuera discutida. Debía negociar en un ambiente conflictivo de lucha de bandos. Recordemos que, por ejemplo, en el caso de Murcia, la carta fue sometida a debate en el concejo, antes de ser completamente obedecida 216. A partir del momento en que las autoridades ciudadanas dan su consentimiento y juran a la nueva reina, pasan a ser sus colaboradoras en la propaganda regia, ordenando los preparativos para las ceremonias de alzamiento de pendones. La carta de la reina y las decisiones tomadas en el concejo al respecto, serán leídas hasta tres veces en los lugares más concurridos de la ciudad, calles importantes y plazas, mediante pregón, anunciado de forma más solemne que de costumbre, con nutrido acompañamiento musical. Esta primera carta real pregonada por la ciudad viene a sustituir a los razonamientos de la ceremonia principal de proclamación. Parece que, para el común de los ciudadanos, no se considera necesario extenderse en explicaciones (todo queda pactado en el concejo entre autoridades municipales y representantes reales). La ceremonia se reduce a lo esencial: el gesto del alzamiento de los pendones y la aclamación. Pero, si la ciudad quiere halagar a los nuevos reyes, haciendo alarde, además, de su fidelidad o de su sentido monárquico, se añaden otros elementos que forman parte de la propaganda ciudadana. Hemos resaltado por su solemnidad el caso de Ávila, ciudad que se declaraba del señorío personal 215
Archivo Municipal de Zamora, leg. 21, doc. 18, reproducción fotográfica de J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 12. 216 La carta fue sometida a debate en la Casa de la Corte y, quizá, fue el adelantado Pedro Fajardo el que emitió algún razonamiento que decantara una postura enteramente favorable a Isabel. Todo el proceso tuvo lugar en presencia del mensajero de Isabel, Gómez Ortiz (“fablado e platicado en el dicho Ayuntamiento, los dichos señores adelantado y Concejo, alcaldes e alguazil, regidores e jurados, cavalleros, escuderos, oficiales y omes buenos de la dicha cibdad de Murcia de suso nombrado, cerca del conplimiento de la dicha carta, estando presente el dicho Gómez Ortiz”, J. Torres Fontes, Los Reyes Católicos..., p. 302).
104
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 105
El combate por la legalidad
de Isabel, como princesa. En esta y en otras ciudades en las que se organizan solemnes exequias antes de la proclamación se expresan fórmulas de duelo, como las que se gritan por las calles al tiempo que se rompen los escudos reales enlutados (“¡Ay, por buen rey y buen señor!”), se elevan oraciones honrando el alma del difunto monarca (misas de réquiem) o se cantan himnos de gloria por la nueva reina (Te Deum). Tras las ceremonias de proclamación en las ciudades, reflejo y efecto de la propaganda regia, la sucesión se completa con el envío de una delegación ciudadana que, personalmente, prestará juramento y pleito homenaje a la reina en el entorno de su corte. Una nueva carta de la reina habría llegado antes a los concejos, agradeciendo la respuesta ceremonial dada a su primera carta y solicitando la presencia en su corte de los procuradores ciudadanos, convocatoria que fue alargando el tiempo de la obediencia más allá de los cuarenta días habituales 217. Ya hemos visto cómo se celebra la ceremonia de obediencia en la recién estrenada corte de Isabel y Fernando en Segovia, hasta finales de febrero. Durante ese tiempo los dos reyes estuvieron recibiendo la obediencia de nobles y procuradores ciudadanos, recepciones que continuaron también durante su estancia en Valladolid, desde el mes de marzo hasta los primeros días de mayo. Eran actos públicos en los que se continuaba el cumplimiento legal de la sucesión. Los ritos de juramento y pleito homenaje, celebrados públicamente en una sala del palacio o, en algún caso, en el alcázar o en la catedral segoviana, incluían también un razonamiento breve en el que se exponía la decisión de conceder esa obediencia que sellaba con más fuerza el gesto. Lo hemos visto en el caso de la obediencia prestada por el cardenal Mendoza, que es el primer personaje que acude a dar la obediencia a Isabel, circunstancia que pudo motivar un breve discurso con el que el cardenal justificaba su acción. En el caso de las ciudades, la concesión de la obediencia suele ser gratificada por los monarcas con otra carta real que exalta el discurso de la fidelidad regia. Se trata de cartas especialmente importantes para las comunidades ciudadanas, de una significación política básica, ya que incluyen la confirmación de los privilegios ciudadanos. En la cancillería real, la confirmación de los privilegios ciudadanos se considera como un premio al reconocimiento otorgado al sucesor al trono, es una merced 218. Pero los procuradores, 217
Las cartas se expiden al ritmo de la recepción en la corte de la noticia de la celebración de las ceremonias de alzamiento. El día 16 de enero de 1475, Isabel y Fernando agradecían por carta a la ciudad de Toledo, el haber alzado pendones por ellos (E. Benito Ruano, Toledo..., p. 121). Desde Valladolid, el día 20 de marzo de 1475, se expide la cédula dando gracias a la villa de Cáceres por haber alzado pendones en favor de Isabel y Fernando (A.C. Floriano, Documentación histórica del archivo municipal de Cáceres, I, Cáceres, 1934). 218 La confirmación de los privilegios a cambio de la obediencia no se hace de manera inmediata, como las cartas de agradecimiento tras el alzamiento de pendones. Es una baza que se guardan los reyes para mantener atenta la fidelidad de las ciudades. Las más fieles reciben la confirmación al poco de otorgar la obediencia (como Valladolid, a donde escribe la reina el día 9 de enero de 1475 (“Confirmación de los buenos usos y costumbres de la noble villa de Valladolid”, Documentos de los Reyes Católicos relacionados con Valladolid, publ. por F. Arribas Arranz, Valladolid, 1953, pp.1-3), Salamanca recibió la confirmación el día 3 de febrero de 1475 (Archivo Municipal de Salamanca, R/236); otras esperan el desenlace
105
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 106
Ana Isabel Carrasco Manchado
conscientes de la trascendencia de otorgar su apoyo a una sucesión contestada, no suelen contentarse con la confirmación de los privilegios, y exigen también a los reyes el juramento, ejecutado públicamente y recogido por escrito 219. Otro requisito legal que los reyes, recién subidos al trono, se apresuraron a efectuar fue la convocatoria de Cortes para jurar a la princesa Isabel, heredera al trono desde el momento en que ellos acceden a él. Los reyes no quieren perder un minuto a la hora de legalizar por completo su situación. Llama la atención, como hemos destacado, la necesidad de saltarse etapas en la celebración ceremonial, ya que, resulta un tanto incongruente jurar a la heredera cuando la mayor parte del reino no había jurado ni dado la obediencia todavía a la propia reina Isabel. Pero, además de la petición del juramento a la heredera, con el que pretendían fortalecer su posición en el trono, también se incluían en la carta peticiones económicas, necesarias para el mantenimiento de la corte y para afrontar las dificultades que se esperaban. Este objetivo precisaba de un sostén ideológico-propagandístico que hiciera justificable ante la población el repartimiento de un servicio. Las cartas de citación para la celebración de cortes comienzan a salir de Segovia los primeros días de febrero 220. El frenesí de la cancillería en estos primeros meses de sucesión es significativo. Las cartas de convocatoria de cortes parten hacia las ciudades y villas, antes, incluso, de que Isabel y Fernando hubieran sido alzados en muchos lugares del reino, y antes de haber terminado de recibir personalmente la obediencia de aquellos que sí les habían jurado. El ritmo que imprimen los agentes reales contrasta con el lento goteo con el que responden vasallos y súbditos. Los actos que componen la principal ceremonia de proclamación real se extienden en sucesivas fases. En las ceremonias ciudadanas de alzamiento de pendones la proclamación se concreta en el juramento real de los privilegios ciudadanos por los propios reyes en persona, y sólo podrá ser completada debidamente cuando los reyes entren por primera vez en cada una de las ciudades (en algunas no se llegará nunca a realizar si no son visitadas por los reyes). En las ciudades que vayan visitando, los reyes deberán acatar la fórmula del de alguna negociación: el día 3 de marzo de 1475, Isabel y Fernando confirmaban los privilegios de la ciudad de Toledo (R. Izquierdo Benito, Privilegios reales otorgados a Toledo durante la Edad Media (11041494), Toledo, 1990, doc. 158). En muchas ocasiones, la confirmación formal no se producía hasta después de visitar la ciudad (en Medina del Campo, la confirmación de los privilegios se produjo estando ya los reyes en la villa, véase, “Merçed que por rasón que dieron la obidiençia les confirman todos sus previllegios e usos e costumbres”, AGS, RGS, 12-III-1475, f. 224). Otras veces, la confirmación venía mucho después, como en el caso de Cáceres, que hasta el 19 de febrero de 1482 no vio confirmado su privilegio concedido por Alfonso IX, y eso que la reina estuvo en la ciudad en 1477 y Fernando, a su vez, en 1479 (“Índice de los documentos que, referentes al reinado de Isabel la Católica, se custodian en el Archivo Municipal de Cáceres”, Revista de Estudios Extremeños, 1-4 (1954), p. 505). La serie de confirmaciones de los privilegios ciudadanos marcan el ritmo de la normalización de las relaciones con la Corona. 219 Así por ejemplo, los privilegios de Murcia fueron primero confirmados (A. Moratalla, Documentos de los Reyes Católicos..., doc. 18) y acto seguido jurados (doc 19), en Medina del Campo el 15 de marzo de 1475, a petición de los procuradores. 220 Véase por ejemplo, la que llega al concejo de Ávila, datada en Segovia, el 7 de febrero de 1475, B. Casado Quintanilla, Documentación Real del Archivo del Concejo Abulense (1475-1499), Ávila, 1994, pp. 15-17.
106
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 107
El combate por la legalidad
juramento solemne de los privilegios antes de franquear las puertas. Este juramento suele ser solicitado por los regidores bajo la forma de súplica o breve razonamiento, tal y como hizo Fernando el día que entró en Segovia, primera vez que entraba en una ciudad como rey de Castilla y de León. En las sucesivas entradas, los dos reyes efectuarán similar juramento, juntos o por separado, en cada una de las ciudades y villas importantes que visiten. Como vemos, las formas de canalización del discurso de la propaganda ligado al cumplimiento legal de las ceremonias y actos que conforman el hecho sucesorio tienen un carácter básicamente ceremonial, protocolario. El valor propagandístico de los mensajes que se difunden reside en su formalidad, que es lo que convierte a tales mensajes en discurso legitimante, por su naturaleza, origen y transmisión, al seguir los canales habituales de información oficial entre la realeza y los súbditos. Por su propia interconexión con el proceso ceremonial sucesorio se trata, predominantemente, de un discurso transmitido por canales orales (razonamientos, juramentos, fórmulas de aclamación, oraciones, himnos). Su propio carácter institucional les confiere una connotación especial, buscando comunicar la trascendencia emotiva del acontecimiento ritual. Trascendencia política que se tiñe de misticismo en algunos casos: la presencia de la música litúrgica, las guayas por la muerte del rey, las letanías de las oraciones y otros elementos sacralizados (las fórmulas de juramento), contribuyen poderosamente a ello. Los primeros destinatarios de este tipo de propaganda son, de manera directa, los súbditos castellanos: los que pueden contemplar a la nueva reina, en la Plaza Mayor segoviana o en la sala del Palacio, cuando los procuradores ciudadanos se trasladen a la corte a dar la obediencia, y los que asisten, en calles, iglesias y plazas, al espectáculo del traspaso de la dignidad regia, desde el cuerpo del rey que despiden para siempre, al cuerpo de los nuevos reyes a los que aclaman. Pero, al tiempo que se van cumpliendo los ritos sucesorios, comienza a desarrollarse la actividad normal de toda corte regia. Tal actividad comprendía actos de gobierno y actos lúdicos, festivos. Entre los actos de gobierno destacan los que tuvieron lugar en la corte segoviana y se continúan en las distintas ciudades que contaron con presencia de algún miembro de la pareja real, los siguientes meses. Por una parte, Isabel y Fernando se dedicaron a fortalecer el círculo de sus partidarios nobles, otorgando mercedes y nuevos títulos, y, por otra, comenzaron a ejercer una actividad justiciera que limpiara materialmente de elementos enemigos las ciudades en las que predominaban sus partidarios, al tiempo que actuaba de política simbólica de disuasión. Cuando la justicia se quedaba corta, optaban por la atracción mediante perdón regio. Estas tres actividades cortesanas de gobierno (la merced, la justicia y la gracia del perdón) tienen su reflejo propagandístico en el discurso. La función real como administradora de privilegios y creadora de nobles quedaba inscrita en las cartas de merced y privilegios reales; la gracia del perdón, en las cartas de perdón. Esto en cuanto al mensaje escrito. En cuanto al mensaje oral, los pregones canalizaban el miedo ejemplarizante que provocaban las ejecuciones públicas de delincuentes y criminales,
107
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 108
Ana Isabel Carrasco Manchado
cuando se escuchaban por plazas y mercados los pregones de justicia, y, en sentido contrario, inspiraban amor por la realeza (en forma de adhesión), cuando lo que se pregonaba eran los perdones generales exponentes de la clemencia regia. La actividad cortesana más amable, la que se entrega a la fiesta, puede resultar especialmente propagandística cuando se realiza en tiempos de amenaza de guerra. Y la amenaza estaba ya presente, puesto que, estando en Medina del Campo, Isabel y Fernando expidieron por todo el reino cartas de llamamiento a combatir los “alborotos y levantamiento que algunos procuran” 221. Si la fiesta se limita a la cena o a la danza de acceso restringido a los miembros políticamente activos, sirve, entonces, para fortalecer los vínculos de adhesión en torno a los reyes. Las crónicas afirman que Isabel preparó una fiesta de este tipo, una cena en su palacio con la nobleza y las autoridades ciudadanas de Segovia, el día que entró Fernando de Aragón en la ciudad. Este tipo de fiesta canaliza un discurso oral inmediato que no siempre pasa a conservarse por escrito. Las cenas cortesanas se amenizan frecuentemente con representaciones teatrales breves o momos, con invenciones que preparan los truhanes, dichos graciosos, debates poéticos de preguntas y respuestas, cuestiones o enigmas que se plantean y en los que participan los propios nobles, puesto que ellos están obligados a entretener al rey con su conversación cortesana. El lenguaje cortesano de las fiestas traduce una propaganda de las rivalidades y de los afectos de los nobles. En Valladolid, el duque de Alba ofreció a los reyes y a toda su corte, como hemos visto, una espléndida cena y fiesta que duró hasta la salida del sol. Aquella noche el duque preparó representaciones de momos cuyo tema y texto no se ha conservado pero que debió ser del gusto de todos. Un autor de la época define la vida lúdica de la corte a partir de fenómenos como los que hemos analizado con relación a la estancia de Isabel y de Fernando en Valladolid (fiesta caballeresca y fiesta palaciega): la corte, para Diego de San Pedro, era precisamente esto, “el justar del día como el momear de la noche” 222. Aquellas justas, abiertamente públicas, tal y como hemos analizado, propagaban la imagen de una corte despreocupada de la guerra real, aunque interesada también en la representación ficticia de la guerra. En su lugar hemos analizado estas justas como una pantalla de normalidad que intentaba encubrir la 221
En estas cartas comienza a nombrarse al enemigo y a señalar al culpable de la crisis (“Carta de llamamiento a combatir los alborotos y levantamientos que algunos procuran en estos reinos”, expedida el 15 de marzo de 1475, desde Medina del Campo. Archivo Municipal de Murcia, Cartulario real, 1453-1475, f. 223, transcrito por J. Torres Fontes, Don Pedro Fajardo..., pp. 240-241 y, recientemente, en A. Moratalla, Documentos de los Reyes Católicos..., doc. 22). 222 Citado por M. García, “Les fêtes de cour dans le roman sentimental castillan”, Théâtre de Cour, CourThéâtre en Espagne et en Italie, 1450-1530, Aix en Provence, 1987, p. 35). Los temas de los momos podían ser intencionadamente propagandísticos, como quedó demostrado años antes, en pleno contexto de la guerra contra Enrique IV, durante la fiesta de la mayoría de edad del entonces titulado “rey de Castilla”, el infante Alfonso: su hermana Isabel le ofreció unos momos alegóricos con augurios favorables para su futuro reinado. Los momos fueron compuestos por Gómez Manrique, cortesano que veremos intervenir en muchos episodios de la propaganda de esta primera etapa del reinado (M.A. Pérez Priego, “Momos en la mayoría de edad del príncipe Alfonso”, Teatro Medieval: Castilla, Madrid, 1997, 69-74).
108
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 109
El combate por la legalidad
inquietud que producía el conflicto que se avecinaba. Al lado de las cartas de llamamiento que reconocían la presencia de desórdenes en el reino, circulaban otras cartas que convocaban a los caballeros del reino a las justas que habrían de celebrarse en Valladolid. En las justas se dieron cita grandes con sus comitivas y los participantes prepararon sus mejores armas y atavíos guerreros para justar. Todos, incluido el rey, portaban en sus cimeras invenciones, motes, lemas y letras de justadores que traducían su estado de ánimo personal, y también político, si es que era político el lema y la invención que sacó Fernando de Aragón a la tela. Las letras de justadores propiciaban, en cualquier caso, la transmisión de un tipo de mensaje propagandístico dirigido a la nobleza guerrera, puesto que se encuadra dentro del ámbito de referencias culturales de las que participan los caballeros. En estos días en los que los reyes y sus cortesanos pudieron entregarse a los festejos caballerescos, o al ocio de las veladas y fiestas semipúblicas o semiprivadas durante las cenas palaciegas, se presentaba un contexto enteramente apropiado para el recitado poético de los profesionales de la poesía y de otros colaboradores reales con afanes literarios. Todas estas fiestas cortesanas son el marco de difusión oral de un discurso propagandístico que resulta de gran efectividad por su forma versificada. La calidad de la composición, el deseo de agradar a los destinatarios –los reyes– o el deseo de servirles –y de obtener recompensa– pueden contribuir a que ese mismo discurso tenga, además, una posterior difusión escrita. Así pues, en aquellas fiestas vallisoletanas, las primeras de esa magnitud que Isabel y Fernando organizaron tras su proclamación, no debieron estar ausentes las composiciones poéticas. En concreto, pensamos que debió ser en la corte de Valladolid de este momento cuando se difundió por vez primera el poema panegírico de Íñigo de Mendoza 223 dedicado a Isabel y titulado, Dechado a la muy excelente reina doña Isabel, nuestra soberana señora. El tono del poema se adapta a la perfección a este momento. Es una especie de regimiento de príncipes estructurado en torno a la imagen alegórica de una labor bordada en la que se representan las virtudes que debe poner en práctica la reina. La imagen es plenamente cortesana: la labor textil se identifica con cualquiera de los tapices que adornaban las salas y estancias reales. Como veremos, las coplas son una invocación a la reina a que emplee mano dura contra sus enemigos, los nobles “rebeldes” (nombre que se 223
El franciscano fray Íñigo de Mendoza, predicador real y cortesano, mantuvo estrechas relaciones con caballeros del círculo de Isabel, como Gómez Manrique o con Álvarez Gato. Procedía, según F. Cantera, de la familia conversa de Pablo de Santa María, pero también estaba vinculado con el linaje de los Mendoza (F. Cantera, García de Santa María y su familia de conversos. Historia de la judería de Burgos y sus conversos más egregios, Madrid, 1952, pp.559-570). Muchos estudiosos han valorado el indudable interés político de los sermones versificados y coplas de este autor que se configura, en este momento, como uno de los principales agentes creadores del discurso de la propaganda de Isabel y Fernando durante la guerra por la sucesión al trono (véase, F. Márquez Villanueva, Investigaciones sobre Juan Alvarez Gato, Madrid, 1960, pp. 192-194, que le llama “sibilino” y “hombre sin pelos en la lengua”; L. Suárez lo sitúa entre los tratadistas políticos que contribuyeron a conformar la conciencia política de la monarquía de los Reyes Católicos, en términos de poder absoluto (Los Reyes Católicos. Fundamentos de la monarquía, Madrid, 1989, p. 147), J.M. Nieto considera que es el poeta eclesiástico que “ofreció un mayor número de matices descriptivos de la figura regia” (Iglesia y génesis..., p. 210).
109
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 110
Ana Isabel Carrasco Manchado
aplica a aquellos que se negaron a acudir a Segovia a dar su obediencia a Isabel y Fernando), política que Isabel comenzará en parte a poner en práctica cuando salga de Valladolid. Esta idea y la ausencia de alusión al enemigo portugués nos hace afirmar que el poema sólo pudo ser escrito en este momento 224. Poco después entraría Alfonso con sus ejércitos en Castilla y el predicador de los reyes 225 escribiría otros poemas con fuerte dosis de antilusitanismo, tono más acorde con los acontecimientos que siguieron. La corte de Valladolid asistió también al trasiego de embajadores, naturales del reino y extranjeros, que partían y llegaban con importantes asuntos diplomáticos que tratar. De todas ellas, las delegaciones más importantes fueron las que partieron hacia el reino de Portugal, buscando disuadir al rey Alfonso de sus propósitos de titularse rey de Castilla junto con la princesa Juana. Según los cronistas, hacia Portugal salieron tres legaciones: la primera, a cargo de Vasco de Vivero y del doctor Andrés de Villalón. Ante el fracaso de esta embajada, enviaron una segunda, dirigida, esta vez por religiosos: fray Pedro de Marchena, franciscano, y fray Alonso de San Cebrián, dominico. A esta embajada se unió Diego García de Hinestrosa, con el objetivo de entregar cartas a los posibles partidarios portugueses de Isabel y Fernando en aquel reino. Finalmente, se estimó oportuno enviar de nuevo, por segunda vez, a Vasco de Vivero y al doctor Villalón 226. A una labor oficial de propaganda transmitida mediante la oratoria de los discursos de los embajadores, se añade otra de carácter menos público, extraoficial, mediante el uso de cartas dirigidas a los posibles partidarios que trabajarían a favor de Isabel y Fernando, fuera de las fronteras del reino. Este último procedimiento también fue utilizado en Castilla, intentando convencer a los vasallos que se habían mostrado reacios a otorgar la obediencia. El secretario real Fernando del Pulgar escribió por aquellas fechas una carta disuadiendo al arzobispo Carrillo de su última manifestación de rebeldía expresada a la reina Isabel, y otra, en semejantes términos, al secretario del arzobispo 227. Es Pulgar, 224
El editor moderno del Cancionero de Íñigo de Mendoza fecha el poema durante el primer tercio de 1475 (ed. J. Rodríguez Puértolas, Madrid, 1968, p. lxv), intervalo que coincide con la estancia de la corte en Segovia o en Valladolid. 225 Íñigo de Mendoza era predicador y limosnero real. Permaneció al servicio de Isabel durante todo su reinado, ejerciendo esas labores y otras, como la de comprar libros para ella (J. Messeguer Fernández, “Franciscanismo de Isabel la Católica”, Archivo Iberoamericano, 19 (1959), 174-175), aunque parece que abandonó la Corte en torno a 1495. En 1494 recibía una libranza de 150.000 mrs. para su mantenimiento (AGS, MP, Leg. 81, f. 64). Muere un poco antes de 1508 (J. Rodríguez Puértolas, ibídem, p. xvi-xvii). 226 Las noticias de esta embajada las da A. de Palencia (Crónica de Enrique IV..., D. III, L. I., C. IX, pp. 174175) y D. de Valera (Crónica..., p. 11). Palencia dice que los religiosos expusieron primero su embajada en el palacio del rey portugués, en presencia de su consejo. Y al día siguiente volvió a recibirles, pero, esta vez, solo. Valera cuenta que Diego García de Hinestrosa acudió “con letras para todos los illustres cavalleros e dueñas de Portugal”. Se trataba de una labor más propiamente propagandística destinada a ganar adeptos. 227 Aunque existen varias ediciones de las Letras de Fernando del Pulgar, nos referiremos a la clásica con notas de J. Domínguez Bordona, Madrid, 1958 (1ª ed. 1929), a partir de la edición impresa en Toledo, en 1486. La Letra iii de esta edición es la Letra para el arzobispo de Toledo, y la vi, la Letra para un cavallero criado del arçobispo de Toledo, en respuesta de otra suya. Estas dos, y la letra vii, además de la difusión que adquirieron con la imprenta, se beneficieron de su transmisión como material cronístico que insertó Andrés Bernáldez, el cura de Los Palacios, en los capítulos xii, xiii y xiv de sus Memorias de los Reyes Católicos.
110
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 111
El combate por la legalidad
también, el encargado de escribir y difundir el texto de una carta que se ha presentado también en algún ejemplar como discurso pronunciado por alguno de los religiosos enviados ante el rey Alfonso. Resulta curiosa la difusión de este documento, de gran interés para conocer algunas de las razones en las que Isabel apoya su legitimidad: existieron copias de la carta en portugués 228 y en castellano circuló en forma manuscrita, durante la época de la guerra, e impresa, en 1486, cuando aparece junto a las que firma el propio Pulgar en la edición de sus Letras 229. Circuló, además, con distintas atribuciones de autoría: el secretario, ya como cronista oficial, da muestras de un gran alarde mistificador al incluir la carta en su crónica y atribuírsela a un confesor portugués del rey Alfonso V. El objeto de esta atribución era testimoniar proféticamente el fracaso que ya había sufrido el monarca portugués cuando Pulgar escribe su crónica 230. Pero, anteriormente había circulado como escrita por otro portugués, el duque de Braganza, y hay quien se la atribuyó, incluso, a Hernando de Talavera. Muchos años después volverá a aparecer la carta en otra crónica, la de Andrés Bernáldez, que aporta la atribución definitiva al entonces secretario real Fernando del Pulgar, diciendo que fue él quien la envió al rey portugués, cumpliendo la obligación de todo cronista oficial que, “con su dulce escribir deben procurar de evitar escándalos e guerras entre los reyes e los señores, e procurar la paz e concordia por epístolas de dulce y autorizado escribir” 231. La transmisión de esta carta resulta, pues, muy interesante, tanto, que puede afirmarse que se trata del primer exponente de propaganda textual de cierto calado desde los inicios del reinado. El contenido de la carta es un compendio de las razones que apoyaban la posición de Isabel en contra de las pretensiones de Juana. Pero asombra, sobre todo, la forma de circular esta carta con sus distintas atribuciones 232. Lo que 228
La vio Orestes Ferrara en la biblioteca de Évora (Un pleito sucesorio..., p. 365, n.1). Es la letra VII de la edición de J. Domínguez Bordona, Madrid, 1958, pp.39-48. 230 F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 87-94. 231 A. Bernáldez, Memorias..., p. 39. 232 Juan de Mata Carriazo encontró varios ejemplares en la Biblioteca Nacional de España. El ejemplar más antiguo que se conserva es el que se encuentra en el ms. 10445, un manuscrito escrito en letra gótica pausada del xv que contiene la traducción del Catilinario de Salustio y otros textos de materia caballeresca hasta el año 1480. La carta se encuentra en los ff. 44-47. Se trata, pues, de una versión copiada en torno a esa fecha, probablemente al final de la guerra. Al margen del f. 44r, escrita en letra de los siglos xvii o xviii, hay una nota que atribuye la carta a Hernando de Talavera: “no dudo de questa carta sea del señor arçobispo de Granada fray Hernando de Talavera, por parecerse mucho al estilo de las obras del santo y porque él fue a Portugal a esto yntervino en estas materias y por otras conjeturas”. Hernando de Talavera sirvió como embajador en la corte portuguesa, pero no en este momento, sino al final de la guerra. No podemos, por tanto, considerar que se trate de la transcripción de un discurso de embajador, puesto que se sabe, con toda certeza, que la carta surgió de la pluma de Pulgar. Hemos indicado que aparece entre sus letras en la edición de Toledo, en 1486, y de esta la copia Andrés Bernáldez para su crónica, atribuyéndosela al propio Pulgar. El secretario, no obstante, la incluyó en su crónica, puesta en boca de un fraile portugués, confesor de Alfonso V (Crónica, T. I, pp. 87-95). Antes que él la había empleado también como material para su crónica o historia titulada Divina retribución, el bachiller Palma, atribuyéndosela también a un religioso portugués. La obra de Palma está terminada en los primeros meses de 1479, fecha que confirma que Pulgar no escribió la carta para su crónica, sino que ya circulaba antes como material autónomo. Cuando Pulgar escribe la crónica, después de 1480, la guerra ya ha terminado y copia entonces la carta porque la interpreta como “casi profecía de lo que le acaesçió”. La 229
111
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 112
Ana Isabel Carrasco Manchado
ocultaba detrás de esta compleja transmisión fue vislumbrado por el editor de la crónica de Pulgar, Juan de Mata Carriazo, cuya explicación resulta, en 1943, bastante acertada: “La explicación de todo este embrollo hay que buscarla en razones de propaganda política, esas a que se refiere el precioso texto de Bernáldez arriba copiado. Servía los fines de esta propaganda atribuir una carta semejante a las personas de mayor crédito y autoridad. Pulgar, evidente autor de la epístola, ha tardado en darle su nombre, y el documento ha hecho su camino con diversas atribuciones” 233. Sólo tenemos que matizar a este erudito en el punto de que no importaba a este tipo de propaganda el crédito y la autoridad de los personajes (de hecho, en su crónica, Pulgar se la atribuye, sin más, a un fraile anónimo), sino que, lo que realmente interesaba, era que fuera un personaje portugués el que expusiera el desacuerdo existente en la corte y en el reino de Portugal con respecto a la decisión tomada por su rey de asumir el título de Castilla. Pulgar simula la voz de un supuesto representante de una “quinta columna” que sirviera a los fines del partido de la pareja real castellano-aragonesa. El mensaje propagandístico difundido en los discursos de los embajadores, ha podido quedar escrito en documentos de variada naturaleza. Si el discurso o razonamiento pronunciado no se ha conservado, puede adivinarse alguna idea en las instrucciones que reciben los embajadores 234. Si ni siquiera contamos con éstas, al menos queda el tratamiento que aparece en las menciones de las crónicas. Desde el punto de vista de la propaganda, se trata de materiales reelaborados con objeto de servir a los fines específicos de un contexto histórico posterior. Conviene analizar estos materiales reelaborados con relación a ese momento concreto que les ve aparecer y no en relación con el contexto al que hacen referencia (aunque pueda resultar, de todos modos, orientativo). Materiales de este tipo carta fue difundida, además, con la atribución de autoría al duque de Braganza, que no apoyaba la empresa del rey de Portugal y mantenía secretos contactos con Fernando e Isabel. Esta atribución se expresa en la versión del ms. 6150, Papeles históricos de los siglos XVI-XVII-XVIII, doc. 20, ff. 187-191, escrito en letra itálica del siglo xvi: “carta quel duque de Verganza escrebió al rey de Portugal sobre esta empresa de Castilla de la Beltraneja. Como el rey de Portugal acordase en entrar en Castilla por el título que habemos dicho y por las cartas y prometimientos del arçobispo de Toledo y de los otros caballeros que seguía su opinión con esto este echo con los perlados y señores de su reino de Portugal entonzes el duque de Berganza que hera una persona muy balerosa y de mucha prudençia en aquel reyno escribió al rei su señor una carta cuyo tenor me pareçió cosa justa poner aquí porque quede della memoria y decía ansí (f. 187r). Esta copia no deriva de la anterior, del siglo xv, pero de ésta, u otra común, deriva el otro ejemplar, copiado en fechas posteriores (siglo xvii), que se conserva en la Biblioteca Nacional, el ms. 2420, Papeles tocantes a la historia del rey de Portugal don Alonso el quinto: “Carta que el duque de Vergança escrivió al rey de Portugal sobre la empresa de Castilla de la Beltraneja”, f. 1 y ss. A todas estas copias hay que añadir la versión en portugués que circuló por ese reino. Pulgar ocultó su identidad tras la voz de un portugués del consejo del rey, ya se tratara de un religioso o de un noble. 233 Introducción en F. del Pulgar, Crónica..., p. xcvii. 234 La embajada del doctor de Villalón fue enviada desde Segovia, en febrero de 1475, como consecuencia de las noticias que le llegaban a Isabel del envio de cartas del rey de Portugal a ciudades castellanas solicitando que alzasen como reina de Castilla a la princesa Juana. Las instrucciones al doctor de Villalón se encuentran en AGS, PR, Leg. 26, f. 178 y fueron transcritas por A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones con Portugal durante el reinado de los Reyes Católicos, Valladolid, 1963, I, doc. 18. pp. 73-74.
112
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 113
El combate por la legalidad
son las crónicas cuando narran y recogen materiales de sucesos que pasaron en estas fechas, habiendo sucedido años antes. Como exponentes del discurso propagandístico deberán ser tenidos en cuenta en relación con el contexto en el que se escriben o se dan a conocer. La crónica de Fernando del Pulgar, escrita después de la guerra ofrece una imagen de este periodo y de muchos de los acontecimientos importantes, pero es la imagen reelaborada tras la solución del conflicto sucesorio. Por ello, habrá que analizar con ciertas reservas el contenido discursivo de materiales específicos de estos meses de 1475 que aparecen recogidos en crónicas posteriores, como la respuesta que dieron los reyes a la embajada del portugués Ruy de Sousa (o de Cunha), en Valladolid, a las justificaciones de Alfonso V, puesto que sólo nos ha llegado por medio de la interpretación escrita que hace Pulgar, habrá de ser analizado con ciertas reservas. Pero bien pueden destacarse como manifestaciones orales del discurso de la propaganda de esas fechas de 1475. Además de la mencionada embajada, muchas fueron las que se despacharon aquellos primeros meses que preludiaban la guerra. Podemos, pues, consignarlas como medios de canalizar propaganda, puesto que, a buen seguro, el contenido propagandístico no debió faltar. Se trata de una propaganda orientada hacia el exterior del reino, cuyos agentes son los oradores reales que dan respuesta a los extranjeros que son recibidos en la audiencia regia, ya sean portugueses, o de otros reinos 235. La embajada de Ruy de Sousa en Valladolid inaugura poco menos que la propaganda de guerra, aunque no se hubiera declarado formalmente la guerra “a sangre y fuego”. En los meses de abril y mayo, Fernando e Isabel actúan en consonancia con lo que se avecina. En abril dictaron un perdón general de los delitos para todos aquellos que estuvieran dispuestos a combatir a los nobles “rebeldes” y al rey de Portugal 236. A primeros de mayo Fernando de Aragón premiaba iniciativas como la del caballero Rodrigo Cortés, a quien concedía la villa de Almeida, en Portugal, “por haber enviado a dicho reino carteles desafiando a batalla campal a quien negare el derecho de sucesión de Fernando e Isabel al reino de Castilla” 237. Los carteles de desafío servían para difundir mensajes legitimadores por el reino de Portugal. Se trata de los preliminares de una guerra ya inminente. Durante estos primeros meses de reinado, ya sea en la corte de Segovia, ya sea en la de Valladolid, el discurso de la propaganda se articula, por tanto, en dos categorías. Una primera categoría es de carácter ceremonial, encaminada a 235
El autor de la Crónica incompleta, recreando aquellos días de fiestas en Valladolid, dice: “como en Valladolid estavan muchos estrangeros, por el mundo sonavan su nombre y veían al rey y reyna y el pontifical de su corte, y non pareçían reyes de Castilla segund los pasados, más que Çésar era al mundo venido en grandeza y magnifiçençia” (ed. cit., p. 168). 236 “Perdón general de los delitos previstos en la carta a todos aquellos delincuentes y criminales que acudan a servir junto a los reyes contra los nobles rebeldes y contra el rey de Portugal”, expedida desde Valladolid, durante el mes de abril de 1475 (A. de la Torre y L. Suárez Fernández, Documentos referentes..., I, doc. 20, pp. 75-78). 237 Desde Valladolid, el 10 de mayo de 1475, Fernando otorgaba en merced de la villa de Almeida, en Portugal, a Rodrigo Cortés AGS, RGS, I, núm. 478. Seguiremos la transcripción en A. de la Torre y L. Suárez Fernández, ibídem, I, doc. 21, pp. 78-8.
113
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 114
Ana Isabel Carrasco Manchado
instituir a Isabel y a su marido en la realeza que han asumido, es decir, encaminada a apropiarse de la legalidad traducida en los ritos sucesorios. La otra categoría tiene un carácter justificador y polémico, cuyo fin es aportar una batería de razones en las que sustentar la legitimidad al título real castellano y negar las bases sobre las que se fundamenta el partido enemigo, los partidarios de la princesa Juana. Esta propaganda de tono polémico se canaliza sobre todo de forma oral, de ahí la dificultad de hallar contenidos discursivos concretos. Las cortes de los reinos extranjeros, sobre todo la corte portuguesa de Alfonso V, fueron los escenarios donde se escucharán los discursos de los oradores castellanos. Esta polémica tuvo su eco en la corte de Roma, adonde acudió la delegación castellanoaragonesa para otorgar la obediencia al papa. En la corte papal los embajadores y representantes castellanos (el deán de Burgos, Alonso de Barajas y el obispo de Oviedo, Alfonso de Palenzuela) hubieron de cruzar argumentos con los portugueses. Entre las dos cortes se ha iniciado ya la batalla, con las palabras como armamento. Al lado de ésta, de forma más oculta, se recurre a la pluma para convencer, disuadir o ganar adeptos con cartas escritas a diversos personajes castellanos y portugueses. A partir de todos estos materiales que hemos recopilado puede trazarse una aproximación al discurso de la propaganda empleada en esta primera fase del conflicto sucesorio que se abrió a la muerte del rey Enrique. 5.2. “Por derecho hereditario”: el discurso de la legalidad y de la justicia La propaganda que emite el entorno isabelino en los momentos inmediatamente posteriores a la muerte del rey Enrique IV va encaminada a representar la formalidad legal de la sucesión de la hermana del rey. El deseo de presentar la sucesión como normal que se plasma en la forma de desarrollar las ceremonias de proclamación impregna también, lógicamente, todos los mensajes que se transmitieron en aquellos primeros momentos. Los razonamientos de los oficiales regios que intervinieron activamente en dichas ceremonias, y el propio juramento real que prestó Isabel en Segovia, insistían en la legalidad de los actos que estaban llevando a cabo. El derecho sucesorio de Isabel se afirma de una manera contundente y rotunda. Los consejeros Alfonso de Quintanilla y Juan Díaz de Alcocer se mostraron taxativos cuando informaron de la muerte del rey a los regidores segovianos: al no haber hijo legítimo que heredara a Enrique IV, Isabel “como su hermana legítima e universal heredera debía suceder e subcedía en estos reynos de Castilla e de León e devía reynar en ellos” 238. En el razonamiento que pronunció Juan Díaz de Alcocer, ya en el curso de la ceremonia de proclamación, volvía a repetir la misma afirmación indiscutible: la sucesión, herencia y propiedad de Castilla 238
Véase el “Razonamiento mediante el cual se notifica la muerte del rey Enrique IV y el mandato de Isabel de ser recibida y obedecida como reina de Castilla y León, junto con su marido”, en M. Grau, “Así fue recibida..., p. 17).
114
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 115
El combate por la legalidad
correspondía a Isabel, como “legítima hermana e universal heredera del dicho señor rey don Enrrique” 239. Se repetía la negación de hijos legítimos del monarca fallecido pero, como novedad, se añadía otro argumento de orden legal: el reconocimiento del propio rey fallecido en el acto de los Toros de Guisando, celebrado apenas seis años antes, en donde su hermana Isabel había sido jurada heredera: “La ovo intitulado e jurado por princesa e su legítima heredera destos dichos reynos para después de sus días en un día mes de setienbre del año que pasó del Señor mill e quatrocientos e sesenta e ocho años, e mandó eso mesmo a los perlados e cavalleros e letrados que allí estavan con su alteza” 240. Se trata de una simple declaración, pues no va acompañada de prueba documental del juramento: la mera alusión a que dicho acto fue celebrado le confiere validez. Por contra, la rival en el trono, la princesa Juana, también recurrió a estos argumentos de legalidad, cuando se proclamó reina en la ceremonia del 29 de mayo, pero sustentados en expresiones más sólidas. Alude Juana a la anulación del pacto de los Toros de Guisando y a la celebración del nuevo juramento que ratificó su condición de heredera legítima, en Valdelozoya, añadiendo que de este nuevo acto, “Fue assí todo notificado, e publicado por cartas patentes de dicho rey mi señor, firmadas de su nombre, e selladas con su sello, e firmadas de los nombres de los dichos perlados, e grandes, por todas las ciudades e villas destos mis reynos”, cartas que, al término de la jura en Valdelozoya, fueron leídas en los concejos y ratificadas y juradas de nuevo pública y solemnemente 241. En vez de aludir a la existencia de pruebas documentales, la propaganda isabelina se limita a la repetición simple: en la siguiente fase de la ceremonia de proclamación, el mayordomo Andrés de Cabrera pronuncia otro razonamiento al prestar la obediencia como alcaide del alcázar de Segovia, discurso no contemplado en los usos rituales de toma de posesión de la alcaidía. Nos parece que dicho discurso procedió de la personal iniciativa del mayordomo, un gesto útil y necesario para seguir apuntalando los argumentos emitidos. La eficacia de sus palabras se sustentaban en que el propio Cabrera se presenta como testigo vivo del juramento de los Toros de Guisando: “E eso mesmo por quanto él fue presente quando su alteza, estando cerca de los Toros de Guisando, el dicho día del mes de setienbre del dicho año de sesenta y ocho, avía jurado por princesa e por su legítima heredera para después de sus días a la dicha señora reyna su hermana segúnd que de suso está relatado” 242. El testimonio vivo y autorizado de Cabrera, en un contexto de solemnidad ceremonial excusa cualquier mención a prueba documental alguna. Pero, en la mente de algunos de los presentes, quizá estuviera el recuerdo de la imagen del 239
Ibídem, p. 20. (Razonamiento que hizo Juan Díaz de Alcocer durante la ceremonia de proclamación real mediante el cual solicitaba a Isabel que jurase las leyes del reino.) 240 Ibídem, p. 20. 241 Véase la carta de la reina Juana de Castilla, al concejo de Zamora, de 30 de mayo (J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 19). 242 Razonamiento que hizo Andrés de Cabrera durante la ceremonia de proclamación real (M. Grau, “Así fue coronada...”, p. 24).
115
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 116
Ana Isabel Carrasco Manchado
propio Andrés de Cabrera jurando de nuevo a la princesa Juana dos años después del aludido acto de los Toros de Guisando, en Valdelozoya, juramento que anulaba el prestado a Isabel 243. La princesa Juana se defendía amparándose en la revocación del acto de Guisando por Enrique IV en Valdelozoya 244. Así pues, el argumento probatorio que justifica la legalidad del desencadenamiento de las ceremonias de proclamación en favor de Isabel fue el juramento celebrado en los Toros de Guisando. Los oficiales repitieron el argumento como si de una consigna se tratase. La irregularidad de todo el proceso exigía que los oficiales no permanecieran callados durante la proclamación, y hablaron mucho más de lo que solía hablarse en cualquier otra ceremonia protagonizada por los monarcas anteriores. La consideración del acta de los Toros de Guisando como un medio de propaganda isabelina ya fue valorada como una clave interpretativa de la polémica en torno a la sucesión de Isabel. Historiadores como Orestes Ferrara o Jaime Vicens Vives mantuvieron esta tesis 245. Independientemente del valor que se le diera en vida del rey Enrique IV, fue mucho más importante la utilización y el valor que adquirió tras la muerte del rey, precisamente como argumento de propaganda de legitimación. Pero no fue éste el único argumento legal empleado durante la ceremonia de proclamación. Las palabras de la propia Isabel en la emisión de su juramento adquirían también una fuerza legitimadora. Isabel juró solemnemente cumplir las leyes del reino. “E que mirará por el pro e bien común de los dichos sus reynos, e que no los dividirá ni enajenará, e manterná sus súbditos en justicia, como Dios mejor le diese a entender, e no la pervertirá e guardará los previllejos e libertades e esenciones que han e tienen los fijosdalgo de los
243
Afirma Juana que su padre mandó jurar a Isabel “constreñido con pura necesidad e justo temor del perdimiento e desolación de sus reynos, por dar paz e sosiego a ellos”, no obstante, ella no admite ese juramento legalmente: “non valieron nin pudieron valer en derecho, nin devían ser guardados, nin cumplidos, por ser como fueron en daño e en perjuycio de mi derecho e primogenitura e contra los dichos juramento e fidelidad a mi primeramente fechos e otorgados en paz e concordia”. Entre la larga lista de los que ratificaron su juramento en 1470 cita al mayordomo Andrés de Cabrera (Carta de la reina Juana de 30 de mayo de 1475, J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., pp. 18-19). 244 Mucho se ha escrito sobre la validez o no del juramento de los Toros de Guisando, producto del afán de los historiadores de continuar actuando como jueces en el “proceso al trono de Isabel”. Sea como fuere, no se puede negar su revocación, casi dos años más tarde, por el propio Enrique en un acto mucho más solemne, realizado también ante eminentes testigos eclesiásticos, y en el que se volvía a declarar a la princesa Juana hija legítima y heredera del reino. El juramento que insisten en recordar en la ceremonia de proclamación de Isabel fue invalidado y derogado por el rey “de mi propio motu e çierta çiençia e poderío real absoluto, e como mejor puedo”. Existe copia de este documento en AGS, Diversos de Castilla, leg. 9, f. 65, reproducido Memorias de Enrique IV de Castilla, Madrid, 1835-1913, t. II, pp. 619-621; J.B. Sitges, Don Enrique IV y la excelente doña Juana la Beltraneja, Madrid, 1912, pp. 221-216, reproduce un original con firmas y sellos, fechado en Val de Lozoya, 26 de octubre de 1470. 245 J. Vicens Vives (Historia crítica..., pp. 239-241) y, anteriormente, Ferrara llamó la atención de la manipulación a que fue sometido el documento, del cual sólo pervivió una copia de la copia (O. Ferrrara, Un pleito sucesorio..., pp. 251-252).
116
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 117
El combate por la legalidad
dichos reynos e a las cibdades e villas e lugares dellos, segúnd que mejor e más conplidamente fueron e devieron ser guardados en tiempo de los señores reyes de gloriosa memoria sus progenitores” 246.
Isabel expresa que no desea apoderarse del reino, sus acciones son, ante todo, legítimas, pues cumple con la ley. Qué más fuerza pública pueden tener sus palabras cuando quedan selladas por un juramento sagrado. Aparece por vez primera en sus labios el concepto de bien común, dirigido de forma certera a la opinión común de los súbditos congregados en la plaza de San Miguel. Aunque, hay que hacer notar que adopta la forma de “bien común del reino”. Para halagar los deseos de los súbditos queda más clara la alusión a que “manterná sus súbditos en justicia”, y no es poca cosa, puesto que la práctica de la justicia sustentará una forma de legitimación de la posesión del título real basada en el recto desempeño del oficio regio. Hemos de prestar especial atención a los términos que acompañan en todo momento el concepto de bien común, concepto que aparentemente evoluciona poco, concepto intencionadamente ambiguo donde los haya, tan apropiado, por esto, para servir a la propaganda. En este caso, “bien común del reino”, parece referirse, si tenemos en cuenta lo que Isabel dice a continuación (que “no los dividirá ni enajenará”) a los territorios que dependen directamente de la corona real, el patrimonio real. Mencionar el bien común del reino y declarar que los territorios de la corona no serían enajenados son dos elementos que Isabel introduce intencionadamente en el juramento regio, si tenemos en cuenta que uno de los argumentos básicos que venían conformando la propaganda antienriqueña era la destrucción, durante su reinado, del patrimonio de la corona. La intención propagandística se observa con claridad si comparamos los términos de su juramento con el que realizó su padre Juan II por los representantes del reino, reunidos en cortes durante su toma de posesión del gobierno, una vez alcanzada la mayoría de edad, celebradas en el alcázar de Madrid el 7 de marzo de 1419 247: Juramento de Juan II (1419) “E dixo que jurava a Dios e a Santa María e a la dicha qrus e a los evangelios que tanía corporalmente con su mano derecha de guardar e faser guardar a todos los fijosdalgo de sus regnos e a los prelados e iglesias e a los maestres e órdenes e a todas las çibdades e villas e logares de sus regnos todos sus previllejos, franquezas e merçedes e libertades e fueros e buenos usos e buenas costunbres que tenían e tienen de los reys passados donde él venía, según que mejor e más conplidamente les fueron guardados en los tiempos pasados fasta aquí”. 246
Juramento de Isabel como reina de Castilla y León en la plaza de San Miguel de Segovia (Mariano Grau, “Así fue coronada...”, pp. 20-21). 247 Seguimos el ejemplar existente en el Archivo Municipal de Salamanca, R/933: Acta del juramento que hizo Juan II de guardar los privilegios en las cortes de Madrid de 1419. Original en pergamino.
117
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 118
Ana Isabel Carrasco Manchado
Juramento de Isabel (1474) “E que mirará por el pro e bien común de los dichos sus reynos, e que no los dividirá ni enajenará, e materná sus súbditos en justicia, como Dios mejor le diese a entender, e no la pervertirá e guardará los previllejos e libertades e esenciones que han e tienen los fijosdalgo de los dichos reynos e a las cibdades e villas e lugares dellos, segúnd que mejor e más conplidamente fueron e devieron ser guardados en tiempo de los señores reyes de gloriosa memoria sus progenitores”.
Decididamente, Isabel introdujo elementos nuevos en el juramento de las leyes del reino. Las menciones al bien común, a la unidad del patrimonio de la Corona y a la práctica de la justicia no pueden ser casuales. Las ideas que comunican los documentos oficiales enviados a las ciudades tras la proclamación comparten ese mismo tono legal: afirmación de la sucesión legítima y acoplamiento de la voluntad regia al derecho. En las cartas que se envían a las ciudades, Isabel informa de que ha sido jurada, con las ceremonias acostumbradas, como “hermana 248 y legítima e universal heredera del dicho señor rey mi hermano” y que desea jurar los privilegios ciudadanos: “como vuestra reyna e señora devo faser para guardar vuestros privillejos e buenos usos e costumbres e bien e pro común desa cibdad” 249. Se trata de una repetición de lo jurado en la ceremonia de proclamación pero adaptado a los destinatarios, que son las autoridades concejiles de cada ciudad. El bien y pro común del reino se concretan en el “bien y pro común de la ciudad”. La sucesión es ya un hecho. A las ciudades sólo les queda aceptarlo y dar a la reina la obediencia debida. Isabel recuerda a las autoridades concejiles la obligación de cumplir ellas también con la legalidad (“dentro en el término que las dichas leyes de mis reynos disponen”, “segúnd las leyes de mis reynos son tenudos de fazer”). La necesidad de ver confirmados los privilegios (incluso jurados) es la mejor baza persuasiva con la que cuenta Isabel ante las ciudades y villas. En las ciudades se repiten de nuevo estas ideas, esta vez de boca de los agentes de Isabel. En las asambleas concejiles, tras haber tratado de una manera más sólida las seguridades políticas que cimentarán el consentimiento a la obediencia, los agentes reales aprovechan para adornar la figura de los nuevos reyes. Entre los conceptos que se aluden se nombra a la justicia, principal fundamento 248
La idea de que Isabel herede a su hermano sonaba nueva en el contexto de la época, ya que la sucesión se establecía con mayor fuerza de padre a hijo. Pero, en estos primeros tiempos, y en los textos oficiales, no puede obviarse el hecho de que Isabel hereda el trono de su hermano, y no de su padre Juan II. Tal vez por ello, en las cartas que envió a las ciudades para que la acatasen como la sucesora legítima, Isabel declara que siempre había tenido a su hermano el rey Enrique como a un “padre” (véase, por ejemplo, la carta enviada a Zamora, J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 12). Al introducir esta idea suplanta el papel de hija, desplazando a la hija real, Juana. Se busca hacer comprensible la idea de la sucesión, convirtiéndose Isabel en una especie de hija adoptiva que sucede al padre-hermano (creando un parentesco sentimental). Isabel pretende, además, borrar toda sombra de rivalidad y conflicto de las relaciones con su hermano. 249 Según los términos de la misma carta enviada a Zamora (ibídem, p. 12).
118
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 119
El combate por la legalidad
del poder a ojos de los presentes. Fue, probablemente, el adelantado Pedro Fajardo el que abrió el debate en torno a la carta de Isabel en la que se instaba a la ciudad de Murcia a celebrar su proclamación. Entre los valores que adujo en su favor se encontraba el convencimiento de que “governarán mediante la gracia de Dios estos dichos regnos en toda verdad, paz y justicia” 250. Resulta interesante encontrar asociados estos tres conceptos, verdad, paz y justicia, tríada que tiene visos de convertirse en todo un lema propagandístico del reinado 251. En estos meses previos a la entrada de Alfonso V en Castilla, en los que la guerra aún no ha sido declarada, hablar de paz significa referirse a ese periodo del reinado de Enrique pintado con los tonos más tristes de la crisis generalizada. Los dos conceptos regeneradores, paz y justicia se unen, además, al de verdad, que se refiere al derecho a suceder (y a la fidelidad de Isabel a los compromisos adquiridos en su juramento), obteniéndose, de este modo, un lema completamente legitimante, desde el punto de vista del ejercicio del poder y desde el punto de vista de la legalidad. Sin embargo, a pesar del aparente carácter ciudadano que parece tener este lema (fue escuchado dentro de los muros de la casa donde se reunía el concejo murciano) no se consideró digno de ser repetido en el pregón que poco después anunciaba la decisión del concejo de alzar pendones por la reina Isabel. El pregón se limita a comunicar la incontestable afirmación del derecho legal de Isabel “reina y señora natural, heredera y legítima sucesora destos renos de Castilla y de León” 252. Las razones por las que no se repite el breve panegírico de los reyes que se ha escuchado antes en la reunión del concejo murciano pueden ser varias. Hay que tener en cuenta que los agentes de uno y otro mensaje no son los mismos. El concejo, una vez tomada la decisión de apoyar la proclamación de Isabel (sin poder conocer las discrepancias que pudieran escucharse en el curso de la reunión) podía no estar interesado en mostrar a los habitantes de la ciudad de Murcia una fidelidad demasiado comprometida con la causa isabelina. 250
Razonamiento en torno a la carta de la reina por la cual solicitaba ser proclamada y recibida en la ciudad de Murcia como reina de Castilla y León: Archivo Municipal Murciano, trascripción de J. Torres Fontes, Estampas de la vida murciana..., p. 305. 251 El contexto en el que se pronuncia este lema que vemos aparecer por primera tras la muerte del rey es un contexto ciudadano. El concepto de justicia adquiere un matiz específico cuando se le añade el concepto paz. Como se sabe, la equivalencia entre paz y justicia tiene una raíz agustiniana. Los dos juntos dotan de sentido la esencia de la realeza desde la perspectiva ciudadana y campesina. J. Krynen afirma que cuando un teólogo o un jurista expone sus ideas sobre la justicia, las sitúa en el plano de los preceptos divinos o la ley natural, pero, cuando se trata de un publicista o de un moralista, siempre la exaltará como condición para la paz (L’empire du roi. Idées et croyances politiques en France XIII e-XV e siècles, París, 1993, p. 252). En opinión de Claude Gauvard, la paz está en el corazón de la justificación del poder político. Esta autora ha estudiado el concepto de paz en el marco del conflicto entre armagnacs y borgoñones: “vivir en paz” es un lema que en momentos de crisis no se define tanto en función de una situación de guerra como de un “estado moral y social”, por ello, las alusiones a la paz encabezan el preámbulo de todas las disposiciones sobre malhechores y el de las ordenanzas más importantes (véase C. Gauvard, “De Grace Especial”, en Crime, État et societé en France à la fin du Moyen Âge, París, 1991, pp. 866-867). 252 Véase el pregón que pronunció por las calles de Murcia Juan de Cieza (Archivo Municipal de Murcia, transcripción de J. Torres Fontes, Don Pedro Fajardo..., p. 125).
119
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 120
Ana Isabel Carrasco Manchado
El pregón de la carta se mantiene en los límites de la formalidad. Recordemos que la respuesta ceremonial dada por el concejo fue una ceremonia de alzamiento más bien fría. Estas ideas que estamos apuntando alcanzan su cima en la carta enviada desde Segovia el día 7 de febrero a las ciudades del reino, convocando cortes para jurar a la infanta Isabel. En el preámbulo de esta carta, por segunda vez la justicia se hace aliada de la paz, una depende de la otra: “Somos prinçipalmente tenidos a ordenar los pueblos de ellos e poner a cada uno de nuestros súbditos e naturales en justiçia e orden de bevir e fazer que en ella perseveren y el que de esto eçediere sea punido e castigado segúnd la calidad de sus eçesos porque çesen la confusión y los viçios y delitos de suso nonbrados, sean estirpados y agenos de nuestros súbditos e naturales pues es çierto que, aquellos quitados, luego suçede la paz y concordia con la qual las cosas pequeñas creçen y, creçidas, se conservan en buen estado, y por esto son los reyes amados y queridos de sus pueblos y reynan bienaventuradamente en este siglo y en el otro gloriosa y perpetuamente; y nos, queriendo que vosotros alcançéis el benefiçio e efectos de la paz y justiçia” 253.
Cuando se menciona la paz suele relacionarse con la paz ciudadana, la paz de los campesinos, que es la vida pacífica y ordenada que permite realizar las tareas cotidianas que nutren la economía del campo y de la ciudad (la referencia a que “las cosas pequeñas creçen” está impregnada de connotaciones emocionales). Paz equivale, pues, al orden y el orden se opone al caos atribuido a los años anteriores. En la evocación de ese estado ideal no está ausente la necesidad de alejar el fantasma de la guerra civil y de la división del reino. Las referencias a la legalidad de la sucesión se dejan a un lado ante el estado de protección y seguridad que es evocado en el texto con un aura dorada. Los mismos reyes se encargan de recordar que ésa es la finalidad del poder que ejercen los reyes: “por esto son los reyes amados y queridos de sus pueblos”. Veremos cómo la idea de justicia se termina imponiendo como argumento legitimador que acapara la solución al conflicto sucesorio (y ahí estará el “contra-modelo” del rey Enrique IV para perfilar el cuadro). En estos primeros momentos es casi más importante la idea de paz 254.
253
En el mencionado ejemplar existente en Ávila publicado por B. Casado Quintanilla, Documentación real del Archivo..., p. 15. 254 El carácter propagandístico de este preámbulo ya ha sido analizado por J. M. Carretero (“Representación política y procesos de legitimación”, en J.M. Nieto (coord.), Orígenes de la monarquía..., pp. 178 a 205, referencias concretas al texto en pp. 184-185. La finalidad del texto está clara, “anular la legitimidad de origen de Enrique IV y plantear una nueva legalidad apoyada por una legitimidad de ejercicio incuestionable”, p. 184. Coincidimos con este autor en que el texto “enuncia una estrategia propagandística enormemente sutil”, ibídem, p. 184.
120
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 121
El combate por la legalidad
Junto a estos conceptos clave en la propaganda del discurso de la justicia, en la carta enviada a las ciudades aparecen otros términos emparentados con esa misma idea pero que pueden adoptar significaciones más amplias. El texto recoge expresiones como reformaçión, remedio y reparo. Son conceptos que van más allá de las meras competencias penales del oficio regio. Engloban una concepción de la práctica de gobierno completa, en todas sus facetas, también la legislativa 255. Mientras que la justicia, en este texto en concreto, es cosa propia de los reyes, la reforma atañe a todos los poderes del reino, incluyendo al poder real: prelados y caballeros y las ciudades, con sus “personas de buen zelo e sano juiçio”. El poder real desciende de sus alturas para hacer copartícipe de la acción de gobierno a todos los grupos que intervienen en el juego político. La realidad de las asambleas representativas del reino, es, por el contrario, muy diferente, sin embargo, resulta útil alentar en aquellos concejos con voto en cortes la esperanza de que esta vez puede ser diferente. El programa de gobierno presentado por los reyes no se limita al recto ejercicio del gobierno, encabezado por una decidida voluntad de impartir justicia. Es un acierto propagandístico ofrecer un estilo de gobernar que se pretende compartido por todos los grupos de poder, y cuyo ámbito de representación serán las cortes. En un comienzo de reinado, este ofrecimiento puede resultar especialmente interesante y atrayente, incluso todavía más atrayente para las ciudades que aún no habían otorgado su obediencia a Isabel y Fernando. Gracias a la recopilación de fuentes documentales para el estudio de las cortes de Castilla elaborada por Juan Manuel Carretero podemos comprobar con gran facilidad la evolución de los argumentos ideológicos y justificativos que se insertan en otras cartas de convocatoria de cortes, en el periodo que se extiende desde la convocatoria de estas cortes (que se celebraron finalmente en Madrigal en 1476), hasta la de Burgos de 1515. Pues bien, en ninguna otra carta de convocatoria vuelve a citarse la idea de reforma, reparo o restauración, todo lo más se apela al “servicio de Dios nuestro señor e nuestro e al bien común de los dichos nuestros reynos e señoríos”, que se repite en todas, incluso en la de las cortes de Madrigal, con la salvedad de ser, en este caso, una 255
La idea de reforma está presente también en el discurso teológico. Como ha estudiado P. Contamine, esta idea adquiere varios sentidos, entremezclándose la política con la moral y la religión. En Francia su momento de apogeo va desde el siglo xiv a principios del xv. En este momento, la idea de reforma se había convertido en motivo propagandístico, igualmente útil para los defensores de las prerrogativas reales como para los apologistas de los Estados Generales. A partir de 1420 decae en el terreno político, no en el religioso (P. Contamine, “Le vocabulaire politique en France à la fin du Moyen Âge: l’idée de reformation”, Etat et Église dans la genese de l’État Moderne, Madrid, 1986, pp. 145-156). La evolución del concepto en la Corona de Castilla está por estudiar pero da la impresión de que, contrariamente al caso francés, a fines del xv la idea no está en decadencia. Al menos, durante toda la crisis sucesoria que estamos analizando, la idea de reforma saldrá a relucir en múltiples textos. El uso de la idea de reforma como materia propagandística también fue constatado por Claude Gauvard en la lucha entre borgoñones y armagnacs (“De Grace Especial...”, pp. 949-950). Esta autora observó que la publicación de ordenanzas de reforma coincide con momentos de contestación política, por lo que se convierte en uno de los temas ideales de propaganda (véase además, C. Gauvard, “Ordonnance de reforme et pouvoir legislatif en France au xiv e siècle (1303-1413)”, en A. Gouron y A. Rigaudiere (dirs.), Renaissance du pouvoir legislatif et genese de l’État, Montpellier, 1988, p. 89).
121
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 122
Ana Isabel Carrasco Manchado
idea secundaria respecto a la de reforma 256. Esto confirma la hipótesis de que esta idea de ceder poder real y abrir el gobierno a la participación ciudadana resultaba vital a la altura de 1475 para afianzar el apoyo de los grupos ciudadanos a la causa de Isabel y Fernando 257. Recordemos que en febrero de 1475 eran poquísimas las ciudades que habían enviado procuradores a Segovia, para dar la obediencia a la reina. La convocatoria de cortes intentaba cerrar el proceso sucesorio de forma apresurada, para así poder disponer de todos los mecanismos de gobierno, entre ellos la hacienda. Las preocupaciones económicas se orientan a la crisis interna. Pronto aparecen textos que no ocultan ya el aire de amenaza de guerra y de división interna, como la carta de llamamiento a combatir los alborotos y levantamientos que algunos procuran en estos reinos, de marzo de 1475 258. En ella se declara el estado de desorden que vive el reino, provocado por la falta de justicia que han constatado al subir al trono, y el afán que, en contraste, han puesto en “pacificarlos y ponerlos en justicia”. Ante la patente amenaza que se avecina, de nuevo se invocan los soberanos conceptos de paz y de justicia, pero junto con otro concepto novedoso en el discurso: el concepto de libertad (libertad, paz y justicia), concepto terrible pues se asocia, en el peor de los casos, con la servidumbre y, en el mejor de ellos, con la pérdida de privilegios 259. Se adelanta un futuro lleno de peligros y, para evitarlo, los reyes apelan a la idea de sacrificio personal para convencer con mayor fuerza. Y si ellos están dispuestos a sacrificarse por sus súbditos ¿cómo negarse estos a cooperar en la defensa? El razonamiento, con todos sus matices psicológicos, resulta persuasivo: “Nos, veyendo los dichos males y daños y escándalos y disinciones que están aparejados de se seguir, si lo suso dicho non se requiriese, estamos 256
Otro indicio de la importancia clave de esta idea es el hecho de que en la carta de convocatoria prime en orden de importancia toda esta exposición de ideas, frente al motivo que origina la convocatoria, el juramento de la heredera, expresado brevemente y al final. En el resto de las cartas, este orden se invierte, los argumentos se reducen a la expresión de la conveniencia del servicio a Dios, al rey y el bien común de los reinos, relegada al final de la carta como recordatorio, mientras que se da comienzo con la exposición, más o menos extensa, de la necesidad de jurar al heredero. Obsérvese la evolución de todos estos matices en la mencionada recopilación, J.M. Carretero, Corpus documental de las Cortes de Castilla (1475-1517), Madrid, 1993, pp. 61 a 71. 257 No era fácil convencer a los concejos de la veracidad de las intenciones declaradas en los preámbulos. Cuando finalmente se celebren las cortes, en 1476, no acudirán todas las ciudades convocadas, algunas de las cuales fueron representadas por procuradores que presentaron poderes defectuosos (véase J.M. Carretero, Cortes, monarquía, ciudades. Las cortes de Castilla a comienzos de la época moderna (1476-1515), Madrid, 1988, pp. 135-136). 258 Archivo Municipal de Murcia, Cartulario real, 1453-1475, f. 223, (véase en J. Torres Fontes, Don Pedro Fajardo..., pp. 240-241 (recientemente en A. Moratalla, Documentos..., doc. 22) . 259 Alfonso de Palencia conoce las connotaciones emotivas que tienen tales conceptos, pues recuerdan valores básicos para la comunidad. En el prólogo de la Década III de la Gesta hispaniensia se vale de ellos para componer un ejemplo de la llamada falacia ad populum: “Veían despertarse en el ánimo de los pueblos ansias del amparo de las leyes, tanto tiempo sepultadas en el abismo de la abyección, y temían que, si por acaso recobraban su imperio, los opresores hallaran su castigo, y libertad los oprimidos” (A. de Palencia, Crónica de Enrique IV..., Prólogo a la Década III, Libro I, p. 159).
122
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 123
El combate por la legalidad
dispuestos de poner nuestras personas a todo trabajo y peligro fasta derramar la sangre, si menester fuere, por la defensión y libertad de los dichos nuestros regnos y súbditos y naturales dellos, y buena justicia, devida governación dellos, y para punir y castigar y escarmentar los malfechores y revolvedores y causadores de los dichos bollicios y escándalos”.
Ante el conflicto que se avecina, Isabel y Fernando asumen el papel de reyes defensores, defensores de la paz del reino y de sus súbditos. Hay que tener en cuenta que la idea de defensa del reino es, en la mentalidad general 260 y entre los intelectuales de la época 261, casi la única que justifica la guerra y, también, la obligación que el rey impone de participar en ella (ya sea con las armas o con medios económicos). En la imagen regia, el carácter de defensor es uno de los matices que diferencian al rey del tirano, tal y como recordaba Diego de Valera a Juan II en su Exhortación de la pas, dedicada al propio rey: “El tirano tiene las armas para ofender la república, el rey para defenderla”. Pero, en tiempos de una grave crisis interna como la que vivía Castilla, esta imagen puede resultar en ocasiones contradictoria con la imagen de reyes justos o justicieros. La contradicción se planteará en el momento de otorgar perdón a esos mismos malhechores y criminales causantes de muchos de los desórdenes públicos. Los reyes se vieron en la necesidad de otorgar un perdón general justo al mes siguiente de redactar esta carta de llamamiento, en el mes de abril. En el perdón general de los delitos a todos aquellos que acudan a servir junto a los reyes contra los nobles rebeldes y contra el rey de Portugal 262, los argumentos del discurso de la justicia resultan más bien tímidos. La clemencia regia otorgada en tiempo tan revuelto no parece muy popular. Sin embargo, los reyes se defienden diciendo que “segund derechos” pueden otorgar tales perdones, puesto que el perdón se hace en “pro e bien común e paçífico estado de los dichos nuestros regnos”, y se añade más, en “pro e bien común de los dichos nuestros regnos e de los dichos nuestros naturales”. Las dificultades para ejercer realmente la justicia en un contexto de sucesión irregular, en el cual la necesidad de atraer hombres de armas y partidarios resulta acuciante, contrasta vivamente con los discursos que estamos analizando. Si hemos de creer a un cronista coetáneo, se aconsejó a los reyes que no fueran tan rigurosos en la justicia y frenaran las primeras ejecuciones de 260
Defensa de la paz y de la justicia, de la libertad y del orden: seguimos en el ámbito ideológico conformado por el pensamiento agustiniano. Sobre el aparato conceptual que justifica la guerra a lo largo de la Edad Media ha profundizado P. Contamine en su serie de investigaciones sobre este tema (La guerra en la Edad Media, Barcelona, 1984 –edición francesa, París, 1980–, La France au XIV et XV siècle: hommes, mentalites, guerre et paix, París, 1981; La guerre, la violence et les gens au Moyen Âge, París, 1996, y, en concreto, sobre la propaganda de guerra, el artículo ya citado: “Aperçus sur la propagande de guerre”, pp. 5-27). 261 D. de Valera, Exhortación de la paz, ed. M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959, p. 83. Sobre el uso propagandístico del concepto defensa del reino, véase: G.M. Spiegel, “«Defense of the Realm»: Evolution of a Capetian Propaganda Slogan”, Journal of Medieval History, 3: 2, (1977), pp. 115-133. 262 Perdón general a todos aquellos delincuentes y criminales que acudan a servir junto a los reyes contra los nobles rebeldes y contra el rey de Portugal, A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones con Portugal..., I. doc. n.º 20, pp. 75-78.
123
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 124
Ana Isabel Carrasco Manchado
malhechores que decretaron en Segovia durante las primeras semanas: “Tanto se executava la justiçia que se puso en plática que no se devía tanto al cavo llevar por no estar estos reinos así tomados como era menester. E que con la mucha justiçia se podría recresçer algún grande inconviniente” 263. El cronista afirma que los reyes siguieron con su propósito de perseguir a los malhechores, pero los perdones revelan una actitud constreñida por la necesidad. En el mes de abril, la presencia del rey de Portugal en Castilla se veía ya casi como inevitable, aunque las fiestas vallisoletanas ofrecieran una imagen diferente. Los intentos para que finalmente el hecho no ocurriera reflejan una situación sin salida. Los discursos se tornan polémicos, los argumentos se disparan ahora hacia la corte portuguesa y hacia sus partidarios, combate ideológico o guerra de palabras que, en algunos casos, más que querer evitar la guerra, parece provocarla, tan beligerantes se presentan los argumentos. Esta nueva fase se produce mientras los reyes permanecen en su corte de Valladolid. Imbuidos los ánimos del calor del ambiente cortesano, al abrigo de los muchos caballeros que habían acudido a las famosas justas a principios de mes, se caldeaba también la confianza necesaria para polemizar. En esta corte hubo intercambio de embajadores y, por tanto, de propaganda. Entre los agentes reales destaca el papel del secretario Fernando del Pulgar que se ocupó de elaborar un discurso coherente en algunas de las cartas enviadas en estas fechas a personajes hostiles o reacios a seguir el partido de Isabel y en ciertos materiales diseñados para la oratoria que, si bien no sabemos si fueron pronunciados realmente, no hay duda de que eran conocidos y leídos. Hemos analizado la carta dirigida al rey de Portugal 264, muy difundida y atribuida a distintos autores (lo que la convierte en exponente de una propaganda “oscura”) y las epístolas al obispo de Osma, que se encontraba en Roma, y la enviada al arzobispo de Toledo, Alonso de Carrillo 265, así como el supuesto discurso pronunciado en respuesta de la embajada del portugués Ruy de Sousa 266. En todos estos documentos hay un interés consciente de combatir la propaganda de los adversarios, una intención claramente polémica. Se vuelve otra vez a las afirmaciones rotundas del derecho sucesorio de Isabel 267, pero observamos 263
Crónica castellana..., p. 485. Fernando del Pulgar. Carta al rey de Portugal: preferimos la versión de manuscrita en BNE, ms. 10445, ff. 44-47. 265 Letra V y Letra III de F. del Pulgar, Letras..., pp. 27-19 y 15-19. 266 Extractado de F. del Pulgar, Crónica..., I., pp. 96-98. 267 Entre las embajadas enviadas a Portugal se encuentra la del doctor Villalón, enviada desde la corte segoviana. En ella, el embajador debía transmitir las siguientes palabras de Isabel, insistiendo en su derecho: “Somos mucho maravillados, sabiendo él verdaderamente, como es público e notorio, que yo, la dicha reina, soy la verdadera heredera e legítima suçesora del dicho señor rey mi hermano e destos reynos, e soy reina e señora dellos e por tal soy obedesçida e resçibida e jurada por todas las çibdades e villas e por los perlados e grandes e por todos los tres estados dellos. E aun el dicho señor rey don Enrrique, nuestro hermano, sabiendo esto ser así verdad, [después de nacer Juana y tras la muerte de Alfonso, que también fue jurado heredero] juró a mi la dicha reina por prinçesa e su legítima heredera e por reina destos dichos reinos después de sus días, presente e autorizante el legado apostólico, que a la sazón en estos reynos estava, e me mandó jurar a los perlados e grandes destos reinos e a los procuradores de las 264
124
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 125
El combate por la legalidad
una novedad: quizá por vez primera tras la proclamación de Isabel, se hace uso explícito del argumento del nacimiento de la princesa Juana. Hasta la fecha, se evitaba mencionar el nombre de la princesa Juana 268. Ninguna prueba era más evidente del derecho de Isabel que el haberse celebrado en su favor el rito ceremonial de la sucesión. En la carta de Pulgar al rey de Portugal se dice que la ilegitimidad de Juana es conocida por los pueblos (“porque saben ella ser fija cierta del rey don Juan e su marido fijo natural de la casa real de Castilla, e la señora vuestra sobrina fija incierta del rey don Enrrique”) 269. El derecho de Isabel, en cambio, se amolda a la absoluta legalidad: “por justa e derecha subçesión, perteneçiente a la reyna, heredera legítima dellos”, mientras que la causa del rey Alfonso y de su partido es “materia tan ynjusta”, se sostiene sobre “fundamento tan inçierto e injusto”. Lo realmente interesante es que, al lado de esta reivindicación del derecho legal de Isabel al trono, el mismo Pulgar difunde de forma más hábil el otro grupo de argumentos con el que se intenta legitimar lo que es, en realidad, una usurpación. El deficiente ejercicio de la justicia justifica la pérdida del reino. En la carta al rey Alfonso V Pulgar extrae de la Biblia ejemplos como el de Roboán, destronado porque “en la administración de la justicia, que es aquélla por do los reyes reynan, fue tan negligente que sus reynos vinieron en total corrupción e tiranía” 270. ¿Cómo no ver tras este ropaje al denostado Enrique IV, a quien tampoco se le menciona directamente en estos primeros discursos? En la carta al obispo de Osma se extreman los efectos de la falta de justicia en el reino (“esta tierra estava en total perdición por falta de justicia”) y se alaba el recto deseo que guía a Isabel: “governó con firme esperança de dar en estos sus reynos la paz que con tanto trabajo procuran e con tan gran deseo espera” y no se olvida de decir que eso es, en definitiva, lo que se espera del oficio real: “quisieron fazer otros actos de justicia devidos a su oficio real” 271. Pulgar mezcla, por tanto, las dos líneas argumentales que configuran el discurso del derecho y la justicia: por una parte, la que busca sustentar la legitimidad de origen, es decir, la legalidad de la sucesión y, por otra parte, la que subraya çibdades e villas dellos, lo qual se fizo e complió así”, Instrucciones al doctor de Villalón, 1475-II-Segovia. AGS, PR, leg. 26, f. 178, transcripción, Documentos referentes..., I, doc. 18. pp. 73-74. De nuevo, el argumento de la jura de los Toros de Guisando es la base de la defensa. 268 Todos los planteamientos alegados en la ceremonia de proclamación de Isabel fueron contestados por Juana en la carta que envió a las ciudades del reino desde Plasencia el 30 de mayo de 1475: “la dicha reyna de Sicilia, luego como supo el fallecimiento del dicho rey mi señor, arrebatadamente, e sin ninguna deliberación e sin acuerdo e consejo de los dichos perlados e grandes e procuradores de los dichos mis reynos, diziendo que ella estava jurada por princesa dellos, e que el dicho rey mi señor avía fallecido sin dexar fijo nin fija ninguna, non faziendo mención alguna de mi nin de cómo yo avía sido primeramente jurada e obedecida por princesa dellos nin de la dicha institución a mi fecha por el dicho rey mi señor e padre, nin de la revocación de los dichos juramentos e omenages a ella fechos, e de la ratificación e aprovación de los dichos primeros juramentos e omenages de fidelidad a mi otorgados, e como quier que ella estava dello bien informada, de fecho e contra derecho se fizo intitular e intituló por reina destos dichos mis reynos”, J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 22. 269 BNE, ms. 10445, f. 45r. 270 BNE, ms. 10445, f. 45v. 271 Fernando del Pulgar, Letras..., p. 28.
125
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 126
Ana Isabel Carrasco Manchado
la legitimidad de ejercicio mediante el recto desempeño del oficio regio, que en este contexto significaba tanto como devolver la paz y la justicia al reino. Los dos argumentos se complementan, acallando las réplicas que vengan de todos los frentes: se legitima así la usurpación de Isabel del derecho perteneciente a Juana y se deslegitima, al mismo tiempo, el gobierno de su padre, el rey Enrique IV. En adelante, los escritos regios y los de sus colaboradores sabrán entremezclar sutilmente ambas teorías y sacarles el mayor partido posible. La obligación regia que impone el ejercicio de la justicia, aparece en una carta de merced expedida a un caballero abulense que había enviado a Portugal carteles de desafío contra cualquier portugués que negara el derecho del rey Fernando Y quisieran probarlo con las armas: “Al estado de la exçelençia de la magestad real propia e prinçipal pertenesce onrrar e sublimar e fazer gracias e mercedes a sus súbditos e naturales, espeçialmente a aquellos que bien e lealmente los syrven, lo qual faziéndose asy´, es cosa muy razonable e conforme e toda ley e razón natural, e justa poleçía e recta e ordenada armonía de los reynos e tierra donde lo tal se faze, e los reyes, quando lo asy´ fazén, pagan su debda e cumplen aquello que, segúnd Dios e justiçia, son obligados” 272.
Este preámbulo no es meramente formal. Los redactores de la carta se han preocupado en aumentar los sinónimos y calificativos que definen el buen gobierno: ley, razón natural, justa poleçía, recta, ordenada armonía. Tales bondades, con las que dice cumplir Fernando de Aragón al otorgar la presente merced, se acompañan del aserto del derecho a la sucesión, pero en este caso hay una novedad interesante. El derecho que está en liza no es el que en la mayoría de los discursos se dice pertenecer a Isabel, sino que es el propio derecho del príncipe Fernando a suceder en el trono de Castilla el que se defiende: “la verdad e derecho que yo tengo a estos mis regnos e a la subçesyón e herençia dellos”, “la razón e derecho que yo a estos dichos mis regnos tengo” 273. La fecha de esta carta, 10 de mayo de 1475, prueba que Fernando de Aragón no terminaba de asumir su papel definitivamente asignado tras las capitulaciones firmadas el mes de febrero en Segovia (la famosa Concordia) y seguía afirmando su derecho a suceder en el trono. De hecho, una de las “mentiras” difundidas en Portugal, combatidas por este caballero abulense con su desafío, era la que negaba al príncipe de Aragón su condición de natural de los reinos de Castilla 274. Es una muestra de la propaganda personal fernandina que paralelamente circulaba. 272
Merced de la villa de Almeida, en Portugal, a Rodrigo Cortés por haber enviado a dicho reino carteles (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones..., p. 78). 273 Ibídem, p. 78. 274 Situaba a Fernando en posición de rey extranjero: “Sy cualquiera de los que con el rey de Portogal estava o de sus regnos dixesen que la tal demanda hera buena e verdadera e que yo non hera natural destos mis regnos, vos le faríades conosçer que mintía”, ibídem, p. 78.
126
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 127
El combate por la legalidad
Estos son los dos grupos de teorías propagandísticas que se gestan en este primer y corto periodo fundamentadas en un discurso de carácter jurídico. En estas fechas tan tempranas, se insiste especialmente en la legalidad del derecho a la sucesión pues, plantear la ilegitimidad por el ejercicio pudo ser útil cuando se trataba de derrocar a un rey, como sucedió en el golpe de 1465, pero ahora no tanto. Isabel y Fernando se encuentran con un panorama político en ebullición de desórdenes y de problemas sin resolver. Sin tiempo ni capacidad para organizar un buen gobierno con apariencia de tal no se puede más que expresar, en este sentido, una lista de buenas intenciones que se proyectan hacia el futuro. Por ello, será preciso referirse al gobierno de Enrique IV, cuya persona en esta primera etapa, salvo excepciones, no recibe todavía ataques directos, y hacer aparecer la situación más negra de lo que realmente es. Uno de los grandes ciclos temáticos del periodo será el del caos generalizado, los malos tiempos que todos padecen, la necesidad de regeneración, y es precisamente aquí donde cobran todo su sentido los discursos que giran en torno a los conceptos de reforma y reparo. Un aspecto de la legitimación por el ejercicio del poder presenta a Isabel y Fernando como salvadores de la tierra. Alfonso de Palencia, en el prólogo a la Década III, la que se ocupará de historiar los acontecimientos posteriores a la muerte del rey, evoca estas imágenes: “Veían despertarse en el ánimo de los pueblos ansias del amparo de las leyes, tanto tiempo sepultadas en el abismo de la abyección” 275. El poder, el título real, será el premio a tal labor de recomposición del orden y de la legalidad. En esta primera fase del conflicto se ponen los cimientos ideológicos, cuyo desarrollo, con sus argumentos, imágenes, ideas o metáforas, veremos evolucionar a lo largo de los capítulos siguientes. 5.3. “A Dios nuestro Señor plogó de fazernos reyes de estos reynos”: el discurso teológico-religioso El tipo de discurso que gira en torno a la legalidad y a al ejercicio de la justicia se entremezcla, en estos primeros testimonios, de forma interesada, con un discurso de naturaleza teológica y religiosa. La propaganda política tiende a teñir unas ideas con otras, confundir imágenes, contagiar significados para que los mensajes se impregnen de mayor fuerza y se enriquezcan con variadas sugerencias. Las dos líneas de argumentos que configuraban el discurso jurídico (legalidad de origen y legitimidad por el recto desempeño del oficio regio) son reforzadas por dos líneas de orden teológico-religioso. La primera línea tiende a hacer de la sucesión al trono una decisión divina (Dios ha decidido que la sucesión recaiga en Isabel y Fernando, y no en Juana). La segunda línea otorga una razón a dicha decisión divina: los dones espirituales que la pareja real castellanoaragonesa poseen, sus virtudes religiosas, les confieren una aureola carismática que trae consigo la inmediata elección divina de sus personas para gobernar. 275
A. de Palencia, Crónica de Enrique IV..., Prólogo a la Década III, Libro I, p. 159.
127
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 128
Ana Isabel Carrasco Manchado
Estos dos grupos ideológicos conforman una tendencia propagandística encaminada a dibujar una legitimidad teológica o religiosa del hecho sucesorio. En cuanto a la primera línea discursiva, la que define el origen teológico del derecho a reinar, observamos en los textos analizados su ausencia en la ceremonia de proclamación de Isabel celebrada en Segovia. No está ausente, sin embargo, la segunda línea. Las primeras palabras del juramento que prestó Isabel expresaron su voluntad de gobernar ciñéndose a los preceptos religiosos. En el marco de la ceremonia era imprescindible aludir a la Iglesia, porque, del mismo modo que el monarca de Castilla ha de jurar defender al resto de estados y grupos sociales, también debe jurar defender los privilegios del estado eclesiástico. Recordemos que en la ceremonia se hallaban presentes algunos miembros del clero y el legado del papa. Isabel jura “que será obediente a los mandamientos de la Santa Iglesia e que honrará los perlados e ministros della e defenderá las iglesias a todo su leal poder”, añadiendo, además, que gobernará y ejercerá la justicia “como Dios mejor le diese a entender” 276. Si comparamos, de nuevo, su juramento con el que realizó su padre el rey Juan II, en ceremonia de igual significado, ante las cortes, cuando los representantes del reino lo reciben por rey y él jura las leyes del reino, encontramos que falta el compromiso expresado por Isabel –ceñirse en su gobierno a los preceptos religiosos–. El rey Juan II se ciñó a la fórmula básica de juramento, sin que añadiera ninguna expresión que le hiciera aparecer ante los demás como un monarca con voluntad de seguir un modelo religioso de gobierno, más allá de lo que se da por supuesto en un rey cristiano 277. Lo religioso estuvo presente en la ceremonia de proclamación en el compromiso de la nueva reina. En este contexto ceremonial, sin embargo, no se atrevió a formular referencias al derecho divino al trono, ya que la puesta en marcha de los ritos de sucesión sólo pueden justificarse atendiendo a criterios de legalidad y de derecho sucesorio. No resultaba inconveniente fuera de ese contexto y no tardará en aparecer, aunque no de boca directa de Isabel, sino de alguno de sus agentes y colaboradores, en el marco de las reuniones de los concejos. En Murcia, la lectura de la carta real incluía una expresión de gratitud que expresaba el origen divino del derecho a suceder: “Davan e dieron muchas gracias e loores a Nuestro Señor Dios porque les avía dado legítima heredera subçesora destos regnos de Castilla e de León”. El matiz es importante puesto que no basta con afirmar que los reyes gobiernan porque Dios lo ha querido (ya que todos los reyes gobiernan “por la gracia de Dios”): en este caso Dios les ha otorgado la gracia de ser herederos sucesores. Es esta una muestra de la mezcla de los dos discursos. La elección divina no aparece en contradicción con el derecho, sino que coincide con él. El momento y el contexto en el que se expresa esta idea es el apropiado,
276
Juramento de Isabel como reina de Castilla y de León, en M. Grau, “Así fue coronada...”, p. 20. En lo religioso, el rey Juan II juró simplemente, “Guardar e faser guardar a todos los fijosdalgo de sus regnos e a los prelados e iglesias” sus privilegios; Archivo Municipal de Salamanca: R/933. No hay que desdeñar la posibilidad de que las palabras de Isabel fueran dirigidas a los oídos del legado del papa.
277
128
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 129
El combate por la legalidad
se trata de levantar pendones, y en último término lo que cuenta es el derecho. Como elemento amplificador, en el marco del concejo se repitió la declaración de intenciones que juró Isabel, amplificándolo: “Regirán e governarán mediante la gracia de Dios estos dichos regnos en toda verdad, paz y justicia, como cumpla e servicio de Dios e suyo, e que como carta de su señora reyna natural, a quien vitoriosamente Dios dexe bevir e regnar por muchos tienpos e buenos al su santo servicio, recebçían” 278.
Una vez cumplidos los requisitos de las ceremonias de proclamación, las cartas oficiales ya no abandonarán la fórmula “por la gracia de Dios” en las intitulaciones, fórmula que se repetirá desarrollada en el cuerpo de las cartas. Esto ocurre en la carta de convocatoria a cortes (“Claramente vemos e conoçemos que pues a Dios nuestro Señor plogó de fazernos reyes de estos reynos e darnos el regimiento e governaçión de ellos”), en la carta de llamamiento a combatir los alborotos (“Nosotros por la graçia de Nuestro Señor Dios subcedimos en estos nuestros regnos”), o en el perdón general decretado en el mes de abril (“Después que por la gracia de Dios subçedimos e reynamos”) 279. La afirmación circuló por todo el reino, pero también por el exterior. Fernando del Pulgar se lo recordó al obispo de Osma, que se encontraba en Roma, añadiendo un juicio de valor que introduce la noción de salud en un sentido religioso: “El beneficio tan saludable que Dios nos embiava”. En la respuesta al embajador portugués Ruy de Sousa dada en la corte de Valladolid la afirmación es rotunda: “Ellos posey´an estos reynos por la graçia e voluntad de Dios”. Se dice, se escribe, se divulga en los razonamientos y se canta en coplas y versos, como los escritos por Íñigo de Mendoza para la reina Isabel “por gracia de Dios venida” 280. La repetición de estas expresiones que apelan al origen divino del derecho y de la sucesión de Isabel las convierte en eslóganes útiles, por su claridad, en el discurso oral. Al mismo tiempo se desarrolla, en el discurso escrito, una explicación más compleja. La actuación del secretario Fernando del Pulgar destaca por su brillantez en un momento en el que ya no es posible evitar la polémica con el rey Alfonso V y con Juana. En su carta al rey portugués Pulgar explica, con argumentos de índole teológica, la causa de la elección divina que ha recaído en Isabel y Fernando y, además, intenta demostrarlo recurriendo también a explicaciones teológicas. La causa no es la simple elección divina dentro de una línea dinástica legítima (en 278
Razonamiento en torno a la carta de la reina por la cual solicitaba ser proclamada y recibida en la ciudad de Murcia como reina de Castilla y León (J. Torres Fontes, Estampas de la vida murciana..., p. 305). 279 Las citas de las cartas de 7 de febrero de 1475 (B. Casado Quintanilla, Documentación real..., doc. 1, p. 15), 15 de marzo (J. Torres Fontes, Don Pedro Fajardo..., pp. 240) y abril de 1475 (A. de la Torre y L. Suárez Fernández, Documentos referentes..., I. doc. n.º 20, p. 75). 280 La carta al obispo de Osma (F. del Pulgar, Letras..., p. 28), la respuesta (F. del Pulgar, Crónica..., t. I, p. 98) y los versos de Íñigo de Mendoza (Dechado a la muy excelente reina señora..., 281).
129
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 130
Ana Isabel Carrasco Manchado
la carta subyace, por el contrario, cierto reconocimiento del derecho de Juana 281). Dios no está obligado a elegir el monarca dentro de la línea sucesoria legítima. Puesto que él es el origen de todo poder, lo da a quien quiere y se lo quita a quien desea, como una manifestación de su potestas absoluta y, en especial, de su justicia divina. En ocasiones, Dios arrebata el reino a quien legítimamente tiene el derecho a suceder como consecuencia de ciertos pecados o delitos cometidos, no tanto por el príncipe (o princesa) que lo hereda sino por el rey que lo gobernó previamente. Esos juicios de Dios no son fácilmente comprensibles para los humanos, son oscuros, están ocultos. El juicio oculto de Dios es tan terrible que no sólo afecta al propio que lo padece, sino a todos sus descendientes. Estos pecados que Dios castiga en los reyes provienen, en ocasiones, de la negligencia en la práctica de la justicia. Puesto que ésta es la principal acusación que se formula contra el rey Enrique, de este modo, fácilmente se hace “hereditario” en su hija Juana el defecto por el que no debe ni puede gobernar, según decreto divino. En apariencia, su descendencia no está inhabilitada para gobernar, pero sí en esencia, puesto que Dios ya ha decretado su juicio oculto: “Otra justicia es la que por juyzio divino por pecados a nosotros ocultos veemos executar vezes en las personas proprias de los delinquentes e en sus bienes, vezes en los bienes de sus fijos e subcessores, así como fizo al rey Roboán, fijo del rey Salomón [...] le plogó que el successor perdiesse estos bienes temporales que perdía” 282.
Ello explica, según Pulgar, que en ocasiones reinen los bastardos y, con habilidad suma, el secretario recuerda el caso del rey Pedro I y su asesinato, origen de la dinastía castellana reinante, pero recuerda también el caso del origen de la propia dinastía portuguesa, que está en el origen del título que ostenta el rey Alfonso V en su reino de Portugal: “Este vuestro reyno de Portogal a la reyna doña Beatriz fija eredera del rey don Fernando y muger del rey don Juan de Castilla pertenescía de derecho público, pero plogó al otro juyzio de Dios oculto darlo al rey vuestro avuelo, aunque bastardo e professo de la orden del Cístel (...). De derecho claro pertenescían los reynos de Castilla a los fijos del rey
281
En la versión manuscrita de la carta de Fernando del Pulgar se menciona la filiación de Juana como hija del rey Enrique (“Y, quanto toca a la justiçia que la señora princesa vuestra sobrina tiene a los reynos del rey su padre”). En la carta se ataca a los partidarios castellanos de Juana, porque fueron ellos los que publicaron, en vida del rey Enrique, “esta señora ni tener derecho a los reynos del rey don Enrrique su padre” (BNE, ms. 10.445, f. 44r). 282 Pulgar refuerza su teoría con ejemplos tomados de la Biblia y con la autoridad de san Agustín en La ciudad de Dios (ms. 10.445, f. 45v-46r). Sobre el juicio oculto de Dios como fundamento del poder real, J.M. Nieto, Fundamentos ideológicos del poder real en Castilla, Madrid, 1988, p. 234.
130
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 131
El combate por la legalidad
don Pedro, pero veemos que por virtud del juyzio de Dios oculto lo poseen oy los descendientes del rey don Enrrique su hermano, aunque bastardo” 283.
“Ni somos ni podemos ser acá juezes de sus causas, en especial de los reyes cuyo juez sólo es Dios”. El argumento religioso de toda la exposición sirve para sugerir lo que todos sabían pero ninguno reconocía por escrito: la sucesión corresponde al más fuerte y poderoso, como se refleja en el hecho de que los monarcas reinantes en las dos casas –castellana y portuguesa– proceden de dinastías bastardas y, por tanto, ilegítimas en origen. Con estas palabras, Pulgar elimina así de un plumazo la posibilidad de cualquier arbitraje humano, ya sea de las cortes castellanas o del papa, arbitraje que estaba siendo solicitado por la princesa Juana y por el rey Alfonso de Portugal. Juana de Castilla, recién proclamada reina, declaró que, al tiempo de morir su padre, sus tutores enviaron a Segovia a Rodrigo de Ulloa y a Garci Franco con objeto de convencer a Isabel para que no se titulase reina, “fasta que la justicia fuese vista e por los perlados e grandes e procuradores dellos fuesse acordado lo que se deviesse fazer por bien de paz e sosiego dellos”, es decir, hasta que se convocaran cortes 284. Las ideas que ahora comienzan a ser difundidas por Pulgar darán bastante juego posteriormente. Pero a estas alturas, conviene que tales argumentos sean reforzados con pruebas. Dentro de no mucho las pruebas serán las armas, como se dirá. En estas fechas la confirmación de su argumento, según Pulgar, no puede ser otra que la propia aclamación popular, el favor popular que tienen Isabel y Fernando y que se ha puesto de manifiesto con el desarrollo de las ceremonias de proclamación. Pulgar dice que todos dudan de la legitimidad de Juana, pero nadie discute la de Isabel, sugiriendo a continuación la famosa máxima política vox populi, vox Dei: “Porque la boz del pueblo es boz divina y repugnar lo divino es querer con flaca vista vencer los fuertes rayos del sol”. La afirmación adopta la forma de apropiación de la opinión popular, siendo Pulgar el que se apropia de una supuesta opinión. Como falacia ad populum, la fuerza de este argumento reside en sus muchas implicaciones y en las amplias posibilidades de uso 285. Sus implicaciones religiosas apuntan a un tipo de discurso profético que 283
BNE, ms. 10445, f. 46r. Carta de la reina Juana (J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., pp. 21-22); ya hemos visto que la postura que tomó Rodrigo de Ulloa fue muy distinta a la embajada que traía. Incluso después de haberse proclamado reina de Castilla y de León, en Plasencia, volverá a proponer a Isabel que se reúnan la cortes para que ellas decidan quién tiene derecho a suceder (ibídem, 25). Una de las respuestas que dará Alfonso de Portugal al primer cartel de desafío que Fernando de Aragón le había enviado en el real de Toro le propone dirimir la cuestión ante el papa: “A lo otro, que vuestra senyoría embió a dezir a su alteza que le plegua fazer una de dos cosas: o sallir luego destos sus reynos desembargándole todo lo que en ellos tiene ocupado y que esto ansí complido vuestra senyoría será contento que este debate se remita a nuestro muy sancto padre”, cartel de desafío del día 22 de julio de 1475 (nos ocuparemos más adelante de este texto). 285 Nos remitimos los análisis de A. Boureau, “L’adage vox populi, vox Dei et l’invention de la nation anglaise (viii e-xii e siècles)”, Annales ESC, 4-5 (1992), pp. 1.071-1087. 284
131
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 132
Ana Isabel Carrasco Manchado
aúna dos corrientes arraigadas desde la Antigüedad. Pulgar llama la atención sobre formas de descubrir la verdad que no corresponden del todo a su época o, al menos, que estaban ya declinando. Se trata de la verdad revelada por la divinidad, ya sea directamente o por boca de intermediarios, que con frecuencia se atribuye a los inocentes (los niños) y humildes (por ejemplo, pastores) 286. Pulgar no será el único en emplear esta máxima en favor de la propaganda regia: también Alfonso de Palencia hará uso de ella en alguna ocasión 287. El juicio oculto de Dios y la voz divina del pueblo son dos formas de alejarse del procedimiento probatorio del derecho y, cuando se desprecia la ley, sólo quedan las armas. El éxito en las armas, la victoria, será la prueba definitiva que selle lo que ahora augura el discurso de Pulgar. Sorprendentemente, este procedimiento probatorio de la verdad fundamentado en la fuerza de las armas y en la confianza de que Dios combate en las batallas (como en las ordalías feudales), comienza a desarrollarse antes de que la guerra entre las dos potencias haya sido declarada. Es Fernando de Aragón el que se adelanta, poniéndolo en práctica sus partidarios. Las armas ya han comenzado a declarar la verdad oculta, divina, el derecho del príncipe de Aragón, por medio del duelo judicial, tal y como vimos al referirnos al caballero castellano que difundió carteles de desafío por el reino de Portugal. En la carta de merced expresa Fernando, por vez primera, el veredicto ya decidido: “En lo qual paresçe Nuestro Señor querer mostrar la verdad e vuestra buena demanda e la razón e derecho que yo a estos dichos mis regnos tengo” 288. Todo apunta a pensar que desde el comienzo, al menos desde el lado de Isabel y Fernando, hay un rechazo implícito a someterse a las prácticas del derecho para solucionar el proceso. Todo este armazón ideológico y propagandístico se reserva para sancionar el uso de la fuerza desde la posición que han alcanzado. Ante la batalla que se avecina, Isabel y Fernando se arman también con las virtudes religiosas y con las cualidades que expresan públicamente que ellos, no sólo poseen el derecho divino a reinar, sino que, además, lo merecen, puesto que 286
Resulta interesante comprobar cómo el poder real se apropia de un tipo de discurso que nació para, precisamente, oponerse al poder real. J.L. Bermejo todavía detectó un uso contestatario de esa máxima durante el conflicto de las Comunidades (J.L. Bermejo Cabrero, Máximas, principios y símbolos políticos, Madrid, 1986, pp. 118-119). La propaganda de Isabel y Fernando se vale de esos procedimientos de validación de la verdad para hacer ver que su poder no tiene su fundamento en sí mismo (de una manera autocrática), no nace de una actitud de tipo tiránica (imposición de la verdad), sino que la verdad se fundamenta desde fuera de ellos, Dios y el pueblo. Las dos formas de saber volverán a aparecer entremezclados en otros materiales de propaganda empleados a lo largo del reinado en los que pueblo, pastores y profecías actúan como sujetos legitimadores. Nos referimos, en concreto, a las glosas escritas por el mismo Pulgar a las Coplas de Mingo Revulgo y a la traducción de la Égloga profética de Virgilio hecha por Juan del Encina, dedicada al príncipe Juan. 287 Palencia empleó la máxima vox populi, vox Dei en apoyo del establecimiento de la Hermandad General, haciendo ver que tal medida política procedía del deseo popular: “Su fiel servidor Juan Ortega y otros sujetos de sus mismas opiniones, le pidieron insistentemente su aprobación real para el restablecimiento de las Hermandades populares que podrían esta vez, con el ejemplo de la antigua extinguida, constituirse sobre bases más firmes, asegurándose el concurso de los caballeros, del estado llano y del clero, puesto que, según dicho común, lo que el pueblo quiere, Dios lo quiere”, D. III, L. XXIV, C. VI, p. 241. 288 A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones..., p. 78.
132
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 133
El combate por la legalidad
cumplen con todos los preceptos religiosos. El lema del discurso jurídico servir al bien común tiene su paralelo en el discurso religioso en el lema servir a Dios. La práctica de la justicia puede legitimar el poder real, pero también, de una manera más ambigua, el servicio a Dios. Toda acción que emprendan los reyes debe llevar inscrito este lema. La difusión del lema en todas sus acciones adelanta lo que puede ser una forma de legitimación religiosa en función del cumplimiento de los deberes que corresponden al modelo de realeza cristiana. En fases posteriores comprobaremos la elaboración retórica de este modelo de realeza aplicado a Isabel y a Fernando. En este primer periodo, en el que prima el despliegue de manifestaciones ceremoniales, litúrgicas y simbólicas, en el discurso escrito se proclama el deseo de obtener la ayuda de Dios, como mensaje propiciatorio que acompaña las acciones que se han de emprender. La gran tarea que se prepara de resistir la invasión del rey portugués se hará con “la ayuda de Dios” 289. Como mensaje propiciatorio, puede resultar de gran utilidad cuando se consigan los primeros triunfos militares, triunfos que confirmarán a posteriori el favor divino. Las expresiones que dotan a los reyes de un carácter carismático, sobrenatural, tampoco son especialmente relevantes en estos primeros meses, aunque ya se apuntan, como todo lo que se desarrollará después con la intensidad conocida. Como en otras ocasiones, serán los poetas los que demuestren especial afición en idear formas de elevar la naturaleza regia por encima del nivel de lo humano. Íñigo de Mendoza, que, además de poeta, es fraile, inicia esta tendencia. En su Dechado a la muy excelente reina, Mendoza da un giro religioso a la idea de reparación o remedio. Isabel viene “a remediar nuestros males” 290. La facultad política que se atribuyeron los reyes para poner remedio, reparo y reforma a los graves males que sufría el reino, en colaboración con las cortes (tal y como figuraba en la convocatoria del 7 de febrero de 1475), en las coplas de Mendoza se reserva en exclusiva a la reina Isabel, transfigurada, de este modo, en potencia sobrenatural, como la Virgen, con quien se la equipara en la primera copla del poema. Aquella imagen de colaboración política que ofrecía este concepto, vinculado con la idea de reforma en el discurso jurídico, queda así desvirtuada en el discurso teológico. Ahora la superioridad de Isabel está fuera de alcance: sólo ella es el remedio, pues la divinidad la ha enviado con una finalidad salvadora. La imagen reyes salvadores, en este caso, Isabel como reina salvadora, se completa con la metáfora medicinal. Como el médico salva de la muerte, salvará la reina al reino de la perdición. Mendoza adelanta también esta imagen en la segunda copla de este poema. La propaganda de las facultades carismáticas y sobrenaturales de los reyes tiende a sacralizar la acción de gobierno. Desde el punto de vista teórico, es Pulgar quien vuelve a poner al servicio de los reyes su habilidad dialéctica. Para ciertos 289
“La entrada del dicho rey de Portogal nos, con la ayuda de Dios, entendemos desviar e resistir poderosamente” (perdón general de abril de 1475, en A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones con Portugal..., p. 75). 290 I. de Mendoza, Dechado..., p. 281.
133
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 134
Ana Isabel Carrasco Manchado
destinatarios no son suficientes las metáforas de los versos, cargadas de emotividad. Pulgar recoge argumentos de la Biblia para sacralizar el deber de obediencia a los reyes. Sus argumentos traspasan el problema sucesorio encaminándose al corazón mismo de las justificaciones del poder. La autoridad debe ser acatada, puesto que así lo ha decretado el mandato divino. Es lo que pide Pulgar al arzobispo Carrillo, recordándole sus propias obligaciones como eclesiástico: “Verá quán medicinal es la sacra escritura que nos manda por sant Pedro obedecer a los reyes aunque dissolutos, antes que fazer división en los reynos”; “Dexad pues por Dios señor a los subjectos de los prínçipes, no los alborotes, no los levantes, no los mostres sacudir de sí el yugo de la obediencia, la qual es más aceptable a Dios que el sacrificio” 291. Para Pulgar, la división –la guerra civil– es el mayor pecado que puede cometerse, tal y como dice en la carta al rey de Portugal: “Yo, por çierto, dudaría mucho entrar en aquel reyno, teniendo en él por ayudadores, y menos por servidores, los que el pecado de la división passada fizieron e quieren agora de nuevo fazer otra, reputándolo a pecado venial, como sea uno de los mayores crímenes que en la tierra se puede cometer, señal cierta de espíritu dissoluto e inobediente” 292.
La desobediencia a la autoridad no es admisible. La garantía del orden importa más que la legitimidad o no del monarca que ha de preservarlo. No era esto lo que se argumentaba en tiempos de Enrique IV, pues los discursos que se esgrimían para derrocarle del trono y retirarle la obediencia, en 1465, se fundaban en la Biblia para sostener el derecho a desobedecer. Pero, ahora, la situación se ha invertido 293. 5.4. “Cayeron aquella multitud de castellanos que en lo de Aljubarrota sabemos ser muertos”: el discurso histórico El discurso histórico se utilizó en los primeros meses que siguen a la muerte del rey Enrique IV como meras pinceladas que se suman al resto de argumentos, jurídicos o teológicos. Lógicamente, todavía no se han encargado las crónicas oficiales del periodo que ofrecerán una interpretación coherente de toda la historia previa y de los hechos que han marcado la sucesión regia. Bien es cierto que Alfonso de Palencia continúa escribiendo su historia, pero, ya
291
F. del Pulgar, “Letra para el arçobispo de Toledo”, en Letras..., p. 15. BNE, ms. 10445, f. 45r. 293 En el tiempo de la guerra civil contra Enrique IV, durante el alzamiento de pendones por el infante Alfonso, en la ciudad de Burgos, un predicador llamado “el maestro Gómez” pronunció un sermón en el que alentaba a la ciudad a levantarse contra el rey y les tranquilizaba diciéndoles que “non se maravillase de lo que iban a faser, pues en la Biblia hallarían asaz reyes depuestos de sus tronos por sus pecados”, citado por Y. Guerrero, “Burgos y Enrique IV. La importancia del sector ciudadano en la crisis castellana de la segunda mitad del siglo xv”, Hispania, 47/166 (1987), p. 453, nota 24. 292
134
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 135
El combate por la legalidad
desde el momento mismo de proclamarse Isabel reina en Segovia, su narración comienza a desvincularse de los intereses propagandísticos oficiales. La legitimación histórica se construirá a posteriori. Las alusiones que podemos considerar históricas aparecen adoptando la forma de lo que puede denominarse fórmula o expresión de continuidad dinástica 294. Aparece con frecuencia en los documentos de cancillería y consiste en apelar, en un sentido general, a los reyes que gobernaron anteriormente, insistiendo en el lazo de unión con los reyes sucesores, como miembros todos de una misma progenie regia. No se nombra a ninguno en concreto, sino a todos en general, y es esta generalidad la que produce el efecto deseado. Isabel la utiliza en su juramento, el día de la proclamación (“en tiempo de los señores reyes de gloriosa memoria sus progenitores”) y en las cartas a las ciudades, informando de la ceremonia y pidiendo el alzamiento de pendones “con los otros Reyes de donde venimos” 295. De este modo, viene a sumarse al efecto que produce la afirmación del derecho legal a la sucesión. Completadas ya las ceremonias de sucesión, la alusión se emplea para justificar medidas que se sospechen impopulares, en tanto que manifestaciones del poder absoluto de los reyes. El perdón general dictado desde Valladolid contiene esta alusión (“como seguiendo las pisadas de algunos reyes nuestros progenitores, que en tal caso fisieron perdón general”) 296. Esta, al igual que otras fórmulas, se irán consagrando en los documentos reales que emanen de la cancillería. Otro grupo de alusiones va dirigido, de forma más o menos explícita, a crear juicios históricos sobre el reinado anterior, relacionándolo, de forma intencionada con la caótica situación presente. En la carta de convocatoria a cortes se dice que “es notorio cómo en estos nuestros reynos de algunos tiempos acá ha avido grand desorden e corruçión de mal bevir” 297 y en la carta de llamamiento a combatir los alborotos se explicita más, diciendo que los males “han seido perpetrados de doze años a esta parte, y la grande deshorden que en todos los tres estados de ellos ha habido” 298. La intención de culpabilizar al rey Enrique sin nombrarlo es clara, puesto que la fecha remite a un par de años anteriores al destronamiento que sufrió el rey en Ávila, lo cual es tanto como legitimar también aquel golpe contra el rey, en virtud de ese mismo desorden generalizado al que se apela. Isabel y Fernando se liberan de cualquier responsabilidad que hubieran podido tener en el desarrollo de los acontecimientos que desencadenaron la situación vigente. Todas estas expresiones que aparecen en las cartas oficiales no parecen nada superfluas. 294
El uso propagandístico de las expresiones de continuidad dinástica cumplieron una función destacada en la propaganda de la cancillería de los primeros trastámara, obligados a legitimar el origen espurio de la dinastía: véase M. del P. Rábade Obradó, “Simbología y propaganda política en los formularios cancillerescos de Enrique II de Castilla”, En la España Medieval, 18 (1995), pp. 233-237. 295 Como en la enviada a Toledo (E. Benito Ruano, Toledo en el siglo XV..., p. 281). 296 A. de la Torre y L. Suárez Fernández, Documentos referentes..., p. 74. 297 En el ejemplar abulense (B. Casado Quintanilla, Documentación real del Archivo..., pp.15-16) 298 Llamamiento de 15 de marzo de 1475, desde Medina del Campo (A. Moratalla, Documentos de los Reyes Católicos..., p. 34).
135
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 136
Ana Isabel Carrasco Manchado
En la carta o razonamiento de Pulgar al rey de Portugal Alfonso V, escrita en fechas previas a la entrada de este rey en Castilla, Pulgar cita por primera vez la cuestión de Aljubarrota. Éste será uno de los temas favoritos del discurso histórico a lo largo de la guerra de sucesión. Pulgar lo utiliza para intentar disuadir al rey Alfonso de sus pretensiones al trono de Castilla, queriendo demostrar la vanidad de los proyectos contrarios a los dictámenes divinos, como fue el caso de Aljubarrota, que resultó un desastre: “E porque a este oculto juyzio este rey don Juan quiso repugnar cayeron aquella multitud de castellanos que en la de Aljubarrota sabemos y es notorio ser muertos” 299. El argumento del juicio oculto de Dios, que hemos analizado como discurso teológico, recibe así un matiz histórico. Veremos, sin embargo, cómo, más adelante, el mismo tema de Aljubarrota, que en estas fechas iniciales se presenta como ejemplo moralizante de la historia en clave providencial tomará un giro completamente distinto, según la exigencia de los acontecimientos. Fernando del Pulgar emplea también este tema, en esta misma carta-razonamiento dirigida al rey de Portugal, para recordar casos históricos en los que los bastardos lograron suplantar a los reyes legítimos y a sus descendientes. La alusión a Aljubarrota servía para recordar la ilegitimidad de origen del propio rey de Portugal, Alfonso V, como procedente de una rama bastarda. Eso no impide, sin embargo, que él tenga el título real. Con la misma intención de justificar, por vía histórica y religiosa, el gobierno de los bastardos, Pulgar menciona el caso inglés, y se atreve a mencionar también el caso castellano. Si no fuera por la justificación del juicio de Dios oculto, tanto Isabel como Juana estarían inhabilitadas para gobernar el reino de Castilla, puesto que descienden de un bastardo. Este argumento, que no conviene ser repetido en otros ámbitos (recordemos que es un texto de propaganda exterior y que se presenta como escrito por un portugués), se considera apropiado para disuadir al rey de Portugal. La ilegitimidad de Isabel pretende taparse con la mención de otras ilegitimidades, entre ellas, la que afecta al rey adversario en relación con la posesión del título real del propio reino que rige. Este argumento, en realidad, es una llamada al pragmatismo, una invitación a Alfonso de Portugal a que deje las cosas como están. 5.5. “Enrique, cuya maldad había sido germen fecundo de desdichas”: el discurso ético-moral En el momento de la sucesión se observa que este tipo de discurso no tiene tanto peso en la propaganda como el discurso jurídico o el teológico. Este discurso fomenta una propaganda mediante la que se difunden imágenes y temas relacionados con las virtudes regias. Esta línea colabora con las formas de legitimidad basadas en el recto ejercicio del poder real. Será un poco más tarde cuando se configure a lo largo del periodo una forma de legitimidad por la virtud: la 299
BNE, ms. 10445, f. 45v.
136
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 137
El combate por la legalidad
noción de que un príncipe, si es virtuoso, puede hacerse merecedor del título real, aun sin tener derecho a suceder. Pero, esta tesis presupone dos cosas: por una parte, el convencimiento pleno de que no hay regimiento posible si el rey no es virtuoso y, por otra, que el príncipe que se dice virtuoso lo sea realmente, o que, al menos, lo parezca. Es decir, la virtud debe constituirse como un valor básico para gobernar y debe probarse que los monarcas que quieren acceder al gobierno son realmente virtuosos. Si hubo, en los primeros meses de acceder al trono, quien alababa a los dos jóvenes reyes por sus virtudes, desde luego, no escribió ningún panegírico 300. A pesar de ello, en el discurso oral la voluntad de promocionar a Isabel y Fernando como monarcas virtuosos comienza desde el momento mismo de las ceremonias de sucesión. En el acta de la reunión del concejo de Murcia se observa cómo en alguna de las “fablas” previas que tuvieron lugar antes del reconocimiento de Isabel como reina de Castilla, el que asume la palabra en nombre del concejo dio gracias a Dios por haberles dado “tan virtuosos príncipes como eran el señor rey don Fernando, su señor e legítimo marido, e la dicha señora reyna doña Ysabel, su muger” 301. La imagen de rey virtuosísimo comienza, por tanto, a dibujarse. Los dos reyes contaban con varios testimonios de escritos anteriores de propaganda de la virtud, difundidos durante la guerra contra Enrique IV. No obstante, ahora tales discursos pueden perder credibilidad debido a que su posición en el poder ha cambiado, y no existe un contra-modelo de gobernante cuyas acciones puedan ser criticadas. Los panegiristas, que son el tipo de propagandistas que mejor sabrán elaborar y difundir este tipo de discurso, escriben ahora, más que panegíricos en su forma clásica, coplas siguiendo la forma de los regimientos de príncipes. El buen regimiento va unido a un monarca virtuoso. Los tratados de regimientos de príncipes se especializarán en este tipo de discurso. El hecho de que los monarcas se dejen aconsejar de ese modo –y cuanto más mejor– es buena señal de la voluntad de ejercer el poder dentro de los límites del buen gobierno. El primero que inicia el reinado es el que escribe Íñigo de Mendoza a la reina, en verso, el Dechado a la muy excelente reina señora Doña Isabel. La reina, según los calificativos de Mendoza, es ya una reina virtuosa (“reina excelente / muy prudente”), pero debe poner tales virtudes al servicio del buen gobierno, al servicio del “modo con que la gente/ gobernéis discretamente” 302. En cuanto a la promoción de la virtud como un valor político preferente, resultaba fácil de concebir si se situaba en el contexto del negro cuadro de gobierno de Enrique IV. En realidad, gracias a la fructífera labor de la propaganda antienriqueña fraguada desde la década de los sesenta del siglo xv puede 300
Resulta sintomático que el autor de la Crónica incompleta, abruptamente terminada en 1477, cuando retrata la semblanza de Isabel y Fernando dice: “De las virtudes y condiçiones destos dos prínçipes non quiero agora escrevir, porque su juvenil edad me escusa non dar tan presto testimonio de sus hechos y obras, y non quiero agora loarlos de cossas que después adelante podrían ser en virtud mayores o, por ventura, menores, como ya a muchos prínçipes ha acahesçido”, Crónica incompleta..., pp. 89-90. 301 J. Torres Fontes, Estampas de la vida murciana..., p. 305. 302 I. de Mendoza, Dechado..., p. 282.
137
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 138
Ana Isabel Carrasco Manchado
funcionar esta idea con mayor eficacia. El principal creador de esa propaganda fue Alfonso de Palencia, que perfiló hasta el detalle la correspondencia entre la imagen de rey inicuo y la figura de Enrique IV. El sentido de su narración histórica se define, ante todo, en términos morales maniqueos de lucha entre el mal y la virtud: “Muerto don Enrique (...) comenzó a enconarse más y más la lucha del mal contra la virtud”. La muerte de Enrique IV “cuya maldad ha sido germen fecundo de desdichas” no sepulta la maldad, puesto que persisten otros malvados, los grandes, que tratarán de oponerse al nuevo monarca, Fernando de Aragón, que encarna la virtud. De este modo, Alfonso de Palencia pone al servicio de la propaganda de legitimación, sobre todo en favor del príncipe aragonés, un tema de la historiografía humanista 303, en un contexto en el que resultaba de gran utilidad. 5.6. “No ay so el cielo reyno más deshonrrado que el diviso”: el discurso del honor y de la fama El discurso de la fama, en esta primera etapa del conflicto sucesorio, apenas se aplica a la figura personal de Isabel y de Fernando. El objeto de este tipo de discurso se desplaza hacia el resto de actores políticos del conflicto, la buena fama de los partidarios y la fama de los adversarios. La fama de unos y de otros se emplea como método simbólico-ideológico de persuasión. Se alude a ella en su variante léxica de honor u honra, apelando a estos conceptos como los valores sociales prioritarios, al lado de los valores religiosos. Los nuevos monarcas han de mostrar su buena disposición a cumplir con todas las obligaciones que los súbditos desearían ver cumplidas en sus reyes, una de las cuales corresponde a la propiedad de los monarcas de honrar a sus súbditos, según se declaraba ya en la Partida Segunda 304. El cumplimiento de esta obligación queda expresado en las fórmulas que se introducen en los preámbulos de las cartas de merced concedidas por estas fechas: “Al estado de la exçelençia de la magestad real propia e prinçipal pertenesce onrrar e sublimar e fazer gracias e mercedes a sus súbditos e naturales”. Si lemas como el “servicio a Dios” y el “bien común de los reinos” se utilizaba como demostración, desde los discursos teológico y jurídico, de una conducta regia encaminada al buen gobierno, sus equivalentes en el discurso de la fama serán los lemas honra de los súbditos, honra del reino u honra de la corona. La honra de los súbditos o del reino se relaciona con la utilización de la merced real como estrategia de persuasión. Cuando se materializa la facultad real de premiar los servicios prestados se expone, al mismo tiempo, la estimación de los 303
Véanse al respecto, los trabajos de R.B. Tate, entre ellos, “Alfonso de Palencia y los preceptos de la historiografía”, Nebrija y la introducción del Renacimiento en España, Salamanca, 1983, 37-51, de A. Antelo Iglesias, “Alfonso de Palencia: historiografía y humanismo en la Castilla del siglo xv”, Espacio, Tiempo, Forma, Serie III, (3), 1990, 21-40 y el estudio monográfico de C. Caselles, Alfonso de Palencia y la historiografía humanística, tesis leída en la City University de Nueva York, 1991. 304 Alfonso X, Partida Segunda, manuscrito 12.794 de la Biblioteca Nacional, ed. A. Juárez Blanquer y A. Rubio Flores, Granada, 1991, Título X, Ley II, p. 103 y Título XI, Ley II, pp. 106-107.
138
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 139
El combate por la legalidad
reyes por quien ha prestado ese servicio: es como un aditamento emotivo o sentimental y, a la vez, simbólico, que se añade al mero hecho de recompensar. Esta especial estimación, llena de orgullo, hacia quien es merecedor de ella, redunda en su buena fama y en su honor. Además del premio recibido, se recibe un material simbólico susceptible de ser atesorado, guardado a su vez para su uso. Con relativa frecuencia, el uso que se hace de la concesión de mercedes es propagandístico, como ocurre en relación con las ciudades, tan preocupadas, igual que los reyes y los nobles, por mostrarse como muy honradas 305. Isabel envió cartas a las ciudades agradeciéndoles haber alzado pendones por ella. Las cartas expresaban su voluntad de “mirar la honrra e benefiçio desa çibdad e vuestro”, como puede verse en la enviada a la ciudad de Toledo 306. Se emplea la propaganda de la merced o del favor regio, intentando ganarse aún más la voluntad de esa ciudad y fortalecer, así, su partido. El valor de honrar y sublimar se construye también en negativo. Si es loable la conducta de defender y fomentar el valor del honor o de la honra, será reprobable lo contrario. Isabel y Fernando cumplen con ese deber, pero no así sus enemigos. A los contrarios al partido de Isabel y Fernando se les acusa de despreciar la honra, pero en un sentido completamente superior: despreciar la honra del reino. Es Fernando del Pulgar el que introduce en sus escritos propagandísticos el tema de la honra del reino, honra que viene condicionada por el estado de armonía política. La guerra civil, la división, acarrea, por tanto, la deshonra para el reino. En la carta al arzobispo de Toledo así lo afirma: “Ca no ay so el cielo reyno más deshonrrado que el diviso” 307. Pulgar apela a un sentimiento de orgullo por la tierra en la que sus habitantes viven en armonía con su orden político. Ésa es la honra del reino, según Pulgar: la unidad, el orden, la paz. Todo esto ha trastornado el arzobispo Carrillo y debe avergonzarse de la deshonra del reino que ha provocado, pues queda por ello, él mismo, deshonrado. La acusación de contribuir a la deshonra del reino es un argumento arrojado contra los enemigos internos. Contra el enemigo externo se recurre a los ataques personales que dañan su honra, que es el punto flaco de los individuos sometidos al régimen de la sociedad de la opinión. Durante la guerra, como veremos, serán frecuentes los ataques directamente dirigidos a menoscabar la buena fama del rey Alfonso de Portugal, estrategia nada fácil de llevar a cabo, 305
Es obligado citar aquí el artículo de J.A. Bonachía, “«Más honrada que ciudad de mis reinos...»: la nobleza y el honor en el imaginario urbano (Burgos en la Edad Media)”, en J.A. Bonachía (coord.), La ciudad medieval. Estudios de Historia Medieval, Murcia, 1986, pp. 169-212. Véase también Adeline Rucquoi, “Des villes nobles pur le Roi”, en A. Rucquoi (ed.), Realidad e imágenes del poder en España a fines de la Edad Media, Valladolid, 1988, pp. 195-214. 306 E. Benito Ruano, Toledo en el siglo XV..., doc. 75. 307 F. del Pulgar, Letras..., p. 19. Aunque en La ciudad de Dios de san Agustín, a quien sigue Pulgar de cerca en toda su argumentación, hay razones de sobra reprobando las guerras civiles, el secretario podría tener en la mente pasajes de La Farsalia de Lucano, cuya traducción circulaba por Castilla, al menos desde mediados del siglo xv (véase, por ejemplo, el códice de la Biblioteca de la RAH, ms. 9/5531). En cualquier caso, además de la experiencia de décadas pasadas, Pulgar se nutre del modelo descriptivo de las guerras civiles romanas.
139
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 140
Ana Isabel Carrasco Manchado
ya que este rey gozaba de un prestigio incomparable entre sus coetáneos. Será necesario recurrir a procedimientos discursivos indirectos, bastante elaborados. En esta primera etapa, los ataques verbales quedan sugeridos y se dirigen contra su hermana Juana, reina de Castilla y mujer de Enrique IV: la respuesta al discurso del embajador portugués, que comienza arremetiendo contra lo que se consideraba materia tan injusta que “según Dios e razón se devría callar, por escusar plática que de neçesario redundaría en injuria de personas reales, a ellos y a él muy conjuntas en sangre” 308. La acusación de bastardía de Juana queda en el aire. La carta escrita por Fernando del Pulgar y enviada o leída ante Alfonso V ejemplifica también esta forma, comedida, indirecta, de emplear el tema de la honra real. Toda la carta sirve a la finalidad de intentar disuadir al rey de su idea de entrar en Castilla y tomar su título real y uno de los argumentos que Pulgar utiliza es, precisamente, el peligro de deshonrar el reino o, expresado de un modo más intenso, el riesgo de perjudicar “el honor de vuestra corona real” 309. Así pues, el discurso de la fama queda configurado, según vemos, en dos líneas de actuación que se desarrollarán en momentos futuros: una línea que contribuye a ensalzar el comportamiento de Isabel y Fernando, acorde con la conducta que deben ejercitar los buenos reyes que quieren bien regir, y otra línea que hace uso de los conceptos de fama u honra como armas para disuadir o desprestigiar al enemigo. 5.7. “Obedecer a los reyes, aunque disolutos”: el discurso del poder Este tipo de discurso puede considerarse el menos propagandístico de todos, puesto que pone al descubierto aquello que realmente convendría ocultar, si quiere conseguirse el consentimiento a la autoridad de los reyes. Cuando el consentimiento no se otorga libremente se recurre a la fuerza, a la represión, al poder de mando, a la coacción. Pero antes de llegar a eso queda la posibilidad de conseguir un “consentimiento obligado”, con todo lo paradójico que pueda resultar esta expresión. Consideramos que la propaganda política, especialmente la propaganda medieval, no tiene como finalidad básica la modificación de las ideas, sino de la conducta. Se trata de un dispositivo de comunicación encaminado a modificar la conducta de los actores políticos utilizando métodos de persuasión y de sugestión en el ámbito de una relación de poder. La propaganda es persuasión, pero también, coacción simbólica, cuando se acompaña de la amenaza, de la exposición ante los destinatarios de los efectos del poder, expresado en términos de castigo. El poder se reviste en ocasiones de cierto adorno, metáforas o representaciones que expresan formas de violencia ritualizada o simbólica 310. En 308
F. del Pulgar, Crónica..., t. I, p. 98. F. del Pulgar, BNE, ms. 10445, f. 44r. 310 Véanse, los análisis teóricos de H. Pross, La violencia de los símbolos sociales, Barcelona, 1983; P. Bourdieu, Meditaciones pascalianas, Barcelona, 1999; P. Buc, The Dangers of Ritual: Between Early Medieval Texts and Social Scientific Theory, Princeton y Óxford, 2001. 309
140
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 141
El combate por la legalidad
esta etapa, los mecanismos de legitimación de orden jurídico priman sobre los de este tipo de discurso que tratamos, puesto que el objetivo inmediato de Isabel es proclamarse reina y ser obedecida por las ciudades, cumpliendo la legalidad. Tan clara resulta esta intención, que la primera alusión al poder que encontramos es su negación: la voluntad real de no hacer algo inconveniente para el reino, algo contrario al derecho del reino. En el juramento de las leyes generales que efectuó en la proclamación de Segovia, Isabel juró que no dividiría ni enajenaría el reino. Pero no mucho después de pronunciado este juramento, cuando Isabel puede ya llamarse reina y señora natural, aparece en sus cartas oficiales lo que denominamos expresión de la obligatoriedad de la obediencia. El primero en formularla fue el mayordomo Andrés de Cabrera y alcaide del alcázar segoviano, en el razonamiento que pronunció durante la ceremonia de proclamación. El agente real actuaba así como portavoz autorizado, transmitiendo una idea que la reina no debía emitir en ese contexto en el que acababa de expresar su sometimiento a un pacto de gobierno con el reino. Al mostrarse él mismo como ejemplo de lealtad a la reina, recuerda la “fidelidad e obidiencia que como a su reyna e señora natural es tenido de le dar” 311. Isabel, en las cartas en las que ordena a las ciudades el levantamiento de pendones, que venimos analizando, pone por delante este mismo argumento, aval del cumplimiento de su voluntad: “la fidelidad e lealtad que los dichos mis reynos e la dicha çibdad me deven como a su reyna e señora natural”, y eso mismo repiten los pregones que anuncian a los vecinos y ciudadanos la misma decisión, una vez obedecida en las reuniones de concejos, decisión que todos deben acatar: “la fidelidad y lealtad que esta çibdad deve a la muy alta y muy poderosa princesa doña Isabel, nuestra señora, reina de Castilla y de León, como a su reina y señora natural”. Incluso en las cartas reales que agradecen la celebración de estas ceremonias de alzamiento, vuelve, de nuevo, a recordar la obligatoriedad de la obediencia: “fidelidad e obidençia que nos devíades como a vuestros reyes e señores naturales” 312. Pronto se observa la necesidad de concretar en las cartas oficiales el sentido de obediencia. En la carta de llamamiento a combatir los alborotos, enviada a Murcia el día 15 de marzo de 1475, la obligación de prestar ayuda militar se intenta conseguir apelando también a ciertos valores que se saben compartidos por los destinatarios del mandato real: “Los dichos nuestros regnos y naturales son obligados a nos ayudar y favorecer y servir para defender los dichos nuestros regnos y los thener en toda libertad y justicia y paz y sosiego”. El poder (el deber de obediencia) se reviste así de valores compartidos que impulsen a obedecer el mandato. El concepto de obediencia se ha ido construyendo a partir de la ambigüedad: es un concepto que se encuentra a caballo entre el poder y el derecho, aunque su origen deriva, inequívocamente, de la noción de poder. Lo que ocurre es 311
El razonamiento de Andrés de Cabrera en M. Grau, “Así fue coronada...”, p. 24. Son las cartas que venimos analizando en sus ejemplares abulenses, murcianos y toledanos, en las ediciones ya citadas a lo largo de este capítulo.
312
141
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 142
Ana Isabel Carrasco Manchado
que los reyes han ido conformando su poder a partir de la capacidad de inclinar el deber de obediencia hacia el derecho, derecho que se configura como derecho regio, puesto que los reyes van monopolizando la facultad de legislar. El deber de obediencia al rey ha ido quedando encasillado en los territorios de la ley, y el consentimiento a dicho deber queda constituido mediante un ritual institucionalizado. Un primer exponente de esto es la ceremonia que nobles, prelados y ciudades deben cumplir, después de la proclamación, llamada significativamente “dar la obediencia” y que hemos analizado ya en su lugar. La ideología feudal contribuyó también a disfrazar el significado de la relación de obediencia y, así, encontramos que se sustituye (eufemísticamente) el concepto de obediencia por los de lealtad o fidelidad. En otras ocasiones, se prefiere ser más explícito y se acude a imágenes que dibujan con claridad la voluntad de poder de los reyes. La metáfora del yugo, empleada desde este momento por la propaganda regia, enmarca a la obediencia dentro del campo léxico del poder. La propaganda del poder jugará con la imagen del yugo, mostrándola positiva o negativa, según interese a los reyes. Por el momento, interesa mostrarla como positiva ante los otros grupos poderosos. De boca de Pulgar aparece, en estas fechas, una referencia al yugo de la obediencia completamente favorecedora de la autoridad isabelina. En la carta escrita al arzobispo de Toledo le pide que deje de incitar a los súbditos a “sacudir de sí el yugo de la obediencia”. En esta carta, Pulgar insistía en el carácter sagrado de la obediencia, que tiene para él un valor soberano, según hemos visto (“la obediencia la qual es más aceptable a Dios que el sacrificio”) 313, valor trasmitido por la imagen simbólica del yugo. Existe otro concepto que podemos considerar dentro de la órbita del discurso del poder, que es el servicio al rey. Las pretensiones de poder y de superioridad de la autoridad real se apoyan con frecuencia en la propaganda del servicio al rey. La prueba es que se emplea como lema o eslogan político, junto a los que hemos estado viendo: servicio a Dios y bien común. Con frecuencia se mencionan juntos, incluyendo en ocasiones el concepto de honra. La superioridad del poder real se percibe en el orden en que se citan estos conceptos: primero el servicio de Dios, luego el del rey, por último el de los reinos 314. En la 313
Fernando del Pulgar, Letras..., p. 19. En el siglo xiii, parece ser el “servicio a Dios” y a la comunidad (el “pro comunal”, antecedente del concepto de bien común) el que actúa como fundamento de las acciones regias, mientras que la mención al servicio al rey se supedita a estas dos nociones, J.M. Nieto, “Origen divino, espíritu laico y poder real en la Castilla del siglo xiii”, Anuario de Estudios Medievales, 27 (1997), p. 43. Así se comprueba en textos de las Partidas, como en el prólogo de la Partida I: “Onde nos, por toller todos estos males que dicho avemos, fiziemos estas leyes que son scriptas en este libro, a servicio de Dios e a pro comunal de todos los de nuestro sennorío” y, sobre todo, en la Partida II, Título I, ley IX: “los que ganan los reynos en alguna de las maneras que desuso diximos son dichos verdaderamente reyes, e deven sienpre más guardar la pro comunal de su pueblo que la suya misma”. A partir de aquí se inicia un proceso que finaliza en la última etapa trastámara y en la consolidación, con los Reyes Católicos, de este orden de conceptos en el que el servicio al rey va cobrando primacía y desplazando a un lugar siempre secundario el “servicio al bien común” o a la “república”. Se traza así una evolución ideológica encaminada a presentar como incuestionable el poder absoluto de los reyes.
314
142
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 143
El combate por la legalidad
carta de perdón que venimos analizando, en la que Isabel y Fernando dictan un perdón general que, según indicábamos, por entrar en contradicción con la idea de justicia, podría no resultar muy popular, se introduce la justificación de que es “complidero a nuestro serviçio e pro e bien común de los dichos nuestros regnos e de los dichos naturales”. El hecho que motiva este perdón, en efecto, redunda, sobre todo, en beneficio real, puesto que se trata de conseguir apoyo militar para resistir a los rebeldes y a las huestes portuguesas. Lo interesante es observar cómo el interés regio cobra valor por sí mismo: “La resistencia que nos a esto entendemos fazer redunda en serviçio de Dios e nuestro, e pro e bien común e paçífico estado de los dichos nuestros regnos”, tal y como se dice en el perdón general. La prioridad de dar cumplimiento al servicio al rey, en segundo nivel de prelación respecto al servicio a Dios, y antes que el pro común, o la paz de los reinos, convierte a la noción de servicio al rey en una deber incontestable. Obedecer al rey prima sobre el bien común pero esto es legítimo, puesto que no entra en contradicción con la obediencia debida a Dios. En la carta de convocatoria de las cortes de Madrigal existe también alusión al servicio regio. En esta carta el discurso del poder aparece de dos formas, ambas en conexión. En el preámbulo se expone la desastrosa situación del reino a causa de la generalización de los delitos (que, recordemos, se databan en la carta desde 1463), pero dicha relación de males no se circunscriben al orden público, el trasfondo es, en realidad, una cuestión política, puesto que el origen del mal es “la desobediençia e tiranía”, a la que por su gravedad se califican de “crímenes”. Los reyes se enfrentan, pues, a una serie de poderes descontrolados, ilegítimos, producidos por la traición. El discurso de la dominación de la tiranía llevaba escuchándose años en Castilla, desde los tiempos de la rebelión de parte de la nobleza contra Enrique IV y fue Alfonso de Palencia uno de sus principales divulgadores. La visión de Palencia, aun muerto el que para él es un “rey inicuo” 315, sigue siendo la de un reino condenado al desgobierno y al caos impuesto por los que, siguiendo el mal ejemplo del rey, se dedicaron a oprimir al pueblo y a la nobleza media: los grandes son “poderosos tiranos”, como los califica en el prólogo a la Década III. Persiste, para este cronista, la necesidad de hacer retornar al reino al cauce de la vida ordenada por las leyes y no por el poder (por el abuso de poder). El presupuesto que opone poder a gobierno está vigente, y los reyes se valen de ese trasfondo en los enunciados del preámbulo a la carta de convocatoria de cortes. Para combatir los crímenes de los tiranos, es necesario algo más que una acción justiciera. Esa necesidad de fondo lleva a los reyes a afirmar su propio poder. Si en el preámbulo de la carta de convocatoria a Cortes, analizábamos cómo, desde el discurso jurídico, aparecía una imagen de la realeza dispuesta a compartir el poder con los demás grupos para atajar los males del reino, sin embargo, al final de todo el párrafo, surge el discurso del poder para matizar esa idea. Colaboración con el poder real no significa que sea 315
A. de Palencia, Prólogo a la Década III, en Crónica de Enrique..., p. 159,
143
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 144
Ana Isabel Carrasco Manchado
en igualdad de condiciones: hay que salvar la superioridad regia. Las cosas que se tratarán en las cortes serán, ante todo, las que sean “más cumplideras a nuestro serviçio y pro y bien de estos reynos”. El servicio a los reyes, entendido como precepto normativo de necesidad, va por delante 316. La efectividad del servicio al rey, como depositario de las pretensiones de poder regio, se basa en el mismo carácter ambiguo y no enteramente definido que caracteriza la noción de obediencia. ¿Cómo discernirá el vasallo o súbdito lo que entra dentro de la legalidad y lo que es producto de la mera arbitrariedad de la voluntad regia? El precepto “servir al rey” juega con esa indefinición y se acompaña de la propaganda de la merced para “incentivar” la obediencia. La atracción del premio puede superar cualquier reparo y disfrazar el carácter de imposición que hay tras las decisiones regias. En la merced otorgada al caballero abulense Rodrigo Cortés se expresa la relación entre merced y servicio regio, un servicio que demanda, en este caso, el sacrificio personal, máximo exponente de lo que significa el poder: morir por el rey (nótese en el párrafo la forma de funcionar conjuntamente los otros discursos, teológico, jurídico y el discurso del honor; nótese también cómo la noción de ejemplo señala la intención propagandística de todo el párrafo, pues se pretende extender una norma de conducta a todos los súbditos): “Al estado de la exçelençia de la magestad real propia e principal pertenesçe onrrar e sublimar e fazer gracias e mercedes a sus súbditos e naturales, espeçialmente aquellos que bien e lealmente los syrven, lo qual faziéndose asy´, es cosa muy razonable e conforme a toda ley e razón natural, e justa poleçía e recta e ordenada armonía de los reynos e tierra donde lo tal se faze, e los reyes, quando lo asy´ fazen, pagan su debda e cumplen aquello que, segúnd Dios e justiçia, son obligados, e por ello se da enxemplo a los que las tales merçedes resçiben para permanesçer en sus serviçios e a otros para e disponer a servir a los reyes e prínçipes por ellos poner sus personas, acatando e consyderando los muchos e buenos e leales serviçios que vos, Rodrigo Cortés, nuestro vasallo, vezino de la çibdad de Ávila, nos avedes fecho e fazeys de cada día, espeçialmente porque vos, con toda lealtad e fidelidad, por sostener mi serviçio...” 317.
En apoyo de la relación entre merced y servicio se emplea otra expresión alusiva a la voluntad regia, la cláusula “es mi merced”. En el perdón general otorgado en abril de 1475, tras el lema que hace referencia al servicio regio y al bien común del reino, la expresión “es nuestra merced” adelanta la decisión de 316
En documentos y textos emanados de cortes Juan Manuel Carretero ha detectado la progresiva relevancia del deber de obediencia como una obligación de prestar servicio al rey, obligación que se formula con el “precepto normativo de necesidad” (“ser cumplidero a mi servicio”); véase J.M. Carretero Zamora, Cortes, monarquía..., p. 28. 317 La merced a Rodrigo Cortés, ya citada (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones..., I, doc. 21, pp. 78-82.
144
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 145
El combate por la legalidad
otorgar el perdón. Resulta significativa la acumulación de resortes discursivos que expresan el poder regio en esta carta de perdón que, precisamente por la posibilidad de entrar en confrontación con la idea de justicia, se reviste de todos ellos. Esta circunstancia no es nueva: la tendencia a otorgar excesivas cartas de perdón venía siendo contestada desde hacía tiempo desde las asambleas de cortes 318. La situación política crítica no justifica una medida de por sí impopular, como eran los perdones generales. A lo ya dicho hay que añadir la utilización de la cláusula derogatoria “de nuestro propio motu e çierta çiençia”, expresión que ha sido estudiada como uno de los recursos del poder absoluto incipiente 319. Es ésta una de las primeras veces que Isabel y Fernando recurren a ella en su recién estrenado reinado. El hecho de que no se acompañe del tercer elemento que suele añadirse a estas dos expresiones, ya sea alusión al poderío real o al poderío real absoluto, indica el extremo cuidado con que se redactó esta carta, intentando mediar entre la afirmación de poder y la autolimitación. Según lo visto hasta este instante, se observa cómo, desde el mismo instante en el que Isabel se proclama reina, el discurso político empleado en la propaganda, no sólo proporcionará argumentos para la legitimación del acto de usurpación de la corona, sino que también difundirá mensajes y recursos simbólicos tendentes a reforzar el poder de los nuevos reyes. 5.8. “Esta tan justa e líçita guerra”: el discurso de la guerra El discurso de la guerra comienza a aparecer en la documentación oficial a la altura del mes de marzo de 1475. Por aquellas fechas, la descripción de la situación, la percepción de la crisis, tomaban ya tintes bélicos. Hasta entonces la estrategia había consistido en circunscribir el conflicto en los límites de un problema de orden público. Bien es cierto que en los documentos se hablaba de falta de paz, pero no se traduce la situación en términos de guerra, sino de desorden. En la carta de convocatoria de cortes, redactada en febrero, se recitan una serie de males que trazan un panorama de delincuencia generalizada, lo que justifica la convocatoria a cortes para poner remedio 320. Un mes después, sin embargo, en 318
Juan II y Enrique IV regularon las leyes en materia de perdones a petición de los procuradores para que la justicia regia no se viera menoscabada (M.I. Rodríguez Flores, El perdón real en Castilla (siglos XII-XVIII), Salamanca, 1971, pp. 48-53 y J.M. Nieto Soria, “El “poderío real absoluto” de Olmedo (1445) a Ocaña (1469)”, En la España Medieval, 21 (1998), pp. 206- 208). 319 Al término de la guerra de sucesión, en las cortes de Toledo de 1480, la cláusula de reserva de merced, “es mi merced”, o “so pena de la mi merced”, se identifica exclusivamente con la voluntad regia, prohibiendo a los señores de vasallos su empleo, S. de Dios, Gracia, merced y patronazgo real. La Cámara de Castilla, 1474-1530, Madrid, 1993, pp. 126-127. 320 “Bien sabéis y es notorio cómo en estos nuestros regnos de algund tienpo acá ha avydo grande desorden y corrupçión de mal bevir en la gente de todo estado, exerçitando los viçios y crímenes de la desobediençia y tiranía y cometiendo muchos robos y salteamientos de caminos, asonadas y sediçiones, vandas y guerras y muertes y feridas de onbres y otros muchos males y daños de muchas y diversas maneras e calidades, de que ha resultado que la mayor parte de la gente ha trocado y usurpado su devida manera de bevir y bive en ábito y profesión agenos de sy´” (Convocatoria a cortes, Segovia, 7 de febrero de 1475, A. Moratalla, Documentos de los Reyes Católicos..., doc. 2, p. 4).
145
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 146
Ana Isabel Carrasco Manchado
otra carta oficial parece que se quiere presentar una situación completamente distinta. Se trata de la carta de llamamiento a combatir los alborotos, de 15 de marzo, en la que se pide a las ciudades hombres de armas para defender la frontera con el reino de Portugal. No se puede ocultar que la amenaza es de guerra, pero, para justificar la situación es preciso minimizar el panorama expresado en la carta de convocatoria a cortes del 7 de febrero y declarar que, desde el mismo momento de subir al trono Isabel y Fernando, sobrevino la paz en el reino y todos viven en libertad. ¡En tres meses de reinado!, y sin llegar a constituirse las cortes (que se habían convocado para remediar los males), han conseguido el orden y seguridad que, justo ahora, unos caballeros sediciosos, aliados con el rey de Portugal, quieren turbar: “E después que a nuestro señor plogó de llevar de esta presente vida al señor rey don Enrique, nuestro hermano que aya Santa Gloria, y nosotros por la graçia de Nuestro Señor Dios subçedimos en estos nuestros regnos, abemos trabajado y procurado quanto avemos podido, como a todos es notorio, paçificarlos y ponerlos en justiçia. Y agora avemos sabido que algunos destos dichos nuestros regnos y otros de fuera dellos se aperciben y aparejan y procuran de facer algunos levantamientos y alborotos y meter escándalos y guerras y males en ellos, con propósito de turbar la paz y justicia y sosiego que en ellos ay y por estorbar que la non aya adelante, y de fazer en estos dichos nuestros regnos los otros males que de la guerra se siguen” 321.
Con el tema que gira en torno a los males de la guerra se apela al sentimiento de inseguridad que impulsa a defender el reino, y a conceder apoyo militar a los reyes. Este tema estaba siendo utilizado también en la propaganda externa para intentar disuadir de sus propósitos al rey Alfonso V. En la carta o discurso escrito por Pulgar se intenta crear el mismo sentimiento de inseguridad en el propio rey portugués: los males de la guerra pueden afectar también a su propio reino. Pulgar enumera el conjunto de males: “Allende desto de necessario ha de aver quemas, robos, muertes, adulterios, rapinas, destruyciones de pueblos, e de casas de oración, sacrilejos, el culto divino profanado, la religión apostatada e otros muchos estragos y roturas que de la guerra surten”.
El secretario Pulgar aporta ideas originales en el discurso de la propaganda de estos momentos, manejando un tema que le es bastante caro, como es el de la división, que es tanto como decir guerra civil. Ya hemos visto que para Pulgar la guerra civil es un pecado, el mayor, además de una deshonra para el reino. 321
El ejemplar enviado a Murcia (ibídem, doc. 22, p. 34).
146
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 147
El combate por la legalidad
Pulgar se atreve ahora a enunciar una teoría que contradice lo que defendían los que depusieron al rey Enrique IV: es peor sembrar división en el reino que obedecer a un mal rey, argumento arrojado, no sin cierta sorna, precisamente contra el arzobispo de Toledo, instigador de la guerra civil, en opinión de Pulgar 322. Volviendo al discurso dirigido al interior del reino, los documentos oficiales no tardan en dar nombre a los causantes de la guerra que se avecina con Portugal. Pero, recordemos que la guerra como tal aún no ha sido declarada, el rey de Portugal no ha entrado todavía en Castilla. Los reyes pronto se hacen eco de la amenaza pues resulta útil políticamente: les concede apoyo ideológico para la amnistía que concedieron en el perdón general de los delitos, típico perdón de homicianos empleado para canalizar la violencia interna hacia el exterior, en un intento de solucionar a un tiempo sus problemas de apoyo militar y el desenfreno de la delincuencia y el bandidaje. Sin embargo esto no es fácilmente justificable: ¿cómo hacer creer a la población que se puede atajar un mal con otro mal, sobre todo con un mal que para la mayor parte de la opinión no es un mal menor, puesto que su verdadera amenaza es la delincuencia y el desorden, y no el rey portugués ni la princesa Juana? Ya hemos analizado los diferentes discursos cruzados que vienen a dar cobertura a esta discutida medida regia. Desde este tipo de discurso la propuesta consiste en alejar la sospecha de que ésta sea una guerra en la que se debate la cuestión sucesoria. Se adelanta, por tanto, el calificativo de guerra justa, una “justa e líçita guerra”. Es justo, por tanto, “perdonar a los dichos delinquentes nuestros súbditos para nos servir dellos en esta tan justa e líçita guerra” 323. Guerra civil, guerra justa, son conceptos que preparan la transición desde un momento de búsqueda de la legalidad sucesoria al preludio de guerra. La propaganda se afana en preparar el camino antes de que se desarrollen los principales acontecimientos. En el límite de este periodo, a principios del mes de mayo, comienza a difundirse otro tema que será una de las líneas más características de la propaganda de guerra. Se trata de la pretensión de conquista del reino de Portugal, intención expresada antes de que el rey Alfonso V cruce realmente la frontera y se proclame rey de Castilla. Esta pretensión procede de la propaganda fernandina, expresada en la carta de merced de la villa de Almeida en Portugal, al caballero Rodrigo Cortés, merced propagandística en sí misma, puesto que la tal villa aún no había sido conquistada. La merced tendría efecto “si plogiere a Dios nuestro señor que yo tome e aya el dicho regno de Portogal” 324. Veremos cómo el tema evoluciona también en el discurso jurídico, puesto que Isabel y Fernando alegarán derechos ciertos al trono portugués, una vez comenzada la guerra. El propósito inicial era la conquista de ese 322
“Porque la corrupción e males de la división son muchos e más graves sin comparación que aquellos que del mal rey se pueden suffrir”, F. del Pulgar, Letras..., p.18. 323 Sobre el perdón en tiempos de conflicto, véase: J.M. Nieto Soria, “Los perdones reales en la confrontación política de la Castilla Trastámara”, En la España Medieval, 25 (2002), pp. 213-266. 324 A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones..., t. I. doc. 21, pp. 78-82.
147
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 148
Ana Isabel Carrasco Manchado
reino. El contenido del discurso de la guerra se articula, por tanto, en dos direcciones, una defensiva y otra ofensiva. En la primera se agrupan los mensajes que desacreditan la guerra y están en consonancia con la imagen que pretenden situar a Isabel y Fernando en el lado de los que buscan la paz y no la guerra. Con la segunda se intenta promocionar la guerra con objeto de movilizar combatientes. 5.9. “Por temor de las penas en que por ello yncurrieron”: el discurso del miedo De todos los discursos de la propaganda, el discurso del miedo es, en este primer periodo, el menos definido. Es perfectamente comprensible que, durante los meses que transcurren las ceremonias de proclamación, alzamiento de pendones en las ciudades, obediencias y pleitos homenaje en la corte, los nuevos reyes muestren una cara amable que atraiga el favor popular. Es el amor a los súbditos y naturales y el de estos a los reyes, lo que, en ocasiones, invocan los textos. El miedo, en este periodo (según las crónicas), se canaliza por medio de la violencia ejemplarizante de algunas ejecuciones públicas. Inspirar miedo –temor a la justicia regia, temor a los reyes– resulta útil para subrayar el talante justiciero de Isabel y Fernando, reyes predispuestos a reprimir el crimen que afecta al reino. Es, pues, un discurso que viene a apoyar esa imagen del discurso de la justicia. No es fácil conocer el grado de violencia social que Castilla vivía en el momento de la proclamación de Isabel, si la violencia había alcanzado realmente los grados alarmantes que los textos afirman o si aumenta justamente a partir de este momento. Los textos están demasiado filtrados por la propaganda como para saberlo a ciencia cierta. Unas veces se recarga la situación del reino refiriendo males sin cuento y otras veces, se niega, hasta el punto de que los documentos oficiales proclaman que Isabel y Fernando han sucedido de una manera pacífica. Desde luego, por muy filtrados que estén los textos, lo que sí se puede asegurar es que la situación no era tranquila. Seguramente los textos no exageran demasiado cuando enumeran los males del reino. Lo que resulta propagandístico es que, unas veces se alude a esos males del reino y otras no, dando la impresión de que, en ocasiones, interesa avivar el sentimiento de inseguridad y otras no. Producto de la propaganda es también culpabilizar al otro de la inseguridad cotidiana. Alfonso de Palencia presenta el momento de la sucesión como la superación de los miedos que cundían por doquier en el reinado anterior. En el prólogo de su Década III declara que su relato, hasta entonces, comprendía “hechos criminales, tenebrosos y obscenos”. Con la subida al trono de Fernando de Aragón –monarca que él se empeña en promocionar en detrimento de la facultad de Isabel para gobernar–, comienza una etapa nueva, esperanzadora. Sus palabras van cargadas de sugerencias que apelan a la emoción, más que a la razón:
148
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 149
El combate por la legalidad
“Emprendo la narración de admirables sucesos con la alegría de quien, tras agudos dolores alcanza lícito bienestar, como el que, combatido en alta mar por fiera borrasca, vuelve hacia tierra con viento próspero y divisa ya el anhelado puerto, y como estremecido de gozo vuelve a ver la luz el que extraviado en las tinieblas permaneció largo tiempo en tristísima lobreguez”.
Sufrir la enfermedad, perecer en el mar o extraviarse en las tinieblas son circunstancias que despiertan el resorte del miedo en el hombre medieval 325. Ante tales situaciones sólo cabe esperar la salvación, sugerida por las imágenes contrarias, curación o bienestar, el anhelado puerto y la luz, metáforas todas ellas que se identifican con el reinado que inauguran los reyes que acaban de suceder. El discurso oficial no muestra tanta convicción, si nos remitimos a la carta de convocatoria de cortes, de 7 de febrero: “De algunos tiempos acá ha avido grand desorden e corrucçión de mal bevir en la gente de todos estados exerçitando los viçios e crímenes de la desobediençia e tiranía e prometiendo e continuando muchos robos e salteamientos de caminos, asonadas e sediçiones, vandos y guerras y muertes de onbres e otros muchos males e daños de muchas y diversas maneras y calidades”.
Como ya hemos observado, la alusión a tal género de males justificaba el que aparecieran como reyes reformadores 326 capaces de emprender la reparación de la situación encontrada al llegar al trono, pues puntualizan que la violencia lleva ya varios años enraizada en el reino. Fuera la que fuera la situación real del reino, lo cierto es que en estos momentos, ante la crisis que supone la proclamación de Isabel, interesa insistir en la inseguridad del reino con objeto de demostrar que existen –o han existido en el pasado– elementos que gustan de provocar una situación de caos, a fin de ejercer la violencia impunemente. Los reyes expresan que, o bien ya han logrado acabar con esa violencia –en pocos meses de reinado–, o bien están dispuestos a reprimirla. En cualquier caso, ellos alejan de sí
325
Jean Delumeau situó al mar como el primero de los miedos medievales. El mar, habitado por Satán y por seres monstruosos, se asocia con frecuencia al pecado y también a la locura –el mar es el “envés del mundo”, según Foucault– y rememora el caos originario producido por las tempestades del diluvio (véase J. Delumeau, El miedo en Occidente (siglos XIV-XVIII): una ciudad sitiada, Madrid, 2001, pp. 53-69. Véase, más recientemente, A. Scott y C. Kosso (eds.), Fear and its Representations in the Middle Ages and Renaissance, 2000. 326 Nos remitimos a la obra de Claude Gauvard, “De grace especial”..., en donde se analiza la función ideológica del crimen en la formación del Estado y de la sociedad moderna. En el primer tomo de la obra, puede verse la relación entre los estereotipos sobre la criminalidad y la propaganda política de la Baja Edad Media francesa (pp. 11, 53, 201-203, 208, 216, 232, 260, 318, 447, 466). Una síntesis en C. Gauvard, “Memoire du crime, memoire des peines. Justice et acculturation penale en France a la fin du Moyen Âge”, Saint Denis et la Royauté. Ettudes offertes à Bernard Gueenée, París, 1999, pp. 691-710.
149
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 150
Ana Isabel Carrasco Manchado
cualquier responsabilidad en la generación de violencia (su participación en los inicios del conflicto sucesorio), poniéndose siempre del lado de la paz. El discurso del miedo es también ambivalente, navega entre la seguridad y la inseguridad, entre la idea de que esa inseguridad pertenece al pasado, de que los nuevos reyes han acabado con ella, trayendo la paz al reino por efecto de su justicia, y la idea de que esa paz está, no obstante, amenazada. De una u otra forma, el tema de los males del reino, comunicador del sentimiento de inseguridad, se esgrime para culpabilizar a los enemigos de Isabel y Fernando, con objeto de focalizar en aquéllos el sentimiento de miedo. Es preciso dar un nombre propio al miedo. Así, por ejemplo, Fernando del Pulgar, acusando al arzobispo de Toledo de ser causante de todos los males del reino. En su carta para el arçobispo, emplea un lenguaje especialmente emotivo, recurriendo a la personificación del reino, que llora como un ser humano sus males (“No vemos cessar este reyno de llorar sus males”). Llora el reino con los más humildes de sus pobladores: “Para qué os armáys padre de consolación, si no para desconsolar y fazer llorar los pobres e miserables e para que se gozen los tiranos e robadores e ombres de escándalos y sangres” 327. Otro nombre que adquiere el miedo es el del rey de Portugal, que, ya antes de su entrada en el reino, será el culpable de todos los males: “de las muertes ynçendios e otros males e daños que dello se siguiesen en Castilla e en Portugal, pues quél es el movedor e causa prinçipal dellos” 328. Con objeto de extraer provecho político, el miedo es sabiamente dirigido. No basta con atemorizar a la población con el enemigo de los reyes. Si quieren hacer creíble la imagen de su propia autoridad, es necesario mostrarse ellos mismos como reyes temidos. Esta imagen difundida por los panegiristas y desarrollada desde un punto de vista teórico en los tratados de regimiento de príncipes contribuye a reforzar y afianzar el poder real. En este periodo aún no encontramos manifestaciones significativas, ni en forma de imagen, ni como concepto, salvo una alusión en las coplas de Íñigo de Mendoza dedicadas a la reina y referida a la realeza 329. Las ejecuciones ejemplarizantes intentan convencer suficientemente de ello. Pero, en todo caso, la imagen de reyes temidos conviene que sea difundida también por el discurso escrito. Esta idea sirvió de apoyo al aparato conceptual empleado en la carta que anunciaba el perdón general dictado en el mes de abril de ese año. Ahora son los delincuentes los que temen a los reyes, pues han huido, atemorizados, “por temor de las penas en que por ello yncurrieron”. Pero, incluso el temor al rey conviene que sea matizado. Un temor excesivo a los reyes puede generar más violencia: “E aun diz que muchos dellos por esta cabsa (el temor a las penas) se han ydo e otros se quieren yr a los dichos cavalleros, que están apartados de nuestro serviçio e al dicho rey de Portogal”.
327
F. del Pulgar, Letras..., p. 18-19. F. del Pulgar, Crónica..., p. 98. 329 “A los reyes de vasallos/ no debe nada turballos/ ni mudallos,/ pues se hallan tan sobidos/ que son de todos temidos”, copla 18 del Dechado a la muy excelente reina..., p. 288. 328
150
Isabel 01
5/10/06
09:18
Página 151
El combate por la legalidad
El perdón general a los criminales queda así justificado. La impronta de un rey temeroso se presenta como garantía de que tal medida de gracia no contradice la idea de justicia 330. No es fácil saber hasta qué punto convencería esta política favorecedora con la imagen regia. En cualquier caso, sutilmente se juega con el sentimiento de inseguridad de la población.
330
El perdón que venimos analizando (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes a las relaciones con Portugal..., I. doc. n.º 20, pp. 75-78).
151
This page intentionally left blank
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 153
Capítulo segundo El fragor de la guerra (mayo de 1475-marzo de 1476)
1. Ceremonias y apremios militares 1.1. “Porque era la primera vez que su alteza entraba en la çibdad”: entradas reales y gestos de compromiso A lo largo del mes de mayo de 1475, según hemos visto, se precipitan los acontecimientos que conducirán a la guerra. Antes de que el rey Alfonso entrara en Castilla, Isabel y Fernando se disponen a preparar la defensa. Para ello se repartirán la tarea de desplazarse personalmente a distintas ciudades, ya que convenía asegurarse el envío de tropas ciudadanas para engrosar la hueste que Fernando de Aragón estaba organizando. Era imprescindible, por tanto, asegurar la fidelidad de las ciudades que habían alzado pendones por la pareja castellano-aragonesa, antes de poner a prueba dicha fidelidad con demandas militares. Las ceremonias de entrada real, y otros ritos que subrayan el compromiso mutuo (juramentos y homenajes), resultarán muy apropiados en esta coyuntura prebélica. Así pues, Fernando e Isabel inician por primera vez un procedimiento de gobierno que resultará habitual: marcharán por separado a atender las distintas necesidades en territorios diversos. La monarquía comienza a funcionar como una diarquía. El itinerario de los reyes en los siguientes meses fue el siguiente. La reina entró en Toledo el día 10 y permanecerá en la ciudad todo el mes de mayo, hasta finales, mientras que el rey continúa con los preparativos bélicos en Tordesillas y en Medina del Campo. El día 28 de mayo Fernando se dirige primero a Salamanca, realizando una solemne entrada, y después a Zamora. De nuevo, en junio, el rey regresa a Valladolid, mientras que la reina marcha a Ávila, donde realiza su primera entrada real, con el consiguiente juramento ante sus puertas, documentado el día 6 de junio. A mediados de ese mes, Fernando se dirige a Burgos. A finales de junio la reina se traslada a Medina del Campo y el 9 de julio se encuentra con Fernando en Tordesillas. De aquí partirá la hueste al encuentro del rey Alfonso, que por entonces ya ha sido proclamado rey de Castilla, junto a la princesa Juana. Ambos contendientes se encontrarán a las puertas de Toro y llevarán a cabo un amago de combate en el que los rituales darán cobertura al fracaso fernandino. Después de la malograda campaña militar en Toro, Fernando vuelve a dirigirse a Burgos, entrando, de camino, el día 11 de agosto, en la ciudad de Palencia. También Isabel entrará en Palencia, aunque un poco después, en el mes de septiembre. Desde Burgos, el
153
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 154
Ana Isabel Carrasco Manchado
rey prepara la campaña de Zamora, mientras que Isabel permanece con la corte en Valladolid el resto del año. Fernando pasará las navidades en la recién tomada ciudad de Zamora. Los movimientos de los dos reyes ese año no sobrepasaron los límites del núcleo central del territorio del reino, poniendo especial interés en asegurar la frontera con Portugal. Antes de empezar la guerra, Isabel y Fernando se tomaron su tiempo para realizar entradas conjuntamente, las de Medina del Campo y Valladolid. Estas primeras entradas tuvieron efectos legitimadores y también propagandísticos, ya que permitían la exhibición de ambos monarcas, escenificando lo que las fórmulas rituales proclamaban, la sucesión de Isabel como reina y señora natural y de Fernando como rey consorte, aparentando el curso normal de una sucesión pacífica. Sin embargo, la situación crítica deshizo esta representación de la doble realeza. En las siguientes entradas, interesa conseguir, ante todo, la ratificación de los juramentos y la multiplicación de las obediencias. El cronista Fernando del Pulgar se hace eco de este interés. El objetivo de la marcha del rey hacia tierras de Salamanca y Zamora era: “Reformar las seguridades e pleytos omenages e juramentos que los cavalleros e regidores de aquellas çibdades avían fecho a él e a la reyna, porque como dicho avemos, todos estavan dubdosos e qualquiera nueva que venía les ponía alteraçión en los ánimos” 1. Así pues, la serie de entradas que se realizan a partir de mayo pueden considerarse, ante todo, entradas reales legitimadoras. Aunque no estuvieron exentas de solemnidad, el contexto de guerra y la prisa con que fueron realizadas deja a un lado la finalidad propagandística de autopresentación de la monarquía, en favor de la consecución de unos objetivos políticos inmediatos. El episodio de resistencia a la entrada de Isabel en la villa de Alcalá de Henares, perteneciente al arzobispo de Toledo, confirma la importancia que tenía para los reyes poder franquear las puertas de las ciudades. El ser o no acogidos y la forma de ser recibidos mide la fuerza de la adhesión política. La reina pretendía entrar en la villa para entrevistarse con el arzobispo Carrillo con la esperanza de conseguir una reconciliación. Carrillo había roto con los reyes a finales de febrero. Teniendo en cuenta el papel decisivo que había jugado hasta el momento el arzobispo, resultaba conveniente intentar la reconciliación, ahora que se iba a iniciar la guerra. No sabemos hasta qué punto confiaba Isabel en poder convencer personalmente al prelado. En cualquier caso, resultaba beneficioso que la reina fuera vista en los dominios del arzobispo. Una entrada real en la villa de Alcalá de Henares podría acallar ciertos rumores. Isabel se dirigió al sur acompañada por el marqués de Santillana, por el conde de Haro y por el duque de Alba. Fernando del Pulgar dice que los nobles desaconsejaron una entrevista personal, temiendo que Isabel saliera desairada. No obstante, dice Pulgar, la reina estaba especialmente interesada en entrar en Alcalá: “Sólo por satisfacer a la opinión del pueblo, que piensa que ha 1
F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 115.
154
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 155
El fragor de la guerra
servido al rey mi señor e a mí” 2. La reconciliación podría haberse intentado mediante el uso de intermediarios de confianza, aun así, Isabel insistía en una entrevista personal. No puede afirmarse que Carrillo intuyera la aparente finalidad última de Isabel, sin embargo, la respuesta se da también en clave propagandística. Carrillo comunicó a la reina que si ella entraba en Alcalá, él saldrá de la villa. En consecuencia, la entrada de la reina resultó fallida, y también su efecto propagandístico. Isabel y su corte llegaron a Toledo el día 10 de mayo. El autor de la Crónica incompleta dice que “fue en ella tan triunfosamente reçebida como jamás a rey nin reyna heziesen”. De nuevo, este cronista califica la entrada de triunfal, queriendo revestir el acto, en el discurso, de un carácter que no tuvo. Otros cronistas son más modestos: “fue maravillosamente reçivida”, dice el autor de la Crónica castellana y, Pulgar, “fue muy bien reçebida” 3. La ciudad de Toledo, rebelde a la monarquía en décadas anteriores, había negado la entrada en alguna ocasión a Enrique IV y a la propia Isabel. Desde que Toledo otorgara la obediencia a los reyes, en Segovia, el día 13 de febrero, no cesaron las negociaciones, y Fernando e Isabel tuvieron que confirmar en varias ocasiones los privilegios (en Olmedo, el día 3 de marzo de 1475). Pero, no contentos con ello, estando en Medina del Campo, los procuradores pidieron un compromiso más fuerte, por lo que los reyes se vieron obligados a jurar que guardarían y respetarían la confirmación que acababan de suscribir 4. Así pues, juraron solemnemente ante la cruz y prestaron pleito homenaje en manos del cardenal. Estando en Valladolid, tuvieron que asegurar que respetarían la carta de perdón que expidió en 1468 Enrique IV en favor de Toledo por haberse unido la ciudad al pronunciamiento que le destronó. En Toledo había corrido el rumor de que los reyes tomarían represalias contra los que antiguamente se rebelaron contra la autoridad monárquica 5. Así pues, la llegada de Isabel a Toledo fue precedida de gestos que afianzaban la adhesión. El apoyo del conde de Paredes, Rodrigo Manrique, asistente de la ciudad, fue decisivo para que Isabel pudiera entrar finalmente en la ciudad, al menos, con la debida solemnidad 6. Una vez dentro, la reina intentó pacificar momentáneamente la ciudad, pactando con el conde de Cifuentes y con Juan de Ribera sus respectivas participaciones en la hueste de Fernando 7, pero la negociación no se produjo en un ambiente de calma. Siglos después, Zurita describirá la visita de Isabel a la ciudad en un tono claramente bélico. 2
Ibídem, p. 105. Crónica incompleta..., pp. 177-178; Crónica castellana..., p. 490; y F. del Pulgar,Crónica..., I, p. 117. 4 “Allende de la carta de confirmaçión que de los dichos previllejos vos avíamos mandado dar firmada de nuestros nonbres et sellada con nuestros sellos, jurásemos de guardar a esa dicha çibdad sus privillejos et buenos usos et costunbres et esençiones et las otras cosas de que avía gosado en los tienpos pasados”. R. Izquierdo Benito, Privilegios reales otorgados a Toledo..., doc. 160. 5 Ibídem, doc. 161, fechado en Valladolid, el 25 de abril. 6 M. Lunenfeld, Los corregidores de Isabel la Católica, Barcelona, 1987, p. 43. 7 E. Benito Ruano, Toledo en el siglo XV, Madrid, 1961, pp. 280-281. 3
155
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 156
Ana Isabel Carrasco Manchado
“La reyna como el arçobispo no dio lugar que se viessen fue a Toledo para procurar de reduzir a su obediencia aquella ciudad que estava en poder del conde de Cifuentes y de don Iuan de Ribera que se tenían por muy obligados y grandes amigos del arçobispo de Toledo y del marqués de Villena y apoderose del alcázar e de las puertas y torres del puente de Alcántara y de la iglesia mayor y puso en ellas buena gente de guarnición y echó fuera a todos los que entendió que seguían la parcialidad del arçobispo y del marqués y reduxo a su devoción y servicio los que eran principales y tenían más parte en el pueblo” 8.
Fernando de Aragón partió hacia la frontera con Portugal, llegando a Salamanca el día 28 de mayo. Él personalmente se ocupó de los pormenores de la entrada real, ordenando la compra de seda para que el corregidor, regidores y demás oficiales salieran a recibirle ricamente ataviados. Igualmente fue confeccionado un palio para la ocasión 9. A su llegada a las puertas de la ciudad, juró los privilegios 10. La entrada real se había realizado con la solemnidad requerida, pero no por ello dejaron de surgir problemas en torno al coste económico. Varios meses después todavía faltaba por pagar la seda del recibimiento. La reina autorizó el 24 de octubre un repartimiento en la ciudad con objeto de saldar esa deuda que los ciudadanos y sesmeros de Salamanca no querían pagar 11. Hay que tener en cuenta que los reyes no sólo demandan la participación de los súbditos en sus estrategias de representación, sino que también exigen compartir los gastos que acarrean. Las ceremonias son un mecanismo de dominación. En una situación de crisis como esta, en la que los titulares de la monarquía ven cuestionada su legitimidad, la población puede mostrar su descontento con la situación adoptando formas de protesta contra tales estrategias de representación. Por tanto, habría que matizar las expresiones de los cronistas cuando juzgan o califican las ceremonias regias apelando a un pretendido entusiasmo popular 12. Para 8
J. Zurita, Anales de Aragón, ed. A. Canellas, Zaragoza, 1988, vol. 8, p. 234. “Sepades que a mí es fecha relaçión que Diego Alfonso trapero mayordomo de la dicha çibdad compró por mandado del rey mi señor çiertas sedas para ropas del corregidor e de los regidores e ofiçiales, e la fisieron ropas e con ellas resçibieron e llevaron las varas del paño con quel dicho rey mi señor fue resçebido al entrar en la dicha çibdad”, AGS, RGS, 24-X-1475, fol. 660. 10 Así se expresa en el testimonio notarial de la entrada que los reyes realizaron el 7 de abril de 1486, fecha en la que visitaba Isabel la ciudad por primera vez. Al pedir a los reyes que juraran los privilegios, Fernando se negó, alegando que “ya otra ves que a esta çibdad vino avya confyrmado todo lo suso dicho e fecho juramento de lo guardar e conplir”. Archivo Municipal de Salamanca, Cartas Reales, R/260. 11 “Los maravedís de la dicha seda dis que se han de repartyr e pagar por los vecinos moradores pecheros desa dicha çibdad e su tierra segúnd se suele e acostumbra faser, asy´ en la dicha çibdad e en las otras çibdades e villas de los dichos mis regnos e que vos los dichos seysmeros non queredes faser nin consentyr que se faga repartimiento para pagar la dicha seda e que a causa dello están enbaraçadas las cuentas de la dicha çibdad e otras muchas cosas e nesçesidades della, suplicándome que sobrello mandase yo ver cómo la mi merced fisiere e yo tóvelo por bien, por que vos mando que luego, vista esta mi carta, syn otra dilaçión ni tardança alguna os juntedes en vuestro consistorio, segúnd que lo avedes de uso e de costunbre, dedes forma quel dicho repartimyento se faga”. AGS, RGS, 24-X-1475, fol. 660. 12 Así por ejemplo, Zurita: “Fue el rey allí recibido con mucha alegría” (J. Zurita, Anales..., IV, p. 234). 9
156
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 157
El fragor de la guerra
prevenir otros conflictos más graves que dificultaran la celebración de la entrada, Fernando se ocupó de promover cierta concordia entre los belicosos bandos salmantinos, con objeto de evitar disturbios que alteraran el orden durante la entrada. Envió a sus agentes para asegurar el consenso. El día 20 de mayo, el contador mayor Rodrigo de Ulloa se encontraba en la ciudad negociando con los bandos estas cuestiones 13. El duque de Arévalo, seguidor del marqués de Villena y de la princesa Juana, contaba con numerosos partidarios en la ciudad, aunque eran mayoría los fieles al duque de Alba y al almirante, fieles, por tanto, a Fernando. El rey requirió una nueva ritualización de la obediencia al concejo y a los caballeros principales de la ciudad, y no se olvidó de pasarse por la Universidad para que sus representantes le prestaran igualmente obediencia. Se reiteraron de nuevo los juramentos y homenajes, añadiendo, según el cronista, compromisos relativos a la defensa de los reyes contra sus adversarios: “Juraron de nuevo e fizieron pleyto omenage de servir al rey e a la reyna con toda lealtad, como a sus reyes e señores naturales, contra el rey de Portogal, e contra todas las otras personas que fuesen en su deserviçio” 14.
Pulgar asegura que la misma estrategia se siguió en Zamora, adonde se dirigió Fernando de Aragón a continuación. En Zamora tomó posesión de la fortaleza de la ciudad. La entrada que posteriormente realizó en Burgos, en el mes de junio, debió ser especialmente solemne, a juzgar por los gastos empleados. Según Serrano, “la ciudad tributó al monarca un espléndido recibimiento, gastando en él la para entonces enorme cantidad de 300.000 mrs” 15. Fernando, al igual que hiciera en Salamanca, exigió que le juraran de nuevo como rey y le prometieran de nuevo obediencia, todo el ayuntamiento y sus oficiales. Lo mismo hizo con el cabildo catedral, obligando a cada uno de los canónigos a jurarle y expulsando de la ciudad a los seguidores de la ya titulada reina Juana. Hay que tener en cuenta que el obispo Luis de Acuña seguía el partido juanista desde su residencia en el castillo de San Cristóbal, en Rabé de la Calzada, y que el castillo, a las órdenes de Íñigo de Stúñiga, también seguía este mismo partido. A principios de junio, Isabel continúa su camino por ciudades especialmente afines a su bando, esperando encontrar mayores facilidades que hasta entonces. La acompañaba el duque de Alba. El día 2 de junio realiza su entrada solemne en Ávila. Se conserva el acta municipal que testifica el juramento realizado por la reina en la puerta de San Pedro 16. La forma de ejecutar esta entrada revela 13
Véase la escritura de concordia y ayuda mutua suscrita entre Rodrigo de Ulloa, contador mayor, y los caballeros, escuderos y personas del linaje y bando de Santo Tomé, el 20 de mayo de 1475. En ella intervienen también personas del linaje de San Benito. Documento transcrito en J. A. Vaca y A. Bonilla, Salamanca en la documentación medieval de la Casa de Alba, Salamanca, 1989, documento n.º 75. 14 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 115. 15 L. Serrano, Los Reyes Católicos y la ciudad de Burgos desde 1461-1492, Madrid, 1943, p. 145. 16 “En la noble e leal çibdad de Ávila, viernes dos días del mes de junio, año del nasçimiento de nuestro Señor Jhesucristo de mill e quatroçientos e setenta e çinco años, entrando la muy alta e la muy poderosa
157
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 158
Ana Isabel Carrasco Manchado
el mayor grado de adhesión de las autoridades municipales y del resto de los vecinos. Las autoridades debieron adelantarse un trecho de camino, en señal de respeto y reverencia, para recibirla y acogerla bajo el palio de brocados que le tenían preparado, un palio cuyas varas llevaban ocho personas entre regidores y oficiales. La reina llegó a las puertas de la ciudad cabalgando ya bajo su palio: no esperaron a que franquearan las puertas y jurara los privilegios, como era uso y costumbre. Al llegar a la puerta se detiene la comitiva. Blasco Núñez y Nuño Rengiso debieron ceder a alguien las varas del palio que hasta entonces habían sujetado. Puestos de rodillas, siempre mostrando la máxima reverencia, solicitan, en forma de breve razonamiento, la confirmación por parte de la reina de los derechos, usos, costumbres y privilegios de la ciudad. Llama la atención que los regidores sólo pidieron a la reina que confirmara los privilegios, no exigieron la realización de un juramento solemne ante la cruz y los Evangelios 17. Isabel, en consecuencia, se limita a otorgárselos y confirmárselos, sin recurrir a la jura: “E luego la dicha señora reyna dixo que le plazía e plogó de ello e que gelo otorgava e otorgó segund e en la manera que por ellos les hera suplicado e que le plazía e plogó de gelos confirmar e guardar e gelos confirmava e confirmó segund que lo avía confirmado e prometido e las leyes de sus regnos lo prometían e querían”. Puede afirmarse que, en el caso de Ávila, Isabel acordó con las autoridades que no juraría los privilegios de la ciudad, sino que tan sólo los confirmaría. La razón de estas excepciones rituales que apuntan a subrayar una mayor reverencia, puede ponerse en conexión con el hecho de haber sido Ávila una ciudad del señorío personal de Isabel, como “princesa de Asturias”. Durante su etapa de principado ejerció auténticas prerrogativas regias en la ciudad, nombrando corregidor a Gonzalo Chacón, su mayordomo 18. Simbólicamente, se expresa así una doña Ysabel, nuestra señora, en la dicha çibdad de Ávila, e estando su alteza a la puerta de San Pedro de la dicha çibdad por parte de fuera queriendo entrar en ella, estando cabalgando en una mula debaxo de un paño bracado que la dicha çibdad le dio, el qual paño tray´a Blasco Núñez, regidor de la dicha çibdad e Nuño Rengiso e Álvaro de Henao e Francisco Sedeño e Juan Serrano e Rodrigo Álvarez de la puerta de San Vicente e el liçençiado Antón Rodríguez de León e Sancho del Águila, vezinos de dicha çibdad en presençia de Juan de Cuéllar e Gómez González, escrivano público de la dicha çibdad, e Ferrand Sánchez Pareja, escrivano público de la dicha çibdad e escrivano de los fechos del conçejo e de los testigo de yuso escriptos”. B. Casado Quintanilla, Documentación Real..., pp. 26. 17 “Luego los dichos Vlasco Núñez e Nuño Rengiso fincaron las rodillas ante su alteza e dixeron que ellos por sí y en voz y en nonbre de la dicha çibdad e regidores, cavalleros, escuderos e ofiçiales e omes buenos e vezinos e moradores de la dicha çibdad e de su Tierra que suplicavan e suplicaron e pedían por merced a su real señora que allende de la confirmaçión que su alteza avía fecho asy siendo prinçesa como después que regnó de los privilegios e usos e costunbres e preheminençias e libertades de la dicha çibdad e su Tierra que agora a mayor abondamiento porque era la primera vez que su alteza, después que fue alçada por reyna, entrava en la dicha çibdad, que ellos por sí e en dicho nonbre que suplicavan e suplicaron e le pedían por merçed que confirmase a esta dicha çibdad e su tierra los privilegios e franquezas e libertades, exençiones e usos e costunbres e preheminençias que tenían de los reyes de gloriosa memoria sus progenitores e que si en alguna cosa de ello les hera quebrantada que su alteza lo mandase remediar por manera que sus privillejos e sus usos e costunbres les sean guardados, non enbargante que en alguna manera en los tienpos pasados les sea derogado e quebrantado, en lo qual su alteza administrando justiçia a la dicha çibdad e su tierra e a ellos fará merçed”; ibídem, p. 26. 18 El 2 de mayo, desde Segovia, Isabel había nombrado a Gonzalo Chacón corregidor de Ávila, confirmándole el cargo que ya le había otorgado siendo princesa (“dadas en el tiempo de mi prinçipado”).
158
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 159
El fragor de la guerra
vinculación de la ciudad con su reina y señora distinta a la subrayada en cualquier otra ciudad. Por lo que respecta a la ciudad, la voluntad de honrar a Isabel se expresa en el hecho de que las autoridades hubieran salido de la ciudad a recibir a Isabel y que le hubieran ofrecido el palio antes de jurar los privilegios, y no después de encontrarse ya en el interior de la ciudad, como era la costumbre. Isabel y las autoridades municipales debieron pactar este procedimiento inusual, permitiéndole expresar simbólicamente un dominio superior sobre la ciudad. Ávila se mostraba más entregada a su causa que el resto de las ciudades que la habían obedecido 19. Isabel permaneció en Ávila, al menos, hasta el 22 de julio. Al día siguiente de la ceremonia de entrada y confirmación de los privilegios, pide que la ciudad envíe doscientos peones para la guerra contra el rey de Portugal 20. Poco después, estando la reina en Medina del Campo, solicita a la ciudad un empréstito de un cuento de maravedíes para sufragar los gastos de la guerra 21. Estas son las respuestas políticas que Isabel espera de la ciudad, la traducción de los gestos de fidelidad que el concejo había expresado de forma propagandística. Isabel consiguió de inmediato los hombres de armas: el alarde se estaba realizando ya desde primeros de junio en Santiago de la Puebla, donde acudieron, además, los hombres de las comarcas de Arévalo, Medina, Fresno y Salamanca 22, ciudad recientemente visitada por el el rey. Sin embargo, la concesión del empréstito produjo algunas resistencias 23, prueba de que la aparente unanimidad escenificada en las ceremonias se extiende como un velo para ocultar las fisuras. Tras el fracaso estrepitoso ante los muros de Toro, en su primer encuentro con Alfonso de Portugal, titulado con pleno derecho rey de Castilla, después del acto ceremonial celebrado en Plasencia, Fernando, de un modo todavía más acuciante, continúa realizando actos legitimadores a su paso por las ciudades a las que acude por primera vez. Llegar, entrar en la ciudad y jurar los privilegios: éste debió ser el único objetivo del paso de Fernando por la ciudad de Palencia, en su camino apresurado hacia Burgos, donde esperaba levantar el cerco del castillo. El día 11 de agosto, entra en la ciudad, donde se repite el acto ritual del juramento, condición previa para penetrar tras los muros. Fernando, en este caso, ante la Puerta de la Cal, prometió su fe real y prestó pleito homenaje, pero no Gonzalo Chacón no ejercía el cargo, sino que lo hacía mediante lugarteniente. El 10 de mayo de 1475, Isabel nombra como lugarteniente a Juan Chacón (ibídem, pp. 22-24). 19 La fórmula utilizada en el acto del besamanos subraya el mayor acatamiento: “E luego los dichos Vlasco Núñez e Nuño Rengiso levantáronse e besaron la mano de la dicha señora reyna en señal de fe y posiçión e dixeron que por sí e en nonbre de la dicha çibdad e tierra e vezinos e moradores de ella pidieron a nos los dichos escrivanos que lo escriviésemos (ibídem, p. 26). 20 Ibídem, p. 28. 21 Ibídem, doc. 10, p. 28-35. 22 J.A. Vaca y A. Bonilla, Salamanca en la documentación..., doc. 77. 23 Los regidores enviaron peticiones a la reina objetando la pobreza en que se hallaba la ciudad y la tierra a causa de las malas cosechas, pero, aun así, terminan aceptando el repartimiento. No obstante, algunos sectores de la ciudad, “asy´ christianos como judíos e moros, vezinos de la dicha çibad”, siguieron planteando resistencia al repartimiento; véase B. Casado Quintanilla, Documentación real del archivo..., doc. 10, p. 34.
159
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 160
Ana Isabel Carrasco Manchado
juró solemnemente ante un misal 24. Como en Ávila, también aquí Fernando interpreta a su manera el uso ritual de jurar los privilegios en las entradas reales. En esta ocasión era su fe de caballero lo que avalaba dicho juramento, no su fe religiosa. Este gesto, al igual que en el caso de la entrada de la reina en Ávila, transmite un mensaje a la ciudad. Tal vez, el hecho de ser Palencia ciudad de señorío episcopal tenga que ver con ello. Posiblemente Fernando no quería comprometer tan fuertemente su palabra, con gestos sagrados, prefiriendo el pleito homenaje, menos condicionado desde el punto de vista religioso. Estas variantes en los usos rituales del juramento de los privilegios hacen pensar en que los reyes se prestaban de mal grado a estas exigencias ciudadanas. A los pocos días de abandonar Palencia llega a la ciudad la carta solicitando hombres. A esta carta se une la escrita por Isabel, que, para asegurarse el apoyo militar se dirige personalmente a la ciudad 25. Isabel permanecerá en Palencia todo el mes de septiembre. A lo largo de ese mes, no sólo conseguirá de la ciudad apoyo militar, sino también económico. Gracias a la colaboración del obispo Diego Hurtado de Mendoza, señor de la ciudad, consigue de las iglesias y conventos del obispado un préstamo por una cantidad de ochenta marcos, dos onzas y cuatro reales de plata, con la obligación, por parte de los reyes, de devolver el total y los intereses en dos años. El día 6 de septiembre, el obispo en persona proyectaba salir por la diócesis para recaudar el dinero 26. Atendiendo a todos estos actos, se observa con claridad cómo la entrada real escenifica las relaciones de poder que se establecen entre los reyes y las ciudades. Los reyes no “toman posesión” de las ciudades sin el “consentimiento” de las autoridades, expresado ritualmente. Deben, pues, pasar por el requisito de la jura pública. El conflicto de poder subyacente entre las ciudades y la monarquía se conmemora en forma de rito que recuerda que la entrega y la sumisión sólo se produce con la condición de expresar ritualmente el compromiso de los reyes con los intereses ciudadanos. El poder real aparece comprometido y condicionado, aunque sea de manera ritual 27. Desde este punto de vista, las entradas reales son
24
“Salieron a recibirle el reverendísimo señor don Diego Hurtado de Mendoza, don Pedro de Castilla y todos los otros caballeros, escuderos y ciudadanos. Llegado el rey cerca de la Puerta de la Cal, cerraron las puertas y se apearon luego el señor don Pedro de Castilla, Juan García de Corral, Fernando de Camunio, Rodrigo de la Mata, Alfonso de Villegas y el bachiller de Baltanás. Ante el escribano del rey, escribano de los hechos de la ciudad, demandaron a dicho rey que los jurase los privilegios y estatutos buenos usos y costumbres, que los otros reyes antepasados de gloriosa memoria habían guardado y jurado. Luego el rey hizo pleito homenaje y prometió su fe real en manos de dicho don Pedro, de guardar esta ciudad todos los privilegios y libertades. A seguido, abrieron las puertas y entró el rey en Palencia”; J. Alonso de Ojeda, ¡Palencia por la reina..., a partir del acta municipal, p. 76. 25 La carta de Isabel tiene fecha de 21 de agosto y la de Fernando del día 22, ibídem, p. 76. 26 Archivo Capitular de Palencia, Catálogo, Serie II, vol. II. Actas capitulares..., p. 82. Acuerdos del 4 de septiembre y del 6 de septiembre de 1475. 27 A la vista de la significación política del juramento real en la primera entrada, asumimos, para el caso castellano, las apreciaciones de P. Prodi. A propósito del juramento de los reyes franceses durante las primeras entradas, este autor afirma que las entradas reales en la ciudad “non sono altro che una serie lunghissima di giuramenti reciproci nei quali, ad esempio, Parigi, Lione o Tolosa appariono come
160
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 161
El fragor de la guerra
actos que nutren la propaganda ciudadana. En este primer año del reinado en el que estalla finalmente la guerra, con la presencia en el reino de otro rey y reina de Castilla, Isabel y Fernando consideraron imprescindibles la realización de todas estas entradas, apoyándose en la propaganda del compromiso y de la obediencia ciudadana como acto legitimador que poner en la balanza de sus pretensiones al trono. El rito sirvió también para sostener y justificar las peticiones fiscales y militares demandadas a esas mismas ciudades.
1.2. “Maldito fuese el onbre de armas tomar que no fuese con su rey e señor a lo ayudar”: la ceremonia de despedida del rey Fernando en Valladolid A primeros de junio el rey Fernando está en Valladolid, mientras que la reina marcha a Ávila, donde, según hemos visto, realiza su primera entrada y juramento solemne el día 6. A mediados de mes tenía lugar también la entrada solemne de Fernando de Aragón en Burgos y la ratificación del juramento por las autoridades concejiles. Se suceden las entradas legitimadoras que ya hemos estudiado. A fines de junio, Isabel se traslada a Medina del Campo y el 9 de julio se encuentra con Fernando en Tordesillas. En esta villa se había convocado la gran hueste que ha ido formándose a lo largo de dos meses. Los días 14 ó 15 de julio, la numerosa hueste castellana se dispone a marchar hacia la villa de Toro, núcleo de operaciones del rey portugués. Durante los meses de mayo y de junio se aceleraron los movimientos de búsqueda incesante de recursos materiales y humanos para hacer frente al rey portugués. Entre los recursos materiales debemos incluir también los objetos simbólicos. Y ya que mencionamos el simbolismo, no hay que olvidar tampoco otros recursos simbólicos y culturales que acompañan a las batallas y les dan cobertura ideológica. Mientras se encontraba en la ciudad de Valladolid, ocupado en los preparativos militares, Fernando de Aragón no se olvidó de añadir a las tiendas y a otros componentes de la impedimenta de un ejército aquellos símbolos indicativos de su autoridad real que expresaran su exclusividad como rey único de los reinos de Castilla y de León. Consideró que lo más oportuno sería hacerse acompañar de las insignias que se emplearon en la proclamación de Isabel en Segovia. Fernando proclamaba así su derecho al trono, ante el rey de Portugal (y, también ante su propia hueste). En una cédula del 6 de junio enviada desde Valladolid a Segovia, el rey pedía las siguientes insignias a Rodrigo de Tordesillas: el pendón real que se usó en el alzamiento, un estandarte real y la silla y los paramentos que llevó el alférez Diego de Ribera en su caballo, cuando paseó el pendón por Segovia 28. interlocutorie e contraenti, non certo como città suddite nel senso attuale”, P. Prodi, Il sacramento del potere. Il giuramento politico nella storia costituzionale dell’Occidente, Bolonia, 1992, pp. 204-205. 28 “Rodrigo de Tordesillas, yo vos mando que me enviéis luego el pendón con que fue alçada la sereny´sima reyna mi muy cara y muy amada muger, y un estandarte y seys tiendas y alfaneques, los mejores que ay´
161
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 162
Ana Isabel Carrasco Manchado
Rodrigo de Tordesillas era el encargado de la guarda del tesoro real conservado en el alcázar de Segovia. La preocupación de Fernando por el secreto en el envío de estas insignias revela la importancia de su posesión. El pendón con que fue alzada Isabel era el símbolo material del reino de Castilla y de León por el cual combatían los dos reyes. Alfonso hizo también uso de otro pendón real y estandarte en su ceremonia de alzamiento, por eso no podía faltar en la hora de la contienda. Diego de Ribera fue el que exhibió el pendón real en la tarde de Segovia, cavalgando en un caballo emparamentado con las armas reales. El uso de estas insignias reales en la batalla son piezas claves en la propaganda de la legitimidad a la posesión del trono castellano. En el caso del pendón empleado por Isabel se añadía un matiz más respecto al caso portugués. Recordemos que dicho pendón fue depositado en el altar mayor de la iglesia de San Miguel de Segovia para ser bendecido. El pendón real retornó al tesoro del alcázar con el resto de las insignias del alférez pero después de haberse convertido en recipiente de la sanción religiosa y de la protección divina. Ahora, esa protección divina se espera que surta efecto en la batalla. De este modo, el pendón real sirve como propaganda de la legitimación real pero también como aglutinante de las tropas, que se ponen bajo el manto de su protección. Es de suponer que el rey de Portugal se haría acompañar de insignias similares que aludieran al título real de Castilla, de ahí la importancia de exhibir estas insignias. Una vez formada la hueste, Fernando partió de Valladolid para dirigirse a Tordesillas, donde habría de esperar a la hueste reunida por Isabel. El bachiller Palma describe la forma ceremonial que adoptó la salida del rey de la ciudad. Es el único cronista que recoge este hecho al que, ni siquiera, alude el autor de la Crónica incompleta, cronista que sigue muy de cerca los acontecimientos de este primer año. Teniendo en cuenta que el bachiller Palma escribe ya cuando la victoria de Fernando e Isabel se ha confirmado, en 1479, calificaremos esta descripción de verosímil, mientras no podamos probarla de otro modo. Ceremonias organizadas para despedir a los caudillos antes de la batalla eran frecuentes en Occidente, desde la Antigüedad 29. La fecha que apunta como el día que salió el rey de Valladolid, el 12 de julio, no concuerda con los datos del itinerario trazado por Rumeu de Armas, que señalan que ese día Fernando estaba ya en Tordesillas con Isabel. De referirse a la villa de Valladolid, la fecha correcta podría ser el 29 de junio y no el 12 de julio.
oviere, y enbialdos luego lo más secretamente que pudiéredes, y vengan por Cuéllar, por ser este camino más secreto; en lo qual plaser y servicio señalado me faréys. De Valladolid a vi de junyo de lxxv años. Ansimismo me enbiad los paramentos que llevó Diego de Ribera el día que la dicha reyna fue alçada y la silla de la guysa para el estandarte”, Madrid, Archivo de los Marqueses de San Felices, caja 87 (antiguo legajo 3, doc. 57, Ref. 57), transcripción, A. Ceballos-Escalera, Alcaides, tesoreros y oficiales de los Reales Alcázares de Segovia, Valladolid-Madrid, 1997, p. 265. 29 Las ceremonias de despedida del rey antes de partir hacia la batalla son bastante antiguas. Compárese la que describimos con la profectio visigótica (McCormick, Eternal Victory. Triumphal Rulership in Late Antiquity, Byzantium and the Early Medieval West, Cambridge, 1986, p. 388).
162
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 163
El fragor de la guerra
Según el bachiller Palma, Fernando de Aragón salió de su residencia cabalgando y muy ricamente vestido. Se inicia, pues, un cortejo procesional en dirección a la iglesia de Santa María la Mayor. El lugar que ocupaba el rey en la comitiva se destacaba por el nutrido número de pajes que le rodeaban. En esta ocasión, el vestido de los pajes se utiliza como medio de difusión de mensajes propiciatorios de la victoria: “Iva en un trotón ricamente adornado e un bohordo de oro en su mano, e sus pajes en derredor, arreados con diversos colores de panno de oro con letras bordadas que dezían Dominus michi adjutor, e aconpannado de sus cavalleros e escuderos e gentes, se vino a santa María la Mayor de la dicha villa” 30.
Los vestidos de los pajes portan lemas que hacen alarde de la protección divina. Se trata de un procedimiento propagandístico basado en la escritura expuesta 31. Como lema se adoptó un versículo de los Salmos, en concreto el salmo 117,7 (de la Vulgata), que se cantaba como himno triunfal de acción de gracias. Es el mismo lema que estaba circulando ya en las monedas acuñadas ese año, pues los reyes acababan de acometer una reforma monetaria 32. El objetivo era económico, pero también propagandístico, pues la moneda es una insignia real que circula por todo el reino. La necesidad era imperiosa, pues también Alfonso V, como rey de Castilla y León, pronto acuñaría moneda con su nueva titulación 33. Este lema, asumido en las monedas y también en otros soportes, servía claramente para distinguir unas monedas de otras, y darles un carácter religioso: la pretensión de ayuda divina en la batalla. Siguiendo esta estrategia sacralizadora, el rey se dirigió a la iglesia para asistir a una ceremonia litúrgica: “E allí lo salieron a resçebir en proçesión las cruzes e el preste revestido, con el Corpus Christi en las manos, con grandes clamores, toda la villa descalços en proçesión, e los niños dando vozes que Dios diese vitoria al 30
Barchiller Palma, Divina Retribución sobre la caída de España en tiempo del noble rey don Juan el primero, ed. Sociedad de Bibliófilos Españoles, Madrid, 1879, pp. 33-34. 31 Sobre la escritura expuesta y su función política véanse los trabajos de Armando Petrucci, La scrittura. Ideologia e rappresentazione, Turín, 1986; “Potere, spazi urbani, scritture esposte: proposti ad esempi”, en: J.C. Maire Vigueur y C. Pietri (eds.), Culture et idéologie dans la genèse de l’Etat Moderne, Rome, 1985, pp. 263-286. 32 Sobre esta reforma, véase: A.M. Balaguer, “Dos reformas monetarias de los Reyes Católicos en Castilla. 1475 y 1497 y una panorámica de la moneda en la corona catalano-aragonesa a la víspera del descubrimiento de América”, Gaceta Numismática, 1993, vol. 108, pp. 5-17. 33 Aunque pocas, ya que la moneda es fácilmente transformable en nueva moneda, han llegado a nuestros días algunos ejemplos de las monedas que acuñó Alfonso V como rey de Castilla y León y Portugal (M. Gomes Marques, M. Fatima Araujo, J. M. Peixoto Cabral, “Metrologia das moedas emitidas por Dom Afonso V de Portugal na qualidades de rei de Castela e Le˜ao, III Congreso Nacional de Numismatica, Sintra-Lisboa, 1985, pp. 39-52.
163
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 164
Ana Isabel Carrasco Manchado
rey, pues por el bien deste reyno e de la república se disponía a todo arrisco de su persona, por aplazer a todos, no buscando lo que a sí es útile, mas lo que es a muchos, para los librar, segúnt dixo el apóstol. Así entró en la yglesia, do estava una cama como estrado, e allí se fincó de hinojos, e ende le dixeron ciertas oraçiones, que duraron fasta media ora” 34.
La recepción del rey por la clerecía intensifica ese carácter sacralizador. Las cruces, las personas que acuden descalzas en señal de penitencia, los niños que parecen encarnar un coro de ángeles 35, el Corpus Christi..., son elementos que convierten cada uno de los movimientos y gestos del rey en puro acto litúrgico. Los que asistieron a esta ceremonia tendrían en mente las ceremonias de recepción de los obispos y de otras altas dignidades eclesiásticas, las procesiones de Semana Santa o la de la fiesta del Corpus Christi, una de las principales ceremonias litúrgicas que se celebraban en las ciudades y villas del reino. Todas ellas señalan una presencia sagrada que, en este caso, es la persona misma de Fernando de Aragón. Con esta forma de exhibición regia se espera conseguir una veneración comparable a la que se obtiene de las personas y objetos sagrados. Pero el principal golpe de efecto no se halla en el interior de la iglesia. En el interior del recinto sagrado, el rey muestra su acatamiento a la divinidad pero no puede competir con Dios, razón por la cual, se ha preparado, aún, un último acto. “E fecha oraçión, se levantó e fue en proçesión con las cruzes e los clérigos todos revestidos, todos mirando al rey con grande amor: llegaron fasta çerca de Santo Françisco, e de ay´ se despidió e mandó volver la clerezía con las cruzes. E en aquella plaça se fincó de hinojos en el suelo, e toda la gente que estava mirando, que era tanta que no avía número, dieron todos grandes vozes al çielo, que Dios lo ayudase e la su bendita Madre e le diese vitoria contra sus enemigos, e que maldito fuese el onbre de armas tomar que no fuese con su rey e señor a lo ayudar” 36.
En todo el desarrollo de la ceremonia, Fernando ha sabido graduar debidamente los gestos. En numerosas ocasiones la pareja real hará exhibición pública de los gestos que muestran religiosidad o piedad, pero suele ser más conocida la propaganda de las acciones piadosas de Isabel que la de Fernando. De hecho, refiriéndose a la guerra de Granada, ya los versos de la época decían que Isabel 34
Bachiller Palma, Divina retribución..., pp. 33-34. Sergio Bertelli ha estudiado la función simbólica del cortejo de niños en las entradas triunfales. Un cortejo de niños fue empleado ya por Carlomagno en su primera entrada en Roma, en el 774. Su fuerza simbólica radica en sus orígenes religiosos (los pueri hebraeorum que aclaman a Cristo en su entrada en Jerusalén) y también en las capacidades proféticas que la mentalidad medieval atribuía a los niños (Véase S. Bertelli, Il corpo del Re. Sacralità del potere nell’Europa Medievale e Moderna, Florencia, 1995, pp. 75-79). 36 Bachiller Palma, Divina retribución..., pp. 33-34. 35
164
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 165
El fragor de la guerra
combatía con las oraciones y Fernando con las armas. No obstante, en estos primeros pasos de la propaganda real, no se constata esa separación de funciones. Fernando, al llegar a la plaza despidió a la clerecía: su intención era centrar en su persona todo el protagonismo. Este gesto culmina un proceso de exaltación paulatino para impresionar al pueblo y apelar al vínculo político-religioso que une al rey con el reino. Si son ciertas las palabras del cronista, las gentes no sólo aclamaron a su rey, sino que lanzaron maldiciones contra todo aquel que no cumpliera con las obligaciones políticas de ayuda a su rey y señor. Las maldiciones, en este contexto, actúan como rito de unión basado en la señalización de un enemigo común y de expulsión de aquéllos que no sigan la consigna expresada. Constituye también un mecanismo de violencia verbal y simbólica, cargado de componentes religiosos, pues se apela a la divinidad como juez sancionador. No hay duda de que la guerra por la sucesión al trono se va a debatir, también, en términos religiosos. 1.3. “Hasta derramar la sangre si fuere menester”: el testamento del rey Fernando en Tordesillas Según el Cronicón de Valladolid, Fernando de Aragón llegó a Tordesillas el domingo 9 de julio y asentó el real a las afueras, cerca de San Miguel del Pino, en el monte de Labadesa, donde aguardaba ya el real asentado por Isabel. Acompañaban a la reina el duque de Alba, el obispo de Ávila Alonso de Fonseca y el conde de Cifuentes, entre otros. Faltaba por llegar el marqués de Santillana y el duque de Alburquerque, Beltrán de la Cueva, así como el conde de Benavente 37. Una vez reunidas todas las tropas, todo estaba dispuesto para marchar al encuentro del rey Alfonso, sin embargo, antes de partir, Fernando firma un acto de seria trascendencia política: el día 12 de julio, miércoles, en el real de Tordesillas, Fernando otorga testamento 38. Este hecho puede ser analizado desde diversos puntos de vista. Desde el punto de vista humano y personal, podría ser comprensible que Fernando, antes de enfrentarse a tan peligrosa batalla, pudiera sentir la necesidad religiosa de prepararse ante un posible desenlace fatal. Pero, ¿por qué precisamente ahora? Fernando de Aragón llevaba, al menos, desde los trece años enzarzado en complicados conflictos violentos. No parece creíble que fuera Fernando quien, en un último momento, vencido por la inquietud y el temor por la batalla, de manera apresurada, se preocupara por su testamento. El documento es un autógrafo de Hernando de Talavera, prior de Prado y confesor de Isabel. Más bien hay que pensar que este documento se ideó y escribió en el círculo de la reina (que sí pensaría en el grave inconveniente que supondría la muerte inesperada de su marido), y fue 37 38
Cronicón de Valladolid..., p. 98; Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 35. El testamento, el primero que otorgaba Fernando, se encontraba guardado entre los papeles de su secretario Gaspar de Ariño. Se halla editado en Noticias históricas y genealógicas..., doc. cv, pp. 232-235, la fecha, en p. 234.
165
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 166
Ana Isabel Carrasco Manchado
presentado al rey a su llegada a Tordesillas. Jaime Vicens Vives ya destacó la ausencia de todo sentimiento personal de tinte aragonesista en este testamento: su cuerpo habría de ser sepultado en Castilla, en el monasterio de Santa María del Prado, en Valladolid, que estaba bajo la dirección del mismo personaje que redacta el testamento, el prior Hernando de Talavera 39. Es sorprendente esta decisión ya que su comportamiento no es propio ni de un príncipe heredero aragonés, ni de un infante trastámara, puesto que ningún miembro de la familia real descansaba en el monasterio del Prado. No parece, pues, que la idea de testar partiera de Fernando ni de sus consejeros o, al menos, no parece que el contenido fuera ideado por el círculo aragonés. Entramos, por tanto, en el terreno de lo político. El punto central del testamento es la sucesión del Reino de Aragón. Fernando recomienda a su padre que haga uso de su poderío real absoluto para que su hija unigénita Isabel pueda heredar el reino. Como príncipe heredero de Juan II, él estaba dispuesto a derogar las leyes que prohibían en Aragón suceder en el trono a las mujeres, como una excepción y sólo para su hija, la infanta Isabel. El príncipe de Aragón aceptó de buen grado esta idea puesto que no se le escapaban las ventajas económicas y políticas de la unión de ambos reinos, las mismas, por cierto, que le guiaron a él a luchar por la Corona de Castilla 40. La iniciativa, de todos modos, resultaba bien frágil. No deja de resultar paradójico que el círculo de Isabel se preocupara por asentar la sucesión en reino ajeno sin haberse asegurado la que reclamaba como propia. Si Fernando hubiera muerto en ese momento, su mujer Isabel difícilmente hubiera podido mantenerse en el trono castellano, viuda, faltándole la fuerza que sólo los varones podían aportar. Su rival Juana habría salido victoriosa, pues el prestigio de su marido, el rey Alfonso, no habría dejado de crecer. En el caso remoto de salir victoriosa en el conflicto sucesorio, estando viuda, sólo si Isabel hubiera permanecido en ese estado –circunstancia improbable, en una reina de apenas veinticinco años– su hija la infanta Isabel podría aspirar a heredar ambos reinos, ya que si Isabel se casaba por segunda vez y tenía un hijo varón, su hija quedaba automáticamente relegada del trono castellano. Pero, consideremos que la princesa Isabel pudiera heredar los dos reinos, las posibilidades de que una mujer extranjera reinara en Aragón serían remotas, incluso contando con el apoyo del anciano Juan II: la guerra, probablemente, no podría ser soslayada. La fragilidad de la situación política es evidente, pues depende enteramente de una cuestión biológica: la vida o la muerte del rey Fernando. Desde la perspectiva castellana, este testamento de Fernando de Aragón proporcionaba una baza política en los reinos de la Corona de Aragón para, en el caso de que muriera el rey y fracasara Isabel en la empresa de la sucesión en Castilla, pudiera optar al menos a un título real para su hija: el de reina de Aragón. 39 40
J. Vicens Vives, Historia crítica..., p. 416. Según Jaime Vicens Vives, “En la coyuntura pirenáica, sólo apoyándose en Castilla podían superar el peligro de disgregación los estados catalano-aragoneses”, ibídem, p. 418.
166
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 167
El fragor de la guerra
Dos días después de la fecha de redacción, el 14 de julio, el testamento de Fernando se hizo público en un acto celebrado en una cámara del monasterio dominico de Santo Tomás, situado junto al puente de la villa de Tordesillas. En este punto es donde el testamento adquiere cierto carácter propagandístico. Entre los testigos que acudieron, salvo el almirante Enríquez, familiar de Fernando, y el secretario aragonés, Gaspar de Ariño, prevalecen los partidarios castellanos más fieles a Isabel: su confesor Hernando de Talavera, Alfonso de Fonseca, obispo de Ávila, Gonzalo Chacón, Gutierre de Cárdenas y Rodrigo de Ulloa, el trío de contadores mayores. Curiosamente no se cita a ningún otro grande, sólo a otros personajes nobles: Perafán de Ribera y los mariscales de Toledo, Gómez de Benavides y Pedro de Ribadeneyra 41. No podemos saber cuántos grandes de los que habían acudido a luchar conocieron lo que había ocurrido en el monasterio de Santo Tomás. Puede que el duque de Alba, uno de los más fieles en ese momento entre los grandes, estuviera al corriente. Tampoco sabemos si el monarca aragonés sabía, por esas fechas, que su hijo había dictado testamento. No deja de resultar extraño que en una carta escrita ese mismo día por Fernando y enviada a su padre, informándole de la reunión de la hueste y su disposición a partir hacia el combate, no mencione la celebración de esta lectura pública de su testamento 42. Es muy probable que Fernando quisiera ocultárselo a su padre, lo que apoyaría la tesis de que la idea del testamento surgió de filas castellanas. 2. La guerra ritual: la derrota a las puertas de Toro 2.1. “El mejor medio de ocultar la deshonra”: el desafío de Fernando de Aragón a Alfonso de Portugal La primera gran batalla que se esperaba librar contra el rey Alfonso V de Portugal y su ejército resultó fallida, y la hueste que tan esmeradamente habían intentado reunir Fernando e Isabel se disolvió, sin ni siquiera entablar combate. Sin embargo, la derrota, debida a errores estratégicos o a falta de coordinación entre los componentes variopintos de la hueste, no se tuvo por tal derrota en los discursos oficiales y se disfrazó o intentó ocultar detrás de una pantalla propagandística. Fernando de Aragón, al intentar recuperar la ciudad de Toro que estaba en poder de Alfonso V, lanzó un desafío al rey portugués provocándole a batalla campal personal, en el más puro estilo de los rieptos caballerescos, que no eran infrecuentes en la época entre la nobleza. Hecho paradójico, el que, tras haber conseguido reunir tan nutrida hueste, el encuentro se resolviera en términos de un combate personal, que ni siquiera se llegó a celebrar. El objetivo de este desafío, como el de toda la campaña, no exenta de múltiples dificultades, fue básicamente propagandístico. 41 42
Noticias históricas..., p. 235. Véase la carta en A. Paz y Melia, El cronista..., pp. 194-195.
167
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 168
Ana Isabel Carrasco Manchado
Los testimonios documentales sobre el desafío entre Fernando de Aragón y Alfonso de Portugal son muy variados. Se conservan las cartas o carteles de desafío completos, que ambos monarcas se cruzaron mediante sus respectivos portavoces (Gómez Manrique, por parte del rey Fernando, Alonso de Herrera, por parte de Alfonso V), recogidos en el Libro de Actos Comunes de la Diputación del reino de Aragón del año 1475 43. Se conservan siete cartas, copias de las que fueron remitidas por Fernando de Aragón a los diputados del reino aragonés para que, una vez hechas públicas en sus reuniones, estos las cursaran a su padre, el rey Juan II. En Castilla, los carteles de desafío tuvieron también una importante difusión pero no se conocen copias coetáneas, sino que, fundamentalmente, se han conservado como recurso literario, al quedar recogidos en algunas crónicas. La mayoría de las crónicas tan sólo reflejan el contenido parcial de cinco de los siete carteles que se cruzaron ambos monarcas 44. En otros casos, los cronistas se contentaron con referirse a las circunstancias históricas que rodearon al desafío, sin relatar el contenido de las cartas. Existen también alusiones al desafío en una carta que envió Fernando de Aragón a todas las ciudades castellanas desde Medina del Campo, el día 5 de agosto de 1475, justo a su regreso de la campaña y tras haber enviado al rey Alfonso el último cartel de batalla que se conoce, fechado el 4 de agosto 45. Se trata de la versión oficial que se transmitió al reino, un nuevo exponente de la propaganda fernandina que el rey y sus partidarios se preocuparon de elaborar a lo largo de todo este proceso sucesorio. Cada uno de todos estos materiales, redactados en distintas fases, tienen su propia finalidad y contenido propagandístico, como discurso escrito en función de los intereses que sustentaban en las fechas en que se copiaron o reelaboraron. Cada uno de ellos, por tanto, reflejan una fase ideológica distinta. En este apartado intentaremos acercarnos al desafío real como hecho propagandístico, dejando, de momento, a un lado el contenido retórico de los carteles. La tarea es
43
Manuscrito n.º 63 del Archivo de la Diputación de Zaragoza. Fueron transcritas por Ángel Sesma en su artículo “Carteles de batalla cruzados entre Alfonso V de Portugal y Fernando V de Castilla (1475)”, Revista portuguesa de historia, 1976, pp. 277-295. 44 En su artículo, Ángel Sesma dice que, entre los cronistas coetáneos, sólo transcribieron los carteles Diego de Valera y Fernando del Pulgar y no lo hizo Alfonso de Palencia que “sólo alude a la existencia de carteles de desafío, sin glosar su contenido” (ibídem, p. 282). Precisamente Palencia, como veremos, es uno de los cronistas que más importancia da al desafío y a los carteles, siendo, además, muy esclarecedoras las observaciones que realiza sobre todo el suceso. Por otra parte, es novedosa la información que aporta otra “crónica” cercana a los hechos, como es la Divina Retribución escrita por el bachiller Palma, obra que transcribe la totalidad de los carteles, los siete, aunque no completos. Así, pues, todas las cartas fueron conocidas en Castilla. En la Biblioteca del monasterio de San Lorenzo de El Escorial se encuentra una copia manuscrita del siglo xvi con algunos de los carteles. 45 Fue transcrita por J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado...”, pp. 116-118; nueva trascripción en A. Moratalla, Documentos..., doc. 49, pp. 93-95. Idéntica carta recibió el día 3 de agosto el concejo de Sevilla, junto con copia de los carteles de desafío que hasta ese momento se habían cruzado los reyes, R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo de los Reyes Católicos del concejo de Sevilla, Sevilla, 19291968, T. I, doc. 26, pp. 48-50.
168
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 169
El fragor de la guerra
complicada, ya que el hecho en sí no puede ser analizado de otro modo sino a partir de los testimonios escritos que lo transmiten, es decir, a partir del discurso, circunstancia condicionante que hemos de tener en cuenta. Una posible vía de acercamiento al hecho propagandístico puede plantearse a partir del análisis de la mencionada carta que envió Fernando de Aragón a las ciudades castellanas (y también a las ciudades de los territorios de la Corona de Aragón). El relato que el rey refiere de los hechos revela su intención de manipular los datos nada favorables, para que resulten aceptables por los destinatarios. El rey comienza recordando cómo, estando en Burgos, recibió la noticia de que el rey Alfonso había entrado en Castilla y, “por el camino vino publicando que me avía de buscar doquiera que estoviese para me dar batalla” 46. La apreciación es importante porque, una vez conocido el desenlace de la campaña y lo infructuoso del desafío cruzado entre los dos reyes, interesa achacar la iniciativa de haber lanzado el reto al rey de Portugal. Las leyes de los rieptos consideraban que el que lanzaba un desafío cargaba con toda la deshonra si finalmente no se celebraba. Algún cronista se hizo eco de estas palabras de Fernando de Aragón y culpabilizó al portugués de un desenlace que le hacía aparecer como un cobarde. El desafío real se trataba, propiamente hablando, de un requerimiento de batalla a ultranza, y Fernando de Aragón pretendía presentarse como “requestado” o acusado 47. En la carta, el rey Fernando cuenta cómo, conocida la entrada del rey Alfonso V, desde Burgos, consiguió llegar a Valladolid y reunir a sus gentes, para hacer frente al rey de Portugal. Entre tanto, recibió la noticia de la entrega de la ciudad de Toro a Alfonso V. En Tordesillas reunió su hueste con la de la reina, que también acudió apresuradamente desde Ávila, y continuó esperando la llegada de algunos grandes. No obstante, a los dos días, sin esperar más, inicia la marcha: “Y venimos a nos juntar con nuestras huestes çerca de la villa de Tordesillas, a donde me ove de detener por dos días atendiendo algunos grandes e otras gentes que no eran llegadas, e como quiera que algunos no llegaron, yo moví de ally´ domingo, que se contaron diez días de julio, y fui a asentar mi real çerca de Herreros” 48. La fecha que da el rey, día 10, puede entenderse como un error (del copista o de la transcripción) 49, o como una manipulación de los hechos, acorde con el ritmo acelerado que imprime a los acontecimientos, consecuencia de la gran determinación en pelear que quería mostrar a las ciudades. Téngase en cuenta que el día 14 de julio, el rey estaba todavía en Tordesillas, pues es la fecha en la que se hacía público su testamento en el convento de Santo Tomás. 46
A. Moratalla, Documentos..., p. 93. El Bachiller Palma glosa los carteles cruzados y, tal y como el propio Gómez Manrique dice en el primer cartel, considera el desafío como una respuesta o “requesta” a la embajada que presentó Ruy de Sousa ante la corte de Valladolid. El cronista recoge, pues, la versión oficial del suceso (Divina retribución..., pp. 36-47). Sobre las condiciones de requeridor y requestado, véase, M. de Riquer, Lletres de Batalla, Barcelona, 1963, vol. 1, pp. 16-19. 48 A. Moratalla, Documentos..., p. 93. 49 Quiza haya que leer “dieciséis”, que sí cayó en domingo, como dice el Cronicón de Valladolid..., 99. 47
169
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 170
Ana Isabel Carrasco Manchado
El rey continúa relatando el asalto a la fortaleza de Herreros: “Y fui a asentar mi real çerca de Herreros, fortaleza que tenía el alcayde de Castronuño, y porque aquélla era una grand cueva de ladrones, mandela conbatir e entrar por fuerça e enforcar los ladrones y derrocar la dicha fortaleza” 50. El rey califica el acto como una operación de castigo y a sus adversarios de “ladrones”. No sería, pues, una operación de guerra, sino una ejecución de la justicia. El cronista anónimo de la Crónica incompleta, traduce el hecho en clave providencial, como prueba del derecho al trono 51. Lo que el rey no cuenta a las ciudades, pero sí refiere este cronista, es que el rey mandó al conde de Salinas combatir esta fortaleza, “por quanto aquellas açeñas avían sey´do de su padre”. Una vez tomado el lugar de Herreros, fue concedido como premio al mismo conde de Salinas 52. A la opinión ciudadana interesa en cambio transmitir la imagen de Fernando de Aragón como rey justiciero. Si hemos de creer a los cronistas, en efecto, la fortaleza de Herreros se asaltó con gran saña, no tanto por la cuestión sucesoria, como a consecuencia del afán de los peones vizcaínos de tomar venganza contra el alcaide de Castronuño y sus gentes, con quienes mantenían pleitos de sangre. El rey decidió ahorcarlos y dejar los cuerpos expuestos públicamente, colgados de las torres, “que jamás las personas que allí estavan vieron tantos ombres juntos enhorcados”, dice el cronista de la Crónica incompleta. Los “peones pobres” contribuyeron al espectáculo del horror, desnudando a los cadáveres: “Aquella noche fueron despojados, en carnes, de peones pobres, y así estovieron muchos días, cosa muy espantable con los calores de ver, que estando en carnes, el infierno o su semejança parecían”. Este castigo ejemplar es un exponente de la violencia simbólica que se transmite a través del cuerpo muerto del enemigo. Continúa el relato del rey a las ciudades, informándoles de que, tras el combate de Herreros, “Otro día fui asentar mi real entre Cubillas e Castronuño con deliberaçión de fazer otro tanto” 53, atacar Castronuño, como había hecho con Herreros. No obstante, ese día llegó al rey la noticia de la toma del alzamiento del alcázar de Zamora por el rey Alfonso y por la reina Juana, por lo que Fernando determinó dirigirse directamente hacia Toro, en donde se hallaba su adversario 54. El cronista anónimo, que afirma haber presenciado la 50
A. Moratalla, Documentos..., p. 93. “En la plática desto [es decir, de la hazaña de Herreros], pasaron aquella noche loando al rey y a lo que de su esçelençia pareçía en los comienços de sus cosas, conosçiendo que esfuerço y justiçia claro más que en otro prínçipe resplandeçian en él”, Crónica incompleta..., p. 223. 52 Privilegio fechado en el real de Herreros otorgando este lugar al conde de Salinas; véase AGS, RGS, 16 de julio de 1475, fol. 519. 53 A. Moratalla, Documentos..., p. 93. 54 “E otro día fui asentar mi real entre Cubillas e Castronuño con delibración de fazer otro tanto [es decir, atacarlo, como había hecho con Herreros] e allí me llegó nueva aquella noche cómo el mariscal Alfonso de Valencia que tenía por nosotros el alcáçar de Çamora con amenaje e juramento que nos avía fecho sobre el cuerpo de sant Alifonso, demás de la fidelidad que nos avía prestado, e con él, el chantre su tío, e Juan de Porras, se avían concertado con el dicho don Alfonso de Portogal para le entregar el alcáçar e ge lo dar por ciertos vasallos e dineros que le dio e prometió, e para lo fazer mejor e porque el pueblo de la 51
170
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 171
El fragor de la guerra
campaña, vuelve a poner de manifiesto hechos que el rey prefiere silenciar ante las ciudades del reino: la dificultad que vieron en combatir las fortalezas de Cubillas o Castronuño. El rey no quería exponerse a una derrota que desanimara a sus tropas: “Las gentes, combatiendo a Cubillas o a Castronuño, donde estavan quatroçientas lanzas y gran peonaje, que podrían reçebir tal daño de muertos y heridos que, aunque se ganase, la gente quedase amedrentada de manera que al muy peligroso combate de Toro no osasen con el denuedo que era menester llegar, y que mejor era dexar las gentes ir así alegres y çevados del combate de Herreros y no los poner en cosas de más temor, sino guardarlos para en lo en que estava puesto su estado y la vida del reyno” 55.
El rey sigue informando a las ciudades de que su decisión fue avanzar hasta Zamora, pues pensaba que contaba con partidarios que le entregarían algunas puertas, pero, tras asegurarse de la incertidumbre de ese ataque, optó por combatir Toro o, mejor: “Así legué acerca de Toro, tanto que a las delanteras de mis batallas alcançavan sus tiros de pólvora, y allí estove la mayor parte del día atendiendo si el dicho don Alfón de Portogal saldría a pelear como lo abía publicado por sus cartas” 56. De nuevo Fernando imprime a su relato una velocidad casi “dramática”, repitiendo una vez más la consigna de que fue el rey de Portugal el iniciador del desafío. Cuenta el rey a las ciudades que llegó a los muros de Toro y esperó la batalla del rey de Portugal, sin embargo, la versión cronística ralentiza los hechos: “Así caminando y a todas las batallas requeriendo, llega çerca de Toro, y allí estovo en consejo de a qual parte se asentaría el real y acordóse de le asentar de la parte de la puente, media legua de la çibdad, porque la ribera de Duero por todas partes se vadeava; y la gente cansada y de hambre y sed fatigada por la largueza del día aver armados y sin se apear caminando, deseavan el reposo, y aunque algunos dezían que a aquella hora que llegavan devieran de combatir, el ser ya tarde y el cansançio de las gentes lo escusó aquel día, y así fue el real asentado” 57. dicha cibdad que estava muy aficionado al servicio de nosotros, no toviese cabeça con quien se juntar, e por fazer los dichos mariscal e Juan de Porras más conplida maldad, conbidaron a comer a Juan de Torres, mi corregidor, e lo prendieron e así mesmo sope que para apoderar la cibdad avía ido de Toro gran copia de gente de portogueses de cavallo e de pie. E porque junto con esto fui certificado que algunas puertas de la cibdad se tenían por mí, moví luego la vía de Toro con intinción de pasar a la dicha cibdad de Çamora e así legué acerca de Toro, tanto que a las delanteras de mis batallas alcançavan sus tiros de pólvora” (ibídem, p. 93-94). 55 Crónica incompleta..., p. 224. 56 A. Moratalla, Documentos..., p. 94. 57 Crónica incompleta..., p. 231.
171
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 172
Ana Isabel Carrasco Manchado
Así pues, el rey no se dispuso a combatir de inmediato, como quiere dar a entender en su carta a las ciudades. Por mucha decisión que quisiera mostrar, las dificultades de mover tan numerosa hueste le obligan a dejarlo para otro día, pero estas particularidades no interesa que sean divulgadas, cuando lo que se quiere es difundir una idea clara: su marcha decidida a Toro y la incitación inmediata a la batalla 58. La imagen contrapuesta a ésta es que Alfonso rehusaba luchar y permanecía tras los muros de Toro, haciendo esperar inútilmente a Fernando, señal clara de cobardía por su parte 59. Esta es la narración del rey Fernando: “Asenté mi real a un quarto de legua de la cibdad e allí estove cinco días requiriendo al dicho don Alfonso de Portogal, que cunpliendo lo que avía publicado, saliese a la batalla. Desque vi que este refusava e se escusava de salir, yo con el amor que a mis naturales tengo e con el deseo de atajar los males que de las guerras se siguen, acordé de le enbiar y enbié a requerir con Gómez Manrique, del mi consejo, de batalla de mi real persona a la suya, y durante este tienpo yo mandé ver e reconoçer el atajo de los palenques y canas que tenía fecho para que el dicho alcáçar no reçibiese socorro” 60.
Este párrafo es clave para entender la estrategia del desafío. El rey Fernando exagera el tiempo de espera intencionadamente: durante cinco días increpa al rey de Portugal, incitándole a cumplir sus promesas de dar la batalla. Al término de esos cinco días, decide enviar como mensajero a Gómez Manrique con el primer cartel, que lleva fecha de 21 de julio. Si la hueste había salido de Tordesillas el día 15 ó 16 y el lugar de Herreros fue tomado el día 16 (tras lo cual, la hueste se detuvo al menos un día entre Cubillas y Castronuño), Fernando no pudo haber permanecido cinco días completos delante de las murallas de Toro antes de enviar a Gómez Manrique. Es evidente que el rey manipula las fechas en su carta. La razón de la espera también es ocultada por el rey, ya que no se debía a la cobardía del portugués, sino a las dificultades para atacar la ciudad. La gente del común, que deseaba entrar en combate cuanto antes, sabía perfectamente que no era necesario esperar la salida de los portugueses, pues de lo que se trataba era de tomar al asalto la ciudad. Esta espera produce gran desasosiego entre las tropas, según el cronista: 58
Alfonso de Palencia contradice también esta determinación de Fernando en varios pasajes: “Dícese que la opinión de los presentes fue unánime y que el almirante tío del rey, la robusteció más y más manifestando que pasados algunos días, el pretexto de las soldadas ya consumidas, ya por la penuria de dinero, ya por la escasez de aprovisionamientos, podría aconsejar la separación, aunque entretanto debía aparentarse gran resolución de marchar y de venir a las manos con el enemigo, para que no se conociese lo fingido de aquel afán en tan gran campaña”,Crónica..., Década III, L. III, C. II, p. 207. 59 El Cronicón de Valladolid recogió la versión oficial de la carta de Fernando: “1475, Julio, 20. Partió otro día jueves dende el rey para Toro y estovo todo el día en el campo cerca de Toro casi media legua, esperando si saldría el rey de Portugal a dar la batalla; e quando no salió, fue a sentar real ende a par del río en una ribera, que se llama Muros”, Cronicón..., p. 100. 60 A. Moratalla, Documentos..., p. 94.
172
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 173
El fragor de la guerra
“Como era gran parte del dia pasada y en el real no avía movimiento para ir a combatir las estanças, las gentes del rey se maravillavan quál causa aquello de hazer escusase (...). Y así los hidalgos y otras gentes comunes andavan a unas partes y a otras quexando de todos los mayores, sin que temor nin verguença les empachase, y asi pasavan este día, como era el primero, con esperança que el segundo se daría el combate, y seyendo ya dos días que el real sobre Toro fue asentado, de ir a combatir non se les dava liçençia. En este comedio, todo lo más del tiempo el rey y los grandes estavan en consejo en estrecho cuydado, sobre si devían combatir o si non” 61.
El rey Fernando continúa en su carta el relato de la situación, enfrentándose ahora a la parte más delicada, la constatación del fracaso de la operación. Los enviados a reconocer el terreno, “personas sabias en las tales cosas” trajeron tan malas noticias que: “paresçió ynposible forçar el dicho atajo, y como yo viese que ni avía esperança de batalla, ni de gentes e gentes, ni de mi persona a la suya, e porque el dicho don Alfón de Portogal rehusara lo uno y lo otro, ni menos se podía socorrer la dicha fortaleza (...), y como yo no tenía dada orden a las provisiones, pensando pasar a Çamora, y en las espaldas estaban las guarniçiones contrarias, sobrevino tan grande hanbre en la hueste que por dos días, las más de la gente no comió pan, e por esta cabsa ove de levantar el real y bolverme çerca de Tordesyllas” 62.
Es la parte menos propagandística de la carta, pero téngase en cuenta que las ciudades recibieron este relato junto con el conjunto de los carteles cruzados entre ambos monarcas, lo cual hacía recaer la responsabilidad en el portugués y en su cobardía. La versión del cronista resulta más dramática todavía, revelando además la intención del rey de ocultar a las ciudades todo lo relativo al origen del desafío real. Cuenta el cronista que, tras haber constatado el conde de Treviño y otro caballero aragonés, que el asalto resultaba imposible de realizar: “Veyendo el rey que ya el combatir non llevaba remedio, quedó con silençio un grand espaçio con un triste pensamiento y en non saber cómo a su honra, de aquello a que era venido, se delibrase, estava muy cuydoso y lleno de grand congoxa y no se pudo sofrir de volver sin poner arrisco su persona, y pues que en el combate non se le dava lugar nin consejo para lo hazer, acordó de imbiar a desafiar a don Alonso, rey que se 61 62
Crónica incompleta..., pp. 232-233. A. Moratalla, Documentos..., p. 94.
173
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 174
Ana Isabel Carrasco Manchado
llamava de Castilla y imbió un su rey de armas para que pidiese seguro para ir con la embajada un Gómez Manrique, su pariente y prinçipal cavallero de su casa” 63.
La versión de este cronista invierte por completo el relato de los hechos contados por Fernando de Aragón. En el orden de exposición que sigue Fernando en su carta a las ciudades vemos cómo sitúa en primer lugar la espera infructuosa de la salida del rey portugués (durante cinco días); después el envío del requerimiento con Gómez Manrique y, en tercer lugar, la inspección de las posiciones portuguesas por si había alguna posibilidad de atacar la fortaleza. En la Crónica incompleta vemos cómo la idea de desafiar al rey de Portugal surge tras haber inspeccionado las posiciones y haber comprobado la imposibilidad de asaltar la ciudad, como el único medio con el que Fernando contaba para evitar la vergüenza de la retirada, y el consiguiente menoscabo de su imagen pública. Sin embargo, la visión del autor de la incompleta, aunque evidencia la debilidad de Fernando, resulta todavía más favorecedora que la que recogió Alfonso de Palencia en las Décadas, y que nos parece más acertada para comprender la estrategia del desafío. Alfonso de Palencia reconoce que, una vez conocida la noticia del paso de Zamora al poder de los partidarios del rey portugués, Fernando comprendió que la campaña estaba condenada al fracaso (“Nada tan contrario a sus planes podía ocurrirle como la defección de Zamora”). Palencia se hace eco de todas las dificultades y refleja en varios pasajes la angustia del rey Fernando, llegando a poner de manifiesto cómo el desafío fue una estrategia compleja para salvar el honor del rey, obligado a retirarse, estrategia apoyada también en la difusión de rumores que insistían además en la cobardía del rey Alfonso: “Había llegado el rey D. Fernando con numerosas fuerzas de infantes y caballos a la vista de los soberbios portugueses el 19 de julio, y como fuese conocida la defección de Zamora y se temiese la falta de mantenimiento, viose claramente que, según el deseo de los grandes castellanos, el enemigo rehuía, no sólo la batalla, sino hasta las escaramuzas, de lo que esperaba una segura victoria. El fracaso del regreso del ejército hacía temer numerosos daños para el rey don Fernando, al paso que las grandes riquezas del portugués y la abundancia de víveres de que disponía permitían esperar un acrecentamiento, cada día más considerable, de su poderío, pues contaba con provisiones bastantes para alimentar todas las tropas sacadas de Portugal. Esto decidió a los castellanos a procurarse algún favor para su causa, por lo menos a ganarse las simpatías de los pueblos, haciendo llegar a noticia de todos la cobardía del portugués, 63
Crónica incompleta..., p. 234. El cronista se disponía, en este punto, a trascribir los carteles de batalla, pero en la copia que se conserva no fueron recogidos.
174
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 175
El fragor de la guerra
que, habiendo prometido antes no descansar hasta poner en fuga o destruir al rey don Fernando, le había temido al verle presente; se había resguardado con todo su ejército tras los muros de Toro; había violado vergonzosamente las obligaciones impuestas por la orden de la Jarretiera y abandonado por excesivo temor todas aquellas arrogancias de que alardeaba. Y esta ignominia del enemigo aún sería más grave si llegaba a rehusar el combate singular a que se le provocara, porque luego se cohonestaría la retirada de don Fernando con pretexto de apoyo, por no ser posible, a causa de la penuria de mantenimiento, tener largo tiempo en jaque al enemigo, ni socorrer a la guarnición del castillo, por interponerse las defensas de estacadas y trincheras. Quedó, pues, encargado de notificar el desafío al rey de Portugal Gómez Manrique” 64.
El desafío parece haberse planteado justo al llegar ante los muros de Toro, y es como si Fernando se hubiera dirigido a Toro exclusivamente a presentar un combate ideológico y un debate de argumentos al rey de Portugal, en vista de la imposibilidad de luchar con las armas. Toda la campaña se concibe, por tanto, como una operación de propaganda de la cual, el episodio del desafío, es una parte más 65. La reunión de ese inmenso ejército, aparentemente poderoso, pero mal organizado, es en sí propagandística. Fernando hace ostentación de sus tropas y del gran poder de convocatoria que ha conseguido, quiere exhibirse como poderoso y mostrar que tiene el apoyo suficiente de los grandes para gobernar, puesto que forman parte de su hueste. El desafío le da, asimismo, la oportunidad de hacer explícita una exposición ordenada de sus derechos al trono y de refutar los argumentos del rey Alfonso. En el caso de que el portugués lo aceptase y consiguiera vencerle, se presentaría como un duelo judicial, pudiendo jugar la baza de la prueba divina de la victoria, el juicio de Dios que legitimaría de un modo determinante su posición como verdadero rey de Castilla. Al mismo tiempo, y tal y como él mismo expone en su carta a las ciudades, la batalla personal le proporciona el medio ideal para dar a sus súbditos castellanos la imagen de rey que es capaz de sacrificar su persona por amor a sus naturales, evitando así la crueldad de una guerra intestina. Pero ya el rey Fernando sabía que la batalla a ultranza no se celebraría: no, al menos, mientras permanecieran en el real, puesto que cualquier desafío en regla siempre originaba una serie de casi interminables gestiones para negociar las condiciones de seguridad. Fue, por tanto, una campaña de dilación 66. 64
A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. III, C. V, p. 211-212. Sobre la disparidad de fechas que aparecen en las crónicas y en la carta del rey, al referirse a esta campaña, véase A.I. Carrasco Manchado, Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos, Madrid, 2003, pp. 322-334. 65 “El mejor medio de ocultar la deshonra del regreso les parecía el propuesto por el angustiado D. Fernando, de provocar a singular combate al rey don Alfonso, a quien se esforzó por excitar al decisivo trance empleando varios recursos de que luego daré cuenta”, A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. III, C. V, p. 211. 66 Jaime Vicens Vives percibió esta campaña como: “una pantalla de efecto para cubrir la mala postura en
175
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 176
Ana Isabel Carrasco Manchado
2.2. “Enviaste vuestros carteles al Reino de Portugal”: otros rieptos y desafíos El requerimiento que lanzó Fernando de Aragón a Alfonso de Portugal no fue un hecho aislado en aquel proceso, de ahí su fuerza. El siglo xv vive un resurgimiento de la caballería, de ahí que pervivan estos ritos arraigados en la nobleza. Los nobles consideraban los rieptos como un privilegio de clase y, de hecho, era una de las pocas vías privilegiadas que les quedaba para dirimir sus pleitos en un momento en el que los reyes tienden a monopolizar todos los recursos jurídicos. Cuando se ha instalado el recurso al derecho y a las leyes, no tiene ya sentido acudir a la fuerza o a la suerte de las armas para demostrar la verdad 67. Pero es tal la fuerza simbólica del duelo judicial, alimentada constantemente por las novelas de caballería, que la nobleza no renunciará, al menos, a intentar el duelo, aunque se traduzcan en largos procesos difícilmente realizables, en muchos casos. Los duelos judiciales o desafíos proporcionaban, en todos los casos, una oportunidad para que la nobleza canalizara su propia propaganda. Los carteles de desafío se hacían públicos por calles, plazas y lugares concurridos. Se leían en la corte. Se fijaban en las puertas de las iglesias 68. Todos los caballeros y la gente del pueblo que acudían a contemplar el duelo, como si de un gran espectáculo se tratara, estaban pendientes de las lentas gestiones que determinaban el proceso. Los reyes, preocupados por marcar su preeminencia en todos los órdenes de la vida, terminan regulando también la celebración de los rieptos y desafíos. Ya el Fuero Real establecía que era el rey quien debía fijar el día y poner la plaza para el combate, y Las Partidas que sólo podía celebrarse el riepto ante el rey y corte 69. En el siglo xv, aunque esto no se cumpliera en sentido estricto, era el rey, como cabeza de la caballería, quien autorizaba la realización de la batalla. El efecto probatorio que se esperaba conseguir con la realización del duelo judicial estaba sancionado por la divinidad. La verdad, que no era más que la verdad del más fuerte, se hacía equivaler a la verdad dictada por el juicio de que se había situado el ejército fernandino: ni podía acometer Toro, adueñándose del puente de Duero, ni sitiar formalmente la ciudad”, Historia crítica..., p. 419. 67 Michel Foucault ha investigado la relación entre justicia y los diferentes métodos de demostración de la verdad en un proceso, a lo largo de la historia. La forma de demostración de la verdad que revela el duelo es el método de la prueba. No se trata de investigar la verdad, sino de basar la razón en la fuerza, en el poder de una de las partes para decantar de su lado la suerte que se pone en juego en una prueba. Esta idea funda el derecho feudal de origen germánico. Véase su obra La verdad y las formas jurídicas, Barcelona, 1980, pp. 63-88. 68 Véase la introducción de Martín de Riquer a la recopilación de Lletres de batalla..., I, pp. 30 y 120. 69 Fuero Real, Lib. IV, Título XXI, Ley VIII y Partida VII, Título III, Ley II: “E devese facer el riepto ante el rey e corte, e non ante rico home, nin merino, nin otro oficial del reyno, porque otro ninguno non ha poder de dar al fidalgo por traydor nin por alevoso, nin quitarlo del riepto, si non el rey tan solamente por el señorío que ha sobre todos”, citado por Enrique Leguina, Torneos, jineta, rieptos y desafíos, Madrid, 1904. Un panorama más completo de la legislación en M. Torres, “Naturaleza jurídicopenal y procesal del desafío y riepto en León y Castilla en la Edad Media”, Anuario de Historia del Derecho Español, 10 (1933), pp. 161-174.
176
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 177
El fragor de la guerra
Dios, oculto pero hecho explícito por las armas en el curso del combate o del debate dialéctico (en el caso de que uno de los dos abandonara el desafío y no llegara a enfrentarse). Resulta sorprendente que en una época en la que hacía varios siglos que se habían abandonado las ordalías y juicios de Dios, en la mentalidad de la época esta creencia todavía tuviera algún sentido. De hecho, los principales detractores de este tipo de batallas caballerescas son los moralistas eclesiásticos 70. Sin embargo, a los miembros de la alta nobleza y a los reyes mismos, cuando les interese especialmente como apoyo a sus objetivos políticos, apelarán al juicio divino de las armas. El siglo xv es una época de rearme sacralizador. El mantenimiento de esta práctica anacrónica es un indicador de esta idea 71. Fernando planteó una batalla judicial a ultranza como un medio de manifestación del “juicio de Dios oculto” en torno a la sucesión. En cierto modo, conscientemente va en contra de la vía jurídica, pero no está de más recurrir a todos los medios posibles para legitimar su posesión del trono. Como recurso propagandístico podría surtir ciertos efectos sobre la opinión pública, sobre todo si se consigue la debida divulgación de esta idea y la imitación de la práctica. Antes, incluso, de que se llevara a cabo su propio desafío dialéctico con el rey Alfonso de Portugal, los partidarios del derecho a la sucesión de Isabel y Fernando fomentaron la realización de batallas judiciales, desafiando a caballeros portugueses o a castellanos que siguieran el bando de Portugal. Es el caso del caballero abulense Rodrigo Cortés que en mayo de 1475 recibe la villa de Almeida, en Portugal, como premio a su iniciativa de haber lanzado carteles de desafío por ese reino, caso que ya hemos analizado desde el punto de vista retórico. A este requerimiento contestó un caballero, Luis Blandón quien, tras haber conseguido fijar el campo para el combate, termina demorando la batalla hasta que, finalmente, abandona la lucha. Fernando agradece el servicio y extrae la consecuencia deseada, la prueba divina de su derecho al trono: “En lo qual paresçe Nuestro Señor querer mostrar la verdad e vuestra buena demanda, e la razón e derecho que yo a estos dichos mis regnos tengo” 72. 70
Véanse, a este respecto, las críticas del propio confesor de los reyes, Hernando de Talavera, al desafío (regulado por el rey Fernando) que enfrentaba a los catalanes Margarit y Semenat, unos dos años después de los hechos que estamos comentando, BNE, ms. 1104, fol. 58-59v. 71 En el siglo xvi las críticas vendrán también de la alta nobleza comprometida con las cuestiones de gobierno del reino. En el siglo xvi el duque del Infantado escribía al emperador su parecer sobre el desafío que este mantenía con Francisco I. En su carta, aunque no rechaza la idea de que el juicio de Dios se manifieste en ocasiones mediante las armas, los duelos deben ser descartados siempre que exista la mínima posibilidad de acudir al derecho: “Este debate es claro y descubierto que qualquier buen juicio lo averiguará y la averiguación dello no es juridisçión de las armas que en lo que las armas tiene juridisçión es en las cossas oscuras y encubiertas que no se pueden justamente declarar y estas tales son del juicio de las armas porque allí Dios, que es el verdadero juez, aclara y descubre la verdad dando la victoria al que la trae, pero, donde hay palabras y escrituras por donde se puede muy bien averiguar y juzgar, no me paresce que justamente aya lugar de benir a las manos”. Advierte, además, del peligro público que puede engendrar el ejemplo del emperador: “Si esto así pasase haría ley vuestra majestad en vuestros reynos que todas las deudas conocidas passasen por rigor de las armas, lo qual será sacrificación de sangre más que ley de misericordia ni de justicia”, BNE, ms. 1104, fols. 4v-5r. 72 A. de la Torre y L. Suárez, Documentos..., p. 45.
177
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 178
Ana Isabel Carrasco Manchado
Otros testimonios encontrados en las crónicas nos hacen pensar que éste no fue un hecho aislado. Estos actos caballerescos, en el caso de resultar exitosos o de presentarse como tales, sirven de apoyo a la legitimidad sucesoria fundada en la sanción religiosa. La propaganda de esta “victoria” anticipada, avalada por el juicio divino, debería servir para ganar más adeptos y convencidos a la causa de Fernando de Aragón. Alfonso de Palencia narra un episodio de desafío al comienzo de la guerra que él califica como “augurio” de lo que sucederá después. Con este desafío se trata de probar la superioridad militar de los castellanos. Cuatro portugueses se hallaban cenando una noche con Pedro de Baeza, el alcaide de la fortaleza de Trujillo, fiel servidor del marqués de Villena. Durante la cena, alabaron la superioridad guerrera de los portugueses. Unos castellanos que estuvieron presentes salieron después a su encuentro para probar con la fuerza de las armas que lo dicho por ellos no tenía sentido: “No les permitirían el paso hasta que las armas decidiesen si el valor portugués había superado siempre al de sus vecinos, y que se diesen por notificados del desafío, porque allí habían de medirse los dichos con los hechos. Los provocados no admitieron el reto, diciendo que no querían combatir contra hombres a quienes jamás se les había ocurrido aborrecer. Contestaron los nuestros que bastante motivo de odio sería para unos y otros contendientes la gloria que unos tratarían de conservar y otros de adquirir. Ante la resuelta actitud de los españoles, los contrarios, igualmente ágiles y con iguales caballos, empezaron el combate; pero al primer encuentro cayeron muertos dos de ellos; y los otros se entregaron a discreción y fueron llevados al mismo sitio donde habían proferido tantas bravatas. La influencia que este parcial encuentro ejerció en otros más importantes después ocurridos sería difícil de explicar” 73.
Otro desafío es narrado por Diego de Valera. Tiene lugar durante la campaña contra la fortaleza de Zamora. En este caso, el desafío surge como respuesta a las injurias lanzadas contra el honor de la pareja castellano-aragonesa por un caballero castellano que combatía a favor de Alfonso V, Fernán Bermúdez. Francisco Gudiel se erige en defensor del honor de Isabel y Fernando y acusa a Bermúdez de traidor. Valera declara que se cruzaron diversos carteles de desafío entre ellos. Francisco Gudiel pidió licencia al rey Fernando para llevar a cabo el desafío y jueces para asegurar el campo. Para este cometido fue elegido el duque de Alba, caballero famoso, como tuvo la oportunidad de demostrar durante las recientes justas vallisoletanas de abril de 1475. Francisco Gudiel envió un heraldo al real portugués, donde se encontraba Fernán Bermúdez. El heraldo fue recibido con
73
A. de Palencia,Crónica..., Década III, L. II, C. II, p. 185.
178
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 179
El fragor de la guerra
la inmunidad que correspondía y leyó su cartel ante el rey Alfonso y todos los cortesanos que se hallaban presentes. Fernán Bermúdez contestó al desafío enviando como heraldo a un trompeta del arzobispo de Toledo. Finalmente, fue elegido el campo: un terreno cercano a Zamora, significativamente llamado De la Verdad, donde tuvo lugar otro famoso riepto. Llegado el día del combate, Fernán Bermúdez no se presentó, con lo cual se dio por vencedor a Francisco Gudiel que, con las ceremonias acostumbradas a los vencedores, llegó a palacio para ser honrado por el rey. Fernando mostró su clemencia regia no declarando traidor al derrotado 74. De este episodio hemos de destacar cómo el desafío puede servir para contrarrestar la propaganda del enemigo. El reto se presenta como refuerzo probatorio a una acusación de mentira lanzada contra las injurias que iban encaminadas a desprestigiar y dañar la imagen de Fernando e Isabel. Los carteles que se divulgan en el seno de las dos cortes regias sirven de soporte a la lucha dialéctica. El desenlace final se interpreta como un triunfo propagandístico. Este último ejemplo confirma el papel decisivo del rey en el desarrollo y en el desenlace de los desafíos. El rey se convierte en administrador de la propaganda que puede proyectar un desafío. Es él quien decide si la celebración de un desafío conviene o no a sus objetivos. El autor de la Crónica incompleta alude a un desafío que no llegó a celebrarse a causa de la oposición regia. En el origen de este reto está el asesinato de Juan de Acuña, duque de Valencia de don Juan, a manos de Juan de Robles, que era su cuñado, casado con la hermana del duque. Juan de Acuña era uno de los nobles más poderosos que militaban en el partido de Alfonso y Juana, en las tierras de León. Aprovechando la confianza que Juan de Robles tenía para entrar en la fortaleza de su villa de Valencia, prendió al duque, que, en la refriega, acabó lanzado por una ventana de la fortaleza 75. Al parecer, el propio rey Fernando estaba detrás de esta muerte poco honrosa que se hizo pasar por accidente. El duque de Valencia de don Juan era yerno del conde de Alba de Liste. Partidarios de uno y otro linaje se lanzaron carteles de desafío para probar la verdad del suceso. Pero, tal y como el cronista manifiesta, “el rey non dio liçençia para que el trançe veniese a efecto” 76. Era un suceso demasiado turbio como para airearlo 77. Juan de Robles había sido uno de los justadores en Valladolid. Este servicio, unido a otros que 74
D. de Valera, Crónica de los Reyes Católicos..., pp. 76-77. Gonzalo Fernández de Oviedo, que conoció a Juan de Robles, cuenta que se rumoreaba que “estando un día los dos en la fortaleza de la misma Valençia de don Juan, solos, entraron en una cámara de armas e entre las que allí avía estava una porra, e tomóla en la mano Johán de Robles, según se dixo, loándola de hermosa e linda pieça. E de presto diole tal porrada en la cabeça que le despachó, e le echó luego atordido de unas barandas o ventanas abaxo. E el salto fue tal que luego murió”, G. Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas..., p. 296. 76 Crónica incompleta..., p. 206. 77 El suceso nunca fue olvidado y Juan de Robles “nunca andava menos de ocho o más de cavallo e con sus lanças e coraças e otras armas defensivas e ofensivas”. Así lo vio Gonzalo Fernández de Oviedo en Medina del Campo, en 1494, Batallas y quinquagenas..., p. 296. 75
179
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 180
Ana Isabel Carrasco Manchado
prestó, le valieron la concesión de una merced 78 y otros oficios de confianza durante toda su vida, como el corregimiento de Jerez de la Frontera. Durante la lucha sucesoria, los duelos judiciales serán utilizados como un recurso propagandístico más, según la ocasión y el objetivo al que sirvan. Pero, los reyes serán conscientes del peligro que un nuevo arraigo de esta violenta costumbre caballeresca podría significar para el fortalecimiento de su propio poder. En los primeros años constituyó un aliciente para que la nobleza se implicara militarmente con su causa. Después de la victoria, en 1479, ya no interesaba fomentar una práctica que debilitaba las prerrogativas regias en materia de justicia. La decisión tomada en las cortes de 1480 de prohibir los desafíos contrasta con este interés de los primeros años y confirma la intencionalidad propagandística que tuvo su desarrollo durante el conflicto sucesorio 79. 2.3. “Cosa tan grande y espantosa y maravillosa de mirar”: la hueste real como propaganda del poderío militar El desafío regio y los otros desafíos que hemos mencionado se encuadran en una estrategia general de representación de la guerra, en la que se integra el desafío caballeresco como estrategia particular. Si Fernando contaba con tener que retirarse, sabía muy bien que su fama, su imagen de defensor y de rey guerrero, correría peligro. Aquí entra en juego la difusión concreta del episodio del desafío que por diversos medios fue transmitida: las diversas cartas que parten de la cancillería fernandina los días siguientes al episodio, las copias de los carteles que se difundieron, y los relatos que comienzan a elaborar los cronistas no mucho después. El desafío regio como hecho propagandístico dio paso al desafío como discurso, traducido en términos de discurso caballeresco o discurso del honor. En el propio real se inició la labor de “lavado de imagen” del propio rey. Si Fernando reconoce en su carta ciertos problemas, tales como el hambre que acometió a la mayoría de la hueste (recuérdese que el cronista de la incompleta habla de “peones pobres”, lo cual sugiere las grandes expectativas de mejorar su fortuna que tendría buena parte de la tropa), eso es porque las dificultades debieron ser mucho mayores que lo que dejan entrever los textos. La “gente de los comunes de pie e de cavallo” iniciaron un alboroto, a causa de la subida del pan y porque no se resignaban a abandonar el proyecto de batalla. Para apaciguar el tumulto 78
Merced de 60.000 mrs. que fue concedida por privilegio de la reina el 12 de septiembre de 1478. En este privilegio se dice expresamente que la merced es concedida “especialmente porque por su mandado prendió al duque de Valencia”, citado por C. Fernández Duro, Memorias históricas de la ciudad de Zamora, su provincia y obispado, Madrid, 1882, p. 98. 79 La promulgación de esta ley podría significar que los reyes renuncian en el futuro a hacer un nuevo uso de la propaganda de los duelos judiciales, pero no ocurrió así. Siempre existe para los reyes la posibilidad de recurrir a su poderío absoluto para situar su voluntad por encima de sus propias decisiones. El propio Fernando el Católico presidió un combate en 1516 entre Francisco Crespí de Valdaura y Jerónimo de Híjar y, años después, tampoco habría podido celebrarse el famosísimo debate entre Francisco I y Carlos V, de haber querido cumplir las leyes éste último. La ley pretendía, sobre todo, cerrar aún más la puerta a la nobleza, que se encontraría así disuadida de iniciar procesos de esta naturaleza.
180
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 181
El fragor de la guerra
que estalló en el real entre los castellanos (“e de tal manera yva creçiendo el escándalo, que toda la hueste estovo en punto de se perder”, dice Pulgar), Fernando tuvo que emplear sus dotes de persuasión, explicándoles a los “prinçipales de aquellos comunes las causas que le movían alçar el real” 80. Hay aquí una conciencia de la necesidad de ganarse el favor de la opinión pública. El propio rey Alfonso hizo uso del episodio del desafío con el mismo fin, el de desprestigiar a su rival tachándole de cobarde 81. Dicha necesidad se reveló más aún al poco tiempo, si consideramos el comentario de un cronista sevillano que escribe mucho después: “bajó fama a Andalucía de que había sido la retirada no muy decorosa” 82. En Aragón, la propaganda surtió mejor efecto, debido, probablemente, a la mayor lejanía. Los diputados y grandes aragoneses se dieron por satisfechos del estado de la guerra en Castilla: “Los diputados de aqueste regno e muchos grandes de aquél, han visto el processo por su magestat fecho de los carteles de batalla que van entre su magestat e el rey de Portugal, de lo qual todos son stados consolados, visto quanto por la part de su alteza van con la orden e ánimo que de su magestat se espera, demonstrando la buena iusticia que su alteza tiene, de lo qual no solamente en aquestos regnos suyos, mas en todos los regnos e provincias del mundo, se faze e fara mención de la prudencia e animosidat de su magestat, de lo qual su excellencia reporta grant gloria e honor e stimación” 83.
Los otros elementos simbólicos y propagandísticos que perfilaron esta campaña como una representación de la guerra, más que como guerra propiamente dicha, son de carácter visual y auditivo. La imagen de la hueste y de los caudillos que acudieron a la llamada de Fernando y de Isabel proporciona múltiples elementos de este tipo. Algún historiador la ha calificado como “el último gran ejército medieval que vio Castilla” 84. Los nobles acudieron al combate ricamente vestidos, cabalgando caballos emparamentados. El lujo desplegado hace pensar más en una justa o en un torneo que en una batalla y, ciertamente, las descripciones de los caudillos no se alejan de las de los mismos nobles que habían acudido a la justa de Valladolid, como la del señor de Coca y Alaejos, que era “la más rica que ninguna lança fue en toda la hueste, de muchos joyeles y perlas y 80
Fernando del Pulgar, Crónica..., t. I, pp. 141-142. Fernando reconoce en su carta que “para robar las comarcas ove de derramar toda la gente de pie y buena parte de la de cavallo”, A. Moratalla, Documentos..., p. 94. 81 C. Fernández Duro, Memorias históricas..., pp. 72-73. 82 D. Ortiz de Zúñiga, Anales eclesiásticos..., III, p. 77. No en balde Fernando había enviado carta a Sevilla, adjuntando los carteles. 83 Archivo de la Diputación de Zaragoza, Actos 1475, ms. 63, fols 37v-38, citado por A. Sesma, “Carteles de batalla...”. Un tercer destinatario, según este autor, es el monarca francés, aliado del portugués y enemigo del rey aragonés, ibídem, p. 282. 84 J. Vicens Vives, Historia crítica..., p. 415.
181
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 182
Ana Isabel Carrasco Manchado
pedrería toda la capa italiana que él tray´a, y uno de los cavallos do su paje venía y uno de los de su persona, de los más ricos paramentos que sobre cavallo allí venieron” 85. Las huestes ciudadanas habían acudido, como correspondía, con sus señas y pendones ciudadanos y la hueste de Isabel se aglutinaba en torno a su divisa, el manojo de flechas 86. Pero sin duda, las más impresionantes fueron las huestes de los nobles que competían entre sí en lujo y riqueza. Todas ellas tenían gran cantidad de hombres, muchos de los cuales no servían para combatir. Su papel era enteramente propagandístico: los pajes que llevaban los caballos ricamente “encubertados” por la brida, ministriles y músicos de todo tipo y hasta truhanes, que alentaban a los combatientes gritando el apellido al que se acogía cada caudillo. Los trajes y las telas de las tiendas eran lujosísimas, mayoritariamente de seda. Como en las justas de Valladolid, también en la guerra se lucían invenciones. La descripción del conde de Benavente resulta especialmente plástica: “Los caballos de su persona, sin los que venían, de paramentos de brocado y de otras costosas invenciones; entre aquéllas sacó unas cobiertas, sobre un carmisí unas puntas de plata esmaltadas de blanco y prieto, como puas de puercoespín, y el cavallo poderoso, encubertado de tales cubiertas muy espesas y largas las puas, pareçía un muy fiero animal, y fue la invençión más luzida y temerosa que ningund grande sacó, y aunque el peso de la plata y hechura fuese costosa, aquello non se mirava, sino el estraño pareçer; y aquel cavallo no se osavan los otros llegar en la batalla, que él solo, suelto, heziera grand estroço entre mucha gente, quanto más con un tal cavallero como el conde”87.
Los caballos de combate se transforman en animales monstruosos con una intención clara de atemorizar, como éste del conde de Benavente, o como el caballo con el que el propio Fernando pensaba presentarse ante su adversario. Se trataría, probablemente, del caballo que un par de meses antes había pedido a su padre, un caballo inquieto y peligroso llamado La Perla 88: “El rey sacó çiertos cavallos çiçilianos soberanamente [guarnecidos] de atavíos costosos, y en el que esperava pelear su persona tray´a una daga desnuda en la fruente, puesta sobre la testera, y la empuñadura de rica pedrería guarneçida. El cavallo era muy grande y brioso, y la riqueza de
85
Crónica incompleta..., p. 213. Ibídem, p. 214. 87 Ibídem, p. 226. 88 RAH, ms. A-7, fol. 166r, carta original del príncipe Fernando de Aragón a su padre, pidiéndole que le enviase el caballo La Perla, porque era muy inquieto y peligroso, y podría poner en riesgo la integridad física del rey de Aragón (fechada en Valladolid, 29 de mayo de 1475). 86
182
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 183
El fragor de la guerra
los paños de oro tirante le hazían más poderoso con la desnuda daga. El cavallo sin señor, con un pequeño paje, pareçía que solo desbaratara una batalla” 89.
Ciertamente, esta forma de acudir a la batalla podría resultar poco operativa a la hora de combatir. Pero tal cuadro no era nada inusual en el siglo xv, llegando a suscitar las críticas de algún teórico 90. En la práctica constituye un ejemplo de intento de resolución de los conflictos empleando el capital simbólico: un conflicto bélico que se expresa en términos de ritualización de la violencia, de representación de la guerra. Con el lujo y la apariencia “espantable” de la hueste se pretende impresionar al enemigo. La música y otros recursos visuales también contribuían a infundir temor 91. En la hueste tocaban diversos instrumentos: “Trompetas bastardas y italianas, y tasliças y cherimías y clarones, atabales, atambores, tamburiles”, y cada tipo de instrumento identificaba a un elemento de la hueste: “Las batallas de los ombres de armas, las trompetas bastardas y atabales con diversos instrumentos; y con los ginetes, trompetas italianas, y con el peonaje, atambores y tamboriles” 92. Se recurrió, incluso, a un procedimiento original que consistía en revestirse sobre las cotas de armas camisas blancas: “Aquella noche fue pregonado que todas las gentes llevasen sobre las armas, así cavalleros como peones, camisas blancas”. Los efectos que se derivaban del empleo de este procedimiento eran de carácter emocional (aglutinar y cohesionar a la hueste) y visual, pues de este modo la hueste aparecía multiplicada a los ojos del enemigo: “Y con aquella blanca librea, paresçían los campos, con tales flores, estrañamente bellos, que los peones, de lexos, pareçían batallas de ombres de armas. ¿Quién escrivirá quánto doblaba y luzida pareçía la gente?” 93. Si la propia hueste se había formado con una intención propagandística, el desafío regio se incardinaba en este cuadro. Según hemos visto, la propaganda del desafío debía surtir efecto, en primer lugar, en el propio real de Fernando. El grueso de la hueste se formó con los efectivos que proporcionaron los grandes del partido de Isabel y de Fernando, pero algunos de estos grandes se habían reconciliado recientemente con los reyes, otros, probablemente, sostenían su causa de un modo provisional, en espera de cómo se desarrollasen los acontecimientos. Entre los propios grandes había cuentas personales pendientes, y entre estos y las milicias concejiles. En resumen, Fernando podía no saber a ciencia 89
Ibídem, p. 215. Rodrigo Sánchez de Arévalo escribía lo siguiente, aproximadamente una decena de años antes: “Deven ser las armas más fuertes que preciosas, más duras que fermosas. Lo qual no fazen los cavalleros de agora, los quales gastan más en una ropa o en pequeño anillo que en todas sus armas; assí mesmo más gastan en guarniciones superfluas que no en la principal armadura, ca la vezes trahen muy fermoso penacho y de gran valor y trahen las armas de vil precio”, Suma de la política, en Prosistas castellanos..., I, p. 277. 91 Sobre el uso político de la música puede verse M. Clouzot, “Le son et le pouvoir en Bourgogne au xv e siècle”, Revue historique, 302:3, (2000), pp. 615-628. 92 Crónica incompleta..., pp. 215 y 227. 93 Ibídem, p. 227 (sobre el efecto anímico que produjo en las tropas el uso de la camisa blanca) y p. 229. 90
183
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 184
Ana Isabel Carrasco Manchado
cierta cómo respondería una parte de su ejército en el momento decisivo, razón suficiente como para no querer que el combate llegara a celebrarse. No hay por qué creer a Alfonso de Palencia, que presenta un panorama en el que toda la nobleza en bloque se opone ocultamente a Fernando, pero, lo cierto es que la hueste no estaba lo suficientemente cohesionada 94. El propio cronista de la incompleta se hace eco de un posible pensamiento que tuvo la reina al despedir a la hueste que partía de Tordesillas. En dicho pensamiento se mezclaban la maravilla ante el poderío que representaba y desconfianza, pues, “así como eran muchas, así tenían las voluntades de muchas opiniones, que muchos tray´an allí el cuerpo que en el partido contrario tenían el alma, y la reyna, aquello dudando, esfuérçale el coraçón en verse señora de tanta gente, y enflaquéçela la maliçia della, porque mucho teme el señor quando en los que le sirven duda” 95. Todas las deficiencias y debilidades de poder quedaban hábilmente enmascaradas tras el boato guerrero y los diversos gestos caballerescos que se realizaron en el real sobre Toro. Algunos de ellos, como las investiduras que otorgó Fernando aquellos días, iban dirigidos, precisamente, a cohesionar la hueste y a atraerse lealtades. 2.4. “En nombre de Nuestro Señor Dios e del bienaventurado Apóstol Santiago, vos armo caballero”: honores y mercedes en el real sobre Toro La estancia de la hueste en el real sobre la ciudad de Toro no fue nada tranquila. Mientras se desarrollaban las gestiones relativas al desafío entre los dos monarcas, se mantenía en la hueste la expectativa de la batalla, pero las negociaciones eran lentas y, entre cartel enviado y respuesta, quedaba un tiempo muerto de espera peligroso. Si la hueste acampó el día 19 ó 20, y el día 21 fue enviado el primer cartel de desafío para Alfonso V, hasta el día siguiente no llegó la respuesta con un heraldo portugués, Alonso de Herrera, que sería el encargado de leerla ante Fernando y todos los grandes y caballeros congregados con él. Ese día había sido duro. Los peones vizcaínos se habían sublevado pero, afortunadamente, fueron acallados antes de que estallara un conflicto mayor. Ahora estaba claro, si la batalla no se iniciaba la situación no podría continuar. La respuesta del rey Alfonso no parecía hacer avanzar las cosas. Mientras ideaban el contenido de un nuevo cartel para el portugués, el rey Fernando siguió fomentando el espíritu caballeresco que se había despertado en la hueste y se ocupó en otorgar investiduras de armas a quien se lo pidiera. El día 24 de julio, Gómez 94
Las milicias vizcaínas se hallaban enfrentadas al conde de Haro, quien, a su vez, mantenía enemistad con el conde de Treviño; el conce de Benavente con el marqués de Santillana y el duque de Alba y el de Alburquerque “con casi todos”, J. Vicens Vives, Historia crítica..., p. 418. Ángel Sesma destaca los efectos del desafío en el interior del ejército: “Era preciso crear un vínculo que aglutinara todas las fuerzas y evitara las diferencias entre ellas, dotando al jefe de unas virtudes guerreras de carácter extraordinario”, “Carteles de batalla...”, p. 282. 95 Crónica incompleta..., p. 217.
184
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 185
El fragor de la guerra
Manrique partió con el siguiente cartel. Ese día alzarían el real, pues las condiciones materiales habían empeorado notablemente, pero, antes, Fernando en persona concedió varias investiduras de armas y otras mercedes. Existe el testimonio de una de las ceremonias de investidura de armas celebrada en el real de Toro 96. Se trata de la concesión de la caballería de espuela dorada a Gonzalo de Cartagena. La recepción de la espuela dorada significaba que Gonzalo de Cartagena poseía ya la condición de noble. Nieto Soria ha estudiado el apoyo militar prestado a Isabel y Fernando por este personaje, miembro de la familia de los Cartagena de Burgos y, en su opinión, la caballería de espuela dorada que ahora recibía era un premio más que sumaba a los que recibiría a lo largo de la guerra 97. La espada le fue ceñida a Gonzalo por el mismo rey, mientras que otro caballero, Sancho de Velasco, le calzaba las espuelas doradas. Seguidamente, Fernando desciñó su estoque ceremonial y le dio tres golpes sobre el capaçote, diciendo: “En nombre de Nuestro Señor Dios e del bienaventurado apóstol Santiago, vos armo caballero militar de espuela dorada, e Dios Nuestro Señor vos de buena dicha en las armas” 98. Efectuar investiduras de armas en pleno campo de batalla, en el real o bajo las tiendas militares no era, desde luego, lo preceptivo. Nelly Porro ha detectado el aumento de esta práctica a lo largo del siglo xv. La necesidad de atraer hombres en un contexto de luchas intestinas lo favorecía. Según esta autora, la ceremonia en campo supone un proceso de secularización, puesto que se obviaban los actos religiosos previos, propios de la tradicional investidura efectuada en el entorno sagrado de la iglesia. La exención de derechos del sello que afecta a la investidura realizada en el campo de batalla refleja el interés manifiesto de los reyes por promover esta nueva práctica que es la que, finalmente, termina triunfando 99. El mismo día 24 Fernando armó a otros caballeros, además de a Gonzalo de Cartagena, y no todos eran hidalgos. Podemos citar varios testimonios, como el del pechero Diego González de Torres, vecino de Cuéllar 100. Nuño González, vecino de Sanchidrián, aldea de la ciudad de Ávila, también pechero, resultó igualmente premiado con la investidura de armas durante su permanencia en el real 101. Todo hace pensar que las investiduras de armas que Fernando otorgó ese 96
El acto ceremonial se describe en el privilegio de espuela dorada concedido en favor de los sucesores de Gonzalo de Cartagena el 20 de diciembre de 1487, según el manuscrito de la British Library, Egerton Collection, Ms. 2.081, fols. 52-58 (ceremonial en f. 52). J. M. Nieto analiza esta ceremonia, fechándola el 24 de julio de 1475, en el real de Toro, ver su obra Ceremonias de la realeza..., cap. 3, n. 62. 97 Fue nombrado capitán de la Hermandad de Burgos (AGS, RGS, 14-4-1477, fol. 103), alcalde Mayor de Burgos (RGS, 20-IX-1478, fol. 153). El otorgamiento de la espuela dorada por el rey formaría parte de las compensaciones regias por esa continuada colaboración militar, ibídem, cap. 3, n. 62. 98 J.M. Nieto Soria, Ceremonias..., p. 75. 99 N.R. Porro, La investidura de armas en Castilla: del Rey Sabio a los Católicos, Valladolid, 1998, p. 120. 100 Extracto de una real provisión para que se guarde a Diego González de Torres, la caballería que ha recibido, AGS, RGS, 24-VII-1475, fol. 552, 3º. 101 En las actas del municipio de Ávila quedó inserta la cédula real que confirmaba esa investidura: “Por Nuño Gonsales, vesino de Sanchidrián, aldea de la dicha cibdad de Ávila, nos fue fecha relación disiendo que él ovo venido e vino con las armas e cavallo a nos servir al real que yo tuve sobre la cibdad de
185
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 186
Ana Isabel Carrasco Manchado
día en el real sobre Toro fueron abundantes. Dada la coyuntura, era un buen recurso, puesto que la batalla no iba a tener lugar: de algún modo había que alejar la sensación de derrota y falta de provecho que pesaría sobre los ánimos de muchos de los combatientes que habrían de volver a casa con las manos vacías. La acumulación de honores, privilegios y beneficios económicos constituía el mayor aliciente para combatir. Muchos de los nuevos caballeros debieron ser, precisamente, pecheros. La ceremonia y el valor de la investidura era la misma para pecheros que para nobles (salvo en el hecho de ser armado con las espuelas doradas): el estímulo de la promoción social contribuía a fortalecer la adhesión a los reyes. Al año siguiente, en 1476, los procuradores de las cortes de Madrigal denunciaron el abuso de la práctica generalizada de la investidura, quejándose de que se arma “sueltamente muchos caballeros, especialmente a los pecheros” 102. Pero el número de investiduras no decrecerá. Durante la guerra de Granada volverá a servir de recurso para implicar en la guerra a un gran número de hombres. Desde el punto de vista de la propaganda, lo más importante es que, como en tantos otros campos (como en el caso de los desafíos), será la realeza la encargada de administrarla: el privilegio de armar caballeros se reserva exclusivamente a los reyes. A partir de las Cortes de Madrigal, en 1476, nadie más que el rey podrá investir caballeros, ni siquiera con licencia 103. Se trata de otro triunfo de la propaganda regia. Si muchos pecheros e hidalgos fueron premiados con la caballería, otros combatientes de mayor rango recibieron otro tipo de premios. Todos habían pensado en los beneficios que podrían conseguir con su apoyo a Fernando y éste, en la medida en que consideraba apropiado, administraba los honores y galardones según el grado y jerarquía social. El estado de cosas era propicio al otorgamiento de mercedes y títulos, aunque con prudencia para no avivar las rivalidades. El grado de publicidad de estas mercedes es menor que en el caso de las investiduras, puesto que estas últimas se acompañan de una ceremonia que pudieron contemplar todos los congregados en la hueste, o la mayor parte de ellos. La propaganda de las mercedes es una propaganda dirigida a la nobleza pero de un modo individualizado, aunque el particular acto ceremonial que implica, probablemente, se desarrolló en medio de un círculo de elegidos. Conocemos estas mercedes no sólo por documentos, sino por el testimonio de cronistas, lo que demuestra que su otorgamiento tuvo cierto grado de difusión y publicidad. Toro contra nuestro adversario e yo por le facer merced e por onrrar e ennoblecer su persona e linaje le ove armado e le armé cavallero e le di onrra o noblesa de cavallería e mando que goze e le sean guardadas todas las onrras que devan gozar los cavalleros armados”, J. Mayoral Fernández, El municipio de Ávila. Estudio histórico, Ávila, 1958, p. 53. 102 Petición número 19 de las Cortes de Madrigal, citado por N. Porro, La investidura..., p. 107. 103 Salvo en el caso de que la voluntad regia, en virtud de su capacidad para otorgar gracias, conceda privilegio especial a personajes destacados políticamente, como fue el caso del marqués de Cádiz, que recibió licencia en 1487, ibídem, pp. 60-61. Nelly Porro, afirma que el monopolio de la investidura de armas es otra faceta del fortalecimiento de la monarquía propiciada por los Reyes Católicos, ibídem, p. 61.
186
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 187
El fragor de la guerra
Según la Crónica incompleta, en el real de Toro se concedieron los siguientes títulos: a Alonso de Arellano, que acudió a combatir con cuatrocientas lanzas, le nombró conde de Aguilar; a Pedro de Mendoza, señor de Almazán, que acudió con trescientas, le nombró conde de Monteagudo 104. Unos días antes de llegar ante Toro, Diego Gómez Sarmiento, conde de Salinas, recibió como merced la fortaleza de Herreros, el mismo día de la toma de este lugar, pues fue él quien dirigió el asalto 105. El día 22 de julio, ya en el real sobre Toro, coincidiendo con el día en que Fernando recibía al heraldo portugués y al encargado de leer la respuesta al primer cartel de desafío, el marqués de Santillana, Diego Hurtado de Mendoza, recibió el título de duque del Infantado 106. El marqués de Santillana, que había prestado obediencia a Isabel y a Fernando en Medina del Campo el día 9 de marzo de ese año, se aseguró la confirmación de todos sus títulos y mercedes poco antes de marchar con la hueste, según el privilegio que le fue expedido en el real de Tordesillas, el día 17 de julio 107. ¿Por qué no fue concedido también en ese mismo acto el título de duque de Infantado al marqués? La concesión de este nuevo título, cinco días después de la primera confirmación y en una situación tan crítica, revela la sabiduría del rey a la hora de dosificar las recompensas. En la hueste había otros hombres que nunca tendrían posibilidad de obtener como premio honores tan valorados como la caballería o mercedes y títulos. A la hueste habían acudido también criminales y delincuentes con la esperanza de conseguir borrar la huella de sus delitos. A pesar de que meses antes se había dictado ya un perdón general para todo delincuente que acudiera a luchar contra el rey de Portugal, la medida sigue considerándose útil y necesaria. El día 23 de julio, un día antes de levantar el real, Fernando concederá numerosos perdones. Se trataba de un gesto inhibitorio de la justicia regia, una exhibición de la imagen de rey clemente, dispensador de la gracia del perdón 108. 2.5. “Traía cota de armas de las armas reales de castillos y leones”: la apropiación de las insignias y de los títulos reales El día 24 de julio Fernando levanta el real y la hueste se dispersa en absoluto desorden. Fernando regresó a Tordesillas donde Isabel esperaba el desenlace de la campaña. La campaña, en efecto, había concluido, pero no el desafío cruzado entre los dos reyes, ya que a Tordesillas acudió el rey de armas portugués a 104
Crónica incompleta..., p. 213. AGS, RGS, Herreros, 16 de julio, fol. 519. Merced del lugar de Herreros a Diego Gómez Sarmiento, conde de Salinas, repostero mayor y del Consejo Real, por haberse apoderado de la torre y fortaleza de dicho lugar. 106 El privilegio en: F. Layna Serrano, Historia de Guadalajara y de sus Mendozas, Guadalajara, 1994, 2.ª edición, II, pp. 474-475. 107 Copia de este privilegio en RAH, ms. M-18, fols. 15-20. 108 AGS, RGS, 23-VII-1475, Toro, fol. 552, 4º, carta de perdón a varios delincuentes, vecinos de Úbeda, Cuéllar y otros. 105
187
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 188
Ana Isabel Carrasco Manchado
entregar el correspondiente cartel del rey Alfonso 109. Cuando compareció en palacio, sufrió una agresión por parte de uno de los más íntimos cortesanos de Isabel, fray Alonso de Burgos, capellán mayor de la reina. El cortesano no pudo sufrir que el heraldo, llamado Portugal, incluyera en su cota de armas las que correspondían a los reinos de Castilla y León. El rey Alfonso de Portugal, proclamado rey de Castilla y de León en la ceremonia de Plasencia, se hacía representar, lógicamente, por todas las insignias reales que identificaban al reino: “Llegó un rey de armas con un cartel de los desafios que entre el rey y don Alonso su adversario andavan, el qual traya la cota de armas de las armas reales de castillos y leones, y como un frey Alonso de Burgos, capellán mayor de la reyna, le viese con tales armas, el çelo que tenía de servir a la reyna non le dexó mirar a que aquél era faraute y mensajero de rey que imbiava al rey, y, sin más acuerdo, se va para él y le rompe la cota de armas y ge la desnuda, y tratándolo muy mal, así de obra como de palabra; y como esto llegó a notiçia del rey y reyna, ovieronlo por muy mal hecho y quesieron hazer grand castigo en el capellán mayor, sinon que era muy grand servidor de la reyna” 110.
Esta acción puede interpretarse como un gesto de resistencia violenta a la propaganda que desplegaba Alfonso de Portugal. Con la cota de armas de su heraldo no hacía sino exhibir su pretensión al trono, hacer propaganda del título real que había adoptado. La situación no era nueva, puesto que el mismo rey de armas había visitado en Toro el real de Fernando vestido de esta misma manera. A pesar del disgusto que pudiera suscitar, la inmunidad de que gozan estos mensajeros reales había salvaguardado la difusión de este mensaje propagandístico y a nadie se le hubiera ocurrido, en el ambiente caballeresco del real, violentar al heraldo 111. Las leyes de la caballería no toleraban maltratar a un rey de armas en misión oficial y en el real todos lo sabían. Fue un eclesiástico el que, no sintiéndose obligado a respetar las normas de la caballería, se tomó la libertad de resistir la estrategia simbólica de Alfonso. 109
Los carteles enviados por ambos monarcas fueron siete, según las copias conservadas. Las crónicas sólo describen el contenido de cinco de ellos, salvo la crónica del bachiller Palma. Sin embargo, todas ellas dan por concluido el envío de carteles en el real sobre Toro, diciendo que el rey Alfonso no contestó al último cartel, resaltando, de este modo, la aparente victoria de Fernando. Palencia alude a la presencia del rey de armas portugués en Tordesillas, aunque sólo el autor de la Crónica incompleta alude a los motivos: entregar a Fernando de Aragón la respuesta del rey de Portugal. Este cartel de Alfonso tenía fecha de 25 de julio (véase A. Sesma, “Carteles de batalla...”, p. 288 y Crónica incompleta..., título XXXVII). 110 Ibídem, p. 248. 111 Así lo recuerda Fernández de Oviedo, el reyes de armas, entre otras competencias, “Embía el rey a desafiar a otro rey, o se declarar por su enemigo (...). E son seguros e tienen libertad por su offiçio para yr e bolver libremente con sus embaxadas o mensaje, e así se guarda universalmente por la excelencia del arte militar, sopena de incurrir e pecar el rey o prínçipe o capitán que contra eso fuere, en crimen feo e contra la orden de cavallería, que están obligados a conservar inviolablemente, asi los reptados como los rieptadores”, G. Fernández de Oviedo, Libro de cámara del príncipe don Juan, Madrid, 1870, pp. 145-146.
188
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 189
El fragor de la guerra
El hecho de que fuera un “cortesano” de Isabel el que interrumpiera lo que hasta entonces había sido un intercambio “cortés” entre caballeros, parece indicar que en la corte isabelina de Tordesillas no se estaba al corriente de la estrategia ideada por Fernando. Con este acto, el capellán de la reina ponía en peligro el honor de caballero de Fernando y el éxito del desafío. El cronista dice que, aunque no se castigó al capellán, los reyes intentaron compensar al heraldo de las injurias sufridas mediante la entrega de ciertos regalos y mercedes 112. Aunque, según sabemos por el siguiente cartel de desafío, esto no debió producirse de manera inmediata en ese momento, tal y como defiende el cronista. El día primero de agosto Alfonso envía su siguiente cartel de desafío con el mismo rey de armas. En esta fecha, todavía no había sido restituido el honor del heraldo y el rey Alfonso se lo recrimina severamente a Fernando: “Bien sabe que por fray Alonso, persona de vuestro consejo e a vuestra mercet e a la dicha senyora reyna vuestra muger muy fiable e accepta, fue el dicho rey darmas que a vos embió ante las puertas de vuestro palacio, en presencia de algunos vuestros grandes, muy iniuriado et maltratado e despojado rasgando la su cota de armas e lo quisieron fazer ferir e matar en tan grande offensa de vuestra real persona, y todo ello pasa sin castigo ni remedio alguno, por donde pareçe que en la parte vuestra no les plaze ni quieren dar lugar que esta cosa vaya adelante ni que allá vayan mensageros ni oficiales d’armas sobre ello” 113.
Así, pues, sólo después de este cartel, Isabel y Fernando restituyeron en su honor al heraldo. Es posible que el poder de Isabel, deseosa de defender a su capellán mayor, pesara para que esto no se hubiera producido antes, como, probablemente, pretendía Fernando. Tal y como se estaba desarrollando el proceso del desafío (los argumentos se estaban enredando cada vez más, las condiciones para asegurar el campo eran inconcebibles, y a todo esto se añadía ahora el maltrato al mensajero real), daba la impresión de que se dirigían a un camino ya sin salida. El siguiente cartel que Fernando enviaría sería el último, al menos, es el último del que se tiene noticia. Después de éste, el desafío se dejó caer en el olvido. El episodio del ultraje al rey de armas había sido bien lamentable, a pesar de la intención del capellán de la reina, que quiso, de este modo, prestar un servicio contra propagandístico a sus monarcas. Aunque se hubiera recompensado al heraldo y el cronista narre para la posteridad el hecho diciendo que se quedó muy contento, la imagen de los reyes había quedado dañada: la imagen de Fernando por falta de consideración hacia las leyes de caballería, y la de Isabel, a ojos de sus propios partidarios, porque pensaban que era una debilidad, después de todo, no 112
El atavío había servido de vehículo de la propaganda. El daño se intentaba compensar mediante el gesto de regalar vestiduras: los reyes, además del dinero, dieron al heraldo una “ropa roçagante de brocado”, Crónica incompleta..., p. 248. 113 A. Sesma, “Carteles de batalla...”, p. 293.
189
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 190
Ana Isabel Carrasco Manchado
haber podido dar su merecido, en la piel de su representante, al rey que se atribuía indebidamente el título real de Castilla. Retribuir al rey de armas ¿no suponía reconocer y aceptar al rey de Portugal su título de Castilla? Lo que era admitido en el campo de batalla no parecía poderse aceptar en el palacio de Isabel. La solución a este atolladero creemos que se resolvió de este modo: pensamos que fue justo en este momento cuando Isabel y Fernando optan, de manera expresa, por asumir el título de reyes de Portugal y de los Algarbes, siguiendo una idea que debió fraguarse en el círculo cortesano ya desde el momento en que Alfonso se tituló rey de Castilla. A partir de esta fecha de 4 de agosto de 1475, prácticamente todos los documentos que salgan de su cancillería añadirán, al título de reyes de Castilla, León y Sicilia, el título de reyes de Portugal. Este cambio, de naturaleza contrapropagandística, está documentado en los carteles de desafío. El último cartel, fechado el día 4 de agosto y enviado por Fernando después del ultraje al rey de armas y de la recriminación de Alfonso V, lleva ya esta nueva titulación. En los anteriores carteles figuraba sólo la titulación castellana 114. La adopción del título real portugués marca un cambio en la política de contra propaganda de los reyes. Cuando Alfonso se tituló rey de Castilla y León dos meses antes, Isabel y Fernando habían contestado declarando la guerra contra su Reino de Portugal, reino que se proponían conquistar, según declaran en las cartas enviadas a las ciudades pidiendo hombres y recursos 115. Sin embargo, a partir del 3 de agosto de 1475, sin esperar a conquistar el reino, Isabel y Fernando se autotitulan “reyes de Portugal”, proclamando su derecho legítimo a la posesión del reino, y así se lo hacen saber a todas las ciudades. En la carta enviada al concejo de Sevilla, el día 3 de agosto, tras relatar la fallida campaña y primera confrontación con Alfonso de Portugal en Toro, dice el rey Fernando: “Acordé venir a esta villa de Medina del Campo para enbiar fronteros contra Toro e contra las otras guaniçiones de mis desleales e para dar forma de guerrear al Reyno de Portogal, fasta lo recobrar, pues tenemos yo e la dicha reyna mi muger muy claro derecho al dicho reyno, más syn dubda quél tiene a estos nuestros (...). Todavía vos ruego que ésta continuéys e llevéys adelante faziendo guerra a fuego e a sangre al dicho Reyno de Portogal, lo qual espero en nuestro señor que, segund el derecho que yo e la reyna mi muger al dicho reyno tenemos, antes de mucho tienpo será junto con estos nuestros reynos” 116. 114
Ibídem, p. 293. En una carta de Isabel escrita desde Ávila, el 20 de junio, en la que notificaba a las ciudades la obligación de estas de hacer la guerra y de invadir el Reino de Portugal se dice: “avemos deliberado de fazer guerra e mandarla fazer al dicho reyno de Portogal (...). Retengo para mí e para la corona real de mis reynos e para encorporar en el título della, a Dios plaziendo, la jurisdiçión soberana e las apelaçiones e mineros e las otras cosas de las dichas villas e logares que de la corona real non pueden ser apartadas, e otrosí reteniendo para la dicha mi corona real las çibdades del dicho reyno de Portogal e el título prinçipal”, A. de la Torre y L. Suárez, Documentas referentes..., I, p. 84. 116 R. Carande y J. de Mata Carriazo (dirs.), El tumbo..., I., p.50. Idéntica carta a la enviada a Murcia. 115
190
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 191
El fragor de la guerra
Más adelante analizaremos cómo, en otros discursos, los agentes de los reyes se harán eco de esta pretensión al trono. Inmediatamente después de la orden de conquista del Reino de Portugal se estaban otorgando ya mercedes de las plazas portuguesas, pero, con la nueva titulación real se ofrecía, además, la posibilidad de emplear un nuevo dispositivo de fortalecimiento de los lazos con la nobleza. Los grandes que poseen los oficios de casa y corte de mayor honor de los reinos de Castilla y León adoptarán también los de Portugal, como el almirante de Castilla, que se tituló además “almirante de Portugal” 117. Ya no abandonarán esta estrategia hasta el final de la guerra sucesoria. Fernando había regresado de Toro derrotado pero había “ganado” el Reino de Portugal. 2.6. “Sois en muy grand cargo de rogar a nuestro señor por la vida e real estado”: ceremonias litúrgicas propiciatorias de la victoria La primera campaña dirigida directamente contra el rey Alfonso había terminado en desastre militar y económico. El honor y la imagen de Fernando como defensor del reino había decaído bastante. El estupendo golpe de efecto que había constituido la convocatoria de tan impresionante hueste no había hecho sino tornar más injuriosa la derrota. Para contrarrestar los efectos de la fallida campaña y reactivar la imagen del rey se emplearon estrategias de reafirmación del carácter sagrado de su lucha emprendida. Isabel se encargaría de impulsar esta medida enviando cartas a las ciudades mediante las que informaba del estado de las operaciones militares, ordenando además la celebración de ceremonias litúrgicas, rogativas públicas y procesiones propiciatorias de la ayuda divina. La guerra contra el “adversario de Portugal” y contra la innombrable reina de Castilla, Juana, se estaba convirtiendo, poco a poco, en una guerra de Dios, una guerra santa, sin importar que las guerras santas jamás pudieran ser declaradas entre cristianos. Las ciudades fieles a los reyes debieron realizar rogativas o procesiones mientras el príncipe de Aragón marchaba de camino hacia Toro. Así fue documentado, por ejemplo, en Burgos 118. Después del fracaso de la campaña, también serán requeridas las rogativas, incluso a ciudades dudosamente partidarias, como Sevilla. Mientras Fernando transmite a esta ciudad la versión oficial de lo sucedido en Toro, Isabel envía por su parte una carta en la que adjunta copia de los carteles de desafío y la petición de que: “Vosotros e todos los de nuestros reynos e señoríos, allende de ser vuestro rey y señor soys en muy grand cargo de rogar a nuestro senor por la vida e real estado suyo, e de lo seguir vosotros e vuestros susçesores 117
Carta enviada al concejo de Sevilla, desde Zamora, el 23 de diciembre de 1475, para que sea guardado el ofiçio del almirante mayor a “don Alfonso Enríques nuestro tío y primo, almirante mayor de Castilla e de Portogal”, ibídem, I, p. 116. 118 L. Serrano, Los Reyes Católicos..., p. 148.
191
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 192
Ana Isabel Carrasco Manchado
como a rey e señor que ofresçe su vida por escusar los males generales de sus súbditos. Por ende, yo vos ruego que con grand afiçión todos en general e particular roguéys a nuestro señor Dios por los días suyo y por el reparo y acreçentamiento de su real estado” 119.
Rezar a Dios por el rey es un mecanismo que vincula al soberano con la comunidad de gobernados y con la divinidad en una unidad monárquica de origen divino 120. Es un recurso sacralizador que fortalece los lazos comunitarios. El temor a perder la cohesión del partido isabelino y la necesidad de aglutinar el favor popular en torno a Isabel se halla detrás del empleo de tales recursos. Si la propaganda legitimadora incidía en la consideración de la guerra como un juicio de Dios, la retirada de Fernando podría ser interpretada como un designio divino favorable a su adversario, de ahí la necesidad de vincular al rey con lo sagrado organizando ceremonias litúrgicas en su honor. Por otra parte, las medidas económicas que se disponían a adoptar y que afectaban a las ciudades y villas precisaban de mecanismos de sanción divina. Pocos días después de su llegada a Valladolid, a primeros de agosto, Fernando partió con dirección a Burgos con el objetivo de dirigir el asalto del castillo, que estaba en poder de un pariente del duque de Arévalo. Según Luciano Serrano, los primeros días de estancia del rey en Burgos, se celebraron rogativas diarias y procesiones públicas que, a las dos semanas, se redujeron a los domingos y días de fiesta 121. El día 19 de agosto el rey pidió dinero al cabildo y exigió que se le entregara la plata de las iglesias que previamente habían reclamado a todas las iglesias del reino. Las ceremonias litúrgicas ofrecidas a Fernando parecen estar íntimamente relacionadas con este hecho: las procesiones glorifican al rey y a sus fines, le santifican, le hacen aparecer como especial protegido de Dios o digno de recibir esa protección para la consecución de sus fines. En consecuencia, la Iglesia debe poner todos sus medios a su alcance. El cabildo no se mostró tan dispuesto a cumplir el requerimiento regio, como parecía estarlo, a la hora de organizar procesiones: “Ante las dificultades que los canónigos ponían para contribuir económicamente en la medida que se les pedía, el rey no anduvo en contemplaciones: de manera casi violenta les tomó diversos objetos de oro y plata, descritos con dolorida morosidad en las actas” 122. Del concejo obtuvo un millón de mrs. que sería recaudado mediante una sisa, procedimiento de recaudación poco equitativo e impopular 123. El objetivo de la propaganda real parecía haberse cumplido.
119
Carta expedida desde Medina del Campo, el 3 de agosto de 1475, Tumbo..., I, p. 51. Véanse las consideraciones de C. Beaune, sobre el acto de “rezar por Dios”, La naissance de la nation France, París, 1985, pp. 165 y ss. 121 L. Serrano, Los Reyes Católicos..., p. 149. 122 “Además, tuvo que entregar otros 100.000 mrs., quedándose sin blanca. Nunca había ocurrido cosa semejante”; son palabras de N. López Martínez, “Don Luis de Acuña, el cabildo de Burgos y la Reforma (1456-1495)”, Burguense, (1961), p. 269. 123 Ibídem, pp. 150-151. 120
192
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 193
El fragor de la guerra
3. La victoria, la mejor propaganda: Burgos y Peleagonzalo 3.1. “A la ira de los reyes no hay casa fuerte”: la entrega del castillo de Burgos La Navidad de 1475 (se cumplía el primer aniversario de la muerte del rey) había transcurrido no muy tranquila para el partido isabelino. Durante las navidades, Isabel permaneció con su corte en Valladolid, mientras Fernando se encontraba intentando apoderarse de la ciudad de Zamora –a la espera de que surtieran efecto las negociaciones secretas con Francisco Valdés–. No sabemos si aquella Navidad llegó realmente a celebrarse, ya que, tanto en los territorios obedientes al bando isabelino, como en los que obedecían a Juana, se empleaba la excomunión y el entredicho como arma de lucha. El obispo de Salamanca excomulgó al rey Alfonso V por haberle arrebatado la plata de su iglesia de Cantalapiedra 124. No tenemos noticia de que el obispo de Burgos, partidario de Juana, hubiera hecho lo mismo al enterarse del “expolio” que recientemente había cometido Fernando de Aragón en la catedral de Burgos, pero lo cierto es que Isabel y su marido, en las instrucciones que darían a sus embajadores en Roma, en 1476, incluyeron un punto relativo a las censuras y entredichos que habían sido dictados en su corte y palacio, con la consiguiente prohibición de celebrar oficios divinos en su real capilla 125. No es de extrañar, por tanto, que aquella Navidad estuviera cargada de frenética actividad política y militar. A comienzos de año la situación no era muy buena, desde ningún punto de vista. Los movimientos militares del pasado año –el fracaso de la hueste ante Toro– y la ruina económica no jugaban en favor de la imagen de los reyes. Los continuos requerimientos económicos que se habían realizado los últimos meses (peticiones de empréstitos a ciudades y particulares, el requerimiento de plata a las iglesias, la reiterada convocatoria a Cortes para solicitar el servicio, sin conseguir que las ciudades se decidieran a enviar sus procuradores...) sólo podrían justificarse si se conseguía alguna victoria. Esa victoria no tardaría en llegar. Tras un largo asedio de ocho meses, las tropas fernandinas, con apoyo de su hermano bastardo Alfonso de Aragón, duque de Villahermosa, lograron la rendición del castillo de Burgos que sostenían los parientes del duque de Arévalo. La mayor parte de los historiadores del periodo se ponen de acuerdo en afirmar que esta fue una victoria decisiva en la marcha de la guerra. La toma del castillo alejó la amenaza francesa que hacía peligrar la frontera guipuzcoana. Si Alfonso hubiera acudido finalmente a socorrer el castillo de Burgos, su posición se habría fortalecido. En este caso, la indecisión del rey Alfonso o los 124
Crónica incompleta..., p. 274. Los reyes solicitaron al papa, en junio de 1476, por mediación de sus embajadores, que les diera facultad para celebrar sus oficios en su capilla en tiempo de entredicho, L. Suárez, Política internacional..., p. 316.
125
193
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 194
Ana Isabel Carrasco Manchado
errores de estrategia (prefirió la vía de la negociación que la del asalto, como le pedía el duque de Arévalo, Álvaro de Stúñiga), contribuyeron a enfriar el ánimo –y la adhesión– de sus partidarios 126. Con esta victoria comienza a subir la abatida fama de Isabel y de Fernando y a decaer la de sus rivales en el trono. El día 10 de enero de 1476 entraba la reina en la ciudad. Según Serrano, fue una entrada triunfal, desplegándose toda la pompa que un concejo castigado económicamente podía desplegar: regocijos públicos, música y danza, juegos 127. Hay que tener en cuenta, además, que era la primera vez que la reina entraba en Burgos, ciudad que pasaba por ser la más importante del reino (cabeza de Castilla y cámara real), o, al menos, la más “honrada” 128. La ciudad había tributado anteriormente (en el mes de junio de 1475) un costoso recibimiento al rey Fernando, así que, por muy arruinada que estuviera, a causa de los destrozos provocados por la guerra permanente que había sufrido esos meses, no podía dejar de mostrar una lealtad simétrica a la reina, por lo que tuvo que desembolsar otros 300.000 mrs., exclusivamente para honrar el recibimiento real, que se ejecutó en los términos habituales de la propaganda ceremonial (confección del palio, etc.) 129. Esta primera entrada de Isabel en la ciudad, que acudía acompañada de las milicias, lleva los signos de la ocupación. Al juramento que tuvo que prestar a su llegada, ante la puerta de San Martín, el preceptivo juramento de los privilegios de la ciudad, se unió otro juramento que la reina prestó en un marco sagrado, pero de forma casi secreta. El juramento se celebró durante la fiesta de San Ildefonso, el día 23 de enero, y fue un gesto legitimador que la reina prestó con la mayor solemnidad ante el concejo. Acabada la misa que había tenido lugar en la misma iglesia de San Ildefonso, en el momento de alzar la hostia consagrada, la reina prestó un juramento que iba dirigido exclusivamente a las autoridades municipales, que quisieron asegurarse de ese modo el compromiso de los reyes de conservar para la corona real la posesión del castillo, obligando a la reina a jurar que no lo entregaría al duque de Arévalo ni a ningún otro noble ni caballero 130. Isabel prestó este juramento con la condición de que
126
Un resumen de las operaciones militares de estas fechas, que llevaron a la rendición del castillo de Burgos, en G. Martínez Díez, En el V centenario de la muerte de Isabel la Católica, Burgos, 2004. 127 L. Serrano, Los Reyes Católicos..., pp. 160-161. 128 Véase J.A. Bonachía , “Más honrada que ciudad...”, pp. 169-212. 129 Este gasto junto con los costes de la guerra (incendios en las calles, madera de las casas para el sitio de las fortalezas, pertrechos de todo tipo, préstamos, etc.) quedaron cumplidamente recogidos con la esperanza de poder pasar la factura a los reyes posteriormente (Servicios que prestó la ciudad de Burgos en el año 1475, cuando se apoderaron del castillo y alcázar de la ciudad, copia del memorial que mandó redactar el concejo ese año, RAH, ms. O-13, fols. 126v-130r). 130 Figura en el privilegio que fue hecho público en 1483: “E después en el monasterio de Santi Lifonso, el día de su fiesta, estando yo a la misa mayor, alzando el Cuerpo de nuestro Señor antes que se consumiese, por satisfacer a las sospechas e dudas que todavía por la dicha cibdad e por otras personas se tenían, yo fiese juramento en el Cuerpo de Nuestro Señor que delante estaba, en el altar, al maestro Gomes, e al alcalde Alfonso Días de Cuevas que allí estaban, en nombre de la dicha cibdad en presencia del condestable de Castilla. Burgos, 30 de enero de 1476, Archivo Municipal de Burgos, Actas, 1483.
194
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 195
El fragor de la guerra
no se hiciera público, pues las negociaciones de la entrega no se habían culminado aún y había diversos nobles, entre ellos el conde de Treviño, que aspiraban a la tenencia del castillo. Años más tarde, cuando la guerra hubiera terminado y la reina Isabel viera consolidada su sucesión, la ciudad quiso que Isabel reiterara este juramento de manera pública. En esa fecha, 1483, durante su siguiente visita a la ciudad, la propaganda de este juramento adquiriría todo su significado pleno 131. En la ciudad había muchos partidarios de los portugueses, por lo que se imponía la necesidad de realizar actos de afirmación de la justicia que subrayaran el triunfo regio expresado en la ceremonia de toma de posesión del castillo. La reina ordenó ejecuciones públicas que exhibieron la mano justiciera de Isabel. Ordenó asimismo demoler diversas fortificaciones y casas fuertes, enfatizando simbólicamente su poder de mando sobre la ciudad. Por último, para terminar de hacer patente su triunfo, pero, sobre todo, para subrayar la aprobación divina y el carácter providencial que lo habría hecho posible, ordenó la realización de diversas procesiones de acción de gracias 132. 3.2. “Fue derrocado e tomado su pendón e las armas reales”: la disputa por el pendón del rey Alfonso V Los dos primeros meses del año 1476 Fernando de Aragón y Alfonso de Portugal parecen perseguirse mutuamente en el trayecto entre Zamora a Toro. Las negociaciones con el alcaide de Zamora, Francisco Valdés, habían dado resultado, y los partidarios de Fernando consiguen el control de las torres del puente y de los fortines de Zamora, por lo que las tropas pudieron entrar en Zamora y apoderarse de la ciudad. Previamente, Alfonso de Portugal la abandonó, marchándose con la reina Juana y su corte a Toro. En Zamora sólo quedaba el mariscal Alfonso de Valencia que continuaba fiel, defendiendo el castillo. Alfonso intentará recuperar Zamora y apoyar a los defensores de la fortaleza. Durante esos primeros meses se da la circunstancia de que los dos reyes son sitiadores y sitiados 133. Mientras el rey Alfonso se retiraba hacia Toro, Fernando se lanzó a su persecución con parte de su ejército hasta entablar batalla en el llano de Peleagonzalo, a cierta distancia de la ciudad de Toro. La batalla fue reñida e incierta, por lo que ambos bandos se atribuyeron la victoria. El príncipe Juan, hijo de Alfonso de Portugal envió cartas a las ciudades portuguesas declarando la victoria. Y Fernando de Aragón hizo lo mismo. Los dos quisieron beneficiarse de la propaganda de la victoria. Sin embargo, el ejército castellano-aragonés quedó más tiempo en el campo y el monarca portugués anduvo toda la 131
Más adelante, en 1483, cuando Isabel volvió a la ciudad, acompañada del príncipe Juan, la ciudad le ofreció un recibimiento mucho más brillante. En esa fecha mandó publicar la cédula que contenía los juramentos de esta su primera entrada (véase L. Serrano, Los Reyes Católicos..., pp. 160-161). 132 Ibídem, pp. 161. 133 J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 60.
195
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 196
Ana Isabel Carrasco Manchado
noche moviéndose, hasta que decidió dirigirse a Castronuño. La ciudad de Toro seguía, no obstante, en sus manos. Es difícil valorar la importancia de esta batalla desde el punto de vista militar. Lo cierto es que fue un revulsivo moral para el partido de Isabel y Fernando. Era la primera vez que chocaban las dos batallas reales; se había producido el ansiado encuentro ya intentado por primera vez a las puertas de Toro el año anterior; se podía afirmar, incluso, que el desafío había llegado a celebrarse. Se proclamó un providencial triunfo y tenían el pendón portugués y otros despojos militares para certificarlo. Durante la batalla fue hecho prisionero el alférez real, Duarte de Almeida, de cuyas manos fue arrebatado el pendón real, según se dijo. También se recogieron otras ocho banderas pequeñas, más otro guión pequeño con las armas de los reyes de Castilla. Los relatos sobre cómo se consiguieron estos despojos y en qué estado quedaron no coinciden, lo cual certifica el aserto que dice que en las guerras, “la primera víctima es la verdad”. Existe una tradición, de bastante mal gusto, que es la que ha permanecido en la leyenda apologética de los Reyes Católicos, que dice que el alférez portugués defendió hasta morir el pendón, primero con sus manos, que le fueron cercenadas, y, finalmente, con los dientes 134. El alférez Almeyda no murió en la refriega. El príncipe Juan, hijo del rey Alfonso, siempre honró a un tal Gonçalo Pires, por haberle traído la bandera de don Alfonso del campo de batalla aquella misma noche, rescatada del poder de un castellano llamado Pero Vaca de Sotomayor. Pero esta no es la versión que recogen los cronistas, ni tampoco la truculenta historia de la muerte del alférez Duarte de Almeyda. El cronista Alfonso de Palencia, tan amigo de los efectos literarios, casi dramáticos, habría recogido, sin duda, esta última versión de haberla conocido. Su relato sobre cómo se obtuvo el pendón es este: “Los numerosos portugueses, derribados de sus monturas, introdujeron tal desorden en las filas que Pedro Vaca, caballero de corta estura, pero de gran esfuerzo de ánimo, llegó hasta el alférez del pendón real y deseando borrar la antigua afrenta de los castellanos cuando perdieron el suyo en la desdichada batalla de Aljubarrota, derribó al alférez arrancó el guión del asta y aunque cercado por multitud de portugueses, la llegada de los suyos fue ocasión de que se empeñase terrible refriega. No pudo menos que escapar de manos de la muchedumbre enemiga, y cerca ya de la orilla, cayó al río revuelto con el soldado portugués que le había arrancado el guión hecho jirones. Luego recogió la desgarrada insignia cierto hombre de armas de los nuestros al intentar librar de 134
Véase esta versión, por ejemplo, en F. de Llanos y Torriglia, Así llegó a reinar..., p. 339. Orestes Ferrara ya sometió a crítica el relato tradicional sobre la captura del pendón real portugués, concluyendo que aquél era “mera fantasía”. No obstante, cree que el pendón que se colgará en la Capilla de los Reyes Nuevos de Toledo pudo ser uno de Alfonso V, pero no el que se levantó en esta batalla, O. Ferrara, Un pleito sucesorio..., pp. 403-404.
196
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 197
El fragor de la guerra
manos del enemigo a su compañero Pedro Vaca, sumergido en las aguas. Quedó en nuestro poder el otro guión más pequeño del rey de Portugal, que le seguía, según costumbre del rey de España” 135.
Diego de Valera añade a la versión de Palencia que se mató al alférez, pero esta idea no concuerda con el relato de Pulgar: “E allí fue tomado por los del rey el estandarte del rey de Portogal, e después de tomado e quitado de la vara fue perdido por aquellos que le tomaron. (...) El cardenal dexó aquel lugar y encomendó el estandarte a dos caballeros que se llamaban, el uno Pedro de Velasco y el otro Pero Vaca, los quales lo tornaron a perder. E fueron asimismo tomadas ocho vanderas de los portugueses e tray´das a la çibdad de Zamora (...). Fueron asimismo presos muchos de los portogueses entre los quales fue preso el alférez que tray´a el pendón real del rey de Portogal, y tray´do a la çibdad de Zamora” 136. De las palabras de los cronistas se concluye que el pendón, desprendido de su vara, hecho jirones, no debió llegar en muy buenas condiciones a la ciudad de Zamora, puede que, incluso, fuera irreconocible: nada más que un trozo de tela. Pero, importaba poco. De momento, sirvió como testimonio de la victoria en el homenaje del triunfo que se tributó a la llegada a Zamora. Las otras ocho banderas y los prisioneros portugueses, entre ellos, posiblemente, el propio alférez, lo hacían más presente. En Zamora se celebró la primera ceremonia propagandística en torno a esta victoria, rito que incluía la humillación de las banderas tomadas a los enemigos y la exposición de los prisioneros, despojados de sus armas. Pero los despojos no fueron suficientes como para honrar la ceremonia real que se planeaba para más adelante. El bachiller Palma relata cómo estos despojos militares, el pendón y el arnés del alférez fueron llevados a la capilla de los Reyes Nuevos, como veremos en su lugar. A esta ceremonia se le quiso dar un significado histórico-político completo, puesto que la victoria final se entendió como la debida venganza castellana a la derrota que sufrió Juan I en Aljubarrota, en su empresa de reivindicación del trono portugués. Era una idea que ya había sido propagada alguna vez en el discurso propagandístico, pero que, con la victoria conseguida, se afirmó en toda su ostentación. La idea de preparar esa ceremonia surgiría del entorno cortesano o en la mente de la propia Isabel. Para esa ocasión, un pendón hecho jirones no era muy apropiado. Alguien se propuso encontrar la segunda mitad del pendón que lo haría enteramente reconocible. Pulgar, que silencia en la crónica escrita más tarde el relato completo del pendón, cuenta en una carta dirigida al concejo de Murcia, cómo se perdió realmente el pendón: cuando vieron al alférez, Pero Vaca y Pedro de Velasco, vecino de Valladolid, se hicieron con el pendón, pero ambos disputaron por su posesión, ya que entregar este tipo de “reliquias bélicas” era un acto de honor muy apreciado y uno de los alicientes que animaban las luchas en las batallas 135 136
A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXV, Cap. VIII. Fernando del Pulgar, Crónica..., I, pp. 213-214.
197
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 198
Ana Isabel Carrasco Manchado
medievales. Los reyes solían recompensar la consecución de estos trofeos que luego serían empleados en los rituales conmemorativos de la victoria. Estas transferencias rituales que actúan como propaganda del esfuerzo militar del vencedor y de la humillación del adversario, no sólo alimentaban las estrategias reales, sino también las de los otros caudillos de la nobleza. Y puede citarse, también en este contexto de guerra sucesoria, el ejemplo de la enseña que arrebató el poeta Jorge Manrique, comendador de Santiago, al maestre de Calatrava Rodrigo Téllez Girón, en el episodio de la toma de Ciudad Real para la causa isabelina. La enseña, que ostentaba una cruz dorada de espigas, fue colgada sobre la tumba del poeta para perpetuar la memoria de su hazaña 137. Volviendo al pendón portugués, finalmente, Pero Vaca y Pedro de Velasco se dividieron el pendón rasgándolo por la mitad, pero fue entonces cuando Pero Vaca fue atacado, cayendo su parte, presumiblemente, al río. El caso es que perdió su parte del pendón, pero, “un mercader puso cien mil maravedís en banco y fizo pregonar que el que lo trajese los habría, y luego vino un hombre que al tiempo que se le cayó al dicho Pero Vaca lo había habido, y diolo e está ya entero el dicho pendón en poder del rey nuestro señor” 138. Así que, finalmente, el pendón se halló en el mercado. Sea como fuere, para el triunfo que tendría lugar de vuelta a Zamora bastaban los jirones de las enseñas y las otras banderas como símbolo de la victoria. Y así se lo hizo saber el príncipe de Aragón en la carta que escribió a las ciudades, relatando la victoria. Su narración, escrita en su habitual tono simplificador, el más favorable posible, servía como proyección propagandística de sus éxitos. Lógicamente, Fernando no dijo nada del lamentable estado del pendón, simplemente afirmó que se había apoderado de él y que el alférez había muerto: “Plugó a nuestro señor de me dar la vitoria e, desbaratada su batalla real, la primera donde fue derrocado, e tomado su pendón e las armas reales, e muerto el alféres, e tomadas las más de las otras vanderas e, así, fue fuyendo” 139. 3.3. “Dando muchas gracias a Dios de la victoria”: la celebración de la victoria en las ciudades Al día siguiente de la batalla, Isabel escribió a las ciudades notificando la victoria del rey Fernando y adjuntando una carta de éste con el relato de los sucesos. El objetivo de estas cartas es ordenar la realización de ceremonias de acción de gracias y alegrías por la victoria, uso que, ya desde entonces, se establecerá en todas las batallas ganadas a los diferentes enemigos a lo largo del reinado. Hay un tono decididamente providencialista en este mandato, y la celebración de 137
Refiere el suceso, fechado en agosto de 1475, E. Benito Ruano, “Un episodio bélico (y un autógrafo) de Jorge Manrique”, En la España Medieval, 4 (1984), pp. 139-146. 138 Citado por C. Fernández Duró, Memorias históricas..., p. 78, nota 1, a partir de la carta publicada por Cascales. 139 Ejemplar enviado a Sevilla en R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo de los Reyes Católicos..., I, p. 133.
198
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 199
El fragor de la guerra
procesiones es la consecuencia lógica al desenlace de la batalla, considerado, en este caso de forma muy significativa, como un fallo del juicio divino 140. También significativamente, la derrota anterior no fue considerada fallo divino, pero sí esta victoria, interpretada como el resultado del duelo judicial que Fernando buscaba hace tiempo. El agradecimiento escenificado en las procesiones subrayará, aún más, el acuerdo unánime y gozoso con la decisión de la justicia divina. Hay que decir que, en esta ocasión, era quizá más necesario que nunca movilizar a las ciudades en un sentido ritual, puesto que también los portugueses se atribuyeron la victoria y ordenaron celebrar las correspondientes procesiones y plegarias públicas de acción de gracias. Al lado de los enfrentamientos militares hay una lucha simbólica constante. En Lisboa y en Oporto, se celebraron también procesiones por esta victoria de Toro, procesiones que se consolidaron en el tiempo, con conmemoraciones anuales 141. Vamos a reseñar algunas de las respuestas que se dieron en diferentes ciudades del reino a esta demanda ceremonial. El efecto propagandístico resultó mucho mayor allí donde también se habían realizado procesiones antes de la batalla. Se busca con estas celebraciones fortalecer la fe política en el rey mediante la fe religiosa (rezar por el rey). Procesiones y rogativas de carácter propiciatorio se celebraron en Burgos, dos solemnes procesiones por la ciudad, una al monasterio de San Juan y otra al monasterio de la Trinidad. Se celebraron el día 1 de marzo 142. Estas procesiones tenían lugar el mismo día que se estaba combatiendo en Peleagonzalo. Isabel abandonó Burgos a principios de febrero y debió dejar encargada la celebración de diversos actos litúrgicos. Los religiosos partidarios de Isabel y Fernando contribuyeron igualmente aquellos días, poniendo el púlpito al servicio de la propaganda real en contra de Juana y de Alfonso de Portugal, a los que no dejaron de excomulgar y de lanzar maldiciones en sus sermones 143. Mientras Fernando acudía a encontrarse con el rey de Portugal, Isabel llevaba ya varios días en Tordesillas. Nada más conocer la noticia, dio gracias a la divinidad del modo habitual: “La reyna, dando muchas graçias a Dios de la victoria avida por el rey su marido, andava visitando las iglesias e mandando fazer proçesiones” 144. Isabel elevó una oración en el altar de los santos Juanes 140
“Lo qual acordé de vos fazer saber por el plazer que soy çierto que dello avréys y porque fagáys publicas y devotas proçiçiones dando graçias e loores a nuestro Señor e a la bienaventurada Madre suya por la vitoria que le plogó de me dar en esta batalla mostrando e magnifestando su justiçia”, ibídem, p. 134. En idénticos términos, la enviada a la ciudad de Baeza; C. Fernández Duró, Memorias históricas..., p. 82, o la enviada a la ciudad de Murcia: A. Moratalla, Documentos..., doc. 63, pp. 113-115. 141 La celebración de la fiesta conmemorativa por la batalla de Toro se ha documentado hasta 1491 (S. Viterbo, A batalha do Touro, Lisboa, 1900, pp. 10-15). 142 L. Serrano las vio reseñadas en el Libro Redondo del Archivo catedralicio, sección “Espensas”; Los Reyes Católicos..., p.163. 143 Lo afirma el autor de la Crónica incompleta..., p. 275, al narrar estos sucesos: “Así los clérigos con descomuniones y maldiçiones, como el rey y reyna con grand astuçia y diligençia, le guerrean por tantas partes, que nin valerse nin remediarse sabía”. 144 D. de Valera, Crónica..., p. 72.
199
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 200
Ana Isabel Carrasco Manchado
del monasterio de Santa Clara y, desde aquí, partió junto a la procesión hasta el dominico convento de Santo Tomás. La elección de san Juan como intercesor tiene su importancia política. Durante toda la guerra fluye una corriente legitimadora basada en la homonimia entre los reyes de nombre Juan y san Juan, que se convertirá en trío de nombres cuando nazca el príncipe heredero algo más tarde. Esta corriente se expresa en diversos gestos, en símbolos, en discursos y también en actos ceremoniales, como en este caso145. Tras la plegaria, Isabel salió con la procesión, aunque las condiciones del terreno no eran muy favorables, debido a la lluvia. Es de suponer que, en estas procesiones, la reina iría a pie. El bachiller Palma describe la salida de la reina: “E la reyna, nuestra señora, fizo luego fazer devota proçesión dando graçias a Dios, que es el vençedor de las batallas y el saber y la fortaleza son dél, y a la su bendita Madre, porque guardó al rey, nuestro señor, y lo fizo vitorioso en aquella batalla contra el su adversario y sus gentes. Y fue la reyna, nuestra sennora, en aquella proçesión, aunque fazía barros, que avía llovido esa noche que fue la batalla, y mandó correr toros y fazer muchas alegrías” 146.
Si hemos de creer al Bachiller Palma, tras las sesiones litúrgicas se organizaron sesiones festivas o alegrías, que incluía la organización de una corrida de toros. Resultaría de interés poder constatar qué ciudades de las que recibieron notificación de Fernando o de Isabel se negaron a celebrar procesiones o alegrías por la victoria contra sus adversarios y cuáles cumplieron, efectivamente, el mandamiento real. Sería un indicador para medir la resistencia a la propaganda o la falta de adhesión. Ciudades con una adhesión un tanto oscilante que celebran estas procesiones demostrarían su buena disposición a fortalecer su apoyo. Puede ser el caso de la ciudad de Sevilla, que accedió a organizar la procesión y, además, premió la noticia con 11.000 maravedíes en concepto de albricias para el mozo de espuelas del rey Fernando, que trajo la carta. La ciudad celebró una fiesta lidiando ocho toros en La Laguna 147. Fiesta y procesión se complementan en una misma ceremonia de la victoria. A la sumisión que expresa el agradecimiento a la divinidad por la victoria, se contrapone la fiesta, que no sólo es una manifestación de la alegría popular y del consenso, sino que es una afirmación y exaltación del poder y de la fuerza que ha llevado a vencer al rey por sí mismo. En este tipo de celebraciones posteriores 145
El gesto de Isabel se impregna de sentido, sobre todo, si consideramos que por esas fechas recibió de manos de Hernando de Talavera una obra que ella misma le había encargado: el Tratado de los loores de San Juan Evangelista, J. Meseguer Fernández, “Isabel Católica y los franciscanos (1451-1476), Archivo Iberoamericano, 30 (1970), p. 294. 146 Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 58. 147 A. del R. Romero Abao, “Las fiestas en Sevilla en el siglo xv”, Las fiestas en Sevilla en el siglo XV. Otros estudios, Madrid, 1991, p. 137 y p. 146.
200
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 201
El fragor de la guerra
a la victoria no faltarán las corridas de toros. La reina mandó correr toros en Tordesillas y en Sevilla se lidiaron ocho toros. La lucha entre el animal y los hombres escenifica de nuevo el combate y la victoria, de una manera ritual. En los territorios de la Corona de Aragón las celebraciones resultaron más brillantes. En Valencia, la exaltación feliz de la victoria real se festejó con alimares, luminarias que alumbraron toda la ciudad la noche del mismo día en que se leyeron las cartas de la reina informando de la victoria. Aquí también fueron premiadas las albricias con treinta timbres de oro a Juan de Medina, repostero de la reina 148. Esta ciudad se mostrará permanentemente interesada en celebrar con espléndidos honores todos los hechos importantes del reinado de su rey Fernando, en estos momentos primogénito heredero de los reinos de la Corona de Aragón y, al menos desde la perspectiva valenciana, rey propietario de Castilla. Este interés ceremonial obedece a que la ciudad se encuentra bastante implicada económicamente, a causa de los préstamos que ofreció a su príncipe para conseguir la corona de Castilla. Fernando se toma la molestia de informar a la ciudad de los pormenores de la guerra para que comprueben que su dinero ha dado frutos 149. Las fiestas y actos litúrgicos celebran este hecho pero también sirven de recordatorio al monarca de la fidelidad de su ciudad. Contamos con el pregón que se leyó por las plazas y calles de la ciudad aquel 13 de marzo de 1476 anunciando los alimares nocturnos y la solemne procesión del día siguiente 150. Pere Artús, trompeta público de la ciudad, recorrió todos los lugares por los que pasaría la procesión para anunciar a los vecinos la conveniencia de que asistieran, y así ganarían las indulgencias acostumbradas. Debían, asimismo, engalanar las fachadas y ventanas de las casas con colgaduras de raso, adornar las calles con plantas olorosas, de la manera “más honrosa que pudieran”. La procesión recorrería toda la ciudad siguiendo un trayecto circular: saldría de la catedral y pasaría por las calles de mayor tráfico comercial, la logia, el mercado, hasta llegar al monasterio donde se custodia la imagen de la Virgen de Gracia. En el monasterio todos elevarían sus plegarias dando gracias por la victoria, pero no cualquier plegaria. Los jurados valencianos encargan a sus ciudadanos la realización de una plegaria especial por el rey Fernando: “Pregar nostre senyor Deu que vulla per sa inffinida bondat guardar de sinistres e scandels lo dit sereníssimo senyor rey de Castella e tot son strenuu exercit, por modo que prestament tots los regnes e terres de la reyal 148
Según dice el acuerdo del 13 de marzo de 1476 del Manual de Consells, 40 A, fol. 252; transcripción de M. Gual Camarena, “Fernando el Católico, primogénito de Aragón, rey de Sicilia y príncipe de Castilla (1452-1474)”, Saitabi, 8 (1950-51), n.º 40, p. 188 (pp. 182-223). 149 El día 16 de marzo los jurados reciben una relación extensa de la batalla junto con una carta de Fernando notificando la victoria. Los jurados ya habían premiado con albricias la carta que recibieron de Isabel el día 13, no obstante, deciden volver a otorgar otras albricias a Juan de Zamora, mozo de espuelas del rey. El importe es menor: diez timbres de oro. Véase el acuerdo del Manual de consells, ibídem, n.º 42, p. 189. 150 Ibídem, pp. 187-188.
201
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 202
Ana Isabel Carrasco Manchado
maiestat e del dit sereníssimo senyor rey de Castella sien constituits en pau universal e obediencia general” 151.
Una vez concluidas todas estas plegarias, la procesión retorna a la catedral por un trayecto diferente al ya realizado. Todos tendrían que acudir a la procesión con candelas en las manos. Llama la atención, en esta primera victoria frente al adversario, las altas sumas de albricias que se pagaron a los portadores de la carta real, en relación con lo que se pagará con motivo de posteriores éxitos militares, a lo largo del reinado. Sevilla concedió 11.000 maravedíes, en esta ocasión, casi ocho mil más que las albricias con que se premió la noticia de la entrada en Granada, en 1492 152. Destaca también el caso de Valencia, que premió con treinta timbres de oro a Juan de Medina, repostero de la reina, más otros diez timbres al mozo de espuelas del rey, Juan de Zamora. Las albricias son un ejemplo perfecto de efectividad propagandística. La propaganda regia contenida en las cartas de confirmación de la victoria ha obtenido una respuesta favorable: un premio inmediato traducido en términos económicos satisfactorios. Los beneficiados son siempre los reyes que, de esta manera, pueden retribuir los servicios de sus colaboradores directos. En estas fechas en las que las penurias económicas pueden repercutir peligrosamente en la marcha de los acontecimientos militares y políticos, Isabel y Fernando aprovecharán al máximo esta fuente de ingresos multiplicando la propaganda, de forma que las ciudades recibirán dos cartas de notificación de la victoria por separado: una de Fernando y otra de Isabel. Lo hemos visto reflejado en el caso de Valencia y también en el de Murcia. 4. La retórica en tiempos de guerra 4.1. “Bien sabedes cómo por mis cartas vos ove fecho saber”: de la propaganda cancilleresca a las primeras obras literarias “El fragor de la guerra ahogó la voz de los pacíficos razonamientos”, dice el cronista Alfonso de Palencia, refiriéndose a la etapa que sigue al mes de mayo de 1475 153. Habría que matizar, no obstante, diciendo que el fragor de la guerra vino precedido, y también acompañado, de razonamientos beligerantes. Y es que, el primer llamamiento contra los enemigos portugueses y sus aliados se prolongará, ya casi hasta el final de la guerra, en forma de enconado discurso que impulse a tomar las armas. Desde el inicio de la guerra hasta el día 1 de marzo de 1476, fecha de la batalla de Peleagonzalo que supuso la victoria más celebrada de cuantas se consiguieron en esa guerra, se percibe un estado de ánimo particular. Continúa 151
Ibídem, pp. 187-188. A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 146. 153 A. de Palencia,Crónica..., Década III, L. XXIV, C. VI. 152
202
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 203
El fragor de la guerra
patente la preocupación por seguir cumplimentando los usos que marcan una sucesión legal. Con la entrada de Alfonso de Portugal en Castilla y su proclamación real junto con Juana, Isabel y Fernando se apresuran a visitar ciudades en las que ceremonializar una “entrada real” con los correspondientes juramentos reales, que se presentan como la respuesta a la fidelidad ciudadana. Los portavoces del concejo hacen alarde de esa fidelidad en los breves razonamientos con los que solicitan el juramento real. Gracias a estas visitas a las ciudades, la pareja castellano-aragonesa seguía proyectando una imagen de legalidad, además de conseguir reforzar su autoridad sobre el territorio que controlaban. Los reyes recorrieron separadamente las principales ciudades y villas de la Meseta pidiendo hombres de armas e intentando desterrar los elementos adversos. La propaganda de guerra se hizo patente con el envío general de cartas a las ciudades de todo el reino, especialmente a aquellas ciudades fronterizas con Portugal, en las que formalmente declaraban la guerra “a sangre y fuego”, ofreciendo mercedes a aquellos que penetraran sus fronteras y conquistaran sus tierras 154. A los territorios donde no llegaron los reyes, aquellos en los que las voluntades de fidelidad eran ambivalentes, no dejaron de llegar cartas de llamamiento para participar en la hueste que se iba a reunir en Tordesillas a mediados de julio. Algún cronista atribuye esta actividad a Isabel, que manifiesta así su faceta persuasiva, enviando cartas, especialmente, a las ciudades y villas de Andalucía y a los nobles que las dominaban. Sin embargo, la incitación a la fidelidad y a la lucha armada requería algo más que cartas: con las cartas iban hombres de confianza, que con razonamientos intentaban ganar el apoyo de los autónomos nobles andaluces: “Y a todos los grandes del Andaluzía embía a cada uno sus cartas y embaxada, y con grand diligençia y afeçión les encarga que de la mengua que de ver gentes extrañas y tan enemigos ellos reçiben en los dexar entrar a destruyr estos reynos se duelan, y que de la pérdida dellos mesmos y de su honrra y de su tierra se apiaden; la qual a los que presentes estavan con dulçes razonamientos, y a los absentes con cartas y creençias que personas prinçipales de su casa levavan, hazía a los çiertos y dubdosos más acreçentar en la fe con su serviçio” 155.
Por aquellos meses se multiplican los requerimientos económicos a las ciudades, con objeto de conseguir financiación para las campañas que se avecinaban. Estos requerimientos se traducían en empréstitos difícilmente aceptables 154
Con fecha de 20 de junio de 1475, Isabel escribía desde Ávila una “carta declarando la guerra contra Portugal y la invasión del reino”, que partía hacia todos los concejos y territorios de órdenes militares fronteros con Portugal. Analizaremos el ejemplar transcrito por A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes..., I, doc. 25, p. 85-87. Otras convocatorias de este tipo que se realizaron a lo largo de la guerra contra Portugal, en H. Baquero Moreno, “A contenda entre D. Afonso V e os Reis Católicos: incursôes castelhanas no solo portugês de 1475 a 1478”, Anais da Academia Portuguesa da História, II serie, vol. 25 (1979), pp. 297-324. 155 Crónica incompleta..., pp. 208-209.
203
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 204
Ana Isabel Carrasco Manchado
por la población, especialmente en un contexto de crisis como aquel. La propaganda cancilleresca se empleará a fondo para justificar tales medidas. Las cartas reales con las que se solicitan empréstitos a las ciudades se elaboran incluyendo largos preámbulos que contienen los debidos argumentos para combatir la resistencia de los reticentes 156. Durante la primera campaña militar contra Toro, ocurrida entre los meses de julio y agosto de 1475, el discurso de la propaganda de guerra se manifiesta desde el principio hasta el final de la campaña. La partida de Fernando de Valladolid a Tordesillas, lugar de cita de la gran hueste, fue honrada con una ceremonia cívico-litúrgica. Si hemos de creer al Bachiller Palma, que es el que ha transmitido esta ceremonia, se recurrió a la escritura expuesta, en forma de lemas bordados en los vestidos de los pajes del rey, para transmitir mensajes providencialistas. Los pajes que rodeaban al rey, según hemos visto, llevaban bordado en sus vestiduras de paño de oro el lema “Dominus michi adjutor” 157, el mismo lema que corría acuñado en las monedas de ese año. Se trataba de exhibir ante la población entusiasta la seguridad completa de actuar de acuerdo con los designios favorables de la divinidad. Este lema, que es, en realidad, el verso de un salmo, adquiere la forma de un eslogan moderno: breve, conocido por la gran mayoría, sugerente, cargado de referencias religiosas, y repetido y multiplicado por otros medios, ya sea de forma visual, en las monedas, o cantado en la iglesia (beneficiándose, además, del poder hipnotizador de la música). Es un caso claro de propaganda de guerra, pero no parece que Fernando fuera muy original al hacer uso de él 158. El lema se unía a otros mensajes litúrgicos que se emitieron en la misma ceremonia, para dotar de significado religioso a la batalla que se iba a entablar: Fernando rezó una oración en la iglesia y, según Palma, toda la población de Valladolid, incluidos los niños, pidió con rogativas a Dios y a la Virgen la victoria para el rey, lanzando maldiciones a los que no ayudaran a “su rey y señor” 159. Éste último recurso transmite verbalmente formas de violencia simbólica. El primer testamento de Fernando de Aragón fue leído en una cámara del monasterio de Santo Tomás, ante un número de nobles y cortesanos, el día 14 de julio. El testamento contiene un discurso legitimador y propagandístico, no 156
Analizaremos los argumentos de cartas como la que llega a Ávila desde la corte de Medina del Campo, el día 6 de julio de 1475: “Carta pidiendo a la ciudad de Ávila un empréstito de un cuento de maravedís para poder hacer frente a los gastos de la guerra contra el rey de Portugal”, en Documentación real..., doc. 10, pp. 28-35. 157 Bachiller Palama, Divina retribución..., p. 33. 158 El editor de la Divina retribución anota con relación a este lema y su aparición en las monedas que ya fue empleado por Pedro I y por Enrique II, por Alfonso, después de ser elevado al trono en contra de Enrique IV y por la reina Beatriz de Portugal, esposa de Juan I, moneda acuñada posiblemente poco antes de acudir a la batalla de Aljubarrota (ibídem, p. 107). Todos estos ejemplos tienen en común que son conflictos bélicos motivados por una crisis de la legitimación sucesoria. El lema inscrito en las monedas que se acuñaron mientras duraron esos conflictos lo convierte en significativamente propagandístico. Después de la guerra, Fernando e Isabel no volvieron a acuñar monedas con esos tipos. 159 Ibídem, p. 34.
204
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 205
El fragor de la guerra
sólo de la sucesión en Castilla, sino, también, de la sucesión en Aragón de la hija de Isabel 160. Transmite un tipo de propaganda de favor a sus partidarios castellanos que, de este modo, estarán más preparados para afrontar la campaña militar que les aguarda. Isabel, por su parte, arengó a los caudillos nobles de la hueste en Tordesillas, poco antes de partir hacia Toro (“Y estando ya todos los grandes en el consejo, aviendo delibrado otro día en la mañana de partir, porque la reyna se quedava en Tordesillas y el rey y ellos partían al combate de Toro, ella les acordó de hazer una habla”) 161. Ya iniciada la campaña, es Fernando, como jefe de los ejércitos, el que asume la función de dar ánimos constantemente a los combatientes, con arengas y palabras convenientes 162. En el real sobre la ciudad de Toro se produce el interesante episodio del desafío o requerimiento a entablar batalla personal entre los dos monarcas pretendientes al trono. Los carteles de batalla de Fernando fueron redactados por Gómez Manrique 163 y leídos ante la corte de Alfonso de Portugal en Toro. De todos los literatos que se encontraban en la corte por aquel entonces, quizá sea Gómez Manrique el que mejor puso su capacidad literaria al servicio de propaganda de Isabel y Fernando de la forma más fiel, constante y versátil. Gómez Manrique había surgido del círculo del arzobispo Carrillo y comenzó apoyando con su arte al “infante-rey” Alfonso, cuando escribió, por encargo de Isabel, entonces infanta, el texto de unos momos para celebrar la mayoría de edad de su hermano. Muerto Alfonso siguió a Isabel como su consejero y escribió varios poemas laudatorios en honor de Fernando de Aragón, recién casado con Isabel. Antes de morir Enrique IV, dedicó a la pareja, que por entonces se hacían titular “príncipes”, un Regimiento de príncipes versificado. En este año de 1475, Gómez Manrique redactaba los carteles para sostener el desafío, tarea nada desdeñable, puesto que había que recurrir a múltiples argumentos de variada naturaleza y a estrategias retóricas y manifestar habilidad y sutileza en las contra-réplicas. Tenía fama de gran orador y en este papel lo veremos actuar en 1480, ante las cortes reunidas en Toledo.
160
Analizaremos un fragmento del testamento, autógrafo de Hernando de Talavera, que se ha conservado entre los papeles del secretario aragonés Gaspar de Ariño y transcribió el duque de Berwick y Alba, Noticias históricas y genealógicas... ., pp. 232-235. 161 Crónica incompleta..., p. 211. El autor de la Crónica incompleta tenía la intención de redactar esta arengarazonamiento de la reina, pero, en la copia que se conserva, el espacio quedó en blanco. 162 Dice el autor de la Crónica incompleta..., p. 230: “¿Quién dirá la diligençia que cada uno ponía por llevar muy apretadas y conçertadas sus batallas, así de cavalleros como de peones, y el rey, por ver y favoreçer a cada uno, requiere todas las batallas de los grandes, y a cada uno loando su gente y conçierto con diversos loores los favoreçe? El qual para cada uno segund su estado tenía novedad de palabras: para los viejos, discretas y reposadas, y para los mançebos, las mudava en dulçes motes, aquellas razones deziendo, segund la condiçión de cada uno, con que más les alegrase”. 163 Diversos estudios sobre la vida política y literaria de Gómez Manrique en M.A. Ladero (dir.), Los Reyes Católicos y su tiempo..., p. 27. Para el círculo de intelectuales y artistas que rodearon a Alonso Carrillo C. Moreno Hernández, “Pero Guillén de Segovia y el círculo de Alfonso Carrillo”, Revista de literatura, 47 (1985), pp. 17-49; y O. Perea, “La corte literaria de Alfonso el Inocente (1465-1468) según las Coplas a una partida de Guevara, poeta del Cancionero General ”, Medievalismo, 11 (2001), pp. 33-57.
205
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 206
Ana Isabel Carrasco Manchado
Los carteles, plagados de argumentos legitimadores, fueron copiados por escrito y enviados a las principales ciudades castellanas y aragonesas 164, consiguiendo una notable difusión que hizo olvidar, o lo pretendía, la derrota de la campaña militar. Si no se hubiera conservado la copia de estos carteles, hubiéramos tenido que confiar en la versión distorsionada que ofrecen las crónicas que los han transmitido parcialmente. La inclusión de copias de los carteles de Alfonso V nos permite, además, observar los argumentos contrarios. El discurso que se elaboró alcanzó una extensa proyección, ya que llegaron a destinatarios muy diversos: los combatientes (castellanos y portugueses) que asistieron al desafío y escucharon a los dos oradores exponer los argumentos, pero también los ciudadanos (castellanos y aragoneses), obligados a pagar los gastos de la guerra, incluso los soberanos extranjeros (el rey de Francia, aliado de Alfonso V de Portugal). Por esto, Fernando no descuida transmitir tan apropiados escritos que posibilitan seguir defendiendo con razones (y no sólo con armas) su derecho al título. Isabel, por su parte, se ocupa de que los carteles lleguen a los territorios cuya adhesión es más débil, como Andalucía. Ella fue la responsable de la difusión de los carteles por Andalucía, mientras que Fernando no parece tener interés en dárselos a conocer a los sevillanos, puesto que con su carta no se los remitió: “Et porque me paresçe que queriendo más satisfazer a sus súbditos e naturales con obras que con palabras nos vos faze saber por su letra las cosas espaçiadamente commo pasaron, por tanto, acordé de vos fazer saber e para vuestra mejor ynformaçión, mandé vos enbiar el trasunto de la requesta e de la respuesta e replicatos que fasta oy pasaron de entre su señoría e don Alfonso de Portogal” 165.
El término que emplea la reina, “trasunto”, nos hace pensar que Isabel debió enviar un resumen, probablemente hábilmente extractado, y, lo que nos parece más importante, sólo les envió tres de los cuatro carteles que escribió Gómez Manrique. Asimismo envió tan sólo dos de los tres que se escribieron en nombre de Alfonso V. Añade Isabel: “A la postrimera respuesta quel rey mi señor enbió, nunca ninguna cosa se le ha replicato fasta oy, lo qual se conosçe quel dicho don Alfonso de Portogal quiere pasar la cosa en dilaçión”. Recordemos que Alfonso envió una airada respuesta al tercer cartel de Fernando, a causa del episodio de la injurias sufridas por su rey de armas. Justo al día siguiente de la fecha de esta carta enviada a Sevilla por la reina, escribía Gómez Manrique un cuarto cartel de Fernando en respuesta al último del portugués. Isabel debe ser la culpable de que los cronistas que resumen los carteles de desafío en sus crónicas, se 164
Analizaremos los carteles escritos por Gómez Manrique, en la transcripción de A. Sesma, según el traslado de la copia enviada a los diputados de Aragón (“Carteles de Batalla...”, pp. 284-285, 287-288, 290291, 293-295). 165 Carta de la reina adjuntada a la enviada por Fernando a Sevilla el 3 de agosto de 1475, R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, doc. 27, p. 51.
206
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 207
El fragor de la guerra
olviden de los dos últimos y terminen repitiendo la idea que transmite Isabel, interpretando la no respuesta de Alfonso como una voluntad de dilatar el proceso, o como una victoria del príncipe de Aragón en el combate ideológico 166. Mientras se cruzaban los carteles, estando la hueste en el real ante los muros de Toro, Fernando intentaba apaciguar los ánimos desalentados ante la falta de combate. Los títulos de nobleza y los privilegios que se expidieron aquellos días, no podían dejar de contener mensajes propagandísticos 167. Igualmente, las cartas que certificaban las investiduras caballerescas impuestas a diversos personajes, nobles y pecheros. Las fórmulas pronunciadas durante la ceremonia transmitían también cierto discurso que beneficiaba a Fernando, como cabeza de la caballería. Otros posibles agentes de propaganda eran los truhanes que acompañaban la hueste, gritando los apellidos del rey y de los caudillos 168. Todas estas son manifestaciones de la propaganda de la nobleza orquestada por el rey con objeto de mantener la cohesión de la hueste en una difícil situación 169. Tras la campaña, de nuevo las cartas reales sirvieron para desvirtuar la sensación de derrota. Fernando enviaba cartas a las ciudades, dando su visión parcial de los hechos, intentando resaltar lo positivo y justificar lo negativo. Su memoria de la batalla se convierte en la versión oficial que, bajo la forma de la información, se torna propaganda. Las cartas iban acompañadas de indicaciones sobre la celebración de plegarias y rogativas públicas 170. En los meses siguientes se observa una intensificación de los discursos anti portugueses. A las cartas reales y razonamientos de sus agentes, que actuaban incesantemente contra los nobles enemigos, se unió la actuación de diversos clérigos. Desde los púlpitos, durante las misas que precedían a las rogativas, proferían maldiciones y excomuniones contra todo aquel que renegara de los reyes que ellos consideraban legítimos 171. La traición política se equipara casi con la herejía. No 166
A. de Palencia, que por aquel entonces debía estar en Sevilla, utilizó seguramente los carteles incompletos que envió Isabel al concejo (el Bachiller Palma, que escribe posteriormente, los incluye todos porque trabaja con copias distintas). Gonzalo Fernández de Oviedo declara que su padre copió algunos de los carteles (que incluye el mismo Fernández de Oviedo en su Diálogo sobre Gómez Manrique), junto con otros sucesos de aquellos tiempos: “Abéis de saber que mi padre era mancebo en aquella sazón e deseaba saber e entender lo que veía [e] en su tiempo se ofrecía, e guardó muchas memorias de aquellas ocurrencias, que olgaríades de ver escritas de su mano muchas de ellas” (G. Fernández de Oviedo, Batallas..., III, pp. 15-16). 167 Analizaremos como ejemplo el título de duque del Infantado a Diego Hurtado de Mendoza (transcripción del documento, J. Layna Serrano, Historia de Guadalajara y de sus Mendozas..., pp. 474-475). Véanse las observaciones sobre éste y otros privilegios reales que actúan como “acicate de adhesión a la causa regia”, en, M.C. Quintanilla, “La nobleza”, en: J.M. Nieto (coord.), Orígenes de la monarquía..., pp. 80 y 82. 168 El grito tenía, en la Edad Media, diversas funciones sociales y simbólicas. Véase la reciente obra de conjunto: D. Lett y N. Offenstadt (eds.), Haro! Noël! Oyé! Pratiques du cri au Moyen Âge, París, 2003 y, en concreto, para el tema que nos ocupa, el artículo perteneciente a esta obra I. Guyot-Bachy: “Cris et trompettes. Les échos de la guerre chez les historiens et les chroniqueurs”. 169 Crónica incompleta..., p. 215. 170 Las cartas enviadas a Sevilla tenían fecha del 3 de agosto (Tumbo, T. I, doc. 26 y 27, pp. 48-51). Dos días más tarde escribía Fernando cartas en idénticos términos, desde Medina del Campo (véase la carta enviada a Murcia transcrita por J. Torres Fontes, “La conquista...”, pp. 116-118). 171 Tras tomar el rey Alfonso la plata de la iglesia de Cantalapiedra, fue excomulgado por el obispo de Salamanca, según cuenta el cronista de la incompleta, “Y de aquella hora en adelante, así los clérigos con
207
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 208
Ana Isabel Carrasco Manchado
contamos con el contenido de estos sermones, pero varios cronistas aluden a su existencia. Los religiosos predicaban la conveniencia de apoyar militarmente a Isabel y Fernando, intentando ganar hombres de armas de este modo. La predicación fue uno de los recursos empleados para atraer a las milicias asturianas: “Y el marqués de Astorga, sobrino del rey, y el conde de Luna, don Diego Fernández de Quiñones traxieron allí muy grand copia de gente de Asturias, los quales con grand voluntad querían yr a pelear con los portugueses, a lo qual mucho ayudavan las predicaçiones de notables religiosos” 172.
Los predicadores reales actuaron igualmente como agentes de una propaganda de guerra antinobiliar y antiportuguesa. En estos momentos hay que fechar un sermón del predicador Íñigo de Mendoza que debió ser pronunciado en la capilla real, ante nutrida asistencia de cortesanos. Nos referimos al Sermón trobado que fizo frey Íñigo de Mendoza al muy alto y muy poderoso prínçipe, rey y señor e rey don Fernando, rey de Castilla y de Aragón sobre el yugo y coyundas que su alteza trahe por divisas. El sermón, que glosaba en clave política el versículo evangélico de san Mateo, “Jugum meum suave est” (Mt. 11,30), para gloria y alabanza del poder de mando de Fernando de Aragón, fue trascrito en forma de poema. Y así llegó a ser difundido por la imprenta, al término de la contienda 173. El sermón versificado, por su tono agresivo, fue casi con toda seguridad pronunciado antes de la batalla de Peleagonzalo, quizá en la ciudad de Burgos, donde Fernando permaneció los meses del otoño de 1475 estrechando el cerco del castillo, poco antes de marchar a tomar posesión de Zamora. Íñigo de Mendoza era natural de Burgos y no sería de extrañar que quisiera lucirse de este modo ante sus compatriotas aliados, al tiempo que alentaba el castigo contra los que se oponían al rey cuyo partido él defendía. El poema-sermón del predicador Mendoza forma parte de cierta estrategia que se observa en esos meses tras la derrota de Toro y antes del triunfo en Peleagonzalo. Da la impresión de que algunos autores intentan rehabilitar la imagen de Fernando, sin duda algo desprestigiada tras el infructuoso desafío. El poema-sermón gira en torno a la figura del yugo que Fernando traía por divisa. Resulta sintomático que Alfonso de Palencia, en su crónica, se refiera al tema del yugo de la divisa de Fernando inmediatamente después de narrar el triunfo del 1 de marzo de 1476. La referencia se incluye en una profecía. Un prodigio había anunciado, según él, que la victoria sería del que trajera el yugo por divisa:
descomuniones y maldiçiones, como el rey y reyna con grand astuçia y diligençia, le guerrean por tantas partes, que nin valerse nin remediarse sabía” (Crónica incompleta..., p. 275). 172 Diego de Valera, Crónica..., p. 26. 173 La primera edición impresa que se conserva tiene fecha de 25 de enero de 1482 (en Zamora, por el impresor Centenera), véase K. Whinnom, “The Printed Editions and the Text of the Works of fray Íñigo de Mendoza”, artículo reeditado en Medieval and Renaissance Spanish Literature, Éxeter, 1994, pp. 1835 (p. 19).
208
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 209
El fragor de la guerra
“En la cibdad de Sevilla, poco ante de la victoria avida por el rey don Fernando, fue pronunçiado en esta guisa; que yendo en la Berbería un sevillano, entre los moros avía grand fama de la entrada del rey de Portugal en Castilla, e como le fuese preguntado un moro qué sabía de la entrada del rey de Portugal en los reynos de Castilla e del poder del rey don Fernando, el christiano respondió que no sabía otra cosa salvo que todos los reynos estavan escandalizados e puestos en armas con grand espanto e temor. Al qual el moro respondió: «Sey çierto, amigo, que a aquel rey de España es otorgada la victoria que trahe el yugo por devisa»” 174.
Esta profecía (si es que realmente era conocida y no es un invento de Palencia) resonaría, a buen seguro, en los oídos de aquellos que ya habían escuchado, probablemente no mucho antes, el sermón-poema de Íñigo de Mendoza, que actúa, así, como confirmación de la verdad profética. A fines de 1475 se pronuncia otro sermón pero de naturaleza bien distinta al que compuso Íñigo de Mendoza. Este sermón no contiene propaganda de guerra, ni fue escrito con tal finalidad. Su origen es estrictamente religioso, pero, puesto que su versión escrita fue motivada por el encargo real de ser redactado y remitido a Isabel, se transforma en vehículo de la propaganda personal de la reina. Nos referimos a un sermón que pronunció el confesor real Hernando de Talavera en su convento de Santa María de Prado, en Valladolid. Debemos hacer notar que, a partir de mayo, se bifurcan los itinerarios de la pareja real, por eso, en estas fechas, encontramos distintas obras dedicadas por separado, ya sea a Fernando, ya sea a Isabel. Isabel pasó en Valladolid las navidades del año 1475, alejada de Fernando que permanecía en Zamora. Fue en estos días, en los que la reina se entregaba al fervor espiritual conforme con la época del año, cuando encargó a su confesor copia del sermón de la Collaçión muy provechosa de cómmo se deven renovar en las ánimas todos los fieles christianos. Messeguer Fernández ha fechado este breve tratado el día 3 de diciembre de 1475, según el día en que Talavera pronuncia el sermón, el primer domingo de Adviento 175. 174
Según el relato de D. de Valera,Crónica..., pp. 74-75, que “traduce” a Alfonso de Palencia, añadiendo que se trata del “famoso yugo de Gordiano, antiguamente deshecho por Alejandro de Macedonia”. El musulmán le anunció un presagio: que en un mármol negro situado en las gradas de los mercaderes, junto a la lonja de la iglesia, vería grabado un yugo blanco jamás visto por las gentes y una mata de esparto que las gentes arrancarían, tan pronto les fuera mostrada la piedra con el yugo. El sevillano regresó a su ciudad, vio el mármol y asistió a lo que el musulmán le había contado. También Palencia afirma haber estado presente a lo que considera un presagio de la victoria de Toro (D. III, L. XXV, C. X). La alusión de Alfonso de Palencia al nudo gordiano, refiriéndose al yugo de la divisa de Fernando, viene al caso para citar un artículo que suele tenerse poco en cuenta, en el que se demuestra que no es correcta la atribución de la invención de la leyenda y lema de la divisa fernandina a Antonio de Nebrija. Como vemos, la divisa era ya conocida antes de que el humanista entrara en contacto con la corte. El artículo es de L. Gil, “Alejandro, el nudo gordiano y Fernando el Católico”, Habis, 16 (1985), pp. 229-242. 175 Tanto este tratado como el Tratado de los loores, que citaremos después, se encuentran en un manuscrito de la Biblioteca de la Fundación Lázaro Galdiano, ms. 332. J. Amador de los Ríos transcribió el texto de la Colación en el apéndice de su Historia crítica de la literatura española, VII, pp. 544-561. J.
209
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 210
Ana Isabel Carrasco Manchado
Los poemas de Íñigo de Mendoza y el tratado de Hernando de Talavera muestran cómo el discurso político de la propaganda de Isabel y Fernando dejaba de ser exclusivo de la cancillería real o de la liturgia. Diversos escritores comenzaban a colaborar con la propaganda regia, poniendo la literatura a su servicio, como propagadora de un mensaje mucho más elaborado, desde el punto de vista argumentativo y simbólico, con mayores capacidades de preservarse para el futuro. Muchos de estos escritores eran íntimos colaboradores de los reyes o aspiraban a serlo. Más o menos cuando Hernando de Talavera transcribía su sermón para entregárselo a la reina, debió ser escrita para Isabel una curiosa obra titulada La Poncella de Francia y de sus grandes fechos en armas, sacados en suma de la crónica real, de corte caballeresco pero con componentes próximos a los espejos de príncipes. La obra ha llegado hasta nosotros en su versión anónima e impresa, aunque se sabe que durante la vida de Isabel circulaba una versión manuscrita. Se ha atribuido a Gonzalo Chacón o a Fernando del Pulgar, puesto que el autor dice ser “embaxador de Castilla a Francia” 176, como lo fue Pulgar en 1475, en nombre de Isabel y Fernando y, en fechas anteriores, en nombre de Enrique IV. Parece, no obstante, que los que han estudiado esta obra se decantan más bien por la autoría de Gonzalo Chacón 177. En cualquier caso, uno y otro son dos íntimos colaboradores de Isabel, sobre todo Gonzalo Chacón, fiel desde los momentos más duros de su vida como “princesa” 178. En cuanto a la datación, también existe cierta discrepancia. A. Rucquoi piensa que la obra fue escrita para Isabel cuando aún no se había casado. El prólogo, en el que se nombra a Isabel ya como reina, pudo haberse añadido después, en su opinión. La única base sobre la que sostiene esta creencia es el hecho de que el modelo de Juana de Arco presentado a Isabel es el de una mujer célibe. En opinión de la autora, se planteaba así una solución a las polémicas negociaciones
Messeguer Fernández hace referencia a los dos tratados en su artículo “Isabel la Católica y los franciscanos (1451-1476)”, Archivo Iberoamericano, 30 (1970), pp. 266 y 307-310. 176 Citaremos por la siguiente edición de esta obra: La Poncella de Francia. La “historia” castellana de J.A. de Arco, eds. V. Campo y V. Intantes, Madrid, 1997, la cita en pp. 89-90. 177 Es el caso de los editores modernos de la obra y de A. Rucquoi, en su artículo, “De Jeanne d’Arc à Isabelle la Catholique: l’image de la France en Castille au xv e siècle”, Le journal des sçavants, 1990 (enjun), pp. 155-174. Esta atribución se sustenta en los paralelismos que se dan entre la historia de La Poncela y el relato recogido en la Crónica de don Álvaro de Luna, que cita expresamente una historia de La Poncela en castellano. Puesto que esta crónica se ha atribuido a Gonzalo Chacón, se afirma que es él el posible autor de La Poncela. En cualquier caso, esta atribución es discutible, sobre todo porque Gonzalo Chacón era un hombre tan cercano a Isabel y tan destacado como miembro de su consejo, y su contador mayor, que nos cuesta creer que firmara por estas fechas una obra dedicada a la reina presentando como su único y principal valor el haber sido “un embajador” en Francia. 178 Referencias constantes a la actividad política de Gonzalo Chacón junto a Isabel durante el conflicto que se vivía en tiempos de Enrique IV en, M.I. del Val, Isabel la Católica..., referencias en p. 559. Un esbozo de la vida del personaje en J. de M. Carriazo, “Tres cortesanos de los Reyes Católicos: Gonzalo Chacón, Gutierre de Cárdenas y don Diego Hurtado de Mendoza”, Clavileño, II, 12 (1951), 9-18, y en la introducción de este estudioso a la edición de la Crónica de don Álvaro de Luna, Madrid, 1940.
210
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 211
El fragor de la guerra
matrimoniales llevadas a cabo en su momento 179. Nosotros ponemos en duda esta hipótesis, puesto que resulta inconcebible para la época proponer tal modelo de celibato a una futura reina, y más en un contexto de disputa por el trono, en el que más que la persona de la propia heredera, resulta casi más importante determinar quién sea el pretendiente con el que contraería matrimonio. No hay nada en la estructura ideológica de la época que promueva la facultad de gobernar de una mujer soltera. En un contexto de guerra, es, además, el varón el que aporta el poder militar y de mando en la lucha. Los partidarios de Isabel podían estar divididos en torno a uno u otro pretendiente, pero un consejero de Isabel como Gonzalo Chacón (si es que fue éste el autor) no habría sido tan insensato como para pensar en una princesa célibe, teniendo en cuenta, además, que su oponente era otra mujer casadera y con posibilidades de dar a Castilla un heredero varón, que es lo que, en último término, todos deseaban. No hay por qué pensar que el prólogo fue añadido después. La historia de La Poncela, por el tono en el que fue escrita, claramente pertenece a los primeros años del reinado. El autor, que en el prólogo anima a Isabel a recuperar los “reinos perdidos” presenta a la reina Isabel el modelo combativo de Juana de Arco, insistiendo sobre todo en la misión providencial que guió a la doncella francesa, misión que el autor atribuye a Isabel. Lo de menos era que fuera célibe. Los editores modernos de La Poncela, por su parte, piensan que debe ser incluida dentro de la década de los ochenta, escrita, por tanto, en el contexto de la guerra de Granada o en sus inicios. Basan su afirmación en el final del proemio que termina con un deseo de que la reina Isabel acabe con la “dañada seta” 180. No hay que confundir, sin embargo, esta alusión a la “dañada secta”, que se refiere de manera general a la ley islámica, con el reino de Granada. Se trata, simplemente, del tópico desiderativo con el que termina todo panegírico, esté escrito en la época de los Reyes Católicos, o en la de Enrique IV, o en la de reyes anteriores. El desideratum del autor no se refiere, en realidad, a la conquista del pequeño enclave granadino, sino a un programa mucho más ambicioso. Tornar “toda la ley una”, según su expresión, se refiere más bien a la conquista de Jerusalén, mediante la cual quedaría destruida, definitivamente, la ley musulmana. Es el programa con el que culmina todo deseo mesiánico aplicado a los monarcas reinantes. Esta obra no estaría escrita ni antes de 1474, ni después de 1482. El prohemio comparte su discurso con obras de los primeros años del reinado de los reyes, como la Crónica incompleta de los Reyes Católicos, o la Divina retribución 179
“Le modèle proposé à Isabelle de Castille résout le problème en refusant tous les mariages, ce qui laisse à penser que l’ovrage fut rédigé avant que le choix ne portât définitivement sur l’héritier d’Aragon”, A. Rucquoi, “De Jeanne d’Arc...”, p. 165. 180 Dicen los editores: “La referencia parece más o menos clara a la recuperación final del último reino nazarí, la “dañada seta”, y por tanto es posible situar esta mención, vid. supra lo dicho a propósito de la pacificación interior, a partir de 1482, momento en que emprende de forma constante la conquista de Granada y, como dice el texto, “torne toda la ley una”; ello hace posible que la fecha de composición del “Prohemio”, y consecuentemente el texto, con valor temporal del adverbio (DRAE), se sitúe entre 1484 y 1492”, La Poncella..., p. 94, n. 27.
211
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 212
Ana Isabel Carrasco Manchado
(en la primera parte de la cual se describe un panorama del estado del reino, ciertamente apocalíptico, semejante al que se recoge en La Poncela) y no con otras obras apologéticas escritas durante la guerra de Granada, como pudiera ser la Consolatoria de Castilla 181. La obra fue escrita, casi con seguridad, entre 1474 y 1479. Nosotros apuntamos una fecha más concreta, en función de su validez propagandística: el periodo de meses que va desde el infructuoso desafío de Fernando de Aragón presentado ante los muros de Toro, en agosto de 1475, hasta momentos antes de la batalla de Peleagonzalo, el 1 de marzo de 1476. El tono de la obra y ciertos temas tratados nos inducen a datarlo en ese paréntesis. Este momento está marcado por el pesimismo, sobre todo antes de la entrega del castillo de Burgos, formalizada a fines de enero de 1476, fecha que puede limitar aún más el periodo en el que se escribe. El autor marca un paralelo entre la destrucción del Reino de Francia y la destrucción del Reino de España, que ha tenido lugar tras el reinado de Enrique IV y por los efectos de la guerra civil. La salvación de Francia vino de la mano de Dios y de su mediadora Juana “la Poncella”; la salvación de España y de Castilla, vendrá de la mano de la reina, ayudada también por Dios. Ambos casos se piensan como un proceso mesiánico. Pero en el caso de Castilla no se ha culminado ese proceso, dado que la plaga aún no ha acabado, y de ahí que se presente a la reina el modelo y el espejo de la historia de Juana de Arco. En el desarrollo de la obra podemos encontrar otros paralelismos con la situación castellana, que convertiría la historia en una obra de actualidad para sus contemporáneos. Francia es invadida por un rey extranjero, el rey de Inglaterra que se corona rey de Francia, así como Castilla es invadida por un rey extranjero, el rey de Portugal que se ha “coronado” rey de Castilla. El rey de Francia se encuentra desamparado por una parte importante de su nobleza, así como sucede con los reyes de Castilla, que tendrán que acudir a reconciliarse poco a poco con los nobles rebeldes, igual que hizo el rey de Francia en la narración. Juana la Poncela lanza un desafío al partidario del rey inglés, el duque de Savoya, para probar, por juicio de Dios, la verdad y la justicia que coronan sus razones. No estaría lejos de la memoria el desafío lanzado por el rey Fernando para defender su derecho, y el de la reina Isabel, ante su adversario portugués. En la historia se incluyen algunos razonamientos que giran en torno a la idea del rey de Francia de conquistar Inglaterra, llevado por el aliento de las victorias de la Poncela 182. También pasó por la cabeza del rey Fernando la idea de conquistar el Reino de Portugal, título, el de reyes de Portugal, que asumieron desde agosto de 1475 hasta 1480. Valorando todos estos paralelismos llegamos a la conclusión de que la obra fue escrita entre agosto de 1475 y enero de 1476. La entrega de la obra a la reina por su autor, ya sea Gonzalo Chacón o Fernando del Pulgar, o cualquier otro, 181
Víctor Infantes y Victoria Campo relacionan esta obra con la Consolatoria de Castilla, de Juan Barba, escrito en torno a 1487 o con el Panegírico de Diego Guillén de Ávila, escrito en 1499 (La Poncela..., p. 36), pero en nuestra opinión, el tono es bien distinto. 182 La Poncela..., p. 103.
212
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 213
El fragor de la guerra
debió llevarse a cabo poco después de la entrega de la Collaçión por Hernando de Talavera 183, aquellos días en los que Isabel residía en Valladolid, separada de Fernando. En las navidades de 1475 se sabía ya que la reina partiría para Burgos, con objeto de forzar la entrega del castillo. Nada mejor que una obra de este tipo, que presenta a Isabel como espejo de la ilustre Poncela, para prestigiar la imagen de la reina desde un punto de vista militar. El fracaso militar y el desprestigio caballeresco de Fernando quedaría así compensado en la corte con el prestigio que podía ganar Isabel con el empleo de las armas. Desde este punto de vista resulta un tema inusual en la propaganda isabelina, pero, por esta razón, sólo explicable en estos momentos de la guerra 184. Mientras Isabel residía en Valladolid, Fernando permanecía en Zamora, asegurando la ciudad, desde que esta se entregara a principios de diciembre de 1475. Después de la capitulación del castillo de Burgos, comienza a declinar la fama del rey portugués. Puesto que algunos literatos adeptos a Isabel estaban dedicando escritos a la reina, otros escritores, afines especialmente a Fernando, se entregan a la misma tarea. Era el momento de devolver a los castellanos que luchaban junto al príncipe aragonés la confianza en su valor guerrero. Un caballero literato como Diego de Valera, seguidor atento de los acontecimientos, enviaba a Fernando, por el mes de febrero de 1476 185 su Doctrinal de príncipes 186. En estas 183
La Poncela comparte con la Colaçión de Hernando de Talavera el tema de “las condiciones del águila”, si bien este lo hace en términos espirituales, y el autor de La Poncela en términos caballerescos (La Poncela..., p. 209-212). El águila es uno de los iconos de estos primeros años de la lucha por el trono. 184 Rara vez emplea la propaganda de Isabel los temas caballerescos. Por el contrario, es uno de los temas preferidos por la de Fernando, que participa en justas y preside desafíos, a pesar de las prohibiciones que en el futuro se dictarán sobre ellos. Sólo el relativo fracaso de la estrategia de propaganda caballeresca que fue el desafío al rey portugués, ideada por los colaboradores de Fernando, pudo inspirar en los de Isabel la atribución a la reina de los temas afines a Fernando. 185 Así se suele entender, según una carta de Fernando a Diego de Valera escrita en Zamora, el 17 de febrero de 1476: “Mosén Diego de Valera: rescebí vuestra letra y el libro que me enviastes, el cual y lo que me escrivisteis vos tengo en muy señalado servicio y bien es conforme vuestra buena voluntad a mi servicio segund lo que siempre esperé y confié de vos. Y así, viniendo tiempo y logar para ello, vos contamos gratificar e remunerar con honras e mercedes”, “Cartas de los Reyes Católicos a Mosén Diego de Valera”, M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, II, Madrid, 1959, p. 47. El mismo día Fernando nombraba a Valera su maestresala, con diez mil maravedís de quitación (cédula del 17 de marzo de 1476, ibídem, p. 48). 186 Se conocen seis manuscritos del Doctrinal, según los clasificó J. de M. Carriazo que editó esta obra (“Lecciones al rey Católico. El Doctrinal de príncipes de Diego de Valera”, Anales de la Universidad Hispalense, XVI, 1955, 73-132), casi al tiempo que M. Penna preparaba la suya para la Biblioteca de Autores Españoles (Prosistas castellanos del XV). Las dos ediciones tomaban como base el manuscrito 1341 de la BNE, códice recopilado por un descendiente de Valera que contiene sus principales obras y que también sirvió de base a la edición de J.A. de Balenchana (Las Epístolas... con otros cinco tratados, Sociedad de Bibliófilos Españoles, 16, Madrid, 1878). Hay, sin embargo, otros dos manuscritos que nos interesan, el ms. 7099, fols. 4673, que es el más antiguo de todos (no incluye en el encabezamiento, al anotar el nombre de Valera, el cargo de maestresala) y el ms. 17804, manuscrito iluminado con escudo de los Reyes Católicos que debió ser el que guardaban en su biblioteca. La obra de Valera alcanzó también una difusión impresa en la época (desgraciadamente se desconoce la fecha del incunable, véase, J. de M. Carriazo, “Lecciones...”, p. 75). Hay otra edición más reciente de Silvia Monti, en Verona, Università degli Studi di Verona, Facoltà di Economia e Commercio, Istituto di Lingue e Letterature Straniere, 1982 y una tradución francesa editada en la antología de textos políticos medievales de origen hispano, de J. P. Barraque y B. Leroy, Des écrits pour les Rois en Espagne médiévale. La réflexion politique d’Isidore de Seville aux Roix Catholiques, París, 1999.
213
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 214
Ana Isabel Carrasco Manchado
fechas críticas, nada como un tratado de regimiento de príncipes para reafirmar de nuevo la legitimidad de la sucesión y la conveniencia de preferir a Fernando frente a su adversario Alfonso. La obra contiene el suficiente grado de reflexión teórica en torno a la figura del rey 187 como para devolver la confianza en Fernando e impulsar su imagen, incluso, por encima de la de su mujer la reina. Valera añadió, además, un interesante capítulo sobre las diferencias entre el rey y el tirano, que convierte su obra en un instrumento de justificación apropiado para el contexto político que se vive 188. No se trata, pues, de un tratado de teoría política escrito en términos generales, repitiendo los tópicos de los tratados de regimiento de príncipes, sino de una obra de actualidad y de validez práctica. Valera puso en manos de Fernando un documento valioso para dotar de contenido la propaganda de legitimación al trono, una propaganda con la que salía especialmente beneficiado, puesto que quedaba patente que el monarca ideal para gobernar Castilla era Fernando. La recompensa al caballero no se hizo esperar: el nombramiento de Valera como maestresala del rey fue inmediato 189. Estas son las principales modalidades de transmisión, oral y escrita, del discurso propagandístico en esta segunda fase de la contienda sucesoria. Las fuentes se van diversificando, la propaganda oficial, dictada desde los mecanismos institucionales, cancillerescos, se ha reforzado con la labor de profesionales de otros ámbitos: eclesiásticos que ponen el púlpito al servicio de la propaganda, y caballeros y letrados cortesanos que ofrecen a los reyes sus habilidades como literatos. 4.2. “Sembradores de derechos, sembradores de cohechos”: el discurso jurídico o de la justicia Las afirmaciones en pro del legítimo derecho al título se extienden a medida que se hace más molesta la presencia de unos reyes rivales en el disputado reino. En esta fase se han incorporado, según acabamos de ver, nuevos agentes 187
La importancia del Doctrinal de príncipes y de su autor Diego de Valera en el desarrollo de las ideas políticas del pensamiento medieval hispano ha sido valorada por diversos estudiosos del tema, desde J.L. Beneyto, Los orígenes de la Ciencia política en España, Madrid, 1949, pp. 369-370, a J.L. Bermejo Cabrero, que dice que Valera es un “notable pensador político”, y le atribuye unas “observaciones políticas ya en una línea moderna”, a pesar de sus “planteamientos un tanto eclécticos” (J.L. Bermejo Cabrero, Máximas, principios y símbolos..., pp. 22 y 63). Ese talante de transición entre dos épocas que se observa en el pensamiento de Valera fue apuntado por M. Penna, en “El príncipe según Diego de Valera y el príncipe según Maquiavelo”, Revista de Estudios Políticos, 84 (1955), pp. 121-138. 188 Véase, a propósito del valor práctico de las teorías de Valera para el contexto político de la guerra por la sucesión, M. Penna, ibídem, y su “Estudio preliminar”, a la edición de Prosistas..., pp. CXXXIV-CXXXV). 189 La fecha del Doctrinal fue establecida por Lucas de Torre, que percibió la relación con la carta en la que Fernando agradecía el envío de un libro y le nombraba su maestresala. Sobre su vida, obra e ideología se ha escrito bastante: L. de Torre, Mosén Diego de Valera: Ensayo biográfico, Madrid, 1914; J. de M. Carriazo, en su introducción a la edición de la Crónica de los Reyes Católicos, Madrid, 1927, pp. xv-lxvii. Sobre su origen converso, vivencias religiosas, servicio a la monarquía y otros aspectos biográficos: M. del P. Rábade, Los judeoconversos... Recientemente ha recopilado datos sobre su vida y su obra, analizando su pensamiento J.D. Rodríguez Velasco, “Diego de Valera: una vida y una cultura para la caballería”, capítulo de su estudio El debate sobre la caballería en el siglo XV. La tratadística caballeresca castellana en su marco europeo, 1996. En Mosén Diego de Valera y su tiempo, Cuenca, 1996, se analizan sus teorías sobre nobleza y monarquía.
214
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 215
El fragor de la guerra
y nuevos medios de transmisión del discurso propagandístico. Las consignas de los documentos oficiales se amplifican en otros textos escritos, en prosa y en verso. Las cartas reales son tajantes en sus afirmaciones: el rey de Portugal ha venido a “ocupar indebidamente” el reino 190. Las cartas enviadas solicitando ayuda económica insisten con dureza en la ilegalidad de la acción emprendida por el portugués, calificada en términos de “apropiación” de lo que “non le pertenesçe”; demanda “tan fea e tan injusta”, acción opuesta a la que sostienen los reyes legítimos, basada en la “verdad e justiçia”. Los súbditos deben comprender las consecuencias que para ellos puede tener un conflicto de esta naturaleza. Como apoyo retórico, en esta serie de cartas recurren al concepto libertad. La línea de argumentos que presenta a los reyes como salvadores de la tierra y de sus habitantes se retoma con más fuerza en este segundo periodo. En esta carta se emplea el concepto libertad en relación con las personas y con los territorios. En el caso de los súbditos se asocia a la idea de defensa 191. Isabel y Fernando son reyes defensores de sus “naturales”: “Defenderemos poderosamente la honrra e libertad de nuestros naturales. E los malos e desleales avrán su pena e castigo”. Para referirse a los súbditos se recurre a un concepto que apela al especial vínculo que se establece entre estos y el rey, el vínculo de naturaleza 192. La afirmación del derecho a la sucesión se combina con el llamamiento a cierto sentimiento medular de unión entre los reyes legítimos y sus súbditos a partir del cual se pretender demostrar que la demanda del rey portugués y de la reina Juana carece de legalidad: se trata de negarles la atribución de dicho vínculo, a pesar de que dicho vínculo se adquiere con la celebración de los ritos sucesorios. Su demanda, además de injusta, es antinatural. En este texto, dirigido a los concejos del reino, las implicaciones de estas palabras, cuidadosamente elegidas, son múltiples. Después del preámbulo, Isabel pone de manifiesto la precariedad pecuniaria de la Corona para pagar gente de armas y la necesidad de recurrir al dinero de todos los súbditos y naturales de cualquier condición. La justificación es que “esta nuestra empresa redunda en bien común de mis regnos e en honrra e libertad de ellos”. Fijémonos que el concepto de libertad se aplica a los reinos, en un sentido global, que puede entenderse como 190
Carta a las ciudades, declarando la guerra al Reino de Portugal (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes..., doc. 25, p. 85). 191 Carta de 6 de julio de 1475 pidiendo un empréstito (ejemplar abulense en B. Casado Quintanilla, Documentación Real..., pp. 29-31). Los siguientes argumentos pertenecen a esta carta. 192 El concepto de naturaleza quizá sea uno de los conceptos políticos capitales que sustentan los cimientos ideológicos de los estados modernos. Su sentido se ha ido alimentando de múltiples perspectivas (religiosa, filosófica, jurídica...) de manera que pueda adaptarse a distintas apropiaciones. En el siglo xiii, desde una concepción feudovasallática, el rey se apropia de la definición del vínculo de naturaleza para aplicarla a las nuevas relaciones que a partir de ese momento ligan al pueblo, al rey y a la tierra. María Asenjo ha detectado las ventajas que, en el marco local, podía tener esta forma de definir la relación de dominio del rey sobre las ciudades, al apropiarse de un papel que en la mentalidad comunitaria venían asumiendo las llamadas jerarquías naturales (véase, entre otros, su artículo “Ciudades y hermandades en la Corona de Castilla. Aproximación sociopolítica”, Anuario de Estudios Medievales, 27 (1997), 115-116). Sobre las múltiples implicaciones políticas del concepto de naturaleza, véase J. Krynen, “Naturel. Essai sur l’argumentation de nature dans la pensée politique à la fin du Moyen Âge”, Journal de Savants (1982), pp. 169-190.
215
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 216
Ana Isabel Carrasco Manchado
el espacio, la tierra. Para las autoridades concejiles, destinatarios prioritarios de esta carta, la palabra libertad no significa, en su primer significado, lo opuesto a servidumbre, sino el sinónimo de privilegios, de buenos usos y costumbres, de todos los derechos ciudadanos heredados, conservados y jurados por los reyes anteriores y que Isabel juró reiteradamente que guardaría y que confirmó en diversas circunstancias a lo largo del proceso sucesorio. La defensa de estos privilegios, de las libertades ciudadanas que han sido juradas y aprobadas por Isabel y no por sus rivales, irremediablemente debía convencer a las autoridades concejiles de la bondad de la petición regia, pero también al resto de grupos que habitualmente no pagan tributos, escudados igualmente en privilegios y libertades personales. Isabel se presenta como la única defensora de los privilegios y de las libertades, eludiendo la cuestión de fondo de si su demanda económica vulnera esos mismos privilegios. Como ella es la única que puede garantizarlos, dice Isabel, “muy justamente puedo reçebir e tomar prestado a las personas que lo tienen e aprovecharme de lo suyo”. Las expresiones de afirmación del derecho y de la legalidad de la sucesión se observan en una serie de textos que se escriben en ese verano de 1475. Paulatinamente será Fernando quien asuma la defensa del derecho a la sucesión de su mujer, dejando al lado la íntima convicción de sus propios derechos. El combate dialéctico que tuvo que presentar ante el rey de Portugal, durante la primera campaña de Toro, le obligaba a ello. Ya, previamente, tuvo que hacer una declaración formal ante sus partidarios castellanos, a propósito de la lectura de su testamento 193. El desafío que lanza Fernando a su rival proporciona el medio para repetir de nuevo un discurso cuyo contenido parecía ya sobradamente agotado: – El contraste entre la legalidad que ellos poseen frente al fundamento de ilegalidad que sostiene a Alfonso y Juana (“la iusticia suya e de la reyna nuestra senyora está tan clara e notoria”, “empresa tan iniusta como esta” (primer cartel de batalla); “e porque tiene muy firme confiança en la clara iusticia quél e la reyna nuestra senyora tienen” (segundo cartel de batalla); “Sobre la iniusta demanda de la senyora vuestra sobrina”, “las razones muy justas e verdaderas que dar se podrían en guarda del derecho de la reyna nuestra senyora e suyo” (tercer cartel de batalla). – La alusión al acto de los Toros de Guisando: “Los más principales dellos, en presencia del senyor rey don Enrique, iuraron a la dicha reyna nuestra senyora públicamente por princessa heredera destos reynos e por reyna dellos pora después de los días del dicho senyor rey e haun con autoridad del legado del nuestro muy sancto padre” (segundo cartel de batalla). – El argumento de la legalidad al cumplir todas las ceremonias de sucesión, poniendo como prueba del derecho de Isabel el consenso que ha logrado aglutinar en torno a ella, que es tanto como transformar en electiva una monarquía 193
“Los reinos “manifiestamente devidos y pertenescientes a la muy esclareçida princesa doña Isabel, reyna verdadera y legítima succesora, señora y poseedora dellos, mi muy cara y muy amada mujer” (testamento de Fernando de Aragón en Noticias históricas..., p. 232).
216
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 217
El fragor de la guerra
hereditaria, concediendo a las ceremonias de sucesión el valor de confirmar esa elección: “estos reynos que iusto e pacíficamente tiene e posee y vuestra mercet no pone sino tres o quatro ciudades e villas en que los muy desleales tenedores della vos han apoderado” (cuarto cartel y similar argumento en tercer cartel) 194. Todavía, en medio de aquel debate sin fin, Fernando vuelve sobre las mismas ideas, una y otra vez, en las mercedes otorgadas en el real. La carta de privilegio que concedió al marqués de Santillana el título de duque del Infantado reitera: “después que destos nuestros reynos reyes somos”, el rey de Portugal, “ynjustamente es entrado en nuestros reynos usurpando nuestro real título et nos tiene ocupadas nuestras çibdades de Toro et Çamora”. En principio, no es un argumento que deba figurar en un privilegio de concesión de un título nobiliar. Pero es, precisamente, el carácter perpetuo de los privilegios, lo que convierte a este tipo documental en un medio ideal para proyectar la propaganda regia hacia la posteridad. Desde ahora y para siempre, este título que sella definitivamente la fidelidad de todo el clan Mendoza, proclamará la posesión del derecho de Isabel: “Ayudando a la justiçia et derecho que a estos renos de Castilla e de León tenemos, ca perteneçen a my´ la dicha reyna doña Ysabel commo a fija legítima del rey don Juan my señor et padre de gloriosa memoria e hermana et legítima et verdadera heredera et subçesora propietaria del muy alto et muy esclareçido rey don Enrrique my hermano señor” 195.
El uso propagandístico de esta idea se cifra en esta repetición continua que estamos viendo, en múltiples ámbitos y con diversos medios. La repetición fortalece la seguridad de un partido, al tiempo que pretende debilitar la del contrario. La apariencia de verdad se consigue con la repetición. Los destinatarios terminaban convenciéndose de que si una afirmación resulta tan repetida tiene que ser cierta. Tales ideas llegaron también a los púlpitos y, entre ellos, al púlpito cortesano, pues tal debió ser, desde el que Íñigo de Mendoza pronunció el sermón que da origen al Sermón trovado, dedicado a Fernando. Esta composición tiene el valor añadido de afirmar el derecho de Isabel al trono castellano, y también el derecho del propio Fernando. El enfrentamiento con un rival de la talla de Alfonso de Portugal lo precisa. El prestigio de Fernando debía sostener sus propias pretensiones de poder en el reino, y sostener, sobre todo, la fidelidad de hombres de armas en torno a un caudillo. No hay que olvidar además que la propaganda de la posesión del título de Castilla, incluso relegando a un segundo plano a Isabel, se proyectaba hacia la Corona de Aragón. Era importante el apoyo militar y financiero que venía de Aragón. Los ánimos del rey de Aragón, que quería ver a su hijo reinando con plenos poderes y títulos en 194
Todos estos argumentos en los carteles de desafío enviados por Fernando de Aragón, A. Sesma, “Carteles de batalla...”, pp. 284-285, 287-288, 290-291, 293-295. 195 Privilegio de 22 de julio de 1476, J. Layna Serrano, Historia de Guadalajara..., II, pp. 474-475.
217
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 218
Ana Isabel Carrasco Manchado
Castilla, se tranquilizaban con tales mensajes. Fray Íñigo llama a Fernando, en su Sermón trovado, “nuestro natural señor”, en tanto que poseedor legítimo de los títulos que ostenta, a los que se suman, Castilla y Aragón: “A quien de derecho y razón vestieron ropa de estado de Castilla y de León bordada con Aragón, Cecilia blosla el un lado y todo bien enpleado” 196.
La determinación de quién es el “señor natural” es uno de los temas frecuentes en las guerras sucesorias 197. Sólo Isabel podía legítimamente llamarse señora natural, puesto que fue jurada propietaria de los reinos (al igual que, entre sus rivales al trono, sólo Juana podía llamarse señora natural, por la misma razón). En el conflicto castellano, la necesidad de aplicarse este apelativo se hace más patente. De nuevo nos encontramos con la polisemia del concepto natural. El vínculo especial que define al propietario del reino se mezcla con el sentido de naturaleza que vincula a cualquier súbdito con el territorio en el que ha nacido. En la propaganda de este conflicto, dado que se enfrentan dos reyes que han venido de fuera de las fronteras del reino, los dos candidatos se consideran o son considerados naturales o extraños, según la perspectiva. La reina Juana, en las cartas que envió a las ciudades del reino tras su proclamación, acusó a Fernando de ser “rey extraño e non confederado nin aliado con el dicho rey mi señor [su padre]”. Por el contrario, para defenderse de los ataques que la propaganda castellano-aragonesa lanzaba contra el rey Alfonso, su marido, Juana hacía saber a las ciudades castellanas que “es bien que sepáys cómo el dicho rey mi señor es natural destos mis reynos e de la casa real de Castilla, e deciende del rey don Enrique el Segundo de gloriosa memoria, e del rey don Juan su fijo visaguelo del dicho rey mi señor e padre que Dios aya e de la dicha reyna de Sicilia que también lo fue del dicho rey mi señor” 198. Encontramos otras expresiones repetidas por diversos medios. Íñigo de Mendoza parece traducir en verso las mismas expresiones que fueron empleadas en los carteles de desafío: decía el tercer cartel de batalla que la usurpación de 196
I. de Mendoza, Sermón trovado, en Cancionero..., copla 1. Ante un conflicto sucesorio, se presenta como preferible al candidato que sea “natural de los reinos”. Así sucedió en la crisis por la sucesión del Reino de Portugal, que enfrentaba al rey Juan I de Castilla y al maestre Juan de Avis: en las cortes de Coimbra de 1385, el doctor Joa˜o das Regras defendió al maestre “como verdadeiro natural destes reinos” (citado por V. Viegas, “A somenos importância do discurso o doutor Joa˜o das Regras na Cortes de Coimbra de 1385”, Jornadas de Historia Medieval. 1385 e a Crise Geral dos seculos XIV-XV, p. 371). Los publicistas franceses, durante la guerra de los Cien Años, aducían, a comienzos de dicho conflicto, las ventajas que tenía el pretendiente Valois sobre el Plantagenêt, por ser, ante todo un “roi naturel” (J. Krynen, L’empire du roi..., pp. 26-27). 198 J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., pp. 26-27. 197
218
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 219
El fragor de la guerra
un trono al que se ha accedido justa y pacíficamente no lo “permiten los derechos divino ni humano” y el predicador Mendoza canta: “Pues tenéis tan bien parado lo divino y lo humano: lo divino porque vos, aunque puesto en tierna hedad, sois un rey mucho de Dios, lo humano porque las dos, gran justicia y libertad, fundada sobre verdad” 199.
Da la impresión de que el predicador, al versificar conceptos referidos al derecho empleados en los documentos oficiales y en los carteles de desafío, razón, justicia, verdad, libertad, pretende vulgarizarlos, hacerlos rodar como moneda corriente. El verso confiere a tales conceptos, empleados hasta entonces de una manera formal en los preámbulos de la documentación cancilleresca, una apariencia de eslogan: “Gran justicia y libertad,/ fundada sobre verdad”; “Teniendo en la voluntad / la justicia y libertad” 200. El derecho a la sucesión se afirma en los consabidos términos de claridad y notoriedad con los que se imprimen una falsa apariencia de consenso: “Pues los vuestros yugos son aquella clara verdad con que sin falsa afición por derecha subçesión vos vino la dignidad (...). Que pues de vuestro vando una verdad tan notoria cierta tenéis la victoria” 201.
El deseo de agradar a Fernando queda patente. En los documentos cancillerescos, los conceptos relacionados con el derecho sucesorio se emplean con una precisión mayor que sitúa a Fernando en un lugar bien distinto. Imposible encontrar en ellos una afirmación tan rotunda del derecho de Fernando a suceder en la corona castellana (“Por derecha subçesión/ vos vino la dignidad”). Íñigo de Mendoza es, además, un versificador que gusta de incluir refranes en sus coplas, por ello, resulta un útil creador y difusor de eslóganes políticos. En la copla diecinueve invoca de forma rítmica las leyes castellanas dictadas en la Segunda Partida para invocar la obligación pro rege mori de los nobles: 199
A. Sesma, “Carteles de batalla...”, p. 290; I. de Mendoza, Sermón..., copla 18. Ibídem, coplas 16 y 18. 201 Ibídem, copla 47. 200
219
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 220
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Porque según que es ley en la Segunda Partida por su grey y por su ley y por Dios y por su rey tienen los grandes la vida con juramento ofrecida”.
Por las mismas fechas, otra obra dedicada al príncipe de Aragón impulsaba la propaganda fernandina: el Doctrinal de príncipes de Diego de Valera. Las reflexiones sobre el oficio regio, expuestas en un tratado de regimiento de príncipes al uso, van trazando la legitimidad de la posesión del trono por el justo y recto ejercicio del gobierno, la segunda línea ideológica que funciona en este tipo de discurso, según veíamos en el capítulo anterior. Valera trata el tema de la tiranía, dando su apoyo a la teoría sobre el tiranicidio, si no expresamente, sí tácitamente, al aprobar el asesinato del rey Pedro, crimen que está en el origen de la dinastía Trastámara. Las teorías sobre la pérdida de la legitimidad real del rey que, habiendo sucedido de acuerdo con la legalidad, se vuelve tirano ejerciendo perversamente el poder, justifican, en sentido contrario, la adquisición de legitimidad, por el recto ejercicio, para aquel que accede al trono de una manera defectuosa. Valera no comete, sin embargo, la torpeza de aplicar esta teoría directamente, nombrando a Fernando, cuyos derechos, por otra parte, explícitamente son considerados por el autor como incuestionables, desde todos los supuestos, divinos y humanos: “Estos reinos por legítima sucesión de la muy alta e muy esclarecida princesa reina y señora nuestra doña Isabel”. Su principal valor es aportar una referencia teórica que pueda servir de apoyo justificativo indirecto 202. Otros textos recrean el recto ejercicio del poder y de la justicia, sin alusión directa a la idoneidad de reclamar el derecho a la herencia del rey Enrique. Aparecen planteamientos que se presentan como norma de conducta a seguir en el regimiento, dirigidos indistintamente a la reina (en la Colación muy provechosa, escrita por el confesor Hernando de Talavera 203 para Isabel) o al rey (el aludido Íñigo de Mendoza en sus exaltados consejos poéticos dirigidos a Fernando 204). Desde el punto de vista propagandístico, más hábil resulta el prólogo de la obra dedicada a Isabel por estas fechas, titulada La Poncela de Francia. Derecho al trono y ejercicio de la justicia se entremezclan en una idea. No se 202
Según el ejemplar de los reyes, D. de Valera, Doctrinal de príncipes, BNE, ms. 17804, fols. 1r y 43r. Entre otros consejos, incluye el confesor los referidos a la práctica de la justicia y el buen gobierno: los reyes “los han de amar, no commo señores a syervos por su propio interesse, mas commo padres a hijos por el bien proprio dellos, del qual amor ha de nasçer toda correctión y castigo civil o criminal, que en los delinquentes se ha de hazer y executar. Han otrossy´ de ser constantes y firmes en la execuçión de la justiçia y conservaçión de sus leyes; que ni por miedo, ni por ruego, ni por amor, ni por dinero, ni por ninguna otra pasyón nin affectión, no se muden, ni exçedan, ni fallescan de lo iusto y honesto”, Hernando de Talavera, Colación..., p. 550. 204 Dice Íñigo de Mendoza en el Sermón trovado refiriéndose al rey: “Do sembraban los ufanos/ continuamente cohechos/ senbraréis vos de derechos”, copla 42. 203
220
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 221
El fragor de la guerra
afirma ese derecho, se da por sentado que Isabel es la propietaria del reino, pero se insiste en la idea de que esa propiedad se la han arrebatado (y no se culpa al rey de Portugal). El estado calamitoso del reino, la proliferación de malhechores han ocasionado la pérdida del reino (pérdida en todos los sentidos, moral, social, incluso político, en relación con el título real), pero la reina lo recuperará (en los mismos sentidos, recuperará el derecho a gobernar y recuperará el orden social y moral) si se esfuerza en aplicar una labor justiciera. La comparación con el emperador Trajano, paradigma de justicia en todos los tratados políticos de la época, refuerza el modelo de conducta que sigue Isabel, que está dispuesta a arriesgar hasta el reino con tal de devolverle la justicia: “E como vuestra señoría tenga la condición estrangera y muy enemiga a la malicia de vuestros castellanos, no sólo como Trajano, que por guardar justicia sacó a sí mesmo el ojo, mas vuestra alteza por le sobrar en virtud, pone vida y estado. Pues, ¿quién por conservar justicia aventuró tanto a perder como los reinos de España?” 205.
Esta empresa de Isabel, recuperar la justicia y sus reinos, le ha ganado, según el anónimo autor, el favor y apoyo de sus pueblos (se busca con la invocación a la justicia atraer el consenso legitimador de los pueblos): “Y porque la gran fambre de justicia tiene muy flacos los pobres pueblos, en vuestro esfuerço se esfuerçan”. La idea de justicia, planteada en estos términos, va más allá de la habitual obligación reservada al ejercicio cotidiano del oficio regio. Hay que tener en cuenta que la pareja real castellano-aragonesa por esas fechas no había logrado emplear todavía en su favor un instrumento único para hacer ver su voluntad clara y su capacidad eficaz para ejercer el gobierno y la justicia, nos estamos refiriendo a las cortes. Por otra parte, la propaganda de la pareja rival castellano-portuguesa hacía uso también del discurso del buen gobierno en sus proclamas ante la opinión popular 206. Se extiende, pues, la idea sobre la necesidad de una justicia extraordinaria que debe ser aplicada a un reino en estado de perdición completa. El autor de La Poncela habla de “males graves de remediar”, alusión que apunta al desempeño de una misión reformadora radical por parte de Isabel, idea que, en la etapa anterior había sido apuntada en la carta de convocatoria a cortes, aunque sin añadir tan desesperada carga emocional. El discurso jurídico desarrolla, en esta etapa, las líneas de argumentos tendentes a legitimar el acceso al poder en sus dos vertientes, referencias a la legalidad y 205
La Poncela..., proemio. El mito medieval de Trajano procede de la Institutio Traiani, del Pseudo-Plutarco (véase J. Beneyto, “La exaltación trajanea”, Finisterre , julio, 1948, pp. 225-238. 206 Juana pretende que la fama de buen gobernante de Alfonso arraigue en Castilla, intentando convencer de que la estancia de los portugueses en el reino no alterará el orden ni la convivencia pacífica: “Demás desto el dicho rey mi señor es por la gracia de Dios, tan esforçado, e administrador de justicia, e de tan gran governación, que la gente de los portugueses que consigo trae lo aman y temen mucho, e los fará venir, e andar en estos dichos mis reynos al tiempos que en ellos oviere de estar, tan humildes e obedientes, como los mesmos naturales dellos e mucho más”, J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 27.
221
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 222
Ana Isabel Carrasco Manchado
al recto ejercicio del poder. Se observa que la reivindicación de la legalidad de la sucesión cobra más peso respecto al resto de discursos, sumándose a la línea de justificación centrada en Isabel, una serie de mensajes que vendrían a defender también el derecho particular de Fernando a suceder en el trono castellano. Esto demuestra que la llamada Concordia de Segovia no zanjó del todo el problema de las diferencias entre Fernando e Isabel respecto al gobierno. La existencia de unos reyes rivales, Alfonso y Juana, hace necesaria la reiteración sistemática de la afirmación de ese derecho, proclamado ahora también por esos mismos rivales en el interior del reino. El estado de guerra no permite el desempeño normal del buen gobierno. Vemos que los argumentos que valoraban la paz, el orden y la justicia conseguidas parecen haber desaparecido de las preferencias del discurso, por razones patentes para todos. Por el contrario, al agravarse la crisis, se recurre a argumentos que muestran la necesidad de aplicar medidas radicales. Los reyes pasan a ser valorados no por sus buenas capacidades de reinar, sino por sus facultades extraordinarias para remediar la crisis, aplicando medidas radicales y extremas, propias de un líder carismático. En este periodo se inaugura una nueva línea en el terreno del discurso de tipo jurídico, cuya finalidad no es propiamente legitimadora sino eminentemente propagandística. Nos referimos a la reivindicación explícita por parte de Fernando e Isabel del derecho a titularse reyes de Portugal. Se ha producido un cambio de estrategia, puesto que una reivindicación que comenzó apelando a la voluntad de conquista, a partir de una situación de guerra, se ha trasladado al terreno del derecho. La conquista de Portugal, esgrimida en el periodo anterior, se abandona como idea, ante la entronización en Castilla del rey de Portugal y la proclamación de Juana. Tras el fracaso de la campaña de Toro del verano de 1475, Fernando se titula rey de Portugal, según quedaba expresado en la intitulación del cuarto cartel de desafío. Un día antes, el día 3 de agosto, en carta a la ciudad de Sevilla, informando de los hechos acaecidos en Toro, Fernando comunicaba a las autoridades concejiles que la guerra que pretende dirigir contra el Reino de Portugal está motivada por la reivindicación de un derecho. En consecuencia, Alfonso V es usurpador del Reino de Castilla, pero también es usurpador del Reino de Portugal: “Pues tenemos yo e la reina, mi muger, muy claro derecho al dicho reino, más sin dubda quél tiene a estos nuestros (...) muy prestamente recobraré lo que me tiene ocupado con parte de lo que fasta quí pacíficamente poseía, pues a ello, como dicho es, tenemos derecho muy claro (...) según el derecho que yo e la reyna mi muger al dicho reyno tenemos antes de mucho tienpo será junto con estos nuestros reynos” 207.
207
R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, p. 50.
222
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 223
El fragor de la guerra
4.3. “Vicaria de Dios”: el discurso teológico-religioso Los temas del discurso teológico que estudiamos en la etapa inicial se emplean en este periodo adaptados a las circunstancias de la guerra. La expresión “reyes por la gracia de Dios” se consolida ya definitivamente en la documentación y se incorpora a las dedicatorias de las obras literarias que se escriben iniciada ya la guerra para los reyes. Es el caso de Diego de Valera, que dedica su Doctrinal de príncipes a Fernando, “por la divinal providencia rey de Castilla e de León”. La idea del origen divino del derecho al título que ostentan Fernando e Isabel está presente en casi todos los textos que hemos seleccionado para este periodo. Se nutre de todos los recursos que les proporciona el pensamiento político medieval. Los argumentos teológicos empleados son especialmente apropiados, debido a su imposibilidad de contestación desde la ideología de la época. Los reyes gobiernan porque Dios lo quiere. El problema en este conflicto sucesorio es determinar si Dios elige a los reyes dentro de una línea dinástica o no. Lógicamente, a la princesa Juana le interesa especialmente que la elección divina coincida con la del derecho, puesto que ella es la heredera legítima: es su principal baza, aunque esto no significa que el rey Alfonso desdeñe otros procedimientos religiosos. Por parte de Isabel y Fernando, si en un principio parecía que defendían la elección divina dentro de la línea hereditaria, la entronización de Juana y Alfonso obliga a variar de estrategia. Es entonces cuando optan por el procedimiento de la prueba, del juicio divino. Pero esta estrategia sólo funciona si se consigue vencer por la fuerza al monarca adversario, por tanto, el discurso se limita, por el momento, a definir el conflicto como un juicio de Dios y a declarar la convicción en la razón que les asiste. Esta estrategia incompleta ha de verse reforzada, pues, por otra línea de pensamiento que otorga a los reyes el derecho a gobernar sobre todos sin necesidad de que sea explicable la razón de la elección divina. Los agentes se centran en el desarrollo de esta idea, avalada por el poder de facto que Isabel y Fernando ejercen sobre buena parte del territorio. En consecuencia, uno de los temas que impulsan los agentes en este periodo es el que presenta a Isabel y Fernando como reyes elegidos. Sin embargo, da la impresión de que no comienza a aparecer con la suficiente energía hasta después del fracaso de Fernando en la primera campaña militar contra Toro, en el verano de 1475. Hasta ese momento la confianza en la victoria hacía que el discurso se centrara, preferentemente, en la idea de juicio de Dios y en la invocación del favor divino. La guerra en la que Isabel y Fernando deben involucrarse e involucrar a todas las ciudades y pueblos que les han jurado se ha de hacer con la ayuda de Dios 208, ayuda de la que se creen merecedores por tratarse de una empresa que, según 208
“Ha entrado en ellos con alguna gente del reyno de Portogal, en gran deserviçio de Dios (...), al qual dicho rey de Portogal, con ayuda de nuestro Señor, el dicho rey, mi señor, entiende muy presto yr”, carta de Isabel de 10 de junio de 1475, declarando la guerra a Portugal, A. de la Torre y L. Suárez, Documentos..., t. I, p. 85).
223
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 224
Ana Isabel Carrasco Manchado
ellos, redunda en servicio de Dios. En la carta declarando la guerra a Portugal se dice que la ocupación del reino por el rey de Portugal significa un “gran deservicio de Dios”. La ofensa a Dios cometida por el rey de Portugal justifica la injustificable guerra entre cristianos. La idea de juicio de Dios es expuesta por el propio Fernando en su Testamento redactado antes de marchar a la batalla. Este texto podemos considerarlo como transitorio entre la concepción del juicio de Dios que dictaba Pulgar en la etapa anterior y la que se impone a partir de ahora. Recordemos que en la cartarazonamiento redactada por Pulgar y leída ante Alfonso V, cuando éste aún no había tomado el título real castellano, se aludía al “juicio oculto de Dios”, siguiendo una idea agustiniana, para justificar el hecho de que a veces Dios castiga a quien no parece merecerlo, como ocurre con los reyes que a veces han sido sustituidos en el trono por bastardos. Los juicios de Dios son ocultos, puesto que ocultas son sus motivaciones. En virtud de la teoría del juicio oculto de Dios, se consideraba la sentencia divina como ya producida en favor de Isabel y Fernando, al haber conseguido proclamarse reyes de Castilla y de León. Se trataba de una justificación exclusivamente teológica que podría, inicialmente, entrar en contradicción con la reivindicación de la herencia de Enrique, si se hubieran respetado los cauces legales de derecho sucesorio. Ahora el contexto es distinto. Alfonso y Juana se han titulado también reyes de Castilla, luego parece claro que el juicio divino no se ha otorgado, pues ellos también han conseguido ser proclamados. La sentencia divina se cifrará, por tanto, en el resultado de la contienda. No hay duda de que siempre existe el riesgo de morir en la batalla, y Fernando decide dictar su testamento antes de partir hacia Toro. Si esto ocurriera, sería considerado como un juicio oculto de Dios, por lo inexplicable del motivo. Sin embargo, esta posibilidad se aleja. La imagen de un Dios justo desde la perspectiva humana resulta más apropiada. La seguridad férrea en la afirmación de su derecho al trono exige de Dios que se decante por otorgarle a él la victoria sobre el rey de Portugal: “Mas porque es justo juez y patrón de la verdad, mirará nuestra justicia y favorecerá nuestra causa, y no la dexará peligrar, como quier que por sus ocultos juicios es dubdoso y variable el fin de la batalla” 209. Ante los muros de Toro, ya en el real, resurge la idea de juicio de Dios en el intercambio dialéctico del cruce de carteles de desafío. Fernando ya no habla de juicios ocultos. Ante la presencia directa del rey de Portugal, su rival, declara que Dios le concederá su juicio positivo como poseedor de la verdad: “Spera en nuestro soberano Dios y en l’apostol Sanctiago que se dará por él la sentencia” 210. El discurso se refuerza con la invocación a un santo mediador, Santiago 211. Hay una 209
Testamento de Fernando de Aragón en Noticias históricas..., p. 232. Segundo cartel de batalla, en A. Sesma, “Carteles de batalla...”, p. 288. 211 La invocación a Santiago se repite también en el real, ante los nobles que asisten a la entrega del privilegio al marqués de Santillana, por el que es convertido en duque del Infantado: “Confiando en nuestro Señor Dios y el apóstol Santiago lus e patrón de las Españas, espejo et guiador de los Reyes dellas que nos dará contra él vitoria” (J. Layna, Historia de Guadalajara..., pp. 474-475). Sobre la utilización 210
224
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 225
El fragor de la guerra
cuestión que llama la atención en todo este debate que gira en torno a la idea de la batalla campal como prueba del juicio divino y es que Fernando apela a esta idea no como propia, sino como planteada por su adversario en el trono. No es Fernando quien ha apelado a Dios en todo este conflicto (“A responder ante ste soberano e derecho juez que tomastes”, dice en el primer cartel de batalla) 212. Hábilmente, los agentes de la propaganda fernandina han invertido el argumento del juicio de Dios. Al responsabilizar al rey Alfonso V de haber elegido la vía violenta y, en consecuencia, la prueba del juicio de Dios manifestado por las armas, el planteamiento de la legalidad del derecho al trono no se ve empañado por esta idea un tanto engorrosa del juicio divino. Por otra parte, todos los males que la guerra ocasione en la población serán culpa únicamente de este rey extraño que se empeñó en querer probar un supuesto derecho de manera tan violenta. Tras la derrota de esta campaña la idea de juicio divino aplicada a la contienda bélica se eclipsa un tanto. Era de esperar, en vista del resultado desfavorable al príncipe de Aragón. La carta del día posterior a la despedida de las tropas, enviada a las ciudades, silencia significativamente esta idea antes proclamada con tanto énfasis. Por el contrario, se vuelve a invocar el favor divino, pero esta vez aplicando dicha ayuda a fines más altos: la conquista del Reino de Portugal. La adopción del título real de Portugal por parte del Fernando se plantea como una cuestión de derecho que bien puede recibir la ayuda divina: “Faziendo guerra a fuego e a sangre al dicho Reyno de Portogal, lo qual espero en Nuestro Señor que segúnd el derecho que yo e la reyna mi muger al dicho reyno tenemos antes de mucho tiempo será junto con estos nuestros reynos” 213. La disimetría de los argumentos resulta evidente: la asunción del título de reyes de Portugal, por parte de Isabel y Fernando, obtiene el apoyo divino; por el contrario, la asunción del título de reyes de Castilla, por parte de Juana y Alfonso, es un acto que va en “gran deservicio de Dios”. Apuntábamos antes que, tras la batalla fallida ante Toro, se intensifica la línea discursiva que centra la legitimidad de la posesión del poder y del título real castellano en la simple voluntad divina, voluntad de la providencia que recae sobre unos reyes elegidos. Muchos de los recursos del aparato ideológico que fundamenta el poder real desde el punto de vista religioso aparecen ahora en torno a esta idea. Tales recursos proceden de la pluma de dos religiosos: un predicador y un confesor real. El menguado prestigio de Fernando resurge en los versos escritos por Íñigo de Mendoza, su Sermón trovado. Mendoza no olvida la idea del favor divino, dando por seguro que Fernando obtendrá la victoria sobre sus enemigos, pero, más interesantes resultan las expresiones que se refieren al origen divino del poder de Fernando. Fernando es un rey elegido por Dios (“sois un rey
propagandística de Santiago: R. Sánchez Sesa, “Santiago contra Sao Jorge: cimsa, religión y propaganda en las guerras castellano-portuguesas de la Baja Edad Media”, Hispania Sacra, 56 (2004), pp. 447-464. 212 Ibídem, p. 285. 213 Carta sobre la derrota (3 de agosto de 1475): R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, p. 50.
225
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 226
Ana Isabel Carrasco Manchado
muy de Dios”, dice en la copla 18). El motivo de esta elección radica en una misión remediadora. Fernando ha recibido las insignias del poder (simbolizadas en la divisa personal del rey, el yugo) para dominar a los rebeldes que, extendiendo su tiranía por el reino, lo han dejado en un estado lamentable: “Rey temor de los tiranos a quien crezca Dios los cetros salud de los castellanos beso vuestros pies y mano en comienço de mis metros, a quien Dios sea tasugo contra los ojos dañados, pues que a su clemencia plugó daros coyundas y yugo con que fuesen sojuzgados los toros nunca domados” 214.
Las imágenes del campo semántico de la medicina sirven para dotar a Fernando de atribuciones cuasimesiánicas, en virtud de una misión radical encaminada a salvar el reino enfermo. La metáfora se apoya en una remota creencia sobre las capacidades sanadoras de los reyes. Mendoza no se contenta con atribuirle el papel de médico sino que hace de Fernando la salud misma. Las expresiones que se relacionan con una misión carismática como reyes salvadores en el discurso jurídico (reparo, remedio) se revisten ahora de matices religiosos. Pero no sólo se aplican estas ideas a Fernando, también Isabel es revestida de atribuciones similares. El autor de La Poncela de Francia describe un panorama apocalíptico en el que el reino se halla abocado a la perdición. El remedio vendrá de mano de Isabel, a la que se atreve a comparar con el mismo Dios, en un alarde de hipérbole sagrada 215 no superada hasta la fecha: “En el principio de vuestro reinar ovieron conocimiento que era venido el Mesías para los justos y Anthecristo para los malos, púsoles tal temor, que por se librar de la muerte a vuestra alteza la buscan (...). Y aún del cielo quedará Dios en deuda, porque todos esperamos y creemos que a vuestra alteza plaze que en vuestros tiempos tanto estos reinos perdidos fuesen porque las cossas muy difíciles de fazer os sean como a Dios possibles” 216. 214
I. de Mendoza, Sermón..., copla 14. La identificación total o parcial de los reyes con las facultades o personas divinas no es tarea sólo de los agentes y partidarios regios; la propia Isabel, en carta a las ciudades tras el fracaso de la primera campaña de Toro, invoca el afán de sacrificio de Fernando, imitando en esto al mismo Jesucristo: “por lo qual veréys cómmo el rey mi sennor, queriendo resenblar a nuestro sennor Ihesucristo, ofresçe su real presona por redemir las muertes e vexaçiones de nuestros naturales e vasallos, que de la guerra se esperan seguir” (Tumbo..., I, doc. 27, p. 51). 216 La Poncela de Francia..., proemio. 215
226
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 227
El fragor de la guerra
Tales pretensiones desembocaban irremediablemente en el mesianismo y en el profetismo. El autor anónimo de esta obra desea que “que en vuestro famoso tiempo se torne toda la ley una”, aludiendo a la misión reservada al “emperador de los últimos tiempos” por los autores de profecías 217. En cuanto a Fernando, su maestresala Diego de Valera recuerda en el Doctrinal de príncipes una profecía hispánica de resonancias isidorianas 218: “Es profetizado de muchos siglos acá que no solamente seréis señor destos reinos de Castilla e de Aragón que por todo derecho vos pertenescen, mas avréis la monarchía de todas las Españas e reformaréis la silla imperial de ínclita sangre de los godos donde venís, que de tantos tiempos acá está esparsida e derramada”. Esta alusión explícita a las profecías aplicadas a Fernando inicia en Castilla la no pequeña lista de atribuciones mesiánicas que, hasta el final de sus días, irán apareciendo en diferentes y oportunos momentos 219. El momento era oportuno, puesto que, tal y como hemos visto, Alfonso V se valió también del recurso a las profecías, haciéndose pasar por El Encubierto cuando entró en Castilla. Los agentes fernandinos deslegitimaron estas atribuciones mesiánicas del rey portugués: la derrota del 1 de marzo de 1476 les autorizaba a burlarse de su pretendido carisma 220. Los recursos que estamos viendo se sustentan en ciertas creencias que confían en el poder sobrenatural de los reyes. Pero, sin ir tan lejos, en este periodo que estamos analizando se extienden también las teorías que legitiman la acción de gobierno de los reyes a partir de fundamentos religiosos basados en el modelo ideal de realeza cristiana. En la fase previa a la guerra veíamos a Isabel haciendo gala de su voluntad de seguir los dictados de la Iglesia. Ahora, Isabel pide ayuda a sus colaboradores que exponen en su favor las teorías sobre las particulares obligaciones que impone la concepción cristiana a los poderosos. Conceptos como el de vicariato regio, nociones tomadas del llamado feudalismo teológico 221, salen a relucir junto a las ideas que resaltan las virtudes religiosas de la reina. De este modo, se conjugan hábilmente las ideas sobre el derecho divino al trono que posee Isabel y las que afirman su idoneidad desde el punto de vista religioso. 217
A. Milhou, “La chauve-souris, le nouveau David et le Roi Cache (trois images de l’empereur des derniers temps dans le monde ibérique: xiii e -xvii e)”, Mélanges de la casa de Velázquez, vol. 18 (1982), pp. 61-78. 218 BNE, ms. 17804, fol. 2r-v. Véase A. Milhou, “De la destruction de l’Espagne à la destruction des Indes: histoire sacrée et combats idéologiques”, Études sur l’impact culturel du nouveaux monde, París, 1981, pp. 25-47. 219 La lista de las profecías atribuidas a Fernando de Aragón no se ha agotado todavía, después de los estudios que se han ocupado de este tema (P. Bohigas Balaguer, “Profecies catalanes de Ferrán el Catòlic. Profecies catalanes dels segles xiv i xv. Assaig bibliogràfic”, Butlletí de la Biblioteca de Catalunya, VII (1925), pp. 24-49; A. Milhou, Colón y su mentalidad mesiánica en el ambiente franciscanista español, Valladolid, 1983, pp. 391-394; E. Durán y J. Requesens, Profecia i poder al Renaixement...; R. Ramos, “El Libro del milenio de fray Juan Unay: ¿una apología de Fernando el Católico?”, Actas del VI Congreso Internacional de la Asociación Hispánica de Literatura Medieval, ed. J.M. Lucía Megías, Universidad de Alcalá, 1997, pp. 1.241-1.248). 220 “¡O, rey que, quando en estos reynos entraste, opinión era de muchos, segund tu poder y fama, que eras El Encubierto! Mas çierto es que ya se han descubierto las tus encobiertas fortunas, Crónica incompleta..., p. 304. 221 J.M. Nieto Soria, Fundamentos..., pp. 98-99.
227
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 228
Ana Isabel Carrasco Manchado
Un discurso como éste viene avalado, además, por la persona que lo emite: la categoría moral y religiosa del prior de Prado, Hernando de Talavera, que es el confesor de la reina. El confesor de la reina es el custodio de la conciencia regia, es decir, el garante de los valores religiosos que se presentan como guías de la acción de gobierno 222. La autoridad del emisor del discurso imprime una ventaja añadida a la validez del mensaje. En la Collación muy provechosa, Hernando de Talavera transmite una ideología limitadora 223 del poder de la reina, con objeto de presentarla en la balanza que mida las cualidades de Isabel y las de sus adversarios en el trono. La limitación del poder de la reina proviene del cumplimiento de esa especie de pacto feudo-vasallático que Dios establece con los reyes que elige para gobernar los reinos. Los reyes “syenpre han de mirar que son comissarios y vicarios de Dios Nuestro Señor, y que no han de exçeder su voluntad”, escribe el confesor. En este texto de Hernando de Talavera, escrito a finales de 1475, es la primera vez, después de su entronización, que encontramos a Isabel y a Fernando designados como vicarios de Dios: “Pues vos, excellente reyna, a tantos y a tan grandes reynos por vicaria de Dios puesta en uno con el sereníssimo rey, vuestro condigno marido”. Isabel aparece como reina elegida por Dios para establecer ese pacto de gobierno que, como tal pacto, está sujeto a condiciones (“Vea vuestra magestad a qué está obligada, y para qué fue en la cunbre de las honras y dignidades sublimada y collocada”). Otras ideas se descubren en este texto, ideas que recalcan la imagen de Isabel como reina devota, imagen que se preocupó de cuidar a lo largo de toda la guerra, ayudándose de la liturgia. El confesor resalta la devoción de Isabel por san Juan Evangelista, bajo quien la reina ha puesto su protección. La protección de san Juan Evangelista, especialmente a lo largo de la guerra, tendrá su correlativo iconográfico sobre diferente soportes (monedas, manuscritos, relieves arquitectónicos...). Téngase en cuenta que el águila de san Juan lucía como soporte del escudo de la reina, y había figurado en su sello, incluso, durante la época en que se tituló princesa 224. Este gesto devoto de Isabel hacia san Juan Evangelista se une a los ya expresados por Fernando. El rey, en su testamento 222
Sobre el control y el desarrollo de la conciencia regia de Isabel, en relación con Hernando de Talavera, véase: I. Ianuzzi, “La conciencia de una reina: Isabel I de Castilla”, en La Reina Isabel I y las reinas de España: realidad, modelos e imagen historiográfica. VIIIª reunión científica, Madrid, 2004, pp. 137-156. 223 Esta ideología limitadora centra sus argumentos en el respeto estricto de la ley religiosa y en el cumplimiento de la voluntad divina: los reyes, en tanto que son “virreyes del rey de los reyes”, en palabras de Hernando de Talavera, “les mandó Dios que toviessen syenpre el libro de sancta ley a la su mano derecha y que cada día y a menudo estudiassen y leyessen en ella”. El premio del desempeño de sus obligaciones es la gloria celestial: “la gran corona de piedras muy presçiosas que les está aparejada sy bien hisçieren su offiçio.” Son consejos dirigidos a Isabel en su Collación muy provechosa..., pp. 544-561. Los consejos no suponen una crítica al comportamiento de la reina, muy al contrario, Isabel manifiesta su adhesión a estas ideas, al haber encargado el tratado al confesor. 224 Salazar y Castro copió un sello de Isabel de 1473, el único vestigio que queda del sello o de las armas que empleó Isabel durante su etapa de principado. En él puede verse el águila nimbada de san Juan (se conserva en la RAH, véase, C. Manso, “Escudo de los Reyes Católicos”, en Isabel la Católica en la Real Academia de la Historia, Madrid, 2004).
228
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 229
El fragor de la guerra
redactado en el mes de julio, se encomendaba a san Juan Bautista (“El bienaventurado sant Juan Baptista en quien yo tengo especial devoción”), y, en el curso de la guerra invocó la ayuda de Santiago, gesto éste último con el que pretendía dar fuerza a la defensa de su derecho al trono, ayudándose de la simbología de un santo especialmente vinculado a la realeza hispana. 4.4. “Reformaréis la silla imperial de ínclita sangre de los godos donde venís”: El discurso histórico Durante esta fase del conflicto, iniciada ya la guerra con Portugal, observamos que parecen dejarse a un lado, por el momento, las acusaciones directas contra el rey Enrique y su reinado. El enemigo de la pareja real castellano-aragonesa lo encarna ahora el rey de Portugal, por lo que un tema de la propaganda antiportuguesa, como son las alusiones relativas a la batalla de Aljubarrota, se convierten ya en argumento reiterado. En el periodo anterior, cuando aún no se había producido la invasión de las tropas lusitanas, Pulgar empleaba este argumento como elemento disuasorio, pero, ahora las circunstancias han cambiado. El tema se emplea con suma beligerancia. El predicador Íñigo de Mendoza se refiere a Aljubarrota en una copla de su Sermón trovado, escrito tras el fracasado episodio del desafío. Toda esta composición poética (y el sermón que debió darle origen) se construye como una forma de propaganda antinobiliar, disparada contra los nobles que se negaron a dar la obediencia a Isabel y Fernando. Mendoza califica esta actitud de traición manifiesta, traición no tanto cometida contra sus reyes, como contra la sangre castellana: los nobles se han unido a los descendientes portugueses de aquellos que provocaron la muerte de sus propios antepasados: “¡O reprochosa porfía, digna de infame nota! ¡Responde, malinconía, que te da bozes el día que llaman de Aljubarrota, y los huesos de los pasados cruxen en la sepultura con ansia de lastimados por dexar tan heredados a quien tan poco se cura de su muerte y desventura!” 225.
Las imágenes de Mendoza están sabiamente dirigidas a impresionar la emoción de los oyentes. Las invocaciones a los muertos suele a nutrir formas de 225
I. de Mendoza, Sermón trovado..., copla 22.
229
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 230
Ana Isabel Carrasco Manchado
propaganda de guerra basadas en la magnificación del patriotismo 226. Estas imágenes y la forma poética de expresarlas debió causar efecto en el círculo cortesano donde, sin duda, fue difundido. De este modo, el tema se emplea para suscitar un sentimiento patriótico que sirva para unir voluntades en contra de los portugueses. Un conflicto dinástico, una guerra de reyes, se convierte fácilmente en una guerra entre pueblos cuando se ofrece una visión unidimensional del pasado. La reina Juana denunció los ataques verbales antilusitanos que difundían los parciales de Isabel y Fernando: “Porque yo soy informada que por parte de los dichos rey e reyna de Sicilia han divulgado e sembrado muchas zizañas por los pueblos y gente común de mis reynos, diziendo que los portugueses tienen enemistad e contrariedad con ellos, a fin de los alterar e enemistar conmigo” 227. Diego de Valera introduce un nuevo uso del discurso histórico en su Doctrinal de príncipes, dedicado al rey Fernando. Un tratado de regimiento de príncipes que se precie, escrito para educar al rey, debe contar con un buen repertorio de modelos de gobernantes sacados de la historia del reino y de otros reinos. De todos los que menciona Valera, nos interesa especialmente los que son susceptibles de servir a un interés político determinado. En esta obra Valera introduce otro tema en el discurso histórico de la propaganda: el tema del goticismo, también llamado neogoticismo. Según Valera, Fernando debe poner los ojos en cierto modelo de realeza encarnado por los reyes godos. Al hilo de sus consejos, el autor resalta la unidad dinástica que se establece entre aquellos reyes visigodos y Fernando, en virtud de la sangre real perpetuada a través de las generaciones. La sangre goda y la genealogía regia a que da origen será un tema que se desarrollará mejor posteriormente. No obstante, Valera es de los primeros en emplear este argumento con objeto de impulsar a Fernando a la conquista de los territorios hispanos que componían el reino visigótico: “Reformaréis la silla imperial de ínclita sangre de los godos donde venís, que de tantos tiempo acá está esparsida e derramada” 228. Las corrientes proféticas de la época confirman, según el maestresala, que tal empresa corresponde a Fernando. El maestresala y el predicador real Íñigo de Mendoza están en sintonía, puesto que éste también enuncia idénticas proclamas en la copla 52 del Sermón trovado: “Alto rey cuya potencia cuyas virtudes y modos merece por su excelencia 226
“No hay sangre más vendida, traicionada y pisoteada que la de los muertos cuya memoria y cuyo honor se esgrimen, con voz amenazante, para imponer silencio acerca de la causa por la que murieron y, en consecuencia, escudar la impunidad de los que los lanzaron a morir”, R. Sánchez Ferlosio, Vendrán más años malos y nos harán más ciegos, Barcelona, 1995, p. 27. 227 En su carta a las ciudades: J. Fernández Domínguez, La guerra..., p. 26. 228 Otros ejemplos hispanos anteriores de empleo de la ideología neogótica como exaltación de la realeza y de la expansión conquistadora en: T. Deswarte, De la destruction à la restauration. L’idéologie du royaume d’Oviedo-León (VIII e-XI e siècles), Turnhout, 2003.
230
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 231
El fragor de la guerra
heredar de aquella herencia que se perdió por los godos”.
La figura de Fernando se va configurando como un personaje mítico, pues los autores lo convierten en sujeto sometido a cumplir un destino histórico marcado: reparar el daño histórico provocado por su antepasado Rodrigo 229. Desde luego, un programa como ése, formulado en un contexto de guerra civil, parece, ciertamente, un tanto pretencioso. No obstante, Valera confiaba en que esto pudiera ser llevado a cabo en este preciso momento histórico, aprovechando que Fernando e Isabel se titulan ya reyes de Castilla y de Portugal, y que pronto heredarán la corona aragonesa. Hay que tener en cuenta que las tensiones entre Alfonso V y Fernando de Aragón no se limitan a la disputa por este reino: fuera de las fronteras se está debatiendo entre ambas coronas la conquista de las Canarias y la expansión norteafricana, terreno en el que no eran novedosas las justificaciones históricas basadas en el neogoticismo 230. Valera formula sus argumentos con toda intención, como hombre de su siglo, conocedor y espectador de las motivaciones políticas de los reyes castellanos, en cuyo servicio llevaba ya algo más de cuarenta años. Las apetencias conquistadoras de los reyes castellanos sobre el Norte de África no le eran desconocidas. Su propio hijo no tardaría en participar en algunas campañas 231. 4.5. “Sus grandes virtudes le fisieron digno de la silla real”: el discurso ético-moral La valoración legitimadora de la virtud crece a partir del momento en que Alfonso y Juana se declaran reyes de Castilla, puesto que aumenta la necesidad de perfilar continuamente las líneas de distinción que separen a unos y otros pretendientes al trono. A medida que pasan los meses, se multiplican las circunstancias en las que poder expresar y dejar muestra de las diferentes virtudes
229
Las referencias míticas de los modelos opuestos Rodrigo-Fernando se construyen sobre un esquema ideológico en parte inspirado en el modelo Adán-Cristo. Sobre el desarrollo de la imagen de Fernando contrapuesta a la imagen de Rodrigo, véase A. Milhou, “De Rodrigue le pécheur à Ferdinand le réstaurateur...”, pp. 365-382. 230 En Valera, como en otros intelectuales de su siglo, dejó su impronta Alfonso de Cartagena, que dirigió durante un tiempo el debate ideológico en torno a la reivindicación de la conquista de Canarias por parte de los reyes castellanos, apelando a derechos históricos transmitidos por los visigodos (véase A. de Cartagena, Allegationes super conquesta Insularum Canariae contra Portugalenses, “Diplomacia y Humanismo”, ed., trad. y notas, T. González, F. Hernández y P. Saquero, Madrid, 1994). Sobre el debate en torno al derecho de posesión de las Canarias: P.E. Russell, “El descubrimiento de las Canarias y el debate medieval acerca de los derechos de los príncipes y pueblos paganos”, Revista de Historia Canaria, vol. 36 (171), 1978, pp. 9-32. 231 Véase P. Rufo Ysern, “La expansión peninsular por la costa africana. El enfrentamiento entre Portugal y Castilla (1475-1480)”, en Bartolomeu Dias e sua época, Oporto, 1989, vol. III, pp. 68-71. Sobre Charles Valera, hijo de Diego de Valera, véase el trabajo reciente de E. Aznar Vallero, “La expedición de Charles Valera a Guinea. Precisiones históricas y técnicas”, En la España Medieval, vol. 25 (2002), pp. 403-423.
231
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 232
Ana Isabel Carrasco Manchado
políticas, virtudes que son definidas y moldeadas en los tratados de regimiento de príncipes. La guerra y la presencia del rey portugués favorece, en cierta medida, el desarrollo coherente del discurso ético-moral. Con la guerra ya asentada, con el aumento de la violencia y del crimen que acompaña al caos bélico, puede trazarse con más vivos colores el cuadro de la lucha entre el mal y el bien, el vicio y la virtud: es la maldad de las gentes la que ha promovido la entrada de un rey extranjero; la codicia (vicio y pecado capital) de algunos súbditos la que ha hecho que algunas ciudades hayan prestado obediencia a Alfonso y a Juana 232. Las motivaciones del rey Alfonso se reducen también a un desorden moral de su persona, al deseo de poder, que en términos éticos se traduce en desmedida soberbia, casi el mayor pecado que un príncipe podía cometer. En la carta de Isabel a la ciudad de Ávila, pidiendo un empréstito para la guerra, no se olvidan de anotar como causa de la guerra la “desordenada sobervia” y la ayuda que le han prestado los “malos caballeros nuestros rebeldes e desleales” 233. El prólogo de La Poncela de Francia recrea el estado catastrófico en que se halla el reino, situación que el autor atribuye, tal y como los propios documentos oficiales divulgaban, a la extensión desenfrenada del mal. No obstante, la virtud de la reina hace frente a esa situación: “La maldad se faze tan poderosa, viendo tan crecida vuestra excelente virtud”, dice el autor anónimo en su proemio. La virtud de Isabel sobrepuja con los reyes y emperadores de la Antigüedad que han pasado a la historia como modelo de virtud. Isabel se sacrifica por llevar a la práctica los más elevados principios éticos (“vuestra alteza, por le sobrar en virtud, pone la vida y estado”). El argumento se lleva al extremo: la crisis castellana proporciona a Isabel el marco ideal para que pueda relucir su virtud: “Pues para que más la excelencia de vuestro esfuerço y virtud pareciesse, fue muy bueno el mundo malo que vuestra alteza falla”. La guerra por la sucesión se define en términos de guerra entre la virtud y el vicio. Sólo la mala situación del reino puede hacer perfectamente creíble esta imagen, pero, entre la violencia de unos y la de otros, no es posible distinguir dónde está la virtud, sobre todo, teniendo en cuenta que también la pareja regia rival apela al mismo discurso de la virtud para conseguir prestigio entre 232
“El rey don Alfonso de Portugal nuestro adversario que con mucha gentes de pie e de cavallo muy tirana et ynjustamente es entrado en nuestros reynos usurpando nuestro real título et nos tiene ocupadas nuestras çibdades de Toro et Çamora, no porque él las aya por fuerça de armas ocupado ny conquistado, mas porque nuestros naturales que por nos tenían las fuerças dellas como desleales vasallos et súbditos nuestros lo han reçebido e acogido en ellas, por las dichas fuerças, esto a fin de poder continuar su malo e tiránico bevir que han usado et acostumbrado et porque los non podiésemos castigar de los grandes males, crímenes et delitos e malefiçios que han fecho e cometido mucho tienpo fá, et aun por aver e adquerir malamente algunas dádivas de dinero e de otras cosas quel dicho rey de Portugal les dio porque los reçibiesen en las dichas çibdades”. Todo este preámbulo justificador introduce la merced que Fernando otorga al marqués de Santillana, el título de duque del Infantado (J. Layna, Historia..., t. II, p. 474). Iguales argumentos se repiten en la carta enviada a las ciudades tras el fracaso de la primera campaña contra el rey Alfonso en Toro: llevados por las promesas de vasallos y de dineros el mariscal Alfonso de Valencia y Juan de Porras entregan la ciudad de Zamora al rey de Portugal, y “por fazer los dichos mariscal e Juan de Porras más conplida maldad” (R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, p. 48). 233 Carta de 6 de julio de 1475 (B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 29).
232
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 233
El fragor de la guerra
los castellanos. Durante este periodo, la redacción de un tratado de regimiento de príncipes y la composición de otras dos obras que comparten características con este género, muestran la imagen de unos reyes que, al menos, se preocupan de aprender cuáles deben ser las acciones que les lleve a gobernar como reyes virtuosos. El Sermón trovado de Íñigo de Mendoza inicia esta tendencia. En sus versos, Fernando aparece como modelo de rey, en contraposición a lo que sería el tirano, según declara en la primera copla: “Príncipe muy soberano nuestro natural señor contraste de lo tirano mucho amado y amador”.
La imagen de rey amado expresa la esencia que define un rey virtuoso: si es amado, si tiene el favor popular, tiene que ser, por fuerza, un buen rey. La idea del consenso legitimador se asocia a la de rey virtuoso. Fernando tiene “virtud y sufrimiento” (copla 4) para gobernar, “benigna bondad” (copla 4), sabe mezclar el rigor en la justicia con la clemencia (tiene un “rostro mesurado”, copla 5; un “yugo suave”, copla 33); tiene “limpio coraçón” (copla 16); es “esforçado” (copla 18); cumple con sus obligaciones en materia de ejercer la justicia (copla 39); es, en suma, un “rey virtuoso”. Para Íñigo de Mendoza, no cabe duda de que Fernando es un “príncipe digno de amar” (copla 15). Pero, no basta con resaltar las virtudes personales de Fernando que puedan hacer de él un rey más amable que su adversario, a ojos de la opinión común. El poema de Mendoza, compuesto en clave alegórica a partir de la imagen del yugo de la divisa real, y de otras imágenes (la imagen “agrícola” de buen labrador), persigue la intención de aconsejar al rey la práctica del poder combinado con el ejercicio de la virtud política. Fernando debe combinar el castigo con el premio. La facultad de premiar es una virtud regia que se materializa tanto en el hecho de otorgar la gracia del perdón, como de recompensar con mercedes. Se trata de una virtud política puesto que sirve para promover la adhesión de aquellos grupos o individuos que estén en condiciones de prestar apoyo político, útil, en esta coyuntura, para la marcha de la guerra. El público cortesano que, sin duda, escuchó este sermón poético, debió tomar nota del mensaje que les transmitía el predicador. Los colaboradores de Isabel, por su parte, continúan la labor de prestigiar su figura resaltando sus virtudes personales. Su confesor, Hernando de Talavera, alaba el interés de la reina en materia religiosa (la “excelencia de vuestro alumbrado yngenio y la perfectión de vuestro devoto y ordenado desseo”) 234, dictando a la reina, puesto que ha demostrado su humildad al dejarse aconsejar, las pautas a seguir para ejercer un buen gobierno. El modelo que recomienda el prelado es el de reyes-padres, celosos del bien de sus hijos-súbditos, 234
H. de Talavera, Colación..., p. 544.
233
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 234
Ana Isabel Carrasco Manchado
ejerciendo el castigo guiados por el amor que les inspiran 235. Esta imagen apoya, así, la política consistente en combinar las ejecuciones ejemplares con la concesión de perdones. Estos breves consejos alcanzan, en este periodo, su mayor desarrollo con el tratado de regimiento de príncipes escrito por Diego de Valera, curiosamente dirigido a Fernando, y no a Isabel. Valera muestra un interés especial por la figura de Fernando, en quien cifra toda esperanza de victoria. En su obra pone a su servicio todo el aparato ideológico que la teoría política medieval suele expresar en este tipo de tratados en torno a la figura del rey y del poder real. “Si a todo príncipe el saber conviene, a vos más que a otro muy humano señor, es necesario”. Ciertamente, Fernando (al que Valera llama, a lo largo de su obra, con los apelativos propios del monarca virtuoso: “príncipe muy cathólico”, “príncipe muy humano”), debe saber, ante todo, cómo comportarse para no convertirse en tirano. Valera sostiene en esta obra que la tiranía de ejercicio es mucho peor que la de origen, por tanto, las virtudes regias son, en realidad, las únicas que fundan la legitimidad del poder de los reyes. Pero Valera no se detiene en las ideas de otros teóricos de la tiranía, que aceptan destronar a un rey corrompido por los vicios: en un sentido positivo, el maestresala señala que la extremada virtud puede hacer que quienes no tengan derecho a reinar se conviertan en reyes, como sucedió con el maestre Juan de Avís: “El qual, como quiera que el reino no le pertenesciese por legítima sucessión, sus grandes virtudes le fisieron digno de la silla real, la qual, por sus merescimiento dexó perpetuado en sus descendientes”. La virtud hace reyes (en esto se acerca Valera a los pensadores clásicos 236 y a sus contemporáneos humanistas) que legítimamente pueden perpetuarse en su dinastía (y en eso se aleja de ellos). En realidad, Valera hace una transposición a la realeza de sus teorías sobre la nobleza, ya desarrollada en obras anteriores en las que, bajo el amparo de Bartolo de Saxoferrato, defendía que la verdadera nobleza la hace el mérito y no la sangre, el linaje 237. Así pues, Valera contribuye a difundir un tipo de propaganda legitimadora que consiste en divulgar la idea de que la virtud legitima el poder de los reyes y el linaje que inauguran. Esta idea sirve tanto para deponer a un tirano, como para admitir el derecho de los bastardos o usurpadores a acceder al trono. La idea resulta de gran utilidad. El nombramiento fulminante de Valera como maestresala de Fernando prueba que 235
“Deven los prínçipes ser calientes por gran karidad y amor de la salvaçión y conservaçión de la república y pueblos que le son encomendados; ca los han de amar, no commo señore a syervos por su propio interesse, mas commo padres a hijos por el bien propio dellos, del qual amor ha de nasçer toda correctión y castigo civil o criminal que en los delinquentes se ha de hazer y executar”, ibídem, p. 550. 236 Pensadores clásicos que, sin duda, no debían ser desconocidos para Diego de Valera, como el prestigiado Cicerón y su obra De officiis, cuya tradución al castellano fue copiada, al parecer, por Alfonso de Cartagena. En el Libro de Tulio de los ofiçios, se lee: “Non solamente çerca de los Medos, segund que dize Herodoto, mas aun çerca de nuestros mayores, me paresçe que otro tienpo fueron los omes bien costunbrados establesçidos por reyes, por causa de usar de justiçia, ca commo fuese apremiado el pueblo en tienpo de paz por aquellos que mayores riquezas tenían, recurríase a algún exçellente en virtud que vedase de fazer ynjuria”, BNE, ms. 7815, fols. 95v-96r. 237 Nos remitimos a J. Rodríguez Velasco, El debate sobre la caballería...
234
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 235
El fragor de la guerra
éste supo apreciar el servicio que se le ofrecía. Más o menos al mismo tiempo que escribe Valera, Íñigo de Mendoza se hacía eco en su Sermón trovado de la misma idea. Aunque la forma de expresarla no es tan explícita, sí resulta más directa, al mencionar a Fernando como merecedor de una serie de recompensas políticas, precisamente como premio a su virtud. No es el reino que ya posee la recompensa, sino un reino mucho mayor, el antiguo reino visigodo que habrá de conquistar, amén del premio divino que se le ha reservado al final de sus días: “Alto rey cuya potencia cuyas virtudes y modos merece por su excelencia heredar de aquella herencia que se perdió por los godos al tiempo que don Rodrigo en pena de su luxuria rescibió tan gran castigo, nos dexó tan sin abrigo, sometidos con injuria a la macometa furia.” (copla 52) “Porque así como sus vicios merescieron pena digna así, rey, vuestros serviçios merescerán beneficios a la justicia divina de manera que aplacada por vuestras obras su saña, no sólo ser subjuzgada a Castilla con Granada mas con poca fuerça y maña vos podéis ver rey de España” (copla 53).
Fernando es el antimodelo del rey Rodrigo, que perdió el reino a causa de sus vicios. Si fue el vicio el que produjo la pérdida de España, su caída en manos de los musulmanes, la virtud de Fernando subsanará esta catástrofe histórica. Rodrigo recibió el castigo divino a sus vicios, Fernando recibirá la ayuda divina por su comportamiento ejemplar. La legitimidad fundada en la virtud adquiere así apoyo teológico: Dios ayuda y recompensa a los reyes virtuosos. En los textos propagandísticos dirigidos a Isabel, la idea de la legitimación por medio de la virtud real también está presente, aunque no de forma directa (quizá porque ella se presenta como reina propietaria, de pleno derecho hereditario). Las referencias, en su caso, son indirectas 238. A lo largo de la obra La Poncela de Francia, 238
La Poncela..., p. 203. En la misma obra se cita el caso del caballero Garro, el más esforzado que se
235
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 236
Ana Isabel Carrasco Manchado
encontramos referencias que expresan la idea que estamos analizando. La Poncela, modelo de virtud que el autor presenta a la reina, logra con su esfuerzo un poder que es un poder real de facto, aunque no posea corona: “Absolutamente el rey y reino governava, y mercedes y officios todos los dava ella, y las rentas del reino venían a su cámara”. Algún otro caballero de la historia también actúa como un rey sin corona. Son modelos de personas que reinaron en la práctica aunque no contaran con derecho hereditario para ejercerlo, a pesar de lo cual merecieron la dignidad real por su virtud y, lo que resulta casi más significativo, por su esfuerzo, o, lo que es lo mismo, por su fortaleza, que es la virtud política que alaba este autor en Isabel. En el caso de La Poncella, este esfuerzo viene acompañado del favor divino. 4.6. “Conviene al rey curar mucho de su fama”: el discurso del honor y de la fama En esta fase del conflicto sucesorio, los agentes y colaboradores regios comienzan a interesarse por difundir el tema de la fama del rey o de la reina. Como ocurre con el discurso ético-moral, este interés hay que achacarlo a un problema de competencia propagandística entre los dos candidatos al trono. Los propios agentes regios reconocen que el rey Alfonso de Portugal entró en Castilla con gran “favor de los naturales”. El marido de la reina Juana disfrutaba, pues, de buena fama y de prestigio en Castilla. No olvidemos que, para muchos, resultaba más importante el papel del marido de la reina que el de la propia titular de la corona. Diego de Valera, maestresala del rey Fernando, se lo recordaría años más tarde: “Vuestra Ecelencia no deve olvidar con quánd flaco poder en estos reinos entró e quántos émulos e contradictores ovo, e quánd poderoso vuestro adversario en ellos vino, e con quánto favor de los naturales” 239. Valera hablaba con conocimiento de causa, pues él mismo había contribuido a difundir por Castilla la buena fama del rey Alfonso, a quien años atrás había dedicado un tratado en cuyo prólogo enaltecía sus virtudes políticas: “Si aquel dicho de Sócrates, príncipe muy excelente, devemos creer, que dize entonce la tierra ser bien aventurada quando los príncipes della son sabios, quánto por tal la vuestra tener se pueda, la clara fama de vos por todo el mundo lo divulga: cómo desde vuestra infancia, puericia, adolecencia, e no menos agora en vuestra juventud, vuestro muy claro y alto ingenio en diversas ciencias ayáis exercitado; no por esso en cosa menguando vuestro oficio real, mas prudentemente dando las cosas a los tienpos, como la oportunidad o caso lo requieren. Que allá donde consejo
recuerda, que fue sobre todos los reyes ensalzados. De él dice: “Bienaventurado cavallero que, sin heredar reinos, por tu virtud y esfuerço te viste entre los reyes el mayor”, ibídem, p. 212. 239 En carta al rey de 4 de agosto de 1478, D. de Valera, Epístolas..., p. 14.
236
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 237
El fragor de la guerra
conviene, por otro Salomón sois avido, e donde execución, esfuerço o veril osadía no fazen mengua Cipión ni Aníbal, e donde liberalidad se requiere, a Trajano e Alixandre sobráis. Pues quien enxenplo de virtud quisiere, no lo busque fuera de vos, porque con verdad se puede dezir lo que la discreta reina de Sabaa al rey Salomón dezía: «Bienaventurados son los tus siervos que continuamente veen a ti e tus obras»” 240.
Las acciones de los reyes serán miradas al milímetro, puesto que el mínimo acto que suponga la vergüenza regia puede ser una baza que aumente, por el contrario, la buena fama de los adversarios. El hecho tiene su relevancia, puesto que el honor y la fama, en tanto que valores caballerescos que funcionan en la práctica 241, puede suponer la adhesión o no de hombres de armas. Sabido esto por Isabel y Fernando, en sus cartas y documentos oficiales quisieron demostrar lo contrario, que la empresa en la que se embarcaba el rey portugués era deshonrosa para él. Esta era una estrategia disuasoria que ya habían intentado en el periodo anterior (recordemos la carta-razonamiento de Fernando del Pulgar, ya analizada), y a esto parece referirse Isabel en la carta enviada a las ciudades pidiéndoles un empréstito para la guerra: “Le enviamos requerir por nuestros enbaxadores, e aún después con religiosos, que se apartase de esta demanda tan fea e tan injusta, pues sabía e presumía mala causa e non honesta nin provechosa para su honrra” 242. Sin embargo, en la campaña no sólo peligraba la honra de Alfonso. En cuanto Fernando se vio inmerso en la dinámica bélica, era su propia honra la que se jugaba, que era tanto como decir su prestigio en el reino. Durante la primera campaña dirigida contra el rey portugués Fernando apostó por la baza de la honra regia. Con el desafío lanzado ante los muros de Toro pretendía poner en evidencia la cobardía de Alfonso V. No por casualidad, son múltiples los textos que repiten y repetirán la idea de que Alfonso había prometido ir tras Fernando allá donde se encontrara, y, sin embargo permanecía tras los muros de Toro, sin salir a la batalla que le presentaban 243. En los carteles cruzados, Fernando hace uso de argumentos relativos a su fama y a la de su rival, Alfonso (“porque entre tan altos príncipes no sería cosa honesta andar en demandas e respuestas como fazen los hombres baxos”, en el segundo cartel; “sería desonesto a tan grandes príncipes contender más en carteles sin execusión”, en el Cuarto cartel) 244. Y es 240
D. de Valera, Tratado de las Armas, en Prosistas castellanos..., p. 117 Una visión de conjunto para Occidente sobre las repercusiones políticas de la fama: T. Fenster, y D.L. Smail (eds.), Fama. The Politics of Talk and Reputation in Medieval Europe, Íthaca, 2003. 242 Carta de 6 de julio de 1475, B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 29. 243 Las justificaciones de Fernando de Aragón tras su fracaso en Toro se centran en acusar a Alfonso de Portugal de cobarde, pues permanecía tras los muros de la ciudad sin salir a la batalla: “e allí estove cinco días requiriendo al dicho don Alfonso de Portogal que cunpliendo lo que avía publicado, saliese a la batalla”, R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, p. 49. Todos los combatientes conocían la idea transmitida por los tratados militares y los regimientos de príncipes, tomada de Valerio Máximo, de que “de las mugeres era e no de los ommes tener defendimiento en los muros” (J. García de Castrogeriz, Glosa castellana al “Regimiento de príncipes” de Egidio Romano, ed. J. Beneyto, Madrid, 1947-1948, p. 125). 244 A. Sesma, “Carteles de batalla...”, pp. 287-288 y 293-295. 241
237
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 238
Ana Isabel Carrasco Manchado
que, realmente Fernando se había implicado en una estrategia no exenta de peligros para su propio prestigio, puesto que todo parecía indicar que la batalla personal no iba a producirse. Aunque sus agentes difundieran la idea de que Alfonso permanecía tras los muros de Toro cobardemente, no podía negarse el hecho de que él mismo se había retirado sin asaltar la ciudad. Una forma de defenderse de posibles críticas era implicar a los súbditos en la conservación de la honra regia: “Es razón que lo sepáis las cosas cómo pasan, como aquellos que de la honrra e bien mío vos cabe grand parte”. De esta forma, Fernando descarga el menoscabo de su honra sobre los súbditos, recordando así, indirectamente, la obligación de los súbditos de defender al rey y defender su honor. Cuando existe el riesgo de ser criticado, Fernando echa mano al recurso de recordar a los súbditos una de sus obligaciones, honrar al rey 245. El tema de la honra del reino que aparecía en la etapa inicial del conflicto sucesorio, por la amenaza de división del reino, queda restringido un tanto en esta fase. La reina lo emplea en un documento que puede originar resistencias: la petición en préstamo de un millón de maravedíes a cada ciudad para sufragar los gastos de la guerra. La reina apela a todo tipo de valores supremos que pudieran ser apreciados por los ciudadanos a quien dirige la carta y, entre ellos, apela a la defensa de “la honrra e libertad de nuestros naturales” 246. El concepto honra del reino, se reduce y concreta en la honra de los naturales. Es probable que la reina necesitara concretar el sentido individual y personal de la honra, puesto que el empréstito afectaría a todos los súbditos de todos los estados, incluidos los privilegiados exentos de pagar tributos. Diego de Valera, consciente del valor que tiene la fama para asentar poderes a ojos de la opinión pública, incluye en su Doctrinal de príncipes oportunas recomendaciones a Fernando sobre la fama regia. Valera, que conocía las cortes extranjeras, tras una larga experiencia aventurera y diplomática, aconsejaba a Fernando utilizar la diplomacia para proyectar una buena fama 247. Pero todos comprendían que lo que realmente se precisaba para elevar la fama de la pareja castellano-aragonesa eran las victorias que les robaba el rey Alfonso. El propósito del autor de La Poncela de Francia es impulsar a Isabel a ganar fama con las acciones militares, con el esfuerzo en la guerra. Como tema aplicado a
245
Obligación fijada por las leyes regias, al menos, desde el siglo xiii (J.M. Nieto Soria, Fundamentos ideológicos..., p. 232). En la Segunda Partida, Título XIII, Ley XVII, se relaciona la obligación de honrar al rey con el deber de obediencia. 246 Carta de 6 de julio de 1475 (B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 30). 247 “Conviene al rey curar mucho de su fama (...). E si a toda persona de su fama conviene curar, mucho más a los príncipes es necesario, porque los vicios o virtudes en las personas privadas muy atarde se conoscen, mas en los príncipes, los ojos de todos miran e sus vicios o virtudes por todos ligeramente se conocen”, Doctrinal..., p. 186. Los reyes, en opinión de Valera, deberían promocionarse en el exterior por medio de los extranjeros: “Deve el rey honrrar los estrangeros, mayormente si fuesen embaxadores, porque estos publican la fama de la liberalidat e gracia e afabilidad de los príncipes. En lo qual, el ilustrísimo príncipe don Alfonso de Aragón, tío vuestro y el ínclito duque Felipe de Borgoña sobraron a todos los príncipes de nuestros tienpos”, (ibídem, p. 187).
238
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 239
El fragor de la guerra
Isabel resulta algo extraño pero quizá fuera el decaído prestigio militar de Fernando, tras la retirada de Toro, lo que provocó que algunos seguidores quisieran animar a la reina a implicarse en la guerra de forma más contundente. En principio, este autor, como buen panegirista, considera que la fama de Isabel es difícil de superar: “Muchas veces se ha puesto mi pensamiento en cuidado, buscando entre las mayores que más al triunfo de la fama son cercanas, por ver si fallaría alguna con quien a vuestra Alteza comparasse”. La única que puede ser comparada a Isabel es Juana de Orleans, la Poncela, que alcanzó fama por su esfuerzo militar, salvando el reino de Francia. Y, como su espejo, Isabel debe imitarla. No deja de maravillar cómo este autor hace de la necesidad virtud, empleando el argumento de la fama de la reina, como antes el de la virtud, para justificar la mala situación por la que pasa el reino: “Porque todos esperamos y creemos que a vuestra alteza plaze que en vuestros tiempos tanto estos reinos perdidos fuessen, porque las cosas muy difíciles de fazer os sean como a Dios possibles. Que si muy llanos según vuestros antecessores vuestra alteza los fallara, no fuera mucho loor pacíficamente reinar, mas fallándolos tan ocupados y en riscos tan altos y peligrosos, será gran grandeza allanar tan grandes cuestas, aunque todos están corrompidos en el mal, porque menos tenía criallos de nuevo que emendallos. Mas assí ganaron fama los que más alta la tienen, porque en las cosas más trabajosas y peligrosas, se metieron por ganarla, que nunca Julio César se escriviera su mayor señoría, de la que creo no ganara (...) pues es para que más la excelencia de vuestro esfuerço pareciesse, fue muy bueno el mundo malo que vuestra alteza falla, porque más alta que las más altas en el triunfo de la fama vuestra gloriosa memoria pinte” 248.
4.7. “A vos sometan sus cuellos”: el discurso del poder Ligada al discurso de la virtud, en este periodo encontramos un extendido desarrollo de la idea de tiranía. Si los enemigos o adversarios de los reyes se veían, desde un punto de vista moral, como agentes del mal, y al rey de Portugal, como esclavo de su soberbia, no hay más que un paso para denominarlos, a unos y a otros, tiranos. La idea de tiranía es, sin duda, una de las más útiles para deslegitimar cualquier acción política: plasma de forma descarnada la dominación, el poder sin límites. Como contrapunto se presentaría el derecho o el poder limitado. Según la propaganda isabelina: las motivaciones que guían las acciones del rey de Portugal y sus aliados castellanos se basan en el afán de poder, mientras que las que guían a Isabel y Fernando, se basan en el derecho. El rey rival, Alfonso de Portugal, es un tirano. Desde la propaganda cancilleresca, en 248
La Poncela..., prohemio.
239
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 240
Ana Isabel Carrasco Manchado
las sucesivas cartas, se acusa a los nobles partidarios de la reina Juana de “usar de su acostunbrada tirany´a, e por tener usurpado y tiranizado estos mis regnos y los de mi corona real de ellos, han trabtado y procurado de meter al rey de Portugal”; el rey Alfonso, en consecuencia, también entró a “tyranisar” los reinos y señoríos; su intención es “apropiar asy´ tiránicamente lo que no le pertenesçe” 249. Los destinatarios de esta propaganda cancilleresca son las ciudades y villas del reino, que deben implicarse en la guerra que se ha iniciado. A ellos interesa ocultarles el verdadero motivo que está en el origen de la contienda, es decir, la cuestión sucesoria, la existencia de otra heredera legítima que reclama el trono de su padre para sí. En el real ante Toro, la merced del ducado del Infantado, expedida en favor del marqués de Santillana, contiene esa misma acusación de tiranía: Alfonso, “muy tirana et ynjustamente es entrado en nuestros reynos, usurpando nuestro real título” 250. Los efectos de esta acusación se refuerzan con la mezcla de ideas tomadas de la teoría política que distingue entre tiranía de origen y de ejercicio. Alfonso, ayudado de sus “secuaçes e parçiales” castellanos ha entrado en el reino para cometer las dos. Pero en la práctica, para el común de la opinión, poco conocedora de las distinciones de los juristas, la palabra tiranía alude, sin duda, únicamente al ejercicio del poder. Y es éste el significado que se difunde de manera prioritaria. La prueba es que no se llama “tirana” a la reina Juana, cuya proclamación podría haber sido calificada en términos de usurpación. Otro acierto de la propaganda de este periodo es acusar de tiranos a todos los nobles enfrentados a Isabel y Fernando. Significativamente, un término que se había estado usando para descalificar a reyes o privados que detentaban un poder que no les correspondía (personajes como Álvaro de Luna o Juan Pacheco), se hace extensivo a todos los nobles que no prestaron la obediencia a Isabel y Fernando. En los documentos oficiales, en las cartas reales, desobediencia se hace sinónimo de tiranía. En la carta de Isabel a las ciudades solicitando un empréstito, se dice que el rey Alfonso “ayuntó asy´ algunos malos cavalleros nuestros rebeldes e desleales conformes a él con el deseo de tiranizar los quales le siguen e dan favor por todos estos mis regnos puestos en discordia e penalidades para acreçentar con ellos sus estados” e igualmente se les acusa a todos ellos de tiranía en el primer cartel de desafío: “con desseo e voluntad de tiranizar” y en la carta de privilegio al duque del Infantado: “a fin de poder continuar su malo e tiránico bevir”. Mientras los documentos de la cancillería difundían esta idea oficial, los propagandistas especializados, como son los poetas de corte, divulgaban la misma idea con imágenes que pudieran contribuir a crear un estado anímico de rechazo o de ridiculización contra los rebeldes. Las imágenes alegóricas de la rebeldía 249
Cartas de 19 de mayo, desde Medina del Campo (A. Moratalla, Documentos..., doc. 40), de 23 de mayo y de 27 de Mayo, también desde Medina del Campo (ibídem, docs. 41 y 42), del 20 de junio (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes..., doc. 25). Carta del 6 de julio (B. Casado Quintanilla, Documentación Real..., pp. 29-31). 250 J. Layna Serrano, Historia de Guadalajara..., II, pp. 474.
240
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 241
El fragor de la guerra
de los nobles, expresadas en términos de tiranía, que incluye Íñigo de Mendoza en su Sermón trovado, probablemente provocarían la risa entre los cortesanos. Los nobles aparecen como “toros nunca domados” (copla 14) o como “bestias haronas” (copla 45), toros que, no obstante, serán “al yugo atados” (copla 42) y convertidos en “bueyes” (copla 43). Teniendo en cuenta que Mendoza escribe esta alegoría a partir de la divisa fernandina del yugo, ¿quién de los que conocieran los versos del Sermón dejaría de ver bajo esta del rey los cuellos de los nobles, transmutados en bueyes? La burla alegórica anticipa el sometimiento de los rebeldes y presenta, al mismo tiempo, la imagen de un rey Fernando poderoso, azote de los tiranos. Él mismo es calificado como rey “contraste de lo tirano” (copla 1) y “temor de los tiranos” (copla 14). Esta distinción debía explicitarse por si el mismo Fernando recibiera la misma acusación de tiranía 251. En esta fase del conflicto sucesorio continúan incluyéndose en los documentos oficiales expresiones sobre la obligatoriedad de obedecer las disposiciones regias. En la carta declarando la guerra al Reino de Portugal se recuerdan de forma muy sutil las obligaciones de los súbditos para con los reyes: “como buenos e leales vasallos e súbdictos e naturales del dicho rey, mi señor e míos, avréys dello aquel sentymiento que de rasón devéys de tener” 252. Lo novedoso de este testimonio es que se denomina sentimiento razonable a esa respuesta de sumisión a la relación de poder. Llama la atención la combinación entre sentimiento y razón, conceptos antitéticos pero que aunados forman un todo imposible de objetar. Es un paso hacia la configuración del deber de la obediencia a los reyes como algo “natural” o, mejor, connatural a los hombres que viven en comunidad. Junto a esta llamada a la obediencia, aparecen también las otras cláusulas alusivas al poder real de las que hacían ya uso las cartas expedidas a nombre de Isabel o de Fernando en el periodo anterior. El servicio al rey, también denominado precepto normativo ser cumplidero a mi servicio, aparece también en la aludida carta de 20 de junio, declarando la guerra a Portugal. En ella se define toda la situación creada por Alfonso de Portugal y por los caballeros rebeldes como un acto de deserviçio “del rey mi señor e mío, e grand menospreçio de nuestra preheminençia e dignidad real” 253. La situación se presenta como un atentado directo contra los reyes y contra su dignidad real. Casi podría decirse que la acusación es de golpe de estado. Hasta aquí, no parece haber excesiva diferencia con el primer periodo. Las cartas oficiales expresan una voluntad firme 251
Al presentar a Fernando como represor de la tiranía quedan legitimadas todas las acciones encaminadas a ese fin. Significa la aplicación práctica de la teoría sobre la tiranía difundida por Diego de Valera en el Doctrinal de príncipes, “Es mucho peor rey que por su condición se torna tirano, quel que tiránicamente, sin le pertenescer, ocupa o posee reino o señoría” BNE, ms. 17804, fol. 43v. 252 Carta de 20 de junio de 1475 (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes..., doc. 25, p. 85). 253 Curiosamente son las mismas acusaciones que esgrimía Enrique IV en 1470, en una cédula a las ciudades de 1470, contra las acciones de su hermana Isabel y su marido: “Por muchas maneras e formas de malo e detestable exemplo en gran menosprecio mío e contra mi preeminencia real e en derogación della” (la cédula en Memorias de don Enrique IV de Castilla..., doc. 179, pp. 619-621).
241
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 242
Ana Isabel Carrasco Manchado
como corresponde a una situación de guerra. Lo original de este periodo estriba en la divulgación de imágenes simbólicas y representativas de la preeminencia y la superioridad del poder de uno y otro miembro de la pareja real. Las que se refieren a Fernando quizá sean más abundantes, como si se quisiera, de forma especial, revalorizar su carácter de caudillo militar. Íñigo de Mendoza reúne un cúmulo de imágenes de este tipo con relación a Fernando. Puede decirse que su Sermón trovado tiene, ante todo, esta finalidad: mostrar a un rey poderoso capaz de resolver la situación por la vía de la fuerza. En su poema prima el discurso del poder sobre el resto, ya desde su concepción misma: la alegoría del yugo de la divisa personal de Fernando. El yugo es un símbolo ambivalente del poder, puesto que representa la tiranía y el poder divino o el poder del rey. Todos estos significados contradictorios se suman en un mismo discurso. En primer lugar, es utilizado por los reyes para intentar atemorizar a la población o, al menos, crear recelos en contra del rey Alfonso V, aludiendo con ello al carácter tiránico de su posible gobierno: en la carta de Isabel de 6 de julio pidiendo el empréstito a las ciudades se presentaba la amenaza de la “sugebçión so el yugo de rey estraño”. Si el yugo se asocia con la tiranía, no resulta descabellado pensar que la composición de Mendoza obedezca al objetivo de atenuar esa misma imagen de poder que sugiere la divisa de Fernando y que podría llevar a sospechar que su poder es también un poder tiránico 254. En el poema se observa cómo, con gran facilidad, se juega con los dos tipos de discurso, un discurso de autoridad y otro de limitación de esa autoridad. Se trata de un ejemplo de cómo el poder juega con una doble ideología, valiéndose de la ambigüedad intencionada que caracteriza al lenguaje político: actúan simultáneamente dos ideologías, por una parte una ideología autoritaria y, por otra, una cargada de referencias que sugieran la limitación a dicha autoridad. El límite, al proceder de la voluntad del poder de autolimitarse, y no de una demanda externa de los súbditos o gobernados, no tiene como objetivo real la moderación. La limitación actúa así como idea propagandística 255. Simbólicamente, Mendoza equipara el yugo fernandino 254
No hay que pensar que es la propaganda antiportuguesa (que empleaba la imagen del yugo para representar el poder tiránico de Alfonso V en Castilla) la culpable de poner en duda la valoración positiva de la divisa de Fernando. Hay que tener en cuenta que la imagen del yugo asociada con la tiranía estaba ya arraigada en la mentalidad de la época (recordamos que Ambrogio Lorenzetti pintó, en su famoso fresco de la Alegoría del mal Gobierno, en torno a 1340, la figura de la Tiranía, elevada por encima del terrible Tirano, ostentando, como insignia de su poder, un yugo que sostiene sobre su mano izquierda). Ya hicimos referencia a la relación existente entre el yugo, la tiranía y el fresco sienés en nuestro artículo, A.I. Carrasco, “Propaganda política en los panegíricos poéticos de los Reyes Católicos: una aproximación”, Anuario de Estudios Medievales, vol. 25/2 (1995), pp. 526-527. Todas las referencias literarias y simbólico-políticas del yugo fernandino, que aquí recogemos de nuevo, quedaron suficientemente desarrolladas en dicho artículo y en nuestra tesis doctoral publicada en el año 2003. Posteriormente apareció la aportación de Mingote Calderón, que ha revisado este tema, sin mencionar nuestro trabajo de 1995 (J.L. Mingote, “Una ‘nueva’ interpretación de la simbología del yugo de Fernando el Católico. Arte, literatura, historia y... etnología”, Actas del I Congreso Internacional de Emblemática General, I, Zaragoza, 2004, pp. 137-156). 255 Este desdoblamiento ideológico con fines propagandísticos puede aportar una respuesta a la pregunta que se hacía J. Krynen: ¿hay una o varias ideologías de Estado? (“Genèse de l’Etat et Histoire des Idées
242
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 243
El fragor de la guerra
con el yugo divino, al elegir como tema de este sermón el versículo evangélico “Jugum meum suave est” (Mt. 11,30). Esta elección no es nada casual, pues para algunos autores, el yugo divino es el único que resulta ligero 256. En la práctica, la limitación de la que habla Mendoza se relaciona con el ejercicio de la gracia regia y, según se ha demostrado, el ejercicio de la gracia apuntala, en último término, la superioridad del poder real 257. Nos encontramos, pues, con una típica imagen ambivalente de las que suele nutrirse el lenguaje político, y con las que se consiguen beneficios para el poder real desde varias perspectivas. Esta imagen y otros calificativos, metáforas y alegorías que emplea Mendoza, suponen un apoyo para la representación del poder de Fernando, y de la preeminencia y superioridad de la autoridad que ejerce. El predicador emplea expresiones como las siguientes 258: - Rey soberano: “príncipe muy soberano” (copla 1). - Rey excelente: “a vos señor excelente” (copla 54). - Rey principal: “príncipe muy principal” (copla 10). - Rey poderoso: “príncipe muy poderoso” (copla 5). - Rey pujante: “vos, rey pujante” (copla 48). - Majestad real: “vuestra ilustre magestad” (copla 4); “vuestra real magestad”. - Grandeza real: “vuestra potestad/ en su grandeza mirada” (copla 5). - Potencia real: “alto rey cuya potencia” (copla 52). - “Real celsitud” (copla 21). A estos apelativos hay que añadir dos imágenes ejemplificadoras que Mendoza recomienda vivamente a Fernando, la de rey labrador y la de rey jinete. Las dos expresan la misma concepción del poder real en los términos castigo / premio, o lo que es lo mismo, justicia y gracia. La expresividad y la fuerza de los versos de Mendoza dejan fuera de toda duda la apología de la superioridad del poder real: Mas es menester, señor, según mi flaco consejo, que seáis buen labrador, buena reja, buen vigor, y tengáis buen aparejo buena reja, buen arado Politiques en France à la fin du Moyen Âge”, en J.C. Maire Vigueur y C.J. Pietri (eds.), Culture et Idéologie dans la Genèse de l’Etat Moderne, Rome, 1985, p. 402). 256 “Yugo se toma muchas vezes por la servidumbre, sujeción y obediencia. Todos los yugos son pesados, si no es el de Nuestro Redentor, del qual dize por el Evangelisto San Mateo, cap. II: Iugum meum suavem est, et onus meum leve ; especialmente que yugo dize junta de dos, y si Christo le lleva con nosotros, muy poco será nuestro trabajo”, S. de Covarrubias, Tesoro..., voz ‘iugo’. Para Íñigo de Mendoza, también es ligero el yugo regio. 257 La gracia real es uno de los instrumentos mediante el cual el poder real se va configurando como absoluto (S. de Dios, Gracia, merced y patronazgo real..., pp. 104-111). 258 Muchas de ellas incluidas como “Fórmulas y expresiones de exaltación política” en J.M. Nieto, “Apología y propaganda de la realeza en los cancioneros castellanos del siglo xv. Diseño literario de un modelo político”, En la España Medieval, vol. 11 (1988), pp. 217-220.
243
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 244
Ana Isabel Carrasco Manchado
bien uñidos vuestros bueyes, al harón hosco aguijando, el leal galardonando, y entonces, según las leyes, ararán bien vuestras greyes” (copla 43). Quanto más nuestra Castilla, un reino tan especial, ca nos debe dar manzilla quando nos vemos regilla por esta justicia tal. ¡O, pues, rey virtuoso! Si queréis bien gobernalles poned freno al que es brioso y espuelas al perezoso, que sabed que los vasallos se rigen como caballos” (copla 49).
Si bien la imagen de rey labrador es más conocida en esta época 259, lo es algo menos la imagen de rey jinete. Esta imagen rebosa contenido político, en su sentido práctico. Supone la concepción del gobierno como una especie de “tira y afloja” sometido al control del rey, que es el encargado de “domar” a los súbditos y llevar las riendas 260. El poder, en esencia, es freno y aceleración 261. Al hablar del discurso jurídico, nos referíamos a los versos de Mendoza y a su capacidad propagandística de convertir las formulaciones de la teoría política en “casi eslóganes”; ocurre lo mismo con el discurso del poder. Los llamamientos a reprimir a los rebeldes hacen de esta composición una verdadera arenga en verso: “Tomad la lança en la mano/ sujuzgad vuestro reinado” (copla 18); “venir a sojuzgar” (copla 33); “a vos sometan sus cuellos” (copla 21). Podemos, 259
No es de las más empleadas, pero su sentido está claro: está relacionada con la asunción de un poder absoluto por parte de los reyes. Así lo determinó J.M. Carretero, a partir de la documentación de Cortes de la época de los Reyes Católicos en la que frecuentemente se hace referencia, en clave metafórica, a la facultad de los reyes de arrancar, destruir y plantar, labores todas ellas agrícolas (Cortes, monarquía..., p. 59). 260 Un antecedente aplicado a Isabel, aunque sin añadir explicación de la imagen, aparece en el tratado de fray Martín de Córdoba, cuando, al tiempo de morir su hermano Alfonso, proclamado rey en lugar de su hermano, se entendía que era quien heredaba el trono: en el prólogo dice el autor que besa “aquellas manos dignas de regir las riendas deste reino” (Jardín de nobles doncellas, ed. F. Rubio, Prosistas castellanos del siglo XV, Madrid, 1964, p. 67). 261 Paul Virilio, filósofo actual que ha estudiado la relación entre el movimiento y el poder, ha encontrado la imagen del jinete o conductor de caballos aplicada a los faraones. El faraón suele estar representado en los sarcófagos con un cayado en una mano y con un látigo en la otra; el cayado sirve para frenar el carro de combate y el látigo para acelerarlo: “por tanto, el poder faraónico, como todo poder, es a la vez retención, freno, sabiduría y aceleración. Esto es cierto para el pontífice, para el gran Conducator Ceausescu y para el Gran Timonel. La imagen de Mao Tse Tung, de Ceausescu o del faraón es siempre la misma. Todos conducen, guían las energías y dan un ritmo a la sociedad que controlan”, P. Virilio, El cibermundo, la política de lo peor, Madrid, 1997, p. 18.
244
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 245
El fragor de la guerra
pues, calificar a Íñigo de Mendoza como “vulgarizador” o divulgador de ideas políticas abstractas, normalmente expresadas mediante escritos oficiales y tratados teóricos. Una de esas ideas, la obligatoriedad de la obediencia, adquiere con sus escritos un eco poético. La ambivalencia de este imperativo, como argumento que se encuentra a caballo entre el derecho y el poder, se observa con claridad en los versos del predicador de corte. El deber de obediencia al rey, hasta la muerte incluso (pro rege mori ), por el rey y también por la tierra (pro patria mori ) le sirve para fundamentar la denuncia de los nobles que apoyan a Juana y a Alfonso de Portugal: “¡O vergonçosa fealdad de renonbre lastimero de quien juró lealtad con tan gran solenidad quando se armó caballero! Porque según que se ley en la Segunda Partida por su grey y por su ley y por Dios y por su rey tienen los grandes la vida con juramento ofrecida” (copla 18) “Y pues son tan obligados por derecho y por virtud a someter sus estados al yugo, mansos, domados, de la real celsitud, a vos sometan sus cuellos” (copla 21).
En esta fase del conflicto sucesorio no encontramos para Isabel nada equivalente a los calificativos exaltados que Mendoza escribe para Fernando, aunque no por ello estén ausentes en boca de sus seguidores los apelativos acordes con la preeminencia real. Hernando de Talavera se refiere a la reina como “real magestad” y afirma su condición real, a lo largo del tratado que dedica a la reina, la Collaçión muy provechosa: la reina fue en “la cumbre de las honrras y dignidades sublimada y collocada”. En un tono apologético, el autor de La Poncela de Francia subraya la grandeza de la reina y de su poder: “ninguna de las passadas no fallé tan grande que con vuestra grandeza iguale”; “una tan poderosa y excelente reina” 262. En el discurso del poder encontramos temas relacionados con el “acrecentamiento” del poder del rey mediante la expansión fuera de las fronteras del reino. Si bien esta intención puede chocar con la noción de guerra justa, que no admite 262
H. de Talavera, Collación..., p. 561; La Poncela..., proemio.
245
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 246
Ana Isabel Carrasco Manchado
otra guerra que la defensiva y la que se realiza a costa de las tierras musulmanas, los panegiristas no se olvidan de añadir alguna referencia expresa al acrecentamiento de los reinos como algo deseable e, incluso, conveniente a la realeza. En este periodo, se observa la propagación de dos ideas que tienen que ver con el acrecentamiento del poder real mediante conquista: la conquista de Portugal, tímidamente apuntada ya en el periodo anterior, y la conquista de territorios del islam, sin que se aluda, expresamente, a la conquista de Jerusalén. Es como si la expresión de poder que significó el que Fernando asumiera el título de rey de Portugal tras el fracaso de la primera campaña contra Toro diera alas a los panegiristas para pedir la extensión de las conquistas. Ante tal demostración de poder, un problema como el de la sucesión al trono castellano se queda pequeño. ¿Por qué conformarse con el título de reyes de Castilla, cuando se pueden titular reyes de España?, ¿por qué conformarse, incluso, con el título de reyes, cuando pueden tener el de emperadores? Tales son los razonamientos de los panegiristas de Fernando, Íñigo de Mendoza y Diego de Valera, que, más o menos por la misma época, ven a Fernando destinado a convertirse en rey de España: - Íñigo de Mendoza: “Así, rey, vuestros servicios merescerán beneficios a la justicia divina de manera que aplacada por vuestras obras su saña, no sólo ser subjuzgada a Castilla con Granada mas con poca fuerça y maña vos podéis ver rey de España” (copla 53). - Diego de Valera: “A vos, más que a otro, muy humano señor, es necesario, de quien es profetizado de muchos siglos acá, que no solamente seréis señor destos reinos de Castilla e de Aragón, que por todo derecho vos pertenescen, mas avréis la monarchía de todas las Españas e reformaréis la silla imperial de ínclita sangre de los Godos” (BNE, ms. 17804, fol. 2v).
En ambos autores, la adquisición del título de reyes de España pasa por una conquista de territorio islámico. De los dos autores, Valera es el que va más lejos, al definir ese poder como imperial, lo que supondría, no sólo el acrecentamiento en títulos, sino también en dignidad. Desde que Fernando se titula rey de Castilla, es la primera vez que encontramos el concepto de monarquía, concepto equivalente al título imperial, asociado con la figura del príncipe de Aragón 263. 263
Según la evolución detectada en textos medievales hispánicos por J.A. Maravall, “El concepto de Monarquía en la Edad Media española”, Estudios de Historia del Pensamiento Español, I, Madrid, 1983, pp. 67-83.
246
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 247
El fragor de la guerra
Lo interesante de estos dos testimonios propagandísticos es la forma en que los dos autores asocian la lucha tradicional del islam en la Península, con el título de reyes de España o “de las Españas”. En Mendoza llama la atención que la meta final sea conseguir ése título y no el de Jerusalén: habitualmente, los textos que tratan este mismo tema formulan el deseo de llegar hasta Jerusalén tras conquistar Granada y todos los territorios islámicos que encuentren a su paso. La meta final que suele plantearse es la consecución del título de reyes de Jerusalén, sin embargo, para Mendoza, la meta es conseguir el título de reyes de España, e igual sucede con Valera, que prefiere el de emperador de España, resucitando un viejo tema del pasado mítico-histórico hispánico. Sin duda, todo esto tiene que ver con la guerra con Portugal y con la reivindicación del título real portugués y del derecho a un reino que habrá de ser conquistado para que, finalmente, Fernando pueda titularse rey de España. Este argumento parece ser, al menos durante este periodo, propio de la propaganda fernandina. Ninguno de los dos autores parece incluir a Isabel en sus planteamientos. De hecho, la atribución del título y dignidad (real o imperial) parece, en ambos casos, asunto personal de Fernando. Mendoza afirma que Fernando los obtendría como premio divino a sus merecimientos personales (Dios hará “crecer los cetros” de Fernando, en copla 14), mientras que para Valera, la monarquía imperial se atribuye a Fernando por la vía profética. Desde luego, estos argumentos proporcionan al príncipe de Aragón la representación de un poder en Castilla muy superior al que le corresponde como rey consorte de Isabel. Su prestigio personal se alimenta de argumentos como estos. Por contraste, en el caso de Isabel, la única alusión que se refiere al acrecentamiento de su poder hacia el exterior tiene que ver, exclusivamente, con la lucha contra el Islam en un sentido general: “ganar en las tierras de la dañada seta” (según el proemio de La Poncela de Francia). 4.8. “Guerrear al reino de Portogal fasta lo recobrar”: el discurso de la guerra Recién producida la entrada del rey Alfonso, Isabel y Fernando declaran la guerra al Reino de Portugal. Las cartas enviadas a las autoridades civiles y militares de los concejos fronteros con Portugal transmiten la orden contundente, una orden de “faser guerra, a fuego e a sangre al dicho rey de Portugal”, sin añadir razones 264. No mucho más tarde, las cartas enviadas durante el mes de julio ya incluyen explicaciones sobre la caracterización de la guerra y su definición como guerra justa. Si para la movilización de fuerzas militares bastaban las expresiones que denotan el poder de mando de los reyes, no sucedía lo mismo en el caso de la ayuda económica. La carta enviada por la reina a Ávila 264
La carta de 20 de junio que ya hemos analizado (A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes..., doc. 25).
247
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 248
Ana Isabel Carrasco Manchado
pidiendo un empréstito alude a la invasión de Alfonso de Portugal, a la usurpación del título real, a la discordia interna que han levantado ciertos caballeros y a la voluntad decidida de ellos, como reyes, de defender, no al reino, sino a “nuestros naturales”. La consecuencia que “los naturales” deben extraer es que “pues para tan justa guerra e para proveer a tan grande nesçesidad me podrán servir todos los mis súbditos e naturales de qualquier estado e condiçión, preheminençia e dignidad que fuesen” 265. Según el derecho, el rey podía hacer la guerra siempre que fuera en defensa de la tierra, sólo así podía llamarse guerra justa y como tal se proclamaba esta guerra. Isabel y Fernando aparecen en varios documentos oficiales como reyes defensores. Defender la tierra supone mostrarse como reyes verdaderos, frente al rey usurpador que es el que ofende a la tierra, la ataca y la destruye. Sólo si los reyes aparecen ante sus ciudades como defensores de la tierra se justifica, no sólo la movilización de hombres para la guerra, sino la petición de recursos monetarios. El papel de defensores será, pues, exprimido al máximo, sobre todo en beneficio de Fernando de Aragón, que es el que lleva el peso militar en esta primera parte de la guerra abierta. La noción de sacrificio personal supone maximizar la idea de rey defensor, y la cuestión del desafío regio permitió su escenificación. La idea de sacrificio personal del rey para evitar los males de la guerra busca estrechar, por el camino emocional, el vínculo de unidad que asegure la adhesión a la persona de Fernando. En medio de los desórdenes de la guerra se debe favorecer la simpatía hacia los reyes. La idea de sacrificio personal del rey demostraría que Fernando no ama la violencia: ama por encima de todo a sus naturales. Un rey pacífico resulta más digno de ser amado por la opinión común. La imagen de reyes defensores y la idea de sacrificio personal del monarca se repetirá, por tanto, en contextos variados. Aparece en la mencionada carta de Isabel a las ciudades pidiendo el empréstito, poniendo cuidado en señalar que les preocupa la guerra, más por el sufrimiento de sus súbditos que por el suyo propio: “E como quier que el rey, mi señor, e yo reçebimos de esto grand sentimiento por lo que a nosotros toca, pero podéis ser çiertos que non lo sentimos menos por el dapno e fatiga que a nuestros súbditos e naturales viene de ello, a lo qual todo, su señoría e yo estamos prestos a remediar ofreçiéndonos por ello a todo trabajo e gasto. E su señoría poner sobre ello a todo arresto e peligro para resistir tan enpeçinada enpresa” 266.
El gesto de Fernando de dictar testamento poco antes de marchar a enfrentarse con el rey de Portugal ante Toro también quería demostrar hasta qué punto estaba dispuesto a sacrificarse. En el preámbulo del testamento y a lo largo de él se recalca la idea de la defensa: “prosyguiendo la justa defensa destos 265 266
Véanse las implicaciones de esta carta, en relación con el concepto de naturaleza, expresadas más arriba. B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 30.
248
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 249
El fragor de la guerra
reynos hasta derramar la sangre si fuere menester”. El testamento de Fernando da seguridad a todos aquellos que habían prestado dinero para la guerra –incluyendo las iglesias con su plata–. En él volvía a recordarse que ese dinero había sido tomado “para la expedición y execución desta dicha defensa” 267, es decir, para un fin justo. Finalmente, el desafío personal lanzado a Alfonso se presentaba como la prueba patente de la voluntad de sacrificio personal de Fernando, y la voluntad de dirimir entre ellos el conflicto evitando la muerte de inocentes. Se insiste, por ejemplo, en el tercer cartel de batalla: “Su señoría se offreció con desseo de redemir con sta batalla particular los grandes males y danyos generales que ese speran”. Y se expresa así a las ciudades en la carta notificando el fracaso de la campaña: “Yo, con el amor que a mis naturales tengo e con el deseo de atajar los males que de las guerras se siguen, acordé de le enviar y envié a requerir con Gómez Manrique, del mi consejo, de batalla de mi real persona a la suya” 268. El sacrificio se define en términos de sentimiento de amor del rey por sus “naturales”. En esa carta se cuenta la negativa del rey Alfonso a aceptar la batalla personal (ocultando, de forma sibilina, que aún continuaban cruzándose carteles, por lo que aún no se había cerrado esa posibilidad). Sin embargo, Fernando se presenta como el único dispuesto a sacrificarse, y no así su rival. Como rey verdadero, sólo él demuestra así el amor por su súbditos 269. En general, cuando son los reyes los que se dirigen personalmente a sus súbditos, prefieren cifrar el concepto de guerra justa en la defensa de la tierra. Las referencias a las causas verdaderas de la guerra (la escisión de la obediencia en dos legitimidades enfrentadas) prefiere dejarse a un lado. La responsabilidad de la guerra se hace recaer en el afán de conquista del rey extranjero y en la rebeldía de unos súbditos, no en la cuestión sucesoria. Era preciso alejar toda sospecha que situara a Isabel y a Fernando en el origen de la guerra, pero los discursos de la propaganda elaborada en los círculos de la reina Juana les acusaba a ellos de ser, precisamente, los causantes de la guerra; especialmente a Isabel: “Nunca de otra manera quiso venir, ni condecender a la concordia y paz de los dichos mis reynos, puesto que por escusar las guerras, e divisiones y escándalos dellos le fuesse muchas vezes ofrecido e requerido, por donde podéys bien conocer qual aya sido siempre la intención e sobervia de la dicha reyna de Sicilia contra el dicho rey mi señor e contra mí” 270.
267
Testamento de Fernando de Aragón, Noticias históricas..., p. 232. A. Sesma, “Carteles de batalla”, p. 291; R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., p. 117. 269 El sacrificio personal del rey es una forma de poner en práctica el ideal del pro patria mori. Fernando no hace sino seguir el ejemplo de otros reyes occidentales que estaban dispuestos a luchar en duelo para ahorrar la muerte de sus naturales y la destrucción de la tierra, tal y como lo habían planteado Carlos de Anjou y Pedro III de Aragón en 1283. Citado por H. Kantorowicz, Los dos cuerpos del rey. Un estudio de teología política medieval, Madrid, 1985, p. 248. Véase también, del mismo autor, Mourir pour la patrie et autres études, París, 1984. 270 J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 22. 268
249
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 250
Ana Isabel Carrasco Manchado
En la fase inicial del conflicto sucesorio se había empezado a difundir la idea de la conquista del Reino de Portugal, antes, incluso, de que el rey Alfonso entrara con sus huestes en Castilla. Se trata de la típica estrategia de buscar la defensa en el ataque. Pero, lo más interesante de este periodo es comprobar cómo lo que había empezado proclamándose como una guerra de conquista, ahora se presenta como una cuestión de derecho. La guerra contra el Reino de Portugal será también una guerra justa en virtud del derecho que Isabel y Fernando dicen tener a la posesión legítima del título real portugués. Este cambio de actitud tiene una fecha concreta que es, al menos por lo que hemos podido comprobar, el día 3 de agosto de 1475, fecha de la carta de Fernando a las ciudades notificándoles la ocupación de Toro y Zamora por su rival, el rey Alfonso. En ella se informa del derecho a titularse “reyes de Portugal” y se ordena emprender la guerra “a sangre y fuego” contra ese reino, con objeto de recobrar lo que les pertenece: “Para dar forma de guerrear al Reino de Portogal fasta lo recobrar” 271. La guerra contra Portugal dejaba de ser una guerra de conquista para pasar a convertirse en una guerra justa, en una guerra obligada 272. 4.9. “Temer su rey de todo coraçón”: el discurso del miedo Si en el periodo anterior delimitábamos las líneas que se desarrollarán a lo largo del conflicto sucesorio con mayor o menor intensidad: el sentimiento de inseguridad entre la población a causa de la generalización de todo tipo de males por el reino, y el tema de los reyes temidos, en este periodo observamos la aparición de un nuevo objeto para alimentar el miedo de la población: el enemigo. El tema de los males del reino es difundido significativamente en los documentos oficiales. En la carta de Isabel a las ciudades solicitando el empréstito, se apela a la perspectiva de un futuro amenazador. La intención de la carta es obtener dinero de todos los estados. Tal pretensión vulneraba las libertades de los privilegiados y no tenía en cuenta la carga que suponía para los no privilegiados, obligados ya a pagar los tributos ordinarios. Por ello, este perjuicio sólo puede justificarse si hay otro mayor, un mal se alivia con otro peor. Se aviva el fantasma de la servidumbre presentando al rey de Portugal como una amenaza temible: “Considerando que mayor dapno e dolor les vernía sy, lo que nunca Dios quiera, oviesen de ser puestos en sugebçión e so el yugo de rey estraño e de gente aborrecible e enemiga de cada uno de ellos, yo eligiendo el menor inconveniente, creyendo que este avrán todos por mejor remedio” 273. Resulta significativo que el atributo de Alfonso de Portugal destacado como inspirador de miedo sea 271
R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., p. 118. El autor anónimo de La Poncela distingue perfectamente entre guerra de conquista y guerra obligada; la guerra emprendida para recobrar lo propio es obligada: “Muy más fuerte cosa es, hombre cobrar sus reynos ocupados, que conquistar los ajenos; porque la una guerra es de fuerça que se ha de hazer y la otra, sin verguença se puede retraer de la conquista” (La Poncela..., prohemio). 273 Carta de 6 de julio, B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 29-30. 272
250
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 251
El fragor de la guerra
su condición de extranjero. Isabel está negando validez al parentesco que Juana o ella misma tienen con el rey de Portugal, los lazos de sangre que unen estrechamente a una y otra línea real. Y de nuevo se apela al concepto de naturaleza, presentando el vínculo de naturaleza que une al rey y a sus súbditos como una garantía de confianza y de seguridad. Lo extraño solía relacionarse también con la tiranía 274. Por extensión, los hombres del rey de Portugal, extraños como él, no naturales, serán “gente aborrecible”. Isabel alienta, de este modo, cierta propaganda que podríamos calificar de “xenófoba” 275. En varias ocasiones observamos la intención interesada desde el partido de Isabel y Fernando de mostrar que entre castellanos y portugueses existe un odio inveterado. Avivar desde el poder el odio entre comunidades es un procedimiento típico de propaganda de guerra (la fabricación del enemigo). Evidentemente, entre los castellanos y los naturales de los reinos de la Corona de Aragón interesa fomentar lo contrario. En otros textos, el tema de los malos tiempos adquiere tintes apocalípticos. El que mejor lo ilustra es el prólogo de La Poncela de Francia, dedicada a Isabel: “En aquellos tiempos e inocentes años, no era la malicia en el mundo en aquel estremo venida de oy, ni las ciudades ni fortalezas tan malas de combatir, ni las gentes tan armadas para las defender, ni la fe, pleito y omenaje en los fijosdalgo en tan poca estima tenida, ni al virtuoso tenido por simple, ni al traidor avido por discreto, ni todas las nobles condiciones de los hombres de dexar la haz de los buenos y preciarse del envés de los malos; con la rotura, de los cuales, la justicia es en tan gran menosprecio venida, que no solamente los tiranos crecieron en su maldad, mas aun los justos y buenos con el ayre de la pestilencia de los malos se corrompieron. Y tanto ha multiplicado, que apenas se fallarían los diez buenos, por los cuales Dios los muchos malos perdonava. Mas nuestra vida triste es en tan gran desaventura venida como quien está en infierno, que los mayores que el fuego atizan y los menores que padecen, unos y otros se queman en él. E ansí, en estos reinos de Vuestra Señoría, más que en parte de lo poblado del mundo, el mal es venido tanto en uso, que assí se torna en naturaleza, tanto que el pensamiento de quien más en los remedios mira, parece a Dios ser mayor obra que fazer el mundo, dar salud a gente tan muerta” 276. 274
Ya desde Las Siete Partidas hay un rechazo de “lo extraño”, “lo extranjero”. Los tiranos “ansían más su consejo e guarda de su cuerpo en los estraños, porquel sirven a su voluntat, que en los de la tierra, que l’an de fazer por premia”, Partida Segunda, Título I, Ley X. 275 La carta-razonamiento escrita por Pulgar para el rey de Portugal aludía a ello como argumento que indicaba la imposibilidad de comunión entre la nación castellana y la nación portuguesa: “Eso mismo porque vuesstros súbditos nunca bien se compadescieron con los castellanos. Y entrando vuestra alteza en Castilla con título de rey podría ser que las enemistades e discordias que entre ellos tienen e de que estos fazen fundamento a vuestro reynar todos se saneasen e convertiessen contra vuestra gente por el odio que antiguamente entre ellos es” (véase el capítulo anterior). 276 La Poncela..., proemio.
251
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 252
Ana Isabel Carrasco Manchado
La situación, así descrita, prefigura el caos que conduce a la perdición total del reino. La extensión del mal supera incluso al que reinaba en las ciudades bíblicas de Sodoma y Gomorra (según alusión indirecta del autor), arquetipo de ciudades destruidas a causa del pecado y la corrupción generalizada de sus habitantes. El interés del autor es resaltar la figura de Isabel, que es el único asidero posible para salvarse de perecer ante el juicio final que se avecina: “E como en el principio de vuestro reinar, ovieron conocimiento que era venido el Mesías para los justos y Antechristo para los malos, púsoles tal temor, que por se librar de la muerte a vuestra alteza la buscan”. Si la situación catastrófica del reino se acercaba a la realidad de un reino aquejado por una década de guerra interna, interesaba desvincular la figura de Isabel de la situación de crisis concreta en la que ella misma había participado y a la que había contribuido desde 1468. Isabel era un ser carismático venido providencialmente a salvar al reino. La imagen de reyes temidos, como sostén de una posición de fuerza y de poder se extiende en estos momentos con cierto impulso. Como ocurre con otras representaciones propagandísticas, es Íñigo de Mendoza quien crea, al servicio de la propaganda fernandina, las imágenes más originales. En el Sermón trovado, Íñigo de Mendoza califica a Fernando como “rey temor de los tiranos” (copla 14). El poder del rey se presenta así como instrumento legítimo de justicia. Los malos, los criminales, los tiranos (sus rivales) temen al rey. La imagen fomenta el miedo a la justicia del rey. Pero el predicador recrea una imagen del rey que va más lejos, una imagen ciertamente siniestra, que representa al rey como un espejo espantable que causa temor a los que se miran en él. “Como en espejo doblado príncipe muy poderoso, en una luna mirado haze el rostro mesurado y en la otra espantoso, así vuestra potestad en su grandeza mirada me figura esquividad, mas en su benignidad se muestra tan mesurada como la que está sin nada” (copla 5).
Esta imagen asocia el concepto de rey temido, no tanto al discurso de la justicia, como al discurso del poder. La metáfora del rey como “espejo doblado” representa un giro innovador respecto a la tradicional imagen del rey como espejo, que aludía al carácter ejemplar que tienen las acciones regias para sus súbditos 277. 277 Tradicionalmente
esta imagen se aplicaba a la idea de que el rey debe servir de ejemplo y guía a sus súbditos, según sea el rey, así será el reino (véase J.L. Bermejo Cabrero, Máximas, principios y símbolos..., pp. 172-174.
252
Isabel 02
5/10/06
09:19
Página 253
El fragor de la guerra
El propio predicador se presenta a sí mismo como temeroso de acercarse a la presencia regia, debido a su grandeza y a su talante poderoso. El rey tiene dos caras, una de ellas terrible, y esta cara no solamente la muestra a los malos súbditos, cuando les castiga con su justicia, sino a todos. La imagen de Fernando como rey temido por sus súbditos apoya ideológicamente unas pretensiones de acrecentamiento de su poder real. Por las mismas fechas, Diego de Valera, en el Doctrinal de príncipes, teorizaba sobre la misma idea. El rey debe ser temido por sus súbditos: “Los súbditos deven amar e servir e temer su rey de todo coraçón e de toda voluntad e con todas sus fuerças”, y añade Valera, “así como a Christo” 278. Aunque matiza que al rey le conviene, de todos modos, ser más amado que temido, la difusión de esta teoría le permite al rey jugar con doble discurso, a camino entre el derecho y la dominación, jugar con dos imágenes, una poderosa y la otra conciliadora. El temor al rey actúa, además, como un procedimiento sacralizador de su persona, ya que los mismos argumentos que se emplean para infundir temor a la divinidad se aplican al temor monárquico 279.
278
Doctrinal de príncipes..., p. 190. Apoya su juicio en diversos autores: Séneca, Terencio, Sócrates, Aristóteles, ver, ibídem, p. 186. Valera es uno de los autores que mejor definen lo que debe entenderse como temor al rey. Él distingue entre “temor filial” y “temor servil”: “Tememos al rey de temor filial, onde conviene saber que ay temor filial e temor servil. Temor filial es junto con amor natural, temor servil, con desamor. E como a los padres seamos, aun allende del mandamiento de nuestro Señor, mucho obligados, por tres cosas que dellos principalmente rescebimos, es a saber, el saber, la doctrina, el mantenimiento, así somos por otras tres obligados al rey, allende de las leyes divina, positiva e natural; convierte saber, porque nos mantenga en justicia, porque nos defienda de los enemigos, porque nos faga mercedes condignas a nuestros merescimientos. Devémosle honrrar más que a otra persona humana de los tenporales, porque tiene el lugar de Dios en la tierra en lo tenporal, segúnd es escripto por Salamón en sus proverbios” (D. de Valera, Tratado de Providencia contra Fortuna, dedicado al marqués de Villena, ed. M. Penna, Madrid, 1959, p. 145).
279
253
This page intentionally left blank
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 255
Capítulo tercero Los aires triunfalistas (marzo de 1476-enero de 1479)
1. Nuevos escenarios y ritos para el reconocimiento 1.1. “Juraron en forma devida a la dicha señora prinçesa de Asturias por heredera e subçesora”: las cortes de Madrigal-Segovia El día 7 de febrero de 1475, cuando la corte residía aún en Segovia, y los reyes se encontraban todavía dentro del plazo que establecen las leyes para recibir la obediencia de sus vasallos, fueron enviadas las primeras cartas de convocatoria a cortes. El principal objetivo era jurar como heredera del reino a la hija primogénita de la pareja real, la pequeña Isabel 1. En la carta se expone este deseo: “Otrosy´ bien sabedes como es uso e costumbre de estos nuestros reynos que los perlados y cavalleros ricos omes y los procuradores de ellos cada y quando son para ello llamados han de jurar al fijo o fija primogénito de su rey e reyna por príncipe primogénito heredero para lo qual soys tenidos de enviar a nuestra corte los dichos vuestros procuradores para jurar a la princesa doña Ysabel, nuestra muy cara e muy amada fija, por prinçesa y primogénita heredera de estos reynos” 2.
El juramento de la infanta Isabel era uno de los motivos de la convocatoria, pero otra de las preocupaciones eran las relativas al gobierno del reino. Los reyes querían implicar a las ciudades en la crisis política y esta implicación significaba colaboración económica, para lo cual era urgente la convocatoria de las cortes. Pero, ¿hasta qué punto Isabel y Fernando contaban con la autoridad suficiente como para traer a la corte a todos los “perlados y cavalleros ricos omes y los procuradores” de las principales ciudades y villas del reino para que, juntos, todos unánimes, juraran a la futura sucesora del reino, y al mismo tiempo otorgaran la ayuda económica? Obviamente, en los inicios del año 1475 resultaba imposible imaginar tal situación, a pesar de lo cual, los reyes no dejaron de intentarlo. Además de las ventajas políticas concretas que podrían re1
La carta se encuentra en diversos archivos locales, por ejemplo en el de Ávila (Archivo Histórico Provincial de Ávila, leg. 1, n.º 7. Transcripción en B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 15-16. El ejemplar murciano en A. Moratalla, Documentación..., doc. 2). También publica esta carta J.M. Carretero, Corpus documental de las cortes de Castilla...). 2 Trascripción de B. Casado, Documentación real..., p. 15.
255
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 256
Ana Isabel Carrasco Manchado
portar las cortes, sabían de la importancia política que tenía el juramento de su hija como sucesora para fortalecer de un modo simbólico y legitimar su propia posición en el trono de Castilla y León. El reconocimiento de su título y dignidad se perpetúa definitivamente con el reconocimiento del heredero, del sucesor. El hijo primogénito heredero del reino actúa como la representación de su padre, tal y como ya fue expresado por Alfonso X en la Partida Segunda 3. Se ha afirmado que todo grupo tiende a dotarse de los medios precisos para perpetuarse más allá de la finitud de los agentes individuales en los que se encarna, de ahí que ese grupo ponga en funcionamiento todo un conjunto de mecanismos dirigidos a conseguir en su favor la ubicuidad o el privilegio de la eternidad 4. La ceremonia de jura del príncipe heredero sería un medio de sellar perpetuamente la autoridad conseguida. Se actúa sobre el futuro para que éste influya sobre el presente. En el caso del juramento de la hija de Isabel y Fernando esta intención es más patente que en otras situaciones análogas, puesto que el juramento se solicita cuando sólo han pasado unos meses de la proclamación de sus padres. Su sentido propagandístico es claro, pero, sobre todo, su sentido legitimador: la legitimidad de origen de Isabel queda consagrada con el juramento de su hija como heredera 5. El temor a que la princesa Juana se proclamara reina, aceleró el deseo de ver jurada a la infanta Isabel. Pero tales deseos no se vieron cumplidos hasta algo más de un año después la fecha de expedición de las cartas de convocatoria a cortes. Desde este punto de vista, puede afirmarse que la estrategia propagandística y legitimadora que se esperaba conseguir con la jura de la heredera resultó fallida. Sus efectos hubieran sido de gran utilidad durante la primera parte de la guerra. La imposibilidad de reunir las cortes durante todo ese tiempo revela la debilidad del poder de la pareja real Isabel-Fernando y la fragilidad del consenso que parecía haber aglutinado durante la proclamación. Por el contrario, en el mes de abril de 1476, puesto que las cortes pudieron reunirse (aunque de forma no del todo 3
“El padre e el fijo así son commo una persona, pues quel es engendrado e resçibe su forma, e es le naturalmente ayuda e esfuerço en su vida, e después de su muerte en su remenbrança porque finca en su lugar”, Partida Segunda, Título XV, Ley I. Según esto, la unión del rey y su sucesor es tan íntima que actúa como una doble representación: el sucesor tiene la forma del padre (o su madre, en este caso), es su imagen y en él se perpetúa la figura material del monarca antecesor; es, además, aquel que tomará su lugar, en tanto que recibe el legado regio. Se puede, por tanto, afirmar que el sucesor reúne los dos cuerpos del rey al que ha de suceder: el cuerpo biológico y el de la dignidad. Como hijo legítimo nace con esa esencia del cuerpo biológico de su rey padre (o de la reina propietaria, su madre) y, cuando le juran, adquiere la prefiguración de ese segundo cuerpo, el de la dignidad. 4 Tales mecanismos son, entre otros, la representación y la simbolización: P. Bourdieu, La distinción. Criterios y bases sociales del gusto, Madrid, 1998 (1.ª edición, 1979), pp. 70-71. 5 “Jurar, acatar a un sucesor no sólo implicaba que el reino en Cortes (la genuina representación de la comunidad política) reconozca a una persona concreta (el heredero del rey) como titular de un futuro derecho; significa algo más trascendente: asumir que la monarquía reinante es legítima en tanto arbitra su continuidad mediante la proclamación por el reino de un continuador, situación que es reconocida no a título individual por un grupo de procuradores, nobles, clérigos y servidores del monarca, sino por todo el reino a través de la más alta institución representativa del mismo” (J.M. Carretero, “Representación, política y procesos de legitimación”, Orígenes de la monarquía..., p. 186).
256
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 257
Los aires triunfalistas
regular), esta situación parecía haber dado un giro positivo y, de hecho, fue así. La marcha de la guerra pudo contribuir a ello y no deja de llamar la atención el que las cortes se reunieran justo al mes de la sonora batalla de Peleagonzalo, victoria de la que los reyes extraerían un importante capital simbólico y propagandístico, incitando a las ciudades a sentirse partícipes de su éxito personal mediante la organización de celebraciones y festejos. Analicemos ahora la ceremonia de jura de la pequeña Isabel para saber si este acto constituyó el referente propagandístico apropiado para acompañar el momento de triunfalismo que empezaba a vivirse por esas fechas 6. Contrariamente a lo que podría suponerse, la jura no se produjo en una sola sesión, sino a lo largo de varias sesiones. El primer juramento de los procuradores tuvo lugar en Madrigal, donde se encontraban los reyes reunidos con las Cortes al menos desde el día seis de abril. El día nueve, los procuradores juraron como sucesora a la pequeña Isabel ante sus padres, pero no ante la propia infanta, que residía en Segovia, en poder de Andrés de Cabrera y de su mujer Beatriz de Bovadilla. La jura se celebró, por tanto, en el mismo espacio en el que se estaban desarrollando las sesiones de las cortes 7. No sabemos, sin embargo, cuál fue el lugar exacto en el que se reunieron las cortes en Madrigal. Uno de los lugares posibles de reunión sería el propio palacio real en donde moraban los reyes en aquella villa. Si esto fue así, teniendo en cuenta, además, que el juramento se realizó en ausencia de la princesa, hay que concluir que este primer juramento estuvo revestido de una solemnidad limitada, en un marco afectado por una reducida publicidad. Por estas fechas, los reyes habían firmado ya las capitulaciones matrimoniales que decidían el matrimonio de la princesa Isabel con el príncipe de Capua, Fernando, nieto de Ferrante, rey de Nápoles. No se alude a la inclusión del príncipe de Capua en este primer juramento, por esta razón y, sobre todo, por la ausencia física de la princesa, fue preciso realizar un segundo juramento, esta vez ante la presencia física de la hija de Isabel y Fernando. El segundo juramento se llevó a cabo nueve días después del primero, el día 18 de abril. Los procuradores se trasladaron “ex profeso” a Segovia, hecho que no deja de llamar la atención, puesto que aún no se pueden dar por terminadas las Cortes 8. En los alcázares de Segovia, acompañando a la princesa, se encontraba el embajador de Nápoles, Juan Naugerio, en representación del rey de Nápoles 6
El acta del Juramento, redactada en Segovia, el 18 de abril de 1476 y entregada al embajador napolitano con fecha de 8 de mayo (en Madrigal), se encuentra en AGS, PR, leg. 7, fol. 60; citamos por la transcripción de L. Suárez Fernández, Política internacional de Isabel la Católica..., I, pp. 306-313. 7 El acta recuerda cómo se llevó a cabo este juramento: “Siguiendo las leyes e antigua costumbre dellos, avían jurado e juraron en forma devida a la dicha señora prinçesa de Asturias por heredera e subçesora e por reyna destos dichos reynos para después de los días de la dicha señora reyna doña Ysabel, su madre, en defeto de fijo varón de los dichos señores rey e reyna nuestros señores segúnd questo más largamente está e pasó por ante mi el dicho secretario e notario”, ibídem, p. 309. 8 Según los datos del Itinerario de Rumeu de Armas, al día siguiente, día 19, los reyes suscribían el Ordenamiento de la Hermandad General (¿pero, habían regresado ya a Madrigal los procuradores?), y el día 27 se hizo público el ordenamiento de Cortes.
257
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 258
Ana Isabel Carrasco Manchado
y de su nieto el príncipe de Capua, el prometido de Isabel. Su presencia obedecía a la decisión de celebrar también el juramento del príncipe de Capua como futuro marido de la princesa y príncipe de Asturias por su matrimonio con ella. Además de los oficiales y cortesanos que rodeaban a la princesa, otro personaje importante que firmó como testigo del acto fue el protonotario apostólico, Álvaro de Luna 9. Ante el secretario real Alfonso de Ávila, fueron compareciendo cada uno de los procuradores que habían acudido a las cortes, y presentaron sus poderes de procuración. Comparecieron todos los procuradores menos los de la ciudad de Murcia. Después de haber pronunciado un breve razonamiento en el que declaraban su intención de ratificar el juramento que habían realizado ante sus padres, cada uno de ellos prestó juramento solemne: “Sobre la señal de la cruz e sobre un libro misal en que cada uno dellos puso su mano derecha”. A continuación, añadieron la promesa de obediencia que subrayaron materialmente mediante el gesto ritual del besamanos: “E que le prometían e prometieron e davan e dieron en nombre de los dichos reynos e de todas las çibdades e villas e logares dellos la fidelidad e obediençia que a prínçipe primogénito e heredero de los dichos reynos se deve e son obligados de le dar, e con este conosçimiento dixieron obedesçían e besaron las manos a la dicha señora prinçesa” 10.
Así termina, estrictamente, el juramento de la princesa como heredera y sucesora. En este acto no se incluyó el juramento del príncipe de Capua, que se realiza inmediatamente después de este, de forma separada. Los procuradores procedieron, pues, a jurar al príncipe de Capua como legítimo marido de la princesa y príncipe de Asturias. En nombre de los procuradores, otro breve razonamiento introduce los términos de este segundo acto ceremonial de jura, declarando cómo, cuando el matrimonio se consume, ellos prometerán tenerle, a partir de entonces, como príncipe de Asturias y legítimo marido, siempre considerando la ausencia de hermano varón que pueda heredar los reinos, en lugar de ella. De nuevo, juran solemnemente, ante el mismo libro misal y, además, prometen, incluyendo ciertas penas por el incumplimiento de este compromiso y juramento: “Los dichos procuradores en nombre de los dichos reinos seguraron e prometieron e juraron tocando la escriptura con sus manos en las ánimas de sus prinçipales costituyentes, solepnemente de fazer guardar e complir so pena de mill vezes mill ducados de oro, la qual dicha pena en caso de contradiçión se aya de aplicar a los dichos serenísimos don Fernando rey de Siçilia e de Iherusalem e de Ungría e a los illustrísimos
9
L. Suárez, Política..., p. 311. Era protonotario apostólico desde tiempos de Enrique IV (1458), véase J.M. Nieto, Iglesia y génesis..., p. 445. 10 Ibídem, p. 311.
258
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 259
Los aires triunfalistas
duque de Calabria e prínçipe de Capua, para lo qual así fazer, guardar e complir e mantenir obligaron los bienes propios e rentas de las dichas çibdades e villas e logares de los dichos reinos” 11.
Este segundo juramento compuesto de un juramento general a la princesa y otro secundario en relación con su matrimonio, contrariamente al primero que tuvo lugar en Madrigal, está revestido de mayor solemnidad, a pesar de que de nuevo se ha realizado en el entorno privado de la residencia real. La presencia del embajador napolitano y del protonotario apostólico dice mucho de los destinatarios de la propaganda del juramento. Se trata de un ejemplo de propaganda orientada hacia el exterior del reino. El hecho de que el juramento al príncipe de Capua haya tenido un tratamiento diferenciado y separado del juramento general a la princesa Isabel, con la inclusión de sanciones por su incumplimiento, confirma esta interpretación. Los procuradores de las ciudades sellaron el juramento con duras cláusulas que podrían resultar altamente perjudiciales para sus ciudades, nada más y nada menos que los bienes de propios de sus ciudades, renunciando al amparo de las leyes del reino que limitaban la cantidad que podían ofrecer por el incumplimiento del compromiso 12. Este hecho que podría significar casi como un ejercicio de “poderío absoluto” de los procuradores sobre las ciudades que representan, obedece, en realidad, a los deseos de los monarcas que habían apostado fuerte por este matrimonio que les había reportado la elevada suma de 150.000 doblas a la firma del contrato y otras cantidades posteriores. La cabeza rectora de la operación no era otra que el patriarca Juan II, que continuaba interviniendo en lo que denominaba el “fecho de Castilla”, una pieza más de su política territorial expansionista 13. No obstante, un dato que resta solemnidad a todo el conjunto ceremonial es la ausencia de los reyes. Y un hecho que podía incidir en la legitimidad era la ausencia de los procuradores murcianos. Esta circunstancia deberá ser subsanada también ceremonialmente. Nos encontramos, pues, con una ceremonia determinada fuertemente por las condiciones políticas que impiden su cumplimiento ritual unitario. No está clara la razón por la cual no acudían los procuradores de Murcia a jurar a la princesa, tal y como reiteradamente se les pedía desde la corte. Posiblemente, detrás de todo se encontraba el adelantado Pedro Fajardo, en connivencia 11
Ibídem, p. 311. “Obligaron los bienes propios e rentas de las dicha çibdades e villas e logares de los dichos reinos e renunçiaron las leyes e derechos e benefiçios e remedios e auxilios ordinarios e extraordinarios así de derecho común como de leyes del reino e qualesquier otros que les podrían ayudar e aprovechar para ir o venir en contrario de lo suso dicho e de qualquier cosa o parte dello, e espeçialmente renunciaron las leyes e derechos que dizen que la pena puesta en el contrato no pueda exceder çierta suma e las leyes e derechos que dizen que general renunçiaçión non vala”, ibídem, p. 311. 13 Sobre estas implicaciones y otras de la política dinástica dirigida por Juan II de Aragón, véase J. Vicens Vives, Juan II de Aragón. Monarquía y revolución en la España del siglo XV, Barcelona, 1953, pp. 360364. Para el contexto de estas estrategias en un cuadro más amplio, S. Claramunt, “La política matrimonial de la Casa condal de Barcelona y real de Aragón desde 1213 hasta Fernando el Católico”, Acta historica et archaeologica mediaevalia, vol. 23-24 (2002-2003), pp. 195-235. 12
259
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 260
Ana Isabel Carrasco Manchado
con el regimiento de la ciudad, que seguía una política de negociación de cualquier muestra de apoyo otorgado a Isabel y Fernando. El papel de Pedro Fajardo era importantísimo para la marcha de los acontecimientos, pues había recibido plenos poderes (casi de virrey) para atacar el territorio colindante del Marquesado de Villena 14. Finalmente, los procuradores se presentaron el día 28 de abril, justo después de haberse hecho público el ordenamiento que se había decidido en Cortes. Los dos representantes entregaron su poder al secretario Alfonso de Ávila y juraron de la misma forma que habían jurado los otros procuradores, pero, en este caso, únicamente ante la reina. En el acta del juramento se detalla que la jura tuvo lugar “dentro en los palaçios donde su alteza posa, que son en la dicha villa” y no sabemos si estaban presentes también los demás procuradores, puesto que sólo aparecen como testigos, personas del círculo estrecho del consejo de Isabel, el doctor Juan Díaz de Alcoçer y Fernand Álvarez de Toledo, al que se añade un jurado de Sevilla, Fernando de Baena, que ejercía la procuración de Sevilla 15. No aparece citado ningún personaje de alcurnia, ni siquiera se cita al rey, no sabemos si porque no estaba en Madrigal 16 o porque simplemente no se encontraba en el palacio. Debemos anotar además que el juramento que prestaron ese día era el que instituía a la infanta Isabel como princesa sucesora: faltaba la promesa y juramento sobre el matrimonio con el príncipe de Capua. Como su embajador no se encontraba presente, fue necesario esperar otro día para completar este juramento. Así pues, este tercer acto, el protagonizado por los procuradores murcianos, resultó el menos solemne de todos. El acta no dice que los procuradores de la ciudad de Murcia marcharan a Segovia a jurar, prometer la obediencia y besar la mano de la princesa, por lo que debemos considerar que este último acto se obvió y se dio por suficiente la jura ante la reina. Quizá este comportamiento diferenciado de los representantes de la ciudad de Murcia tenga que ver con la propia actitud reticente de la ciudad respecto a todas las cuestiones tratadas y decididas en las cortes. Su forma de actuar, en cualquier caso, va en detrimento de la propaganda de la ceremonia de jura de la heredera. Lo que, desde luego, no podía obviarse, era el juramento sobre el matrimonio de la princesa. No en vano, Murcia debía comprometerse económicamente, como el resto de ciudades. Al parecer, los procuradores murcianos se mostraron reticentes en este punto, alegando que no figuraban en sus poderes autorización del concejo para jurar la celebración del matrimonio según las condiciones impuestas. La duda cuestionaba la validez de la jura prestada por las 14
La reina les había instado el día 16 de marzo, desde Tordesillas, a enviar procuradores, o a enviar un poder a cierto bachiller, regidor del concejo, que residía en la corte. Este bachiller había acudido en nombre del adelantado Pedro Fajardo, que se quejaba de ciertos rumores que estaba extendiendo el marqués de Villena sobre una presunta avenencia con los reyes. La reina aseguró a Pedro Fajardo que no era así y que no concertarían nada con el marqués sin consultarle (A. Moratalla, Documentos..., docs. 66 y 65). 15 L. Suárez, Política..., 312. 16 En el Itinerario de Rumeu de Armas consta la presencia de los dos reyes en Madrigal desde el día 6 de abril hasta el día 15 de mayo (ver, año 1476).
260
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 261
Los aires triunfalistas
otras ciudades, por lo que hay que concluir que las ciudades de origen desconocían la cláusula que obligaba los bienes de propios. Los reyes prometieron que harían que este compromiso matrimonial fuese jurado directamente por los respectivos concejos y enviaron a Murcia a un criado con una escritura en forma para que fuera aprobada por el concejo y enviada de vuelta a la corte 17. También se enviaron cartas con idéntico motivo a otras ciudades 18. Tras esta promesa, los murcianos accedieron a jurar ante el embajador napolitano, que se encontraba ya en Madrigal. El rey se incorpora a la ceremonia que debió tener lugar en el palacio (era necesario honrar la presencia de los embajadores del rey Ferrante). Diego Riquelme y Juan de Cascales, los procuradores de Murcia, prometieron y juraron de forma solemne, sobre un misal, en los mismos términos que el resto de procuradores, aceptando las discutidas sanciones económicas que se derivaban de su incumplimiento 19. Y aquí se daba fin a toda esta sucesión ceremonial, según el acta del secretario real. El ritual de jura de la heredera y de su matrimonio, la cadena de juramentos y gestos de compromisos y seguridades que se ejecutaron entre Madrigal y Segovia, se extendió a lo largo, aproximadamente, de un mes. Como sucede con otras ceremonias que hemos analizado, los espacios elegidos para la celebración de los ritos y el tiempo en el que transcurren nos aportan las primeras valoraciones sobre los efectos propagandísticos que podía tener esta ceremonia. Desde esta perspectiva, es preciso subrayar la deficiente solemnidad de esta ceremonia. Su desarrollo como una cadena discontinua de juramentos que se prolongan a lo largo de un mes, en tanto que primero lo reciben los reyes, luego la princesa, que es realmente la protagonista del acto, y también el embajador de Nápoles (por lo que toca al prometido de la infanta), aporta una imagen fragmentaria del hecho ceremonial, restándole, posiblemente, efectividad propagandística en el interior del reino. La elección de los lugares obedece a circunstancias políticas: el compromiso adquirido con Andrés de Cabrera, que controlaba el tesoro del alcázar de Segovia y custodiaba a la hija de la reina Isabel (tan alejada del regazo materno como lo pudo estar ella misma del de su madre, cuando tuvo que abandonar el palacio de Arévalo para vivir en la corte con su hermano Enrique), debió impedir que la infanta viajara a Madrigal, lugar de reunión de las cortes. Por alguna razón que desconocemos, los reyes tampoco consideraron esencial su 17
El 4 de mayo, desde Madrigal, los reyes envían a su criado, Pedro Ortega, con el traslado de las condiciones que habían ya jurado los otros procuradores sobre el casamiento de la princesa Isabel con el príncipe de Capua, “porque se dudó si el poder de los dichos procuradores se estendía a éste” (A. Moratalla, Documentos..., doc. 72). 18 La villa de Madrid recibió la misma carta en los mismos términos: “E porque se dubda si el poder de los dichos procuradores se estendía a esto, ovimos de prometer que las çibdades e villas en cuyo nonbre los dichos procuradores lo otorgaron lo aprovarían e retificarían de lo así fazer e conplir”. La villa se encontraba en pleno proceso de conquista dirigido por el duque del Infantado. Él mismo se encargaría de conseguir de los oficiales que obedecían a Isabel la ratificación de este juramento (carta en M. del C. Cayetano Martín, Documentos del archivo de la Villa. Reyes Católicos I (1475-1479), Madrid, 1992, doc. 9). 19 L. Suárez, Política..., pp. 312-313.
261
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 262
Ana Isabel Carrasco Manchado
asistencia a la jura de su hija ejecutada en Segovia, por lo que no se trasladaron con los procuradores ni presenciaron cómo estos la juraban, le prometían obediencia y le besaban, simultáneamente, la mano. Da la impresión de que no existe una voluntad de presentar el juramento a la heredera como un acto de tal trascendencia como para que se convierta en la clave propagandística del momento. Esta voluntad sí existirá, por el contrario, cuando al final de la guerra se prepare la jura al príncipe Juan, organizada con una solemnidad que contrasta con la pobreza de la jura a su hermana. Los propios actos ceremoniales revelan esta deficiente preparación propagandística que destacamos: como tendremos ocasión de comprobar, cuando describamos el ceremonial de la jura al príncipe Juan en Toledo, en esta ceremonia falta el acto de pleito homenaje de cada uno de los procuradores, siguiendo el procedimiento habitual, a Fuero de España, en las manos de un caballero autorizado 20. Sometiéndose al pleito homenaje, los procuradores no sólo se comprometen ante Dios, compromiso adquirido mediante juramento solemne sobre los Evangelios, sino que se comprometen directamente también con el rey y la reina, apelando a su condición de vasallos. La ausencia de esta forma de compromiso va en detrimento también de la propia fortaleza de las seguridades que se ponen en juego. En relación con esta última apreciación debemos observar otra cuestión que resta efectividad propagandística, e incluso legitimadora, a la ceremonia de jura de la princesa. Se trata de la ausencia de la nobleza y del clero, los otros dos vértices políticos. Recordemos que, cuando se convocan estas cortes, un año antes, fueron llamados a jurar todos los colectivos que participan del diálogo político con la monarquía: “los perlados y cavalleros ricos omes y los procuradores” del reino. En la ceremonia de jura descrita en el acta, sólo participaron los procuradores de las ciudades. Ni siquiera se destaca la presencia de ningún grande ni prelado importante. Si la intención primera, a los pocos meses de ser proclamada Isabel como reina, había sido conseguir un consenso completo, proyectado en una imagen unánime de ese reconocimiento, está claro que las dificultades políticas, la guerra, la debilidad de ese consenso en la práctica, la dilatación de la jura, todas estas circunstancias, hicieron que Isabel y Fernando, y su círculo de agentes, abandonaran tal pretensión propagandística, o que esta resultara, en buena parte, fallida. A mediados del año 1476, la jura de Isabel como sucesora se convierte, ante todo, en un acto de propaganda dirigido hacia el exterior, hacia la corte papal o hacia la napolitana, con la que se acababa de estrechar lazos, e, incluso, hacia la portuguesa y francesa21. Ante este grave acontecimiento, conocido, a buen
20
La síntesis de la ceremonia de jura del príncipe o princesa de Asturias, a partir del realizado al príncipe Juan puede verse en el artículo de J.M. Carretero, “Representación política...”, p. 187. 21 El 6 de marzo de 1476 era jurado príncipe heredero en Lisboa el infante Alfonso, nieto de Alfonso V, véase Auto do juramento cuya copia en portugués se conserva en BNE, ms. 2420, fols. 111r- 124v.
262
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 263
Los aires triunfalistas
seguro, en la corte de Isabel y de Fernando, la propaganda legitimadora orientada dentro de las fronteras del reino queda como un objetivo secundario. Los ritos de jura realizados ante el embajador napolitano, concernientes al matrimonio del príncipe de Capua con la hija de los reyes, resultaron más completos que los que se ejecutaron ante la persona física de la infanta. Los procuradores murcianos no se desplazaron a Segovia a jurar a la heredera personalmente, ni a prestarle homenaje ni a besarle la mano, sin embargo, fueron reiteradamente exhortados a jurar el matrimonio y sus sanciones económicas ante el embajador, lo que prueba que a los reyes les interesaba más sellar este compromiso económico con los napolitanos que dar publicidad a la sucesión de la princesa. Una última fase de la jura de la heredera, que no hemos reflejado, quedaba fuera del acta del secretario real: la repetición del juramento por cada uno de los oficiales de los concejos de las ciudades y villas del reino. Con esta ratificación se culminaba ritualmente la jura a la heredera 22. Y en este caso, la dureza de las cláusulas matrimoniales, hacía más imperiosa esta ratificación. Los reyes habían prometido expresamente a los procuradores que los concejos ratificarían dichas cláusulas. A lo que parece, no lograron que el concejo de Murcia ratificara solemnemente el compromiso matrimonial 23. Estos gestos de resistencia dificultaban la presentación de este acto con la propaganda debida. Por otra parte, no debe dejar de considerarse otra circunstancia que hacía recomendable, al menos desde la propaganda fernandina, no airear excesivamente la ceremonia de jura. De nuevo entraba en discusión el problema de las fórmulas declaratorias de obediencia y juramento, ya que la infanta Isabel había sido jurada sucesora de Isabel, y no de Fernando, lo cual significaba que, en caso de morir la madre, la reina propietaria sería la infanta Isabel, y no su padre, el rey Fernando. El rey de Aragón, Juan II, no hubiera aceptado dicha fórmula, de haberla conocido. Y es que en la corte aragonesa no se terminaba de asumir el desplazamiento del primogénito de Aragón de la titularidad de los reinos de Castilla y León. Juan II conoció la fórmula que se había empleado en este juramento dos años más tarde, en 1478, cuando se planteó la celebración de un nuevo juramento como heredero, el del infante Juan, nacido en Sevilla ese mismo año 24.
22
Enrique IV ratificó en 1470 el juramento de su hija Juana como heredera de la corona con las mayores seguridades rituales: jura de los procuradores, de nobles y prelados y, ratificación del juramento en los concejos y villas del reino: “E después, en adsencia mía fue assimismo por ellas particularmente en sus consistorios” (J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 19). 23 El 5 de junio de 1476 escribía la reina desde Valladolid al concejo, pidiendo que “sin dilaçión otorgue la dicha ratificaçión si la no ha otorgado, e se me envía como me la han enviado las otras çibdades e villas de estos mis regnos, porque cunple mucho al serviçio del rey mi señor e mío e al bien e paçífico estado de ellos”. (A. Moratalla, Documentos..., doc. 81, p. 148. No hay en esta colección documental más noticia sobre si la ratificación se llevó a cabo o no.) 24 El rey se irritó bastante, cuando conoció la fórmula empleada, según se desprende de sus palabras: “dicho nos han que en el juramento de fidelitat que se prestó en días passados por los destos vuestros reynos a la
263
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 264
Ana Isabel Carrasco Manchado
Debemos añadir alguna otra observación sobre la significación propagandística de la reunión de estas Cortes, tan largamente postergadas. Por la propia naturaleza de esta institución, las Cortes constituían la fórmula ideal para proyectar sobre el reino una propaganda de tipo legitimador. La clave de su efectividad consistió en lograr una imagen fabricada de consenso, al conseguir reunir a las diecisiete ciudades que tenían reconocido voto en Cortes, incluidas las que permanecían en estado de rebeldía y no habían prestado obediencia formal a la autoridad de Fernando e Isabel. Se ha destacado el hecho de que todos los procuradores que acudieron a estas cortes eran hombres cercanos a los reyes, pero, lo que resulta más significativo es que las ciudades rebeldes contaron también con representantes. Estos procuradores, de ninguna manera pudieron haber sido nombrados de una manera legal. Ése fue el caso de Córdoba, Toro y Madrid. Juan Manuel Carretero probó, en su momento, que los procuradores de estas ciudades y villas llevaban poderes falsos 25. En el caso de Toro, el hecho era tanto más patente cuanto que hasta el día 19 de septiembre de ese año, las tropas isabelinas no se hicieron con el control de la ciudad 26. Esta artimaña posibilitó que fueran aprobadas las medidas contributivas propuestas para hacer frente a la guerra y a las deudas de los reyes. Pero, además, sirvió para presentar una imagen perfecta de unánime reconocimiento de todas las ciudades que representaban al reino en una institución clave como eran las cortes. En adelante, los reyes pudieron escudar sus medidas detrás de la voz de los representantes del reino, pudiendo, en definitiva, recrear en su favor la voz de la opinión pública.
illustrísima princessa, por la ora de Castilla e agora de Capua, vuestra fija, nuestra nieta, se puso que aprés días de la serenísima reyna, vuestra mujer, nuestra fija, la havrían por su reyna e señora, no faziendo mención alguna de aprés días vuestros, que querría dezir que se promoviesse a la dicha princessa; de que somos stado muy maravillado lo huno, porque de tal cosa jamás havemos sentito fasta agora, lo otro, en ver que tal cosa e tan prejudicial a vos lexássedes passar, e ahún más nos dize que en el juramento que agora se fará al illustrísimo príncipe, vuestro fijo, nuestro muy caro nieto, si no lo remediáys, que assí lo faráys passar, cosa es que en ningún caso del mundo devéys dar lugar que passe” (carta de Juan II de Aragón a su hijo Fernando, fechada en Barcelona, el 11 de agosto de 1478, RAH, ms. A-7, fol. 238r.). 25 J.M. Carretero documentó la cercanía política y profesional de los procuradores que asistieron a estas primeras cortes del reinado (puede verse el cuadro de los cargos que ocupaban cada uno de ellos en su obra Cortes, monarquía, ciudades. Las cortes de Castilla a comienzos de la época moderna (1476-1515), Madrid, 1988, p. 136, sobre la falsedad de los poderes presentados por los procuradores de las ciudades rebeldes, pp. 135-136). Una prueba que avala la irregularidad de los poderes que presentaron los procuradores de Córdoba, Toro o Madrid, es que en el acta de la jura de la princesa que hemos analizado, mientras que en el caso de las demás ciudades el secretario consigna la fecha en que se firmó el poder, y el nombre del escribano que lo firmó, en el caso de Córdoba, Toro y Madrid, sólo dice que fue otorgado en pública forma, sin concretar ningún otro dato (véase el acta del juramento, en L. Suárez, Política..., pp. 307-309). 26 Carta comunicando la ocupación de la ciudad de Toro (A. Moratalla¸ Documentos..., doc. 92). En el mes de noviembre de 1475 habían dado a la reina la obediencia los oficiales del concejo de Madrid (María del Carmen Cayetano, Documentos..., doc. 3), pero la conquista de la villa no se había culminado, sino que proseguía bajo el mando del duque del Infantado (Carlos Sáez y Salvador Cortés, “Dos documentos desconocidos de los Reyes Católicos. La conquista de Madrid por el duque del Infantado en 1476”, Wad al-Hayara, vol. 11 (1984), pp. 339-342). Hasta el viaje de los reyes por Andalucía en 1477, no se aseguraría la obediencia de Córdoba.
264
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 265
Los aires triunfalistas
1.2. “Rey de Castilla e de León e como Señor de Vizcaya”: la jura en Vizcaya de Fernando de Aragón En el mes de julio de 1476, el príncipe de Aragón emprende sin Isabel un viaje hacia el norte. Los motivos eran diversos, pero el principal, la entrevista con su padre, con el que habría de tratar asuntos referentes a conflictos en Navarra y al inminente peligro de Luis XI de Francia, aliado del rey de Portugal. Aprovechando este viaje en el que Fernando tendrá que residir algún tiempo en Vitoria, se organiza la ceremonia de la jura de los fueros, libertades, buenos usos y costumbres del señorío de Vizcaya. Este viaje permitía de nuevo a Fernando la realización de varios actos legitimadores que fortalecerían su posición respecto a su competidor en la lucha por el trono. Fernando iba a visitar por primera vez como rey de Castilla algunas ciudades, como Logroño o Vitoria, así que tendría lugar la correspondiente primera entrada real legitimadora, siguiendo el esquema que venimos analizando, acompañadas de su juramento correspondiente de los fueros y privilegios. Fernando llegó a la puerta del Camino de Logroño el día 30 de junio, en donde esperaba el regimiento, con un paño de brocado, y los vecinos de la ciudad. El bachiller Lope Ruiz de Castejón solicitó al rey, mediante un breve razonamiento, la jura de los privilegios reales que habían sido concedidos a la ciudad, “especial los dados por el señor rey don Juan su padre y por el rey don Enrique su hermano”. Se expresaba en estas palabras la continuidad dinástica. Fernando contestó “que su intención no era de les quebrantar” y procedió a jurar sobre un misal”. Los vecinos que habían acudido a recibir al rey, cuando vieron que ejecutaba su gesto de compromiso, prorrumpieron en aclamaciones rituales que repitieron tres veces (“Diseron a altas vozes ‘Viva el rey’ tres vezes”) y los regidores le acogieron bajo un paño de brocado y lo condujeron por las calles de la ciudad hasta el palacio real. La jura y la aclamación popular recordaban los rituales de proclamación, por lo que el príncipe de Aragón se revestía de nuevos refuerzos legitimadores 27. Estos gestos se repitieron a su paso por Vitoria y Bilbao 28. Pero, el juramento más importante de los que iba a realizar era, sin duda, el que, de manera tradicional, se venía ejecutando en la villa de Guernica y en otros lugares del señorío, el juramento que todos los reyes de Castilla y de León debían prestar como señores de Vizcaya. Las visitas de los reyes de la dinastía Trastámara al señorío de Vizcaya, a partir de 1370, tienen como finalidad prioritaria 27
Seguimos una copia manuscrita del recibimiento de Fernando en Logroño, RAH, ms. 9/1097, 224 r. Sobre la situación política de Logroño a la llegada de Fernando de Aragón, véase M. Cantera Montenegro, “El concejo de Logroño en tiempos de los Reyes Católicos (1475-1495)”. Hispania, vol. 46 (1986), pp. 5-39. 28 A su paso por Vitoria, Fernando hubo de intervenir en la pacificación de la ciudad y en el funcionamiento del concejo (J.R. Díaz de Durana, “La reforma municipal de los Reyes Católicos y la consolidación de las oligarquías urbanas: el capitulado vitoriano de 1476 y su extensión por el nordeste de la Corona de Castilla”, en La formación de Álava. 650 Aniversario del Pacto de Arriaga (1332-1982). II Congreso de Estudios Históricos, Vitoria-Gasteiz, 1984-1985, pp. 213-236).
265
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 266
Ana Isabel Carrasco Manchado
la jura de los fueros y privilegios del señorío que, según estaba establecido por fuero, debía realizarse a lo largo de un recorrido por las villas juraderas: “Cuando viniese a Vizcaya para facer el dicho juramento a las puertas de la villa de Bilbao ha de facer prometimiento en las manos de algunos de los vizcaínos de Bilbao que le promete como rey e señor de guardar las villas e tierras llanas de Vizcaya e Durangueses e de las Encartaciones (...). E después a de venir a Arechabalaga e los vizcaínos anlo de recibir e besarle las manos por señor y después ha de retornar a San Meteri y Zeledón, que es iglesia, y allí a de facer juramento sobre el Cuerpo de Dios consagrado (...). Y después verná a Guernica so el árbol donde se acostumbra a facer la Junta, las cinco bocinas tañidas (...). E después a de ir a Bermeo (...) a Santa Eufemia” 29.
La ceremonia solemne que Fernando efectuó en Guernica quedó incorporada al privilegio que se expidió para la ocasión 30. Los actos, celebrados el 30 de julio, se desarrollaron en dos espacios, uno interior (la iglesia) y otro exterior (el árbol). El rey Fernando (titulado en el privilegio, también, rey de Portugal) esperaba en la iglesia de Santa María la Antigua de Guernica, acompañado de una serie de cortesanos (el adelantado mayor de Castilla Pedro López de Padilla, el contador Rodrigo de Ulloa, Fernando de Ayala, hijo del mariscal García de Ayala, el secretario del rey Gaspar de Ariño...), la llegada de las principales autoridades y procuradores del señorío (corregidor, alcaldes de la Hermandad, prestamero mayor, alcaldes de fuero, diputados de las diferentes villas y merindades: un gran número de personas), que acababan de tener junta general bajo el árbol 31. Ante la presencia del rey le expusieron, en forma de razonamiento, las causas por las que debía jurar los fueros. A esta exposición responde el rey asintiendo y declarando su decisión de jurar los fueros, como “rey de Castilla e de León e como señor de Vizcaya”. El juramento solemne se verificó sobre la figura de una cruz que tomaron del altar mayor de la iglesia. El marco de la iglesia sacralizaba el juramento. En el juramento, Fernando aprovechó para referir algunas 29
Marqués de Arriluce de Ybarra, “Visitas y estancias regias en Vizcaya”, Reales Sitios, 8, 29 (1971), pp. 5859. Isabel la Católica fue la última en realizar el juramento personalmente en el señorío. A partir de entonces se produce un cambio significativo y revelador del despegue hacia el absolutismo de los monarcas de la dinastía Habsburgo: el juramento se hacía en la corte, ante los comisionados de las juntas de Guernica que acudían a ella, acompañados de todos los notables vizcaínos que vivieran en la corte. 30 El juramento de Fernando se encuentra recogido en la edición impresa de los Fueros, privilegios, franqueza y libertades del M.N. y M.L. señorío de Vizcaya (seguimos la reimpresión de la Excma. Diputación Provincial, Bilbao, 1898, pp. 247-253). El privilegio otorgado por Fernando en 1476 fue escrito sobre pergamino y firmado por el rey y por su secretario Gaspar de Ariño. Con fecha del 26 de junio de 1562, en Bilbao, se encuentra manuscrito un traslado de este y del juramento de Isabel, redactados por encargo de Felipe II: véase, BNE, ms. 6150, “Traslado pedido por Felipe II del juramento que hicieron los Reyes Católicos en su visita al señorío de Vizcaya en 1476” (Letra redondilla del siglo xvi); el juramento de Fernando, en folios 197r- 199v, coincide con la edición impresa). 31 Sobre el significado y el papel del árbol sagrado en la jura de Guernica y en otros lugares del señorío, véase J. Caro Baroja, Ritos y mitos equívocos, Madrid, 1989, 355-391.
266
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 267
Los aires triunfalistas
palabras de propaganda antiportuguesa, declarando, además, que el juramento que prestaba lo hacía como premio a los servicios que los vizcaínos le venían ofreciendo a lo largo de la guerra. De este modo, al traducirse un juramento obligado en un acto de gracia y merced, quedaba salvaguardada la superioridad regia. No en vano, la obligación impuesta a los reyes, como señores de Vizcaya, de jurar los fueros molestaba a algunos hombres incondicionales de Fernando, como Alfonso de Palencia, que transmite una imagen bastante negativa de aquellas tierras y de sus habitantes, criticando, precisamente, las leyes que iban en detrimento de la imagen de soberanía regia 32. Bajo el árbol se halla preparada una silla de piedra, colocada en un estrado y ricamente adornada con paños de brocado. Lugar elevado y señalado para indicar la majestad real. El acto que aquí tiene lugar es el de concesión de la obediencia al rey que se efectúa mediante los gestos ceremoniales del pleito-homenaje y de besamanos que los vasallos directos prestan cuando reciben a un nuevo señor: es la respuesta ritual de los vizcaínos al juramento regio 33. Sin embargo, hay que tener en cuenta que los procuradores del señorío ya habían acudido a Segovia a prestar este homenaje, en señal de la obediencia que consienten en otorgar a los nuevos reyes y señores de su tierra. El acto bajo el árbol es, pues, una confirmación, de lo ya producido, es la constatación pública (y propagandística) de ese hecho. Esta ceremonia, en sus pasos básicos, se asemeja en gran medida a otros ritos de toma de posesión (como puede ser la entrada real). La diferencia fundamental con las entradas reales es la de los espacios, pero el significado es equivalente. Los actos de juramento y pleito-homenaje legitiman el reconocimiento de señorío: en el caso de Vizcaya, dicho señorío; en el caso de las ciudades, el señorío real sobre tales ciudades. Como el resto de las entradas reales, aunque de manera más patente, por ser el título de “señor de Vizcaya” uno de los que se incorporan a la titulación regia, esta ceremonia, desde el punto de vista de la propaganda, tiene el valor de añadir un jalón más en la plena legitimación sucesoria. La publicidad del acto podía acallar en el señorío las resistencias y parcialidades contrarias a Fernando e Isabel 34. Pero hay un hecho que, creemos, 32
Fueros, privilegios..., pp. 250-252. Palencia describe la costumbre de jurar los fueros de esta forma: “Aquellos hombres cuyas leyes, instituidas en los tiempos más remotos y hasta los nuestros observadas, tienen disposiciones para rebajar el poderío de los reyes. Así, cuando el de Castilla, de quien los vizcaínos se confiesan vasallos, visita su provincia, disponen aquellas que vaya a la villa de Guernica a pie, descalzo del izquierdo, vestido con sencillo jubón y rústico sayo, llevando en la diestra un ligero venablo, y que al aproximarse a la vieja encina que en el valle cercano a la población levanta sus robustas armas, corra hacia ella en presencia de los vizcaínos que le acompañan y lance el arma contra el tronco para después arrancarla con la mano. Hecho esto, jura el rey observar las antiguas instituciones de los pueblos, no ir en nada contra sus libertades y mantenerlos exentos de todo tributo, excepto del de las levas” (Década II, L. IV, C. V). La ceremonia descrita en el acta no concuerda con las exageraciones de Palencia. El sometimiento simbólico de Fernando en el rito de la jura no parece llegar hasta esos límites, no obstante, existe una tradición controvertida que incluye el rito referido por Palencia en el protocolo de la jura (véase J. Caro Baroja, Ritos y mitos..., pp. 363, 381-382). 33 Fueros, privilegios..., p. 253. 34 Hace referencia a ellas M. Sarasola, Vizcaya y los Reyes Católicos, Madrid, 1950, pp. 127-130.
267
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 268
Ana Isabel Carrasco Manchado
debe ser tenido en cuenta. Es Fernando quien marcha a Vizcaya a jurar los fueros y no Isabel, que no lo haría formalmente hasta unos cuantos años después 35. Isabel decidió permanecer en la meseta dirigiendo las operaciones de la toma de la ciudad de Toro, donde residía su rival, obsesionada con arrebatar al portugués su bastión más importante en Castilla. A pesar de su celo respecto a las operaciones militares, su ausencia en esta ceremonia es significativa. Isabel había sido proclamada en Segovia reina de Castilla, propietaria de los reinos, y Fernando, rey como su legítimo marido. Lo más apropiado desde el punto de vista legal hubiera sido que ella, o los dos juntos, hubieran acudido a ejecutar esta jura. Sin embargo, Isabel cede su precedencia en este caso, no sabemos si de forma voluntaria. Debemos recordar que Isabel ostentaba el título de señora de Vizcaya desde 1473, fecha en la que fue instituida con la dignidad, en virtud de una ceremonia irregular que llevó a cabo una facción vizcaína rebelde al rey. Por aquellos años, el príncipe de Aragón, ayudado por el conde de Treviño, conquistaba para su causa la mayor parte del señorío de Vizcaya. Isabel había usurpado un título que correspondía únicamente a su hermano, el rey Enrique 36. Quizá por esta razón no tuvo prisa en volver a ejecutar una ceremonia de jura, que podía contradecir la primera. Su marido Fernando aprovechó esta circunstancia para ejecutar él en persona la ceremonia. Se le presentaba una buena ocasión para mostrar a su padre, con el que habría de entrevistarse, y al reino aragonés, que él era el titular de la corona de Castilla, de pleno derecho, quedando Isabel, su mujer, en un lugar secundario. Para desarrollar su estrategia propagandística contaba con el apoyo mayoritario del señorío, ganado con tesón durante la guerra contra Enrique IV. La larga lista de nombres que le prestaron la obediencia deja constancia de ese unánime reconocimiento. A este respecto podemos apuntar dos observaciones sobre la memoria histórica posterior que se ha transmitido de uno y otro juramento. El juramento de Fernando pasó a la edición impresa de los fueros, tal y como quedó recogido en el acta coetánea, mientras que no se consideró necesario incluir el juramento de Isabel de 1483, fecha en la que Isabel inexcusablemente tuvo que repetir los actos rituales que irregularmente ejecutó en 1473. No obstante, la jura de Isabel de 1473 también quedó recogida en la versión impresa. Posteriormente, cuando los reyes de la casa de Austria ya no acudían a Vizcaya a jurar los fueros, se encargó un cuadro que ilustrara la ceremonia y fue el acto de 1476 el elegido por el pintor Francisco de Mendieta, que pintó al rey Fernando sentado en su silla real adornada con brocados, bajo el árbol de Guernica, recibiendo la 35
En concreto, Isabel se dirigió al señorío de Vizcaya en 1483, es decir, siete años después de la primera visita de Fernando (véase Itinerario). Las circunstancias políticas en las que Isabel realiza su visita y jura los privilegios, es totalmente distinta a la que se vive en 1476. Sobre esta jura, A. Gould Quincy, “Isabel la Católica y su juramento so el árbol de Guernica”, Revista Internacional de Estudios Vascos, XXIV (1933), 659-664). 36 Volemos a remitir a nuestra contribución A.I. Carrasco: “Isabel: princesa de Castilla y Señora de Vizcaya...”.
268
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 269
Los aires triunfalistas
obediencia de sus vasallos vizcaínos, rodeado de gran concurso de hombres y mujeres vecinos del señorío 37. Es claro que la ceremonia de Fernando alcanzó su efecto propagandístico: escenificar un mayor consenso, mientras que las de Isabel tuvieron una repercusión mucho menor. Otro dato: el acta de 1476 quedó escrita en pergamino, mientras que el acta de 1483 no pasó del papel, tal y como refiere el notario que traslada ambos privilegios en 1562. 1.3. “Que se fiziesen hermandades en nuestros regnos”: propaganda en favor de la Hermandad Otro de los hechos importantes de ese año fue el establecimiento de la Hermandad General, cuyo ordenamiento lleva fecha del 10 de abril de 1476, hecho público durante las cortes de Madrigal. La Hermandad era un fenómeno conocido en Castilla (el apelativo de Santa Hermandad no fue un invento de los Reyes Católicos, pues ya se la denomina así en tiempos de Enrique IV), pero su máximo aprovechamiento como sostén de la política real se consigue en estos momentos. Las contribuciones de la Hermandad aliviaron las arcas reales y favorecieron la continuación de las campañas militares. Pero estas mismas contribuciones, como otras tantas, precisaron del debido soporte ideológico y propagandístico que las hicieran aceptables por aquellos sectores que se veían perjudicados en sus privilegios económicos. Hubo una labor propagandística previa para la aceptación general de la Hermandad. Diversos agentes fueron enviados a las ciudades y villas para convencer con argumentos contundentes centrados en la caótica situación del reino y en la falta de justicia. Pulgar dice que Alfonso de Quintanilla, contador mayor de los reyes, y el provisor Juan Ortega recorrieron las ciudades de Burgos, Palencia, Medina, Olmedo, Ávila y Segovia, Salamanca y Zamora, hablando con los principales de dichas ciudades y “mostrándoles los males y daños que padesçían e quántos mayores los esperavan si con tiempo no se remediasen” 38. El interés por la Hermandad, institución que funcionaba ya en tiempos de Enrique IV como contrapunto a la violencia banderiza, fue retomado por los propios reyes y por sus colaboradores directos. El razonamiento que Fernando del Pulgar pone en boca de Alfonso de Quintanilla durante la apertura de la junta general de Dueñas es un valioso ejemplo del discurso propagandístico empleado en defensa de la Hermandad. El propio cronista Alfonso de Palencia participó también en esa labor propagandística, acompañado por el doctor Antonio Rodríguez de Lillo. Ambos fueron enviados a Sevilla por el rey en el mes de julio, según cuenta en su crónica 39. En esta ciudad, según Palencia, el principal opositor de la Hermandad era el 37
Cuadro que ha interesado a Caro Baroja por los curiosos tocados que lucen las mujeres vascas (J. Caro Baroja, Ritos y mitos..., p. 362). 38 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 232. 39 A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXVII, C. I.
269
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 270
Ana Isabel Carrasco Manchado
duque de Medinasidonia. Palencia y el doctor de Lillo hicieron su labor por la ciudad, elogiando la Hermandad, hasta que toparon con la resistencia del duque que, como contra-propaganda, atemorizó a los conversos previniéndoles de los peligros que corrían si era aceptada tal institución 40. Alude el cronista a otros personajes que anteriormente sirvieron de agentes en la ciudad, entre ellos, un religioso, fray Enrique de Mendoza, predicador, cuyos sermones, dice Palencia, “eran muy del agrado del pueblo” 41. En otras ciudades se expresaron resistencias. En Córdoba, Alfonso de Aguilar secuestraba las cartas que llevaba el enviado real. Y Toledo no era menos reacia a la institución. En su viaje a Vizcaya, Fernando de Aragón pensó en promover el establecimiento de la Hermandad; quizá con este motivo se hizo acompañar de Alfonso de Palencia 42. Pero la propaganda de la Hermandad no se transmite sólo por medio de la palabra y del discurso escrito, sino que también encontramos ceremonias dedicadas al mismo objetivo. En Burgos, tierra natal del provisor Juan Ortega, está documentada una solemne procesión en el mes de septiembre, encargada por Diego Ruiz de Villena, procurador mayor en Burgos y delegado de la ciudad en la Hermandad. La finalidad de la procesión era pedir la prosperidad de esta institución 43. Al parecer, a comienzos de septiembre había habido reacciones a la Hermandad a cargo de algunos escuderos que se estaban organizando para oponerse a las contribuciones económicas. La procesión, al santificar los fines de la Hermandad, acallaría toda posible objeción. El recurso a la sacralización por varias vías, entre ellas la procesión propiciatoria, erigiendo en defensor de la institución a algún santo o a la propia divinidad, no es nuevo en la historia de la Hermandad. Era habitual, al término de cada promulgación de ordenanzas, organizar una procesión solemne. La asistencia a esta procesión era obligatoria para los vecinos de la ciudad, bajo ciertas penas 44. 40
El peligro que les podía venir a los conversos de la Santa Hermandad era, en efecto, real, como ya se puso de manifiesto, por ejemplo, en la junta de Medina del Campo, el 27 de abril de 1467, que dio a la Santa Hermandad competencia en materia de preservación de la fe cristiana (penas contra los blasfemadores, apartamiento en las ciudades de judíos y mudéjares; véase J.L. Bermejo Cabrero, “Hermandades y comunidades de Castilla”, Anuario de Historia del Derecho Español, vol. 58 (1988), pp. 384-385. El fundamento religioso de la Hermandad impide que esta institución pueda asimilarse a una especie de policía del orden público. 41 A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXVII, C. I. Este fray Enrique de Mendoza, ¿sería el ya conocido fray Íñigo de Mendoza, que por entonces había sido enviado a Sevilla para tratar de convencer al concejo de que ratificara el compromiso matrimonial de la princesa Isabel, véase Ramón Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, doc. 86. 42 “Allí trabajó, ante todo, con empeño porque se admitiese la Hermandad popular, que parecía incompatible con aquella gente facciosa y acostumbrada a vivir del latrocinio”, dice Palencia (Década III, L. XXVII, C. IV). Sobre la presencia de Palencia en Vitoria, A. Paz y Melia, El cronista..., p. XXIII. 43 L. Serrano, Los Reyes Católicos..., p. 180. 44 “En todas las çibdades e villas e logares desta nuestra Santa Hermandad sean tenidos de faser e fagan una proçesión solemne en que todos los vesinos e moradores de las tales çibdades e villas e logares desta nuestra Santa Hermandad e sus mugeres vayan en la dicha proçesión lo más devotamente que pudieren, con candelas encendidas, cada uno rogando a Dios por lo susodicho, lo qual mandamos que se asy´ faga, so pena de dies mil maravedís que queremos que yncurra la dicha çibdad o villa o logar por quien cesare de lo asy´ faser para el arca general desta nuestra Santa Hermandad”; corresponde a la ordenanza de
270
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 271
Los aires triunfalistas
El establecimiento de la Hermandad General propiciaba la difusión de una imagen de justicia, divulgada por sus signos identificadores y por sus formas de procedimiento. Por las ciudades y villas se podían ver nuevos oficiales de justicia, los alcaldes de Hermandad, que portaban varas verdes para distinguirlos de los alcaldes ordinarios; las procesos contra los malhechores se pregonaban tres veces a lo largo de nueve días; el procedimiento era expeditivo y los delincuentes ingresaban en la cárcel de la Hermandad, o eran ejecutados con el procedimiento habitual, públicamente, en el campo, con saeta. 2. El capital simbólico de la victoria 2.1. “Fue tan trihunfal reçebimiento, qual nunca Roma fizo a los sus prínçipes”: primera entrada real de Fernando de Aragón en Toledo Mientras Fernando permanecía en Vitoria, entrevistándose con su padre, Isabel no había cesado de intentar tomar la ciudad de Toro. El hecho se produjo, al fin, el día 19 de septiembre de 1476. Algunas ciudades respondieron a la noticia de inmediato con una celebración. Así por ejemplo, el concejo de Burgos organizó el día 24 de septiembre una procesión de acción de gracias, que transcurrió solemnemente hasta la iglesia de las Huelgas, dando gracias a Dios por los “beneficios y milagros que quiere mostrar con el rey y la reina, nuestros señores” 45. La fortaleza tardaría aún un mes más en rendirse, el 19 de octubre. En esa fecha, Fernando está ya viajando hacia Toro para reunirse con Isabel en la ciudad que aseguraba de manera bastante firme su corona. Por esas fechas, los fieles de Isabel y Fernando sentían que habían alcanzado el triunfo definitivo. A Alfonso y a Juana no les quedaba apenas ya ningún asidero al trono, puesto que los grandes seguidores de su partido estaban ya negociando su entrada en el bando contrario al que venían apoyando 46. Los discursos de entusiasmo volaron por aquellos días. La victoria era un triunfo providencial e histórico, glorioso. Isabel y Fernando se disponen de nuevo a viajar por el reino, esta vez hacia el sur, con objeto de pacificar los elementos hostiles de Extremadura y Andalucía. La entrada de los reyes en Toledo fue preparada cuidadosamente para representar la gloria de esa victoria que todos propagaban. Medina del Campo, del 27 de abril de 1467, J.L. Bermejo Cabrero, “Hermandades...”, pp. 395-396 (otras procesiones: la ordenada en Medina del Campo, en 1466 o la que se ordena en la junta de Madrigal, 18 de febrero de 1468, tras la cual se diría misa y, en la misma iglesia, todos los vecinos mayores de quince años debían jurar solepnemente las ordenanzas aprobadas, ibídem, pp. 380 y 405). El santo patrón abogado y defensor de la Hermandad era San Bartolomé. Blasfemar contra él era de tanta gravedad como blasfemar contra Dios o la Virgen (Medina del Campo, 1467, ibídem, p. 384). 45 L. Serrano, Los Reyes Católicos..., p. 180, según Archivo Municipal de Burgos, año 1476, fols. 62-64. 46 Las negociaciones fueron largas. La primera capitulación del marqués de Villena, el principal noble castellano seguidor de Juana, se firmó el 11 de septiembre de 1476 (véase el texto del traslado realizado en Sevilla, el 18 de julio de 1478 en J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado...”, pp. 118-130).
271
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 272
Ana Isabel Carrasco Manchado
Existe un relato bastante pormenorizado de esta entrada y del recibimiento que se tributó a Isabel y Fernando en la ciudad de Toledo. El recibimiento suponía para Fernando cumplir los ritos de la primera entrada, pues hasta entonces no había visitado la ciudad del Tajo. Se trata de la narración que incluyó el bachiller Palma en su historia, la Divina retribución, escrita en 1479 con el mismo tono de exaltación que persiste en toda la obra 47. Cabe la posibilidad de que el autor manejara un relato previo, una relación de sucesos, a juzgar por el tono y el colorido de la descripción. Los reyes llegaron a la ciudad los últimos días del mes de enero. Antes de entrar se cuidaron de encontrar unas mínimas condiciones de seguridad. Para ello contaban con el apoyo inapreciable de Gómez Manrique, que ejercía por entonces de corregidor en Toledo, colaborador y seguidor incondicional. El ambiente en Toledo no termina de estar tranquilo. Durante la estancia de los reyes se comisionó a Gómez Manrique para que deshiciera las ligas, cofradías y confederaciones que pudieran alterar la ciudad 48. Según las palabras del bachiller Palma, los preparativos parecen haber corrido por cuenta de Isabel (que actuaría por medio de Gómez Manrique), interesada en premiar con este recibimiento triunfal el valor guerrero de Fernando. La reina se encargaría de que los toledanos le recibieran con la solemnidad que correspondía, enviando cartas a la ciudad para que se procediese a los preparativos acostumbrados. Su carta, según el bachiller Palma, exponía el motivo de la visita a Toledo: rezar en honor del arzobispo san Ildefonso, patrón de la ciudad, bajo cuya protección el rey Fernando había logrado la victoria, por hallarse el cuerpo del santo enterrado en Zamora, ciudad desde la que se había iniciado la batalla 49. La protección de san Ildefonso, que tradicionalmente había sido empleada por los reyes castellanos como catalizador sagrado en las batallas contra los musulmanes, se reivindicaba ahora en una batalla entre cristianos. Es un procedimiento más para convertir al rival político en un enemigo irreconciliable. Quizá hubiera también por parte de Isabel cierto deseo de imitar a su padre, el rey Juan II, que acudió a Toledo a postrarse ante el pilar de la Virgen que se veneraba en la catedral, como reliquia del milagro de la casulla concedido a san Ildefonso, antes de emprender su campaña contra el rey de Granada 50. A lo largo de la guerra sucesoria, Isabel y Fernando no despreciaron la ayuda de ningún santo, declarando haberse encomendado a varios santos a la vez: al menos, que sepamos, a Santiago, a san Juan Bautista y Evangelista, a san Lázaro, 47
Bachiller Palma, Divina retribución..., pp. 61-65. AGS, RGS, Toledo, 20 de febrero de 1477, fol. 298. La actividad de Gómez Manrique aquellos días se intensificó (sobre su actuación como corregidor, véase C. Palencia Flores, El poeta Gómez Manrique, corregidor de Toledo, Toledo, 1943). Gómez Manrique, agente de la propaganda de Isabel y Fernando en tantas ocasiones, como la ya estudiada del episodio del desafío, colabora también en este momento. 49 Divina retribución..., p. 61. 50 “Llegó a Toledo; e allí veló las armas vna noche delante la ymagen de Santa María del Pilar, que es en la yglesia mayor de Santa María. Que es allí en aquel pilar grant deuoçión, porque creen que allí Nuestra Señora dió vna vestimenta a sant Alifonso, arçobispo de Toledo, por grant deuoçión que en ella tenía (L. de Barrientos, Refundición de la crónica del halconero, ed. J. de M. Carriazo, Madrid, 1946, cap. LXII). 48
272
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 273
Los aires triunfalistas
a san Jorge y a san Ildefonso. Como se observa en el caso de Toledo, servía para halagar la identidad de ciertas ciudades que los tenían por sus santos patronos, ciudades a las que se quiere hacer partícipes de los triunfos de la monarquía, fomentando su adhesión. Igual que con san Ildefonso ocurre con san Lázaro, como se aprecia en la carta que envía Fernando al hospital sevillano de san Lázaro, poco después de la victoria en Peleagonzalo, en la que el rey se declara protector del hospital y afirma: “Et yo por serviçio de Dios nuestro señor e porque con el nombre e apellido del dicho señor sant Lázaro vençí a mi adversario de Portogal” 51. El motivo de la visita puede calificarse, pues, de propagandístico. Pulgar atribuye a la reina la iniciativa de ir a Toledo, “porque la reyna avía provey´do de facer çiertas limosnas y sacrifiçios y obras pías en la çibdad de Toledo” 52. Pero lo que, humildemente, el cronista oficial describe como obras pías, se convirtió en una suntuosa ceremonia. Los reyes acudieron a Toledo, sede primada de la iglesia castellana, para realizar una solemne ceremonia litúrgica con la que conmemorar la victoria que habían conseguido sobre sus enemigos. Una ceremonia que subrayara el carácter providencial de la victoria y del premio: la sucesión al trono. La celebración de la entrada real de Fernando proporcionaba una doble ocasión para afirmar la legitimidad sucesoria y fortalecer el carisma definitivo del rey que había vencido. La reina se hizo cargo de ordenar los mínimos propagandísticos, enviando instrucciones a la ciudad sobre la forma de realizar el recibimiento. Como es habitual en este tipo de ceremonia, se trata de instrucciones sobre la ropa que han de vestir las autoridades ciudadanas, en esta ocasión, vistosa, y que fuera de color para los jurados y rica de seda para el regimiento 53. La intención de esta medida es resaltar la alegría de la ciudad, como ocurre siempre que los reyes realizan su primera entrada. El bachiller Palma expresa el significado que se quería imprimir con tan alegres y lujosas telas: “Fue divina inspiraçión, que se fizo así; e así se quitó destos reynos el duelo e luyto de las vestiduras, de quel noble rey don Juan el primero e los del reyno se vestieran (...). E yvan los regidores con ropas roçagantes de seda, e collares de oro algunos, los jurados con capuzes colorados, aunque eran viejos algunos, de grande hedat, por el alegría del jocundo advento, pospusieron los sus annos, e así todos avían vestiduras nupçiales del tienpo alegre”.
51
Carta enviada desde Zamora, el 6 de marzo de 1476 (véase Tumbo..., I, doc. 71, p. 136). La ciudad de Valencia creyó, por su parte, que la victoria había sido concedida gracias a su san Jorge. Se trata, pues, de una estrategia de propaganda del favor real hacia las ciudades. 52 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 289. 53 “La reyna, nuestra señora, mandó que en la çibdat de Toledo que fiziesen su reçebimiento lo más honrroso e apuesto que ser pudiese para reçebir a tan poderoso rey de reynos como es el rey, nuestro señor, e que en señal de alegría, todos los jurados se vestiesen de color e el regimiento de seda, apuestos, para reçebir tal señor (Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 62).
273
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 274
Ana Isabel Carrasco Manchado
Llegaron a las puertas de la ciudad día último de enero, por la tarde. El tiempo propiciaba la alegría que quería buscarse, pues era una tarde luminosa y soleada, según afirma Palma. En otras entradas reales no habían tenido tanta suerte, como ocurrió con la fría entrada de Isabel en Burgos. Las circunstancias climatológicas se consideraron esta vez un indicio favorable y también providencial (“E era aquel día viernes en la tarde, fiziera el dia claro, de sol muy alegre, que antes e después en aquella sazón no fiziera; mostró Dios e la naturaleza el alegría del día, como sea cosa delectable el sol e la luz, e naturalmente, con los nublados somos luego fechos tristes) 54. Según el relato, toda la ciudad salió a recibir a los reyes por la parte exterior de la puerta. Aquí, en la puerta de la Bisagra, se detuvo el cortejo que acompañaba a Isabel y Fernando: “E viniendo su alteza real del rey e reyna, nuestros señores, salió toda la çibdat con grande alegría e con grande amor a los reçebir, por la puerta prinçipal de Visagra (...). Salió la clerezía de la santa Iglesia muy apuestamente, e a la puerta de la çibdat todo el regimiento de la çibdat, con los cavalleros bien ataviados a pie en tierra enderredor” 55.
En las ceremonias públicas, en las que todo el orden social y político queda representado en un espacio simbólico de jerarquías, es importante fijarse en cualquier detalle gestual. En esta primera entrada de Fernando en Toledo, vemos cómo toda la oligarquía ciudadana, así como la nobleza toledana, acudió a recibir al rey a pie, resaltando una relación de sumisión y de reverencia ante la majestad real. Los monarcas modelaban estas distinciones simbólicas que resaltaban su posición soberana tomando como patrón de medida la soberanía divina y situándose en el plano inmediatamente inferior a ella 56. El bachiller Palma consigna el juramento de los privilegios, usos y costumbres toledanas que Fernando realizó de una manera solemne, antes de entrar en la ciudad 57. A continuación, los dos reyes franquearon la puerta y fueron acogidos bajo palio. El momento era importante porque volvía a representar cierta apariencia de tranquilidad, ya que los dos reyes viajaban juntos. Desde aquélla primera entrada real efectuada en Valladolid, antes de empezar la guerra, Isabel y Fernando no habían ritualizado otra entrada real conjunta de importancia (salvo en alguna otra villa menor). El efecto propagandístico era mayor, si entraban conjuntamente, pero también el riesgo de conflicto entre los cónyuges, ya que 54
Ibídem, p. 64. La luz, el sol, son símbolos de la nueva era, del reinado providencial que se proclamaban inaugurar a partir de entonces. Esta metáfora, la de la luz aplicada al poder, tan habitual en la propaganda política, será ampliamente divulgada por los agentes de los reyes. 55 Ibídem, pp. 62-63. 56 De manera inversa, cuando los reyes legislaron sobre la obligación de todo cristiano (incluido el rey) de acompañar a pie al Corpus Christi hasta la iglesia, siempre que se toparan con él, comparaban este gesto con el gesto de reverencia que debían los súbditos mostrar al rey, acompañándolo a pie. 57 “E a la puerta, su Alteza confirmó los previllejos, buenos usos e costunbres de la çibdat, e los juraron de gelos guardar segunt que los avían de los reyes sus progenitores”, Divina retribución..., p. 62.
274
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 275
Los aires triunfalistas
tanto Isabel como Fernando debían representar armónicamente, sin fisuras, el papel que cada uno tenía en la sucesión: Isabel, como reina propietaria y, Fernando, como rey consorte. La imagen de la soberanía no debía verse afectada por este difícil equilibrio. En todas las ceremonias, el orden y la precedencia miden al milímetro la jerarquía de poder y la jerarquía social. En esta entrada, ambos monarcas entraron bajo palio, porque ambos asumían la “majestad real”, pero sólo uno de ellos podía colocarse a la derecha, el lugar de la máxima precedencia. Esta posición correspondía a la reina. Sin embargo, Isabel, mediante un procedimiento habitual en la época empleado para suavizar las tensiones entre individuos políticos que pugnan por el espacio simbólico, tensiones casi inevitables en los actos de protocolo, consiguió favorecer a su marido sin menoscabar su lugar. Este procedimiento era la porfía cortés: “E delante la su magestad real llevaban un paño brocado de oro e de seda en unas varas, e dentro de aquel el rey y la reyna, nuestros señores, cavalgando. E ay´ porfiaron de cortesía el rey e la reyna de dar el uno al otro la mano derecha, e el rey, nuestro señor, vençido de cortesía, ovo de tomar la mano derecha, e así entró su magestad juntamente” 58.
En esta ocasión, es Isabel quien cede a Fernando el lado derecho, puesto que él es el protagonista de la entrada y el triunfador en la batalla. Mediante los gestos de cortesía ejecutados a la vista de todos, ambos salvan su precedencia real: Fernando negándose a ocupar la derecha, Isabel cediéndosela y Fernando, por fin, aceptando. La porfía cortés permitía adaptar al contexto y a las circunstancias los usos protocolarios, transmitiendo así mensajes propagandísticos. La excepción introducida por Isabel en esta entrada, al ceder su precedencia, tenía el significado concreto de halagar y favorecer la imagen del príncipe de Aragón tras la victoria 59. El cortejo que acompañaba a los reyes por las calles era numeroso, entre vecinos de Toledo y cortesanos. Unos y otros abrían el paso y lo cerraban, por detrás: los reyes, bajo su palio, cabalgaban en medio de este cortejo. El bachiller Palma alude a la música que envolvía a la comitiva, música de trompetas y atabales, además de las voces de la gente, y aporta la significación simbólica de esos sonidos: “Iban antes e después gente ynfinita de la çibdat e de la su corte; el sonido era grande de las trompetas e atabales e gentes, con alegría, que pareçía que los çielos e la tierra destellavan en aquella ora alegría de coraçón, que dezir no se puede”. De este modo se aproximan a la catedral, en donde tiene lugar un segundo recibimiento. 58 59
Ibídem, pp. 62-63. En otras ceremonias y en otros contextos, Isabel no cederá la precedencia a su marido, como en la estancia de los reyes en Sevilla, en 1484, según describe el viajero Nicolás Popielovo “Apercibí entonces en la procesión que el rey es servidor de la reina, porque la llevaba a su derecha y al cardenal a su izquierda”, Nicolás Popielovo, “Relación del viaje”, Viajes de extranjeros por España y Portugal. Desde los tiempos más remotos hasta fines del siglo XVI, recop., trad, prólogo y notas de J. García Mercadal, Madrid, 1952, p. 319.
275
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 276
Ana Isabel Carrasco Manchado
Ante la catedral se había congregado la clerecía con las cruces. Era una práctica habitual en las ceremonias de ingreso a las ciudades, aunque no siempre se cumplía, realizar una parada en la iglesia principal para ofrecer una oración al altar mayor. En este caso, dado que la intención declarada por Isabel era rezar ante el altar de san Ildefonso, se convertía en uno de los actos principales de la entrada 60, y, como tal, se reviste de una espectacularidad hasta entonces no vista en las entradas realizadas desde el comienzo del reinado. Según el bachiller Palma, en la puerta del Perdón se había edificado un aparato teatral con figuras vivas que representaban a la Virgen y a los ángeles. La entrada en la iglesia se realiza por debajo de esta construcción escénica. Al paso de los reyes, los niñosángeles comenzaron a entonar himnos: “Así llegaron con la real magestad a la santa Iglesia, toda la gente acatando al rey e a la reyna, nuestros señores, con grande amor, e ay´ descavalgaron. Salió la clerezía a la puerta del Perdón, todos revestidos en proçesión, con la cruz, como eran tenidos de derecho pontifical, e real. Eran a la puerta de la dicha santa Iglesia, de amas partes en lo alto, órdenes de ángeles, e en lo alto de en medio de la puerta una donzella ricamente vestida, con una corona de oro en la cabeça, a semejança de la bendita Madre de Dios, nuestra Señora. Desque llegaron el rey e la reyna, nuestros señores, a la puerta de la dicha santa Iglesia, los ángeles cantando dezían tua est potençia, tuum est regnum, Domine, tu est super omnes gentes; da pacen, Domine, in diebus nostris” 61.
Este montaje tiene su inspiración en la celebración de los autos sacramentales 62. Los reyes participan de un auto de este tipo, con el añadido de que no se trata de una representación teatral (aunque se empleen efectos teatrales), pues lo que ocurre ante los ojos de los ciudadanos es considerado como verdadero. Es una nueva forma de teñir de sacralidad esta entrada real, escenificando y exaltando a un tiempo, mediante la entonación de himnos, el origen divino de la sucesión al trono y la victoria militar que, de este modo, se convierte 60
Existe una interesante semejanza entre algunas ceremonias reales y eclesiásticas, como, por ejemplo, la que se establece entre las proclamaciones reales y las tomas de posesión de los obispos o entre las primeras entradas reales y los recibimientos a los obispos en la sede de sus diócesis. Esta semejanza resalta la función sacramental del oficio regio. Sobre las ceremonias propagandísticas del clero castellano, véase A. Arranz Guzmán, “El clero”, en Orígenes de la Monarquía Hispánica..., pp. 155- 160. 61 Divina retribución..., pp. 62-63. 62 En Toledo, las representaciones dramáticas religiosas (con motivo de la Navidad, Pasión y Corpus Christi) habían alcanzado, en el último tercio del siglo xv, una gran espectacularidad (véase M.A. Pérez Priego, “Espectáculos y textos teatrales en Castilla a fines de la Edad Media”, Epos. Revista de Filología, 5 (1989), p. 143). Sobre la ceremonia del Corpus en Toledo: R. González Ruiz, “El Corpus de Toledo en los siglos xiv y xv”, en Religiosidad popular y archivos de la Iglesia. Santoral hispano-mozárabe en las diócesis de España (Actas del XVI Congreso de la Asociación celebrado en Zaragoza, 2000), Oviedo, 2002, vol. 1, pp. 211-240. No habría que descartar la participación de Fernando de Aragón en el diseño de esta escenificación, ya que en Aragón era más corriente la introducción de elementos dramáticos en las entradas.
276
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 277
Los aires triunfalistas
en una victoria de Dios. En esta época no solían emplearse todavía en Castilla los arcos de triunfo 63, pero, dadas las características arquitectónicas de la portada principal de la catedral de Toledo, éste podría ser considerado uno de los primeros arcos triunfales empleados en Castilla en una entrada real. La puerta de la iglesia, con su aparato teatral, cumple a la perfección el mismo papel que un arco de triunfo gracias a su revestimiento efímero. La entrada real adquiere así un pleno sentido de ceremonia litúrgica de victoria, de triunfo sacralizado. Dentro de la iglesia se prolonga la procesión, ya en pleno espacio sacro, hasta el altar, donde los reyes realizan su oración pública. El bachiller Palma perpetúa y amplifica la memoria del gesto real de penitencia y humildad, afirmando que los reyes habían ayunado ese día 64. Concluye la relación diciendo que aquella entrada “fue tan trihunfal reçebimiento, qual nunca Roma fizo a los sus prinçipes”. Es una exageración, pero traduce el espíritu que la propaganda de aquellas fechas quería imprimir a las acciones regias. 2.2. “E así fue vengada la deshonrra”: reivindicación y ceremonia de triunfo Los últimos actos litúrgicos que cerraron la entrada real de Fernando constituyen el preludio de una ceremonia de triunfo aplazada para el domingo, día apropiado para celebrar la victoria con todo esplendor. Para ser una ceremonia de triunfo completa, perfecta, en su sentido más clásico, se necesitaba alguna alusión militar, alguna referencia al enemigo doblegado. En esta ocasión no se trajeron prisioneros a Toledo, pero sí los despojos del pendón real (o lo que quedaba de él) y otras banderas, así como el arnés del alférez portugués. La forma de desarrollarse esta ceremonia delata una cuidada preparación y una sabia combinación de los símbolos políticos y de los gestos ceremoniales atendiendo a una clara intención propagandística. Seguiremos la descripción del bachiller Palma, único autor que relata los hechos con especial interés. Desde la residencia de los reyes en Toledo se inicia un cortejo hasta la catedral. En ella había ya gente congregada, pero la mayoría seguía en procesión al cortejo cortesano. Entre los cortesanos se contaba a los grandes, que también sumaban al cortejo real su propia corte de clientes y criados 65. La nota significativa 63
En tiempos de Enrique IV se empleó un “arco de madera bien entallado donde avía muchas letras de oro” para recibir al embajador del duque de Bretaña, según testimonio de Diego Enríquez del Castillo. Hasta 1497 no hay más datos sobre utilización de los arcos en los recibimientos, fecha en la que se empleó un arco adornado con hiedra y rosas y con las armas reales en Valladolid, para el recibimiento de la princesa Margarita (G. Palomo y J. L. Senra, “La ciudad y la fiesta en la historiografía castellana de la Baja Edad Media: escenografía lúdico-festiva”, Hispania, 54/1, 186 (1994), pp. 32-33). En general es raro el uso de arcos triunfales en Castilla, en estas fechas. 64 Divina retribución..., p. 63. 65 “Venían aconpañados de los grandes de la su corte e de la çibdat e gente ynfinita, que así mismo estava la iglesia llena, esperando ver su real magestad” (Divina retribución..., p. 64). El bachiller destaca la idea de contemplación de la majestad; era este, ciertamente, una de las no demasiadas oportunidades para ver a los reyes.
277
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 278
Ana Isabel Carrasco Manchado
de este cortejo es la riqueza y el esplendor material de las telas y de las joyas, desplegado para acentuar la dignidad real: la propaganda por medio del vestido. Los nobles se vistieron, igualmente, para resaltar el poder de su estado, pero, también para adornar la corte real (como corresponde a las obligaciones de la nobleza dictadas por la propia autoridad real) 66. Por encima de todos ellos, Palma describe el esplendor del atavío regio: “Despues desto, el domingo siguiente vinieron el rey e la reyna, nuestros señores, a la santa Iglesia de la dicha çibdat, muy esplendidamente vestidos: la reyna, nuestra señora, a demasía ricamente vestida, tray´a un collar de piedras preçiosas de balajes, señaladamente uno que se dize aver seydo del rey Salamón, en las letras que son en él: no ay quien lo pueda apreçiar su valor; tray´a en somo de su cabeça una como corona de oro con piedras preçiosas” 67.
El autor destaca dos piezas de las joyas de la reina que hay que considerar, además de por su valor, por su significación política. Son joyas de aparato, joyas que también se han definido como joyas de Estado. La primera, el collar de balajes, contenía una piedra que afirmaban haber pertenecido al rey Salomón 68. Es sabido que este rey bíblico es paradigma de la sabiduría y de la justicia que debe poseer el monarca y poner en práctica, según el ideal político de los tratados de Regimientos de príncipes. Podía, también, en cierto modo, considerarse una “reliquia” del rey bíblico que transmitiera facultades especiales a quien lo poseyera. Isabel se hacía, de este modo, heredera de las virtudes políticas de Salomón. El collar fue regalo de boda de la madre de Fernando el Católico, Juana Enríquez. Pero, este atributo regio, menos significativo para la mayor parte de los ciudadanos, que desconocerían posiblemente la leyenda que rodeaba a la joya y que sólo percibirían el lujo de la majestad real, es menos importante, políticamente, que la otra joya que ostentaba la reina en esta ocasión, la corona. Que sepamos, ésta es la segunda vez que Isabel se pasea por una de las ciudades del reino exhibiendo una corona desde que se auto-proclamara reina en Segovia, y las dos veces son de una relevancia política especial 69. La primera, recordemos, en Valladolid, poco después de su proclamación, durante la primera estancia de la corte como reyes de 66
Alfonso X en la Partida Segunda: “Otrosy´ dixo que commo los mienbros deven seer apuestos, que otrosy´ a mester que lo sean los ricosomnes; e demás bien acostunbrados e de buena maneras, pues que por ellos a de ser fermosada e ennobleçida la corte del rey e el reyno” (Partida Segunda, T. IX, L.VI). 67 Divina retribución..., p. 64. 68 Éste es el famoso “collar de balajes”, empeñado tantas veces junto a la corona rica que Isabel estrenó, precisamente, en esta ceremonia (A. Prieto Cantero, “¿Dónde está el collar de balajes y la corona rica de la Reina Católica?”, en Homenaje a Vicente Cadenas. Estudios genealógicos, heráldicos y nobiliarios, Madrid, 1978, pp. 207-208). Véase además, D. Mármol Marín, Joyas en las colecciones reales de Isabel la Católica a Felipe II, Madrid, 2001, y la síntesis de L. Arbeteta Mira, “La corona rica y otras joyas de Estado de la reina Isabel I”, en Isabel la Católica, la magnificencia de un reinado, Junta de Castilla León, 2004, pp. 169-186. 69 Tal y como vimos, en 1473, Isabel había ostentado en alguna ocasión ceremonial corona imperial en su condición de reina de Sicilia.
278
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 279
Los aires triunfalistas
Castilla en esa villa. Era el momento previo a la guerra, cuando la ausencia de otros reyes rivales en el reino que ostentasen el mismo título real “de Castilla y de León” posibilitaba cierto desarrollo de la vida de corte: las fiestas y los juegos. Durante las justas, Isabel pudo hacer ostentación de la legitimidad de su acceso al trono mediante la exhibición pública de una corona. Ahora volvía a repetir la estrategia, puesto que la paz aparente que acompaña al triunfo militar propicia de nuevo la realización de una ceremonia propagandística de gran calado, como ésta. Y tras las batallas, qué mejor táctica que, de nuevo, exhibir la propiedad de la soberanía sobre el reino de Castilla. Se presentaba así como la verdadera reina, frente a su rival, Juana de Castilla, pretendida reina sin corona y sin reino. Hay que decir que la intención de impresionar era clara, pues la corona de oro había sido encargada por Isabel ya en 1474 al gobernador de Sicilia Juan de Cardona y, finalmente fue realizada por un orfebre valenciano llamado García Gómez. La corona, que seguía antiguos modelos imperiales de los reyes de Sicilia, incluía también varias águilas insertadas. Isabel la recibió, oportunamente, antes de entrar en Toledo, mientras la corte residía en Ocaña, el día 15 de enero 70. La ceremonia parecía estar concebida para la exhibición de esta espléndida joya. La emblemática del águila volvía a rememorar mensajes reiterados a lo largo de la guerra. Delante de los reyes y de la comitiva real se situaban ordenadamente los reyes de armas, farautes y demás oficiales encargados de sostener los pendones y banderas reales y las banderas de los grandes que participaron en la batalla. Era el cortejo victorioso. Detrás de él, el triste testimonio de la derrota del rey Alfonso y de la reina Juana, en posición infamante, los spolia de la batalla arrastrados por los suelos: “Tray´an delante sí sus banderas e de los grandes del reyno, con que vençiera el rey la batalla, llevadas en alto, e el arnés del alferez del adversario, de Portogal, que ovo cabtivado en la dicha batallla, en un troço de lanza, e las banderas del dicho adversario e de los suyos de Portogal, abatidas al suelo”.
La procesión transcurre envuelta en el estrépito de la música triunfal: en este caso, el triunfo era evocado por sonido de trompetas: “e así vinieron a la dicha santa iglesia con gran trihunfo e sonido de tronpetas”. La comitiva entra en la catedral y allí se celebra una misa con sermón, cuyo tema es fácil imaginar: un sermón político que celebrara la victoria providencial y el triunfo regio. La gran concurrencia que llenaba las naves de la catedral, todo 70
Esta corona es descrita en el momento de su entrega como “Fecha de ocho miembros, toda labrada de ramos e fojas de mazonería esmaltada de colores, e entre miembro e miembro va puesta un águila pequeña que junta las piezas, que pesó el oro tres marcos e una onza e cuatro ochavas e dos tomines; en la cual su alteza mandó asentar e poner ciertas perlas e piedras de las de su cámara” (citado por S. Carreres, Ensayo de una bibliografía de libros de fiestas celebradas en Valencia y su antiguo reino, Valencia, 1925, p. 90, nota 2), es la famosa corona rica de Isabel.
279
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 280
Ana Isabel Carrasco Manchado
el pueblo congregado que pudiera caber, los diferentes grupos sociales, pudieron recibir el discurso propagandístico mezclado en el sermón con todos los elementos litúrgicos que lo sacralizan. El bachiller cuenta cómo los reyes se encontraban en la iglesia sentados y rodeados de un decorado de cortinajes que exponía la majestad como en un altar o como en una visión sagrada. Tras la misa, los reyes no se levantaron inmediatamente, sino que permanecieron hieráticos, expuestos a la contemplación general, incitando a la admiración. “E así vinieron a la misa mayor de la dicha Iglesia, e después de oyda la misa e sermón con grande devoçión, en su aparato real de cortinas de brocado, el rey nuestro señor a la una parte e la reyna, nuestra señora, a la otra parte del altar, e toda la gente de la çibdat con grande amor acatando a su real magestat, demostrándose liberalmente a todos como a fijos sus subditos e naturales”.
Esta forma de aparecer ante los súbditos se asemeja a la descrita por Sergio Bertelli para el caso de los monarcas bizantinos. Señala este autor que en esta expresión icónica de la representación real está implícita la imitación de la figura de Cristo 71. De las palabras de Palma se desprende que el pueblo fue desfilando delante de los reyes para contemplar y venerar la imagen regia, como quien adora a una imagen santa. Y no cualquier imagen santa, puesto que el papel que representan Isabel y Fernando es el de padres, padres del reino y de sus súbditos, papel que sólo la divinidad podría desempeñar. A continuación, se inicia un trayecto procesional por las naves de la catedral hasta la capilla real de los Reyes Nuevos, la capilla de la dinastía Trastámara 72. Esta procesión es idéntica a otras muchas procesiones que discurrían en el interior de las iglesias con ocasión de determinadas festividades litúrgicas, a veces con participación del pueblo. La liturgia política se inscribe aquí en la liturgia religiosa. En la capilla de los Reyes Nuevos, ante el sepulcro de Juan I, se hizo el ofrecimiento de los despojos militares arrebatados al rival portugués, después de haber rezado un respondo por el difunto rey. Es el punto culminante de la ceremonia descrita por el bachiller Palma: “E después de fecha oraçión e responso, ofreçieron el dicho arnés de armas e banderas de su adversario de Portogal que prendieran en la dicha batalla, e lo fizieron colgar en somo de la su sepoltura del dicho rey donde, oy están puestas” 73. 71
El rey que se descubre repentinamente tras una cortina es un efecto ceremonial de resonancias bizantinas, S. Bertelli, Il corpo..., p. 136. 72 “E acabada la misa, fueron en proçesion fasta la capilla de los reyes sus progenitores, de la dicha santa Iglesia, donde es sepultado el muy noble rey don Juan su bisabuelo”, Divina retribución, p. 65. 73 Divina retribución..., p. 65. El editor de esta crónica todavía pudo contemplar los restos de arnés, pendiendo de la bóveda de la capilla, y un estandarte morado en el muro occidental, ibídem, p. 116.
280
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 281
Los aires triunfalistas
Las armas podrían haber sido ofrecidas directamente a Dios, puesto que, según han proclamado, él les concedió la batalla. No obstante, con la ofrenda de los despojos al cuerpo sepultado de un rey de la dinastía de Isabel, la ceremonia toma un nuevo giro. La propaganda se enriquece ahora con un contenido de sublimación de la dinastía, que el propio relator, consciente de estos hechos, se ocupa en explicitar, como buen agente de la propaganda isabelina: “E así fue vengada la desonrra e caymiento quel rey don Johan reçibiera en la pelea de Aljubarrota, por los venturosos rey e reyna, nuestros señores, de su posteridat e estirpe real deçendientes en la terçera generaçión fasta la quarta del muy deseado señor prínçipe don Johan, su fijo”. En efecto, la victoria sobre el rey Alfonso de Portugal se transmuta en revancha de aquella derrota que sufrió un siglo antes el rey trastámara. Las circunstancias políticas de aquel hecho no eran muy diferentes a las actuales: Juan I aspiraba al trono portugués, del mismo modo que Alfonso V aspiraba ahora al castellano. Aquél fue derrotado en sus aspiraciones y éste también. Pero, no era esto lo que querían conmemorar, recordar una derrota con otra derrota. Era, más bien, lo contrario: ratificar una victoria. La entrega de las armas reales al rey difunto representaba una restitución de algo que sí pertenecía de derecho a Juan I a juicio de los ideólogos de Isabel: el trono de Portugal. Con la restitución de las armas reales, simbólicamente se hace entrega del reino en las manos del rey y, de este modo, con mayor legitimidad, por derecho sucesorio, Isabel y Fernando podrán titularse “reyes de Portugal”, como venían haciendo 74. Éste es el significado que subyace en esta ceremonia política, aunque no fuera percibido, en toda su sutileza, por muchos de los que asistían y contemplaban la elevación de los restos del pendón real sobre el sepulcro, especialmente buena parte de la población, que bastante tenía con entender por qué sucedía Isabel al rey Enrique, y no su hija Juana, como para intentar comprender que Isabel se titulara, además, reina de Portugal. Para estos que no terminaban de entender que Isabel se titulara reina de Portugal, se destinaban los mensajes de animadversión xenófoba que se habían estado extendiendo por medio de la idea de venganza y de revancha militar. Es un sentimiento que apelaba al honor “patrio” de los castellanos, herido por aquella derrota que muchos todavía podían recrear gracias al recuerdo de algún familiar muerto en aquella batalla 75. El mismo tema apunta a variados efectos de discurso, dirigidos a distintos destinatarios. Como propaganda de guerra era un tema magnífico. Toda esta ceremonia, unida a la que tuvo lugar dos días antes, por la complejidad que revela su composición y, al mismo tiempo, por la simplicidad en su desarrollo, por la 74
Como veremos al analizar el discurso, es esta una de las ideas de fondo que rige toda la obra del bachiller Palma y una buena parte de la estrategia de propaganda que adoptan Isabel y Fernando. 75 El tema de la derrota de Aljubarrota, puesto en paralelo con esta guerra que nuevamente enfrentaba a castellanos y portugueses, será extendido por el discurso histórico-propagandístico en diversas variantes, como veremos. Hemos mencionado algunos testimonios, pero, con toda seguridad, debieron ser más abundantes.
281
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 282
Ana Isabel Carrasco Manchado
riqueza de los discursos, debe ser considerada como una de las más brillantes de las que pudieron idear los teóricos de la propaganda de los Reyes Católicos a lo largo de todo su reinado, ni siquiera superada, a nuestro juicio, por la propaganda ceremonial que veremos desarrollarse en Castilla con motivo de la guerra de Granada. Posee una riqueza de discursos asombrosa, todos ensamblados sabiamente para construir y proyectar la legitimidad sucesoria. Pero la guerra no había terminado, aunque a partir de ahora tomara otro rumbo. La paz no había llegado aún a los reinos, contrariamente a lo que también propagaban los discursos en esta fecha. Y éste es otro de los efectos logrados por esta propaganda: hacer ver que con esta victoria acababa la guerra y llegaba, al fin, la paz al reino. Si esto hubiera sido así, si la paz hubiera llegado realmente, la ceremonia podría haber resultado más apropiada unos años después, cuando se firme el tratado de paz con Alfonso V, momento en el que Isabel pudo llamarse legalmente “reina de Castilla”. No obstante, hay que tener en cuenta que se trata de una ceremonia en la que priman los elementos que inducen a la guerra y no a la paz (y una de las condiciones de las capitulaciones, veremos, será renunciar al título de reyes de Portugal, cuya asunción está patente en esta ceremonia). Resulta curioso que ningún otro cronista describa esta ceremonia de tamaña magnitud propagandística. No debemos descartar la posible exageración consciente que introduce el bachiller Palma en su relación. Parece ser un hecho, más o menos probado, que sobre la tumba de Juan I en Toledo se exhibieron unos pendones portugueses 76. Quizá en épocas posteriores no convenía rememorar al detalle estos actos de revancha frente a los portugueses. Y más considerando que las hijas de Isabel se enlazaron con príncipes portugueses. Pulgar resume aquella estancia de los reyes en Toledo diciendo que, cumpliendo el deseo de la reina, Isabel se dedicó a hacer grandes limosnas a iglesias y a pobres menesterosos, como ofrenda en gratitud “por la victoria que Dios avía dado al rey e a ella” 77. Sí alude a un dato de interés: en esta estancia se iniciaron las diligencias para fundar el monasterio de San Juan de los Reyes; se ordenó la compra de las casas y su derribo, sobre cuyo solar se edificaría este monasterio encomendado a la orden de san Francisco. La noticia es importante por el significado propagandístico que tendría el monasterio, elevado como colofón de la victoria final, algunos años después. El monasterio se construía, según Pulgar, para “exaltación de sant Juan, para memoria del rey don Juan su padre”. Un nuevo ejemplo, por tanto, de la exaltación dinástica que tomó como motivo el binomio sacralizador reyes llamados Juan / San Juan. Pero, en esta fecha de 1477 y tras la espléndida ceremonia, cargada de simbolismo, que se acababa 76
Debieron colgar unos pendones portugueses y un arnés también portugués, pero quedaron arrumbados en las sucesivas reformas de la capilla. En 1922, Félix de Llanos y Torriglia y otros académicos inspeccionaron el pendón que colgaba en la capilla, llegando a suponer que parecía castellano y del siglo xiv. Un inventario de la capilla de 1689 describía tres estandartes, “los dos pequeños y el otro mayor con armas de Castilla y Portugal” (F. de Llanos, Así llegó a reinar..., p. 412). La reunión de los dos reinos en el estandarte, Castilla y Portugal, hacía más pertinente la reivindicación ofrecida a Juan I. 77 F. del Pulgar, Crónica...,I, p. 289-290.
282
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 283
Los aires triunfalistas
de realizar, la iniciativa de la edificación de este monasterio era una forma más de superar, en sentido triunfal, el paralelismo con aquella batalla de Aljubarrota, que fue conmemorada en Portugal con la construcción del monasterio de Batalha. El monasterio, que en un principio se llamó “San Juan de la Reina”, se concibió inicialmente como panteón real (como el de monasterio portugués). Es, por tanto, una pieza clave de la propaganda arquitectónica del reinado 78. Pero, por estas fechas, el afán por conmemorar la victoria providencial de Toro mediante la elevación de un convento o monasterio no se agota con la construcción de San Juan de los Reyes en Toledo. Antes de entrar en la ciudad, durante la estancia de Isabel en Ocaña, Isabel prometería al jerónimo Juan de Ortega que levantaría un nuevo monasterio de esta orden en conmemoración de la victoria sobre los portugueses. La idea surge en el contexto bélico, pero fue abandonada por la reina en los años siguientes de su reinado y, hasta 1504, no comenzó a construirse. Se trata del monasterio de Santa María de la Victoria en Salamanca. Al parecer, también se concibió la idea de construir otro monasterio jerónimo en el mismo campo de batalla, en Peleagonzalo 79. 3. La obediencia de los “rebeldes” 3.1. “Obedesco por reyna y señores destos reynos”: ceremonias de obediencia en Madrid Las magníficas ceremonias de triunfo que acababan de oficiarse en Toledo resultan, por contraste, especialmente brillantes si las comparamos con otros actos que iban a celebrarse en los lugares que Isabel y Fernando visitaron el resto del año. La corte se desplazó hacia el sur, hacia aquellos territorios en los que se luchaba todavía abiertamente contra la pareja castellano-aragonesa, o hacia esos otros en los que la obediencia se había concedido sólo de una manera formal. En muchos de estos lugares, la propaganda de los hechos ceremoniales se combinará con la propaganda de la fuerza, simbolizada de forma contundente en el derribo sistemático de fortalezas enemigas. A finales de febrero de 1477, los reyes se dirigen a Madrid. La villa había terminado de someterse el año anterior, gracias a la intervención directa del primer duque del Infantado. En septiembre de 1476, desde Segovia, mandaron derribar todas las fortalezas que habían sido controladas por Diego López Pacheco: “porque así cumple a mi servicio e bien e pro e utilidad de mis
78
Sobre su significado y su programa iconográfico, A. Macla Serrano, “San Juan de los Reyes y la batalla de Toro”, Toletum, 9 (1979), pp. 55-70; R. Domínguez Casas, “San Juan de los Reyes”, Boletín del Seminario de Estudios de Arte y Arqueología, 56 (1990), 364-383); M.E. Cela Esteban, Elementos simbólicos en el arte castellano de los Reyes Católicos (el poder real y el patronato regio), Madrid, 1991, pp. 358-378. 79 Sobre el proyecto de construcción del monasterio de La Victoria, J.M. Nieto Soria, Iglesia y génesis..., p. 288. El proyecto de Peleagonzalo en A. Prieto Cantero, Casa y descargos de los Reyes Católicos, Valladolid, 1969, p. 521.
283
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 284
Ana Isabel Carrasco Manchado
regnos” 80. Las puertas y torres de la muralla quedaron desguarnecidas. La villa, seis meses después, reunía ya las condiciones de seguridad para alojar a la corte durante una estancia de casi dos meses, desde el 1 de marzo de 1477 al 20 de abril. La entrada real tendría lugar el día primero de marzo. No se conservan las actas concejiles de ese año, así que no podemos imaginar cómo se desarrolló la ceremonia. Suponemos que se cumplió con el protocolo oficial que se venía repitiendo en las demás ceremonias de recepción de los reyes en su primera entrada a villa o ciudad. No habría que esperarse grandes muestras de entusiasmo de unos vecinos que se habían alineado mayoritariamente desde el principio en la obediencia seguida por el marqués de Villena, es decir, en la de la princesa Juana 81. En la villa de Madrid, como en otros tantos lugares, la lucha de bandos se incardinó en el conflicto sucesorio, de manera que la rivalidad por el trono encuadraba a los respectivos bandos y linajes enfrentados. Gonzalo Fernández de Oviedo, madrileño de nacimiento, todavía recordaba que, en Madrid, Zapatas y Lujanes apoyaron al marqués de Villena y al rey Alfonso V y a la Excelente Señora, mientras que caballeros como Pedro Núñez de Toledo, señor de Cubas y Griñón, seguía a Isabel y a Fernando. Pedro Núñez estaba enfrentado a Juan Zapata, señor de Barajas. El encuadramiento de los bandos y linajes era tal que la mujer de Pedro Núñez de Toledo, Isabel de Estúñiga, “en ofensa de su persona misma e del onor de su marido, no lo mirando, ni haziendo bien, ella se pasó a los enemigos”, dejó a su marido y se marchó con sus parientes, que seguían la parte castellano-portuguesa 82. La intensidad de los combates que se habían librado provocó el despoblamiento de la villa. Los reyes encontraron una villa casi vacía, por lo que tuvieron que otorgar exenciones y mercedes para que los fugados regresaran a sus casas 83. El contraste con el triunfalismo expresado en Toledo debió quedar patente. En cualquier caso, bastaba una ceremonia puramente formal como para simbolizar la sumisión y la incorporación de la villa a la obediencia regia. La entrada real en la villa de Madrid fue el primer acto de la propaganda de legitimación que Isabel y Fernando promovieron durante su estancia. Pero, el acto central lo constituyó la ceremonia de obediencia que sellaba, de manera eficaz y simbólica, la incorporación de algunos de los magnates más importantes que habían sostenido las pretensiones al trono por parte de Alfonso de Portugal 80
J.A. de los Ríos, transcribe la carta en Historia de la Villa y Corte de Madrid, Madrid, 1978 (ed. facsímil), II, pp. 155-156. 81 A Segovia, únicamente acudieron a obedecer a Isabel, recién entronizada, los escribanos del número del concejo (el día 28 de enero de 1474), el regidor Fernand García de Orana, que la dio en nombre propio (el 18 de febrero), el doctor Alcocer, del consejo de Isabel, madrileño que la dio en nombre de varios vecinos (RAH, ms. 9/7161). 82 G. Fernández de Oviedo, Batallas y Quinquagenas..., p. 364. 83 J.M. Castellanos Oñate, “Las estancias de los Reyes Católicos en la villa de Madrid”, Anales del Instituto de Estudios Madrileños, 28 (1990), p. 536. Este autor recoge la tradición de que, durante esta primera estancia, los reyes se alojaron en las casas de don Pedro de Castilla, situadas en el frente occidental de la plaza de la Paja y que tenían tribuna propia en la iglesia de San Andrés, a la cual accedían por un pasadizo volado que se construyó sobre la costanilla que lindaba con la iglesia (ibídem, pp. 536-567).
284
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 285
Los aires triunfalistas
y de Juana. El principal de ellos era el marqués de Villena, Diego López Pacheco, y con él se encontraban también Juan Téllez Girón, conde de Urueña y el hermano de éste, Alonso Téllez Girón. Diego López Pacheco había jurado en fechas anteriores la capitulación negociada con los reyes, y había prestado pleito homenaje, gestos rituales con los que se comprometía a cumplir las cláusulas de la capitulación 84. Los reyes se obligaron a cumplir su parte con sus respectivos gestos de compromiso. Pero esto no significaba, o no era suficiente, para reconocer a Isabel y a Fernando como reyes de Castilla, a pesar de que en el documento se les diera esa titulación. La capitulación marcó la negociación que fijaba las condiciones de la obediencia a los reyes, pero la jura de la capitulación no bastaba para cerrar el proceso: era preciso materializar unos gestos y fórmulas de compromiso específicos ante los reyes reconocidos finalmente, así como levantar pendones en todas las villas sujetas al señorío de estos nobles “rebeldes”. El reconocimiento del título real, de la posesión de la corona, es de tal importancia que exige sus propias fórmulas y su particular contexto ceremonial. A pesar de que el marqués había jurado la capitulación en septiembre del año anterior, por alguna razón, la concesión de la obediencia fue diferida. Según la capitulación, el marqués debería haber obedecido a Isabel a los tres días de la fecha y haber levantado pendones en un plazo de quince 85. La razón de esa demora debió proceder del hecho de que, desde que los reyes habían jurado la capitulación, los agentes reales no cumplían con lo acordado. Fue preciso otorgar más seguridades al marqués para que finalmente se decidiera a otorgar la obediencia 86. Ése momento clave quedó consignado en el registro de las obediencias 84
“E yo, el dicho don Diego López Pacheco, marqués de Villena, prometo e seguro e juro a Dios e a Santa María e a esta señal de la cruz, e a las palabras de los Santos Evangelios, doquier que más largamente están escriptos, e fago pleito e omenaje una, e dos, e tres vezes, como caballero omne fijodalgo, al fuero e costunbre de España, en manos de Juan de Vitoria, cavallero de la Horden de Santiago, omne fijodalgo, que de mí lo recibe, que terné e guardaré e cunpliré todo lo en esta escritura contenido, e cada una cosa e parte dello, bien e fiel e verdaderamente, sin arte e sin engaño e sin cabtela alguna, fiçión, nin simulación, en lo que a mi toca e incunbe de fazer e conplir, e que non iré nin verné contra ello, nin contra cosa alguna nin parte dello, en algún tiempo nin por alguna manera, cabsa, o razón, o color que sea o ser pueda, so aquellas penas e casos en que cahen los cavalleros ommes fijosdalgos que quebrantan juramento e pleito e omenaje fecho de su propia e agradable voluntad, a su rey e reina e señores naturales, e que deste juramento e pleito omenaje non pediré absolución nin alçamiento para ir nin venir contra ello, nin contra cosa alguna nin parte dello, en algúnd tienpo nin por alguna manera, a nuestro muy santo padre, nin a otro prelado, nin juez, nin persona que poder tenga para me lo otorgar, nin usaré dello puesto que por mi propio motu, o a mi postulación o en qualquier manera me sea otorgada” (capitulación otorgada el día 11 de septiembre de 1476. J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado...”, doc. II, p. 129). La capitulación, fue, por su parte, “otorgada, prometida e jurada de conplir” por los reyes, ibídem, doc. III, p. 131. 85 Ibídem, p. 79. 86 Este momento era clave porque los reyes pretendían recuperar el alcázar de Trujillo y fortalecer las posiciones conquistadas en el marquesado, por eso, “pensaron en asegurar aún más la persona de don Diego López Pacheco y obligarle a cumplir por completo todo aquello a que se había comprometido, a pesar de que con él no se habían cumplido casi ninguna de las promesas que se le habían otorgado y que la capitulación había sido repetidas veces violada por los capitanes y agentes reales”, según interpretación de J. Torres Fontes, ibídem, p. 91. Las seguridades de las que habla este autor debieron influir en la decisión del marqués de conceder finalmente la obediencia, y con él otros nobles de su partido.
285
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 286
Ana Isabel Carrasco Manchado
por el secretario Alfonso de Ávila. Diego López Pacheco, Juan Téllez Girón y Alonso Téllez Girón reconocieron como reina y señora a Isabel, y a Fernando de Aragón, como a su marido, de una manera oficial (es decir, ceremonial), en la villa de Madrid, el día 30 de marzo de 1477. No sabemos el lugar exacto (si fue en el alcázar o en otra residencia): “En la villa de Madrid, 30 días de marzo de lxxvii años, el marqués de Villena don Diego López Pacheco dio la obediençia a la reyna nuestra señora e al dicho señor rey como a su legítimo marido e fiso juramento en forma, según de suso, e fiso omenaje en manos del condestable don Pedro Fernández de Velasco. Testigos, el doctor de Talavera e el doctor Juan Díaz de Alcoçer, del su consejo, e Pedro de Silva” 87.
Los hermanos Téllez Girón efectuaron el mismo rito. Sin embargo, la ceremonia no acabó aquí. Para que la legitimidad de Isabel al trono castellano fuera definitivamente reconocida por los que hasta entonces se la habían negado, los tres debían proceder a jurar también a su sucesora en el trono. A continuación, proceden a formalizar el reconocimiento a la princesa Isabel como heredera de los reinos y sucesora en el trono después de la reina. El acta no dice que los tres magnates juraran, sino que prestaron homenaje: “Este mesmo omenaje fisieron los dichos marqués de Villena e conde de Urueña e don Alonso Téllez Girón a la señora prinçesa e la reconosçieron por prinçesa destos reynos en defecto de fijo varón e después de sus días del rey e de la reyna por reyna dellos en defecto de fijo varón de los dichos señores rey e reyna”.
La ceremonia de obediencia se celebró al mes de residir los reyes en la villa, y no en el momento de la entrada. Las negociaciones con el marqués habían continuado todos esos días de estancia en la villa, hasta que se produjo el ansiado reconocimiento. La ceremonia no parecía subrayar la sumisión, sino el pacto. Otro acontecimiento destacable en aquella primera estancia en Madrid, que propició la difusión de mensajes propagandísticos, fue la recepción de una embajada inglesa. La audiencia estuvo encabezada por Thomas Langton, embajador del rey Eduardo IV 88. El motivo de esta embajada era más bien formal 87 88
RAH, ms. 9/7161, fol. 20r. Datos sobre esta embajada en L. Suárez, Política internacional..., I, pp. 150-151. Desde Madrid, Fernando manda a todos los puertos de mar castellanos que no cometan actos de piratería contra barcos ni naturales de los reinos amigos o confederados con Castilla (tampoco, curiosamente, contra los aragoneses). Aunque no los cita directamente, en esta carta debían estar incluidos los ingleses. En el mes de julio, desde Medina del Campo, concede poderes a Jofre de Sasiola para que medie en la cuestión de los robos y daños que se hacía en el señorío de Vizcaya a los vasallos ingleses. De ello se habrían quejado, expresamente, los embajadores ingleses que estuvieron en Madrid (véase, ibídem, docs. 39 y 40).
286
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 287
Los aires triunfalistas
(iniciar el acercamiento y la amistad entre los dos reinos), aunque también estaba presente cierto interés económico basado en el fortalecimiento del tráfico mercantil entre las dos costas cantábricas. La presencia de embajadores en Madrid proporcionaba la posibilidad de emitir mensajes propagandísticos también fuera de las fronteras del reino. Al tener lugar en una villa recientemente sometida a la obediencia regia, pondría de manifiesto ante la corte inglesa la seguridad con la que Isabel y Fernando estaban asentados en el trono castellano. Pero, además, como ocurre siempre en el curso de las audiencias a embajadores extranjeros, la propaganda podía también ser enfocada hacia el interior del reino. Los honores mutuos que se prodigaban los reyes de los dos reinos implicados en el encuentro ponía ante los ojos de los vecinos de la villa rebelde, y de los de los tres nobles que acababan de ingresar en su obediencia, el prestigio de los monarcas a los que habrían de servir y obedecer en adelante. El reconocimiento de la preeminencia real por un rey extranjero habría de redundar en la veracidad de la imagen de la legitimidad que los vecinos de Madrid no tenían ya más remedio que asumir y, también, reconocer. Hay noticias cronísticas de esta embajada en la obra historiográfica de Alfonso de Palencia. Si hemos de creer su relato, al parecer, la audiencia resultó accidentada. A veces el efecto de la propaganda puede verse perjudicado por circunstancias no intencionadas. Los reyes estaban sentados en sus sillas reales sobre un tablado. Contiguo a éste había otro tablado desde el que el orador inglés pronunciaba su discurso. Repentinamente, cuando llevaba ya un rato hablando, se hundió el tablado, con embajador incluido. No obstante, comenta Palencia, el orador siguió su discurso como si nada hubiera ocurrido. Añade el cronista que fueron los reyes los que, en persona, contestaron el discurso del orador inglés con otro discurso, hecho a destacar, puesto que la palabra real posee una fuerza simbólica añadida que falta cuando el discurso se emite por medio de un portavoz. Quizá era una forma de compensar el fiasco escenográfico de la audiencia 89. 3.2. Viaje por tierras extremeñas: ceremonias de acción de gracias en Guadalupe Tras la estancia en la recién incorporada villa de Madrid, Isabel y Fernando volvieron a separar sus itinerarios. Isabel se dirigió hacia Extremadura, realizando en Guadalupe la primera de una numerosa serie de visitas al monasterio jerónimo. Alfonso de Palencia dice que el objetivo de la visita había sido trasladar el cuerpo del rey Enrique hasta el lugar que eligió antes de morir para ser sepultado. Isabel aparecería, por tanto, como una hermana leal con los lazos fraternos, pero el relato del cronista no parece demasiado veraz, pues hay indicios que apuntan a que el rey yacía ya en Guadalupe y que había sido trasladado por 89 El relato sobre la embajada en A. de Palencia, Crónica de Enrique IV..., Década III, Libro XVIII, cap. VIII.
287
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 288
Ana Isabel Carrasco Manchado
los parientes del cardenal Mendoza, que fue quien se hizo cargo de las exequias reales y del cumplimiento de la última voluntad del monarca en todo lo tocante a su enterramiento 90. Esta primera visita de Isabel al monasterio de Guadalupe, cuando se cumplía poco más de un año de la victoria de Peleagonzalo, y unos meses de la entrega completa de la fortaleza de Toro, tenía como finalidad la celebración de todos estos triunfos sobre sus rivales 91. Era el colofón perfecto a la serie de ceremonias oficiadas en Toledo tendentes a perfilar el carácter providencial del triunfo. El monasterio, además de su importancia religiosa, mantenía una vinculación especial con los reyes portugueses, razón que justifica sobradamente la presencia de Isabel esos días, teniendo en cuenta, además, que su intención era continuar la labor de pacificación por Extremadura. También el rey Fernando de Aragón visitaría Guadalupe, algún tiempo después, en su trayecto hacia Sevilla. De momento, permanecerá en Medina del Campo, en donde residirá con parte de la corte varios meses, ocupado en asuntos de distinta índole, realizando algunas salidas por la zona de entre Salamanca y Zamora y supervisando la rendición de la fortaleza de Cantalapiedra y Sieteiglesias. El suceso ceremonial más destacado de aquellas fechas, por lo que respecta al príncipe de Aragón, fue la recepción de la embajada borgoñona. Esta nueva audiencia concedida a embajadores extranjeros le proporcionaba nueva ocasión para emitir mensajes propagandísticos, y esta vez con mayor realce, ya que Isabel no se encontraba junto a él para disputarle la precedencia. La duquesa de Borgoña envió a su embajador para intentar un nuevo acercamiento a Castilla, después de haber comprobado la ambigüedad de la postura del rey francés. Se conserva el razonamiento expuesto ante el rey Fernando por el embajador de Borgoña, lo que indica el deseo de perpetuar la memoria del acontecimiento 92. Mientras, Isabel se encontraba en Guadalupe, en donde residirá varias semanas. Este importante monasterio, tan cerca como estaba de Portugal, desde hacía años mantenía buenas relaciones con el reino frontero y con sus monarcas, 90
El relato de Alfonso de Palencia en ibídem, Década III, L. XVIII, C. VIII. Sobre estas presuntas nuevas exequias oficiadas al rey por Isabel, A. I. Carrasco Manchado, Discurso político..., pp. 434-437. 91 Se ha afirmado que Isabel ya había visitado el monasterio dos veces desde que comenzó su reinado, una, junto a su marido, en septiembre de 1475, y otra en la primavera de 1476, junto al cardenal Mendoza, para asistir a unos funerales por su hermano –Palencia confundiría, quizá ésta con la visita de 1477–, pero lo cierto es que no coincide ninguna de esas dos primeras estancias con los datos del Itinerario de Rumeu de Armas. Sobre las estancias de los reyes en Guadalupe, E. Escobar y Prieto, “Visitas de los Reyes Católicos a Guadalupe”, Guadalupe, vol. 2 (1908). Recientemente, A. Álvarez Álvarez, “Guadalupe, paraíso de la Reina Católica”, en Isabel La Católica: reina de Castilla, Barcelona, 2002, pp. 357-386. 92 “Aquí comiença un traslado de la fabla quel enbaxador de la duquesa de Borgoña fiso al muy illustre e sereníssimo rey don Fernando delante muchos cavalleros en Medina del Canpo en el año de mill e quatroçientos e setenta e syete”, BNE, ms. 3666, fols. 53-56v, discurso editado por M.V. Campo en Bulletin de l’Association des Amis du Centre Jeanne d’Arc, 18 (1994), pp. 23-49. El día 3 de agosto mandaba Fernando redactar unas instrucciones para los embajadores que partirían a la corte del fallecido duque de Borgoña, Juan Ramírez de Borgoña y Lope de Valemesorín, con la respuesta a la embajada de la duquesa (tales instrucciones fueron editadas y analizadas por V. Calmete, “Une embasade espagnole à Bourgogne en 1477”, Bulletin Hispanique, t. 7 (enero-marzo) 1905, pp. 34-37).
288
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 289
Los aires triunfalistas
incluido el propio Alfonso V, que todavía se titulaba rey de Castilla. En la capilla de Santa Catalina estaban enterrados los reyes de Portugal Dionís y Juana, y contaban con varias capellanías dotadas con treinta y un mil maravedís al año. Alfonso V de Portugal había visitado Guadalupe en 1458, para pedir por la recuperación de su salud, resentida a causa de unas fiebres malignas. Ofreció por entonces al monasterio varias ofrendas: una escultura representando un ángel de plata, un portapaz de oro y piedras preciosas, y la rosa de oro, un honor especial que el papa concedía sólo a unos pocos monarcas elegidos 93. Por otra parte, Isabel era consciente del vínculo de afecto que había unido al rey Enrique IV con el monasterio, y no podía pasar por alto el hecho de que, a la muerte del rey, el cabildo se hallaba dividido en dos bandos, hasta el punto llegar a promover el alzamiento en La Puebla, como reyes de Castilla, en favor de su hija Juana y de Alfonso de Portugal. A finales de marzo de 1475, Alfonso V había escrito una carta al prior del monasterio, que por esas fechas era Juan de Guadalupe, comunicándole su deseos de celebrar en el monasterio su matrimonio con Juana. Las divisiones del capítulo, dividido entre los partidarios de uno y otro bando, abortaron el proyecto y el rey tuvo que formalizar la ceremonia, primero en Trujillo, por palabras de presente, y finalmente en Plasencia. Sin duda, el monasterio de Guadalupe hubiera sido un lugar más apropiado para celebrar la proclamación 94. El grupo de poder partidario de Isabel se había hecho con el control de la situación, como se manifiesta en su contribución económica a la guerra. Pero, no obstante, Isabel debía visitar el monasterio para asegurar los resortes de su fidelidad. Esta fidelidad quedó expresada, pues se celebraron diversas ceremonias litúrgicas de acción de gracias a la Virgen de Guadalupe, por las victorias conseguidas sobre sus enemigos. La reina instituyó en el monasterio una capellanía a honra de la Inmaculada Concepción, en recuerdo de la victoria de Toro 95, gesto devoto que repitió en varias ocasiones a lo largo de su recorrido triunfal por el territorio. 3.3. “Vino a Trujillo para pacificar Extremadura”: la entrega de la fortaleza y otros vanos propósitos propagandísticos La reina abandonó La Puebla de Guadalupe en torno al día 12 de mayo de 1477 y se dirigió con los cortesanos que la acompañaban a la ciudad de Trujillo, adonde llegó a los pocos días. El objetivo del viaje era tomar la fortaleza al asalto 93
La devoción de los reyes portugueses por la virgen de Guadalupe no acaba con este rey. Su hijo Juan también entregó ofrendas y el rey Manuel concedió un privilegio para que las ovejas del monasterio pudieran pastar en la Sierra de la Estrella todos los veranos, hasta un número de 15.000, lo que resultaba inusitado para un monasterio que no era portugués (véase G. Rubio, Historia de Nuestra..., pp. 99 y 238239. Sobre las relaciones del monasterio con Portugal, véase Isabel M. R. Braga, “Portugal e o mosteiro de Guadalupe. Relaçoes históricas na segunda metade do século XV”, en Congresso Internacional Bartolomeu Dias e a sua época, Oporto, 1989, vol. V, pp. 661-676. 94 G. Rubio, Historia..., p. 108. 95 Ibídem, p. 233.
289
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 290
Ana Isabel Carrasco Manchado
u obligar al alcaide, Pedro de Baeza, a entregarla 96. Era el primer tramo de su proyecto de pacificación de Extremadura que pretendía conseguir antes de dirigirse a Andalucía. En su compañía viajaba el cardenal Mendoza, el almirante Alonso Enríquez, el conde de Cifuentes, el adelantado mayor de la Frontera, Pedro Enríquez, los obispos de Segovia y de Córdoba (el incondicional capellán real Alonso de Burgos), y otros caballeros de su consejo 97. Pero la presencia que resultaba más importante era la del marqués de Villena, Diego López Pacheco, que había acudido a Trujillo para cumplir los términos de la capitulación recientemente firmada, concernientes a la entrega de la fortaleza de la ciudad. Trujillo había sido enclave fundamental del partido legitimista de Juana, como lugar controlado por el marqués de Villena. En la ciudad había sido proclamada reina de Castilla y de León la hija del rey, el día 1 de mayo de 1475. El estado de la lucha de bandos existente en la ciudad, y la marcha de la guerra, favoreció al partido isabelino y en el mes de abril de 1476, Luis de Chaves consiguió que la población levantase pendones por Isabel y Fernando, iniciándose entonces el cerco a la fortaleza, que concluirá el 24 de junio de 1477. El negocio de la entrega del alcázar fue arduo, puesto que el alcaide Pedro de Baeza, leal al pleito homenaje que en su día prestara como alcaide, se negaba a entregarlo y la reina tuvo que permanecer en Trujillo hasta finales del mes de junio, momento en el que se formalizó finalmente la entrega 98. Pero hay otra cuestión, relacionada con la vertiente propagandística de la estancia de la reina, sobre la que conviene detenerse. En el relato cronístico de esta visita, el cronista Alfonso de Palencia menciona la preparación de un proyecto ideado, según este autor, por el círculo de cortesanos próximos a Isabel. El proyecto consistía en reunir una gran tropa y penetrar en el reino de Portugal para dirigirse al monasterio de Batalha, donde el pendón real castellano del rey Juan I testimoniaba la derrota del rey castellano en Aljubarrota, según el cronista “para perpetua ignominia de nuestro pueblo” 99. Palencia afirma que el proyecto se puso en marcha y que se consiguió reunir una gran tropa: pidió a los sevillanos un contingente de 300 lanzas, de 100 a los de Jerez, 50 a Carmona, 80 a Écija, 200 a Córdoba, al duque Enrique 300, al marqués de Cádiz 200, otras tantas al adelantado de Andalucía Pedro Enríquez y 300 al maestre de Calatrava Rodrigo Girón; también requirió que enviaran hombres a otros señores, residentes en los confines de Portugal, al comendador Alfonso de Cárdenas, a Gómez Suárez de Figueroa, encargado de la defensa de Badajoz, y al clavero de Alcántara, Alfonso de Monroy. No obstante, Palencia añade que las necesidades del momento vinieron a frustrar “tan vano propósito” y pasa a contar cómo se entregó la fortaleza de Trujillo. 96
Datos de J.L. del Pino García, “El cerco de la fortaleza de Trujillo (1475-1477)”, Anuario de Estudios Medievales, 16 (1986), pp. 495-518. 97 E. Escobar Prieto, “Los Reyes Católicos en Trujillo”, Revista de Extremadura, (1904), pp. 485. 98 Sobre las concesiones que realizó Isabel a fin de ganarse la adhesión de la ciudad, véase C. FernándezDaza Alvear, Trujillo y su tierra en la Baja Edad Media, Madrid, 1991, pp. 183-184. 99 A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXIX, C. II.
290
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 291
Los aires triunfalistas
Esta información que introduce Palencia en su relato nos resulta un tanto sospechosa. Es posible, en efecto, que, llevados por un afán propagandístico, los más próximos a Isabel pudieran idear un proyecto como éste que sería el epílogo ideal de la ceremonia organizada en Toledo a principios de año, en la que se procedió a ofrecer al difunto Juan I las banderas expoliadas a los portugueses en la batalla de Peleagonzado, según hemos relatado. Digamos que entra en la “lógica propagandística” del periodo. Sin embargo, lo que no creemos fundado es que Isabel aceptara llevarlo a la práctica, sobre todo encontrándose en esas circunstancias pendiente del cerco a la fortaleza de Trujillo. Es cierto que Isabel solicitó a las ciudades andaluzas el envío de contingentes y acudieron a Trujillo las huestes de Sevilla, Carmona, Jerez, Écija y Córdoba, y las tropas de Alonso de Monroy, clavero o maestre de Alcántara 100, pero el objetivo era apoyar el sitio de la fortaleza y no ser enviadas a cumplir esa otra misión, que obedecía a propósitos propagandísticos, más que militares. Es difícil averiguar cuál era la intención del cronista en este punto (si ironiza sobre el proyecto o si realmente él está deseando que tal restitución de “la honra perdida del reino” se llevara a cabo). En cualquier caso, fuera esta una idea de los cortesanos de Isabel o del propio cronista, creyera en ella Isabel o no, se trataría de una empresa de carácter típicamente propagandístico que sigue la línea del discurso vindicativo que gira en torno al suceso de Aljubarrota, puesto en marcha por otros cortesanos y escenificado por los propios reyes en Toledo. Conviene tener en cuenta que desde el punto de vista portugués la victoria de Aljubarrota se había constituido desde hacía tiempo en un referente clave sobre el que la dinastía de Avís construyó parte de su identidad simbólica. Los efectos de esa propaganda fueron penetrando con el paso del tiempo en la conciencia de algunos castellanos y en su “pundonor patriótico”. Puntualizando al cronista Palencia hay que decir que los despojos castellanos de la batalla de Aljubarrota no habían consistido únicamente en el pendón real, sino también en varias reliquias que el rey castellano pidió prestadas a la catedral de Burgos para hacer uso de ellas durante la batalla. Las reliquias, muy importantes, pues todas ellas se vinculaban con la muerte de Cristo, nunca fueron recuperadas. Que se sepa, al menos, en el siglo xvi, el pendón real de Juan I no se encontraba en Batalha, tal y como suponía el cronista Palencia, sino en Lisboa 101. A principios del xvi pueden rastrearse otros testimonios de este pundonor patriótico, a 100
Ibídem, p. 486. Un cronista que escribía en ese siglo una obra titulada Sumario del linage e chrónicas de los Reyes de Portugal, consigna la calidad y destino de aquellos despojos: “Un cofre que tenía dentro una cruz de oro muy rica con quatro piedras de gran prescio y dentro en ella el madero de la Sancta Vera Cruz con una espina de la corona de Cristo e uno de los treynta dineros por que fue vendido, las quales reliquias el rey avía traydo de la yglesia mayor de Burgos que allí más no volvieron, óvolas el condestable y agora están en el monasterio del Carmen de Lisboa, que él mandó hacer, y así quedó la cruz y caldera de la capilla del rey, que el arçobispo de Braga llevó y está en la yglesia mayor de la çibdad de Braga. Y la vandera real está en Lisboa, y la caldera del real está en el monesterio de Alcobaça puesta sobre una hornaça en la qual callentan agua el jueves de la çena para lavar los pies a los pobres” (RAH, ms. 9/491, fols. 34r-v).
101
291
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 292
Ana Isabel Carrasco Manchado
propósito de las molestias que suscitaba entre los castellanos lo que se había convertido ya en una fiesta patriótica portuguesa, y dinástica, como la anécdota que refiere Melchor de Santa Cruz: “Los portugueses hacen fiesta en Lisboa cada año el día que fue la batalla de Aljubarrota. Entrando fray Hurtado a besar las manos al rey, dixo el rey: «¿Qué os parece nuestra fiesta? Celebran en Castilla fiestas por semejantes vencimientos?». Respondió fray Juan, porque le dolió: «No se hazen, porque son tantas las victorias las nuestras, que cada día sería fiesta y morirían los oficiales de hambres»” 102.
El mito portugués de Aljubarrota tenía, por tanto, tal fuerza, que no es de extrañar que, a propósito de la guerra de sucesión entre Isabel y Juana, se intentara imitar desde la vertiente castellana partidaria de Isabel, como una estrategia de propaganda antiportuguesa, tomando como referente la victoria en Toro. Por tanto, no sería descabellado pensar que tal proyecto cupiera en la mente de alguno de los agentes del círculo de Isabel dedicados a elaborar estrategias de propaganda, quizá el propio Alfonso de Palencia. Pero, aunque no se llevase a cabo este “vano propósito”, la propaganda real no estuvo ausente de la corte de Isabel en Trujillo por esas fechas. Algunos momentos de espera, hasta que se culminara la entrega de la fortaleza, se ocupaban con actividades de recreo típicamente cortesano. El número de nobles que rodeaba a Isabel era nutrido. Entre los que habían acudido se encontraba Alonso de Monroy, controvertido personaje cuya actividad basculaba entre la adhesión al bando castellano o al portugués, según se reconociera o no su posesión del maestrazgo de la Orden de Alcántara. Por esas fechas, Monroy había acudido a Trujillo a ponerse al servicio de Isabel 103. Para halagar al clavero-maestre y buscando fomentar su ánimo guerrero, se amenizaban las horas de espera en la residencia regia con coplas que entonaba cierto truhán o loco de corte, en las que se cantaban los recientes triunfos que había protagonizado en el interior de las fronteras de Portugal.
102
M. de Santa Cruz, Floresta española, floresta general, bibliófilos madrileños, Madrid, 1910, p. 20. Resulta curioso, y significativo también, el testimonio de un observador que escribía ironizando sobre la fiesta celebrada en Lisboa en el año 1545, en la que estuvo presente: “Sermón de un religioso portugués en la fiesta anual conmemorativa de la batalla de Aljubarrota y la respuesta de un religioso oyente” [con las glosas de Diego Hurtado de Mendoza], BNE, ms. 9394, fols. 528-556; otro ejemplar sobre el mismo episodio, en Biblioteca de Santa Cruz, “Sermón de Aljubarrota”, ms. 326, fols. 106-134. Existe edición en Sales españolas o agudezas del ingenio nacional, recogidas por A. Paz y Melia, Primera Serie, Madrid, 1890, 103-225. 103 El clavero o maestre de Alcántara Alonso de Monroy tuvo un papel activo en la entrega de la ciudad de Trujillo. Isabel y Fernando le habían confirmado en el maestrazgo en enero de 1476, si bien, unos meses después, cuando se produce el ingreso en la obediencia regia de Juan de Estúñiga, el otro pretendiente al maestrazgo, los reyes, confirmaron también a este último el título de maestre (J.L. del Pino García: “El cerco de la fortaleza...”, pp. 512-516).
292
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 293
Los aires triunfalistas
“La reyna doña Ysabel vino a Trugillo para pacificar toda Estremadura. Luego vino allí el clavero a besar las manos a la reyna, ella le reçibió muy bien y se tuvo por muy servida dél por todas las guerras que avía hecho contra el rey de Portugal y hiciéronle aquella saçón muchas coplas en que recontavan las cosas quél avía hecho contra los portugueses, hiçiéronse a la batalla que huvo con los portugueses junto al mojón del Guadapero y un loco las cantava delante de la reyna, tantas heran las mercedes que deseavan hacer al clavero” 104.
La reina se prestaba gustosa a favorecer la propaganda del caudillo, puesto que necesitaba retener en sus filas a Monroy, uno de los hombres más poderosos de la zona extremeña. 3.4. “Segúnd que ge lo pedían por merced”: la entrada real de Isabel en Cáceres A los pocos días de haber sido entregada la fortaleza de Trujillo, la reina parte en dirección a Cáceres, adonde llega el día 30 de junio de 1477. Antes de franquear las puertas de la muralla la reina debía jurar solemnemente los privilegios, buenos usos y costumbres de la villa, porque era ésta la primera vez que la reina visitaba Cáceres. Existe un testimonio escrito que documenta la realización de este juramento. Se trata de un traslado hecho en 1522 de la escritura original de juramento fechada el día 30 de junio de 1477 y redactada por Luis González de Cáceres, escribano público de Cáceres y su tierra 105. La reina llegaba a una ciudad en la que la lucha de bandos era un mal endémico. Desde los elevados torreones los linajes cacereños se hacían constantemente la guerra. Estando en Madrigal, en mayo del año anterior, Isabel y Fernando habían ordenado ya el desmochamiento de los torreones al nivel del caserío y la destrucción de sus defensas, con la excepción de los torreones de algunos de sus más leales partidarios en la ciudad, como la fortaleza del capitán Diego de Cáceres y Ovando, al que premiaron de ese modo los servicios prestados en los sucesos de Toro 106. Hay que recordar que, hasta mediados de marzo de 1475, la villa de Cáceres no había concedido la obediencia a Isabel. La demolición de torres y casas 104
Analizaremos las coplas que se cantaban en aquella circunstancia cuando nos ocupemos del análisis del discurso (la noticia y los versos los recoge el autor de la crónica escrita sobre este personaje, Alonso Maldonado, Hechos de don Alonso de Monroy, clavero y maestre de la orden de Alcántara, ed. Memorial Histórico Español, VI, Madrid, 1853, pp. 106-107. La reina no sólo tuvo que favorecer de manera simbólica a los magnates de Extremadura, también se vio obligada a concederles mercedes para atraerles a su partido (J.L. del Pino García, ibídem, p. 506). 105 Se encuentra en el Archivo Municipal de Cáceres y fue transcrito por A. C. Floriano, La villa de Cáceres y la Reina Católica, II, Cáceres, 1917, pp. 119-124. 106 M.A. Ortí Belmonte, “Cáceres bajo la Reina Católica y su camarero Sancho Paredes Golfín”, Revista de estudios extremeños, 1-4 (1954), p. 205. La reina escribió al concejo, dando las gracias por la obediencia, el día 20 de marzo, desde la corte de Valladolid, “Índice de los documentos”, p. 502; otro ejemplar en BNE, ms. 430, fol. 339-340), pero, a pesar de la adhesión declarada, la villa vivía su particular guerra civil.
293
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 294
Ana Isabel Carrasco Manchado
fuertes tiene una vertiente defensiva, pero también simbólica, ya que transmite la memoria de la “traición”. Isabel, cuando entró en la ciudad se dio cuenta de que las disposiciones sobre estas demoliciones no se habían cumplido. La fidelidad de la ciudad no estaba asegurada plenamente, pero la situación era algo más favorable después de la entrega de Trujillo y del cambio de actitud del marqués de Villena. Así pues, era éste el momento más oportuno para realizar esta entrada legitimadora por la cual Isabel tomaba posesión simbólica para su corona de la villa enclavada en un territorio rebelde. Antes de llegar a la villa, la reina se aseguró, por medio de sus aposentadores, de que hubiera residencias adecuadas para todos los magnates, prelados y miembros de su consejo que la acompañaban. En su corte seguían los destacados personajes que se encontraban con ella en Trujillo: el cardenal Mendoza, el almirante Alfonso Enríquez, el marqués de Villena Diego López Pacheco, el conde de Cifuentes Juan de Silva, el adelantado mayor de la frontera, Pedro Enríquez, y los obispos de Segovia, Juan Arias Dávila, y de Córdoba, Alonso de Burgos. Los miembros de su consejo eran Gutierre de Cárdenas, Rodrigo Maldonado y Juan Díaz de Alcocer. Los nobles se alojaron en varios de los magníficos palacios de la nobleza cacereña y los prelados en el palacio episcopal de la mitra de Coria, que estaba vacante. La reina recibió aposentamiento en la casa del padre del que sería nombrado poco después su camarero, Sancho Paredes Golfín (del linaje de los “Golfines de Abajo”). Los aposentadores ordenaron construir nuevos cerramientos en las salas que iba a habitar la reina 107. Conviene notar que el marqués de Villena, de acuerdo con su nueva actitud política, continúa acompañando a la corte. Él es uno de los destinatarios de la propaganda regia de legitimación desplegada en este viaje por Extremadura. Siguiendo el acta notarial de la ceremonia de entrada real, los hechos sucedieron de este modo. Isabel llegó con su importante comitiva ante la Puerta Nueva, la puerta principal de la muralla. Por la parte exterior esperaban las autoridades ciudadanas, caballeros y escuderos de la villa. El bachiller Fernando Mogollón, se adelantó ante la reina y, “finados los hinojos ante su Alteza”, pidió que jurase los privilegios, pronunciando un breve razonamiento que en el acta recibe el nombre de “suplicación”. En este razonamiento recordaba algunos gestos de lealtad de la villa, como el envío de procuradores a la corte de Valladolid en 1475, para dar la obediencia, insistiendo en la exposición a grandes peligros, debido a disensiones internas. La reina, sin añadir nada por su parte, se acogió a los términos propuestos para el juramento, asintió y juró solemnemente: “En un libro misal que delante le pusieron por el nombre de Dios e de Santa María, e por las palabras de los Santos Evangelios que en él estavan escriptas, de lo thener e complir todo asy´, segund que gelo pedían por 107
M.A. Ortí, “Cáceres”..., pp. 223-224.
294
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 295
Los aires triunfalistas
merced; e de no yr ni venir contra ello ni contra parte dello, en ningund tiempo, e dixo: si juro e amén” 108.
El acta del juramento no añade más. No dice que se produjera acto seguido el gesto del besamanos por parte de las autoridades, gesto que simbolizaba la confirmación de la obediencia prestada y la sumisión de la villa. La ausencia de mención al besamanos podría interpretarse, bien como olvido de un escribano poco meticuloso (o reticente a dejar constancia escrita de la sumisión de la villa) o como expresión de una actitud poco sumisa ante el poder real por parte de las autoridades, hecho que conectaría con el perfil político de una villa fuertemente aristocratizada. Desde el punto de vista de la realeza, llama la atención el hecho de que Isabel subrayara que el juramento que se disponía a prestar lo efectuaba en concepto de “merced”. Sería una forma de encubrir la obligación de jurar impuesta a los reyes en las ceremonias de primeras entradas, obligación que menoscaba la imagen de su soberanía. Si la reina declara que jura en concepto de merced, está negando con ello la obligación que se le impone. Pero, el bachiller Fernando Mogollón, en su súplica, en ningún momento pronuncia el término “merced”; el bachiller, que es el portavoz autorizado del concejo, “suplica y requiere” a la reina la realización del juramento, sin añadir que esa súplica y requerimiento sea en concepto de merced real hacia la villa. Se percibe así cómo la reina cambia el significado del rito, convirtiendo una prerrogativa ciudadana frente a los reyes, en un acto derivado de su gracia real. Al recibimiento real habían sido convocados todos los grupos sociales de la villa: la nobleza, que se distribuyó en dos grupos, según los dos bandos de la ciudad, los del “linaje de arriba” y los del “linaje de abajo” (o los de la “fila alta” y “la fila baja)”; los oficios, y los judíos y mudéjares. La articulación social de la villa quedaba así representada de una manera jerárquica. Al cabo de unos días, Isabel ordenó la nueva composición del regimiento de la ciudad. El día 9 de julio, en un acto público que tuvo lugar en el sitio donde se reunía el concejo habitualmente, fueron desfilando los cien nobles e hidalgos más importantes de la villa, y juraron ante la reina y sus cortesanos las nuevas ordenanzas que regulaban la composición del regimiento. El secretario real Fernando Álvarez de Toledo leyó en voz alta las nuevas ordenanzas concejiles, las de los bandos y las ordenanzas de las torres y casas fuertes. Cada uno de los caballeros, escuderos, hidalgos, vecinos de la villa, juraron las ordenanzas e hicieron pleito homenaje, jurando, asimismo, que no tomarían las armas sino por mandato real. La reina por su parte, en virtud de su poder real absoluto, les eximía de cumplir cualquier juramento prestado anteriormente 109. Este acto público sellaba una nueva forma de organizarse los poderes en la villa pero, además, escenificaba el nuevo control que la autoridad real ejercería sobre la vida política de Cáceres. 108 109
A.C. Floriano, La villa..., II, pp. 120-122. M.A. Ortí, “Cáceres”..., p 234.
295
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 296
Ana Isabel Carrasco Manchado
4. La vertiente ritual y simbólica de la pacificacion de Andalucía 4.1. “Iba montada en un caballo enjaezado ricamente con paramentos de oro”: Isabel entra en Sevilla El traslado de la corte a Andalucía tendrá una importancia clave para el desarrollo de la guerra. La tregua momentánea con Alfonso de Portugal permitía disponer de tiempo para acometer la pacificación y el sometimiento de un territorio que mantenía una posición ambigua respecto al problema sucesorio. La presencia regia en Andalucía propició la incorporación a la obediencia isabelina de los nobles andaluces, que hasta entonces se habían reservado altas cotas de poder, manifestando una postura ambivalente ante la guerra, hostil a veces, otras indiferente, pero nunca enteramente entregada a los reyes por los que parecían decantarse. Los preparativos para el recibimiento de Isabel se venían tratando en el concejo desde, al menos, un mes antes 110. La reina envió desde Cáceres a sus aposentadores Gutierre de Toledo y Diego de Valladolid el día 4 de julio, para disponer el asentamiento de la corte 111. La ciudad no iba a escatimar gastos. Para el recibimiento y alegría por la visita de la reina se contaba con, al menos, doscientos mil maravedíes que se descontarían del sueldo de los oficiales de la ciudad, tal y como se decidía en el acto capitular del lunes 14 de julio de 1477 112. De este modo, el coste de la ceremonia no se hace recaer en el grueso de la población, cuya situación económica no debía de ser muy boyante. Es de suponer que los oficiales del concejo esperarían de los reyes una recompensa posterior a este sacrificio que ahora hacían. La colaboración con la propaganda real no dejaba de ser un gesto de fidelidad y un servicio a la realeza. En este caso Isabel y Fernando no se lo habían puesto nada fácil: al entrar en la ciudad de forma separada, se multiplicarían los gastos. Las autoridades municipales no actuaban al margen del personaje más poderoso de la ciudad, el duque de Medina Sidonia, que seguía de cerca las disposiciones del concejo. Fue él quien recomendó a los oficiales que ordenaran para ese día la fiesta del Corpus Christi, la fiesta más importante de la liturgia ciudadana 113. El duque conocía los efectos propagandísticos que aportaba esta 110
Esta visita real fue descrita por J. Gestoso y Pérez, Los Reyes Católicos en Sevilla (1477-1478), Sevilla, 1891, basándose en las disposiciones registradas tanto en el Libro de Actas del Concejo, como en el Libro del Mayordomazgo. Las ceremonias de esta visita han vuelto a ser revisadas en la monografía de A. del R. Romero Abao, “Las fiestas en Sevilla en el siglo xv”, en Las fiestas... 111 R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., II, doc. 187, pp. 55-56. 112 J. Gestoso, Los Reyes Católicos..., p. 48-49. Recordemos que los recibimientos de los reyes en Burgos les habían costado a la ciudad 300.000 mrs. (cada una de las entradas reales). 113 “El viernes 27 de junio, en este cabildo fue dicho a los dichos oficiales por don Pedro Nuñez de Guzmán, alguacil mayor, en cómmo bien sabía su merced quél tenía cargo de fazer salir los juegos y danzas quando la reyna nuestra señora mandase fazer la fiesta del Cuerpo de Dios, que agora el señor duque le avía dicho que le parescía que se devía fazer la dicha fiesta y salir al rescibimiento quando la reyna nuestra
296
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 297
Los aires triunfalistas
fiesta en la que se aglutina el sentimiento de comunidad y de unidad del orden social con el político. Sabía también que esto debía resultar grato a la reina. De hecho, comienza ya a ser habitual el que los reyes hicieran coincidir muchas de sus ceremonias con la fiesta del Corpus, cuyo día de celebración movían en función de sus intereses 114. Las autoridades no tendrían nada que objetar, puesto que esta decisión de unir ceremonias distintas, les permitía ahorrar gastos. El trayecto seguido por la reina y su corte desde Cáceres viene cuidadosamente anotado en el Cronicón de Valladolid. Isabel atravesó por tierras de la orden de Santiago y se entrevistó con el comendador mayor de la orden, Alonso de Cárdenas, en Valencia, un lugar que estaba a cuatro leguas de Oliva, el día 14. Sin duda, allí debieron hablar sobre la pronta concesión del título de maestre de Santiago al comendador, tal y como éste esperaba, después de que Isabel consiguiera para su marido la administración de la orden. Cárdenas agasajó a Isabel durante ese día, organizando para ella una corrida de toros. Por el resto de lugares de la orden por donde pasó, le ofrecieron presentes. El jueves, día 17, llegaron a Cantillana, lugar perteneciente a la cámara del arzobispado de Sevilla. Allí permanecería varios días, hasta el domingo. Aquellos días fueron días ocupados en fiestas privadas, en las que los nobles disponían de la persona de la reina para honrarla, esperando, así, obtener favores. El cardenal Mendoza “hizo sala”, pagó la cena, la noche del jueves. Pero fueron también días dedicados a la preparación de los atavíos y arreos que emplearían el día de la entrada Isabel y su comitiva principal, su entorno inmediato que enmarcaba la figura regia. Miguel Ángel Ladero ha registrado los gastos que le acarrearon a Isabel la representación de su porte regio en la entrada y la forma en que apresuradamente tuvieron sus oficiales que conseguir el dinero, pues la reina no contaba con traje apropiado ni arreos para lucir en una ciudad como Sevilla. El doctor de Lillo reunió la cantidad de 713.300 mrs. En torno al treinta y cinco por ciento de esta cantidad procedía de la plata que habían prestado las iglesias para emplear en la guerra contra Portugal 115. El hecho de que Isabel estuviera dispuesta a “empeñar” de este modo su conciencia religiosa, empleando para comprar telas lujosas un dinero que las iglesias habían dado para financiar tropas, da idea de la importancia que concedía a la representación propagandística de su realeza. señora entrase, y asimismo dixo que devían salir al dicho rescebimiento todos los negros que oviese en esta cibdad”, J. Gestoso, ibídem, p. 9, n.º 1. Este dato es un ejemplo de actividad desarrollada conjuntamente entre los distintos grupos de poder de la ciudad para organizar un evento de la propaganda regia. 114 Recordamos aquí que el rey Alfonso V hizo coincidir su entrada en Plasencia, para ser proclamado rey, con la fiesta del Corpus. En Valencia, la fiesta del Corpus se celebraba a expensas del deseo regio: Alfonso el Magnánimo propuso en 1427 que la fiesta se suspendiera ese año, pues iba a estar ausente de la ciudad, y el Corpus no se celebró hasta el año siguiente, el 3 de agosto, el día que regresó a Valencia. En fechas anteriores, en 1401, las autoridades decretaron la prórroga de la procesión hasta que el rey Martín llegara a la ciudad (véase S. Carreres, Ensayo de una bibliografía..., pp. 53 y 69; y también F. Massip Bonet, “Imagen y espectáculo del poder real en la entronización de los Trastámara (1414)”, en El poder real en la Corona de Aragón..., T. 1-3, p. 381). 115 Véanse las partidas de gastos y la procedencia de los ingresos en: M.A. Ladero Quesada, “Dos viajes de Isabel la Católica (Sevilla, 1477. Baza, 1489)”, Iacobus, 13-14 (2002), pp. 236-239.
297
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 298
Ana Isabel Carrasco Manchado
El domingo día 20 la comitiva regia llegó por el río a una legua y media de Sevilla, a un lugar llamado la Rinconada 116. Desde allí no se tardaba ya mucho en llegar a Sevilla, pero el recibimiento público, solemne, quedó pospuesto para algunos días más tarde, pues los trajes y arreos no habían terminado de ser confeccionados. En la aldea de la Rinconada la reina asistió a un primer recibimiento, el de las autoridades municipales, y otras personas notables, que se adelantaron para honrar de este modo a Isabel. Era el día 20 de julio, domingo, cuando llegó a la Rinconada y estuvo allí hasta el miércoles, por la noche, según el Cronicón. A este lugar acudió Alfonso de Palencia, para saludar a la reina y ponerle al corriente de las entretelas de la política sevillana. Según este autor, acudieron para besar la mano de la reina multitud de caballeros, autoridades y ciudadanos de Sevilla, el primero de todos el propio duque, que veía a la reina por primera vez. La noche del miércoles día 23, previa a la entrada, ofreció el duque una casa de su propiedad para el aposentamiento regio, a media legua de Sevilla, una casa llamada La Tercia, cerca de la iglesia de San Jerónimo. Alfonso de Palencia dice que el duque se ocupó de adornar las paredes de las estancias con tapices, y ofreció una cena espléndida, llena de manjares. No se olvidó de dar alojamiento también a todos los caballeros 117. Tantos honores declaraban ya su intención de expresar su adhesión a la reina. Al día siguiente, jueves 24 de julio, Isabel y todo su cortejo llegó a la puerta de la Macarena por la mañana, a las diez, tal y como recoge el Cronicón. Era la víspera de Santiago, la fiesta del patrón del reino, fiesta muy celebrada que añadía elementos sagrados a todo el evento. Iba montada en un caballo enjaezado ricamente con paramentos de oro, según la describe Palencia 118. Su atavío era espléndido, como solía serlo en estas ocasiones en los que la majestad real debía deslumbrar al pueblo. No en vano, la reina había gastado en su persona y séquito algo más del triple que el concejo en el recibimiento. En el brial y guarniciones de la reina y de su caballo primaba, a lo que parece, el oro y la plata; sus damas vestían de terciopelo negro y morado y carmesí o de ceutí verde, azul, plateado y blanco; los dos mozos de espuelas vestían de terciopelo verde y ceutí plateado, igual que los músicos que acompañaban el cortejo, dos atabaleros y seis trompetas. Los músicos llevaban “cubiertas” de paño verde y pardillo, en clara alusión a los colores de la divisa de Isabel. También vestían de verde y plata los dos ballesteros de maza. A continuación iban los dos reyes de armas, llamados, significativamente, España y León, vistiendo, por su mayor solemnidad, lobas moradas. El paje que llevaba el guión real, probablemente encabezando la comitiva, vestía de verde y el aposentador, de negro 119. Así pues, dejando a un lado el espléndido atavío regio, destaca el color predominante en los trajes de estos oficiales reales, oficiales de aparato: el verde, asociado al plata o al pardillo. 116
Cronicón de Valladolid..., pp. 130-131. Se ocupa de todo el recibimiento Alfonso de Palencia, en su Crónica..., Década III, L. XXIX, C. VIII. 118 Ibídem, y Cronicón..., p. 131. 119 Los colores de los tejidos en M.A. Ladero Quesada, “Dos viajes...”, pp. 237-239. 117
298
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 299
Los aires triunfalistas
Se trata de un color apropiado para la alegría del evento y un color con el que Isabel se identificaba completamente en esta primera fase de su reinado, color vinculado con su divisa personal. El séquito representaba la exaltación personal de la reina. La puerta de la Macarena había sido adornada con paño de brocado y carmesí. Las personas que fueron convocadas para participar en el recibimiento eran innumerables. Gestoso recrea este concurso: las autoridades de la ciudad, vestidas con sus ricas galas, en este caso, de terciopelo; el alguacil mayor Pedro Núñez de Guzmán, portador del pendón de la ciudad, que era el pendón que ostentaba la imagen del rey Fernando III bordado por ambas partes; personas del cabildo eclesiástico, arcedianos, canónigos, racioneros, ministros, cantores, músicos de la iglesia, parroquias con sus cruces, cofradías y comunidades de religiosas; obreros y maestros de las atarazanas y del alcázar; escuderos del Hospital Real, con sus sayos blasonados de castillos y leones; la aljama de moros y judíos, los gremios, que habían acudido con los juegos y danzas de la procesión del Corpus y, por último, los esclavos negros de la ciudad, que habían acudido conminados por una orden expresa del duque de asistir 120. Pero la gente de la corte era también numerosa. Sin contar a los grandes, que llevaban su comitiva particular, y a otros caballeros, Isabel paseó por las calles acompañada de sus capellanes, reyes de armas, pajes, trompetas, atabaleros, ballesteros de maza, cetreros, monteros de espinosa, mozos de espuela y de cámara, reposteros de estrados y de plata, y cinco pajes que llevaban antorchas, lo cual hace pensar que ya anochecía 121. Esta muchedumbre se juntaba con la congregada en torno a la puerta de la ciudad. El primer acto que tuvo lugar ante la puerta fue la lectura de un discurso pagado por la ciudad. Alfonso de Velasco se adelantó y pronunció un razonamiento, calificado por Alfonso de Palencia de elocuente discurso: “hizo gala de sus mejores dotes oratorias”. Era el razonamiento con el que la ciudad daba la bienvenida a su reina y en el que pedía que realizara el juramento de los privilegios. No se conserva, desgraciadamente, este ejemplo de oratoria ceremonial, pero, teniendo en cuenta los juicios tan críticos y puntillosos que suele hacer el cronista Alfonso de Palencia, él mismo destacado humanista, si elogió este discurso hemos de suponer que no faltaría ninguno de los elementos imprescindibles para trazar el panegírico de las personas regias. Si la ciudad pagó expresamente su confección debió ser una pieza de oratoria más larga de lo que hasta entonces se había escuchado en las entradas reales efectuadas por Isabel. Las breves palabras que pronunciaba el portavoz ciudadano, que en ocasiones era el propio escribano del concejo, no pasaban de lo que se consignaba en las actas como “súplica o requerimiento”. En este caso parece tratarse de un discurso o pieza de oratoria elaborada, que no se limita a demandar el juramento regio, sino que, además, sirve de transmisor de los saludos de bienvenida a la reina. 120
J. Gestoso, Los Reyes..., pp. 7-8. Los esclavos negros solían ser empleados en las entradas reales como danzarines. 121 Según J. Gestoso, ibídem, p. 9.
299
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 300
Ana Isabel Carrasco Manchado
Resulta, pues, una novedad en la dinámica de las primeras entradas reales del reinado de Isabel. Alfonso de Velasco actúa como el “portavoz autorizado” para emitir los mensajes de reconocimiento y sumisión al poder real. Pero este reconocimiento no es más que una abstracción canalizada y escenificada por los poderes que organizan las ceremonias de la realeza. Estas piezas de oratoria de bienvenida actúan de manera similar a los poemas de exaltación de la figura real emitidos en alguna ocasión en el tránsito de las entradas reales. Discurso de bienvenida y poemas son recursos retóricos para representar la vox populi ciudadana, fórmula cada vez más presente en las ceremonias regio-cívicas tanto en la Corona de Aragón, como en Castilla 122. Se trata de una forma de evitar los posibles conflictos que las entradas reales podían canalizar, propiciando la emisión de mensajes de protesta ante los reyes. En esta ocasión, también Isabel se preocupó de evitar esto: el regidor sevillano Alfonso de Velasco era uno de los “hombres” de Isabel, el encargado, precisamente, de custodiar la plata de las iglesias. A continuación, la reina, respondiendo a las expectativas de la ciudad, realizó el juramento solemne de los privilegios de la ciudad, tras lo cual, podía ya franquear la puerta de la Macarena. La reina cabalgaba bajo el palio de brocado carmesí con flecos bermejos que tenían preparado para tal efecto. El número de varas, según Gestoso, era ocho, portadas por ocho regidores convenientemente vestidos de terciopelo, pero Romero Abao, consultando los papeles del mayordomazgo, afirma que fueron catorce las varas que sostenían el palio, y que habían sido compradas al astero Garci Fernández. Las varas estaban aparejadas como convenía, y doradas con novecientos cuatro panes de oro por el pintor Martín Rodríguez. El palio sevillano parecía el de mayores dimensiones que había sido utilizado hasta la fecha en las entradas reales protagonizadas por Isabel 123. La entrada de la reina duró tres horas y media, según indicó el analista del Cronicón, una duración acorde con lo usual, dada la masa de personas que debía moverse por las calles 124. El trayecto seguido por la comitiva, teniendo en cuenta que la reina entró por la puerta de la Macarena, debió ser el mismo que realizó Fernando en su entrada de 1508: calle Maestra, Real, Alhóndiga, Espartería y Alfalfa, para bajar por la actual Cuesta del Rosario, hasta la catedral 125. El punto final del cortejo sería el Alcázar. No sabemos con seguridad si la reina se 122
Véanse nuestras apreciaciones sobre el poema de bienvenida dedicado a Fernando el Católico con motivo de su entrada en Barcelona, en 1473 ó 1472, en A.I. Carrasco, “Propaganda política en los panegíricos poéticos...”, pp. 251-523, y J.M. Nieto Soria, “La Realeza”, en Orígenes de la Monarquía..., p. 54. 123 Para la entrada del rey Enrique IV en Sevilla, también fue elaborado un palio de dieciseis varas (A. del R. Romero Abao, Las fiestas de Sevilla..., p. 131). El número de varas debía variar en las distintas ciudades en función del reparto de estos honores, acorde con la composición institucional de cada concejo, pues eran los regidores los que ostentaban tal honor. 124 Cronicón..., p. 132. En Valencia, en fechas bastante anteriores, en el periodo de 1336 a 1392, se había dado el caso de algunas entradas que duraban ocho o diez horas para un trayecto corto, véase R. Narbona, “Las fiestas reales...”, p. 466. 125 A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 130. Los recorridos ceremoniales en las ciudades estaban ya más o menos fijados y solían coincidir con el trazado para la procesión del Corpus, proyectando un efecto sacralizador similar.
300
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 301
Los aires triunfalistas
detuvo en la iglesia, aunque es de suponer que sí lo haría, puesto que Palencia, refiriéndose al recibimiento del rey, alude a la “visita a la catedral”, como veremos en su momento. En el caso de esta visita a Sevilla, se daba la circunstancia especial de que en la catedral se alzaba la Capilla Real con los cuerpos sepultados de los reyes castellanos del siglo xiii. La imagen de Santa María, conocida como la Virgen de los Reyes, que allí se custodiaba, estaba ligada al culto de esta capilla y al de los reyes difuntos. La figura de la Virgen estaba impregnada, además, con una leyenda que decía que había sido labrada milagrosamente por ángeles artífices 126. La imagen de Fernando III estaba cubierta de un carisma especial relacionado con sus campañas conquistadoras. La reina acudiría, seguramente, a orar en la catedral, como había hecho meses antes durante su entrada a Toledo, para dar gracias por su victoria sobre su rival. Un capítulo que debemos incluir son los regalos ofrecidos a la reina por el concejo. En este caso, como suele suceder en las ocasiones en las que los miembros de la familia real asisten a la fiesta del Corpus, la reina recibiría como presente las candelas de cera blanca decoradas con las armas de la ciudad, fabricadas expresamente para este efecto. Más importancia económica tuvieron los pagos que hace la ciudad a ciertos oficiales de la casa real 127. Respecto a la estructura ceremonial de esta entrada, cabe destacar, en relación con otras entradas análogas, el recibimiento previo de varios días que las autoridades ciudadanas y personajes notables, avecindados o presentes en Sevilla, tributaron a la reina en la Rinconada antes de efectuar su entrada oficial a la ciudad. A ese lugar acudieron todos a besar la mano de la reina 128. El acto del besamanos, en las primeras entradas reales hasta ahora analizadas, se había tributado a la reina justo después de que ésta jurara solemnemente los privilegios de la ciudad (en otras entradas no se menciona, como en el caso de Toledo y Cáceres). El besamanos, efectuado inmediatamente después de la jura, simbolizaba la sumisión u obediencia que la ciudad concedía, por medio de sus autoridades, en premio por el juramento real de los privilegios municipales, pero en esta ocasión, al adelantarlo a todos los demás actos y, sobre todo, al desvincularlo del acto oficial y público que tiene lugar ante las puertas de la ciudad, la 126
En la Capilla de los Reyes estaban enterrados los cuerpos de Fernando III, Alfonso X y Beatriz de Suabia. Delante de sus sepulturas se habían instalado tres esculturas con la imagen de los tres de tamaño natural, erigidas sobre tabernáculos. Por detrás de ellos se elevaba el tabernáculo donde posaba la imagen de la Virgen con el Niño: todos, los reyes, la Virgen y el Niño lucían espléndidas coronas en sus cabezas. La capilla era una verdadera “cámara de maravillas” (R. Cómez, “Una Wunderkammeer andaluza: la catedral de Sevilla”, en Imagen y símbolo...). 127 A. del R. Romero Abao cita una cantidad que asciende a 300.000 maravedíes para el año 1477, según las nóminas que aparecen reseñadas en los papeles del mayordomazgo. Son regalos referidos a toda la estancia de Isabel, desde la entrada hasta el 24 de octubre de 1477, (“Las fiestas...”, p. 95 y p. 133, nota 11). 128 Los que se adelantaban a recibir a la reina esperaban así “conseguir posiblemente, los primeros favores”, ibídem, pp. 124-125. Romero Abao cita como precedente de esta circunstancia, la entrada de Fernando de Antequera en la ciudad, en 1407, cuando un número de caballeros se adelantó a recibirle hasta Alcalá de Guadaira, p. 124 (no sólo se adelantaron los caballeros, también los veinticuatro de la ciudad, véase D. Ortiz de Zúñiga, Anales..., II, p. 267).
301
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 302
Ana Isabel Carrasco Manchado
sumisión simbolizada en el besamanos se torna incondicional y casi privada, gestionada por las autoridades ciudadanas al margen del conjunto de la comunidad que representan. El gesto simboliza así la cesión del papel político de la comunidad en favor del protagonismo de los reyes, comunidad apartada de un diálogo que se torna más restringido entre los monarcas y las autoridades municipales. En realidad, el besamanos y el hecho de realizar un recibimiento previo, que dura varios días, desvinculado de la ceremonia oficial general, señala el carácter más elitista de la ceremonia de entrada real sevillana 129. 4.2. “Ese aparatoso tribunal de justicia”: Ceremonias públicas de justicia y gracia A los pocos días de llegar a Sevilla, Isabel abrió las puertas de la audiencia pública en su residencia del Alcázar para que acudieran todos los que quisieran solucionar pleitos de justicia. Este tribunal, descrito con detalle por Fernando del Pulgar, ha sido ampliamente comentado para resaltar el alto concepto de la justicia que tenía Isabel, presentándola ante la opinión común como un modelo ejemplar en la práctica de esta virtud política. Los panegiristas de Isabel olvidan que, en esto, la reina no hacía sino seguir una estrategia que ya habían establecido los monarcas antecesores cuando la corte se asentaba tiempo suficiente en ciudades y villas destacadas, como había hecho su hermano Enrique IV, por ejemplo, en Madrid 130. El ideal de realeza toma como fundamento principal el valor de la justicia, y los reyes trataban de proyectar una imagen que se adaptase a ese ideal. Se trata de una estrategia de propaganda centrada en la idea de que la contemplación pública del monarca ejerciendo justicia provoca la adhesión mayoritaria llevados del sentimiento de amor que inspira el rey que actúa así, al tiempo que infunde una imagen de autoridad a los rebeldes, por el temor que les inspira la justicia regia. No está probado, sin embargo, que esta forma de impartir justicia, directamente por el rey y mediante audiencia pública, fuera realmente eficaz y que descendiera, por tanto, el número de delitos, sobre todo teniendo en cuenta que la propia Isabel, al cabo de un tiempo, decretó su propia “inhibición” de la justicia, es decir, otorgó la gracia del perdón, contraviniendo 129
La oligarquías ciudadanas tienden a acaparar el protagonismo en las ceremonias reales desarrolladas en las ciudades. La ceremonia y los mensajes tienden a hacerse más elitistas: es la evolución que detecta R. Narbona Vizcaíno en las grandes ciudades de la Corona de Aragón, como es el caso de Valencia (véase, además del citado artículo “Las fiestas reales en Valencia”; R. Narbona Vizcaíno, “La fiesta cívica. Rito del poder real. Valencia, siglos xiv-xvi”, XV Congreso de Historia de la Corona de Aragón (Jaca, septiembre, 1993), I-3, pp 403-419). Véase también V. Adelantado y J.L. Sirera, “Festes i teatre. Antecedents històrics”, en El teatre en la festa..., pp. 34-36. 130 “Fue acordado que de allí adelante todos los viernes se hubiese de tener Consejo público de la justicia en la posada del arzobispo, e que todos los letrados del Consejo de la justicia fuesen allí convenidos, para que relatadas las cabsas de los pleytos que ante ellos ocurrían, determinasen lo que por justicia se avía de hacer, e fuese luego executado, porque los pleyteantes no se gastasen, donde continuamente de aquesta guisa iban todos despachados sin dilación de tiempo e perdición de sus haciendas” (D. Enríquez del Castillo, Crónica de Enrique IV..., cap. XXXV).
302
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 303
Los aires triunfalistas
el objetivo básico del tribunal público desde el que ella misma ejercía justicia. La gracia real es una facultad opuesta a la idea de justicia. La gracia, como uno de los atributos sobre el cual se configura el poder real absoluto 131, se define en oposición o por superación de la idea universal de justicia. La idea de justicia es por ello más popular que la idea de gracia, y, por ello, también más efectiva como propaganda de legitimación 132. Las justicias de Isabel fueron contempladas por todos los que acudieron al alcázar. La majestad real permitía la aproximación de sus súbditos para elevar sus reclamaciones y agravios, escuchando a las partes. Podía mostrarse como un monarca cercano. Si, acto seguido, procedía a perdonar delitos, este perdón resultaba aceptable, puesto que antes había mostrado su determinación a ejercer justicia. La suavidad de la clemencia venía después del rigor de la justicia. A nadie se le escapaba que ésa era la práctica atribuida a Dios. La idea difundida era que todos podían reclamar justicia y serían escuchados y podían, también, pedir clemencia y, tal vez, serían perdonados. La estrategia jugaba con dos discursos opuestos pero que podían llegar a encontrarse cuando era el poder real el que los unificaba, y a todos dejaba contentos; o, al menos, esa era la intención propagandística. Sin embargo no todos estaban contentos. Los que alaban este gesto de Isabel olvidan que hubo alguna crítica y sorprende que, en este caso, las objeciones vengan de uno de sus, hasta entonces, colaboradores: el cronista oficial de ese momento, Alfonso de Palencia: “Nada se hacía para corregir los abusos, fuera de ciertas audiencias públicas en que los Reyes oían la quejas del pueblo, como lo hacía la reina antes de llegar D. Fernando, sentándose los sábados en el trono a escuchar las reclamaciones de las gentes contra los atropellos y vejámenes de los malvados. Mas este aparatoso tribunal de justicia produjo escaso resultado, porque las numerosas exacciones aumentaron, e ilícitamente se sacaba a diario el trigo de las trojes, sin hacer caso alguno de las protestas de los vecinos contra la extracción de víveres para el extranjero, prohibida por las antiguas Ordenanzas, y más en año tan estéril que amenazaba a los andaluces con el hambre” (D. III, L. XXIX, C. X).
Esta apreciación disonante de Palencia (producto, quizá, de su animadversión contra Isabel), pone de manifiesto que el celo por la justicia exhibido era un golpe de efecto que no se correspondía con un profundo respeto de los reyes por el bien público de los vecinos de Sevilla. En efecto, el trigo se sacaba de la 131
Nos remitimos a S. de Dios, Gracia, merced y patronazgo real... La propaganda del perdón regio resulta especialmente propagandística cuando se trata de movilizar recursos humanos que se adhieran a una empresa política concreta que requiera su ayuda física o material, especialmente campañas militares. Este tipo de finalidad tenían los perdones concedidos a comienzos del reinado, cuando se declara la guerra a Alfonso V, y otros que se concederán para sostener militarmente la guerra de Granada. Sobre la función de los perdones, además de la bibliografía citada, véase J. M. Nieto, “Los perdones reales en la confrontación política”, pp. 246-250).
132
303
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 304
Ana Isabel Carrasco Manchado
ciudad amparándose en licencias regias 133, algunas de las cuales habían sido extendidas a cambio de dinero para pagar los gastos de vestuario de Isabel en su entrada 134. Teniendo en cuenta los elevados gastos que la permanencia de la corte en Sevilla iba a acarrear, no es de extrañar que la reina pensara en exhibir una cara atractiva a sus súbditos –su capacidad de castigar y perdonar– para ocultar o aliviar la presión económica a que les habría de someter. De hecho, cuando la corte abandone la ciudad con destino a Córdoba, quedaría Sevilla “muy menguada de pan, e ay en ella gran carestía, de manera que los pobres e personas miserables no lo pueden comprar nin aver para se mantener” 135. ¿Cómo era este “aparatoso” tribunal? La descripción conocida es la que se recoge en la Crónica de Fernando del Pulgar, escrita algo después. Dice el cronista que la audiencia tenía lugar el viernes y no el sábado: “E en una gran sala de sus alcáçares venía aquellos días, e en un estrado alto se asentava, en una silla cubierta de un paño de oro; e mandava que se asentasen en un lugar baxo de donde ella estava, a la una parte los perlados y cavalleros, e a la otra los doctores de su Consejo e de su corte. E mandava que todos sus secretarios estoviesen delante della, e tomasen las petiçiones de los agraviados, e que fiziesen allí en público relaçión dellas. E mandaba asymesmo estar ante ella los alcaldes e alguaziles de su corte, e sus ballesteros de maça. E luego mandava facer a todos los querellantes cumplimiento de justiçia, sin dar lugar a dilaçión. E si alguna causa venía ante ella que requiriese oy´r la parte, cometíalo a algúnd doctor del su Consejo, e mandávale que pusiese diligençia en examinar aquella causa; e saber la verdad della, de tal manera que dentro de terçero día alcançase justicia el agraviado” 136.
133
Los reyes, desde Toledo, habían firmado una carta a los concejos de Sevilla, Jerez, Cádiz, Sanlúcar y Puerto de Santamaría, prohibiendo la exportación de trigo y cebada sin licencia especial del guarda de la saca del pan (AGS, RGS, 20 de febrero de 1477, fol. 358). Cuando se aposentaron en la ciudad de Sevilla, no dudaron, sin embargo, en conceder licencias en condiciones ventajosas a sus más íntimos colaboradores, como Gómez Manrique (licencia a su mujer Juana de Mendoza para sacar del arzobispado de Sevilla y del obispado de Cádiz 400 cahices de trigo, AGS, RGS, 20 de diciembre de 1477, fol. 526) o, como el contador mayor y consejero Gutierre de Cárdenas (licencia para que pueda sacar de Jerez de la Frontera y su tierra, durante un año, 600 cahices de trigo libres de impuestos, firmada en Sevilla, el 20 de abril de 1478, AGS, RGS, en dicha fecha, fol. 43). Sobre los abusos en la concesión de estas licencias, véase: M.A. Ladero y M. González, Diezmo eclesiástico y producción de cereales en el reino de Sevilla (1408-1503), Sevilla, 1978, pp. 81-85. 134 Un par de licencias de saca proporcionaron 64.300 mrs., para financiar los gastos de la entrada (M.A. Ladero, “Dos viajes”..., p. 237). Las licencias fueron oportunamente expedidas para vender grano desde Jerez de la Frontera. De este modo se evitaban protestas de la población sevillana ante la inminente entrada de Isabel. 135 Algo más de un año después, en noviembre de 1478, estando ya en Córdoba, los reyes tuvieron que permitir a las zonas colindantes llevar trigo a Sevilla, debido a la gran carestía que cayó sobre la ciudad (la carta, enviada a Écija y a Carmona, entre otras, en R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., vol. II, pp. 272-274). 136 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 310.
304
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 305
Los aires triunfalistas
El efecto representativo de este tribunal resulta obvio, subrayando los ejes primarios del orden simbólico de lo político: verticalidad, interioridad y claridad 137. La majestad real de Isabel destaca verticalmente en la cúspide del nivel espacial, ocupando una pirámide simbólica recortada sobre la jerarquía de poderes que se articulan en los distintos niveles descendentes: aparece rodeada de sus más próximos caballeros, eclesiásticos y letrados, es decir, aquellos miembros que componen la corte en su función primaria de lugar donde se imparte justicia 138. Destaca, en el eje de la claridad, por el tejido de oro que enmarca su silla, metal precioso que representa la luz, luz que se asocia, a su vez, con lo sagrado y con los conceptos universales, entre ellos el de la Justicia. En el eje de lo interior, Isabel se configura como un centro al que todos los súbditos acuden desde el exterior. La corte no aparece como representación festiva, sino como imagen de gobierno. La reina destaca por encima de los demás como cabeza de ese cuerpo justiciero cuyos miembros: consejeros, doctores, letrados y demás oficiales de justicia, se disponen ordenadamente siguiendo una jerarquía. La práctica diaria de la justicia impone a los súbditos una imagen dispersa, ante la multiplicidad de instancias. Esa imagen fragmentada se presenta como consecuencia de las trabas, las dilaciones, los obstáculos físicos, la oscuridad del proceso judicial, la complicación burocrática del procedimiento... Frente a todo ello, los súbditos perciben ahora, enteramente y de una vez, la imagen total, simplificada, ordenada, del aparato de justicia. El efecto comienza en el umbral simbólico de la puerta: los porteros reales dejan paso franco a la sala del alcázar. Esta propaganda de la justicia regia basa su eficacia en la accesibilidad y en la contemplación del cuadro en el que se han reunido todas las piezas habitualmente fragmentadas que componen el aparato de la justicia regia. La contemplación de la majestad real, nunca antes tan cercana y, a la vez tan lejana, señalada por un cielo de oro (trasunto del “sol de justicia”), sólo podía inspirar confianza y reverencia. En el mismo escenario fue solicitado un perdón general para la ciudad. Según Pulgar, fueron los caballeros, ciudadanos y comunidad de Sevilla los que acudieron a solicitar la clemencia de la reina para perdonar los delitos de todos, ya que la ciudadanía al completo se presenta como culpable. Ellos eligieron como portavoz para dirigirse a la reina, de manera conveniente, al obispo de Cádiz, Alonso de Solís, que expuso ante la reina un fundamentado razonamiento que versaba sobre la clemencia regia. Este razonamiento fue contestado por la propia reina, tras lo cual siguió una contra-réplica del obispo. Isabel dejó en suspenso a la ciudad durante unos días, al término de los cuales ordenó publicar perdón general a la ciudad, con las excepciones acostumbradas 139.
137
Según la obra ya citada de Harry Pross, La violencia de los símbolos sociales... Recordamos la definición de “Corte” expresada por Alfonso X: “Otrosy´ es dicho corte segunt lenguage de Espanna, porque ally´ es la espada de la justiçia con que se an de cortar todos los males tanbién de fecho commo de dicho”, Partida Segunda, IX, 27. 139 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 316. 138
305
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 306
Ana Isabel Carrasco Manchado
Llama la atención que Isabel efectuara esta operación antes de la llegada de su marido a la ciudad. Sus acciones pudieron estar guiadas por un deseo de pacificar y desterrar hostilidades para que el ambiente que encontrara Fernando a su llegada fuera más propicio al consenso. Pero, además, el carácter público que se da a esta labor pacificadora obedece a su propio afán personal por darse a conocer como la reina efectiva en Castilla, reina con poder y dotes de mando, tranquilizando, de este modo, a aquellos sectores que no terminaran de confiar en la persona de un “extranjero”, como era Fernando. Respecto al relato de Pulgar, hemos de reconocer que suena demasiado dramatizado como para darlo por cierto. Después de haber sido probado sobradamente que los discursos que pone en boca de distintos personajes en su crónica salieron de la pluma del propio Pulgar, hay que sospechar, por lo menos, del contenido real del discurso del obispo de Cádiz 140. El discurso del relato de Pulgar tiene la coherencia de una reconstrucción que habrá que estudiar, más bien, como discurso justificativo posterior de las acciones de este momento. El hecho que parece cierto es que Isabel estableció un tribunal abierto para ejercer justicia directamente, un tribunal espectacular, “aparatoso”, desde el que se dictaban sentencias, según Palencia, sin mucha eficacia. Poco después siguió un decreto de perdón general 141. A pesar de la retórica de Pulgar, puede considerarse que la medida de gracia se gestó en el marco de ese tribunal de justicia y con la ceremonia descrita: petición de clemencia por un personaje destacado, un eclesiástico, que habla en nombre de la ciudad y transmite la petición que procede de los ciudadanos. La petición de perdón real a ruego de un prelado es una de las formas que contemplan las leyes para el otorgamiento de esta medida de gracia, motivada por la conveniencia de beneficiarse de la influencia y autoridad de los intermediarios 142. Pero, encontramos que, lejos de ser el obispo de Cádiz un inocente peticionario, se trata, en realidad, de otro “portavoz autorizado” que aglutina la deseada opinión común de los ciudadanos y una actitud esperada de temor a la reina, que es la que corresponde y justifica, en este caso, la concesión del perdón. El prelado se encarga 140
Hay que tener en cuenta que los discursos que Pulgar intercala en su crónica son más bien retóricos, fruto de una concepción historiográfica, y una forma de disponer los materiales con la que pretende engrandecer las acciones de los personajes con estas arengas (véase J. de M. Carriazo “Las arengas de Pulgar”, Anales de la Universidad Hispalense, 15 (1954), 43-74). Este razonamiento salió enteramente de la pluma de Pulgar. Aparece también como una de sus letras, la letra xvi en la ed. de Domínguez Bordona. 141 Dos versiones de los efectos del perdón: según Pulgar, el perdón hizo retornar a Sevilla cuatro mil personas que permanecían huidas por temor a la justicia regia (Crónica..., I, p. 316) y, según Alfonso de Palencia, los que retornaron fueron maleantes que terminaron siendo acogidos por el duque de Medina Sidonia para conspirar contra los reyes (Década III, L. XXX, C. I). 142 Según establece Partida Séptima, XXII,1. También podía ser solicitado por un “rico ome” o alguna otra “honrada persona”. El procedimiento de solicitarlo era “Omildosamente fincados los ynojos e con pocas palabras deben pedir merced al rey los que la han menester”, según Partida III, R. XXIV, L. III (véase M.I. Rodríguez Flores, El perdón real..., pp. 24 y 95), pero este protocolo no debe aplicarse a las personas ilustres que piden perdón por otra. Una visión sobre este tipo de ceremonias en Francia: G. Koliol, Begging Pardon and Favour: Ritual and Political Order in Early Medieval France, Berkeley, 1992. Véase también el análisis de los argumentos ideológicos que sustentan el perdón regio en Portugal en la segunda mitad del xv, L.M. Duarte, Justicia e criminalidade no Portugal Medioevo (1459-1481), Coimbra, 1999.
306
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 307
Los aires triunfalistas
de figurar la opinión y la actitud coincidente con una medida que, de antemano, ha sido ya decidida. Los Reyes Católicos aplicaron para todas las ciudades andaluzas la misma política de pacificación a partir de unas líneas muy definidas, y una de esas líneas era la de conceder perdones generales para fomentar las adhesiones 143. De este modo, simulando el consenso en torno a la medida de gracia, se acallan las críticas que después de dictada pudieran surgir. Esta política, que podría parecer contradictoria y, en último término, antipopular, necesitaba una justificación. El relato que ha quedado para la posteridad, gracias a la labor del cronista oficial en años posteriores, va dirigido a resaltar el rigor de la justicia regia, y por tanto, la imagen de Isabel como reina justiciera. No obstante, en el momento de desarrollarse los hechos, esa imagen de justicia rigurosa previa servía más bien como estrategia que venía a justificar la necesidad de dictar un perdón general en beneficio de los malhechores. Está claro que, por mucho que hubieran deseado mostrar mano dura en la ciudad, en esta época en la que se necesita recomponer la fidelidad a la corona, resultaba más efectiva, y posible, la política del perdón que la de la pena, el ejercicio de la gracia real que el de la justicia. 4.3. “De cada año en el semejante día primero de março celebren e solepnisen misa solepne”: institución de la fiesta por la victoria de Toro La siguiente empresa ideológica que impulsó Isabel a su llegada a Sevilla enlaza con la política ya emprendida a comienzos del año y desarrollada a su paso por Toledo: conmemorar la victoria de Toro con diversos gestos y rituales sacralizadores. En Sevilla concibió la reina una celebración ligada a la Virgen para que se celebrase a perpetuidad. Se conserva el documento mediante el cual quedaba instituida la fiesta solemne del aniversario de la victoria de Toro 144. Debió ser, sin duda, durante los casi dos meses que Isabel permaneció en Sevilla a la espera de Fernando, puesto que el privilegio sólo se refiere a ella como presente en la ciudad 145. La factura del documento parece estar concebida al margen del rey, pues la letra inicial se iluminó con un retrato de la reina 143
Con relación a la actitud de los nobles andaluces y la actuación isabelina en ese viaje, véase M.A. Ladero Quesada, Andalucía en el siglo XV. Estudios de historia política, Madrid, 1973, pp. 139-148; alusiones concretas a los perdones en el artículo de P. Rufo Ysern, “Los Reyes Católicos y la pacificación de Andalucía (1475-1480)”, Historia. Instituciones. Documentos, 15 (1988), 217-249). El perdón general para la ciudad de Sevilla y su obispado fue dictado el día 31 de agosto de 1477 (ibídem, p. 242). 144 Se encuentra en el archivo de la catedral de Sevilla, en el primer volumen, fol. 148, de los llamados Libros Blancos. El documento consigna el año de 1477, aunque no el mes, debió realizarse en julio, pues la reina firma en ese mes documentos similares para otras ciudades. Fue dado a conocer por J. Gestoso, Los Reyes..., pp. 25-29. 145 “En el año del nasçimento de nuestro señor e salvador Ieshucristo de mill e quatrocientos e setenta y syete años estando en Sevilla la muy alta e muy esclaresçida prinçessa reyna e señora doña Yssabel reynante en uno con el muy alto e muy poderoso rey e señor don Fernando, reyes de Castilla e de León, de Toledo, de Cecilia, de Portogal”, ibídem, p. 28).
307
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 308
Ana Isabel Carrasco Manchado
exclusivamente, marca indiscutible de su iniciativa personal. La iconografía de esta figura ilustra la idea promotora de la institución de la fiesta, a partir de una intención completamente propagandística: la afirmación taxativa de la posesión legítima de la corona de Castilla, otorgada por la gracia divina. Isabel, vestida espléndidamente, se encuentra en actitud orante, de rodillas, a los pies de la Virgen, entronizada con el Niño de pie en su regazo. El Niño bendice a Isabel al tiempo que unos ángeles con las alas desplegadas sostienen el cortinaje que enmarca a las figuras 146. Esta imagen podría representar simplemente la devoción de Isabel, si no fuera por un detalle importante: al pie de la imagen de la Virgen está colocada la corona de la reina, que es muy semejante a la que lleva la Virgen, pero algo menos rica 147. Isabel se humilla ante el que se presenta como dueño de la corona real: Cristo-Niño que le ha concedido ese don en respuesta a sus oraciones. La ilustración inmortaliza la interpretación visual del acto ceremonial que acaba de instituir: la ofrenda de acción de gracias de la reina por la victoria conseguida. La ventaja de la miniatura es la de añadir la imagen de aquello que queda fuera de la ceremonia, de aquello que se invoca: la respuesta de la divinidad. La ilustración hace visible lo invisible y verídico lo irreal. Este mismo discurso iconológico se traduce en el texto que recurre a la explicación del suceso de la victoria del día 1 de marzo del año anterior: “Aviendo respecto a la vitoria que Dios nuestro Señor les quiso dar contra su adversario de Portogal en el vençimiento de la batalla que se ovo çerca de Toro el primero día de março del año próximo pasado, donde a su Divina Providençia plogó mostrar justiçia, queriéndole dar graçias e en alguna manera agradesçer su alto benefiçio” 148.
Al igual que en Toledo y en Guadalupe, en Sevilla repite la reina su deseo de expresar con la liturgia su satisfacción por la victoria ante sus rivales. Aquí se instituye una fiesta conmemorativa que se celebrará todos los años el día 1 de marzo, fecha de la batalla, una fiesta que se instituye con afán de perennidad. Esta fiesta religiosa es un ejemplo de cómo los reyes (en este caso Isabel) pusieron la liturgia al servicio de sus fines políticos. La solemnidad se centraría en una misa con sermón, en el que se recordaría puntualmente lo que significó esta victoria para la paz en el reino y para el triunfo 146
La miniatura ha sido atribuida por J. Yarza Luaces al iluminador Nicolás Gómez (“Los Reyes Católicos y la miniatura”, en Las Artes en Aragón durante el reinado de Fernando el Católico (1479-1516), p. 67). El detalle de Isabel en actitud orante aparece en C. Bernís, Trajes y modas en la España de los Reyes Católicos, Madrid, 1978, lámina XXIII; esta autora destaca el gusto de la joven Isabel por los escotes pronunciados (a la moda portuguesa tan denostada por Alfonso de Palencia). 147 La corona de la Virgen recuerda la que porta la imagen de la Virgen de los Reyes en la Capilla real sevillana, corona cuya pertenencia se ha atribuido a la reina Beatriz, esposa de Fernando III (P.E. Schramm, Las insignias de la realeza en la Edad Media española, Madrid, 1960, p. 42). La corona de Isabel se asemeja a la corona rica, recibida ese año desde Valencia. 148 J. Gestoso, Los Reyes..., p. 28.
308
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 309
Los aires triunfalistas
de Isabel y Fernando, dando gracias, asimismo, a los santos protectores que ayudaron en la victoria: el arcángel san Miguel y Santiago “luz y patrón de España”. Se expresan directamente las pretensiones de dominio sobre todos los territorios hispánicos. Hay que tener en cuenta que la reina se titula en este privilegio, “reina de Portugal”. No ha renunciado, por tanto, a sus pretensiones sobre la corona de Portugal, aunque sea sólo en la propaganda. La corona de la reina a los pies de la Virgen es también la corona de Portugal, no sólo la de Castilla, la corona de España. La fiesta sellaría esta victoria y la paz perpetua en todos los reinos hispánicos. Todos los súbditos deben, por tanto, elevar sus plegarias por esta paz y por sus reyes, por todo el linaje regio que recibe ese don divino: “De cada año en el semejante día primero de março celebren e solepnisen misa solepne a la sanctísima Trenidat con órganos e cantores e sermón, dándole graçias por el dicho vençimiento con conmemoraçión de los bienaventurados el arcángel sant Miguel e el apóstol Santiago, luz e patrón de España. En la qual asymismo rogarán a Dios e a la gloriosa Virgen santa María nuestra Señora por la paz e tranquilidad destos reynos e por las vidas de los dichos reyes nuestros señores e de la princessa doña Ysabel su fija e de los otros fijos que Dios les dará” 149.
La comunión religiosa presente en la liturgia se canaliza hacia el sentimiento de comunión política entre los súbditos de los distintos reinos, en unión con la dinastía castellano-aragonesa de Isabel y Fernando, una comunión que contribuye a fundar su Monarquía. Estos usos litúrgicos estaban firmemente asentados en la política simbólica de los Reyes Católicos por estas fechas. Hay que recordar aquí la ceremonia realizada a principios de año, en Toledo, en la capilla de los Reyes Nuevos de la catedral. Una intención similar guía la institución de esta fiesta del 1 de marzo, que obedece a la misma política simbólica que había llevado a la creación en Portugal de la fiesta conmemorativa de la victoria de Aljubarrota, fiesta ligada al triunfo de la dinastía Avís. La reina ideó también la celebración de otra fiesta complementaria y, en el mismo documento, dictó la institución de otra fiesta que debía celebrarse el día de San Juan ante porta latina, el 6 de mayo. Se trata de otro jalón en la propaganda dinástica ensalzada por medio de apelación a los “santos Juanes”. El documento estipula la forma de celebrarse: “Item que asymismo celebrarán cada año fiesta a las vísperas del día de sant Juan de porta latina e el día siguiente processión de capas blancas e missa e sermón e segundas vísperas todo solenemente con las conmemoraciones e plegarias susodichas” 150. Un nuevo sermón, que habría de ser pronunciado anualmente, se añade a la multiplicidad que venía propiciando un discurso claramente político. Isabel 149 150
Ibídem, pp. 28-29. Ibídem, p. 29.
309
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 310
Ana Isabel Carrasco Manchado
intentó con tesón el reconocimiento de esta fiesta de San Juan ante porta latina y de las indulgencias ligadas a su celebración. De este modo pretendía atraer en el futuro el mayor número de participantes, asegurando la asistencia continua a una ceremonia en la que se proyectaría de manera perpetua su propaganda. En fecha indeterminada pero, muy probablemente, en torno a 1478, en las instrucciones que portaban algunos de los embajadores enviados a la corte de Sixto IV por aquellos años, se solicitan las indulgencias para esta fiesta: “E porque nos querríamos que el día de la fiesta deste santo Apóstol sea çelebrada con grand devoçión e veneraçión en todos nuestros reygnos, suplicaréys a su santidad quiera mandar que se guarde en todos nuestros reynos el día que la Yglesia çelebrare la dicha fiesta, la qual se llama ante porta latyna, que es a seys dyas de mayo, otorgando su santidad los perdones que le plazerá para los que ayunaren la vigilia e que conçeda yndulgençia plenaria a todos los que visytaren aquella casa e monasterio en el día continuando desde las bísperas la vegilia con todo el día de su fiesta. E esta misma yndulgençia se gane en nuestra Corte en el logar donde nos e cada uno de nos vyeremos las oras, porque nos las mandamos continuamente çelebrar con mucha veneraçión. E la bulla desto que se diere dyga en ella que se da a suplicaçión de mi la reyna” 151.
La suplicación va unida a la solicitud de aprobación de la construcción del templo franciscano de San Juan de los Reyes, en Toledo, que se estaba edificando por aquel entonces. La reina puso especial empeño en que se celebrara esa fiesta. Obsérvese que las indulgencias no sólo se ganarán visitando el monasterio de San Juan de los Reyes, sino que también podrán conseguirse acudiendo a la corte, con lo cual, los reyes pretenden asegurar para siempre el público que les observará actuando en la celebración litúrgica que conmemora su éxito personal y la gloria de su dinastía. Sus peticiones tardarían todavía en cumplirse. Hasta que no acabó la guerra, Sixto IV no concedió una bula otorgando las indulgencias para su corte durante la celebración de la fiesta de San Juan ante porta latina 152, es decir, hasta que no se clarificó finalmente el conflicto sucesorio. La fiesta del primero de marzo se incorporó al calendario litúrgico de obligada celebración en todas las iglesias principales del reino. Que sepamos, continuó celebrándose durante todo el reinado de los Reyes Católicos, con los perfiles 151
L. Suárez Fernández, Política internacional de Isabel..., I, n.º. 47, p. 356: “Instrucción sobre pedir la aprobación del monasterio franciscano de San Juan de los Reyes con licencia del legado apostólico micer Nicolao Franco, que se declare para España la fiesta de San Juan ante portam latinam a suplicación de la reina” [1477-1478?]; AGS, PR, Leg. 16, doc. 7; “Instrucciones al obispo de Tuy y al abad de Sant Fagún e al doctor Juan Arias, nuestros embajadores en corte de Roma (...) sigue sobre San Juan de los Reyes y la fiesta de San Juan ante portam latinam” [1478?], AGS, PR, Leg. 16 doc. 16. 152 Bula de Sixto IV para que los reyes Fernando e Isabel pudiesen ganar en donde residieren la indulgencia que les concedió en la festividad de San Juan ante portam latinam en la iglesia que edificaron en Toledo. Roma, [20 febrero 1481]. AGS, PR, leg. 27.
310
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 311
Los aires triunfalistas
marcados por la reina. Cada año se escuchaban en las iglesias el sermón de la victoria de Toro, y se elevaban himnos de Te Deum en honor de los reyes. La fiesta se celebraba, al menos en Toledo, con procesión general de los curas y beneficiados de la ciudad, que debían acudir a la catedral con sus cruces. En la catedral se decía misa de la Trinidad con seis capas y canto de órgano, y se pronunciaba el sermón por la batalla de Toro. El oficio era largo 153. No hemos estudiado la evolución posterior de la fiesta pero, a pesar de su celebración litúrgica, parece que no alcanzó el relieve de fiesta “nacional” y dinástica equiparable a la fiesta portuguesa por la victoria de Aljubarrota. La anécdota anteriormente mencionada, recogida por Melchor de Santa Cruz, a propósito del malestar que causaba la fiesta portuguesa a un embajador castellano en la corte del rey Manuel de Portugal, prueba más bien que la fiesta isabelina no consiguió igualarse con la que venía celebrándose en la corte de Lisboa con la misma intención propagandística. La fiesta de san Juan ante porta latina, el 6 de mayo, sí se encontraba, en cambio, entre las más solemnes del culto de la capilla real 154. Es la reina, como se ve, la mayor interesada en la institución de estas fiestas 155. No es de extrañar, puesto que de esta forma espera asegurar su lugar en la sucesión de la corona castellana. Alabando constantemente a san Juan glorifica la figura de su padre, el rey Juan II, de quien se considera heredera, y esa línea dinástica será fortalecida, proyectándola en la persona de su hijo Juan, el heredero. Al tiempo que se promulga el documento de la catedral sevillana, Isabel aún no estaba embarazada del príncipe (aunque no tardaría en estarlo, una vez se presente Fernando en la ciudad). En todas las plegarias que había rezado, siempre estaba presente la petición de un hijo, de un heredero varón 156, pieza clave, sin duda, para terminar de decidir en su favor el conflicto sucesorio. Todas estas muestras de devoción a san Juan llevaban inscrito este deseo, porque el nombre de su hijo no podía ser otro que Juan. 4.4. “Con reducida concurrencia”: ¿resistencia popular ante la entrada de Fernando en Sevilla? El lunes 25 de agosto llegaba a los regidores carta del duque de Medina Sidonia anunciando la próxima llegada del rey. En ella pedía a los oficiales que se ocuparan de los preparativos del recibimiento. No tardó en llegar la carta de la reina 153
Véase el Ceremonial de la Santa Iglesia de Toledo, BHUC, ms. 149, fol. 27r. Constituciones de la Capilla..., sin fecha pero posterior a la toma de Granada, AGS, PR, 25-1, f. 10. 155 La reina dotó estas fiestas con rentas específicas: “Por las cuales fiestas e cargos su altesa fiso merced e dio a los dichos deán e Cabildo diez mill maravedises de juro de heredat para siempre jamás puestos por salvados en los libros de las sus merçedes e cuentas, asentados e situados en las alcavalas de la su villa de Albayda segund más largo se contiene en el previllejo que su altesa les dio que está con las otras escripturas del Cabildo”, J. Gestoso, Los Reyes Católicos..., pp. 28-29. 156 Eran ya muchos años de matrimonio e Isabel sólo había conseguido dar a luz una hija, la princesa Isabel que tenía siete años. Pulgar dice que la reina había hecho “grandes umiliaçiones e suplicaçiones y sacrifiçios, e obras pías” para volver a tener un hijo (Crónica..., I, p. 325). 154
311
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 312
Ana Isabel Carrasco Manchado
anunciando lo mismo, añadiendo que “les enbiava rogar que sy serviçio y plaser le deseavan faser diesen orden cómmo su resçibimiento fuese el más honrado que posible fuese” 157. De nuevo, como en Toledo, la reina supervisa la organización del recibimiento, para lograr la más lucida representación de la majestad regia. En esta segunda entrada real, los gastos de la ceremonia ascendieron a trescientos mil maravedíes, algo más que lo que se gastó en la entrada de la reina dos meses antes. En este caso, todos los ciudadanos sufrirían las consecuencias de los gastos, puesto que el dinero se sacaría de las rentas de propios del año siguiente de 1478 158. El mayor coste de este recibimiento hace suponer que ningún elemento de la anterior entrada tributada a la reina pudo ser reaprovechado, ni siquiera el palio de brocados, puesto que se encarga otro de similares características para esta ocasión. El palio, por sí sólo, se lleva casi la mitad del presupuesto. “Dieciséis varas de brocado colorado, treinta y cinco onzas de hilo de oro para las flocaduras, catorce onzas y media de seda colorada de grana torçida, dieciséis varas de palo para dorar, novecientos cuatro panes de oro para dorar las dichas varas, sueldo del pintor por dorar las dichas varas”: en total se gastó 134.734 mrs. por la confección y materiales para este paño de brocado 159. El resto de decisiones tomadas en torno a los preparativos del recibimiento versaron sobre la asistencia y sobre el adorno de las calles, que debían ser emparamentadas. En cuanto a los elementos festivos, en este caso, como no podía celebrarse de nuevo la fiesta del Corpus, al menos ordenó a las cofradías de oficios que volvieran a sacar a la calle todos los juegos que para esa celebración habían preparado 160. Hasta que las entradas reales no elaboren su propia iconografía 157
J. Gestoso, Los Reyes..., p. 53. Ibídem, p. 49. Nieto Soria alude a este recibimiento para ejemplificar la sangría económica que suponía para las ciudades realizar estos gastos extraordinarios. Los regalos a los cortesanos que acompañaban a Fernando también generaron una larga serie de gastos. Todavía en octubre de 1478 el concejo se ocupaba de hacer libramientos para atender a los gastos. Resalta el hecho de que todo esto se sufría no sólo para hacer reverencia al rey, sino por “ennoblecer y sublimar esta çibdad” (J.M. Nieto, Ceremonias..., pp. 27-28). Las autoridades intentaban convencer a los vecinos y ciudadanos de la conveniencia de gastar dinero en tales recibimientos, puesto que proporcionaban honra a la ciudad (y, la honra puede traducirse, en ocasiones en nuevos privilegios para la ciudad, J.M. Nieto, “La realeza”, Orígenes..., p. 53). Pero, la imposición de tales gastos no deja de ser un efecto del poder que ejercen las autoridades sobre el conjunto de la comunidad: “La propaganda tenía un coste que endeudaba los recursos de la hacienda concejil y siempre terminaba por recaer sobre la comunidad y, con mayor incidencia, sobre las economías más débiles: era otro reflejo de un determinado ejercicio del poder” (J.A. Bonachía, “«Más honrada que ciudad...»”, p. 193, n. 78. 159 Según aparece en el Libro del Mayordomazgo (J. Gestoso, Los Reyes..., pp. 49-50). El salto cuantitativo y cualitativo respecto a la confección de otros palios es ya notable en esta fecha: en 1410, los dos palios empleados para la entrada real en Sevilla de Fernando de Antequera, ascendía a 12.280 maravedíes, mientras que, en 1526, sólo las goteras que adornaban el palio de Carlos V, costaron 90.627 maravedíes, ver, A. Romero Abao, Las fiestas..., p. 131. ¿Dónde fue a parar el palio de Isabel? No tenemos noticia, pero lo más probable es que fuera fragmentado en porciones y repartido como don entre diversos notables. Hay testimonios posteriores que revelan que el palio se convierte en objeto de merced. El palio que se empleó en la entrada en Sevilla del príncipe Juan, en 1499, fue repartido entre los oficiales de la casa real y algunos mozos de espuela del príncipe, que recibieron del concejo cuatro mil maravedíes por las varas. Era éste, en cierto modo, un método por el cual las autoridades recuperaban el palio, aunque fuera en fragmentos. 160 Pueden verse descritos todos estos juegos e invenciones del Corpus sevillano en: V. Lleo, Arte y espectáculo: la fiesta del Corpus Christi en Sevilla en los ss. XVI y XVII, Sevilla, 1975. 158
312
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 313
Los aires triunfalistas
basada en arcos de triunfo, el atrezzo de la fiesta del Corpus se incluirá para dar brillantez a los cortejos procesionales. Hay aquí una preocupación por no desairar a Fernando, mediante una ceremonia menos vistosa que la tributada a su mujer la reina. Se convocó, de nuevo, a las aljamas de judíos y mudéjares, y se dieron vestiduras ricas a los mercaderes genoveses para que también asistieran. Fernando partió desde el monasterio de Guadalupe, donde había permanecido nueve días, según Alfonso de Palencia en cumplimiento de una promesa. Allí esperó al duque de Alba para que se uniera a él en su viaje a Sevilla. También se encontraba con el príncipe de Aragón el conde de Benavente. Esta estancia en Guadalupe, en la que Fernando renovó sus votos y oraciones por la marcha de la guerra, afianzaba la imagen de monarca devoto y elegido por Dios. El rey llegó a la ciudad por distinto camino que la reina. Dice Palencia que evitó las tierras del comendador (o maestre) Alfonso de Cárdenas, quizá para evitar que éste le pidiera cuentas sobre la investidura del maestrazgo de Santiago. A la villa de Azuaga acudió el mismo Alfonso de Palencia para poner al corriente al rey de los acontecimientos sevillanos. A partir de aquí, Fernando sigue el mismo camino que Isabel pero, en vez de pasar la noche en la casa del duque de Medina Sidonia, la pasaría en la iglesia de San Jerónimo 161. Otra vez, el rey escoge un alojamiento de carácter religioso, quizá para evitar posibles conflictos si se acogía a la hospitalidad del duque. Nada dice Palencia de los que acudirían a recibirle antes de la entrada oficial, pero es de suponer que cumplirían con el mismo protocolo que se siguió en la entrada de la reina. El día 13 de septiembre de 1477, el rey atravesó la puerta de la Macarena a las tres horas de la tarde, tal y como consigna el analista del cronicón 162. A propósito de la hora de entrada en la ciudad, el cronista Palencia subraya lo poco apropiada que resultó, consecuencia del calor tórrido que por aquellas fechas hacía todavía en Sevilla. Palencia acusa en su relato a ciertos intrigantes que engañaron al rey para que acudiera a esa hora, con el objetivo de estropear el recibimiento 163. De haber sucedido como cuenta el cronista, estaríamos ante una manifestación de resistencia ante la propaganda real. Pero creemos que más bien se trata de una justificación para explicar la mediocre asistencia popular que debió acudir al acto. Estando con el rey el propio Alfonso de Palencia, tan conocedor de la ciudad, por residir en ella, resulta extraño que él no le hubiera aconsejado salir de mañana o, incluso, ya atardeciendo. Por alguna razón, Fernando se entretuvo en la iglesia de San Jerónimo hasta esa hora y, en efecto, el calor debió determinar la asistencia a la ceremonia.
161
A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXIX, C. X. Cronicón de Valladolid..., p. 132. 163 “Era el trece de septiembre, y como el numeroso gentío le aguardaba impaciente desde las primeras horas de la mañana, algunos hombres astutos hallaron medio de engañarle, aprovechando las horas en que la fuerza del calor le había obligado a retirarse a sus casas, para aconsejar al rey la entrada en la ciudad y la visita a la catedral en hora tan inoportuna como la de la siesta, y, por consiguiente, con reducida concurrencia” (A. de Palencia, Crónica..., Década. III, L. XXIX, C. X). 162
313
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 314
Ana Isabel Carrasco Manchado
Pero, algo más debió influir en los ánimos de los sevillanos que hizo que éstos estuvieran, paradójicamente, más bien fríos como para asistir en masa a otro recibimiento real, idéntico por lo demás, al que ya habían podido contemplar antes. Después de todo, aquel había sido el recibimiento de la reina propietaria de los reinos. Si en la ciudad había algún grupo reticente al poder del aragonés, no hay duda de que pudo manifestarse de este modo. Sea como fuere, la declaración del cronista afecto a Fernando sobre la reducida concurrencia al recibimiento saca a relucir indicios de resistencia (o de cansancio) en la ciudad ante los actos de propaganda regia. Los preparativos ordenados para la entrada real no difieren de los que se organizaron para la entrada de la reina (incluso se hicieron salir de nuevo los juegos del Corpus). Si hubo menos concurso popular, tal vez fuera debido a los descontentos que el propio Palencia reseña en contra de los oficiales de justicia de la corte, que ejercitaban, según el cronista, una justicia rigurosa, fundada en la prevaricación. Palencia alude a la corrupción de “los oficiales de la corte, que contra los consejos de la reina, y so color de administrar justicia, se lanzaron a arrebatar el dinero a los ciudadanos”, y acusa en concreto al licenciado de Frías, “hombre de extremada avaricia y singular carácter, que exigía dineros, lo mismo a la parte actora que a la rea, fatigando a los ciudadanos con continuas citaciones”. La reina recibió “las protestas de los ciudadanos aterrorizados”. La publicación del perdón general a la ciudad el día 31 de agosto pudo influir en el ánimo de los querellantes. La presencia de la multitud de cortesanos que debían ser alojados en la ciudad suscitaba, además, problemas de convivencia. Palencia alude a rencillas entre cortesanos y ciudadanos, que comenzaron en burlas mutuas y terminaron en riñas peligrosas, hasta el punto de que hubo de conminarse mediante pregón el cese de las disputas. Por último, otro motivo de disgusto de los ciudadanos era el amparo de la reina al almirante, a quien permitía sacar trigo de la ciudad en condiciones favorables, contra las disposiciones que prohibían lo contrario. Estos y otros conflictos derivados de las relaciones entre los nobles sevillanos y los reyes pudieron manifestarse de una manera simbólica el día de la entrada real, mermando la imagen de consenso que debía proyectar la ceremonia tributada al rey 164. No tenemos muchos más datos sobre la ceremonia de entrada en la ciudad de Fernando. Palencia añade que delante de la puerta de la Macarena, escuchó el discurso de bienvenida que se le dirigió en nombre de la ciudad (aunque esta vez no actuó de portavoz Alfonso de Velasco, puesto que había muerto en esos días). En vista de las disposiciones citadas anteriormente, la ceremonia debió ser idéntica a la que protagonizó la reina. El trayecto fue recorrido en un tiempo similar, cuatro horas, desde la puerta hasta el Alcázar, según reseña el Cronicón 165.
164
El relato completo de Palencia en Crónica..., Década. III, L. XXIX, C. IX. Fernando del Pulgar sitúa esta entrada en el año 1478, fecha que está completamente equivocada (Crónica..., I, p. 324). 165 Cronicón de Valladolid..., p. 132.
314
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 315
Los aires triunfalistas
4.5. “Por la paz... y el estado real”: ceremonias litúrgicas y conmemoraciones ciudadanas El catorce o el quince de noviembre regresaba el rey Fernando a Sevilla tras haber culminado la conquista de Utrera. A su vuelta, el resto de mes, tanto él como Isabel tendrían la ocasión de participar en las ceremonias litúrgicas con las que el cabildo eclesiástico quería honrar a los reyes. En ese mes de diciembre solía celebrarse, además, la mayor fiesta cívica que se celebraba en Sevilla. Al margen de la fiesta del Corpus, organizada por los concejos con el máximo de solemnidad en todas las ciudades del reino, muchas ciudades tenían una fiesta grande vinculada a un santo patrón por el día en que fue arrebatada de manos musulmanas, si se trataba de una ciudad con pasado musulmán 166. Era éste el caso de Sevilla que celebraba el día de la capitulación musulmana, que era tanto como celebrar su “bautismo cristiano”. A estas dos fiestas se sumaban las propias del calendario religioso, cuya solemnidad se dotaba de interés añadido si los reyes participaban en las festividades más importantes del ciclo litúrgico anual. Algunas de las festividades religiosas revestían un interés especial para la reina. El día ocho de diciembre se celebraba la octava de la Concepción de la Virgen. Isabel podía mostrar la piedad real a la imagen de la Virgen de los Reyes durante esta fiesta, en la capilla real sevillana. Para la octava de esta festividad, el cabildo preparó el año que Isabel residió en la ciudad, una “misa solemne por la paz y tranquilidad de estos reynos y por la vida y acrecentamiento del estado real del señor rey don Fernando y de dicha señora” 167. De este modo, el cabildo colabora en la propaganda regia con una “misa política” que sacraliza la actuación política y militar de Isabel y Fernando en Andalucía, haciéndoles aparecer como monarcas pacificadores. Se pide igualmente el “acrecentamiento del estado regio”, lo que equivale a rogar a Dios por que haga más poderosos a los reyes, ensanchando los territorios sobre los que gobiernan. Tales deseos de acrecentamiento del poder pueden ponerse en conexión con la conquista de las Canarias, de la que los reyes se ocuparán con especial interés al llegar a Sevilla 168.
166
Estas fiestas se celebraban tanto en Castilla como en Aragón. En este reino destacaba, por ejemplo, la fiesta de San Dionís, en Valencia, el día 9 de octubre (R. Narbona Vizcaíno, “El Nueve de Octubre. Reseña histórica de una fiesta valenciana. Siglos xiv-xx”, en Memorias de la ciudad: ceremonias, creencias y costumbres en la historia de Valencia, Valencia, 2003, pp. 173-230). En Cáceres se celebraba el día de San Juan la fiesta conmemorativa de incorporación de la ciudad, paseando el pendón de Alfonso XI (BNE, ms. 430, fol. 444). Otras ciudades conmemoraban batallas significativas en las que habían participado las milicias concejiles, como es el caso de Murcia, que celebraba el día de San Patricio, 17 de marzo, una victoria en los Alporchones contra los musulmanes, ocurrida en 1452 (M. de los L. Martínez Carrillo, “Fiestas ciudadanas. Componentes religiosos y profanos de un cuadro bajomedieval. Murcia”, Miscelánea Medieval Murciana, 16 (1990-1991), p. 41). Los Reyes Católicos instituirán también en Granada la fiesta conmemorativa de la conquista (véase la trascripción del ceremonial que se conserva en AGS, PR, Leg. 25, n.º 60, por J.M. Nieto en “Apéndice documental”, Orígenes..., doc. 27). 167 J. Gestoso, Los Reyes..., p. 30. 168 Véase la investigación para determinar quién tiene derecho a realizar la conquista encargada por esas fechas a Esteban de Cabitos (“Información sobre cuyo es el derecho de la isla de Lançarote y conquista de
315
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 316
Ana Isabel Carrasco Manchado
Más poder para los reyes podía significar, además, más privilegios para la iglesia, no en vano, la reina se estaba mostrando bastante generosa con el cabildo 169. La ocasión era propicia a esta propaganda sacralizadora de la dinastía isabelina. Aquellos días se conmemoraba, además, el tercer aniversario del alzamiento de Isabel como reina de Castilla y de León, junto a su marido Fernando. La capilla real se encargaba de recordarlo cada año durante la fiesta de Santa Lucía, el 13 de diciembre, coincidente con aquel día de proclamación y celebrada solemnemente con misa y sermón 170. Era imposible no acordarse de la muerte del rey Enrique IV. El cabildo ordenó igualmente para la octava de la Concepción un responso por las ánimas de los reyes Juan II y Enrique IV, e igualmente se añadió otro responso por el hermano de Isabel, el infortunado infante Alfonso, al que se nombraba con título de rey 171. Las campanas de las torres de San Miguel y la Giralda solemnizaron el acto. Isabel no desaprovechaba la ocasión de aparecer como heredera de un monarca ilegítimo como había sido su hermano Alfonso: su éxito presente, y la connivencia eclesiástica, que sacralizaba con sus oraciones aquella antigua pretensión política, modificaba la historia presente, otorgando una nueva legitimidad a su hermano. Isabel se declaraba heredera de su padre y también de su hermano Alfonso. La Iglesia se prestaba a conformar un discurso dinástico legitimado mediante el componente litúrgico, y elevado a un orden teológico. Poco después de estos actos litúrgicos vividos en la catedral, los reyes participaron en una ceremonia ocurrida en el marco de otra iglesia, esta vez, en la de Santiago. Se trataba de honrar a uno de sus colaboradores más fieles, Gutierre de Cárdenas, personaje que desde el primer momento trabajó para que la corona real fuera a parar a manos Isabel. Él, junto con Gonzalo Chacón y Andrés de Cabrera, era uno de los principales artífices de la sucesión. Tanto Isabel como Fernando mantenían innumerables deudas por los servicios prestados por este consejero real, que era además contador mayor y maestresala. En esta ocasión le premian con la encomienda mayor de León que había vacado por haber sido finalmente otorgado el maestrazgo a Alonso de Cárdenas, su primo, que antes ejercía oficialmente de comendador mayor (y pretendidamente como maestre, hasta el momento en que, por muerte de su rival Rodrigo Manrique, y gracias a la intervención isabelina, se haga oficial). En la iglesia de Santiago, según el analista del Cronicón de Valladolid, le fue impuesto al maestresala Gutierre de Cárdenas el hábito de Santiago (imprescindible para poder ejercer de comendador mayor de la orden), el día 18 de diciembre, de manos de Pedro Puertocarrero,
las Canarias hecha por comisión de los Reyes Católicos don Fernando y doña Ysabel”, ed. Aznar Vallejo, La pesquisa de Cabitos, Madrid, 1990). 169 El día 30 de agosto de 1477 les había otorgado por privilegio los derechos sobre el muelle construido en el Guadalquivir, cerca de la Torre del Oro (J. Gestoso, Los Reyes..., p. 30). 170 Aparece esta fiesta en el calendario litúrgico de la capilla real: Constituciones de la capilla real de España, AGS, PR, leg. 25-1, fol. 11. 171 J. Gestoso, Los Reyes..., p. 30.
316
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 317
Los aires triunfalistas
señor de Palma 172. Los reyes estaban decididos a controlar la orden, como queda expresado en esta ceremonia, pues Gutierre de Cárdenas accedía al hábito y a la encomienda casi simultáneamente, saltándose la carrera honorífica que todo aspirante a ingresar en una orden militar debía cursar. La víspera de la Natividad de Jesús, se celebraba con la pompa conveniente la fiesta de la conmemoración de la entrega de la ciudad musulmana al rey Fernando III. El hecho de que este rey hiciera de Sevilla una de sus ciudades preferidas, hasta el punto de elegirla como el lugar de su sepultura, convertía la fiesta en una celebración ciudadana y, a la vez, monárquica. El pendón de la ciudad era también un pendón real, puesto que ostentaba la figura y las armas del rey. La fiesta consistía en la exhibición del pendón por las calles de la ciudad, que era recorrida por una procesión en la que marchaban jerárquicamente todas las autoridades de la ciudad y los diferentes grupos sociales y religiosos. Si los reyes estaban en Sevilla era obvia y muy de su agrado, su participación en dicha procesión. Junto al pendón se exhibía la espada de Fernando III, que portaba la máxima autoridad en la ciudad 173. La espada era una espada “corta, mal hecha, sucia, negra y antigua”, según un testimonio de varios años después 174. No era, por lo que parece, una espada imponente pero, era venerada por ser reliquia de un rey que se consideraba “santo”, el rey que había propiciado el “bautismo” de la ciudad. Por sus características, la espada de Fernando III resultaba muy atractiva para un rey como Fernando de Aragón: se trataba de la espada del rey Fernando III de Castilla, rey homónimo, castellano, con el que pretendía entroncar en linaje; se decía que la espada concedía la victoria a quien la llevase, y, a buen seguro, el rey conocía la historia de su antepasado, Fernando de Antequera, homónimo suyo y raíz de la dinastía trastámara aragonesa, quien llevó la espada en la batalla de Zahara y volvió con ella victorioso a Sevilla, depositándola en manos de la estatua del rey Fernando III en la capilla real, de manera ceremonial el 10 de noviembre de 1407. Tampoco desconocía los poderes taumatúrgicos de la espada, que curaba a quien la besara 175.
172
Cronicón de Valladolid..., p. 135. Así describe la ceremonia un memorial del siglo xvi-xvii: “Día de San Clemente papa y mártir, celebra esta ciudad y ambos cavildos la memoria de la toma y entrada de Sevilla quando se entregó al rey don Fernando el Santo. Hacen procesión muy solemne con ambos cavildos y clerecía, llevan la espada del santo rey don Fernando que la ganó y el pendón suyo, en memoria suya y de aver ganado a Sevilla. Esta espada y pendón llevan en la procesión los dos señores seglares más principales que hay en Sevilla o se hallan en ella y los convida el cavildo, y en defecto de no aver los llevan la espada y pendón dos prevendados los más principales.” Extractos de un libro de cosas notables sacadas de los memoriales de la librería y archivo de la iglesia de Sevilla, BNE, ms. 5736, fols. 169v-170r. 174 Testimonio del viajero Nicolás de Popielovo, espectador de la ceremonia en diciembre de 1484, que la describe de este modo: “Este día se celebró una memoria anual del sitio de Sevilla por los cristianos, y la victoria obtenida sobre los infieles que llaman bárbaros hasta hoy en algunas partes: con este motivo se hace cada año una procesión solemne y estaciones, a las cuales asisten los reyes, si están en la ciudad presentes. Delante de sus majestades se lleva la espada que sirvió en la conquista de esta ciudad y que es corta, mal hecha, sucia, negra y antigua. 175 R. Cómez, “Una Wunderkammer...”, p. 95. 173
317
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 318
Ana Isabel Carrasco Manchado
El estandarte con el pendón solía portarlo la persona más notable que se hallara en la ciudad. No sabemos quién lo portaba en esta ocasión, pero se sabe que otras veces, si la presencia en la ciudad de algún rey de Castilla coincidía con la fiesta de San Clemente, era él quien lo llevaba. No sería extraño que hubiera sido Fernando quien quisiera llevar el pendón o la espada en la procesión, pero no hay datos que den testimonio de ello en esta ocasión. En fechas posteriores, en sucesivas visitas, Fernando sabría sacar mejor provecho propagandístico de esta cadena de reyes que ostentaron el nombre de Fernando 176. No contamos con la descripción de la fiesta de este año de presencia real en la ciudad. Según la descripción de 1484, los reyes se situaban en la procesión justo detrás de la espada, que era el símbolo de la victoria de Fernando III, y también símbolo de la justicia regia 177. El sentido de la fiesta sevillana, desde la perspectiva de la realeza, era la conmemoración de un triunfo regio. Cuando dicha fiesta cuenta con la participación material de los reyes, el triunfo es susceptible de ser canalizado en favor de la propaganda del rey que interviene en la procesión. En este caso concreto de 1477, el triunfo de Isabel y Fernando se entremezcla con aquel otro que protagonizara el rey Fernando III. Dos reyes, Isabel y Fernando –otro Fernando– ocuparían el puesto de Fernando III, toman su lugar, lo representan. La fiesta es una escenificación de aquella entrada triunfal en Sevilla en la que Isabel y Fernando actúan como figuras que encarnan la majestad real –la majestad real no cambia, cambian las personas–. De este modo, tomando parte en una fiesta que no va dirigida a ellos, sino a otro rey y a una hazaña regia distinta, ellos mismos se convierten en protagonistas de la fiesta, pues encarnan la majestad real. La celebración, que es por igual ciudadana y monárquica, ese año es doblemente monárquica. Tal vez no se celebraban las victorias militares de Isabel y Fernando sobre sus enemigos portugueses 178, sus rivales en el trono, pero sí se celebraba el triunfo en la lucha 176
A. del R. Romero Abao cita el caso de Sancho IV, que lo portó en dos ocasiones, en 1260 y en 1293 (Las fiestas..., p. 77). El propio Fernando llevó la espada de Fernando III en 1508. Fernando el Católico sumó su presencia en esta fiesta sevillana al programa propagandístico que venía realizando ese año, en el que protagonizó las más brillantes entradas reales que se habían visto en Castilla nunca, entradas triunfales que se organizaron a partir de un patrón iconográfico completamente nuevo (para el caso sevillano puede verse el artículo de Lleo Canal, citado anteriormente, para el de Valladolid, en 1509, véase A. Gómez Moreno, El teatro medieval castellano en su marco románico, Madrid, 1991, pp. 151-158; una visión de conjunto sobre todas ellas y su intencionalidad política en M. Falomir Faus, “Entradas triunfales de Fernando el Católico en España tras la conquista de Nápoles”, La visión del mundo clásico en el arte español, Madrid, 1993, 49-55). 177 Tal y como declara el mismo Nicolás Popielovo, (ed. cit., p. 319). 178 El viajero Popielovo cuenta una extraña historia referida a la espada ceremonial de Fernando III. El puño, según él, tenía una cruz hacia abajo por la razón de que “el rey al emprender una guerra contra el padre del actual rey de Portugal (reinaba el hijo de Alfonso V, Juan), perdió la batalla con su ejército y huyó con los suyos”, ibídem, p. 319. Resulta una noticia extraña que, a no ser que el viajero hubiera sido mal informado, haría pensar que también se celebran las derrotas, las humillaciones. ¿Quién mandó colocar así el puño de la espada? ¿Se trataba del fracaso de la primera campaña contra Toro? Y ¿por qué en esa fecha de 1484, ya victoriosa, todavía se recordaba la derrota? ¿Fernando introduciría durante la fiesta de 1477 esta innovación en la espada, quizá, como un voto a cumplir con la victoria definitiva sobre Alfonso de Portugal?
318
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 319
Los aires triunfalistas
sucesoria (que era, también, un triunfo sobre la ciudad). Eran Isabel y Fernando (y no sus rivales, Juana y Alfonso) los que podían desfilar tras el pendón y el estoque hasta el sepulcro de Fernando III, de quien se consideraban sucesores en la línea genealógica de los reyes de Castilla, aunque hubiera habido entre ellos un golpe de estado y un cambio dinástico. Estamos ante otra forma de manifestarse, de un modo ceremonial, el discurso dinástico, en este caso sirviéndose de la liturgia ciudadana: es un tipo de discurso dinástico que sobrepasa la exaltación de la dinastía Trastámara, hasta enraizar en el primer rey castellano que reinó en Andalucía. Desde que Isabel se había proclamado reina de Castilla era, posiblemente, la primera vez que se manifestaba con tanta claridad la voluntad de unir su linaje al de los antiguos reyes de Castilla y León. Los efectos de esta conmemoración cívica se vieron multiplicados con la conmemoración religiosa que completaba la ceremonia: la misa solemne en honor del rey Fernando III en la catedral, antes de retornar de manera ritual las insignias a la capilla real. En la época en la que la vieron Isabel y Fernando todavía mantenía esta capilla un esplendor inigualable: la presencia de los simulacros de los reyes Fernando III y Alfonso X en la capilla real acentuaba el mensaje del discurso dinástico que se estaba transmitiendo en la ceremonia. Según una descripción del siglo xiv, estas figuras eran de tamaño natural y estaban sentados en tronos de plata bajo doseles en los que aparecían los escudos de Castilla, de León y los del Sacro Imperio Germánico; los tres vestían sus majestuosas ropas reales y portaban sus respectivas insignias de poder: Alfonso X llevaba una corona en la cabeza, de oro y piedras preciosas, un cetro de plata con una paloma en el extremo y, en la mano izquierda, una manzana de oro con una cruz; la imagen de Beatriz de Suabia llevaba también una corona y, entre los dos, se alzaba la figura de Fernando III, con su corona igualmente y la espada en la mano derecha, que lucía una esmeralda y un rubí, y la vaina engastonada de piedras preciosas en la mano izquierda. Por detrás, y presidiendo el conjunto, la Virgen con el Niño. Los tabernáculos en los que se asentaban, estaban iluminados día y noche, perpetuamente. La capilla sólo se abría el día de san Clemente (a no ser que residieran los reyes en la ciudad), pero se da la circunstancia de que esta capilla estaba rodeada de rejas de hierro y podía contemplarse el interior iluminado desde todos los lados sin necesidad de penetrarlo. El conjunto debía levantar la fascinación de cualquier observador 179. La misa de la fiesta de san Clemente incluía un sermón que recordaba los avatares de la conquista. La oratoria religiosa traduciría al lenguaje oral los mensajes de la propaganda que se había percibido en los gestos ceremoniales. Considerando que en alguna otra ocasión, ese sermón se manifestó como un sermón 179
El conjunto era impresionante: “La pirámide visual de reyes de la tierra y reyes del cielo, de familia real terrena y familia real celeste en un plano superior, debió ser deslumbrante y sobrecogedora” (R. Cómez, “Una Wunderkammer...”, p. 95).
319
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 320
Ana Isabel Carrasco Manchado
político-apologético de la persona de Fernando de Aragón, nos inclinamos a creer que, también ahora, el sermón debió ponerse, de alguna manera, al servicio de la propaganda de Isabel y Fernando 180. 4.6. “Fizieron grandes alegrías e juegos e fiestas”: Alegrías y fiestas caballerescas Dice Fernando del Pulgar, refiriéndose a la entrada de la reina, que “para este su reçebimiento fizieron grandes alegrías e juegos e fiestas, que duraron algunos días” 181. Romero Abao no ha documentado para estos días posteriores a la entrada de Isabel juegos o alegrías (justas, juegos de cañas, toros, correr los palios o la sortija, cucañas...), aunque es posible que la ciudad tuviera algo preparado para el día de Santiago, festividad que se celebraba al día siguiente de la entrada de Isabel. La mayor parte de las manifestaciones deportivas se pospusieron hasta la llegada del rey. Presente Fernando en la ciudad, se organizaron festejos de carácter caballeresco, tan del gusto del rey. Poco después de la ceremonia de entrada, la ciudad organizó un juego de cañas, probablemente en la zona de las Gradas, donde solían realizarse las justas 182. La ciudad pagó en esa ocasión novecientos maravedís a los criados del rey por recuperar la madera que se empleó en la fabricación de tablados y cadahalsos 183. Son ya varios meses los que la corte llevaba asentada en Sevilla. Por primera vez, desde que se inició la guerra, Isabel y Fernando tenían tiempo suficiente como para desarrollar una típica vida cortesana. Ciertamente, la guerra parecía haber terminado. El lugar habitual para las corridas de toros en Sevilla solía ser la plaza de San Francisco 184, pero, en los momentos de estancia real, los toros se corren en la puerta del Alcázar, lugar de residencia de los reyes. Es la prueba de que ningún festejo que se celebrara en la ciudad debía transcurrir ajeno a los reyes, y más una fiesta como la de los toros, que en esta época no tiene aún un 180
Nos basamos para afirmarlo en el apoyo que venía prestando el cabildo sevillano a los reyes, desde el momento en que Isabel entró en la ciudad, y también en un testimonio extraído del mismo memorial sevillano que venimos citando: “Año del señor de mil y quinientos once hallándose en Sevilla el rey Cathólico don Fernando estubo a las obsequias del santo rey don Fernando y predicó a ellas el muy reverendo don fray Francisco de Córdoba, obispo de Velandia, gran theólogo y biblista, y dijo, predicando, estas palabras formales: “A vuestra alteza señor, más que a ninguno otro pertenece canonizar en su tiempo a este glorioso rey, por tres causas: la primera, porque tenéis su nombre, la segunda, porque venís de su linage, la tercera porque heredastes la tierra quel ganó” (Extractos... BNE, ms. 5736, fol. 170r-v). Hay que indicar que Fernando, a pesar de residir en Sevilla, varias veces en 1511, no estuvo en la ciudad durante la fiesta de San Clemente de ese año (abandonó la ciudad a fines de junio, véase Itinerario...). Si la anécdota no corresponde a la fiesta de 1508, puede referirse, quizá, a otras que presenció con Isabel en años anteriores: en 1501, en 1499, en 1490 o en 1484. 181 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 310. 182 En las Gradas se realizaban competiciones ecuestres, torneos y justas (A. Collantes de Terán, Sevilla en la Baja Edad Media. La ciudad y sus hombres, Sevilla, 1977, p. 75). 183 A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 132. 184 Ibídem, p. 145.
320
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 321
Los aires triunfalistas
carácter popular, sino caballeresco. La plaza de San Francisco, en el corazón de la ciudad, tenía una personalidad cívica más acusada que el Alcázar, que es residencia real y emblema, por tanto, del poder real y militar; aunque las clases populares no participaran directamente en los ejercicios taurinos, podrían haber asistido como espectadores, aprovechando otra oportunidad para contemplar a los reyes. Sin embargo, una fiesta ordenada por y para los reyes, en un entorno predominantemente cortesano, tiende a “oligarquizarse” aún más, abismando la distancia que separa al pueblo de las élites. Pero, después de todo, es la oligarquía–y no las masas– la única invitada a jugar en el tablero político. Durante el año 1478, los reyes ordenaron la celebración de varias corridas, todas ellas en el Alcázar. El día de San Jorge se lidiaron seis toros como alegrías por el aniversario del natalicio de la reina. El cumpleaños de los reyes no es una fiesta cuya celebración estuviera institucionalizada, pero los reyes trastámara habían intentado generalizar su celebración, al menos en ciertas ciudades afines 185. No hay duda de que la reina, siguiendo esta estrategia, quería promover su persona y ensalzar su realeza con la celebración de su aniversario. Cuando se interrumpe el ritmo cotidiano de la vida en una ciudad, abstrayendo a sus habitantes de la maraña de sus actividades vitales habituales y cotidianas, proporcionándoles un día festivo que traiga descanso y esparcimiento para todos, es porque se considera que el motivo de tal interrupción merece la pena ser celebrado, puesto que a todos produce algún tipo de beneficio. Todos debían alegrarse por ese motivo. Pero, normalmente, es el poder el que decide los acontecimientos que deben ser festejados. El aniversario de Isabel se presenta como un motivo de alegría para la ciudad. La mera existencia de Isabel en el mundo debía ser celebrada. Todos debían sentirse felices en la fiesta, los súbditos debían alegrarse por tener a Isabel como reina, y desearle una larga vida. Otras corridas de toros tuvieron lugar en el Alcázar ese año. El día de la fiesta de San Juan –otra ocasión para honrar a los reyes de la dinastía, a través de los santos Juanes–, se lidiaron otros seis toros. En esa fecha el parto de la reina estaba ya muy próximo, tanto que habría de producirse sólo seis días después. Posteriormente a este acontecimiento, que lleva aparejado su propio ciclo de celebraciones, el día de Santiago, el 25 de julio, se lidiaron otros seis toros por mandado del rey y la reina 186. Ese día se cumplía un año desde que Isabel efectuara su primera ceremonia de entrada real en la ciudad. Transcurrido un año de estancia de la corte en Sevilla, la ciudad podía considerarse honrada por 185
A. del R. Romero Abao, alude a la celebración en Sevilla del cumpleaños de Enrique III, el día de San Francisco (Las fiestas..., p. 77). Este día (4 de octubre) también se conmemoraba en Murcia, en honor del cumpleaños del rey, al que se honraba con una procesión. El día de Santo Tomás se festejaba en esa ciudad como día del cumpleaños del rey Juan II (M. de los L. Martínez Carrillo, “Fiestas ciudadanas...”, p. 45 y 41). El cumpleaños de Enrique IV no podía haber coincido con fecha más afín a la realeza: el día de Reyes. En Jaén se celebraba con gran solemnidad, cantando un Te Deum laudamus en la iglesia mayor y celebrando una oración pública por la salud y prosperidad del monarca (A. Contreras, “La Corte del Condestable Iranzo. La ciudad y la fiesta”, La ciudad hispánica. En la España Medieval, 10 (1987), p. 315, n. 69). 186 Para todos estos festejos véase: ibídem, pp. 78 y 81.
321
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 322
Ana Isabel Carrasco Manchado
haber sido cuna del nacimiento del heredero de los reinos de Castilla y de Aragón (y, todavía en esa fecha, de Portugal). La autoridad real de Isabel y Fernando se asentaba y prometía perpetuarse en el futuro. Por todo ello, la ciudad se obliga a festejar constantemente la suerte de sus reyes. 4.7. “Un espectáculo mucho más cruel para sus ojos”: El desafío entre dos caballeros catalanes Un nuevo espectáculo estaba programado para ser realizado en la ciudad de Sevilla, espectáculo que se añadiría a la ya larga lista de acontecimientos lúdicoceremoniales que se desplegaron durante toda esta estancia regia. Se trata del desafío que mediaba entre dos caballeros catalanes, Luis de Margarit y Juan Pérez de Semenat. Fernando estaba al corriente de esta disputa caballeresca por las cartas de su padre y las de los propios caballeros, que le escribieron solicitando su actuación como juez asegurador del campo. Fernando accede a la propuesta, pues consideraba que, haciéndolo, realizaba un servicio a su padre y a sí mismo 187. Fernando actúa así como cabeza de la caballería, obligación de todo rey que quiera aparecer como perfecto caballero. Permitiendo el acto del desafío y favoreciendo que tenga lugar en el marco de su propia corte, Fernando acrecienta su imagen como rey caballero, agradando así a todos los nobles y caballeros que se encuentran en Sevilla. Además, contribuye a ensalzar la imagen en Castilla de los caballeros catalanes ante los ojos de los castellanos. A fines de agosto llegó al cabildo de manos del doctor Rodrigo Maldonado de Talavera la carta del rey ordenando a la ciudad que se ocupara de los preparativos para organizar el desafío 188. El acto podría haber tenido lugar en un marco más cortesano pero el rey mismo decide que sea público, implicando a las autoridades ciudadanas y encargándoles la compra de los materiales y la elevación de toda la parafernalia para que los reyes, grandes y resto de la ciudad pudieran contemplar el evento. De nuevo, los reyes implican a las autoridades en su propaganda regia, trasladándoles los gastos para sufragarla. Paradójicamente, un evento como éste, que no tiene por qué interesar a la ciudad, no se desarrollará en el 187
El 4 de febrero de 1478, Fernando escribe a su padre desde Sevilla, informándole de que concederá el seguro a estos caballeros para que puedan enfrentarse finalmente: “Quanto al canpo de mossén Luys Margarit e de Semenat yo ge los aseguré porque me paresció era más servicio de vuestra alteza y mío que yo lo asegurasse y no que fuesen a lo demandar a otros reyes nin príncipes.” L. Suárez, Política internacional..., I, doc. 52, p. 364. El día 19 de abril, desde Madrid, volvía a escribir a su padre recordándole que debía asegurar de su parte las personas de los caballeros Margarit y Semenat, para que pudieran viajar hasta su corte sin daño alguno, véase ibídem, doc. 56, p. 371. 188 “El rey nuestro Señor les enbiava desir que por quanto dos cavalleros de Cataloña ques del Reyno de Aragón venían aquí desafiados para entrar en campo, el qual campo el dicho señor rey les avía dado e que para ello tenía cargo el señor condestable de aderesçar el logar donde se avían de combatyr, et que porque era nescesario de se faser palenque et çiertos cadahalsos en que estoviesen el rey e reyna nuestros señores y otros algunos grandes de sus regnos, les embiava rogar que quisiesen diputar dos cavalleros del regimiento de la çibdad lo conpliere y pagare y que en ello faría a su altesa muy grande y señalado serviçio (J. Gestoso, Los Reyes..., pp. 53-54).
322
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 323
Los aires triunfalistas
patio del Alcázar, lo que confirma la voluntad de servirse de este desafío como propaganda de mayor alcance. Las autoridades colaboran y, al mismo tiempo, en nombre del servicio al rey, intentan mejorar su respuesta para halagar a los reyes. Decimos “los reyes”, pero, en realidad, ésta es una operación personal de Fernando. Isabel acudió a contemplar el desafío pero no es ella la promotora. Sabemos que estaba en contra de este tipo de expresiones violentas de la cultura caballeresca por su confesor, Hernando de Talavera, que se atrevió a escribir a los caballeros pidiéndoles que desistieran de su propósito. En esta carta, el prior de Prado dice que “la serenisíma prinçesa y muy excelente reyna nuestra señora, y por otras muchas raçones dignas de su muy alta prudencia, acordó su alteza, no menos piadosa que animosa quanto pecho de hombre puede bastar, de vos rogar y piadosamente amonestar que no queráis llevar al cabo este debate” 189. Estamos ante un caso inusual en el que la reina opone resistencia a la propaganda real. No es extraño que Isabel, que ha recibido la típica educación prescrita a las mujeres, no entienda una actividad enraizada en el universo cultural de los varones nobles. La reina acudió, de todas formas, al desafío. No haber asistido significaba ceder su preeminencia real ante Fernando, en una ciudad castellana. Las actividades ligadas a la caballería constituyen el punto débil de la propaganda de Isabel respecto a la de Fernando. La educación recibida, que no es otra que la que el sistema de géneros establece para las mujeres nobles, diferente a la que se reserva para los varones nobles, le plantea una limitación. Es, quizá, el único campo en el que ella no puede brillar y en el que siempre será superada por su marido. La batalla se celebró, finalmente, en el Arenal, enfrente de las atarazanas, el 11 de septiembre de 1478 190. Se elevaron tres cadalsos de madera, uno para los reyes, otro para la ciudad y otro específico para el juez del campo. El de los reyes estaba adornado de tapices, paños y toldos, para resguardarse del sol, pero también para señalar el lugar ocupado por la más alta jerarquía de poderes que se dieron cita. La ciudad quiso honrar a los reyes en la persona de sus oficiales reales, pagando a los reyes de armas todo el vino que quisieran beber y les regaló, además, 800 maravedíes; entregó también mil maravedíes al jurado Diego Pérez, repostero de estrado de los reyes, para repartir entre los demás reposteros reales, a cambio de la madera del cadalso de los reyes 191. La implicación de las autoridades municipales sevillanas supone la emisión de sus propias iniciativas simbólicas para halagar a los reyes. La fiesta real posibilita, así, el cruce de mensajes y gestos que expresan la adhesión de la ciudad. 189
Su carta: “Exhortación hecha por el dicho padre prior de Prado a dos cavalleros catalanes llamados Semenete y Margarit queriendo entrar en el desafío que el Rey Cathólico les tenía asignado”, BNE, ms. 1104, fols. 58-61; cita en fol. 60r. 190 Palencia cuenta en su Década IV (L. XXXII, C. VIII) que el desafío no llegó a producirse por deseo expreso del rey y que, justo cuando los dos caballeros iban a iniciar el combate, les salieron al paso Pedro Vaca, Juan de Robles, Francisco de Torres y Álvaro de Alarcón, evitando la pelea, “no sin fastidio de la multitud que esperaba contemplar un espectáculo mucho más cruel para sus ojos cargados de prolongada atención”. Palencia parece contradecir la realidad reflejada en las actas del concejo sevillano. 191 J. Gestoso, Los Reyes..., p. 12 y A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 133.
323
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 324
Ana Isabel Carrasco Manchado
4.8. “Por su inmensa bondad soy alumbrada de un fijo prínçipe”: ceremonias en torno al nacimiento del príncipe Juan La reina debió quedar embarazada al poco de entrar Fernando en la ciudad, a mediados de septiembre de 1477. El nuevo embarazo de Isabel era una razón suficiente como para que se tomara la decisión de permanecer en Sevilla hasta que se produjera el parto. Se han documentado indicios que muestran la preocupación intensa de los dos reyes por la gestación de un heredero varón. Además de las oraciones y sacrificios que constantemente efectuaba Isabel, se sabe que se sometió a diversos tratamientos que le prescribió un médico llamado Lorenzo Badoç, judío barcelonés que, tras el parto, fue generosamente recompensado. La propaganda posterior del nacimiento providencial del príncipe silencia la colaboración de la medicina y de los médicos judíos (y los propios reyes parecieron olvidarse de ello años después) 192. La tregua firmada con el rey portugués y la mejora de la situación interna concedía un respiro a la reina, que no se olvidaba de algún aborto producido en sus correrías. La larga estancia de la corte en la ciudad de Sevilla, aun con el breve viaje a Jerez de la Frontera, ocurrido en noviembre de 1477, proporcionó, por primera vez desde que empezaran a reinar, la tranquilidad suficiente como para llevar a buen término el embarazo. El día uno de julio de 1477 la reina confirmaba al concejo de la ciudad la noticia del natalicio del príncipe, ocurrido el día anterior, con una carta que envió con Martín de Tavara, contino de su casa 193. A partir de esta noticia se sucederán los hechos festivos, las ceremonias y celebraciones hasta un mes después, momento en el que la reina, cumpliendo con el periodo de cuarentena acostumbrado, pueda acudir nuevamente a la iglesia. El testimonio más completo de estas ceremonias sigue siendo el narrado por el cronista Andrés Bernáldez, que, aunque escrito mucho tiempo después, ya muerta la reina Isabel, es fiable por la vinculación de este cronista con la ciudad de Sevilla. No deja de llamar la atención la falta de descripciones detalladas en los cronistas más cercanos (caso de Pulgar, nombrado en 1480 cronista oficial). Más llamativo resulta que Alfonso de Palencia no se haya extendido en pormenores, pues se encontraba en Sevilla, en esa época 194. Hay que anotar que la narración 192
Véase A. Alcalá y J. Sanz, Vida y muerte del príncipe don Juan. Historia y literatura, Valladolid, 1999, 26-27. Los propios reyes parecieron olvidar este hecho: a la muerte de Lorenzo Badoç, sus bienes fueron confiscados por la Inquisición, quedando despojadas su viuda y su hija casadera (A. de la Torre, “Un médico de los Reyes Católicos”, Hispania, 14 (1944), 66-72). 193 R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., II, doc. I-282, p. 222; véase también, R. Bustamente y J. M. Calderón, Colección diplomática del príncipe don Juan, Madrid, 1999, doc. 1, p. 23. 194 El primer capítulo del Libro XXXII de la Década IV de Alfonso de Palencia, es el que dedica al nacimiento del príncipe. Los datos que aporta sobre fiestas y solemnidades corresponden al que anotaría un frío analista: “Seguidamente vinieron las festividades entusiastas con los espectáculos diurnos y los juegos celebrados durante la noche, multiplicándose los augurios de futura felicidad” (p. 45). Refiere, en cambio, la dificultad del parto y, con su bilis habitual, lo atribuye a “oráculos” anteriores que habían pronosticado que todo transcurriría con tranquilidad si el rey lograba efectuar su entrada real en Sevilla antes que la reina. Cuenta también las divergencias que giraron en torno al nombre del príncipe, puesto que a no todos
324
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 325
Los aires triunfalistas
de Palencia de la presencia de los reyes y de la corte en esos años de 1477 y 1478 es profundamente crítica. No debe escaparse el valor de esta circunstancia, puesto que este cronista había sido fiel a Fernando, hasta entonces, rozando el fanatismo. El tono general de la crónica de Palencia exigía un punto culminante, adornado con la narración del heredero, pero el ritmo decae hasta el desencanto. Es posible que el desencanto de Palencia ante sus ídolos (su ídolo) deba ser considerado como más certero que muchos de sus juicios referidos a momentos anteriores, en los que adopta un tono apologético. Ni siquiera Diego de Valera, enmendador de los excesos de Palencia, se detiene en el acontecimiento más que para consignar un dato de analista. Tal vez una crónica no era en esas fechas el medio más apropiado para ensalzar la figura del heredero, al menos, no una crónica al uso. La historia del bachiller Palma, la Divina retribución escrita al año siguiente, 1479, sí dedica una parte importante al nacimiento del príncipe, pero más como alegoría que le sirve para interpretar todo el periodo que como narración descriptiva del acontecimiento. En esa fecha, 1479, marcada por el fin de la guerra, la consecución de la paz con Francia y Portugal y el ascenso de Fernando al trono aragonés, un nacimiento providencial no podía ser descrito de otro modo, pero no resulta así a la altura de 1478, cuando restaba media Andalucía por dominar y parte de Extremadura 195. La exaltación adulatoria en torno a la figura del príncipe Juan despegó mucho después. Curiosamente, son significativamente numerosas las obras dedicadas a su muerte y mínimas las que se ocupan del hecho de su nacimiento 196, circunstancia a tener en cuenta a la hora de valorar los efectos de la propaganda del heredero en este periodo. Así, pues, seguiremos el testimonio de Bernáldez, más algunos datos documentales ya analizados por otros historiadores del periodo. El príncipe nació el martes día 30 de junio, entre las diez y las once, antes del mediodía. La feliz noticia fue solemnizada con ceremonias de acción de gracias, y festejadas con las tradicionales alegrías. La festejos organizados por la ciudad se decidieron el día siguiente, primero de julio, en reunión del concejo, tras la lectura de la carta de la reina. Bernáldez dice que fueron “muy grandes alegrías en la cibdad, tres días, de día e de noche, así los ciudadanos como los cortesanos”. Los acuerdos de la ciudad contemplaban conceder unas elevadas albricias al contino de la reina que había traído su carta, Martín de Tavara, al que se (quizá a él mismo) les gustaba el nombre de Juan porque sus antecesores homónimos, salvo el rey de Aragón, no habían sido reyes muy afortunados. 195 No todos estaban felices por el anunciado acontecimiento. En la cercana Córdoba, los enemigos de Isabel habrían deseado que el parto le trajera fatales consecuencias. Existe una tradición que recoge lo que dijo en ese tiempo un veinticuatro de esa ciudad, privado de Alonso de Aguilar: “La reyna ha de parir o reventar, no podrá escapar”. El exabrupto llegó a la corte e Isabel, cuando se enteró, se encargó de castigar al que lo profirió, enviando un alcalde de corte a Córdoba, que, de inmediato, lo hizo degollar (BNE, ms. 5736, fol. 158v). Era este un método expeditivo de eliminación de las voces disonantes y de disuasión de los que hubieran pensado de forma parecida. 196 Se comprueba en la relación que recogen en A. Alcalá y J. Sanz, Vida y muerte del príncipe don Juan... y en el estudio de M.A. Pérez Priego, El príncipe don Juan, heredero de los Reyes Católicos y la literatura de su época. Lección inaugural del curso académico 1997-1998, Madrid, 1997.
325
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 326
Ana Isabel Carrasco Manchado
entregó 50.000 maravedíes. Se trata de una cantidad muy elevada en relación con las albricias concedidas por el concejo para otro tipo de acontecimientos. Sin duda, esto denota su trascendencia, pero creemos que debió influir en la decisión el hecho de que la corte residiera en la ciudad. La presencia de los reyes en Sevilla pudo condicionar la concesión de esta inusual cantidad 197. Hay que recordar que la concesión de albricias es un gesto ambivalente. Aparentemente son otorgadas por los concejos como un don que transmite la alegría compartida por la ciudad a causa de un acontecimiento que implica a la realeza, pero, por otra parte, se trata de una obligación ritual tácitamente esperada por los reyes al notificar el hecho, lo que expresa, por tanto, una relación de sumisión de la ciudad 198. El procedimiento de concesión de las albricias escenifica este doble significado: los reyes no reciben directamente el dinero, sino sus representantes, los mensajeros, que son siempre oficiales de los reyes. Las albricias terminan en manos de estos u otros oficiales como forma de retribuir servicios realizados a los reyes. El ejercicio del poder real adquiere con las albricias una expresión ritual que conlleva efectos económicos. Los juegos que la ciudad organizó para el divertimento general y particular de los caballeros de la ciudad consistieron en una justa, en la que el vencedor obtendría una pieza de seda, y una espléndida corrida de toros, con un número de reses bastante elevado: veinte toros 199. También se preparó un juego de bohordos, para el que se dispuso la elevación de un tablado conveniente 200. Fernando del Pulgar añade que estos regocijos se repitieron por todas las ciudades del reino 201. Como si de un nuevo triunfo se tratara, las cartas que 197
J. Gestoso, Los Reyes..., p. 34. Hacemos notar que A. del R. Romero Abao, que incluye una relación de albricias concedidas por el concejo de Sevilla, desde 1445 hasta 1526, no incluye la cifra concedida por el nacimiento del príncipe Juan según las fuentes que maneja Gestoso Pérez (Los Reyes..., p. 139). La cifra más elevada de las otorgadas en concepto de albricia, según la relación de Romero Abao, es de 11.000 mrs. con motivo de la toma de Toro en 1476. 198 La expectativa real de cobrar las albricias se suele expresar de forma explícita. Con motivo del natalicio de los dos hijos del rey Juan II tenidos con Isabel de Portugal, los infantes Alfonso e Isabel, el rey notificó a la ciudad de Murcia su deseo de que las albricias fueran entregadas a Pedro Ferrández de Lorca: “Por ende, yo vos mando que dedes las albriçias dello a Perro Ferrández de Lorca, mi secretario e thesorero de la mi casa” La carta de notificación del natalicio de la infanta fue transmitida al concejo murciano por el escudero Rodrigo de San Pedro, que permaneció en la ciudad hasta que pudo cobrar las albricias. Las autoridades concejiles pretendían dejar satisfecho al tesorero del rey Juan II, Pedro Ferrández, natural de tierras murcianas, puesto que este consiguió para la ciudad algunos beneficios que le pidieron en otro tiempo. Por esta razón deciden que, en vez de dinero, le regalarán una mujer, una esclava mudéjar. Las albricias dan motivo para efectuar una suerte de mercadeo o compra-venta de favores políticos. J. Torres Fontes, Estampas de la vida..., pp. 321-325.. 199 A. del R. Romero Abao no documenta esta corrida de veinte toros citada por J. Gestoso, Los Reyes..., p. 34. Según la relación de Romero Abao, se lidiaron ocho toros con motivo del bautizo y otros ocho con motivo de la salida de la reina a misa tras el parto. Al poco de nacer el príncipe, se habían lidiado en el alcázar, ante la presencia real, seis toros con motivo de las fiestas de San Juan. El número de toros citado por Gestoso resulta sorprendente pero no extraño a la época: según la relación de Romero Abao, en las fiestas por el nacimiento de Juan II, en marzo de 1405, se corrieron diecinueve toros y en los festejos por la visita de Enrique IV, en 1455, todavía más: veinticinco (véase Las fiestas en Sevilla..., pp. 146-147). 200 J. Gestoso, Los Reyes..., 34. 201 A. Bernáldez, Memorias..., p. 73. “Por el naçimiento deste prínçipe se fizieron grandes alegrías en todas
326
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 327
Los aires triunfalistas
anunciaban el natalicio del príncipe partieron hacia cada una de las ciudades y villas más importantes del reino y también hacia algunas de las más importantes de las de fuera del reino, es decir, hacia los territorios de la Corona de Aragón. El infante-príncipe era también futuro heredero en Aragón, de ahí que la noticia fuera igualmente celebrada en aquel reino, mejor digo, más celebrada, puesto que allí no había una guerra civil que pudiera cuestionar el derecho del hijo de Fernando a heredar el reino. La recepción de las cartas en las ciudades implicaban una respuesta satisfactoria. La respuesta más satisfactoria para los reyes consistiría en la organización de procesiones y actos litúrgicos de acción de gracias, juegos o alegrías, más o menos brillantes. Pero, lo más inmediato, como en la propia Sevilla, era la respuesta monetaria de gratitud entregada al mensajero: las albricias. Ya hemos mencionado más arriba la significación simbólica y política que tenían las albricias. Estando los reyes en Sevilla, es comprensible que el concejo no hubiera escatimado gastos para agradar a los reyes. Una situación bien distinta podría suceder en ciudades donde la autoridad real estaba más o menos asentada. La documentación municipal puede ser un buen medidor de la efectividad de la propaganda regia. Como hemos tenido ocasión de analizar al hablar de las exequias reales en honor de Enrique y de la proclamación de Isabel, la reacción de las ciudades a la organización solicitada desde la corte de ceremonias y actos festivos puede ser interpretada en clave política. Un análisis sistemático de las fuentes municipales nos proporcionaría un cuadro más aproximado de la respuesta que suscitó en las ciudades la noticia del nacimiento del heredero. Tal visión puede resultar mucho más certera, en ese sentido, que las opiniones de los panegiristas que enmascaran la voz popular. Dicho esto, aludiremos a dos ejemplos, uno valenciano y otro castellano: Valencia y Burgos. El día 12 de julio de 1478 sonaba por las calles de Valencia el pregón anunciando las fiestas y solemnidades que habían organizado las autoridades ciudadanas para celebrar la noticia que les había sido comunicada. La primera ceremonia de información había transcurrido muy beneficiosamente para los reyes, puesto que el mensajero, Rodrigo de Brihuega, que era organista de la reina, fue agasajado con unas sustanciosas albricias de cien libras valencianas, mil reales en moneda y el resto en diversas piezas de seda 202. En el Consell, las autoridades nombraban al recién nacido con el título de “Princep de Aragó y de Castella, fil primogenit del rey don Ferrando” 203. El pregonero que recorría las calles el día 12 anunciaba los acuerdos sobre los preparativos de la fiesta: los valencianos se congregarían los próximos días para dar gracias por el heredero de Aragón. La importancia del acontecimiento paralizaría las çibdades e villas de los reynos de Castilla e de Aragón, e de Seçilia e de todos los otros señoryos del rey e de la reyna, porque plugó a Dios darles heredero varón en ellos” (F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 325). 202 Recibió las albricias por la carta de la reina, Rodrigo de Brihuega, su organista (véase S. Carreres, Ensayo..., doc. XXXIII, p. 149). 203 S. Carreres, Libre..., p. 664.
327
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 328
Ana Isabel Carrasco Manchado
por tres días la vida de la ciudad y todos los vecinos y moradores recorrerían las calles asistiendo a tres procesiones distintas que subrayan, sobradamente, la gratitud general: una procesión a la Trinidad, otra discurrirá hasta la imagen de Nuestra Señora de Gracia y otra, finalmente, al Carmen. Como en tantas otras ocasiones en que se pide a los súbditos honrar los hechos que acontecen a la monarquía, se realiza de una forma sacralizadora, puesto que la ciudad se convierte en escenario litúrgico. Las calles se engalanan como si los reyes mismos hubieran de estar presentes: enramadas de plantas olorosas, toldos, tapices y colgaduras en las ventanas y otros ornamentos. Destaca el hecho de que sean tres las procesiones organizadas y no una sola, como venía siendo habitual en otras ocasiones. Entre procesión y procesión, se organizan las alegrías que consisten en cubrir la noche de fiesta, al son de los bailes, mientras arden las luminarias: se lanzaron cohetes y se quemó mucha pólvora 204. A la vista de la organización de todos estos festejos, vemos cómo la ciudad de Valencia responde a los deseos regios de la forma más solemne, como cuando recibió la noticia de la “entronización” de Fernando en Castilla. La irreprochable colaboración propagandística entre la ciudad de Valencia y el rey Fernando revela las buenas relaciones políticas entre éste y las autoridades de la ciudad. La noticia del nacimiento del pretendido heredero del reino de Castilla llegó un poco antes a Burgos que a Valencia: según los datos que maneja Luciano Serrano 205, el día 9 de julio de 1478. Se informó por separado al concejo y al cabildo y esto dio lugar a dos ceremonias de información, una durante la reunión del concejo y otra ante el cabildo catedralicio. Las dos otorgaron las correspondientes albricias, que no sabemos si recayeron en la misma persona. El concejo premió al mensajero con veinte mil maravedíes y el cabildo, por su parte, con mil quinientos. La cifra del concejo no era despreciable, aunque la comparemos con los cincuenta mil que hemos reseñado para el caso sevillano 206. Comparada con esa cifra, la contribución de la catedral parece pequeña, aunque es lógico que el cabildo catedralicio prefiriera contribuir con una celebración litúrgica y no de una forma “económica”. Es posible que los canónigos no hubieran olvidado la forma “casi violenta” (según expresión del autor abajo citado), que había empleado el rey durante su estancia en la ciudad, en 1475, para arrebatar a la catedral objetos ricos de oro y plata para los gastos de la guerra, exigiendo además la contribución de 100.000 maravedíes que dejó al cabildo al borde de la ruina 207. El cabildo se ocupó de ordenar una procesión solemne de acción de gracias. 204
Según un anónimo analista de la ciudad, los días siguientes al nacimiento del príncipe, “Se feu gran alegria de balls, alimares e festes e profeçons”, Anales valencianos..., p. 42. S. Carreres publica la orden de pago por los cohetes que se lanzaron desde el portal de los Serranos, el portal Nuevo y las murallas (Ensayo..., doc. XXXIV, p. 145). 205 Véase L. Serrano, Los Reyes Católicos..., pp. 200-210. 206 Recordemos que la media de las concedidas por el concejo sevillano, según la relación de A. Romero Abao, desde mediados del siglo xv a principios del xvi eran unos cuatro mil maravedíes A. del R. Romero Abao, Las fiestas en Sevilla..., p. 137. 207 N. López Martínez, “Don Luis de Acuña, el cabildo de Burgos...”, p. 269.
328
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 329
Los aires triunfalistas
A lo que parece, el nacimiento del heredero fue solemnizado con diferentes matices en Burgos y en Valencia. En rigor, la aparición del heredero fue honrada de la manera que se esperaba, con dones y celebraciones litúrgicas. A lo largo de la guerra, el concejo de Burgos había demostrado su adhesión a Isabel y a Fernando, organizando junto con el cabildo diversas procesiones propiciatorias de la victoria, y de acción de gracias cuando ésta se producía, amén de contribuir económicamente cuando su ayuda era requerida. Todo ello a pesar de que en el interior de la ciudad se había vivido de cerca el conflicto bélico por la rebeldía de la fortaleza y del propio obispo Luis de Acuña. Esta celebración se inscribía dentro de esa misma política simbólica que otorgaba legitimidad a los monarcas a los que se había concedido la obediencia. Pero hay una diferencia cualitativa en cuanto a los actos celebrados en una y otra ciudad. Las fiestas y ceremonias litúrgicas se prolongaron en Valencia durante tres días, mientras que en Burgos se reduce a uno y parece que no hubo ninguna celebración festiva extraordinaria. A este respecto, puede compararse con las celebraciones que había organizado Toledo para conmemorar el nacimiento de la princesa Juana, hija de Enrique IV, en 1462. Las fiestas organizadas en Toledo se acercan más al caso valenciano que al de Burgos 208. El estado de guerra, la sangría económica y la todavía contestada posición de Isabel y Fernando debieron influir en el tono de uno y otro tipo de celebración. Por mucha adhesión que mostrara Burgos, en la ciudad había todavía dos bandos. Apenas un mes antes de nacer el príncipe, desde la corte sevillana, el día 16 de mayo, los reyes ordenan al corregidor de Burgos que se informe de los partidarios del rey Alfonso que viven en la ciudad, que los detenga y que les confisque sus bienes. No debía de tratarse de un grupo insignificante, puesto que el castigo pretende ser ejemplar: las casas serían derribadas, reducidas a un solar, convertidas en un perpetuo muladar 209. Los ánimos no se tranquilizarán del todo hasta la reconciliación definitiva, después de 1479. En Valencia, en cambio, todos acataban al heredero: el pequeño Juan era heredero en Aragón indiscutido, por ser hijo legítimo de Fernando, el futuro rey 208
Las fiestas que celebró la ciudad de Toledo por el nacimiento de la princesa Juana, hija de Enrique IV, son equiparables con el ejemplo valenciano, por su duración: los toledanos disfrutaron de tres días de descanso del trabajo y fiesta, el jueves, viernes y sábado siguientes al día que llegó la noticia. Hubo danzas, corrieron toros y otras alegrías. A los seis días se preparó una procesión en la catedral, a la que acudieron todas las cruces de las iglesias y las lanzas de los oficiales. Las aljamas de moros y judíos enviaron representación: los rabinos acudieron con sus Torás y cantaban salmos hebreos (“cantando en su Ley”); judíos y moros iban muy ricamente vestidos y bailaban danzas de espadas, presentándose en las casas de los caballeros para hacer alegrías. La fiesta duró seis días (Sobre las fiestas celebradas en Toledo con motivo del nacimiento de doña Juana, BNE, ms. 13236, transcripción, M.I. del Val, “La sucesión de Enrique IV”, Espacio, Tiempo y Forma, S. III, Hª Medieval, 4 (1991), doc. 1). 209 El documento en AGS, Diversos de Castilla, n.º 241, leg. 9-29, publicado en A. de la Torre y L. Suárez, Documentos referentes..., I, doc. 97, pp. 154-156). “E otrosí, que a todos los que fallardes culpantes en lo suso dicho, les derrivedes e fagades luego derrivar sus casas e las allanar e poner por el suelo, e defendades, e nos por esta nuestra carta defendemos, que ninguno no sea osado, dende en adelante en tiempo alguno, de tomar el solar de las tales casas, ni labrar ni hedificar en él cosa alguna, mas que finque para siempre fecho muladar en memoria de su delito”, p. 155. No debe escaparse la intencionalidad simbólica de esta pena: la devastación se asienta en la ciudad como propaganda de la contundencia de la justicia regia.
329
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 330
Ana Isabel Carrasco Manchado
después de su padre Juan II. Parece observarse que el grado de solemnidad ceremonial y la mayor participación de las ciudades en las celebraciones de la realeza van unidos al grado de adhesión y consolidación monárquica. Las ceremonias litúrgicas y las fiestas que se celebraban con ocasión del natalicio del príncipe no solían ofrendarse únicamente en honor de la persona del heredero. Venía siendo habitual organizarlas siempre que nacía un infante. La diferencia en lo que respecta al príncipe heredero podría ser cuantitativa (mayores festejos, mayores muestras de alegría). De la necesidad de acentuar el papel del heredero surgen las siguientes ceremonias que se desarrollaron a los pocos días en Sevilla, con motivo del bautizo y de la salida de la reina a misa para presentar al príncipe en la catedral. El martes día 7 de julio se organizó otra reunión del concejo para preparar la ceremonia de bautizo del príncipe. Se decide el nombre de los ocho regidores que habrían de llevar las varas del palio del príncipe el día del bautizo, que se celebraría dos días después. Se eligió a Juan de Guzmán, Juan Guillén, Fernando de Medina, Juan de Monsalve, el licenciado Pedro de Santillán, Alfón de las Casas, Diego Ortiz y Fernando Díaz de Rivadeneyra (o Pedro Manuel de Lando, según Bernáldez). Estos regidores irían vestidos con ricas ropas, como dicta el protocolo para todos aquellos que portan los palios reales. El concejo, como de costumbre, ordena el adorno de las calles por donde transcurriría la procesión, desde el mismo alcázar hasta la catedral, esparciendo plantas aromáticas por el empedrado (“juncias”) 210. Los preparativos son los mismos que si de una entrada real se tratara, y es que la forma de solemnizar el bautizo, por lo que atañe a la ciudad, se equipara a un recibimiento, el primer recibimiento que el concejo sevillano presta al futuro príncipe. La ceremonia del bautizo la describe con detalle Andrés Bernáldez. El día 9, partió del alcázar, lugar de residencia real, una comitiva que recorrería, en un suntuoso desfile por las calles de la ciudad, el trayecto que separaba la residencia real de la catedral. Las autoridades ciudadanas congregaron a una lucida multitud que se disponía a animar el desfile con la música de sus instrumentos, la más alegre que se pudiera entonar. Acudieron también las delegaciones de las parroquias, que venían precedidas de sus cruces, tal y como describe Bernáldez: “Fue fecha en la cibdad y en la iglesia este día una gran fiesta e fue traído el príncipe a la iglesia con una gran procesión, con todas las cruces de las collaciones de la cibdad, e con infinitos instrumentos de música de diversas maneras, de tronpetas, chirimías e sacabuches” 211.
La presencia de las cruces, que solía suscitar problemas simbólicos en las entradas reales aportaron un primer sesgo sagrado al cortejo. El príncipe iba en 210 211
A. del R. Romero, Las fiestas..., p. 42. A. Bernáldez, Memorias..., p. 74 (toda la descripción de la ceremonia en esta misma página).
330
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 331
Los aires triunfalistas
los brazos de su ama, de forma “muy triunfante”, como indica Bernáldez, bajo el rico palio de brocado que llevaban los susodichos regidores, vestidos, en efecto, con ricas vestiduras: “ropas rozagantes de terciopelo negro”. El color elegido para vestir a los regidores, el negro, es de la máxima solemnidad, un color de estado. Llevaban “sus cetros en las manos”, es decir, las varas de sus oficios concejiles. El ama del príncipe era María de Guzmán, tía de Luis de Guzmán, señor de la Algaba y mujer de Pedro de Ayala, del linaje toledano. La elección de esta dama como ama del príncipe parece marcar un deseo de honrar por igual a la nobleza sevillana y a la castellana. Delante de ellos desfilaban con la ofrenda (un excelente de oro) y los enseres del bautizo, llevados de muy curiosa manera: “Traían el plato con la candela e ofrenda, don Pedro de Estúñiga, fijo del duque don Álvaro de Estúñiga, marido de doña Teresa, hermana del duque de Medina; el cual traía un paje ante sí, pequeño, que traía el plato en la cabeça, e él teniéndolo con las manos. La ofrenda era un excellente de oro de cincuenta excellentes (...). Traían junto con él, dos donceles de la señora reina, ambos hermanos, fijos de Martín Alonso de Montemayor, un jarro dorado e una copa dorada”.
En torno al príncipe iban los grandes de la corte, nobles y caballeros y, en lugar destacado, su madrina, Leonor de Mendoza, la duquesa de Medina Sidonia que desplegó por su ciudad todo el lujo que podía caber en su atavío personal y en el de sus damas, vestidas de muy diferente manera: “Venían acompañando a la señora ama cuantos grandes avía en la corte, e otras muchas gentes e cavalleros. Venía la duquesa de Medina, ya dicha, a ser madrina, ricamente vestida e adornada, e aconpañada de los mayores de la corte. Trúxola a las ancas de su mula el conde de Benavente, por más honra, la cual traía consigo nueve doncellas vestidas todas de seda, cada una de su color, de briales e tabardos; e ella venía vestida de un rico brial brocado y chapado, con mucho aljófar grueso e perlas; una muy rica cadena al cuello e un tabardo de carmesí blanco ahorrado en damasco: el cual ese día, acabada la fiesta, dio a un judío, albardán del rey, que llamavan Alegre”.
En la comitiva iba el cardenal Mendoza, también arzobispo de Sevilla, que sería el encargado de bautizarle. No faltaba el legado del papa Sixto IV, Nicolás Franco, puesto que estaba presente aquellos días en la corte, así como un embajador veneciano. La presencia de estos personajes extranjeros no podía ser más oportuna: ellos dos darían testimonio de todo cuanto habían visto en Sevilla, propiciando la propaganda proyectada fuera de las fronteras del reino. La presencia del legado papal honraba notablemente la ceremonia y otorgaba un
331
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 332
Ana Isabel Carrasco Manchado
añadido de legitimidad. Estos recibieron el gran honor de ser padrinos del príncipe, junto con dos nobles destacados: el condestable Pedro de Velasco y el conde de Benavente, Rodrigo Pimentel. El analista del Cronicón cita también como padrino al almirante, Alonso Enríquez. Finalmente, el cortejo llega a la iglesia catedral, hasta la capilla del bautismo, cuyo interior se había adornado ricamente con tapices de brocado y tapices flamencos (“paños de Ras” o Arrás) colgando de los pilares. Una vez acabada la ceremonia religiosa, las autoridades concejiles invitaron a todos a una colación pública en el lugar habitual de reunión del concejo. No era necesario salir del recinto a la calle, puesto que el concejo sevillano compartía con el cabildo catedralicio el mismo espacio para sus asambleas, el llamado “Corral de los Olmos” que estaba en la propia catedral 212. Gastaron un total de 12.279 maravedíes en pan, vino y frutas 213. Como broche final, la ciudad vuelve a repetir una jornada de alegrías, festejada con una nueva corrida de toros 214. De nuevo tiene lugar en el alcázar, lo que sugiere la posible presencia de Fernando, cuyo nombre no aparece mencionado en toda la relación de Bernáldez, ni en la comitiva, ni en la ceremonia litúrgica. ¿Cuáles son los componentes propagandísticos de esta ceremonia, tal y como se nos ha transmitido? El primer dato que salta a la vista es que la ciudad organiza unos preparativos prácticamente idénticos a los que se organizan para una entrada real (limpieza y adorno de las calles, confección de un palio y ropas de ceremonia para los regidores que lo llevan, convocatoria de los asistentes, músicos y danzantes para el cortejo...). Ésta es la primera exhibición pública del heredero de la corona que, como tal, debe ser llevado por las calles de la ciudad según corresponde a la majestad real: bajo un rico palio o paño de brocado. Los palios son símbolos de soberanía y de majestad, ya sea divina o humana. Además del rey, y los príncipes herederos, también los legados del papa eran recibidos en las ciudades bajo un palio 215. Los regidores, al cubrir bajo palio al infante, manifestaban públicamente el acatamiento de la ciudad al sucesor de la corona. La ciudad reconoce la realeza y autoridad del heredero como el legítimo señor natural que ha de gobernar en un futuro. Las autoridades ciudadanas, el poder ciudadano, participa, de este modo, en un desfile procesional que transcurre por las calles de Sevilla entre dos espacios (el alcázar y la catedral), espacios que traducen simbólicamente dos poderes pretendidamente preeminentes, el poder real y el poder religioso. 212
M.A. Ladero Quesada, “Las ciudades de Andalucía Occidental en la Baja Edad Media: sociedad, morfología y funciones urbanas”, La Ciudad hispánica, En la España Medieval, 10, (1987), p. 88. 213 A. Romero Abao, Las fiestas..., p. 42; cuentas, y todo lo relativo al bautizo: J. Gestoso, Los reyes..., apéndice, pp. 64-67. 214 A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 146. 215 Enríquez del Castillo describe el recibimiento del legado Borja en Segovia: le fue hecho “solemne rescibimiento que para legado a latere pertenescía”. Los regidores y caballeros portaban un rico palio de brocado, con goteras pendientes y las armas del papa y las del rey. El legado entró debajo del palio cabalgando y el rey, a su mano izquierda, un poco antes (Crónica de Enrique IV..., cap. CLIX).
332
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 333
Los aires triunfalistas
La ceremonia del bautizo podría haberse efectuado en el propio alcázar, en la capilla personal de los monarcas, sin embargo, se convierte en una ceremonia masivamente pública. La ceremonia religiosa, ligada al desarrollo vital de un miembro de la familia real, transcurre primeramente como una ceremonia cívica (que se continúa, al término del oficio religioso, en el acto del convite ofrecido por la ciudad). El bautizo del príncipe no es, por tanto, una simple ceremonia familiar, privada, sino una ceremonia de Estado. El pequeño cuerpo del príncipe Juan, a su paso por las calles, pierde humanidad, es sólo símbolo de la majestad real y de su soberanía. Desde la perspectiva de la propaganda política, volvemos aquí a encontrarnos un ejemplo de colaboración entre dos poderes, el poder real y el ciudadano. La ciudad presta su escenario para la propaganda de la monarquía, al tiempo que despliega su propia propaganda cívica. Las autoridades sevillanas muestran su cercanía al que será rey y podrán jactarse de haber recibido al heredero antes que la Iglesia. Aunque el clero de la ciudad camine en el cortejo, y también el legado del papa, la recepción oficial al cuerpo de la Iglesia no tendrá lugar hasta la llegada a la catedral, cuando el príncipe reciba el sacramento del bautismo. Pero, en esta jerarquía de poderes, falta por mencionar el poder de la nobleza. Llama especialmente la atención de la descripción de Bernáldez el protagonismo de la nobleza en esta ceremonia. La nobleza: grandes, cortesanos, caballeros e hidalgos, desfilan en el cortejo. Algunos de los más importantes personajes, o aquellos que querían ser más honrados, desfilan mostrando un alto grado de cercanía respecto al heredero, empezando por el ama del príncipe, que lo lleva en los brazos, miembro del mismo linaje del duque de Medina Sidonia y emparentada por matrimonio con los Ayala de Toledo. Las figuras de los padrinos y madrina del príncipe destacan vivamente. No hay más que releer la descripción del lujoso atavío de la duquesa de Medina Sidonia y de su corte de damas de compañía que, sin duda, rivalizaría con el atavío regio, si la reina hubiera desfilado ese día. El vestido de la duquesa era propio de una reina 216. La nobleza ha aprovechado la ocasión solemne para hacer ostentación de su poder, deslumbrando los ojos que la contemplan con el brillo de su riqueza. Exhiben, además, la calidad de ese poder. El poder de los grandes es un poder puesto al servicio de la monarquía y éste es el significado de su presencia en la ceremonia y del papel de algunos de ellos como padrinos: el condestable de Castilla y el conde de Benavente, dos de los nobles artífices de la proclamación de Isabel. Como las autoridades ciudadanas, los nobles se suman a 216
El atavío, vestiduras y adorno de la duquesa de Medina Sidonia debía ser, en efecto, deslumbrante. El gusto de la duquesa por el lujo queda patente en un dicho de la reina Isabel que se hizo memorable. Cuando Isabel llegó a Sevilla y vio a Leonor de Mendoza por primera vez, muy ataviada, exclamó: “No sé para qué tienen deseo en Sevilla ni en el Andalucía de ver la reyna pues que tantas hay en ella”. El duque evitó que Isabel se sintiera agraviada, haciendo gala de un perfecto dominio de la cortesía y del halago en su respuesta: “Señora, reynas no hay en Castilla ni en el Andalucía más que una y eslo vuestra alteza después de Dios por mí” (BNE, ms. 5736, fol. 160). La anécdota muestra cómo la nobleza emula las estrategias de representación de la realeza, en favor de su propia política simbólica.
333
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 334
Ana Isabel Carrasco Manchado
la demostración de la fidelidad a la realeza (el acto de generosidad de la madrina del príncipe, regalando parte de su atuendo a un criado del rey, un albardán llamado Alegre, es una señal: honrando a los criados se honra a sus señores). Los nobles sostienen al pequeño príncipe, éste se apoya en ellos. Todos ellos reconocen la posición de preeminencia del futuro heredero y aceptan el papel que les corresponde como colaboradores en la política monárquica. Del grupo de nobles que tuvieron un papel más activo en la celebración litúrgica del bautizo, destaca significativamente la presencia del principal linaje de la nobleza sevillana, representado por la duquesa de Medina Sidonia, y por Pedro de Stúñiga, señor de Ayamonte y Lepe, casado con la hermana del duque Enrique de Guzmán. Pedro de Stúñiga era el hijo mayor de Álvaro de Stúñiga, el duque de Arévalo (conde de Plasencia tras su capitulación con Isabel y Fernando firmada en Madrigal dos años antes). Pedro de Stúñiga, contrariamente a su padre, que propició la entrada del rey de Portugal en Castilla y el alzamiento de la princesa Juana, fue uno de los primeros nobles que acudió a prestar obediencia a Isabel en Segovia. La reina, al declarar traidor a su padre, había concedido todos los títulos y mayorazgo a Pedro de Stúñiga, siendo uno de sus principales valedores en Sevilla, frente a la tibia adhesión del duque Enrique de Guzmán, adhesión que ahora aparecía más clara, gracias al papel que asumía su mujer la duquesa, como madrina del príncipe 217. La ausencia de los reyes en la ceremonia (la Iglesia no recomendaba la presencia de los padres en las ceremonias de bautizo, para no ensombrecer la instauración de un nuevo vínculo de parentesco, el parentesco espiritual que concedía el bautismo) favorecía la representación perfecta de la soberanía regia en la figura del infante. La ceremonia del bautizo del príncipe, tal y como la hemos analizado, tiene una importancia propagandística clave, como ceremonia de estado y como propaganda del heredero. Todos los poderes confluyen en un espacio, el espacio cívico (que representa el realengo). En él se expresa el acatamiento a la autoridad de una imagen de soberanía, que de momento no es más que eso, esencialmente imagen, puesto que el príncipe no ha sido ni siquiera jurado. El consentimiento a su autoridad es simbólico, es propagandístico, pero no es legal, puesto que el príncipe no ha sido aún reconocido heredero de la Corona, pues no ha sido jurado. Y, puesto que la guerra no había terminado, esta circunstancia no carece de valor, puesto que supone un déficit de legitimidad 218. Sin embargo, de alguna manera se quiere presentar el bautizo como un adelanto de los actos de jura al príncipe de Asturias y sucesor. Se expresa, como en la ceremonia de jura, la voluntad de acatamiento a un proyecto futuro de realeza que trae 217
Pedro de Stúñiga prestó a Isabel parte del dinero que fue empleado en los gastos suntuarios de su entrada en Sevilla (M.A. Ladero, “Dos viajes...”, p. 236). 218 En general, “sólo en situaciones de excepción [como la crisis sucesoria que se vive en este momento], el nacimiento del príncipe sería valorado como un acontecimiento político que precisase de una legitimación ceremonial”, J.M. Nieto, Ceremonias..., p. 50.
334
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 335
Los aires triunfalistas
aparejada la voluntad de fidelidad a la realeza presente, los padres del príncipe. Podría decirse que, con este desfile procesional de los grupos de poder en torno al hijo de Isabel, el pequeño Juan ha quedado investido de su realeza de una manera propagandística, una investidura que precede, incluso, a la consagración bautismal. La ceremonia del bautizo se proyectó con el objetivo de subrayar la legitimidad de la posición en el trono de Isabel y Fernando. Tales pretensiones de conseguir definitivamente la legitimidad mediante el reconocimiento al heredero no se materializaron de una manera legal, puesto que, a pesar de la imagen de consenso de todo el cuerpo político que transmite la ceremonia, no existió un consenso real como para celebrar las cortes de inmediato, para celebrar la jura al heredero, tal y como se esperaba de su convocatoria. Las cortes debían haberse convocado desde el mismo momento del nacimiento del príncipe, pero no se convocaron hasta cinco meses más tarde: desde Córdoba se mandaron las cartas de convocatoria a las ciudades el 13 de noviembre de 1478, indicando el lugar, Toledo, y la fecha prevista, enero de 1479 219. Las cortes se fueron dilatando y no se pudieron reunir hasta que la victoria estuvo ya clara, y las negociaciones de paz con el rey de Portugal, en marcha. La imagen de consenso pudo, no obstante, ofrecerse en Sevilla con ocasión del bautizo, gracias a la colaboración ciudadana y a la presencia de una nobleza antes rebelde, o reacia a otorgar su obediencia a la pareja real castellano-aragonesa, y ahora volcada en demostrar claramente la nueva actitud política adoptada. Casi al mes de nacer el príncipe, y cuando la reina no había cumplido su periodo de convalecencia, el día 29 de julio, hubo un eclipse de sol, hecho que en la época siempre se prestaba a emitir augurios y predestinaciones (en general funestos). Un analista valenciano precisó que el eclipse tuvo lugar entre las doce y la una del mediodía y fue, en su opinión, el mayor eclipse de sol que jamás fue visto: pudieron verse las estrellas y duró más de una hora 220. Sin embargo, no hay escritos coetáneos que relacionen el eclipse con el nacimiento del príncipe ni con la salud de la reina. Andrés Bernáldez, conocedor de la mala suerte posterior del príncipe, da noticia del eclipse y, curiosamente, tampoco menciona augurios, aunque dice que causó gran temor en las gentes. Si un eclipse produce más miedo que asombro, es lógico que nadie se atreviera a relacionarlo con el futuro del heredero de la corona (ni siquiera el providencialista Bachiller Palma) y prefirieron callar. Alfonso de Palencia, tan atento a las señales y prodigios, dio la predicción más favorable para los reyes: el eclipse
219
Según Carretero, los problemas internos, la guerra, las reuniones para firmar la paz retrasaron la convocatoria, que tuvo que posponerse por carta del 22 de mayo, en la que se fija para el día de San Juan de ese año de 1479. La ausencia de Fernando que viajaba por entonces por Aragón obligó a un nuevo aplazamiento hasta fines de 1479, que fue cuando dieron comienzo las cortes (J.M. Carretero, Cortes, monarquía, ciudades..., p . 148). La conclusión de J.M. Carretero es que, a fines de 1478, la autoridad de los reyes era cuestionada por amplios sectores. No es ésa la situación en 1480. 220 Anales valencianos..., p. 40.
335
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 336
Ana Isabel Carrasco Manchado
auguraba el negro futuro de los portugueses 221. En este caso la propaganda discursiva consistió en silenciar la fatídica coyuntura en la que nacía el heredero al trono. Una semana después de este temible augurio, cumplía Isabel el periodo de cuarentena puerperal, y la reina se preparaba para acudir a la catedral a dar gracias por su salud y presentar al príncipe en el templo. Nuevamente, es el relato de Bernáldez 222 el más repetido por los historiadores, pues es el único que describe con detalle esta ceremonia. Se detiene especialmente en la descripción de las figuras regias: en su atavío regio, en la riqueza de las guarniciones de las monturas, en el cortejo, en la música festiva anunciando por las calles el paso del cortejo. Hemos de fijarnos en los nobles que cita la relación y en su posición en relación con la proximidad a las personas reales: “Iba el rey delante de ella muy festivamente, en una hacanea rucia, vestido de un rozagante brocado e chapado de oro, e un sombrero en la cabeça chapado de hilo de oro, e la guanición de la hacanea era dorada, de terciopelo negra. Iba la reina cabalgando en un trotón blanco, en una muy rica silla dorada, e una guarnición larga, muy rica, de oro y plata; y llevaba vestido un brial muy rico de brocado, con muchas perlas y aljófar. Iba con ella la duquesa de Villahermosa, muger del duque don Alonso, hermano del rey e no otra dueña ni doncella. Íbanles festejando muchos instrumentos de tronpetas e cheremías e otras muchas cosas, e muy acordadas músicas que iban delante de ellos”. “Iban allí muchos regidores de la cibdad a pie, los mexores. Íbanles aconpañando cuantos grandes avía en la corte, que iban alrededor de ellos. Iba el condestable a la mano derecha de la reina, la mano puesta en las camas de la brida de la reina; e el conde de Benavente a la mano siniestra, de esta misma forma de éste. Otros iban a sus pies e estribos, el adelantado del Andalucía e Fonseca, el señor de Alaexos”. “Iba el ama del príncipe encima de una mula, en una albarda de terciopelo, e con un repostero de brocado colorado: llevaba al príncipe en sus brazos. Iban alrededor dél muchos grandes de la corte; junto con el ama iba el almitante de Castilla, e todos estos grandes iban a pie”.
En la iglesia, tiene lugar un oficio divino de la más alta solemnidad, en el altar mayor (“Este día dixéronle la misa en el altar mayor de la iglesia mayor, muy festivamente”). Es de suponer que la homilía o sermón daría ocasión a
221
Menciones al eclipse en A. Bernáldez, Memorias..., p. 76 y A. de Palencia, Crónica de Enrique IV..., Década IV, L. XXXII, C. IV. 222 A. Bernáldez, ibídem, p. 75.
336
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 337
Los aires triunfalistas
ensalzar a los reyes, a su descendencia y linaje, la prosperidad del reino, la paz, y tal vez no faltó alguna alusión a sus rivales. En la ofrenda a la iglesia vuelve a demostrarse la generosidad de los reyes (generosidad que revierte oportunamente en su propia representación, puesto que una parte queda en manos de los capellanes de la reina): “Ofreció la reina con el príncipe dos excellentes de oro de cincuenta excellentes cada uno; ovo la fábrica el uno, e los capellanes de la reina el otro. Oída su misa, así ordenadamente como avían venido, se volvieron al alcázar”.
El regreso al alcázar se vio, nuevamente, festejado con otra jornada de toros. Hay documentada una nueva corrida para ese año: otros ocho toros que se lidiaron “el día que su alteza salliere a misa” 223. Vemos por la descripción, cómo la primera salida de Isabel a misa después del tiempo de purificación postparto y la presentación del príncipe se solemnizó con otra ceremonia de corte muy similar a la del bautizo: procesión cívica desde el alcázar a la catedral (siguiendo idéntico trayecto), ceremonia litúrgica, regreso y alegrías en el alcázar. No obstante, las pequeñas diferencias son significativas: la presencia de los reyes en el cortejo ceremonial acapara ahora el protagonismo, dando especial relevancia a la figura de la reina. La ausencia de palio, en esta ocasión, muestra una menor importancia de los regidores y, por tanto, de la ciudad (no hay constancia de colación o regalos por parte de la ciudad). La relevancia de la ciudad se transfiere a la nobleza más leal a Isabel. La ausencia del palio impone para los reyes la necesidad de incorporar otros elementos de distinción simbólica de la majestad real. En este caso, la decisión del protocolo impuso que todos los grandes fueran a pie, mientras que los reyes y el príncipe con su ama eran los únicos que recorrieron el trayecto sobre una montura. Dichas monturas fueron, además, ricamente enjaezadas, como prolongación del atavío regio. La hacanea sobre la que cabalgaba la reina era blanca, color que representa la soberanía, la absoluta preeminencia. En estas ceremonias en torno al nacimiento del príncipe Juan se confirma la tendencia de la monarquía castellana a emplear como colores de estado, en las ocasiones más solemnes, el blanco, el rojo y el negro 224. La mula del príncipe llevaba un repostero de brocado rojo que habría de llevar bordadas las armas reales 225. En el cortejo, el rey va delante de la reina, pero eso no indica que él muestre la precedencia, en este caso. Es la reina la que monta el caballo blanco, y es 223
A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 146. Todas las cuentas relativas al bautizo en J. Gestoso, Los Reyes..., pp. 64-65. 224 Véase, T.F. Ruiz, “Festivités, couleurs et symboles du pouvoir en Castille au xv e siècle: les célébrations de mai 1428”, Annales ESC, 46 (1991), pp. 536-539. 225 El repostero era “Un paño quadrado con las armas del señor, que se pone sobre las acémilas”, S. de Covarrubias, Tesoro..., voz repostero.
337
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 338
Ana Isabel Carrasco Manchado
su caballo el que sujetan varios nobles 226. En esta ceremonia vuelve a honrarse la figura de los padrinos. El condestable y el conde de Benavente llevan a la reina por las bridas. Otros dos nobles, caminan pegados a los estribos, el señor de Alaejos y el adelantado de Andalucía. El almirante, también padrino, camina junto a la mula del príncipe. La primera impresión que se desprende del análisis de esta ceremonia, en su parte más pública, el cortejo procesional, es que la intención ha sido, de nuevo, resaltar especialmente la vinculación de la nobleza con la monarquía. En el cortejo del bautizo aparecían representados todos los grupos de poder enmarcando y acompañando la persona del heredero. En esta ocasión, es Isabel, como reina de Castilla y señora natural, la que ostenta la precedencia soberana y son los nobles, y no los regidores, los que la encuadran, caminando junto a ella (no cabalgando), como si fueran regidores, y sujetando las bridas de la cabalgadura regia, como un acto de honor. Desde este punto de vista se puede afirmar que los reyes querían honrar sobre todo a su nobleza, expresando una forma de propaganda del favor real hacia ellos. En esta ocasión, la propaganda ciudadana que tiende a capitalizar simbólicamente la presencia regia en las ciudades parece quedar deslucida. Sin embargo, una mirada más atenta descubre, en un segundo nivel, otro discurso ceremonial que revela que la combinación de símbolos puede agradar a todos. Un hecho no debe pasar desapercibido: todos los grandes van a pie (salvo, quizá, la duquesa de Villahermosa, que sustituye a la comitiva de damas que siempre acompaña a la reina). La obligación de ir a pie impone a todos los grupos sociales una demanda de sumisión y reverencia que únicamente se aplica de forma incondicional a la divinidad 227. El que la nobleza vaya a pie significa rebajarla, en cierto modo, de su estado noble. La posesión de un caballo distingue al que es noble (o está en vías de serlo) del que no lo es, y más si el noble cabalga un caballo lujosamente enjaezado con el que pueda hacer ostentación de su estado y de su poder. Obligando a los nobles a caminar por las calles, al mismo nivel que el resto de los ciudadanos, disminuye la distinción entre estos y los regidores y otros oficiales menores del gobierno de la ciudad. De esta forma quedan honrados los grupos ciudadanos que, ante una nivelación simbólica aparente, no se perciben como desplazados por otros grupos más poderosos que ellos. Los reyes salen, pues, enteramente beneficiados con la puesta en escena de varios discursos ceremoniales que funcionan en la misma ceremonia con el objetivo de halagar a todos 228. 226
Blanco es el color del caballo sobre el que monta el papa el día de su coronación. El papa monta en un caballo cuyas bridas sostienen los príncipes que en ése día se encuentren en Roma (J. Heers, La corte de los Borgia..., pp. 91-92). 227 Todos los súbditos debían ir a pie cuando acompañaran al Santísimo Sacramento, siempre que saliera a la calle. El propio rey debería descabalgar y acompañarlo a pie hasta que retornara a la iglesia de la que salió, si se encontrara con él (regulado por Alfonso X en el Ordenamiento dado en Sevilla, en 1252). 228 En otras ceremonias ligadas a la familia real, pero que adquieren tintes de estado, también el cortejo cívico acompaña a los reyes a pie, como en la ceremonia de boda del príncipe Juan con la princesa
338
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 339
Los aires triunfalistas
El análisis de estas dos expresiones ceremoniales bastante parecidas (la del día del bautizo y la del día de la salida de Isabel a misa) pone al descubierto la sutileza de la propaganda ceremonial. Ambas ceremonias son reiterativas y éste es uno de sus valores propagandísticos, puesto que las dos obedecen a la misma intencionalidad legitimante (consenso de todos los grupos sociales, reunión del cuerpo social en torno a las figuras monárquicas, propaganda de reconocimiento al heredero, sacralización), que se llena de sentido a partir del trasfondo del conflicto sucesorio y las políticas consecuentes de pacificación y atracción de la nobleza andaluza. En el caso de la ceremonia de salida a misa, hemos visto cómo el análisis de los miembros del cortejo, de sus movimientos, de su forma de trasladarse, aportan rasgos distintivos en un aparente mensaje único 229. Es necesario, pues, afinar hasta el detalle para obtener el cuadro completo de la representación de las relaciones de poder que se establecen en cada coyuntura, detalles que, desgraciadamente, suelen escaparse en las imágenes fragmentadas aportadas por las descripciones que nos han llegado de las fiestas y ceremonias de esta época. 4.9. “Besó las manos a sus altezas”: negociación y obediencia de los nobles andaluces A las dos semanas de entrar Fernando en Sevilla, el 13 de septiembre de 1477, se decide una salida hacia el territorio del marqués de Cádiz que se efectuó durante la primera semana de octubre de ese mismo año. Según cuentan las crónicas, esta salida se decidió a causa de la oportuna visita que, de forma un tanto novelesca, hizo el marqués de Cádiz Rodrigo Ponce de León a los reyes. Cierta noche el marqués se trasladó a Sevilla desde Alcalá de Guadaira, y entrando cautelosamente en el alcázar decidió otorgar la obediencia a los reyes y entregarles sus fortalezas que seguían en rebeldía. Varios cronistas coinciden en la existencia de esta entrevista nocturna, aunque difieren en su tratamiento: Alfonso de Palencia dice que tuvo lugar en una “apartada cámara del alcázar” y en presencia del rey; Fernando del Pulgar cuenta que tuvo lugar ante la reina, cuando esta se encontraba “retray´da en su cámara con sus dueñas y donzellas, e con algunos de sus ofiçiales” y el cronista de la vida del marqués de Cádiz dice que se desarrolló en una “rica sala”, en presencia de Isabel y de Margarita (véanse las Coplas fechas a los altos estados de los reyes nuestros señores, s.l. s.d., quizá Burgos, Juan de Burgos, 1496, ejemplar único existente en la Biblioteca del Congreso; sobre esta obra veáse, A.I. Carrasco Manchado, “Propaganda política en los panegíricos...”, p. 533). En un estudio que trata sobre la literatura en torno a la vida y la muerte del príncipe Juan se sugiere que estas coplas se aplican a la ceremonia de la primera salida de la reina tras el parto, tal y como ya apuntó Gómez Imaz (en la edición de las Décimas al fallecimiento del príncipe don Juan, por el Comendador Román (siglo xv), Sevilla, 1890; cit. por A. Alcalá y J. Sanz, Vida y muerte..., pp. 34-35). La lectura del poema demuestra claramente que no es la ceremonia que estamos analizando la que da lugar a las coplas, sino la ceremonia de 1496. 229 C. de Merindol ha planteado diversas propuestas de estudio de las ceremonias a partir del análisis detenido de los cortejos: “Le prince et son cortège. La théatralisation des signes du povoir à la fin du Moyen Âge”, Les princes et le pouvoir au Moyen Âge, XXIII e Congres de la SHMES, Brest, mai 1992, París, 1993, pp. 303-324.
339
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 340
Ana Isabel Carrasco Manchado
Fernando 230. No es posible saber cómo se desarrolló realmente esta entrevista pero, si hemos de creer al biógrafo del marqués de Cádiz, que escribe en fechas posteriores, con un afán evidente de halagar a los reyes, se exhibió una actitud de acatamiento por parte del marqués y una actitud conciliadora y favorable, por parte de los reyes. Si el acto tuvo lugar en una rica sala del alcázar, hay que considerar que las posibilidades propagandísticas son mucho mayores que si se hubiera desarrollado en la cámara de la reina, como pretende Pulgar. En esencia, lo que tuvo lugar en esa sala fue el acto de prestar la obediencia, que el marqués, de haber querido mostrar un claro apoyo a Isabel, hubiera tenido que efectuar en Segovia o en Valladolid, tras la proclamación. El biógrafo recoge la realización reiterada del gesto del besamanos: el marqués, al llegar, besa las manos de los reyes, con el “acatamiento y reverencia que a sus reales estados pertenecía”, como a sus reyes y señores naturales; al despedirse, se acercó al estrado real “puestas las rodillas en tierra, besó las manos de sus altezas”; todavía volvió a hacerlo de igual forma una tercera vez, cuando se despide finalmente de los reyes, a las puertas de la sala. Isabel y Fernando honraron al marqués, empleando los recursos del trato cortés: le honraron de palabra, al prometerle mercedes, y con el gesto, al levantarse del estrado real que ocupaban y acompañarle hasta la puerta de la sala (“e los reyes se levantaron de su estrado real e salieron con él fasta las puertas de la sala mucho contra la voluntad del marqués”) 231. La palabra de uno y otros transmitió los mensajes propagandísticos acordes con estos gestos. El marqués explicó sus razones con un razonamiento (reconstruido de forma sintética o ampliada a gusto de cada uno de los cronistas), al cual dieron los reyes una respuesta favorable. Andrés Bernáldez, que escribe su crónica al poco de morir Isabel, relata la entrevista en términos similares y añade que allí, “el marqués les dió las llaves de Xerez, Alcalá y Constantina y les suplicó las fuesen a tomar; que él allí las tenía a su servicio” 232. Si es cierto que durante este acto tuvo lugar la entrega de las llaves de las fortalezas que ocupaba el marqués, y, puesto que sabemos que los reyes le confirmaron en la posesión de tales fortalezas, no sería de extrañar que en ese mismo instante procediera el marqués a prestar homenaje como alcaide. Si no fue en este momento, tendría lugar a la llegada de los reyes a Jerez, ciudad que se disponían a visitar y a tomar posesión de ella. Sea como fuere, la realidad no debió ser tan afable como muestra la propaganda de la memoria posterior. La negociación entre los reyes y el marqués de Cádiz continuó tras una estancia de algo más de un mes de Isabel y Fernando en Jerez de la Frontera, incluso siguió cuando los reyes retornaron a Sevilla, en el mes de noviembre de 1477. Hasta el mes de diciembre no se aquilató el pacto que firmó 230
A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXX, C. IV; F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 319; Historia de los hechos de don Rodrigo Ponce de León, marqués de Cádiz, ed. J.L. Carriazo Rubio, Granada, 2003, pp. 187. 231 Historia..., pp. 188-189. 232 A. Bernáldez, Memorias..., p. 67.
340
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 341
Los aires triunfalistas
el consejero real Fernando de Villafañe con el marqués, en nombre de los reyes, siendo confirmada la capitulación por los reyes, desde Sevilla, el 21 de diciembre de 1477 233. El proceso seguido con el duque de Medina Sidonia es similar, sólo que tardó más en llevarse a término. Antes de que hiciera su entrada Fernando en Sevilla, la reina obligó al duque a que le entregara las llaves de todas las fortalezas que controlaba en la ciudad. El día 10 de septiembre de 1477, le hizo entrega de los alcázares, atarazanas y puerta de Jerez en la ciudad de Sevilla, así como del castillo de Triana, que pretendía controlar Gutierre de Cárdenas 234. Enrique de Guzmán había dado muestras sobradas de adhesión apoyando a los reyes en la celebración de todos los actos festivos y ceremoniales que hemos analizado. Sin embargo, la capitulación que regulaba las nuevas relaciones con los monarcas no fueron firmadas hasta los últimos días de estancia de los reyes en la ciudad. Quizá este aristócrata andaluz, considerado por algunos “duque de Sevilla” 235, estaba esperando los movimientos de su rival, el marqués de Cádiz. Los reyes estuvieron en Sevilla hasta primeros de octubre de 1478. El día uno de octubre, al poco de partir hacia Carmona, Écija y Córdoba, el duque de Medina Sidonia, Enrique de Guzmán, presta la definitiva obediencia a los reyes. Resulta sorprendente que fuera justo el último día de estancia en la ciudad cuando el duque formalizó la definitiva obediencia a Isabel y a su marido. Después de haber permanecido la corte en la ciudad un año entero, después de haber vivido ceremonias de la más alta solemnidad (no una entrada real, sino dos, y todos los actos en torno al nacimiento del heredero), y fiestas que parecían denotar una tranquila y feliz vida de corte, todavía no existía la suficiente confianza política entre los dos poderes, entre los reyes y el cabeza del linaje de los guzmanes que dominaba la ciudad de Sevilla. Sin duda, todas las celebraciones que hemos analizado encubrían los pasos silenciosos y firmes de una certera operación de pactos que culmina con el compromiso que se ritualiza el día 1 de octubre con una sucesión de promesasseguridades-juramentos y pleito homenaje 236. Isabel y Fernando, antes de marchar al encuentro de otro de los recelosos nobles andaluces quisieron dejar bien atada la fidelidad del duque. El compromiso pactado fue mutuo: los reyes prometían al duque y le aseguraban que guardarían su honra, su vida y estado, como corresponde a un leal vasallo, pero esta promesa que hacían los reyes era una contrapartida al compromiso que primero habría de realizar el duque 237, centrado en cuatro puntos 233
Puede verse una copia de las capitulaciones y de la confirmación real en RAH, A-7, fols. 202-203. AGS, RGS, 10 de septiembre de 1477, fol. 495 y R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo de los Reyes Católicos..., II, doc. 209, pp. 92-96. 235 M.A. Ladero Quesada, “La ciudad medieval, 1248-1492”, en F. Morales (dir.), Historia de Sevilla, Sevilla, 1976, II, p. 118. 236 El acta escrita de este compromiso en AGS, PR, leg. 11, n.º 43; ha sido transcrita por Elena Cortés para el apéndice documental de la obra Orígenes de la Monarquía Hispánica..., doc. 65, pp. 498-499. 237 Sobre la importancia de la infinidad de pactos, ligas, acuerdos y confederaciones que jalonan toda la historia política de la Baja Edad Media hispánica, sobre todo la castellana, entre los miembros de la nobleza 234
341
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 342
Ana Isabel Carrasco Manchado
generales: servir a los reyes, reconocerles como reyes e señores naturales, cumplir sus cartas y mandamientos y velar por su seguridad, evitándoles cualquier mal. A este compromiso general se añadía el mandato expreso de reconciliación de Enrique de Guzmán con Alfonso de Cárdenas, que era tanto como decir que el duque renunciara a toda pretensión sobre el maestrazgo de Santiago 238. El compromiso del duque se ritualizó de la manera más completa posible. En primer lugar, Enrique de Guzmán realizó una promesa solemne: “Yo, don Enrique de Gusmán, duque de Medina Sidonia, conde de Niebla, por la presente escriptura prometo e seguro de tener e mantener e guardar e complir, realmente e con efecto, todo lo suso dicho, esta escriptura contenida y cada una cosa e parte dello que a mí yncumbe de faser e complir, e non yré nin verné contra ello nin contra parte dello en algúnd tiempo nin por alguna manera, çesante todo fraude e cautela e enganno, fiçión e symulaçión”.
Una simple promesa no bastaba para sellar un compromiso de esta categoría, “por seguridad de lo qual”, según declara el duque, realizó todavía un juramento solemne: “Por seguridad de lo qual juro a Dios y a Santa María e a las palabras de los Santos Evangelios, doquier que más largamente están escriptos, y a la señal de la crus en que puse mi mano derecha”. A continuación prestó pleito homenaje, según la forma acostumbrada, en las manos del cardenal Mendoza. Todos estas fórmulas y gestos de compromiso y acatamiento manifestados públicamente, probablemente en el marco del alcázar, transmitieron una forma de propaganda de legitimación que favorecía a los dos contrayentes, los reyes, por una parte, y el duque, por otra. El duque hacía alarde de una voluntad de fidelidad y de solidaridad hacia la pareja real (propaganda emitida para los reyes y la corte), pero, puesto que la promesa era recíproca, amparándose en la promesa que los propios reyes le habían formulado, quedaba de manifiesto que esa voluntad de incorporarse plenamente al servicio real no significaba en modo alguno un gesto de sumisión deshonrosa (propaganda dirigida a sus propios partidarios y clientela y hacia la ciudad de Sevilla). En otros rituales de compromiso de similares características, efectuados entre reyes y miembros de la nobleza, los gestos y las fórmulas de compromiso empleadas revelan una simbología distinta de las relaciones políticas 239. La escala de gestos de acatamiento y fórmulas de compromiso expresados por el duque (promesa-seguridad-juramento y pleito
pero también entre estos y los reyes, a la luz de su significación legitimadora y propagandística, véase el trabajo de M.C. Quintanilla Raso, “La Nobleza”, Orígenes de la Monarquía..., pp. 63 -103. Esta autora ha destacado el carácter de reciprocidad que se observa con frecuencia en este tipo de pactos, al lado de las habituales fórmulas y gestos de sumisión (véase, pp. 83-84). 238 Previamente, el día 13 de noviembre de 1477, el duque había firmado una confederación de amistad con Gome Suárez de Figueroa, conde de Feria, y Alfonso de Cárdenas (copia en RAH, ms. K-37, fols. 103-104). 239 Véase A.I. Carrasco Manchado, Discurso político y propaganda..., p. 515, nota 425.
342
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 343
Los aires triunfalistas
homenaje) subraya la firmeza y solidez de la solidaridad política, que quedaba sellada para el futuro. Isabel y Fernando partían tranquilos de Sevilla, después de una larga estancia, gracias a la cual vieron aumentado el grado de legitimación de su posición en el trono. Con el “rebelde” Alfonso de Aguilar se iniciaron también negociaciones estando los reyes en Sevilla. El proceso de acercamiento al noble cordobés implicaba igualmente limar las diferencias que mantenía con su rival, Diego Fernández de Córdoba, conde de Cabra, partidario de Isabel y Fernando. Los reyes habían dado muestras evidentes de privilegiar su relación con el conde de Cabra, premiando su colaboración en la guerra contra el rey de Portugal, incluso con honores simbólicos que perpetuarían en el futuro la propaganda de este servicio. En 1476, estando la corte en Medina del Campo, concedieron a la esposa del conde de Cabra y a sus sucesoras el vestido que las reinas llevaran todos los días de Pascua de Resurrección 240. Así pues, antes de llegar a un acuerdo con el señor de Aguilar, los reyes necesitaban que ambos nobles cordobeses llegaran a un pacto. Esta concordia resultaba fundamental, pues la paz en la ciudad de Córdoba dependía de ella. Nada más posesionarse de la ciudad de Toro, la reina comprendió esta necesidad y concedió poderes a Diego de Merlo para ejercer de corregidor en Córdoba, e intentar una reconciliación 241. Diego de Merlo no obtuvo el éxito que se esperaba. Y, estando ya en Sevilla, se llevó a cabo un segundo intento enviando como corregidor a Francisco Valdés. Finalmente se llega a un acuerdo. Tras la larga estancia de la corte en Sevilla, los reyes viajaron a Córdoba y pudieron entrar en la ciudad en condiciones de seguridad. De su encuentro con Alfonso de Aguilar, el día de la entrada en la ciudad, ha quedado otro relato de tintes novelescos, cuya veracidad es difícilmente comprobable 242. Lo que interesa resaltar de esta capitulación, desde el punto de vista de la legitimidad, es que Isabel, para lograr un acuerdo favorable con los linajes cordobeses enfrentados, se acogió al mismo pacto que habían firmado los implicados en 1469, a propósito de la reconciliación que firmaron con Enrique IV, durante el viaje que el monarca realizó a Andalucía, con idénticas intenciones pacificadoras a las que ahora exhibía su hermana. Estando en Córdoba, Isabel confirmó la confederación de 1469 y al día siguiente, Alfonso de Aguilar y otros nobles que le habían negado la obediencia en 1474, le prestaron el debido pleito homenaje 243.
240
Extracto de este privilegio, fechado el 30 de marzo de 1476, en RAH, ms. O-20, fols. 118-119. El poder lleva fecha de 26 de octubre de 1476, desde Toro. Diego de Merlo consiguió una breve tregua entre los dos nobles (firmada en Castro del Río, el 2 de diciembre de 1476, RAH, ms. K-37, fols. 154-155. 242 Lo recoge el Abad de Rute, mucho después de la muerte de Isabel la Católica. Nos hemos ocupado del relato en A.I. Carrasco, “Isabel I, una reina viajera. Símbolo e ideología en el control del territorio”, en Córdoba y la época... 243 Hay discrepancias sobre la fecha de confirmación, pero debió ser 11 de diciembre de 1478. Reproduce el texto de la confederación R. Ramírez de Arellano, Historia de Córdoba desde su fundación hasta la muerte de Isabel la Católica, Ciudad Real, 1919, vol. 4, pp. 232 y ss. 241
343
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 344
Ana Isabel Carrasco Manchado
4.10. “Les fizo muy honradas e ricas fiestas”: el viaje a Jerez Según el Itinerario de los Reyes Católicos, Isabel y Fernando partieron de Sevilla el día 3 de octubre de 1477 para hacer una breve visita a Jerez de la Frontera. Tal vez les dio tiempo, antes de marchar, a conocer la noticia de la rendición de Castronuño. Los cronistas coinciden en señalar que el viaje se realizó por el Guadalquivir, embarcados en una galera comercial. Llegaron a Sanlúcar, donde los hospedó el duque de Medina Sidonia. Y a los dos días de salir de Sevilla llegaron a Rota, ya en territorio del marqués de Cádiz. Es Alfonso de Palencia quien recoge este viaje y nos informa de que el marqués hospedó a los reyes con mayor suntuosidad que el duque, agasajando, incluso, a los cortesanos. El cronista, conocedor del enfrentamiento entre los bandos encabezados por uno y otro magnate dice, malévolamente, que lo hizo “para mostrársele superior”. El marqués estaría utilizando la visita regia como una estrategia simbólica de la que sacar partido en su competencia con el duque. Al marqués le interesaría colaborar con la propaganda regia para canalizar su propia propaganda contra su enemigo. Si hay algo de verdad en el relato de Palencia 244, veremos cómo, durante la estancia de los reyes en Jerez, volverá a darse la oportunidad de expresar esta forma de ritualización del conflicto entre el marqués y el duque. Los reyes entraron en Jerez el día 7 de octubre. Alfonso de Palencia introduce una de sus insidiosas informaciones, casi siempre tan difíciles de verificar. En este caso nos dice que los reyes iban a entrar en la ciudad por la puerta de Rota pero los vecinos les disuadieron de hacerlo, alegando que traía mala suerte a la salida, así que entraron por la de Santiago 245. En efecto, el acta notarial que recoge la entrada de los reyes en Jerez confirma que entraron por la puerta de Santiago. Los reyes venían por el arrabal de Santiago, de noche o al atardecer, pues llegaron acompañados de “gran lumbre de antorchas de cera encendida”. En su séquito se hallaba el cardenal Pedro González de Mendoza. Llegaron ante la puerta, que estaba cerrada, y allí los esperaba el marqués de Cádiz, que detentaba los oficios de corregidor y justicia mayor, y, en virtud de tales oficios, el dominio completo sobre la ciudad. El concejo también esperaba, sujetando las varas de un paño de brocado. Se disponían a oficiar el ritual de entrada, en los términos ya conocidos. Los gestos que se escenificaron representaban 244
A. de Palencia, Crónica..., Década III, L XXX, C. IV. Es difícil saber quién emplea más propaganda antiEnrique de Guzmán, si su rival el marqués de Cádiz o el cronista Alfonso de Palencia. Andrés Bernáldez, en el relato de este viaje dice que la mayor parte de los cortesanos y las guarniciones de la guarda real fueron por tierra, y no por el río, como habían hecho Isabel y Fernando. Pasaron por Utrera y Los Palacios, de donde este cronista sería años más tarde cura (Andrés Bernáldez, Memorias..., p. 69). Es posible, pues, que la mayoría de los cortesanos acudieran directamente a Rota y no a Sanlúcar. Por tanto, el duque no alojó a los cortesanos porque, sencillamente, no viajaron con los reyes. Bernáldez critica el recibimiento que Enrique de Guzmán tributó a los reyes por la razón contraria a la expresada por Palencia: los gastos excesivos: “Y en Sanlúcar el duque de Medina les fizo gran recebimiento e convites, e gastó mucho con sus altezas en demasiada manera” (ibídem, p. 69). 245 A. de Palencia, Crónica..., Década III, L XXX, C. IV.
344
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 345
Los aires triunfalistas
la actitud sumisa apetecida por los reyes: todo el regimiento, incluido el escribano Juan Román, se hincaron de rodillas “ante la real majestad y excelençia de los dichos señores rey e reyna”. Uno de los veinticuatro, García de Ávila, dirigió unas palabras de bienvenida a los reyes, demandándoles la jura de los privilegios. Para suavizar el momento siempre delicado que implicaba esta petición obligada, García de Ávila recordó los muchos servicios que la ciudad había prestado a los reyes, incluidos a ellos mismos. Los reyes accedieron a jurar y así lo hicieron, sobre una cruz de plata y un libro de los Evangelios que le presentaron el prior de la iglesia de San Salvador y un clérigo y capellán. Estos aprovecharon para solicitar asimismo la confirmación de los privilegios reales concedidos a los canónigos y beneficiados de la ciudad. Tras los ritos de jura, alzaron el paño de brocado sobre los reyes y abrieron la puerta de la muralla, en señal de aceptación y obediencia de la ciudad hacia sus reyes. El escribano dejó constancia de las aclamaciones que se escucharon durante la entrada, nueva muestra de aprobación y de beneplácito legitimador hacia los reyes: “dando altas bozes la gente della que allí estaba, diziendo viva el rey e la reyna nuestros señores”. La ceremonia de entrada se completó de una forma perfecta, pues los reyes se dirigieron hacia la iglesia de San Salvador, para, públicamente, elevar una oración ante el sagrario. Finalmente, se aposentaron en los alcázares 246. El cronista Andrés Bernáldez califica esta entrada de “muy honrado recebimiento”, añadiendo que “les entregó el marqués la cibdad e fortaleza, alto e baxo de toda ella” 247. Como apuntábamos más arriba, pudo ser en el tránsito de esta entrada cuando los reyes volvieron a confirmar al marqués en la posesión de la fortaleza y cuando este prestó el consiguiente pleito homenaje. La entrada en los alcázares, aposento de los reyes, se ritualizaría, por tanto, como una toma de posesión. Así pues, podemos considerar la ceremonia de entrada real en Jerez como una segunda puesta en escena del retorno al servicio y a la obediencia real del marqués de Cádiz, Rodrigo Ponce de León. Toda la ciudad pudo percibir en la visita de los reyes el mismo juego de actitudes que reyes y nobles mostraron en la sala rica del alcázar de Sevilla, cuando el marqués acudió a dar la obediencia. El marqués se mostraba sumiso de buen grado, recibiendo a los reyes a pie ante las murallas de la ciudad, pues sabía que, al llegar a la fortaleza, recibiría de nuevo la posesión de los alcázares. Durante la estancia de Isabel y Fernando en la ciudad, el marqués siguió honrando a los reyes. De esa manera colaboraba en la puesta en escena de la majestad real. Dice el biógrafo que el marqués “les fizo muy honrradas e ricas fiestas de gran complimiento de todas las cosas segund que a sus reales estados era razón de lo facer” 248. El marqués convidó a los reyes al día siguiente de la 246
El acta de la entrada de Isabel y Fernando en Jerez: J. Onís y López, “Las juras que tomó García de Ávila al rey don Fernando y a la reina doña Isabel, su mujer, cuando entraron en Jerez de la Frontera, 1477”, Revista de Archivos Bibliotecas y Museos, II (1877), pp. 252-254. 247 A. Bernáldez, Memorias..., p. 69. 248 Historia de los hechos..., p. 190.
345
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 346
Ana Isabel Carrasco Manchado
entrada y organizó la celebración de corridas de toros. Entre los festejos memorables hay que mencionar el organizado a instancias del rey Fernando para honrar a los embajadores napolitanos que habían acudido a la ciudad para comunicarle la celebración del matrimonio de su hermana Juana con el rey de Nápoles. Con esta ocasión se celebró un juego de cañas. Pero lo que había comenzado como un divertimento caballeresco acabó en tumulto. Alfonso de Palencia recoge este suceso, y en este caso las alusiones que han transmitido las actas municipales confirman su relato. Un espectáculo que hubiera resultado el marco ideal para la difusión de la propaganda de la corte regia ante los embajadores del aliado napolitano terminó siendo utilizado como catalizador del conflicto que mantenían los bandos en la ciudad. El juego de cañas tuvo lugar en la plaza del Mercado, la plaza principal de la ciudad, situada junto a la puerta de Rota. Los reyes ocuparon una especie de balconada, desde donde contemplarían el combate caballeresco, acompañados de los embajadores y de otros cortesanos. Comenzado ya el juego, un caballero del bando del marqués profirió injurias a otro del bando del duque, motivo suficiente como para hacer estallar la pelea. El rey en persona impidió que la reyerta terminara en masacre. Existen otros indicios documentales y cronísticos que no desmienten este suceso, pero matizan el grado de responsabilidad que el cronista Palencia atribuye al duque y al marqués. La violencia banderiza que acostumbraba a manifestarse en Jerez, al igual que en otras tantas ciudades de la época, no pudo soslayarse con la celebración de una justa, muy al contrario, encontró el marco ideal 249. La fiesta podría haber canalizado la tensión que se vivía en la ciudad de una manera propagandística y la propia propaganda de la realeza habría salido beneficiada. No obstante, el grado de violencia existente en la ciudad era tal, que los cauces de la propaganda regia no pudieron concluir con éxito. Los hijos de García Dávila se enzarzaron con los Zurita. Francisco de Zurita, veinticuatro que había sostenido personalmente una de las varas del palio del recibimiento el día de la entrada real, echó mano a la espada para defender a su pariente Sancho de Zurita 250. Este hecho resulta indicativo de la adhesión aparente que pueden reflejar las ceremonias. El gesto de Francisco de Zurita el día de la justa desmiente el sentimiento aparente de adhesión que mostró el día del recibimiento, pues al sacar la espada con intención de herir delante de los reyes infringía de forma consciente el orden simbólico de paz que debía rodear el entorno regio. 249
Las justas y otros deportes caballerescos, como el juego de cañas, que eran por sí mismos fenómenos de representación de la guerra y que podían canalizar las agresiones y los conflictos, en ocasiones no funcionaban como tales (véase V. Gibello Bravo, “La violencia convertida en espectáculo: Las fiestas caballerescas medievales”, en Fiestas, juegos y espectáculos en la España medieval (Actas del VII Curso de Cultura Medieval, celebrado en Aguilar de Campoo (Palencia) del 18 al 21 de septiembre de 1995), Aguilar de Campoo-Madrid, 1999, pp. 157-172). 250 Los culpables fueron castigados con el destierro, aunque el delito de infringir el seguro del rey estaba penado con la muerte. Reúne varios fragmentos de actas y otros datos sobre estas justas H. Sancho de Sopranis, Juegos de toros y cañas en Jerez de la Frontera, Jerez, 1960, pp. 7-9. Desconoce, no obstante, la referencia de Alfonso de Palencia (Crónica..., Década III, L. XXX, C. V).
346
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 347
Los aires triunfalistas
Al igual que en Sevilla, la política de Fernando e Isabel en Jerez consistió en recuperar las fortalezas y entregarlas a personas de confianza. En este caso, como en Sevilla, la posesión de los alcázares recayó de nuevo en el grande que las controlaba, tras haber sellado con él una serie de pactos que consolidaba considerablemente la hasta entonces voluble fidelidad del marqués de Cádiz a la pareja real. La que se ha venido llamando “política de pacificación de Andalucía” incluía, además, la aplicación de diversas medidas de gracia y justicia. Tal y como ha sido estudiado, predominaron las medidas de gracia sobre las de justicia, política que seguía la lógica de la necesidad de atraer partidarios, especialmente entre los grupos más poderosos 251. Siendo esto así, no es de extrañar que tal política suscitara recelos en la opinión general que veía en la realeza, sobre todo, una fuente de justicia. Es otra vez Alfonso de Palencia (tendente en esta parte de su crónica a mostrar los puntos oscuros de la estancia de los reyes en Andalucía), el que refleja el estado de la opinión común en la ciudad de Jerez, en el momento de la visita de los reyes. Según este cronista, el rey Fernando no se decidía a organizar audiencias públicas para impartir justicia porque temía las reclamaciones de los jerezanos en contra del marqués, a quien ya había acogido bajo su protección. Ante las críticas recibidas, finalmente presidió algunas audiencias públicas de justicia. Estas audiencias tuvieron más que nunca un carácter propagandístico, puesto que, en palabras del cronista: “el rey tenía las manos ligadas y creía conveniente disimular los crímenes cometidos por las gentes del marqués”. La denuncia de Palencia pone al descubierto una estrategia de simulación, equivalente a una estrategia de propaganda 252. Esta estrategia de simulación propagandística no debió tranquilizar excesivamente los ánimos de la población, si seguimos creyendo a este cronista. Por la ciudad se cantaban coplas que revelarían los síntomas de una resistencia a esa propaganda. Los muchachos “entonaban lúgubres cantilenas, con augurios de tristes sucesos y diciendo que el rey había ganado las fortalezas, pero había perdido los corazones de sus vasallos”. Palencia, siempre cauto en sus críticas a Fernando, atribuye la incitación de estos rumores a agentes del marqués que querían enturbiar el ambiente, pero, a pesar de esto, no deja de reconocer que la actitud de los reyes era contraria a la dureza deseada por el anti-nobiliario cronista. Como en Sevilla, a las audiencias públicas de justicia siguió la concesión de un perdón general a los vecinos de Jerez, medida de gracia para todos aquellos que hubieran cometido delitos en los días pasados. La fecha de la concesión de este perdón general es de dos de diciembre 253, lo que quiere decir que los reyes 251 Todas
estas cuestiones han sido analizadas por P. Rufo Ysern, “Los Reyes Católicos y la pacificación de Andalucía...”, pp. 217-249. 252 A. de Palencia, Crónica..., Década III, L. XXX. C. IV. Sobre la teoría y la práctica de la simulación política en esta época, me permito remitir a mi artículo: A.I. Carrasco Manchado, “«Simular» y «disimular», percepción de un concepto moderno en la Edad Media hispana”, en I Congreso Internacional de Pensamiento Político Hispánico: sujetos, conceptos y prácticas de poder en la Edad Media hispana, Murcia, (en prensa). 253 P. Rufo Ysern, “Los Reyes Católicos...”, p. 242, nota 82.
347
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 348
Ana Isabel Carrasco Manchado
perdonaron a los vecinos de Jerez cuando se encontraban ya en Sevilla. Según el Itinerario, los reyes estuvieron en Jerez un mes y abandonaron la ciudad durante la primera semana de noviembre. Es muy probable que los reyes no quisieran conceder esa medida de gracia durante su estancia en la ciudad, quizá movidos por el estado de opinión reinante. Si las expectativas de que impartieran justicia y de que castigaran los abusos de los integrantes de los bandos nobiliarios se vieron defraudadas, hubiera sido peligroso para la imagen de Isabel y Fernando pregonar el perdón general mientras los reyes se encontraran en la ciudad. Pero no por ello los reyes perdieron la oportunidad de mostrarse misericordiosos: en una de las audiencias que concedieron en Jerez otorgaron algunos perdones de Viernes Santo, gracia regia que remitía a mensajes simbólicos de tintes sagrados 254. La utilización propagandística que Isabel y Fernando hicieron de los perdones de Viernes Santo se revela en el hecho de que su concesión no se hacía pública únicamente en el contexto de dicha festividad sagrada. El Viernes Santo se alega como motivación de unos perdones que iban siendo concedidos en distintas circunstancias, lugares y momentos del año 255. No nos ocuparemos de otros lugares que visitaron Isabel y Fernando durante su larga estancia en Andalucía. El esquema seguido en todas ellas no difiere, desde el punto de vista propagandístico, de esta visita que efectuaron al Jerez dominado por el marqués de Cádiz. El objetivo era realizar una entrada real solemne, en la que quedara patente la jura de los privilegios ciudadanos; escenificar gestos de piedad, visitando lugares sagrados; efectuar gestos que representaran el nuevo estado de relaciones con los poderosos nobles andaluces que dominaban en cada villa importante; proyectar imágenes relacionadas con la justicia y con la gracia del perdón... La misma serie programática (audiencias públicas y concesión de perdones generales), que hemos visto repetida en Sevilla y en Jerez, tuvo lugar en Écija, en Carmona, en Córdoba. Se trata de la vertiente pública, propagandística, de la política de pacificación que los reyes aplicaron en toda la zona 256.
254
Perdón de Viernes Santo a varios vecinos de Madrigal y de Zorita, fechado en Jerez de la Frontera a 15 de octubre de 1477 (pub. en: J.L. Martín Rodríguez, Documentación medieval abulense en el Registro General del Sello, Ávila, 1995, doc. 61). 255 Si ese año 1477 otorgaron en Jerez un perdón de Viernes Santo en octubre, meses antes, en abril, habían concedido otro perdón de Viernes Santo durante su estancia en la villa de Madrid (perdonaron a Pedro de Cascales un homicidio, el 15 de abril de 1477, en Madrid, “por quanto en tal día como en Viernes Santo del que Nuestro Señor Ihesuchristo resçibió muerte y pasión”, A. Moratalla, Documentos..., doc. 114). Este perdón se amolda al contexto de la Semana Santa, pero no así el de Jerez). 256 Para la visita de Isabel y Fernando a Córdoba, el papel desempeñado por Alonso de Aguilar y la concesión de perdones, véase: M.C. Quintanilla Raso, Nobleza y señoríos en el Reino de Córdoba. La Casa de Aguilar (siglos XIV y XV), Córdoba, 1979, pp. 132-133. Otros pormenores sobre este viaje en nuestro trabajo: “Isabel I, una reina viajera...”.
348
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 349
Los aires triunfalistas
5. La retórica del triunfo 5.1. De los primeros ordenamientos a la primera cronística En esta fase del conflicto sucesorio se observa una mayor utilización de todos los medios que estaban ya siendo empleados para difundir mensajes propagandísticos. La propaganda cancilleresca es explotada al máximo, aprovechando las nuevas circunstancias políticas. La victoria de Peleagonzalo provocó una oleada de cartas firmadas por Fernando o por Isabel. Las cartas eran leídas en las reuniones de los concejos, premiadas con albricias y, posteriormente, pregonadas por las calles y plazas, junto con las decisiones municipales de celebrar la victoria de forma conveniente. Gran importancia tendrán las cartas enviadas al reino de Valencia, dado el apoyo económico que estaba prestando a la empresa castellana en la que se había embarcado su príncipe heredero 257. Existía una fuerte competencia entre los dos bandos, en el terreno informativo, pues también los portugueses se atribuyeron la victoria. La esencia de la propaganda de guerra consiste en saber atribuirse la victoria y en saber darle el relieve conveniente. Entre los historiadores del periodo hay algún juicio que califica de “alegato propagandístico” la carta escrita por Fernando de Aragón el día 2 de marzo de 1476, desde Tordesillas 258. Ante la presunción portuguesa de atribuirse la victoria, la reacción castellana incluyó procedimientos para difamar al rey Alfonso. No tardaron en circular romances en los que se ridiculizaba el comportamiento del pretendiente portugués 259, desaparecido, al parecer, algunas horas después de la batalla. Isabel conoció la noticia de la victoria en el palacio de Tordesillas. De inmediato acudió a ofrecer sus oraciones de acción de gracias ante el altar de los santos Juanes del monasterio de Santa Clara. Probablemente fue en Tordesillas donde recibió de manos de su confesor Hernando de Talavera una obra sobre san Juan Evangelista: el Breve tratado más devoto y sotil de loores del bienaventurado sant Juan Evangelista 260. Este tratado religioso estaba dedicado a la reina, e 257
Testimonio de esta propaganda es el “Pregón del concejo valenciano ordenando fiesta y procesión de acción de gracias por la victoria del rey de Castilla sobre los portugueses”, que se encuentra en el Archivo Municipal de Valencia, Manuals de Consells, 40 A., fols. 251-252, transcrito por M. Gual Camarena, “La forja”, doc. 39, pp. 187-188. 258 De la carta de Fernando dando a conocer a las ciudades la victoria de Toro, se conservan los ejemplares enviados a Baeza, Murcia y Sevilla. A propósito de esta carta, L. Suárez escribió: “Naturalmente se trata de un alegato propagandístico en que la verdad se exagera”, Política internacional..., I, p. 116, nota 69. 259 Véase el “Romance de la batalla de Toro” en Romancero general, recopilación de A. Durán, Romancero General, Madrid, 1945, II, n.º 1024. El romance escenifica el lamento y los reproches del duque de Guimara˜es a los portugueses que han regresado de la batalla sin su rey. Como la carta de Pulgar a Alfonso V, se trata de una usurpación de la voz y de la opinión portuguesa. No obstante, hay que poner en duda la utilización coetánea de este romance, ante la dificultad de fechar un material que responde, básicamente, a una forma de difusión oral, y cuya expresión escrita se ha recogido en obras escritas en fechas posteriores. Pudo servir a una propaganda formulada a posteriori, en un contexto político distinto y no durante la guerra. 260 Ms. 332. Sig. M. 2/18 de la Biblioteca de la Fundación Lázaro Galdiano. La idea de que fue en ese momento cuando la reina recibió la obra es de J. Messeguer, “Isabel la Católica...”, p. 294.
349
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 350
Ana Isabel Carrasco Manchado
incluía ciertas reflexiones políticas que podían aplicarse a la soberana. Todo este periodo está teñido de una “devoción política” por san Juan, patrón de los reyes en sus dos versiones (el Bautista, patrón de Fernando, y el Evangelista, de Isabel), y éste es un exponente más. A la victoria de Toro siguió una tregua con los portugueses que permitía continuar profundizando en la legitimación de la sucesión al trono. La celebración de actos institucionales de la mayor importancia política proporcionó un añadido de legitimidad para la pareja real castellano-aragonesa. En abril de 1476 se celebraron, finalmente, las cortes que habían sido convocadas por Isabel al tiempo de su proclamación. A pesar de la deficiente representatividad y de otros obstáculos a los que ya hemos aludido, constituyeron una baza importantísima frente a sus rivales, los reyes Alfonso y Juana: las cortes sancionaban la sucesión futura de la hija de Isabel. El juramento prestado a la heredera reflejaba el discurso del consenso general del reino en torno a las personas reales y a su estirpe. En el cuaderno redactado al término de las cortes, especialmente en el preámbulo del ordenamiento, se expresaban argumentos que insistían en el recto ejercicio del poder. Más dificultoso resultó justificar el gravoso servicio impuesto a las ciudades en las cortes de Madrigal para sufragar los gastos de la guerra. Nuevamente se recurrió al envío de numerosas cartas, informando del repartimiento 261. Por aquellas fechas, Isabel y Fernando conseguían sacar adelante un proyecto que les concedería importantes recursos materiales para fortalecer su poder: en Madrigal, el día 19 de abril, ambos suscribían el ordenamiento de la Hermandad General. Durante varios meses no dejaría de oírse hablar de ella y de sus competencias. Este ordenamiento fue pregonado, leído públicamente y jurado, en las ciudades y villas que aceptaron su implantación 262. Ya hemos aludido a la propaganda encargada de promover esta institución. Los agentes reales fueron enviados a los concejos con cartas reales e instrucciones para convencer con razonamientos a las autoridades de los beneficios generales de pertenecer a la Hermandad. Estos delegados poseían una entrenada capacidad persuasiva: eran figuras destacadas como el provisor Juan Ortega o el cronista Alfonso de Palencia, tan conocedor de los recursos retóricos de la oratoria clásica. Alfonso de Palencia acompañó en su viaje al norte al rey Fernando, con el objetivo específico de promover la Hermandad por aquellas tierras. Después de eso partió a Sevilla con igual cometido, acompañado de otros oficiales reales. Las razones aportadas por todos estos agentes en favor de la hermandad, al ser testimonios orales, no se han conservado. Se trata de una propaganda destinada a convencer a las ciudades 261
Un ejemplo de carta real en defensa del repartimiento en el Archivo Municipal de Ávila: B. Casado, Documentación real..., doc. 17, pp. 44-49. 262 Los reyes ordenaron que “Fagan la dicha hermandad una con otra e otra e otras con otras e todas juntas unas con otras dentro de treynta días después que fuere noteficada e pregonada esta dicha nuestra carta (...), por manera que dentro de los dichos treynta días ayan fecho e fyrmado e jurado la dicha hermandad las çibdades e villas e logares e provinçias e merindades de cada un partido”, R. Carande y J. de M. Carriazo (eds.), Tumbo..., I, doc. 144, pp. 275-276.
350
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 351
Los aires triunfalistas
para que ingresen en la nueva hermandad. Es, por tanto, un tipo de propaganda ligado a una necesidad política muy concreta: sostener una negociación. Así pues, no se considera necesario conservar por escrito los parlamentos de los negociadores. No obstante, podemos analizar un reflejo de todos aquellos argumentos persuasivos a partir del más famoso de todos aquellos razonamientos, el de Alfonso de Quintanilla en la junta de Dueñas 263 que fue recreado por Fernando del Pulgar en su crónica, aunque sin olvidar que es una reelaboración cronística que obedece a sus propios fines de propaganda historiográfica 264. La propaganda de la Hermandad no cesó con la publicación del ordenamiento, puesto que muchas ciudades se mostraban reacias a ingresar en la institución. Por tanto, los razonamientos de los agentes siguieron siendo necesarios a lo largo de todo este periodo, y también las cartas conminatorias que no dejaron de enviar los reyes. Resulta interesante contrastar los argumentos recogidos en el razonamiento de Quintanilla y los que se expresan en los preámbulos de las cartas reales, como la enviada a Sevilla, con fecha de 15 de enero de 1477 265. Aquel mes de abril y parte de mayo la presencia de los reyes en las cortes de Madrigal debió alentar en alto grado el sentimiento monárquico. Probablemente por primera vez desde el momento mismo de la sucesión, Isabel y Fernando se sentían más reyes que nunca. No parece casual el que, de regreso a Valladolid, nombraran cronista oficial a un personaje llamado Juan de Flores, vecino de Salamanca, hijo de Fernando de Flores 266. Es señal de que, por estas fechas, creían firmemente en el éxito de su sucesión: se disponían a legar a la posteridad la crónica de su corto reinado, con la seguridad de que, efectivamente, se perpetuaría en el tiempo. Pretendían así que su historia personal se sumara a la historia de los otros reyes de Castilla y León, de los que se decían sucesores. La primera crónica de este periodo escrita en castellano que se conserva se dedica a historiar los años 1469 a comienzos de 1477. Se trata de la crónica publicada con el nombre de Crónica incompleta de los Reyes Católicos, nombre inventado por su editor moderno, puesto que el único códice que se conserva de esta crónica se halla incompleto y anónimo. En las guardas del códice hay una nota de mano del siglo xvii o posterior que se atribuye a Alonso de Flores, 263
Después de la junta celebrada en Cigales, se preveía, para el día de Santiago, junta general de la Hermandad en la villa de Dueñas, “para que allí se vean las tierras que después han entrado en la dicha hermandad e así mesmo las tierras que fueren requeridas que no han querido entrar en ella”, ibídem, I, doc. 144, p. 283. 264 Entre los materiales de Pulgar para escribir su obra se halla este “Razonamiento que hizo Alfonso de Quintanilla ante la junta de la Hermandad, en Dueñas”. Seguiremos el manuscrito de la Biblioteca de la RAH, 9/5173, en transcripción de A. Gómez Moreno, “Amador de los Ríos. Abella y cuatro orationes”, en J. Romera, A. Lorente y A. M. Freire (eds.), Ex libris. Homenaje al profesor José Fradejas Lebrero, Madrid, 1993, I, pp.133-136. 265 “Carta a la ciudad de Sevilla ordenando el ingreso de esa ciudad en la Hermandad General”, R. Carande y J. de M. Carriazo (eds.), Tumbo..., I, doc. 144, pp. 274-284. 266 El nombramiento se encuentra en AGS, RGS, 20 de mayo de 1476, fol. 329 y fue transcrito por J. L. Bermejo Cabrero, “Orígenes del oficio de cronista real”, Hispania, 40 (1980), pp. 408-409, y por V. Beltrán de Heredia, Cartulario de la Universidad de Salamanca, Salamanca, 1970, II, pp. 113-114, doc. 187.
351
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 352
Ana Isabel Carrasco Manchado
vecino de Salamanca y familiar del duque de Alba, siguiendo lo escrito por el doctor Galíndez de Carvajal a propósito de los cronistas de los Reyes Católicos 267. Recientemente, sin embargo, ha sido atribuida a Juan de Flores, conocido autor de novelas sentimentales cortesanas. Los estudiosos de este novelista lo han identificado, asimismo, con el Juan de Flores nombrado cronista oficial 268. Esta atribución nos parece, no obstante, problemática, apoyada en indicios superficiales 269. No olvidemos que el único códice que se conserva se presenta anónimo y que ni siquiera el editor moderno, Julio Puyol, se fió del anotador hasta el punto de tomar la decisión de atribuir la autoría de la obra a Alonso de Flores. En el caso de que el cronista oficial llamado Juan de Flores fuera el mismo autor de novelas sentimentales, no por ello hay que identificar la Crónica incompleta con una supuesta crónica oficial salida de su pluma 270. El efecto propagandístico de esta crónica es desigual. El autor se recrea en hechos protagonizados por personajes de segunda categoría, como el clavero Alonso de Monroy o un Alonso Maldonado, perdiendo la perspectiva de las acciones regias 271. El interés por los personajes que proceden de la tierra de Salamanca, 267
Editada por Puyol en 1934, a partir del manuscrito que guardaba la Academia de la Historia, la obra se atribuyó a Alonso de Flores o Alonso Flórez, a partir de las palabras de Galíndez de Carvajal, que descalifica a “un Alonso Flórez, vecino de la ciudad de Salamanca, familiar del duque de Alba, que escribió lo de Toro y Zamora, y aquello se dejó también de poner por algún respeto”, Anales Breves del reinado de los Reyes Católicos, ed. BAE, lxx, p. 535. Julio Puyol rastreó esta atribución, desconfiando de la anotación que aparece en la hoja de guarda y de otros indicios, prefiriendo seguir considerando la obra como anónima. 268 Es el caso de C. Parrilla, “Un cronista olvidado, Juan de Flores, autor de la Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, en A. Deyermond e I. Macpherson (eds.), The Age of the Catholic Monarchs (1474-1516), Literacy Studies in Memory of Keith Whinnom, Líverpool, 1989, pp. 123-133, y, antes que ella, apoyándose básicamente en criterios y en paralelos temáticos con las novelas de ficción de Juan de Flores, J. Gwara, “The Identity of Juan de Flores: The Evidence of the Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, Journal of Hispanic Philology, 11 (1986-1987), pp. 103-130, 205-222. Igualmente, V. Castro Lingl, “Juan de Flores and Lustful Women: The Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, La Corónica, 24.1 (1995), pp. 74-89, se apoya en planteamientos puramente literarios, en nuestra opinión método arriesgado, puesto que comparaciones de distinto orden abrirían el campo hacia otras posibilidades de atribución, según se implique a unos autores o a otros. Entre los filólogos parece que se acepta, sin mayor crítica, la identificación de Juan de Flores con el autor de la Crónica incompleta: A. Deyermond ha hecho notar que gracias a esta nueva atribución se adelanta la cronología de la actividad de un autor de ficción que se creía sucesor de Diego de San Pedro –cuyo Arnalte y Lucenda fue escrito en torno a 1480– (A. Deyermond, “Las innovaciones narrativas en el reinado de los Reyes Católicos”, Revista de Literatura Medieval, VII (1995), p. 96, nota 8). 269 Los indicios meramente textuales pueden originar resultados alternativos, tal y como hemos puesto de manifiesto en A.I. Carrasco Manchado, Discurso político..., p. 582, nota 68. 270 J. L. Bermejo Cabrero, “Orígenes...”, p. 401, nota 13. Coinciden en el tiempo una crónica, escrita por entonces pero transmitida como anónima, y el nombramiento de un cronista oficial, pero la coincidencia en el tiempo no crea una relación automática de autoría respecto a la obra. 271 El ejemplar conservado, de caligrafía y factura sumamente cuidada, sin tachaduras ni correcciones de autor, es, con toda seguridad, una copia del original. Este ejemplar de la Real Academia de la Historia (ms. 9/467) ofrece una versión abreviada, con episodios seleccionados en función de algún objetivo que se nos escapa. Julio Puyol apuntó la hipótesis de que fuera la copia de un borrador de crónica (Crónica..., p. 26). Esto explicaría el que se narren algunos episodios de dudoso interés propagandístico (al menos desde la perspectiva de la realeza) con sumo detalle, y que por el contrario falte la narración de otros tan importantes como la victoria de Peleagonzalo. Desde luego, si es el cronista que escribió “lo de Toro y Zamora”, como dijo Galíndez de Carvajal, no se ha reparado suficientemente en que en esta crónica falta precisamente esto: los episodios de Toro y Zamora.
352
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 353
Los aires triunfalistas
como el doctor Rodrigo de Maldonado, confirmaría la procedencia del autor 272, pero este interés sesgado por ciertos acontecimientos y personajes nos hace pensar que no nos encontramos ante una crónica oficial. Tal vez la crónica fue encargada por algún colaborador cercano a Isabel, o el propio autor comenzó a escribirla por su propia iniciativa, con objeto de halagar a los reyes o para ensalzar la figura de otros magnates y personajes ilustres de la tierra de Salamanca. En cualquier caso, aun sin tratarse de la crónica oficial que Isabel y Fernando tenían en mente escribir en 1476, ya se apuntan temas básicos de su propaganda regia: contraste entre el reinado de Enrique IV y el de Isabel y Fernando, representantes del orden frente al desorden, la justicia frente a la injusticia, la paz frente a las tiranías, la luz frente a la oscuridad. Está presente el deseo de reforzar el derecho de Isabel y Fernando al trono, en contra del derecho de Juana 273 y de su marido, el rey Alfonso de Portugal, todavía titulados reyes de Castilla en el contexto de una guerra aún no terminada. El limitado interés en difundir y continuar esta crónica, cuya prueba más patente es el hecho de que sólo se conozca un ejemplar (debido quizá a esos respetos de los que habla Galíndez de Carvajal), es reflejo de la precariedad de los tiempos, realmente todavía demasiado inseguros como para escribir una crónica oficial plenamente autorizada 274. El nombramiento infructuoso de Juan de Flores confirma también la dificultad de asentar una empresa historiográfica desde el poder en estos años, a pesar del empeño demostrado por los reyes al nombrar cronista oficial. Hasta 1480, con la llegada de la paz, momento en que se nombra a Fernando del Pulgar, la situación no cambiará. Curiosamente, los dos nombramientos, el de 1476 y el de 1480, se producen durante, o al término, de la celebración de Cortes. Parece existir una misma voluntad de legitimación que asocia los dos fenómenos, cortes-historia oficial (legalidad y legitimación histórica). El segundo de estos intentos tendrá mejor fortuna que el primero. A pesar de esto hay que recordar que Isabel y Fernando no carecían de cronista: contaban con los servicios del cronista y secretario de latín de Enrique IV, Alfonso de Palencia. Palencia, que desde la rebelión de 1465 contra el rey trabajaba para el bando que encumbró al infante Alfonso y, después de él, a la 272
Flores es un apellido habitual en Salamanca, en esta época. Hay un Alonso Flores firmando como testigo en documentos suscritos por caballeros y personas del linaje o bando de Santo Tomé (véase, A. Vaca y J. Bonilla, Salamanca en la documentación..., docs. 53 y 75), y hay un Juan de Flores, “ombre de armas” que se presentó en el alarde de 6 de junio a 30 de julio de 1475, reunido en Santiago de la Puebla para los jinetes y lanceros de las tierras y comarcas de Ávila, Arévalo, Medina, Fresno y Salamanca (ibídem, doc. 77). 273 El cronista de la Incompleta, al igual que Fernando del Pulgar, gusta de introducir, al hilo de la narración, debates y parlamentos puestos en boca de diversos personajes. Con este recurso se crean argumentos para el discurso de la propaganda. Veremos el “Habla que doña Beatriz de Bobadilla hizo al rey don Enrique”, (Crónica incompleta..., pp. 112-118). 274 Esperamos la publicación del volumen del magno estudio dedicado a la prosa de la época de los Reyes Católicos realizado por Fernando Gómez Redondo, en el que, a buen seguro, se hallarán nuevas orientaciones sobre estos problemas literarios. Sobre la imagen de Isabel en esta crónica, véase M. del P. Rábade Obradó, “La imagen de Isabel I de Castilla en la Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, en Gobernar en Castilla durante la Edad Media. El papel de las mujeres, e-Spania, 1 (en-jun 2006), 19p.
353
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 354
Ana Isabel Carrasco Manchado
infanta Isabel, llevaba tiempo escribiendo su particular visión de todos aquellos acontecimientos. Las famosas Décadas de Alfonso de Palencia resultaron útiles para la etapa crítica de la guerra contra el rey Enrique, como generadoras de discursos propagandísticos de una sorprendente efectividad posterior. Durante esos años anteriores, Palencia trazó la imagen del rey Enrique IV como rey inicuo, estereotipo de la tiranía que sustentó la legitimidad del destronamiento y la usurpación del trono y, al mismo tiempo, atacó duramente a la nobleza rebelde a Fernando e Isabel. Aunque la obra se continuaba en estas fechas, en realidad, se ajusta mejor a todo el periodo anterior. Palencia es un propagandista convencido 275 justo hasta este momento que coincide con la estancia de la corte en Sevilla. Pero, a partir de 1477, el estado de ánimo de Palencia respecto a los reyes cambia y sobrevienen las primeras críticas duras contra Fernando. La visita de los reyes a Andalucía y la estancia de la corte en Sevilla, ciudad donde estaba avecindado Palencia, frustró las esperanzas del cronista en los reyes, cualesquiera que fueran, ya fueran esperanzas personales o políticas 276. La virulencia que impregna las páginas de su historia resultaba útil para los primeros años, pero parece entrar en contradicción con la política adoptada por los reyes en Andalucía, política de conciliación con la nobleza. En el periodo siguiente declina su influencia personal y se eclipsa toda posibilidad de convertirse en el cronista del reinado. Después del mes de mayo, Fernando de Aragón abandona la corte de Valladolid y se traslada al norte para ayudar a su padre en la solución de diversos problemas relativos a Navarra y Francia. Aprovechando este viaje, diversas entradas reales por lugares del señorío de Vizcaya y Guipúzcoa, y, sobre todo, los juramentos que se incluían en ellas, le permitieron ahondar en el contenido de su título de rey de Castilla, especialmente a ojos de los súbditos de su padre, el rey de Aragón. Como hemos analizado, Fernando se adelanta a Isabel en la jura de los fueros de Vizcaya, celebrada en la iglesia de Santa María la Antigua de Guernica, participando, antes que ella, de la ceremonia de reconocimiento y homenaje que se prestaba al titular del señorío bajo el árbol de Guernica 277. Fernando de Aragón aparece así como titular de dicho señorío. 275
Tate dice que estaba y está de moda calificar a Alfonso de Palencia como propagandista, como sucedió con Tito Livio. Sin embargo, Palencia no perdona ni a Fernando ni a Isabel. Tate afirma que Palencia escribe como analista no encasillable dentro de cualquier política definible. En su opinión, la ideología política de Palencia y Livio puede estudiarse con más fruto contra un fondo de aspiraciones tradicionales morales que contra la política documentada de ambos príncipes (ver, R.B. Tate “Alfonso de Palencia y los preceptos de la historiografía”, Nebrija y la introducción..., pp. 348-349). 276 R.B. Tate supone que a Alfonso de Palencia le hubiera gustado ejercer el cargo de asistente en la ciudad de Sevilla en lugar de Diego de Merlo, que fue nombrado asistente precisamente durante aquella estancia de los reyes en su ciudad (ibídem, p. 347). 277 Una copia manuscrita del acta de juramento, realizada para incluirla en la edición impresa de los fueros, puede verse en BNE, ms. 6150, “Traslado pedido por Felipe II del juramento que hicieron los Reyes Católicos en su visita al señorío de Vizcaya en 1476”, escrito en letra redondilla del siglo xvi. El juramento del Fernando, en folios 197r-199v, es un traslado del original en pergamino firmado por el rey y por su secretario Gaspar de Ariño.
354
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 355
Los aires triunfalistas
El sentimiento de triunfalismo que proporcionó la victoria de Toro a los partidarios de Fernando e Isabel se canalizó también por medio de la expresión poética. A partir de este momento se adoptará como una de las formas ideales de transmisión del discurso propagandístico. El predicador real Íñigo de Mendoza, que ya había presentado dos obras en honor de cada uno de los reyes, vuelve a escribir otra composición cuyo tono de exaltación supera con creces a las anteriores. Se trata de las Coplas al muy alto y muy poderoso príncipe, rey y señor el rey don Fernando de Castilla y de León y de Cecilia e príncipe de Aragón, e a la muy esclarescida reina doña Isabel su muy amada muger, nuestros naturales señores, en que declara cómo por el advenimiento destos muy altos señores es reparada nuestra Castilla 278. El poema no tiene fecha, aunque claramente es anterior a 1479. Por el tono y las alusiones concretas a la guerra lo fechamos en estos meses que siguen a la notificación de la primera victoria personal conseguida frente al rival portugués al trono 279. Aunque las coplas se dirigen al rey y la reina, sólo a Fernando de Aragón se aplican los títulos principales, mientras que a la reina Isabel, Íñigo de Mendoza la nombra como “su muy amada muger”. Esto nos hace suponer que el predicador ofrecería su poema sólo a Fernando, pues hubiera sido un osadía por su parte menospreciar de tal modo a Isabel, presentándolo en la corte cuando los dos monarcas se hallaran juntos. En el poema se alaba a los dos reyes, aunque Mendoza pensaba, fundamentalmente, en el valor y en el poderío guerrero de Fernando (monarca profético). El predicador sugiere al rey que siga el ejemplo de su tío, el rey Alfonso el Magnánimo, y recuerda también al hermano de Fernando, Alfonso de Aragón, duque de Villahermosa, cuya ayuda militar había reclamado Fernando desde los primeros momentos de la guerra, ayuda que se manifestó en la toma del castillo de Burgos. Así pues, sugerimos la hipótesis de que este poema pudiera haber sido ofrecido al rey por Mendoza durante el viaje en el que Fernando se dirigía al norte, viaje en el que se entrevistaría con su padre, el rey Juan II (pues el poema habría de halagar también al rey de Aragón). Igual que planteábamos que el Sermón trovado podría haber sido presentado en Burgos, de nuevo podría haber sucedido lo mismo: Fernando pasó por Burgos el 28 de mayo de 1476 y se quedó algunos días, hasta el 2 de junio (según fecha del Itinerario), aunque también pudo ser escuchado en cualquier otro punto de este viaje. Significativamente, existen ediciones aragonesas de esta obra, impresas en fechas posteriores. A finales de año, la buena fama de Fernando aumentaba: la marcha de los acontecimientos lo fomentaba. En el mes de septiembre se entrega la ciudad de Toro y en el mes de octubre, finalmente, la fortaleza. Esta última entrega se había producido bajo la supervisión de Isabel. Aunque Fernando no hubiera participado en estos triunfos, su prestigio militar iba en aumento. A ello colaboraban las corrientes proféticas que, desde distintas procedencias, comenzaban 278
Fray Íñigo de Mendoza, Cancionero..., pp. 318-346. J. Rodríguez Puértolas fecha el poema entre 1476 y 1479, aunque considera que se redactó más cerca de la primera de las fechas, ibídem, p. lxvii.
279
355
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 356
Ana Isabel Carrasco Manchado
a aplicarse a su persona. Este tipo de discurso, sacralizador en extremo, circulaba en verso, como el anteriormente citado poema escrito por Íñigo de Mendoza, y también en cartas de distintos personajes en los que le felicitaban por los éxitos conseguidos. Una carta de este tipo es la que enviaba Diego de Valera a Fernando de Aragón, cuando éste se encontraba en Vitoria, en la que le notificaba la derrota de unos navíos portugueses y franceses por barcos genoveses 280. En algunos tratados escritos en esta época y dedicados al rey, o en menor medida a la reina, según veremos, se hace mención a profecías. En este mismo año fue escrito un tratado de derecho militar dedicado a Fernando de Aragón, cuyo prólogo gira enteramente en torno a la figura mesiánica de Fernando. El autor es un aragonés llamado Pedro Azamar que estaba al servicio de Fernando como príncipe heredero de Aragón 281. El tema del tratado y el prólogo, escrito en tono profético, es un exponente de la vinculación de lo religioso con lo militar. El tratado es, a la vez, un reflejo del efecto de la propaganda de los éxitos militares de Fernando en la Corona de Aragón y un proyector de la figura del heredero en ese reino y en Castilla 282. Los agentes reales vinculados con los reinos de la Corona de Aragón, fieles a una tradición más arraigada en Aragón que en Castilla, contribuían así a acrecentar el prestigio de Fernando en las dos Coronas. El año 1477 se iniciaba con el traslado de la corte hacia el sur. Fernando e Isabel se hallan de nuevo juntos e inician el viaje que les llevará hasta Andalucía. Los dos reyes entrarán en Toledo y en Madrid. Toledo era visitada por primera vez por Fernando, por lo que su entrada se solemniza a la manera de las primeras entradas reales. A mediados de año se rinden las fortalezas de Cantalapiedra y de Sieteiglesias. Isabel se dirige a Extremadura para pacificar la zona y entra ella sola en Cáceres. En Trujillo permanecería un tiempo hasta que fuera entregada la fortaleza. En espera de ello, la reina colaboraba a elevar el ánimo de los caudillos que habían acudido al cerco, entre ellos, el del clavero o maestre de Alcántara Alonso de Monroy, al que adulaba por medio de las coplas de los truhanes que poblaban la residencia regia 283. Después sigue su camino hasta Sevilla, entrando en la ciudad, tal y como hemos visto, la víspera del día de Santiago. Fernando hace lo mismo un mes y medio después. Juntos visitan los dominios del marqués de Cádiz. Todos estos nuevos desplazamientos, que comportan una 280
La epístola de Diego de Valera está fechada el 17 de agosto de 1476 en el Puerto de Santa María; publicada en Prosistas castellanos..., pp. 12-13. 281 Pedro Azamar era vicecanciller de Fernando desde 1472. El título del tratado es Repetición e obra del derecho militar e armas, y se halla manuscrito en castellano en la Biblioteca de l’Arsenal de París, ms. 8319 (esp. 9). El prólogo, que contiene la parte profética, y otros datos del autor los tomamos de la antología de textos proféticos de E. Duran y Joan Requesens, Profecia i poder al Renaixement, Valencia, 1997, pp. 327-342. 282 Azamar viajó a Castilla junto a su príncipe. El día 21 de abril de 1478, durante la estancia de Fernando en Madrid, designaba a Pedro Azamar para que dictaminase los pleitos surgidos en materia de repartimientos y le ordenó que pusiera en poder de la villa los términos y tierras que le habían sido usurpados. El día 25 ordenaba a varios caballeros prestar todo su favor y ayuda al doctor Azamar en la misión que le había encomendado, J.M. Castellanos Oñate, “Estancias en Madrid”..., p. 538. 283 Da noticia de ella y la recoge Alonso de Maldonado en sus Hechos de D. Alonso de Monroy, clavero y maestre de la orden de Alcántara..., pp. 106-107.
356
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 357
Los aires triunfalistas
extensión de su poder hacia el sur (no olvidemos que algunas de estas ciudades, como Madrid, habían sido núcleos adversos hasta ese momento) generan entradas legitimadoras acompañadas de los discursos ceremoniales que tantas veces hemos citado: cartas reales anunciando la visita; breves razonamientos a las puertas, que en algunas ciudades como Sevilla toman la forma de elaborados discursos de bienvenida que el concejo encarga y paga a un personaje con dotes oratorias (Alfonso de Velasco, en la recepción de la reina); juramentos reales y, en el curso de la ceremonia de entrada, oraciones reales ante el altar mayor de las iglesias mayores, como fue el caso de Toledo, Sevilla o Jerez, sin olvidar las oraciones reales que se elevaron ante el altar de la Virgen de Guadalupe. Isabel solicitó a los monjes jerónimos y al prior de Guadalupe que la acogieran como hermana de la orden para que pudiera recibir los mismos beneficios espirituales que ellos. En Guadalupe el prior mandó expedir, siguiendo el expreso deseo de la reina, un lujoso documento en el que los monjes jerónimos declaraban hacer a la reina partícipe de tales beneficios, pidiendo a Dios que “prospere e beatifique vuestra corona real con augmento de gloria e honor” 284. Recordemos, para subrayar las implicaciones políticas de este deseo, que por aquellas fechas todavía se titulaba Isabel “reina de Portugal”. En varias ocasiones, aquel año de 1477, Isabel demandó de las órdenes el reconocimiento de su piedad: desde Roma, el día 10 de octubre, llegaba a Sevilla otro precioso documento por el cual, fray Leonardo de Mansuetis, general de la orden de Santo Domingo, acogía a Isabel como “hermana” de la orden. En ambos documentos se combina el mensaje escrito y el visual, especialmente en este último confeccionado en Roma, en el que se incluye un retrato ideal de la reina, con corona real, arrodillada ante la cruz; tras ella, santo Domingo, en actitud de presentar a la reina a Cristo crucificado, actúa de mediador. Se representa plásticamente la idea central que quiere transmitirse, la piedad y devoción de la reina, unida a la santificación de su título: el escudo real presenta una orla sostenida por ángeles y nimbada por el anagrama de Cristo 285. Las oraciones de este periodo son todas en señal de acción de gracias por la victoria en Toro. La entrada real a la catedral toledana se realizó al ritmo de los himnos cantados por voces infantiles. El paso de los reyes por Toledo parece obedecer a fines específicamente propagandísticos, según hemos visto. La ciudad del Tajo, ilustre por su historia,
284
Documento fechado en el monasterio de Guadalupe, a 11 de mayo de 1477. AGS, PR, leg. 27-56. AGS, PR, leg. 27-94. Pueden verse los dos documentos analizados por Elisa Ruiz para el catálogo, El documento pintado. Cinco siglos de arte en manuscritos, Madrid, 2000, docs. 14 y 15. Contrariamente a la idea de Elisa Ruiz, que afirma que el personaje representado a la espalda de Isabel es el propio general de la orden fray Leonardo de Mansuetis, consideramos que, es evidente, que no puede tratarse de otro que el propio santo Domingo de Guzmán, ya que ostenta un nimbo sobre la cabeza, prueba de su condición de santo. Además, iconográficamente cumple otros requisitos para ser identificado con santo Domingo: la “barba en collar” y el tallo de lirio en la mano (L. Réau, Iconografía del arte cristiano, Barcelona, 1997, vol. 2, p. 395). La matización es importante, ya que, desde el punto de vista de la ideología regia, sólo un santo puede actuar de mediador entre el soberano y la divinidad, y nunca un simple fraile, aun siendo general de la orden.
285
357
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 358
Ana Isabel Carrasco Manchado
asistía a una ceremonia de triunfo, dedicada a la victoria de Toro, preparada con una cuidada atención por los aspectos simbólicos. La ceremonia de triunfo que tuvo lugar en la catedral comprendía una ceremonia religiosa, con misa y sermón que debió girar, sin duda, en torno a la victoria alcanzada, con referencias, tal vez, a la batalla de Aljubarrota 286. La ceremonia culminaba en la capilla de los Reyes Nuevos, donde el sepulcro de Juan I acoge los spolia de la batalla y asiste mudo a nuevas oraciones de los reyes, en este caso un responso por su alma, como antepasado de la dinastía de Isabel. La liturgia se pone al servicio de un discurso dinástico que ensalza el linaje regio de Isabel (castellano, pero sin desdeñar sus raíces portuguesas). En Sevilla profundizaron en la estrategia de celebrar la victoria de un modo litúrgico: la reina instituyó la fiesta conmemorativa del día 1 de marzo y la de San Juan ante porta latina, que venía a sumarse a la celebración victoriosa, puesto que a san Juan se atribuye especialmente la mediación divina en la batalla. El documento real con el que se instituye la fiesta es portador de este discurso del triunfalismo providencialista 287. En Sevilla, el triunfo vuelve a amparar a toda la dinastía. El cabildo organiza misas con sermones y oraciones por la paz de los reinos y por la gloria de Isabel y Fernando, así como oraciones fúnebres por la memoria de los reyes que les antecedieron: Juan II de Castilla y Enrique IV, pero también el infante Alfonso, nombrado expresamente como rey. La estancia de la corte en Sevilla fue la de mayor duración de cuantas estancias regias habían padecido hasta entonces otras ciudades, incluida Valladolid. Se trataba de ganar la adhesión de Andalucía, por lo que era pertinente prolongar la estancia. Como aquellos primeros meses en Valladolid, antes de la guerra, los reyes tenían tiempo de realizar despaciosamente actividades de gobierno combinadas con actividades de ocio cortesano. Las primeras, materializadas en las prácticas judiciales que encabezó Isabel nada más llegar a Sevilla, obtuvieron una sonora proyección propagandística. Nos referimos al tribunal público que instauró en el alcázar, del que ya hemos hablado. Como audiencia pública que era, se oirían, si no las propias palabras de la reina, al menos las de sus oficiales de justicia que se encontraban con ella en la sala. Recordemos que junto a las sentencias se produjeron aquellos días medidas de gracia, llegando a publicarse un perdón general que, si hemos de creer al cronista oficial, fue requerido en nombre de los ciudadanos con público razonamiento pronunciado ante el tribunal real por el obispo de Cádiz 288. Se trata de una pieza oratoria importante, uno de los textos 286
El sermón sobre la victoria frente a los portugueses era obligado. En el reino vecino se habría de instaurar la conmemoración de la victoria en Toro o Peleagonzalo frente a los castellanos y se celebraba en muchas ciudades con procesión y sermón sobre la batalla (S. Viterbo, A batalha de Touro..., pp. 10-15). La propaganda de la pareja real castellano-aragonesa actúa al ritmo de la propaganda del enemigo. 287 Carta de institución de las fiestas de la victoria de Toro y de San Juan ante porta latina. Documento iluminado con la imagen de la reina, en actitud de ofrenda, ante la imagen de la Virgen y el Niño. Seguiremos la transcripción de J. Gestoso a partir de los Libros Blancos de la catedral, vol. I, fol. 148, Los Reyes Católicos..., pp. 28-29. 288 El razonamiento del obispo de Cádiz pudo muy bien ser pronunciado aquellos días, pero la idea no
358
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 359
Los aires triunfalistas
que más ha contribuido a conformar la imagen de Isabel como reina justa y clemente. Más importante que la proyección oral que pudo tener este razonamiento, interesa su difusión escrita posterior: Pulgar lo incorporó a la crónica oficial del reinado y también a sus Letras que, como se sabe, fueron impresas en Toledo en 1486. La imprenta consagraba este documento para la posteridad. Tanto las sentencias relativas a la práctica judicial desempeñada esos días, como los perdones generales, se hacían públicos mediante pregón, en los lugares acostumbrados. La concesión de perdones generales (probablemente requeridos con razonamiento de súplica en pública audiencia) se repitió en las otras ciudades y villas andaluzas a las que acudieron los reyes. Respecto a las actividades cortesanas, comenzaron ya en el mismo viaje. Cenas y fiestas con Alonso de Cárdenas, con el duque de Medina Sidonia, corridas de toros y cenas en los alcázares, justas... Todas estas reuniones de los reyes con sus nobles, hidalgos, caballeros y personajes eminentes de la ciudad se prestaban a la difusión de mensajes por medio del diálogo cortesano. Como parte de esta forma de comunicación ligada a la corte, no faltó en Sevilla la actividad de los poetas profesionales, juglares y truhanes, como Juan Poeta, que se enzarzaba en debates poéticos con eminentes cortesanos como Gómez Manrique, con quien también disputaba Antón de Montoro y éste, a su vez, con el comendador Román, criado de los reyes 289. Los reyes no permanecían ajenos al fluir poético que discurría por la corte. Pensamos que fue en este contexto en el que han de fecharse los poemas y canciones escritos a la reina por Antón de Montoro, el poeta conocido como “el ropero de Córdoba”, por su oficio de ropavejero, viejo truhán que conocía bien la vida de la corte, pues había frecuentado a los cortesanos más ilustres de su siglo, como el marqués de Santillana o Juan de Mena. Montoro suscribe testamento en 1477 (no debió vivir mucho más allá de esta fecha), así que sólo pudo conocer a Isabel en este viaje de la corte a Andalucía. Destacan, desde un punto de vista propagandístico, las coplas dedicadas a la reina: A la reyna doña Ysabel, nuestra señora y Canción a la reina Isabel 290. El primer poema, a pesar de estar partió en absoluto de la ciudad. El discurso fue redactado por el mismo Pulgar, especialista en tales actividades por aquellos días, como secretario, tal y como ya demostró con la carta escrita para el rey portugués Alfonso V. Existe versión manuscrita del razonamiento, en Biblioteca de la RAH, ms. 9/5173, fols. 362r-365v, previa a su inclusión en la crónica (F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 311-315). Corresponde también a la letra xvi de la edición de las Letras de Domínguez Bordona, pp. 71-77. 289 Sobre las formas poéticas de diálogo cortesano véase J.C. Cummis, “Method and Convention in the 15th Century Poetic Debate”, Hispanic Review, XXXI (1963), pp. 307-327. Este tipo de burla bufonesca mantenida entre los cortesanos y los truhanes de origen converso o judío canaliza, en gran medida, el sentimiento antisemita reinante en la corte, tal y como ha estudiado F. Márquez Villanueva, “Jewish ‘Fools’ of the Spanish Fifteenth Century”, Hispanic Review, 50 (1982), 385-409. 290 Composiciones 33 y 34, Cancionero de Antón de Montoro, ed. de F. Cantera y C. Carrete, Madrid, 1984. En 1990 aparecieron dos nuevas ediciones de su poesía completa: la de M. Costa, Cleveland, 1990 y la de M. Ciceri con notas de J. Rodríguez Puértolas, Madrid, 1990. Para la biografía del personaje nos remitimos a las introducciones de las respectivas ediciones de su Cancionero y M.E. Gerli, “Antón de Montoro and de Wages of Eloquence: Poverty, Patronage and Poetry in 15th Castile”, Romance Philology, XLVIII, 3 (1995), pp. 265-276.
359
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 360
Ana Isabel Carrasco Manchado
dedicado a la reina, termina en un elogio de Fernando, probablemente por mandato mismo de la propia Isabel. La exaltación de la fuerza y valentía del rey, que aparece como un rey victorioso, cuadra con el ambiente de triunfalismo. El segundo poema, el que comienza con el verso “Alta reyna soberana” causó impresión en la corte porque en él se plantea la naturaleza divina de la reina 291. Algún que otro cortesano se vio en la obligación de contestar la osadía de Montoro con otra copla en la que le enseña la forma correcta de loar a la reina 292. Este suceso ha llamado la atención de algunos estudiosos de la literatura que han supuesto alguna mala intención tras los versos de Montoro 293. Si así hubiera sido, el asunto se hubiera saldado con la justicia, puesto que la injuria a la persona regia –o a la divina– era uno de los delitos más atroces, y no con una respuesta poética. Todo quedaba enmarcado en ese trasfondo de ocio cortesano y en sus especiales registros de comunicación. Lo cierto es que la copla de Montoro parafraseaba un villancico que se cantaba con los mismos versos 294, hecho que confirma en el poeta converso, más que “un entusiasmo ingenuo, pero perfectamente sincero por Isabel” 295, un entusiasmo de adulador nato.
291
Pocos poemas dedicados a la reina Isabel han suscitado tanta polémica. Alan Deyermond veía en él nada menos que el anuncio del “estado moderno en una forma nueva y amenazadora, la monarquía absoluta” (“La ideología del Estado moderno en la literatura española del siglo xv”, en: A. Rucquoi (ed.), Realidad e imágenes del poder. España a fines de la Edad Media, Valladolid, 1988, p. 193). También se ha relacionado con otros panegíricos de corte similar dedicados a Isabel por escritores conversos (Íñigo de Mendoza, Pedro de Cartagena, Álvarez Gato). Sobre todos estos escritores conversos, véanse dos posiciones contrarias: G.B. Kaplan, “In Search of Salvation: The Deification of Isabel la Católica in Converso Poetry”, Hispanic Review, 66-3 (1998), pp. 289-308 y J. M. Nieto, “La concepciones monárquicas de los intelectuales conversos en la Castilla del siglo xv”, En la España Medieval, 16 (1993), pp. 229-248. 292 Pueden verse las coplas de Francisco Vaca, “Contradiciendo una canción que hizo Antón de Montoro en loor de la reyna doña Ysabel”, que quedaron recogidas en el Cancionero general de Hernando del Castillo, ed. 1511 (ed. B. Dutton, V, pp. 208-211). La forma de loar a la reina que recomienda Francisco Vaca es absolutamente correcta desde un punto de vista religioso, muy alejada del extremo casi herético de Montoro, pero no especialmente lucida desde el punto de vista de la propaganda real: “nuestra reyna castellana,/ loarla de muy cristiana,/ pues es cierto que lo es:/ loarla de muy graciosa,/ con muy hermosa fación;/ loarla por generosa,/ loarla por virtuosa/ con sobra de discreción” (p. 211). Estos atributos, poco extraordinarios, valen para la reina y para cualquier otra dama de la corte. El portugués Álvaro de Brito también contradijo las coplas de Montoro, acusándole de hereje; la composición de Brito quedó recogida en el Cancionero Geral de Resende, Lisboa, Hernán de Campos, 1516 (Dutton, VI, p. 364). 293 El poema es el mayor exponente de “hipérbole sagrada” (R. Lida de Malkiel, “La hipérbole sagrada en la poesía castellana del siglo xv”, Estudios sobre la literatura española del siglo XV, Madrid, 1977, pp. 291309). Se ha planteado la posibilidad de que el poema de Montoro tuviera una intención irónica: A. Ruffinatto, “Alta reina soberana, la hipérbole sagrada y el enigma Montoro”, Insula, 3-4 (1993), pp. 1-3, que sostiene que la hipérbole “irónica” afecta tanto a la religión como al reino y afirma, –con muy poca base– que “tan sólo un representante de una clase en auge y posiblemente contraria a la reina Isabel podía escribir cosas por el estilo”. 294 “Alta reyna soberana,/ sólo mereciste vos,/ que en vos el Hijo de Dios/ recibiese carne humana./ Ante sécula creada/ fuistes del eterno Padre/ para que fuésedes madre de Dios/ y nuestra advogada./ Fuente de nuestro bien mana,/ sólo merecistes vos/ que en vos el hijo de Dios/ recibiese carne humana”, villancico del Cancionero de Upsala, citado por C. Carrete, introducción al Cancionero de Antón de Montoro, p. 30, n. 26. Al escuchar el villancico, los oyentes rememorarían los versos de Montoro, y así, se multiplican los posibles efectos propagandísticos de la composición dedicada a la reina. 295 R.O. Jones, “Isabel la Católica y el amor cortés”, Revista de Literatura, 21 (1962), p. 57.
360
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 361
Los aires triunfalistas
Más coplas entusiastas debieron difundirse en palacio al conocerse la noticia del nacimiento del príncipe Juan. Las cartas reales parten hacia todas las ciudades anunciando esta información que se considera digna de ser celebrada. Se inicia un nuevo ciclo de ceremonias litúrgicas que dan lugar a la extensión de las rogativas públicas como muestras de acción de gracias. El bautizo y la salida de Isabel a misa, con la presentación del príncipe en la iglesia, entre otras ceremonias, propició, en el sermón u homilía, la difusión de un discurso de tipo dinástico sacralizado. Junto a las cartas oficiales volaron también cartas o epístolas de distintos personajes y colaboradores reales que contribuyeron a difundir la propaganda del heredero. Fuerte repercusión tendría la escrita por Fernando del Pulgar al doctor Rodrigo Maldonado de Talavera. El contenido mesiánico de la carta alcanzaría sobre todo una importante difusión años más tarde, cuando Pulgar diera a la imprenta sus Letras y se hubiera alcanzado ya definitivamente la victoria 296. La aparición del heredero pretendía ser el sostén que apuntalara definitivamente el derecho sucesorio, sin embargo, la propaganda no fue lo suficientemente convincente como para vencer las dificultades que debilitaban el consenso. Las cartas que partieron a las ciudades y villas pertinentes solicitando la convocatoria de cortes para jurar al heredero no obtuvieron una respuesta favorable. El contexto no era propicio. Se había acabado la tranquilidad provocada por la marcha del rey Alfonso V a Francia. A su regreso otorga plenos poderes a su hijo para dirigir la guerra en Castilla. En Sevilla hay orden de movilización. El 4 de agosto se fecha una epístola de Diego de Valera a Fernando de Aragón, escrita desde Puerto de Santa María, en la que, después de un preámbulo decididamente encomiástico, Valera se ocupa de referir algunos consejos prácticos para la buena gobernación. Nos interesa el preámbulo, puesto que el resto trasluce una voluntad de criticar la actuación de Fernando en Sevilla: deficiencias en la justicia, alteraciones en la moneda, sacas libres de mercancías vedadas, cartas reales en las que se abusa de la cláusula «non embargante». Especialmente este punto despertó ciertas “murmuraciones” críticas que Diego de Valera intenta combatir con sus consejos al rey 297. No hay en su carta ni una alusión al príncipe Juan, lo cual no deja de extrañar, en un colaborador como Valera, tan pendiente de las cuestiones que afectan a los reyes. La guerra parece ocupar las mentes. Se ha dicho que Fernando proyectaba, por entonces, invadir el Reino de Portugal para adelantarse a su enemigo 298. No olvidemos que todavía Fernando e Isabel se titulaban “reyes de Portugal” y habían ordenado acosar sin tregua la frontera lusa. Respecto a la reacción que produjo en el reino la asunción, por parte de Fernando e Isabel, del título de “reyes de Portugal” hemos detectado, cuanto menos, cierta perplejidad en algunas zonas. Al menos es lo que se percibe en la carta que
296
La «Letra para el doctor de Talavera» fue escrita por el secretario Fernando del Pulgar el 30 de junio de 1478 (ed. J. Domínguez Bordona, [Letra IX], pp. 49-50). 297 Seguiremos la edición de M. Penna, Prosistas castellanos..., pp. 13-14. 298 L. Suárez, Historia de España..., XVII-1, p. 309.
361
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 362
Ana Isabel Carrasco Manchado
escribe el canónigo de Cartagena Diego Rodríguez de Almela al concejo de Murcia, en diciembre de ese año de 1478 299. Como al resto de ciudades, a Murcia llegaban cartas de los reyes intituladas de ese modo y, después de “leídas e pregonadas en esta cibdad”, “algunos fablavan e dezían algunas cosas” mostrando extrañeza –quizá reacción– ante las pretensiones de los reyes. Almela, que se muestra un entusiasta seguidor de Isabel y Fernando, considera que ese título es legítimo y se ve en la obligación de remitir al concejo la argumentación histórica y jurídica que apoya dicha titulación. Su escrito es un notable ejercicio de propaganda de legitimación, ya no de la posesión del trono castellano, sino del portugués, coincidiendo con los objetivos políticos marcados por la estrategia de guerra que siguen Fernando e Isabel. Almela da respuesta a una objeción planteada a dicha estrategia por la opinión (opinión pública u opinión común) de una importante ciudad del reino. Casi al final del periodo encontramos una curiosa obra que viene a reivindicar también la posesión del título de “reyes de Portugal” en una línea de pensamiento similar a la expresada por Almela, pero recurriendo, ante todo, a una propaganda de carácter religioso e histórico-providencialista, como veremos. Se trata del Libro llamado Divina retribuçión sobre la cay´da d’España en tiempo del noble rey don Juan el primero, terminado de escribir por el Bachiller Palma 300 justo cuando se conocía la muerte del rey de Aragón, Juan II. Es ésta, quizá, la obra histórica de propaganda más perfecta que surgiera de la pluma de los cronistas o historiadores de Isabel y Fernando. El título resulta completamente expresivo 301. 299
Escrita el día 10 de diciembre de 1478, la carta incluye un breve tratado, Del comienço e de donde deçendieron los reyes de Portogal, e como el dicho regno de Portogal perteneçe de derecho a los muy illustrísimos el rey don Fernando e la reina doña Isabel su muger. Se conserva en varios manuscritos que contienen las obras de Rodríguez de Almela: Biblioteca del Monasterio de El Escorial, ms. h-III-15, fols. 104-107v. Fue editada por David Mackenzie a partir del manuscrito de la British Library, Egerton 1.173, fols 13r-16v, D. Rodríguez de Almela, Cartas, Éxeter, 1980, pp. 19-26. Sobre este autor véase el estudio para la edición de su obra Compendio historial, edición, estudio y notas de Concepción Armenteros Lizana, Murcia, 2000. 300 Este personaje resulta prácticamente desconocido, por lo que es imposible apenas decir nada de su relación con los reyes. Los autores que han hablado de este autor repiten los datos de que era “hijo del licenciado de Palma, clérigo, y vecino residente en Salamanca” (B. Sánchez Alonso, Historia de la Historiografía, Madrid, 1947; F.E. de Tejada y Spínola, Historia de la literatura política en las Españas, Madrid, 1991, pp. 66-67). Su nombre, Alonso de Palma, bachiller, y su residencia, aparecen en un pleito por el beneficio de la iglesia de Tarazona, en Salamanca, beneficio del que afirmaba le habían hecho merced los reyes (AGS, CC, Personas, leg. 20, fol. 28). El editor de su obra, J.M. Escudero, ya dio noticia de este pleito y no hemos podido encontrar en el Archivo de Simancas ni un solo documento más que haga referencia a este Alonso de Palma. El pleito tiene una fecha bastante tardía con relación a la de su obra, 1498. Cuando Palma escribía, en 1479, parecía encontrarse en el entorno regio, puesto que en el texto se encuentran rastros de documentación de primera mano, como los famosos carteles de desafío que él extracta en su totalidad, contrariamente a lo que sucede con el resto de cronistas que aluden a ellos. No se sabe qué fue de él en esos casi veinte años que median entre uno y otro dato. 301 El título con el que aparecía en los inventarios de la biblioteca de la reina desconcertó a F. Sánchez Cantón, (Libros, tapices y cuadros que coleccionó Isabel la Católica, Madrid, 1950) que lo situó entre los devocionales y otros libros de carácter religioso. No conocía este erudito la edición de la obra que desde el siglo xix realizó José María Escudero de la Peña para la colección de la Sociedad de Bibliófilos Españoles, que es la que estamos citando a lo largo de este estudio (Madrid, 1879), realizada a partir del manuscrito existente en la Biblioteca del Monasterio de El Escorial, Y.III.1.
362
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 363
Los aires triunfalistas
Su estructura está cuidadosamente concebida para justificar el carácter providencial de la sucesión de Isabel y Fernando al trono castellano y al portugués, alcanzándose, además, la glorificación de la dinastía por la aparición, también providencial, de un heredero 302. Propaganda antiportuguesa: Palma celebra la victoria frente a los portugueses, juega con los nombres de los reyes que se concatenan en un círculo casi mágico: Juan I fue derrotado y fracasó en sus pretensiones al reino de Portugal, pero Isabel y Fernando han vencido y han vengado el desastre de Aljubarrota. El niño príncipe Juan no sólo hereda el reino de Castilla, sino también el de Portugal. Su abuelo Juan II acaba de morir, por lo que heredará también Aragón. Juan restaura lo perdido por Juan y añade lo heredado de otro Juan, su reino y también su ejemplo. Propaganda del heredero: Palma reinterpreta la profecía de Daniel y eleva al heredero a la categoría de símbolo de una nueva era. Se trata de una obra que sólo podía ser concebida para este momento de crisis sucesoria y de guerra. A lo largo de 1479, el nuevo rumbo que toman los acontecimientos influirá también en la evolución del discurso de la propaganda. 5.2. “Sillares del bien común”: el discurso de la legalidad y de la justicia En esta fase del conflicto sucesorio, marcado por el aliento triunfalista y la marcha favorable de la guerra, los reiterados argumentos de orden jurídico se retomarán con renovada seguridad ligados a la figura del heredero al trono. La aparición en escena del ansiado heredero varón dará pie para proclamar el éxito de la sucesión. Íñigo de Mendoza se ocupa de versificar las expresiones de afirmación del derecho y de la legalidad de la sucesión de Isabel y Fernando al trono castellano. Las ya mencionadas Coplas en que declara cómo por el advenimiento destos muy altos señores es reparada nuestra Castilla se conciben como el broche explicativo de un proceso que se percibe casi culminado con la batalla de Peleagonzalo. Íñigo de Mendoza enlaza los tres argumentos de la propaganda legitimadora de la sucesión: el derecho, la práctica de la justicia y el esfuerzo extraordinario encaminado a salvar el reino y a sus habitantes. Mendoza, en este nuevo poema, muestra sus dotes de creador de eslóganes políticos 303: “Tal señoría os viene justa por leyes” (copla 13). “Hija sois del rey don Juan por donde los heredáis” (copla 30). 302
Un análisis de la estructura de esta obra en F. Gómez Redondo, “La Divina Retribuçión: discurso político y texto histórico”, Actas del V Congreso de la Asociación Hispánica de la literatura medieval, Granada, 1995, pp. 413-431; este autor observa que se trata de “una de las primeras muestras de discurso político con intenciones propagandísticas” de la literatura castellana (p. 431). 303 I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 318-343.
363
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 364
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Pues vos sois heredera de Castilla y su pilar” (copla 41). “Alta reina por cimera como su propia heredera” (copla 85). “Vos, señora, sois fiel heredera que esclaresce” (copla 86).
El calificativo aplicado a Isabel es el de heredera. Isabel hereda el reino, pero no de Enrique, sino de su padre Juan. Se inician los intentos de borrar al rey Enrique de la línea dinástica, estrategia que se plasmará años más tarde de forma monumental en la construcción del panteón real de la Cartuja de Miraflores para albergar los cuerpos del rey Juan II y de su mujer, así como el de su hermano Alfonso, siempre considerado rey por Isabel. Mendoza refuerza esta afirmación del derecho de Isabel con tres conceptos: leyes, verdad y razón. El primero es el fundamento sobre el que se sostiene el derecho y los otros dos son conceptos que sirven para distinguir la certidumbre de ese derecho respecto al reivindicado por Juana. Ley y razón van más allá de la invocación al derecho. Los tratadistas políticos hablan muchas veces de rey verdadero, que es algo así como el rey que actúa en correspondencia con su propia esencia, la esencia de regir rectamente, según queda inscrito en el nombre mismo de rey 304. El concepto de razón, por su parte, se opone frecuentemente al concepto de voluntad, asociado, en el caso de la realeza, al uso desmedido del poder, a la tiranía. Son dos conceptos que igual pueden referirse a la cuestión de la afirmación de la legalidad de la sucesión o al recto ejercicio del poder. Con la utilización de ambos conceptos se doblan los efectos 305. La apología del buen gobierno atraviesa todo el poema, construido sobre la alegoría de la nave del reino 306. La nave Castilla se salva del hundimiento gracias a la aparición de la figura personificada de la Justicia, que se ha apiadado de esta nave, enviándole un buen capitán, que no es otro que Fernando de Aragón:
304
En el Doctrinal de príncipes explica Valera al rey Fernando lo que se entiende por rey verdadero: “Quanto a la propiedat del oficio, justamente rigiendo los súditos, cobra el nonbre de verdadero rey e fásese capás del regimiento” (ed. cit., p. 189). No era éste (el justo regir) el condicionante inicial para ser rey verdadero. En el siglo xiii, Alfonso X legislaba y declaraba que “Verdaderamente es llamado rey aquel que con derecho gana el sennorío del reyno” (Partida Segunda, I, 9). Las crisis de legitimación monárquica fueron incorporando al significado inicial de rey verdadero la cuestión del recto uso del poder. 305 Como hace Íñigo de Mendoza en las referidas Coplas (ed. cit., coplas 13, 28, 30 y 41). 306 La metáfora del Rex nauta es una de las más arraigadas en las mentalidades políticas: Platón, Cicerón, Juan de Salisbury, Tomás de Aquino la emplearon; en Castilla, Gil de Zamora, Sánchez de Arévalo (J. Beneyto, Orígenes de la ciencia..., p. 188), Diego de Valera, Gómez Manrique y, ya en el siglo xvii, Saavedra Fajardo en su emblemática (J.L. Bermejo, Máximas, principios..., pp. 173-174). La expresión más lograda es, quizá, la de Alfonso de Jaén en El espejo del mundo..., pp. 290-295, sobre Fernando de Aragón. A finales del siglo xx, Boris Yeltsin utilizaba esta metáfora en sus arengas al pueblo ruso: “Continúo al timón de este gran barco que es Rusia y mantengo mi mano en el pulso de los acontecimientos” (El País, 15-11-95).
364
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 365
Los aires triunfalistas
“Porque con buen gobernar él te torne a navegar por la mar donde solías” (copla 72).
Isabel contribuye igualmente a la recuperación de la nave. El concepto de reparación, emparentado con la idea de salvación del reino, se representa simbólicamente en la nave reparada: “Para que la gobernés y mirés y reparés como no reciba daño” (copla 85).
La afirmación rotunda de la legalidad sucesoria deja de aparecer en la documentación oficial isabelina a lo largo de este periodo. Dicha labor la asumen los intelectuales incondicionales de su círculo. Este momento coincide más o menos con la aparición de la primera crónica que se conserva, escrita por esas fechas, la Crónica incompleta. Esta crónica o borrador de crónica, fuera o no una crónica oficial, es el segundo intento (considerando el primero, la Gesta hispaniensia de Palencia) de dar una explicación historiográfica al conflicto sucesorio y es el primer intento de ofrecer tal explicación en castellano. Entre las posibilidades que ofrece esta crónica, vamos a detenernos en un texto enteramente significativo. Se trata de un razonamiento atribuido a Beatriz de Bobadilla, mujer del mayordomo Andrés de Cabrera y amiga de Isabel 307. En dicho razonamiento, Beatriz de Bobadilla conmina al rey Enrique a reconciliarse con su hermana y con su cuñado, criticando duramente su intención de dejar como heredera a la princesa Juana 308. El carácter propagandístico de este texto viene definido en su aspecto formal: el razonamiento. La respuesta de Enrique es un puro invento construido enteramente para escenificar el proceso previo a la muerte del rey y dar por cierta una voluntad favorable a Isabel que nunca fue expresada con claridad en vida del monarca. Puesto que se trata de una crónica, la ficción queda revestida por la verdad histórica, mientras que la mentira se oculta tras la ilusión verdadera que es recreada por la pluma del cronista. Los argumentos en torno a la sucesión puestos en boca de Beatriz de Bobadilla se dirigen, sobre todo, a negar la legitimidad de Juana como hija del rey Enrique (Juana es nombrada siempre como “hija de la reyna doña Juana”) y a afirmar el derecho de Isabel y Fernando, “que tan justamente les es devido”. La intención del rey Enrique va, según Bobadilla “contra ley divina y humana”. Todos los males le vienen al rey por esa decisión injusta. Compara la actitud que el rey muestra hacia Isabel y su marido y la que el rey muestra hacia otros que,
307
Una síntesis de la trayectoria vital de esta pareja, cuya actividad resultó esencial para el ascenso de Isabel y Fernando al trono en: M. del P. Rábade Obradó, Una élite de poder..., pp. 173-220. 308 “Habla que doña Beatriz de Bobadilla hizo al rey don Enrique”, Crónica incompleta..., pp. 112-118.
365
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 366
Ana Isabel Carrasco Manchado
según ella, le injuriaban, manifestando así su incapacidad para distinguir lo justo de lo injusto, defecto del rey tan proclamado por la propaganda: “Vuestra señoría quiere ser extraño de toda condiçión natural y raçional, que los que mejor os sirven no os ponen afiçión, nin los que más gravemente os injurian yra nin saña”. En la respuesta figurada que Enrique da, reconoce la culpa por todos los males que han sobrevenido al reino, descritos por él mismo en términos apocalípticos. El rey consiente en reconciliarse con su hermana y dicha reconciliación se presenta como un verdadero reconocimiento del derecho de Isabel y Fernando a reinar, pues en ellos pone el rey Enrique todo su deseo de que sean ellos los que remedien lo que, según dice, no tiene solución: “Y pues que yo, con la çeguedad de mis pecados, remedio ninguno non veo, ellos, como más inocentes, por ventura le hallen, el qual, si lo que non creo, veniese, más sería maravilloso que naturalmente ordenado” 309. El remedio que aventura Enrique ha de ser, por tanto, providencial. Este parlamento prepara el terreno para otro tipo de discurso, el discurso teológico. La aparición en escena del hijo varón de Isabel y Fernando, nacido en Sevilla algo más de un año después del momento en que escribe este cronista, da ocasión para reforzar los argumentos en pro de la legalidad sucesoria. A pesar de la marcha favorable de los acontecimientos, los diversos colaboradores reales no se sienten con la suficiente seguridad como para abandonar este tipo de discurso. El nacimiento del hijo de Isabel, sin duda, representaba la posibilidad de dar solución definitiva al conflicto. Según la consideración de Fernando del Pulgar, “pagado ha la reina a este reino la debda de la subcesión viril que era obligada de le dar” 310. Sin embargo, no se observa una actividad apologética exaltada en torno a la figura del heredero. Diego de Valera, en una carta escrita al rey el día 4 de agosto, no muchos días después de nacer el príncipe, no menciona, ni siquiera el hecho. Prefiere Valera seguir aludiendo a las circunstancias maravillosas que han propiciado el que Isabel se convirtiera en “legítima sucesora” del reino 311. Habría que esperar un tiempo para escuchar expresiones convincentes de la propaganda del heredero. La imposibilidad de movilizar a las ciudades para que otorgaran el reconocimiento oficial de su condición de heredero en unas nuevas cortes contradecía las manifestaciones que quisieran fundamentarse en el derecho. Los brillantes acontecimientos ceremoniales que supusieron su bautizo y el día que Isabel salió a misa tras el parto no tuvieron su parangón en el discurso. A principios de 1479 se observa un cambio de tendencia, cuando la situación política tomaba un nuevo rumbo. El bachiller Palma, que terminaba su obra por esas fechas, refleja una actitud que bascula entre la necesidad, todavía patente, de legitimar a sus padres, y el deseo de proclamar la propaganda del heredero. Dice, por una parte, que “fue el su nasçimiento el más alto e muy más noble que Dios 309
Citas en Crónica incompleta..., pp. 122 y 121. F. del Pulgar, Letra para el doctor de Talavera [Letra IX], ed. J. Domínguez Bordona, pp. 49. Carta escrita el día 30 de junio de 1478. 311 Diego de Valera, Epístola al rey, en Prosistas castellanos..., p. 49-50. 310
366
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 367
Los aires triunfalistas
e la jurisprudençia pudo produzir e criar por ser de padres reynantes con vitoria” y, al mismo tiempo, reafirma los consabidos argumentos de siempre, en relación con sus padres “el nacimiento ilegítimo de Juana (“finó el nobre rey syn que dél fincase nada en su lugar que pudiese suçeder después dél”); la herencia de Enrique, que recae, por tanto, en Isabel (“la muy eçelente doña Ysabel reyna, nuestra señora, su hermana quedava por su legítima universal heredera e subcesora en estos regnos de Castilla e de León”), apoyándose en la última voluntad declarada por el rey al cardenal Mendoza. Isabel, a la que hace hija, ya no del rey don Juan, sino de la misma Castilla personificada, es, definitivamente, “del reino e estirpe real legítima subçesora”; ella, y Fernando son “sus legítimos suçesores en la su sylla e çetro real” 312. La jura del heredero no se verificará todavía hasta un año después, casi dos desde su natalicio. Hasta que ese hecho no se produzca, las más brillantes imágenes y metáforas imaginadas aplicadas a la figura del príncipe Juan se canalizarán mediante el discurso teológico, como veremos, para suplir las deficiencias de los mensajes transmitidos a partir de las fórmulas de orden legal. Otros autores prefieren desarrollar la línea de argumentos sobre el recto ejercicio del poder real. Hernando de Talavera está convencido de que Isabel sabrá administrar la justicia divina: “Ni será menester captar vuestra benevolencia para oy´r sus deffensiones y para le guardar su justicia y dar sentencia por él, pues que en vuestro real pecho es gran syngular bendito él, que nos la dio para que syn parcialidad deys a cada uno su derecho” 313. Por su parte, Pedro Azamar indica a Fernando de Aragón que debe gobernar “aguzando el cuchillo de dos puntas conviene saber, de las armas e leyes”. El nombre de Fernando significa “fortaleza”, pero ha significar, también, según este autor, “declarante el derecho” 314. Las declaraciones más contundentes relacionadas con el tema del recto ejercicio del poder aparecen, sin embargo, en los documentos oficiales y en algún testimonio retórico escrito para apoyar decisiones políticas concretas. En este periodo Isabel y Fernando se plantean llevar a cabo medidas que precisan de apoyo propagandístico, sobre todo de orden tributario. Estas medidas siempre solían ir seguidas de resistencias o contestaciones. La primera medida se lleva a cabo en abril de 1476, en el marco de las cortes de Madrigal. Al finalizar estas cortes, se envían cartas a las ciudades informando de la forma de 312
La alegoría que recrea el Bachiller Palma se basa en comparaciones bíblicas inspiradas en la vida de san Juan Bautista, de ahí el paralelismo que intenta entre el santo y el príncipe Juan. Isabel, “la fija legítima de la Herodiada de Castilla, alcançó del rey eterno e le prometió, juró de le dar qualquier cosa que le demandase; e su madre, Castilla, le aconsejó que non le demandase otra cosa, salvo la cabeça de san Juan” (Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 78). 313 H. de Talavera, Breve tratado más devoto y sotil de loores del bienaventurado sant Juan Evangelista, Biblioteca Lázaro Galdiano, Ms. Inv. 15229; Sig. M.2/18, fol. 86v. 314 “E por esto he considerado que vuestra alteza, aguzando el cuchillo de dos puntas, conviene saber, de las armas e leyes, ha de fazer las dichas cosas. E, por razón de las dichas armas es dicho e interpretado en su nombre “fortaleza”, la qual complidamente non se puede fazer con las armas solas sin regimiento e derecho de aquellas, es razón que así commo a vuestra señoría es dado el nombre de “obrante las armas”, sea dado en nombre del “declarante el derecho e orden de aquéllas” (E. Durán y J. Requesens, Profecía i poder..., p. 337).
367
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 368
Ana Isabel Carrasco Manchado
efectuar el repartimiento del servicio que ha sido otorgado por los procuradores reunidos en cortes, el servicio, así como una cantidad de maravedíes añadida para pagar las deudas que se han ido acumulando con los sucesivos empréstitos. La concesión de este repartimiento fue contestada en algunas ciudades. Una carta de Diego de Valera al rey indica que hubo revuelo de la “opinión pública”, puesto que alude a ciertas murmuraciones que se alzaron contra los reyes. El mismo Valera, cuya fidelidad está fuera de dudas, recomienda al rey que retire la medida, que por fuerza va a perjudicar a los más débiles, y sustituya el servicio por otros recursos como la sisa, para que, al menos, el mal sea repartido. Valera piensa que esta medida no es nada popular y por ello no beneficia a Fernando, pues los pueblos no verán diferencia entre su gobierno y el de otros tiempos pasados 315. Estas protestas aludidas en la carta de Valera, fechada el 10 de agosto, revelan el poco éxito de los argumentos centrados en la justicia y en el buen gobierno que ocupaban el preámbulo del acta de las cortes de Madrigal, publicada en abril de 1476. Según este preámbulo, las medidas que se habían adoptado, siguiendo lo prometido en la carta de convocatoria dictada un año antes, “cumplían para reformaçión de la justiçia e buena governaçión de los dichos nuestros reynos”; las decisiones regias se habían guiado “por el bien común de los dichos nuestros reynos” –anteponiendo a éste, claro está, el servicio a Dios y el suyo propio– 316. Las mismas justificaciones se incluyeron en una carta oficial que partió hacia las ciudades el mismo día en que se hicieron públicas las actas, carta que pedía la ejecución del repartimiento del servicio. En esa carta se insistía en afirmar que la medida obedecía al precepto ser cumplidero al bien común (“al bien e pro común de los dichos nuestros reinos e de la república e ellos”) 317. Es preciso destacar la variedad de apelativos y expresiones que giran en torno al concepto bien común que se observa en la documentación cancilleresca ligada a este asunto, algunos sumamente expresivos. Los mismos reyes se autodenominan en la mencionada carta “veladores del bien común”, mientras que en la provisión enviada al, hasta entonces rebelde, concejo de Madrid, fechada en Madrigal el 12 de mayo de 1476, los reyes se ofrecen a exponerse a cualquier peligro para remediar la situación, pues se consideran “sillares del bien común” 318.
315
Escribe Valera al rey: “Soy certificado se a seguido alguna turbación e murmuración entre vuestros súbditos, mayormente en esta Andaluzía, e soy no poco maravillado quién tal consejo le dio. Según las cosas destos reinos están, e la desordenada cobdicia de los tres estados dellos, todo remedio se debiera buscar porque los pueblos dellos en todo conoscieran la mejoría que ay de vuestra governación a la de los tienpos pasados”, epístola del 10 de agosto de 1476; Epístolas..., p. 11-12. 316 “Preámbulo de las actas de las cortes de Madrigal”, en: Cortes de los antiguos reinos de León y Castilla, Madrid, RAH, 1861, IV, pp. 1-2. 317 “Repartimiento del servicio concedido en las cortes de Madrigal para sufragar los gastos de la guerra”, ejemplar llegado al concejo de Ávila (publicado por B. Casado Quintanilla, Documentación Real..., doc. 17, pp. 44-48). 318 M. del C. Cayetano, Documentos del archivo..., doc. 10, p. 51.
368
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 369
Los aires triunfalistas
El traído y llevado “bien común” se presentaba como el freno de los excesos de la guerra y de los tumultos generales. Para ello se plantea el término reforma, que aparece en esta fase particularmente amplificado con otros términos más extremos: remedio, redención: – Reforma: “La primiçias de nuestros fructos de la justiçia, inquiriendo sobre qué cosa es más nesçessaria a la reformaçión en nuestros reynos”; “Entendiendo en la reformaçión de ellos e en la administraçión e esecuçión de la nuestra justiçia” 319. – Remedio: “Como a rey e reyna a quien prinçipalmente el pro del bien e el mal del daño venía, quesiéramos proveer e remediar”; “traen dañosos efectos e aún duran e que para adelante permanecerían, si con suficientes remedios no se atajase” 320. – Redención: “Conosçiendo que para redemir e remediar aquestas serían menester” 321. Los argumentos jurídicos son similares a los que se emplearon para justificar el empréstito solicitado a todos los súbditos en el mes de julio de 1475, analizados en el capítulo anterior. No obstante, con relación al servicio, los reyes no se sienten tan impelidos a buscar el favor popular, como revela el hecho de que finalmente hubieran decretado precisamente aquello que ellos mismos rechazaban en 1475, fecha en la que optaron por ordenar el pago de un empréstito, para no fatigar más al sector de la población más agobiado por la carga de las contribuciones 322. Las circunstancias han cambiado con la celebración de cortes: finalmente los procuradores ciudadanos respaldan la concesión del servicio, hablando por las ciudades a las que representan, y es eso lo que cuenta (en la carta oficial, los reyes delegan todo el peso de la deliberación en ellos). La contradicción, no obstante, era clara y manifiesta, sobre todo para los que recordaran aquella otra carta, y el testimonio de Valera resulta sumamente revelador. El maestresala niega el valor de las justificaciones dadas por los reyes, apropiándose, por su parte, de esos mismos términos justificativos para indicar al rey la conveniencia de suprimir tan impopular medida. En esta actitud inusitada de Valera vemos cómo los mismos tópicos de la propaganda oficial pueden ser empleados desde posiciones contrarias. Los reyes pueden perder el monopolio de la definición de tales términos y asistir a la apropiación de las mismas justificaciones por quienes se les resisten.
319
Cortes de los antiguos..., p. 1; B. Casado Quintanilla, Documentación real..., p. 44. Ibídem, p. 46; M. del C. Cayetano, Documentos del archivo..., pp. 50-51. 321 Ibídem, p. 51. 322 Decía Isabel en la carta de 6 de julio de 1475, solicitando el empréstito: “Soy çierta que la gente menuda de ellos está muy fatigada e gastada por los pedidos e monedas e sisas que han pagado e por otros grandes gastos que ha fecho e robos que ha padeçido en vida del señor rey don Enrique, mi señor hermano, de gloriosa memoria, cuya ánima Dios aya, por lo qual buscando alguna manera más ligera e menos dapnosa para aver dinero para conplir los gastos de esta dicha guerra, son avidas esas pláticas en el mi consejo” (B. Casado Quintanilla, Documentación real..., p. 29). 320
369
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 370
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Seríe el remedio, príncipe muy esclarescido, si a vuestra serenidad paresciese, mandar graciosamente escrevir a todas las partes donde se mandó repartir, que vuestra altesa, queriendo relevar de fatiga e trabajo a sus súbditos e naturales, ha querido buscar otros remedios más convenientes a su servicio e al bien común de sus reinos” 323.
Si al principio del reinado el discurso parecía querer conjugar la necesidad económica con el favor popular, en estos momentos de mayor seguridad se relega éste al último puesto, prefiriendo atender a las necesidades económicas y al imprescindible apoyo militar y político de la nobleza y caballería 324. Con la celebración de las cortes, se da por sentado el apoyo popular y ciudadano, lo que permite afirmaciones como ésta: “Eran çiertos que nuestros súbditos y naturales de gran e mediano e menor estado tenían muy grande amor e afiçión a nosotros” 325. Otra medida que fue contestada en diversas villas y ciudades fue el establecimiento de la Hermandad General, decidida también en las cortes de Madrigal. Como hemos indicado, esta medida no sólo fue apoyada por el discurso oficial transmitido a las ciudades por los canales oficiales, por medio de la correspondencia real, sino que contó con el apoyo de los principales encargados de organizar y gestionar el proyecto de las Hermandades. Podemos comparar el razonamiento escrito por Fernando del Pulgar, y presuntamente pronunciado por Alonso de Quintanilla ante una de las juntas de la Hermandad, en Dueñas, y las cartas enviadas meses después a la ciudad de Sevilla, cuyas autoridades se mostraban reacias a ingresar en la institución fomentada por los reyes. No sorprende la coincidencia de argumentos, pero sí la coincidencia léxica entre ambos documentos. Razonamiento de Alonso de Quintanilla: – “Ponemos en obra de castigar los tiranos e dar paz al reyno en general e a cada uno dél en espeçial.” – “¡Quánta paz e sosiego por aquella cabsa se siguió en la tierra!” – “Consyderando el gran servicio de Dios e suyo e la paz e sosiego dellas en sus regnos.” – “Conseguiremos el fin que deseamos, gozando toda libertad y seguridad de nuestras personas e bienes e poniendo la tierra en toda paz e sosiego.”
323
D. de Valera, Epístola al rey..., p. 12. Fernando se sintió obligado a defender su posición ante su maestresala, quizá para no perder el favor incondicional que éste le había prestado hasta entonces. En una carta enviada desde Vitoria el siete de septiembre, Fernando agradece su consejo y lamenta no poder seguirlo, puesto que la medida fue acordada en su consejo con los grandes: “Quando se ovo de entender por los grandes de mis reinos en las muchas nescesidades e gastos que por cabsa de la guerra e grandes turbaciones se recrecen, recorrióse por todos a este antiguo remedio que en tienpo de muy menores dificultades judgavan solo reparo”, ibídem, p. 13. 325 Los procuradores deben saber que, “afianzados en el amor e afiçión que los dichos pueblos de nuestros regnos nos tienen (...) ellos en nonbre de los dichos nuestros regnos e de los pueblos dellos, demás e allende de los dichos çiento e treinta e dos cuentos de maravedís de suso dichos, nos otorgaron más” (M. del C. Cayetano, Documentos..., p. 54). 324
370
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 371
Los aires triunfalistas
Carta a la ciudad de Sevilla ordenando el ingreso en la Hermandad General: – “Acatando quánto somos tenudos de governar estos nuestros Regnos en justiçia e los poner e tener en pas e sosiego.” – “Cosa que tanto cunple a serviçio de Dios e nuestro e bien e pas e sosiego de los dichos nuestros Regnos.” – Quánto han aprovechado e aprovechan para la pas e sosiego e tranquilidad.” La noción de paz, expresada en el binomio “paz e sosiego”, sugiere un emisor común a ambos discursos, que bien pudo ser el contador mayor Alonso de Quintanilla 326. Por lo demás, el texto del discurso escrito por Pulgar, como pieza de oratoria, se extiende en mayores explicaciones y en el uso de imágenes que pretenden apelar a la emotividad de los receptores. Insiste en que los delitos han alcanzado la categoría de tiranía, sujeción que no puede consentirse por ir contra “toda ley divina e umana”. Aprovecha para referirse al buen uso de la justicia que han llevado a cabo Isabel y Fernando hasta el momento, recordando algunas penas ejemplares que se hicieron en Segovia, al comienzo del reinado. Pero la estrategia pretende hacer partícipes a los pueblos de la necesidad de que se impliquen también ellos en esa labor penal, contribuyendo a sostener la Hermandad. En la carta a la ciudad de Sevilla, esta estrategia está presente también. La diferencia estriba en que el discurso de Pulgar-Quintanilla se realiza en un marco en el que se han reunido los que están ya casi convencidos de ingresar en la Hermandad, mientras que las cartas a la ciudad de Sevilla se dirigen a grupos reacios a entrar. Por esta razón, en la carta, además de invocar el supremo concepto de la paz, se invoca de manera muy reiterada el de bien común (hasta seis veces –tres de ellas en la misma frase–, en las formas “bien común de los regnos”, “pro e bien común” y “bien público” de los reinos, indicando, además, que las ciudades deben ser verdaderos copartícipes en la defensa del bien común: “commo seades tas prinçipalmente en ellos ayudadores a las cosas que a serviçio de Dios e nuestro e al bien común...”. En el razonamiento de Quintanilla tan sólo alude una vez al “bien e libertad de la tierra”. Al ser un texto retórico, se emplean recursos del lenguaje cargados emocionalmente: las referencias al reino se sustituyen por referencias a “la tierra” y a la “libertad”. Otra medida que por sus características resultaba impopular era el perdón general que la reina dictó no mucho después de su llegada a Sevilla, así como otros perdones de igual índole decretados en otras ciudades andaluzas. En periodos anteriores ya se vieron obligados a enfrentarse con esta contradicción que le imponía la necesidad de ganar apoyos. En esta ocasión, además de emplear los recursos rituales que ya hemos analizado (la audiencia pública dada en la sala del alcázar, ese “aparatoso tribunal” desacreditado por Alfonso de Palencia), se 326
Al redactar el razonamiento, Pulgar se habría inspirado en un supuesto discurso realmente pronunciado por Quintanilla, o, quizá, pudo inspirarse en las propias cartas reales redactadas por el contador, relativas a la cuestión de la Hermandad. El razonamiento de Pulgar en trascripción de A. Gómez Moreno, “Amador de los Ríos”, pp. 133-136 y la carta enviada a la ciudad de Sevilla en: R. Carande y J. de M. Carriazo (dirs.), Tumbo..., I, doc. 144, pp. 274-284.
371
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 372
Ana Isabel Carrasco Manchado
emplearon recursos retóricos que quedaron para la posteridad. La medida del perdón no se presentaba como iniciativa regia, sino a petición de los propios penados por la justicia regia. El perdón se justifica así enteramente, y la justicia real queda ensalzada y no disminuida, puesto que la clemencia se presenta como consecuencia de “el rigor grande que vuestros ministros muestran en la execución de vuestra justicia”. El discurso del obispo de Cádiz (escrito por Pulgar, no se sabe si sobre un discurso realmente pronunciado) presenta un panorama verdaderamente apocalíptico para la ciudad, que está a punto de perecer. Si en años anteriores, sus padecimientos venían “por la poca justicia, agora está perdida e muy caída por la mucha e muy rigorosa que vuestros jueces e ministros en ella executan”. La clemencia de la reina se presenta tan conveniente para la ciudad que, incluso, se llega a negar la contradicción que asiste a toda medida de perdón general: el perdón (y no la justicia, como ocurría con la propaganda de la Hermandad) puede traer finalmente la paz a la ciudad: “porque en virtud de vuestro cetro real gozasen de paz e seguridad, la cual humildemente os suplican que derrames en esta vuestra cibdad e tierra”. Finalmente, hemos de referirnos a un tema importante difundido mediante el discurso jurídico. Se trata del derecho al título real de Portugal. En el periodo anterior los reyes comenzaron a proclamar ese derecho. La victoria sobre el rey portugués y el espíritu triunfalista que siguió aumentaron las aspiraciones de dominio sobre la Península. Íñigo de Mendoza contribuyó con sus coplas, llegando a sugerir que, si ese derecho no estuviera del todo claro, se hallará la forma de reivindicarlo. Él sugiere que se indague en los orígenes portugueses de la pareja real. “Y que vosotros sobréis en mayores crecimientos a los reinos los debéis, porque entramos procedéis de tan reales cimientos; sois de cepa natural castellanos, como muestro, y lo que ay de Portugal no vos puede hazer mal para demandar lo vuestro”.
Si corre sangre portuguesa por las venas de los dos reyes, bien pueden reclamar el reino como sus “señores naturales”, del mismo modo que son “señores naturales” de Castilla. Esto suena, más bien, a neutralización de las pretensiones de Alfonso de Portugal: puesto que su propaganda afirma que él es “natural” de Castilla, también se puede afirmar que Isabel y Fernando son “naturales” de Portugal. Lo cierto es que toda esta cuestión de la reivindicación de la corona portuguesa no era del todo entendida por la opinión pública, como sugieren los interrogantes que plantearon las autoridades murcianas al canónigo Diego
372
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 373
Los aires triunfalistas
Rodríguez de Almela, que escribe una razonada carta justificando la asunción de dicho título por parte de la pareja castellano-aragonesa. Hay un fundamento hereditario, según el canónigo: “El dicho regno de Portogal pertenesçe de derecho a los muy illustrísimos el rey don Fernando e la reina doña Isabel [...] por sus propias personas por razón del parentesco que tienen a los reyes de Portogal”. En esto coincide con lo que dicen las coplas cantadas del predicador franciscano, pero, Almela añade otro argumento, la última voluntad declarada por la reina Beatriz, esposa de Juan I de Castilla, en su testamento: “Así pareçe claro que el derecho del dicho regno de Portogal le perteneçe así por virtud del dicho testamento que la dicha reina doña Beatriz dexó por su universal heredero del dicho regno de Portogal al dicho rey don Johán de Castilla su sobrino, como por le perteneçer de derecho por liña e subçesión derecha” 327.
Del mismo modo que Juana declaraba que la última voluntad del rey Enrique había sido reconocer su primogenitura y herencia a la Corona de Castilla, Almela trae a colación otra última voluntad y testamento para reclamar la herencia de la corona de Portugal para Isabel y Fernando. No sabemos si estas explicaciones de Almela dejarían satisfechas o no a las autoridades murcianas, lo interesante es comprobar cómo la propaganda real, transmitida directamente en sus cartas enviadas a las ciudades, resulta insuficiente y necesita de apoyo intelectual y recursos culturales para hacerla comprensible. 5.3. “La gracia de Dios con el Deseado”: el discurso teológico Los temas del discurso teológico apuntados en el periodo previo se exaltan a partir de la victoria de Peleagonzalo. Esta victoria se convierte en un elemento confirmador del contenido de la propaganda teológica: el juicio de Dios dictado en favor de Isabel y Fernando. Otros temas, derivados igualmente de la victoria, pretenden dar sentido, no sólo a la marcha de la sucesión, sino a toda la historia futura, al destino del reino, encarnado en la figura del heredero, el príncipe Juan. Los pregones que anunciaban por calles y plazas la victoria obtenida y las ceremonias litúrgicas con las que se celebraría hacen públicos los primeros mensajes legitimadores. En el pregón que se escuchó por las calles de Valencia, ciudad ajena la Corona de Castilla, se insistía en el apoyo divino y en la especial protección de los santos vinculados a la ciudad y a la casa real. Esta protección, confirmada por la victoria, glorificaba a un tiempo a la ciudad y a sus 327
Respuesta al concejo de Murcia, “Del comienço e de donde deçendieron los reyes de Portogal, e como el dicho regno de Portogal perteneçe de derecho a los muy illustrísimos el rey don Fernando e la reina doña Isabel su muger”, pp. 20-21. Analiza los ecos de la polémica reivindicación del Reino de Portugal en tiempos de los Reyes Católicos César Olivera en su obra Beatriz de Portugal. La pugna dinástica AvisTrastámara, Santiago de Compostela, 2005, pp. 401-437.
373
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 374
Ana Isabel Carrasco Manchado
reyes. Los santos invocados son, por el lado ciudadano, san Vicente Mártir y san Vicente Ferrer y, por el lado de la casa real aragonesa, san Jorge, protección que se hace extensiva, además, a la casa “d’Espanya”. Se trata de una manifestación del carisma dinástico de todo el linaje real de los Trastámara aragoneses. La visión de los sucesos castellanos desde los reinos de la Corona de Aragón se contempla desde la perspectiva de las aspiraciones de dominio hispánico de los reyes de Aragón. En el pregón se anunciaba además la voluntad de dar las gracias por esa feliz demostración del apoyo divino y se formula una plegaria por el rey Fernando. La plegaria subraya la invocada unidad de los súbditos con su futuro rey. La figura del príncipe Fernando se glorifica de un modo personal, en un doble sentido, como propaganda del príncipe heredero de los reinos de Aragón, y como propaganda en los reinos de Aragón de su título castellano y de su poder en este reino. El pregón sólo menciona a Fernando como rey de Castilla, sin referirse a Isabel: “Nostre senyor Deu que vulla per sa inffinida bondat guardar de sinistres e scandels lo dit serenissimo senyor rey de Castella tot son strenuu exercit, per modo que prestament totos los regnes e terres de la reyal maiestat e del dit serenissimo senyor rey de Castella sien constituits en pau universal” 328. En Castilla, el tema de los santos protectores se vincula de un modo especial con la figura de los reyes. El testimonio más cercano a los hechos del día uno de marzo es el tratado dirigido a la reina por su confesor Hernando de Talavera: Breve tratado más devoto y sotil de loores del bienaventurado sant Juan Evangelista. En el mismo título del tratado se expresa la protección personal del santo hacia Isabel, del cual se dice que es “Syngular patrón y abogado de la sereníssima señora nuestra y muy excellente reyna de Castilla y de León, doña Ysabel”. Las palabras del confesor parecen definir la especificidad de san Juan Evangelista precisamente, por esa especial protección dirigida a la reina: san Juan es el amado discípulo de Cristo y el singular patrón de Isabel. A lo largo de la obra se reitera ese carácter: san Juan es el “digno patrón y especial abogado” de la reina. Pero la protección no es mero capricho del santo, responde a una actitud concreta de Isabel. La idea de la manifestación del favor divino a través de los santos protectores de los reyes se combina con la idea que resalta la excepcional devoción real. El vínculo entre santo y reina protegida es estrecho, tanto que, incluso Hernando de Talavera necesita de la inspiración espiritual de esa unión mística para escribir el tratado sobre san Juan: “Pues, aunque yo por mi flaqueza y poquedad no merezca ni pueda sobir a este alto y sancto monte, ni aun a otro altar que fuesse más baxo para le veer y loar, podré, por cierto y podría, aunque no fuesse piedra, por los grandes merecimientos de vuestra real magestad. Ca la ferviente devotión 328
“Pregón del concejo valenciano ordenando fiesta y procesión de acción de gracias por la victoria del rey de Castilla sobre los portugueses”, M. Gual Camarena, “La forja”, p. 187.
374
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 375
Los aires triunfalistas
que vuestro excellente espíritu a este glorioso apóstol tiene merece que me sea dada tanta virtud y gratia que supla lo que en mí fallece” 329.
La devoción de la reina es mérito personal (es, más que devoción, “propriamente hablando dilectión, porque es guiada por razón”), pero también es una gracia inspirada por la divinidad para que Isabel gobierne siguiendo los preceptos religiosos. Hernando de Talavera dice: “Byen veo yo que es de hazer muchas gracias a nuestro señor que commo a su vicaria y grand comissaria vos da espíritu de devotión con que por esta vía gostes quán suave es esse messmo señor. Lo qual es mucho menester para bien executar sus vezes y complir su comissyón” 330. Hernando de Talavera, como en su anterior tratado, vuelve a aplicar de nuevo el concepto de vicariato divino de los reyes. La devoción confirma a Isabel en ese oficio sagrado de los reyes que es ser vicarios de Dios en la tierra. Es una prueba de que Isabel merece el cargo que posee. Lo merece ella y Fernando, puesto que las palabras del confesor de la reina no van encaminadas a dotar de superioridad a Isabel respecto a Fernando. Él también es “vicario suyo”, en virtud del estado matrimonial que los une. Talavera alude entonces a la idea, ya circulante, del matrimonio providencial de Fernando e Isabel: “Ca el estado matrimonial en que vos quiso ayuntar, sacramento es que representa aquella suma untión y muy perfecta conformidad” 331. Los méritos de Isabel y el espíritu divino que la posee determinan el carácter de su gobierno: “En vuestro real pecho es gran syngular bendito él que nos la dio para que syn parcialidad deys a cada uno su derecho” 332. Finalmente, el confesor emite una plegaria por la reina: “Roguemos a nuestro señor que tanto la ama y quiere (...) consérvela nuestro señor y acreciéntela siempre”. La plegaria del confesor simboliza el reconocimiento general del merecimiento de Isabel al cargo que desempeña, fundado en sus méritos religiosos. El carácter sagrado de la dignidad real asumida por Isabel se acrecienta con el tratado del confesor. Otros argumentos que actúan en el mismo sentido vienen de la pluma de otro religioso, el franciscano Íñigo de Mendoza. Las coplas que escribió al poco de la victoria de Peleagonzalo alcanzan un tono propagandístico sin precedentes. Las Coplas (...) en que declara cómo por el advenimiento destos muy altos señores es reparada nuestra Castilla, están construidas a partir de la alegoría de la nave del reino, la nave de Castilla, que es reparada por la justicia, según hemos visto 333. El concepto de reparación, presente en el título, está 329
Biblioteca Fundación Lázaro Galdeano, Inv. 15229, Ms. 2/18, fol. 54r. Ibídem, fol. 30r. 331 Ibídem, fol. 71v. 332 Esta expresión de Talavera es una reminiscencia de la fórmula empleada en la liturgia de Viernes Santo para referirse a Dios, rex habet omnia iura in manu sua, y de la máxima de Derecho Canónico “el rey tiene las leyes escritas en el escritorio de su pecho” (véase H. Kantorowicz, Los dos cuerpos..., p. 153). La alusión al real pecho se refiere a la circunstancia de que en el corazón de los reyes está inscrita la ley divina, inspirada en las palabras de san Pablo (Ro 2, 15). 333 Las citas corresponden a la mencionada edición, I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 318-343. 330
375
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 376
Ana Isabel Carrasco Manchado
cargado de implicaciones teológicas. Comienzan las coplas con una oración en la que se atribuye a Dios la iniciativa de reparar el reino: “Tú que en tus sanctas alturas soldaste las quebraduras de nuestros reinos de España”, (copla 1).
El concepto de reparación se impregna, así, de contenido histórico-mítico. Mendoza se refiere a la restitución de la unidad perdida de España, punto final del mito de la destrucción de España. De este modo, Mendoza impulsa un argumento teológico basado en el providencialismo mítico hispano. Castilla, siguiendo la historia mítica y el modelo de la historia bíblica, se convierte en reino elegido. Dios se ha apiadado de ese reino especial dando remedio a su mal: “Que en el reino destruido de Castilla que cobraste reparaste lo perdido” (copla 4).
El concepto reparación se mezcla con el de remedio. Mendoza mezcla las alusiones a la España quebrada con las que se refieren a Castilla destruida por el mal gobierno y la falta de justicia. El remedio de Dios, la cura del reino, la encarnan los reyes justos enviados: “Tus obras maravillosas, antes de ser criminosas, nos fueron consolativas, que curando nuestros males tu justicia nos ha dado reyes justos, naturales que con tu poder los tales nuestras quiebras has soldado” (copla 6)
Junto a la idea de curación (que presupone un estado previo de enfermedad) 334, se introduce por primera vez la idea de consuelo o consolación 335, aportando 334
La propaganda cancilleresca también calificaba la situación del reino aludiendo a la idea de enfermedad y de veneno inoculado: “Nuestros desobedientes e desleales se juntaron [...] los quales todos avían enpoçoñado estos dichos nuestros reinos e an trastornado el regimiento e ordenaçión dellos”, M. del C. Cayetano, Documentos..., p. 50. 335 Es probable que sea la primera vez que se alude al concepto de consuelo o “consolación” en relación con los reyes, concepto que una década más tarde dará título a una de las obras más marcadamente propagandísticas que se escribieron en todo el reinado, la Consolatoria de Castilla, obra de Juan Barba que recopila, en verso, toda la historia del advenimiento de Isabel, en clave épica: ella encarna el consuelo del reino (editada por P. Cátedra, La historiografía en verso en tiempo de los Reyes Católicos. Juan Barba y su “Consolatoria de Castilla”, Salamanca, 1989).
376
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 377
Los aires triunfalistas
un matiz espiritual o moral a la cura física del reino. La pretendida finalidad espiritual del gobierno de Isabel y Fernando, la redención del reino, legitimaría el acceso al trono. Su carácter de reyes elegidos incide en ello. En la copla 6 y en la copla 10 se concibe la llegada de los reyes al reino como un acto de la justicia divina. Se ha producido un juicio divino, pero, no sólo en el sentido proclamado con anterioridad, esto es, una sentencia divina justa que resuelve el conflicto de intereses entre reyes rivales por la sucesión. Se trata, en esta ocasión, de un acto de justicia preferentemente dirigida al reino, que beneficia indirectamente a los reyes. Es el reino el que pide justicia por sus agravios, y no son los reyes los que solicitan dilucidar la verdad sucesoria. Son los males que aquejan al reino los que claman por la justicia divina, los reyes son, al mismo tiempo, beneficiarios del juicio divino y benefactores del reino: “Y darás plazer sin pena a la espánica nación quebrantando la cadena del temor que nos condena d’estrangera subjeción libertarás nuestro enpeño que fuerça nos ha traído; pornán los males sueño; darás lo suyo a su dueño quitarnos has de ruido” (copla 9).
Así, pues, se enfatiza, una y otra vez el concepto de reyes elegidos: “Pues reyes muy escogidos si para reinar los dos fuestes, señores, ungidos, ungidos y prometidos de aquesta mano de Dios” (copla 11). “El qual señor escogido vençerá todas tus sañas, el qual rey esclaresçido es el que es de Dios ungido para mandar las Españas” (copla 66). “Rey muy alto y escogido en ventura sobre todos, vos, señor esclarescido, sois onzeno rey venido del linaje de los godos,
377
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 378
Ana Isabel Carrasco Manchado
do vuestro nonbre es hallado en grandeza sin medida, de quien es prophetizado cosas altas sin pecado, dándovos Dios, señor, la vida” (copla 35). “Pues si, reina esclarescida, Dios vos hizo en este modo, tan sin par y sin medida, para ser más escogida abeislo de ser en todo...” (copla 41).
El concepto de reyes elegidos adquiere ricos matices que conllevan implicaciones legitimadoras en virtud del carisma religioso y personal de Isabel y Fernando. El concepto aludido en la copla 11, la unción regia, es empleado aquí no como una práctica añorada del pasado, tal y como la formulara Diego de Valera en el Doctrinal de príncipes 336, sino como una realidad que se ha producido en las personas reales de Isabel y Fernando. La unción va implícita en la condición de realeza cristiana. La sucesión real queda sacralizada desde el momento en que los reyes asumen su título. Mendoza revive en el discurso una ceremonia abandonada por los reyes de Castilla, adoptándola en su modalidad retórica de unción concedida directamente por la divinidad 337. La unción divina, confirmadora de la condición de reyes elegidos, confiere a sus portadores, además de un revestimiento sagrado que los protege 338, una finalidad política concreta, una misión que, en los versos de Mendoza trae consigo unas amplias pretensiones de poder 336
Se percibe cierto tono nostálgico en las palabras que Valera dirige al rey, cuando se refiere al rito de la unción y consagración: “Las quales costumbres, en la mayor parte de la christiandad se guardan salvo en España. E acuérdame aver visto la unción e consagración e coronación fecha a Alberto duque de Asterriche, por rey de Bohemia, en el año de xxxvii, en la cibdad de Praga, en la iglesia de Sant Vincelao, en el día de sant Pedro e san Pablo con muy grandísima cirimonia e fiesta, como lo nota Juan Teotónico en el noveno libro de su general estoria que Teotónica se llama” (Doctrinal..., p. 197). No se le escapaba a Valera la conveniencia de fortalecer la sucesión con una ceremonia litúrgica de esta naturaleza que, además, ensalzaría de manera particular la figura de Fernando. 337 Sobre la unción regia y la utilización política que los reyes trastámara han hecho del carácter de “rey ungido”, los trabajos de J. M. Nieto, Fundamentos ideológicos..., pp. 64-65; Iglesia y génesis..., pp. 190193; su significación desde el siglo xiii en, “Origen divino...”, pp. 74-89. 338 Los atentados contra el rey se equiparan con los que se puedan cometer contra Dios (laese maiestatis divina y humana), aunque de poco sirve apelar a la realeza ungida cuando el grupo confabulado para derrocar al rey es más poderoso que el propio rey. Juana apeló al crimen contra el ungido de Dios en la protesta pública que redactó y envió a las ciudades, acusando a Isabel de haber planeado o consentido el asesinato de su hermano el rey: “Soy muy informada e çertificada que de los dichos rey e reyna de Sicilia non pudieron por aquellas vías atraher al dicho rey mi señor a ello, pospuestos el temor de Dios y olvidando el deudo natural que con él tenían, e la obediencia que le devían como a su rey e señor, en menosprecio de la ley divina, que manda e defiende que ninguno non sea osado de tocar en su rey, porque es ungido de Dios, nin de lo pensar en su espíritu, por cobdicia desordenada de reynar, acordaron e trataron ellos, e otros por ellos, e fueron en fabla e consejo de lo facer dar, e fueron dadas yervas e ponçoña de que después falleció”, J. Fernández Domínguez, La guerra civil..., p. 20.
378
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 379
Los aires triunfalistas
y de conquista: los reyes han sido ungidos “para mandar las Españas” 339. Poco a poco, los versos de Mendoza entrelazan la sacralización de los reyes con el providencialismo mítico-hispano, como líneas paralelas de una propaganda antiportuguesa y de dominio personal de Isabel y Fernando, sobre todo, de este último. Ambos reyes aparecen divinizados, hasta el punto de ser “adorados” por sus súbditos como a Dios mismo (copla 12); en ellos ponen los ojos, “ni más ni menos quen Dios” (copla 31). La misión salvadora de los reyes tiene aquí su punto final. La “urca” castellana, “sana del mal que le agravia” (copla 85). Pero, los reyes no son simples médicos, son la personificación de la misma salud, tal y como se manifiesta en sus obras (copla 40). La naturaleza de rey elegido tiene en Fernando una implicación más que le aporta en esta obra cierta superioridad, al menos carismática, frente a Isabel. Nos referimos al profetismo aplicado a Fernando de Aragón y relacionado con un mesianismo de tipo hispánico. Ya había sido apuntado por Diego de Valera en el periodo anterior. En este periodo se multiplican las referencias. Fernando ha sido señalado por Dios o por la personificación misma de la Justicia, “por sus altas profecías” (copla 72). El profetismo en esta obra se esgrime, una vez más, como propaganda sostenedora de la conquista de Portugal. Se encuentra ligado al tema del providencialismo mítico-hispano, pues Fernando es el rey elegido, opuesto al rey Rodrigo, encargado de recomponer el reino destruido por el islam. Para Íñigo de Mendoza, la prevista unión de Castilla y de Aragón, sumada a la victoria sobre Portugal, ha originado la recomposición de esa unidad: “Llamemos a Dios loado por juntar lo derramado que perdió el rey don Rodrigo” (copla 13).
Mendoza concilia las corrientes proféticas europeas con el mito hispánico: Fernando es “onzeno rey venido/ del linaje de los godos” (copla 35). Onzeno rey es uno de los nombres que recibe, según la tradición profética, el monarca universal, a partir de la referencia bíblica del Libro de Daniel (Dn 7, 19-24). A continuación, el predicador menciona una profecía de origen catalán: “Y el propheta en conclusión dize: rey, según venís, ¡cómo bramará el león 339
El destino trazado a Isabel y Fernando como reyes elegidos parece una trasposición del ideal de cruzada aplicado a los reyes santos del siglo xii, como athlètes de Dieu o miles Christi (véase G. Klaniczay, “L’image chevaleresque du saint roi au xii e siècle”, en A. Boureau y C.S. Ingerflom (dirs.), La royauté sacrée dans le monde chrétien, París, 1992, p. 53-54). No hay que olvidar que el mito de la destrucción de España y la presencia del Reino de Granada posibilitaba la reactivación de un ideal de cruzada que los reyes hispanos se prestaban a liderar, y a sacar partido político de él.
379
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 380
Ana Isabel Carrasco Manchado
y castigará el blasón la contraria flor de lis!” (copla 36).
La profecía aludida en estos versos solía ser empleada como propaganda antifrancesa en el conflicto que ocupaba al rey de Aragón con el francés por los territorios del Rosellón. Hay que recordar que, por las fechas en las que se difunden estas coplas, el rey Alfonso de Portugal se encontraría ya en la corte francesa intentando ganarse el apoyo de Luis XI para su causa. Mendoza castellaniza la profecía catalano-aragonesa al personificar a Fernando como rey león, imagen del rey universal que aplicaban las profecías a los reyes de Castilla, al menos, desde Alfonso XI 340. Se trata de otro recurso del predicador para “naturalizar” al príncipe aragonés como castellano. Por otra parte, como la mayoría de los mensajes proféticos, las atribuciones de poder se elevan a rango imperial. Las conquista en terreno hispánico y la victoria sobre Francia supondrá para Fernando la consecución de un poder “alto, sacro, imperial” (copla 43). Desde que comenzaron a reinar, jamás Isabel y Fernando habían sido servidos con tales soflamas propagandísticas por sus colaboradores. Los versos de Mendoza no tienen parangón en los otros textos contemporáneos de este periodo. Otros testimonios pueden coincidir en ciertas ideas pero no poseen la coherencia discursiva y la visión completa de las coplas de Íñigo de Mendoza. Una notable coincidencia con algunas de las coplas de esta composición escrita por Íñigo de Mendoza se encuentra en el prólogo del tratado de derecho militar escrito por Pedro Azamar para Fernando, en este año de 1476. En este prólogo, Azamar, conocedor de la fecunda tradición profética catalano-aragonesa, atribuye a Fernando el cumplimiento de diversos vaticinios. Dos coinciden con el poema de Mendoza: también Azamar llama a Fernando honzeno rey, aunque, en su caso, “de Aragón”, y menciona, además, el vaticinio de las flores de lis en su versión catalana: “El omne fuerte arrancará las flores de lis de sus huertos” 341. El hombre fuerte es Fernando, puesto que su nombre significa “fortaleza”. Otro vaticinio se refiere al ayuntamiento del “fijo del águila con la fija del león”. El carácter providencial del matrimonio real de Isabel y Fernando, apuntado ya por otros autores, como hemos visto en otros textos, habría sido anunciado ya por profecías. El significado último es político, puesto que constituye 340
Sobre el rey-león castellano, imagen que conjuga la figura del león bíblico de Judá, el león de ciertas profecías (Merlín, Rocatallada), y el león del emblema heráldico, véase J. Gimeno Casalduero, “La profecía medieval en la literatura castellana y su relación con las corrientes proféticas europeas”, Estructura y diseño en la literatura castellana medieval, Madrid, 1975, pp. 130-135. El vaticinio que dice que Fernando arrancará las flores de lis de los huertos, en clara referencia a la casa real francesa, se encuentra en diversos testimonios. En ellos se cita a Fernando como “Home fort”, no como león (véase E. Durán y J. Requesens, Profecia i poder..., p. 332, n. 21). Veremos en seguida otro ejemplo de este vaticinio en la obra de Pedro Azamar. 341 No sería descabellado pensar que el predicador Íñigo de Mendoza conociera la obra de Pedro Azamar. Se sabe que este consejero de Fernando se encontraba en Castilla en abril de 1478 (J. Castellanos Oñate, “Estancias en Madrid...”, p. 538), aunque no sabemos desde cuándo. Podría, por tanto, haber difundido su obra por la corte y los vaticinios del prólogo hubieran servido de materia poética para el predicador.
380
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 381
Los aires triunfalistas
una apología de la reunión de poderes: “Este ayuntamiento, non solamente del matrimonio, antes de la señoría e poderío, porque nunca fue tal ayuntamiento en señorío de la casa de Aragón con el león de Castilla”. Isabel, como “hija del león”, aparece como heredera, asimismo, de la tradiciones proféticas ligadas a la casa Trastámara castellana 342. La reciente victoria de Fernando se suma, en el discurso teológico de Azamar, a una cadena de victorias pasadas, ya anunciadas en tiempo inmemorial por diversas profecías. Desde que Fernando fue titulado príncipe de Aragón, interviniendo junto a su padre en los conflictos que afectan a dicha corona, se fue trazando en torno a su persona un entramado profético ricamente elaborado a partir de una tradición teórica fomentada por los reyes de Aragón para su uso político 343. Este entramado se difunde por Castilla y es asumido por otros autores castellanos para aplicar a la coyuntura particular castellana de estos años. En cada una de las victorias que se produzcan a favor de Isabel y Fernando este dispositivo puede ser activado con facilidad, gracias a ese entramado preexistente. La estrategia beneficia a la pareja real pero, sobre todo, favorece a Fernando, cuyo prestigio real aumenta. En la carta escrita al rey en agosto de 1476, con motivo del hundimiento de ciertas naves comandadas por portugueses y franceses cerca de Cádiz, Diego de Valera determina que esta victoria ganada por los aliados genoveses, favorable a Fernando y no esperada, resulta acorde con las profecías que se atribuyen a su persona: “Dad muchas graçias a nuestro Redentor, de quien tan grandes beneficios rescebís, en el qual espero en vos, señor, se conplirá lo profetizado de muchos tienpos acá, de vuestra muy ínclita y eccelente persona, que nuestro Señor a su servicio muy lenguamente conserve y prospere sus reinos e señoríos acrecentando, dándole siempre entera vitoria de sus adversarios” 344.
El texto de la carta de Diego de Valera revela, casi como en el caso de Íñigo de Mendoza, la estrecha unión existente entre profetismo y providencialismo. La victoria que relata Valera viene de la mano de Dios, producto de su oculto 342
Azamar debió conocer el poema escrito para honrar a Fernando en torno a 1472 por un “coronista del senyor príncep don Ferrando” en el contexto de la guerra del rey aragonés con la ciudad de Barcelona. En él, hay unos versos que dicen: “será prosperada la vuestra corona/ también en los reynos de l’alta Leona/ e quien vos tan alto, senyor, soys amado” (ed. E. Durán y J. Requesens, Profecia i poder..., pp. 317-318). La idea del matrimonio profético tendría su génesis en la propaganda antienriqueña difundida en vida de éste y tiene su origen, casi con seguridad, en los reinos de la Corona de Aragón. No en vano, a propósito de este matrimonio, un autor catalán, Jeroni Pau, escribía un panegírico en 1468 en similares tonos proféticos (ibídem, p. 178). 343 La figura de Fernando tuvo que ser también legitimada en su propio reino, tras la desaparición del príncipe de Viana. Además de las obras citadas sobre el profetismo y mesianismo fernandino, véase R. Ramos, “El Libro del milenio de fray Juan Unay...”, pp. 1.241-1.248. Sobre la relación entre esta literatura y la monarquía “apocalíptica aragonesa”: J. Guadalajara Medina, Las profecías del Anticristo en la Edad Media, Madrid, 1996, pp. 303 y ss. 344 D. de Valera, Epístola al rey..., p. 12
381
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 382
Ana Isabel Carrasco Manchado
juicio divino (“¡O quán inconprehensibles son los secretos juisios de nuestro Señor!”) y de la merced que quiere otorgar a Fernando: “Cómo, allende las cosas maravillosas que nuestro señor por vos ha mostrado, quiso tan inmensa merced fazervos en delibrar vuestra tierra de tan gran daño e por mano agena darvos vitoria de vuestros enemigos”. Vemos cómo la idea del juicio de Dios sigue manteniéndose en este periodo, pero aplicada a cualquier victoria favorable a los reyes, sin necesidad de que Fernando intervenga en ella, extendiéndose ya entre los diversos actores del conflicto. Incluso los hombres del controvertido Alonso de Monroy hicieron uso de este concepto en unas coplas que debían halagar a la reina cuando un truhán las cantaba ante su presencia, coplas que celebraban una victoria parcial del clavero de Alcántara ante los portugueses: “En el mojón de Olivençia les diera el ciego la postrera sentencia...” “De Dios vino la sentençia y a mi la execuçión en vuestra tierra y mojón hecistes la penitençia”
La reina se encontraba por aquel entonces en el cerco de la fortaleza de Trujillo. El truhán que las compuso sabía pulsar los temas que más halagaban a Isabel: la victoria se consiguió gracias a la “ayuda de san Juan” 345. A pesar de ser una victoria parcial llevada a cabo por un personaje cuya fidelidad hacia uno y otro bando resulta fluctuante, hay un conocimiento acertado por su parte del discurso de la propaganda Isabelina. Y no duda en emplearlo ante la reina, haciendo gala de su voluntad de apoyarla. La repetición de las mismas ideas en textos de variada procedencia recalcan la coherencia de esta propaganda. Casi parece un programa. Por su parte, Isabel allá donde va deposita una semilla que dará su fruto propagandístico. El documento por el que se instituye la fiesta por la victoria de Peleagonzalo y la de san Juan ante porta latina repite el concepto de juicio divino: “La vitoria que Dios nuestro Señor les quiso dar contra su adversario de Portugal... donde a su divina providençia plogó mostrar su justicia” 346. Igual que en el pregón que notificó cinco meses antes la noticia de esta victoria, se emiten plegarias de acción de gracias a los santos protectores, haciendo mención, en este caso, de san Miguel y de Santiago, “luz e patrón de España”. La variedad de santos patronos protectores a los que se apela responde a múltiples intereses: santos personales con simbolismo dinástico, como san Juan en el
345
Las citas de estas “Coplas sobre los triunfos de Alonso de Monroy que cantaba un loco”, en A. de Maldonado, Hechos de D. Alonso de Monroy..., pp. 106-107. 346 “Carta de institución de las fiestas de la victoria de Toro y de San Juan ante porta latina”, J. Gestoso, Los Reyes Católicos..., p. 28.
382
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 383
Los aires triunfalistas
caso de la reina, que subraya la devoción de Isabel y su vinculación familiar con su padre, Juan II, de quien dice ser heredera; santos ciudadanos, como san Lázaro, cuya protección Fernando dice haber pedido en la batalla, en una carta al hospital de San Lázaro de Sevilla, intentando mostrar así su vinculación con esta ciudad, o san Ildefonso, santo venerado en Toledo y en Zamora; santos dinásticos, como el mencionado san Jorge, protector de la casa real aragonesa, y santos míticos ligados a la cruzada hispana, como Santiago. La invocación de este santo refuerza las pretensiones de dominio sobre el total de la Península o, en cualquier caso, se presenta como aval de la verdad del derecho que les asiste para reinar sobre la mayor parte de España. La larga estancia de los reyes en Sevilla, las cenas, las fiestas, permitieron lucirse a los juglares y truhanes que acudieron al olor de la corte. Recogimos las dos canciones a la reina que Antón de Montoro compuso para Isabel. Nos hemos referido a la polémica existente en torno a una de estas canciones. Después de haber analizado la composición de Íñigo de Mendoza, no parece creíble la hipótesis de la supuesta ironía contraria a la reina que traslucirían los versos de Montoro. Muchos debieron escuchar los versos del predicador, probablemente en la misma corte sevillana. Cuando el afán de sacralizar la figura de Isabel llevaba al franciscano a comparar a ésta con la Virgen, en virtud de sus acciones salvadoras y redentoras sobre el reino, no era de extrañar que Montoro en sus versos estuviera a punto de poner a Isabel en el lugar de la Virgen. Las expresiones de Montoro no difieren tanto de las de Mendoza. Mendoza dice que Isabel es “más divina que mortal” (copla 40) y Montoro que es “reyna de angélico aseo” 347; Mendoza dice que Dios hace a los reyes ser “como a sí mismo adorados” (copla 12) y Montoro afirma que la reina es “fee de nuestra vida humana”. En efecto, son las mismas exageraciones sacralizadoras 348. Entre los actos públicos organizados en Sevilla con motivo de la presencia real se encuentra una ceremonia que sirvió de marco de difusión de otros mensajes sacralizadores y legitimadores a partir de argumentos teológicos. Se trata de la ya mencionada ceremonia de justicia o audiencia pública que Isabel abrió en la sala del alcázar a su llegada a la ciudad. El razonamiento escrito por Fernando del Pulgar, que puso en boca del obispo de Cádiz para solicitar el perdón de la ciudad, además de ser vehículo de la exaltación de la virtud de la misericordia regia, sirvió para difundir diversos argumentos que contribuían a fortalecer la posición de Isabel en el trono por derecho divino. Se parte de una concepción teórico-teológica que fundamenta la existencia de leyes y reyes en la necesidad de combatir el mal. Esta tesis tradicional se lleva al escenario castellano donde reina el mal a causa de los malos gobernantes que ha tenido:
347
No es original Montoro al describir a la reina con cualidades angélicas. Sobre la concepción medieval del character angelicus del rey, véase, H. Kantorowicz, Los dos cuerpos..., p. 20, n. 4. Una de sus fuentes es, entre otras, II Samuel 14, 17 y 20. 348 Citas de su poema “A la reina doña Isabel, nuestra señora”, A. de Montoro, Cancionero..., n.º 33.
383
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 384
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Muy excelente reina e señora: todos los ommes generalmente dice la Sacra Escritura que somos inclinados a mal; e para refrenar esta mala inclinación nuestra son puestas e establecidas leyes e penas, e fueron por Dios constituídos reyes en las tierras, e ministros para las executar, porque todos bivamos en paz e seguridad, para que alcancemos aquel fin bienaventurado que todos deseamos. Pero cuando reyes e ministros no havemos, o si los havemos son tales de quien no se haya temor, ni se cate obediencia, no nos maravillemos que la natura humana, siguiendo su mala inclinación, se desenfrene e cometa delitos e excesos en las tierras, e especialmente en esta vuestra España, donde veemos que los ommes por la mayor parte pecan en un error común”.
La presencia de Isabel en el trono –a la que todos los presentes podían contemplar, sentada en majestad–, si efectivamente este razonamiento fue pronunciado en tales circunstancias, deriva de la misericordia divina para con los sufrimientos del reino: “Creemos verdaderamente que si esta guerra más durara, e Dios por su misericordia no la remediara, asentando a vuestra real magestad en la silla real del rey vuestro padre”. Isabel es el remedio de los males del reino, así que bien puede imitar la misericordia divina, mostrándose ella misma clemente. Como si Castilla fuera un reino ejemplar, tierra que sirviera sólo como escenario de la exhibición de la justicia de Isabel, el obispo o Pulgar, terminan diciendo que “damos gracias a Dios por los males que refrenó vuestra justicia” 349. Con habilidad se van fundiendo las ideas que legitiman las pretensiones de Isabel, sacralización de la institución monárquica, en virtud de la finalidad espiritual del poder, sacralización de la sucesión de Isabel, como reina entronizada por la voluntad divina dentro de la línea legal de sucesión, y sacralización de su propia persona por el ejercicio ejemplar de su oficio real. Este triple aparato ideológico queda plasmado en el preámbulo del cuaderno de actas de las cortes de 1476, en el que los reyes, personalmente, se declaran “vicarios de Dios” sometidos a la obligación divina de administrar justicia en la tierra: “E tanto mayor quiere el serviçio de su criatura quanto más poder le dio en la tierra para bien obrar con él. E por esto dezía él mismo aquel a quien más da más le será demandado. Y como él hizo sus vicarios a los rreyes en la tierra e les dio gran poder en lo temporal, cierto es que mayor servicio averá de aquestos e más le son obligados que aquellos a quien menor poder dio. Y esta tal obligaçión quiere que le sea pagada en la administraçión de la iustiçia, pues para ésta les prestó el poder. E para la exsecuçión della les hizo rreyes e por ella reynan, según dize el sabio. Por ende nos don Fernando e donna Isabel, por la graçia de Dios rey e reyna de Castilla, de León de Toledo, de Seçilia de Portogal (...). 349
Transcribimos este razonamiento de RAH, ms. 9/5173, fols. 362r-365v.
384
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 385
Los aires triunfalistas
Conosçiendo que prinçipalmente esta administraçión e execuçión de la justitia nos es encomendada por Dios en estos reynos, y esta nos mandó amar por la boca del propheta diziendo: “Amad la justiçia los que juzgáys la tierra”, deliberamos en el comienço de nuestro reynar ofresçerle las primiçias de nuestros fructos de la justiçia, inquiriendo sobre que cosa es más nesçessaria la reformaçión en nuestros rreynos para proveer sobrellas de manera que pudiéssemos dar a Dios buena cuenta deste cargo que nos es encomendado” 350.
Más que ninguna otra coyuntura, las cortes aparecen como el escenario ideal para que los reyes demuestren el cumplimiento del pacto contraído con la divinidad, que se presenta como la génesis de su poder: realeza a cambio de administración de justicia 351. El concepto de reforma mencionado en el preámbulo de las cortes se relaciona con la ley y no tanto con la justicia. Sin embargo, la realeza cristiana se justifica más por la idea de justicia que por su facultad para legislar. De este modo, los reyes aprovechan en su favor esta mezcla interesada de significados que termina amparando unas pretensiones de poder absoluto 352. En las cortes de Madrigal se dictaron dos medidas determinantes para concluir la guerra y para fortalecer la autoridad en el reino: la imposición de un servicio y el establecimiento de la Hermandad General. El carácter teológico-religioso de este preámbulo ampara y asegura la justicia de tales disposiciones, al llevar inscritas, más que nunca, el sello del celo religioso y del servicio de Dios, que ahora se podía dar por probado, tras la victoria que había tenido lugar. La carta enviada a las ciudades dando cuenta de la forma de realizar el repartimiento del servicio millonario que había sido decidido en Cortes antepone a toda explicación la que se refiere a las “cosas complideras a serviçio de Dios”. Un poco más adelante, se hace un esbozo de la situación de guerra y de la voluntad que han tenido los reyes de cumplir con su deber de remediar los daños, hasta vencer a sus enemigos, o “poner en vençimiento” a sus adversarios “como a Dios graçias agora los tenemos”. La ayuda divina es la constatación de un hecho. Por tanto, los reyes pueden tranquilamente seguir pidiendo ayuda económica, puesto que han probado a sus súbditos que los anteriores préstamos fueron bien empleados y obtuvieron la recompensa divina: “con el ayuda de Dios” vencerán definitivamente. Hay en esta carta un argumento inédito hasta ahora. Los reyes, además del servicio negociado con los procuradores, consiguieron que se añadiera una cantidad más de maravedíes, treinta millones, además de los ciento treinta y dos concedidos, cantidad que era preciso justificar, teniendo en cuenta la ya 350
“Preámbulo de las cortes de Madrigal”, Cortes de los antiguos... IV, p. 2. El llamado feudalismo teológico, J.M. Nieto Soria, Fundamentos ideológicos..., p. 98. 352 Una nueva concepción jurídica se ampara en un argumento religioso para configurar una ideología de Estado destinada a justificar, bajo color de reforme du royaume, la expansión de la soberanía real, J. Verger, Les gens de savoir en Europe de la fin du Moyen Âge, París, 1997, p. 142. 351
385
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 386
Ana Isabel Carrasco Manchado
de por sí elevada cifra a que ascendía el servicio. La razón que dieron a las ciudades es nueva: la necesidad de pagar las deudas contraídas, especialmente con las iglesias. Los súbditos sometidos a tributación están obligados a velar por las “reales conciencias”: “Por ende que nos les rogávamos que en esto quisiesen enterder e remediar acordando algunas quantías de maravedís más sobre el serviçio para que solamente se pagasen de ella el dicho empréstido e nos quitasen de tan grand cuidado por manera que nuestras conçiençias pudiesen estar seguras” 353.
Difícilmente Isabel y Fernando se hubieran atrevido antes a dar una explicación aparentemente tan poco comprensible para la opinión general, teniendo en cuenta que sólo la guerra justifica el impuesto, amparándose en el argumento de defensa del reino o en los conceptos de utilitas publica –casus necessitatis defensionis regni –. No deja de ser atrevida esta justificación planteada por los reyes a sus ciudades, pues se aleja de toda teoría que ve en la realeza un poder público encaminado a atender prioritariamente al bien común 354. Una explicación revestida de apremios abstractos, de orden espiritual, que sitúa por encima de la necesidad pública el propio interés regio (encarnado por la conciencia regia), sólo puede proceder de un sentimiento de seguridad asentado. Ciertamente, todo el aparato ideológico-simbólico encaminado a sacralizar las personas reales ha propiciado que este argumento pueda ser colocado en lugar prioritario. Una estrategia propagandística asumida durante la guerra, como era la incorporación a la intitulación oficial del título de reyes de Portugal, hacía actuar conjuntamente diversos discursos legitimadores. La fórmula “por la gracia de Dios” afectaba también a este título, por lo que el derecho a la corona real portuguesa se proclama, no sólo con referencia a fundamentos legales o históricos, sino también teológicos. El proceso de apropiación del título de Portugal ha atravesado cuatro tipos de discursos: primero el discurso de la guerra, cuando se ordenó la conquista del reino; segundo, el discurso del poder, cuando Fernando de Aragón tomó la determinación de titularse como tal; tercero, el discurso jurídico, cuando se invocaban derechos hereditarios al reino para legalizar la conquista y, finalmente, el discurso que sanciona y cierra el proceso, el discurso teológico. El triunfalismo del periodo ha resucitado viejos temas sobre los que se fundamentan las aspiraciones de dominio hispánico de los reyes cristianos que gobiernan en los reinos de la Península Ibérica. Durante la estancia de la corte en Andalucía, los reyes se ocuparon de la guerra marítima que también se libraba contra Portugal. Desde Sevilla dictaron varias disposiciones sobre la conquista de Canarias. La ya mencionada carta de Diego de Valera dirigida al 353
Las citas de esta carta sobre el repartimiento del servicio concedido por las Cortes de Madrigal, B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 44-48. 354 J. Krynen, L’empire du roi..., pp. 268-273.
386
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 387
Los aires triunfalistas
rey se inscribe en este contexto. No podía dejar de aprovechar la línea ideológica que enlaza las ideas de rey elegido, sucesión providencial, matrimonio providencial, victorias providenciales y profetismo. La consecuencia es lógica para Valera: otorgar a Fernando de Aragón el máximo de dominio sobre el territorio de la antigua Hispania: – Rey elegido: “vos aver querido escoger entre tantos por monarca en esta vuestra mayor España”. – Sucesión providencial: “Determinó que del preclarísimo rey don Juan de Castilla, suegro e tío vuestro, quedasen dos varones legítimos e amos fallesciesen sin dellos quedar estirpe alguna, porque la sucesión destos reinos quedase a la muy alta e muy esclarescida princesa reina e señora doña Isabel, su legítima señora”, – Matrimonio providencial: “Con quien fue su determinada voluntad fuésedes por casamiento ayuntado”. – Victorias providenciales: “La victoria de la batalla que nuestro Señor dél tan miraglosamente vos dio[...] Nuestro señor ha demostrado por vos pelear”. – Profetismo-mesianismo hispánico: “Porque en vos, señor, se cunpliese lo que de muchos siglos acá está profetizado, es a saber, que la señoría de las Españas debaxo de vuestro çetro real sería puesta”. Por las mismas fechas, Valera se dirige también a la reina, en una carta escrita, probablemente, a finales de 1478 o principios de 1479, recién nombrado corregidor de Segovia. El discurso escrito para la reina parece calcado de lo que la propaganda cortesana repetía; especialmente parece querer emular los versos que los poetas cortesanos venían cantando (Íñigo de Mendoza y Antón de Montoro). El maestresala echa mano al concepto de reforma y restauración de los reinos, equiparándolo con la idea de redención de la humanidad, de manera que, de nuevo, Isabel queda igualada con la figura misma de la Virgen: “Así como nuestro Señor quiso en este mundo nasciese la gloriosa Señora nuestra, porque della procediese el universsal redentor del linaje humano, así determinó, vos, señora, nasciésedes para reformar e restaurar estos reinos” 355. La coincidencia ideológica en autores tan dispares no hace sino confirmar la existencia de un programa propagandístico coherente en toda esta etapa de la guerra por la sucesión. Si bien el profetismo parece un tema propio del discurso de la propaganda fernandina, da la impresión de que el tema de la restauración, con todos los vocablos que entran dentro del mismo campo léxico (reforma, redención) se aplica, predominantemente, a la propaganda isabelina. De hecho, la equiparación o comparación de Isabel con la Virgen se encuentra en las raíces mismas de la propaganda isabelina. No en vano surge en los primeros momentos de su aparición en el tablero político del conflicto sucesorio, a la muerte de su hermano Alfonso 356. 355
“Epístola que Mosén Diego de Valera envió a la reina nuestra señora”, Prosistas castellanos..., pp. 17-18. “Del comienço del mundo hasta agora vemos que Dios siempre puso la salud en mano de la embra, porque donde nasció la muerte de allí se levantase la vida, así como leemos del árbol donde vino la dannación, que del mismo vino la salud, es a saber, del árbol de la Cruz. (...) La señora princesa porque es de linaje real, como la Virgen que fue hija de reyes; e porque es donzella como era la Virgen quando
356
387
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 388
Ana Isabel Carrasco Manchado
La sucesión providencial de Isabel y la sacralización de la real pareja adquiere con el nacimiento del heredero el sentido que le permitirá proyectarse hacia el futuro, como si fuera el último acto del plan divino escrito para el reino de Castilla. Los dos textos relativos al príncipe Juan que hemos seleccionado resultan especialmente representativos de estas ideas. La propaganda del heredero participa de todos los temas del discurso teológico aplicados a Isabel y Fernando y aporta, además, otros nuevos. El primogénito ocupa su lugar en el plan providencialista: “Claramente veemos sernos dado por especial don de Dios, pues al fin de tan larga esperança le plogó dárnosle”, dice Pulgar en su carta al doctor Maldonado de Talavera 357. Y el Bachiller Palma, algo menos de un año después, repite esta idea parafraseando un pasaje bíblico en el que el pueblo de Israel pide a Dios que les dé un rey que les gobierne (I Sam 8, 4-21): “Fue dado por la mano de Dios a votos e oraçiones de los pueblos de España, en cuyo nasçimiento se gozaron muchos” 358. Palma recrea así la sensación de unanimidad en torno a la figura del sucesor, del mismo modo que la fórmula vox populi, vox dei, la recreaba en torno a la de Isabel. El heredero señala la superación del conflicto, no sólo porque sea producto de la determinación divina, sino porque es producto del deseo de los pueblos. El hijo de Isabel sería, por tanto, doblemente príncipe elegido. Es príncipe deseado (según el calificativo empleado por Pulgar y por Palma), además de elegido por Dios. Pulgar interpretaba la solución del problema sucesorio parafraseando un salmo de David, expresión de la elección divina; Dios desechó las otras posibles líneas herederas, para terminar eligiendo la descendencia de Isabel: “Quia repullit Deus tabernaculum Enrici, et tribum Alfonsi non elegit, sed elegit tribum Elizabet quam dilexit” 359. Otro grupo de argumentos relacionados con el heredero giran en torno al nombre del príncipe. El nombre elegido para el heredero abría un amplio abanico de posibilidades propagandísticas, entre ellas las que poseían un contenido sacralizador. La comparación inmediata que acudió a la mente de los agentes isabelinos era la equiparación con san Juan Bautista, aprovechando la identificación de los nombres de sus madres. Pulgar es el primero en recrear esta comparación: “Ved el Evangelio que se reza el día de Sant Juan; cosa es tan trasladada que no paresce sino molde el un nascimiento del otro”; y también el Bachiller Palma: “Nasçió el bienaventurado San Juan, de Santa Elisabed, nasçió el deseado prínçipe don Juan de la reyna nuestra señora, doña Ysabel, a tales concibió al Hijo de Dios; e porque espera de ser reina, como la Virgen que es reina de los cielos, señora de los ángeles, madre de los pecadores e manto de todos los fieles” (M. de Córdoba, Jardín de nobles doncellas..., p. 67 y p. 75). A la altura de 1476-1477, escribe el autor de la Crónica incompleta, “Y todos, simples y discretos, hablaban, cada uno en su lenguaje, quánto en esçelençias era la reyna la más acabada persona que en el mundo avía, y para redençión de reynos tan perdidos, era creençia de muchos que maravillosamente fue criada”, p. 317. 357 Citas de la epístola al doctor de Talavera en: F. del Pulgar, [Letra IX], pp. 49-50. 358 Citas del Bachiller Palma, Divina retribución..., pp. 71-74. 359 Salmo 77 (78): 67 y 68, según La Vulgata: “Et repulit tabernaculum Ioseph, et tribum Ephraim non elegit. Sed elegit tribum Iuda, montem Sion, quem dilexit”.
388
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 389
Los aires triunfalistas
madres, tales fijos, deseado uno, deseado otro”. Este autor lleva la equiparación del príncipe con san Juan Bautista hasta el delirio. La idea antes apuntada que hacía del príncipe el deseado de los pueblos le lleva a continuar el parangón con san Juan recreando el martirio de éste (Mt 14, 5-11): Herodías representa al reino de Castilla; la hija de Herodías, es Isabel y (no podía imaginar algo más estrafalario), Herodes es Dios. Siguiendo la sugerencia de Castilla-Herodías, la reina Isabel, su hija, pide a Dios-Herodes la cabeza de san Juan, que se identifica (ya no se compara) con el príncipe Juan. Palma enlaza, en este punto con otra imagen alegórica, basada en el sueño de Nabucodonosor: “E el eterno Dios, a votos e sospiros de la fija de Castilla, le dio la cabeça de oro del estatua, grande cabeça, del nombre del dicho rey don Juan, cabeça del señor santo Johán, fijo de la santa Ysabel, en quien la reyna doña Ysabel, nuestra señora, ha espeçial devoçión”.
El santo protector de la reina se ha encarnado en el hijo de Isabel 360. Además de estos juegos alegóricos, de inspiración bíblica y nada acertados desde el punto de vista del buen gusto, a los que se entrega el bachiller Palma, se recurre al procedimiento etimológico para seguir exprimiendo el simbolismo del nombre del heredero. El nombre recibido, como representación y símbolo, influye en el poseedor, como si el nombre tuviera la capacidad de imprimir un sello moral a la persona. Palma dice del nombre del príncipe que es “nombre dulçe e graçioso por sus etimologías”. A la identificación con los santos Juanes y con los reyes Juanes hay que añadir el significado del propio nombre: “Juan, por ser muy amado de Dios, recibió ese nombre, que quiere decir: gracia de Dios o quien Dios ha dado mucho bien” 361. Y así lo llama Palma en varias ocasiones (“el graçioso nombre”, “la graçia de Dios ser con el deseado de las gentes”). El nacimiento providencial y su futuro se inscribe en su nombre. Jugar con el simbolismo del nombre del rey es una práctica habitual entre los panegiristas 362. La Divina retribución del Bachiller Palma incluye una pieza propagandística encaminada a propugnar una unión teológica de las dos coronas, castellana 360
El santo en quien tenía Isabel especial devoción era el Evangelista y no el Bautista, bajo cuyo amparo se situaba Fernando de Aragón. Lo revelan las armas de la reina, con el águila de san Juan, y los tratados escritos por Hernando de Talavera y, en fechas posteriores, los versos de Ambrosio Montesino sobre los dos Juanes, dedicados a la reina y al rey. En cualquier caso, la identidad de nombres de estos santos con los nombres de los reyes de la dinastía Trastámara, les hace intercambiables e igualmente aprovechables para el discurso propagandístico. 361 Hernando de Talavera, Biblioteca de la Fundación Lázaro Galdiano, Inv. 15.229; Sig. ms. 2/18, fol. 68v. 362 Los juegos etimológicos que Pulgar y Palma desarrollan en torno al nombre del hijo de Isabel constituye un tópico de la propaganda de los príncipes de nombre Juan. Del príncipe portugués, hijo del rey Manuel, dice un cronista: “El rey don Juan, deste nombre y de los reyes de Portugal el quinzeno, fue hijo legítimo eredero y suçessor del rey don Manuel y de la reyna doña María su muger. Nasçió en Lisboa, en los palaçios de Arriba a las dos oras después de media noche a siete días de Junio de mill e quinientos e dos y siendo en verano, nasçió con gran tempestad y lluvia, cuyo nasçimiento fue muy graçiosso y de mucho plazer por todo el reyno y se hizieron muchas fiestas e muchas proçessiones, porque era de todos muy deseado” (RAH, ms. 9/491, fol. 67r).
389
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 390
Ana Isabel Carrasco Manchado
y aragonesa, pero, como esta obra se culminó en 1479, al poco de morir el rey Juan II de Aragón y de ser entronizado su hijo el príncipe Fernando, dejaremos este fragmento para el capítulo siguiente. 5.4. “Del tronco y sangre de los reyes”: el discurso histórico y genealógico En esta fase del conflicto sucesorio se tomaron diversas medidas de gobierno que potencialmente podían provocar resistencias. Entre ellas se encontraban las adoptadas en cortes. El impuesto siempre resultaba impopular y por ello se precisaba del apoyo de un cúmulo de discursos propagandísticos. Resultaba útil recordar a las ciudades y villas, sobre las que principalmente recaería la carga tributaria, otras medidas similares tomadas en anteriores reinados. Pero, lo original en este caso es que los reyes no basan su justificación diciendo que otros reyes pasados ya habían ordenado servicios extraordinarios, aprobados en Cortes, lo que argumentan es que en otras ocasiones se hizo con motivos menos importantes: “Segúnd que en los tienpos pasados los pueblos destos nuestros regnos acostunbraron servir a los reyes de gloriosa memoria, nuestros anteçesores, para en semejantes casos, y aun para otros de menos nesçesidades e menor importançia” 363. Entre estos “otros de menos nesçesidad e menor importançia” mencionan el repartimiento ordenado en tiempos de Enrique IV, en 1473. Argumentan que, puesto que las necesidades son ahora mayores, las sumas concedidas deben ser superiores. De este modo, la relación consensuada en la concesión del servicio, entre ciudades y poder real, tiende a desequilibrarse en favor de los reyes, que hacen valer sus justificaciones (un argumento histórico), sostenido en su propia autoridad. Los reyes son los que miden la necesidad. Otra medida controvertida, el perdón general que de una manera aparatosa Isabel concedió a la ciudad de Sevilla, contiene un argumento similar al que hemos apuntado, pero, esta vez no aparece en una carta oficial, sino en la pieza de oratoria escrita para el obispo de Cádiz. En el texto se recuerda a la reina que su antecesor Juan II ya había dictado perdones de este tipo en momentos críticos: “El rey don Juan vuestro padre, no sólo en una cibdad ni en una provincia, mas en todos sus reinos fizo perdón general, cuando las disensiones e escándalos en ellos acaescidos con los infantes de Aragón sus primos”. Precisamente a raíz de la crisis política bajomedieval, solía ser un motivo de discusión corriente en las cortes la concesión abusiva de perdones, y se fueron fijando por ley los casos que debían ser exceptuados. Los fundamentos ideológicos de la concesión regia de perdones han sido estudiados, pero entre las justificaciones corrientemente empleadas no se menciona el recurso al precedente histórico 364. Pulgar no 363
Carta a las ciudades sobre el repartimiento ordenado en las cortes de Madrigal (ejemplar enviado a Madrid, M. del C. Cayetano, Documentos..., p. 51). 364 Las justificaciones suelen centrarse en el principio del rey legislador, la justa causa o el bien común, y el principio religioso de la misericordia (véase M.I. Rodríguez Flores, El perdón regio..., pp. 79-89).
390
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 391
Los aires triunfalistas
hace sino incorporar a su argumentación retórica una fórmula que expresa la misma idea y que ya había sido empleada por la cancillería en la expositio de las cartas reales de perdón otorgadas al principio del reinado 365. La propaganda oficial transmitida por la cancillería puede inspirar, como vemos, la actividad de autores de materiales de tipo literario. Otro tema del discurso que mantiene su vigencia es la diatriba contra el reinado anterior y contra Enrique IV. Hacer derivar la situación de crisis actual de los años del reinado anterior es una de las finalidades de la Crónica incompleta escrita a lo largo de este periodo. El mismo cronista lo declara así al comienzo de su crónica: “Mucho fuera nesçesaria la corónica del rey don Enrrique el quarto puesta y escripta antes del comienço desta, para que las cosas que han de acaesçer mejor se entiendan seyendo atadas con los males pasados, porque de aquella causa, las guerras y trabajos de Castilla, que a mi cargo son de escrevir, nasçieron” 366. En el razonamiento de Beatriz de Bobadilla, las acusaciones se dramatizan, de manera que resulten más verídicas. Buena parte de su efectividad propagandística radica, precisamente, en este procedimiento historiográfico 367. Las acusaciones de Beatriz de Bobadilla son enteramente aceptadas por el rey Enrique que asiente a todo su discurso, asumiendo su culpa. El autor de esta crónica acusa también de toda la situación al difunto Juan Pacheco, marqués de Villena, padre del principal valedor de la princesa Juana. Otro argumento empleado sistemáticamente para intentar demostrar el gran contraste existente con los monarcas actuales y el fallecido Enrique IV tiene como base la práctica judicial. Es empleado por Pulgar en el razonamiento del obispo de Cádiz. Los delitos que deben ser ahora perdonados ocurrieron todos ellos en tiempo del rey Enrique. Pero es en el discurso de Alonso de Quintanilla sobre el establecimiento de la Hermandad General en donde cobra un mayor protagonismo. Isabel y Fernando aparecen como favorecedores de la Hermandad, mientras que Enrique aparece como destructor de aquellas medidas populares encaminadas a mantener la justicia: “El rey don Enrique, que las avía de sustener e favoreçer, éste las contradezía e repunnava, de tal manera que las derribó y destruyó en poco tiempo. E esto tenemos agora lo contrario, porque quieren e les plaze que estas hermandades en sus regnos se ynstituyan e establescan” 368.
365
En el perdón general otorgado en el mes de abril de 1475 para todos los homicianos que acudieran a servir en la guerra contra el rey de Portugal se decía: “Como seguiendo las pisadas de algunos reyes nuestros progenitores”, A. de la Torre y L. Suárez Fernández, Documentos referentes..., I, pp. 75. 366 Crónica incompleta..., p. 48. 367 Véase, M. del M. López Valero, “La representación del hecho histórico y la estrategia dramática del discurso. Una aproximación a las crónicas medievales”, en S. Fortuño y T. Martínez (eds.), Actas del VII Congreso de la Asociación Hispánica de Literatura Medieval, Castellón de la Plana, 1999, vol. 2, pp. 341-351. 368 F. del Pulgar, “Razonamiento que hizo Alfonso de Quintanilla ante la junta de la Hermandad, en Dueñas...”, p. 136.
391
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 392
Ana Isabel Carrasco Manchado
“El rey e reyna, nuestros señores, que son otros que el rey don Enrrique era”. Este aserto escrito por un cronista contemporáneo sintetiza el espíritu de este procedimiento discursivo encaminado a marcar el contraste y a culpabilizar a Enrique de la inestabilidad que se vive en el reino. La acusación puesta en boca de Alfonso de Quintanilla, como otras, carece de fundamento sólido, puesto que existían cartas del rey Enrique favoreciendo las hermandades, y no muy alejadas en el tiempo 369. Interesa, no obstante, presentar esta medida como si se tratara de un proyecto novedoso cuyos resultados beneficiosos estuvieran aún por probar. En este razonamiento de Quintanilla se emplean otros recursos que apelan a la historia para terminar de convencer a los procuradores que habían acudido a la junta general de la Hermandad. En este caso no se trata de la historia reciente, sino de la historia remota. Alfonso de Quintanilla apela a un sentimiento de libertad y de repulsión de la sujeción que quiere despertar en sus interlocutores trayendo ante sus ojos el ejemplo o el modelo de aquellos que él denomina “sus anteçesores”: los habitantes del antiguo reino de Asturias y los castellanos de Fernán González. La historia, de la cual se espera una enseñanza pedagógica y moral, actúa, además, como creadora de referentes culturales de identidad 370. Los habitantes actuales del reino deben comprender que tales personajes heroicos del pasado forman parte de su identidad histórica y han de aprender de ellos una línea de comportamiento consecuente con aquellos orígenes, suficientemente historiados a esas alturas del siglo xv como para ser conocidos. La historia como ejemplo moral resulta un procedimiento persuasivo habitual, frecuentemente empleado por la predicación y la literatura doctrinal. Hay en las palabras de Pulgar-Quintanilla una voluntad de ganar la adhesión utilizando el contraste entre unos antepasados a los que se supone más valerosos; son palabras destinadas a herir el pundonor de los oyentes: “Non heredastes por çierto, señores, esta subjeçión que padescés de vuestros anteçesores, los quales, como quiera que fuesen pequeño número en aquella tierra de las Asturias, de yo soy natural, pero con deseo de libertad, commo varones ganaron la mayor parte de las Españas, que ocupavan los moros, enemigos de nuestra santa fee, e sacudieron de sy´ el yugo de servidumbre que tenían. Nin menos tomamos dotrina de aquellos buenos castellanos que fizieron el estatua del conde Fernán González, su señor, e syguiéndola ganaron libertad para él y para ellos; ni menos la tomamos de otros notables varones, cuya memoria es ynmortal en las tierras, porque ganaron libertad para sy´ e para sus 369
Una de las más cercanas, la confirmación de Enrique IV de la Hermandad de Villacastín, establecida el día 8 de julio de 1473 y confirmada el día 12 de julio (L. Suárez Fernández, “Evolución histórica de las Hermandades castellanas”, Cuadernos de Historia de España, 16 (1951), doc. n.º 14). 370 Un repaso por estos mitos castellanos en: F. Javier Peña Pérez, El surgimiento de una nación. Castilla en su historia y en sus mitos, Barcelona, 2005.
392
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 393
Los aires triunfalistas
regnos e provinçias; los quales ovieron gloria en ser libres, e nosotros avemos pena por ser sujebtos” 371.
El bloque de ideas destinado a la política global de legitimación de la sucesión de Isabel bebe de los temas históricos aportados por la ideología neogoticista. En el periodo anterior, las reflexiones neogóticas se aplicaron fundamentalmente a la figura fernandina, pero en esta fase triunfalista Isabel queda también incluida, tal vez por la necesidad de dar a este tema una intención legitimadora de su derecho a la herencia de Castilla, y no sólo con intenciones expansionistas. Lo que preconizaba el predicador Íñigo de Mendoza como un deseo futuro en los versos dedicados a Fernando en el periodo anterior, se ve ahora, en las coplas escritas a raíz de la victoria sobre el rey de Portugal, como un hecho realizado 372. El espíritu triunfalista le lleva a afirmar que la recuperación de la unidad destruida en tiempos del rey Rodrigo ya se ha producido: “Llamemos a Dios loado por juntar lo derramado que perdió el rey don Rodrigo” (copla 13).
La victoria sobre el rey portugués se considera definitiva. Fernando e Isabel deben, por tanto, asumir el antiguo título imperial que poseían los monarcas hispanos, ya que han reparado el daño producido por la Cava y el conde don Julián (copla 16). La asunción de este título imperial se presentaba como la superación de la crisis. El neogoticismo sirve a un tiempo de propaganda de guerra y de propaganda de legitimación. Según pasan los años se desarrolla con mayores matices el tema de los orígenes godos de ambos monarcas. Los autores evocan una genealogía real que no se interrumpe y mencionan, en alguna ocasión, la virtud de la sangre real. De este modo, se desvía la atención de las irregularidades en la sucesión. Se pone el énfasis en la línea dinástica o en la supuesta genealogía real que parte de los godos, quitando valor al hecho de que se elija a una u otra persona dentro de esa línea dinástica. Lo que importa es la idea de continuidad real. A partir de este argumento, la figura de Fernando puede llegar a ser equiparable a la de Isabel, puesto que él también procede de esa misma línea real. Fernando es para Mendoza el “onzeno rey”, “del linaje de los godos” (copla 35). Para Íñigo de Mendoza ambos reyes heredan la dignidad real en virtud de una especie de “derecho genealógico”: “Así que tal señoría os viene justa por leyes 371
F. del Pulgar, “Razonamiento que hizo Alfonso de Quintanilla ante la junta de la Hermandad, en Dueñas”..., p. 134. 372 Las mencionadas Coplas (...) en que declara cómo por el advenimiento destos muy altos señores es reparada nuestra Castilla, I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 318-343.
393
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 394
Ana Isabel Carrasco Manchado
por çierta verdad que guía a vuestra generosía que va de reyes a reyes” (copla 13).
Algún estudioso ha visto, detrás de la caracterización de Fernando como “rey onzeno” una voluntad de incluirle en la línea dinástica integradora de la numeración real adoptada por Alfonso X en su labor historiográfica. Fernando ocuparía el undécimo lugar desde aquél. La numeración alfonsí, coincidente con la actual, integraba deliberadamente en el orden numérico de sucesión a los reyes “Alfonsos” no castellanos, al aragonés Alfonso el Batallador y a Alfonso IX, rey de León. Esta ordenación, que servía a las pretensiones de dominio hispánico de Alfonso X, se abandonó a finales del siglo xiv para volver a reaparecer con la subida al trono de Fernando de Aragón, ante la necesidad de “castellanizar” al monarca aragonés 373. Otros autores prefieren emplear el concepto sangre real para distinguir con claridad el derecho de Isabel sobre el de Juana, a la que se niega sistemáticamente su condición de hija del rey Enrique. La sangre de Enrique, que es la del rey Juan II de Castilla y la de todos los demás monarcas trastámara fluye por las venas de Isabel 374. Dicha sangre real se dota de cualidades excepcionales, como si algo material y moral de los reyes pasados permaneciera en ella, cuya desaparición significaría también una pérdida irreparable para el reino 375. Puesto que se parte del principio de la ilegitimidad de Juana, su sangre no es esta magnífica sangre. Éste es el argumento que el autor de la Crónica incompleta pone en boca de la acusadora Beatriz de Bobadilla: “Quán grave pasión sería que persona de agena generaçión y en adulterio nasçida oviese de suçeder en él por reyna de Castilla y vuestra sangre real fenesçiese el día de vuestra muerte y que sin herederos de aquella limpia realeza quedasen desamparados los más nobles reynos y gentes del mundo” 376.
A esta sangre excelente que contiene la semilla de la dignidad real canta también el truhán Antón de Montoro en Sevilla:
373
Esta es la interpretación de J. Gimeno Casalduero, “Sobre las numeraciones de los reyes de Castilla”, Estructura y diseño en la literatura castellana medieval, Madrid, 1975, pp. 87-92. 374 Algún autor destaca también el hecho de que la sangre de la dinastía Trastámara fluyera también por las venas de Fernando, lo que le convierte en el sucesor al trono después de Isabel. Esta idea se expresa en la Crónica incompleta, al relatar las explicaciones aducidas para justificar el matrimonio de Isabel con Fernando: “y porque su visabuelo de él fue rey de Castilla, donde por ser del tronco y sangre de los reyes della, las gentes castellanas con puro amor le obedeçerían por su rey y señor natural más que a ningún otro” (Crónica incompleta..., p. 76). El autor sostiene que esta sangre cuenta con una estima especial de las gentes. 375 Sobre este aspecto de la ideología dinástica, véase A.W. Lewis, Le sang royal. La famille capétienne et l’État. France, X e-XIV e siècles (trad. francesa, París, 1986). 376 Crónica incompleta..., p. 117.
394
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 395
Los aires triunfalistas
“Pues vuestras honras y proes que vuestra sangre mereçe señora, decir quién soes a sólo Dios perteneçe” 377.
En esta fase triunfalista, el discurso genealógico, entrelazado o no con el neogoticismo, dota a la propaganda histórica de un nuevo recurso de legitimación 378. Si bien en los dos periodos anteriores los propagandistas habían recurrido en alguna ocasión al recuerdo de cómo líneas bastardas e ilegítimas llegaron a gobernar legítimamente, ahora ese discurso no se considera conveniente. Es mejor resaltar la continuidad dinástica y olvidar las rupturas que pudieran sembrar la duda sobre el derecho que se defiende. Como propaganda de guerra antilusitana continúan las menciones a la batalla de Aljubarrota. La Crónica incompleta, síntesis narrativa de los hechos que han sucedido hasta la fecha desde el momento de la proclamación, menciona también este tema 379. Las resonancias de Aljubarrota sirven a una intención de fomentar el revanchismo entre las filas castellanas para azuzar la rivalidad entre castellanos y portugueses. Esta propaganda, que calificábamos de “xenófoba”, se dirige hacia la desintegración de la opinión favorable al rey Alfonso de Portugal en Castilla. Al final del periodo, según el tratamiento más extenso que elabora el Bachiller Palma, el tema se convierte en punto de referencia de la reivindicación –histórica– del Reino de Portugal. El Bachiller Palma comienza su obra con la recreación de la batalla (capítulo primero: “De la batalla de Aljubarrota que obo el rrey don Juan con el maestre d’Avis, que se llamava rey de Portogal, e sus gentes”), las lamentaciones de los castellanos por los muertos en la batalla y las cartas de consuelo que fueron enviadas al rey (capítulo segundo: “Del sentimiento grande e planto que se fizo sobre los muertos en la batalla”) y el razonamiento del rey Juan I en las cortes de Valladolid (“capítulo tercero: “De las causas por quel rey don Johan traxo duelo, e mayor en el coraçón, e quiso que todos sus naturales toviesen aquella lástima”). Igual que en el nivel de la historia mítica se establece un paralelismo contrapuesto entre Rodrigo y
377
A. de Montoro, Cancionero..., n.º 33. Sobre el valor legitimador del discurso genealógico C. Kaplisch-Zuber, L’ombre des Ancêtres essai sur l’imaginaire médiéval de la parenté, París, 2000. Gradualmente se va introduciendo entre la literatura histórica este tipo de discurso: E. Pardo de Guevara y Valdés, “Presencia de la materia genealógica en la literatura histórica medieval”, Pensamiento medieval hispano. Homenaje a Horacio Santiago Otero, coord. J.M. Soto Rábanos, Madrid, 1998, I, pp. 393-403. 379 El autor de la crónica alude a Aljubarrota en dos ocasiones: “Asimesmo esto dio causa de creçer en los portugueses, que ellos, así pocos como son, pensavan con aquel su rey conquistar el mundo, y con el vençimiento que avían avido sus anteçesores en la batalla de Aljubarrota, de que los bisnietos heredaron la sobervia, y aquella grand ventura de aquel tiempo y la de este presente, hazía al rey y vasallos tomar empresas más altas que sostener podían”; “Su sobervia del mayor al menor era tan creçida, que la naçión castellana en grand menospreçio tenían. A la qual atividad mucho les ayudava el vençimiento de la batalla de Aljubarrota” (Crónica incompleta..., pp. 171 y 183). 378
395
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 396
Ana Isabel Carrasco Manchado
Fernando, en el nivel de la historia cercana, en esta obra, se establece el paralelismo entre la batalla de Aljubarrota y la de Peleagonzalo, la figura de Juan I de Castilla y la del recién nacido príncipe Juan. La reivindicación del derecho a la corona de Portugal, empleando el discurso histórico-genealógico, tiene su expresión gráfica en el Árbol de los reyes de Portugal, trazado por Diego Rodríguez de Almela junto con su carta al concejo de Murcia, que fue reproducido después en varios códices que recopilan sus obras. En dicha carta, Almela aduce derechos legales, en virtud de un (más que dudoso) testamento de la reina Beatriz, mujer de Juan I. Pero a este primer argumento añade derechos históricos, según la herencia transmitida desde los reyes portugueses a los castellanos, cuya explicación pormenorizada Almela ilustra en un árbol genealógico 380. Lo más destacable de ese cuadro genealógico, es que la herencia del reino de Portugal le viene a Isabel por línea femenina, procedente de la reina María, casada con Alfonso XI, y a través del hijo de ambos, el rey Pedro I, del cual lo heredaría su hija Constanza, duquesa de Lancaster, que no pudo reinar en Castilla. El derecho histórico al reino se inscribe en la dinastía Trastámara con Juan II, que lo hereda de su madre Catalina. Una de las posibles vías de legitimación de la propia dinastía Trastámara 381, la línea femenina de la reina Catalina, serviría igualmente para reivindicar la corona portuguesa. El derecho al título portugués, fundado en la genealogía dinástica, es el último jalón que apoya el golpe de efecto que supuso asumir el título real portugués tres años antes. Si nos fijamos bien observamos que tal derecho histórico se contradice con la apelación a derechos legales apoyados en un supuesto testamento de la reina Beatriz, argumento empleado también por Almela. Según el Árbol, la reina Beatriz no poseería legítimamente el título y, por tanto, no podría legarlo a los descendientes de Juan I de Castilla. Poco importa. Interesa, ante todo, acumular argumentos. Diego Rodríguez de Almela, al final de su carta, introduce otro tema clave que estamos trazando, el neogoticismo empleado en su vertiente expansionista, tal y como lo divulgaba Diego de Valera en el periodo anterior. Este tema resulta coherente con la asunción del título de Portugal para justificar un conflicto de actualidad, la conquista de las Islas Canarias que Isabel y Fernando se ocuparon de ordenar por las mismas fechas que Almela escribía su carta 382. La posesión del título portugués, y de las Canarias, cuyo derecho a ser conquistadas por los reyes castellanos Almela considera ya suficientemente probado por su 380
Es el dibujo trazado en Biblioteca de El Escorial, Ms. H. III. 15, fol. 105r. al respecto: J.L. Martín, “Defensa y justificación de la dinastía Trastámara. Las crónicas de Pedro López de Ayala”, Espacio, Tiempo y Forma. Historia Medieval, serie III, 3 (1990), 157-180. 382 El grado de asimilación del ideal gótico o neogótico, en relación con la conquista de las islas Canarias puede observarse en algunas de las respuestas al cuestionario e investigación encargada a Esteban Cabitos al tiempo que los reyes se encontraban en Sevilla (Informaçión sobre cuyo es el derecho de la isla de Lançarote y conquista de las Canarias hecha por comisión de los Reyes Católicos don Fernando y doña Ysabel, fechado el 14-I-1477, Ms. de la Biblioteca de El Escorial, Ms. X.II.26, editado por E. Aznar Vallejo). 381 Véase
396
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 397
Los aires triunfalistas
maestro Alfonso de Cartagena, autoriza a Isabel y a Fernando a convertirse en “monarcas de toda España en uno con la provinçia de Tanjar fasta los Montes Claros, como lo fueron los nobles reyes godos de España pasados sus progenitores anteçesores” 383. Otra obra que emplea el discurso genealógico y dinástico de un modo gráfico es la Divina retribución del bachiller Palma. El ejemplar que, a buen seguro, fue presentado a los reyes 384 se abre con una ilustración que resume plásticamente el contenido y la intencionalidad de la obra. El árbol genealógico se inicia en la base con la figura del rey Juan I, entronizado, con corona y espada desenvainada en la mano derecha, que sujeta un escudo con la mano izquierda, el escudo de Castilla y León, al que se le ha añadido la parte de Portugal. Los reyes de las siguientes dos generaciones surgen del ramaje, con corona, espada y escudos, cada uno de ellos su escudo correspondiente de Castilla y de León y el de Aragón, situándose a la derecha los trastámara de Castilla y a la izquierda, los de Aragón. Al llegar a Fernando y a Isabel, cambian de posición: Fernando se sitúa en el lado de Castilla e Isabel en el de Aragón. El rey porta una espada, e Isabel cetro, ambos coronados pero no sujetan ningún escudo. Es el príncipe Juan, situado en el centro de ambos, a punto de ser coronado por dos ángeles, el que sujeta el escudo con las armas de los reinos de Castilla y de León y de AragónSicilia. La unión de las dos coronas 385 se produciría no en el reinado de Isabel y Fernando, sino en el de su sucesor. Es el nuevo reino que alaba el exaltado discurso del Bachiller Palma. Pero, a pesar de los aciertos de esta imagen, se observa cierta inseguridad y vacilación que también hallamos en la obra: la lógica de la genealogía exigiría que el escudo del príncipe Juan incluyera también las armas del de Portugal, tal y como ostenta su antepasado. Así, la propaganda de las tres coronas se queda en dos. Quizá la fecha tardía de composición de la obra, terminada al tiempo de la muerte de Juan II, cuando ya se empezaba a considerar la posibilidad de buscar la paz con Portugal, explique esta inseguridad. En cualquier caso, un detalle llama especialmente la atención: la figura de Enrique IV ha sido excluida de la línea sucesoria. Esto constituye el mayor símbolo de la anulación del reinado precedente, y casi la consideración de su ilegitimidad: Isabel hereda el reino directamente de su padre. También la figura del rey Enrique II ha sido eliminada de la línea de antecesores, pero solía ser una práctica legitimadora de los historiadores trastamaristas. Sin embargo, a comienzos del reinado de Isabel, algún colaborador había sugerido ciertos paralelismos entre ambas quiebras dinásticas, según vimos en capítulos anteriores. Palma prefiere eludir la mención y realiza la apología de la 383
D. Rodríguez de Almela, “Del comienço e de donde deçendieron los reyes de Portogal”, p. 26. La ilustración se encuentra en el fol. 1v del manuscrito Biblioteca de El Escorial, Ms. Y.III.1. 385 La ilustración de manuscritos con genealogías reales fue un método empleado con cierta frecuencia por la propaganda inglesa a lo largo de la Guerra de los Cien Años: J.W. Mckenna, “Henry VI of England and the Dual Monarchy: Aspects of Royal Political Propaganda, 1422-1432”, Journal of the Warburg and Courtauld Institutes, 28 (1965), pp. 150-153. 384
397
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 398
Ana Isabel Carrasco Manchado
dinastía a partir de las teorías neogóticas. Lo importante es el origen godo de la pareja real (“de la estirpe natural e real de Castilla, de amas partes, del rey e reyna, nuestros señores, desçendientes del noble rey don Johán, del noble linaje de los godos”), y la continuidad radical de la dinastía desde esos orígenes (“en estos reynos de Castilla sienpre la linea real permaneçió deçendiente, syn jamás ser atajada de aquel noble linaje de los godos que prevaleçieron en fuerça e nobleza a los romanos”) 386. Sin duda el neogoticismo, entroncado con el discurso genealógico, o dinástico-genealógico, se ha ido afianzando desde la segunda mitad de la guerra sucesoria (marzo de 1476), para convertirse, al final del periodo, en el principal argumento legitimador extraído del discurso histórico 387. 5.5. “A quien la virtud se esmalta”: el discurso ético-moral El discurso de la propaganda relativo a la virtud regia no aparece con igual intensidad que en las fases anteriores del conflicto sucesorio. En este periodo triunfalista, son los argumentos de índole teológica los que concitan mayor interés entre los agentes reales. Los ejemplos que trazan un perfil de reyes virtuosos siguen persistiendo, pero en menor proporción. En las fases anteriores la competencia entre ambas parejas reales es mayor, de tal manera que se percibe la necesidad de marcar las distancias y de dar prestigio a una pareja real frente a la otra. Las virtudes fernandinas recibieron mayor exaltación, puesto que llevaba el peso militar de la contienda, y debía enfrentarse al fracaso de su primer encuentro ante Alfonso de Portugal. En esta etapa, marcada en sus inicios, hasta buena parte del año siguiente, por la propaganda de la victoria de Peleagonzalo, y habiendo abandonado Alfonso de Portugal el reino, para marcharse a Francia, todos estos apremios parecen apaciguarse. Se despliega el aparato providencialista y los discursos sobre la virtud del rey Fernando se repliegan. Los testimonios que en este periodo se ocupan de resaltar la imagen de Fernando como rey virtuoso provienen de Íñigo de Mendoza. Continuando su ánimo incansable de panegirista, en las Coplas (...) en que declara cómo por el advenimiento destos muy altos señores es reparada nuestra Castilla, Íñigo de Mendoza vuelve a trazar el elogio de las virtudes de Fernando (y también las de Isabel) 388. Sin embargo, frente a la riqueza de imágenes y apelativos de su Sermón trovado, en esta obra la originalidad en este sentido es menor. La única virtud real realmente encomiada es la virtud de la justicia, que brilla a lo largo de las coplas gracias a la imagen de la nave del reino, nave salvada por el buen patrón. La virtud de la justicia, frontera entre dos tipos de discurso, ya ha sido suficientemente considerada al tratar el discurso jurídico. Sólo hemos de añadir, en relación con la 386
Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 73. Una valoración de los ideales neogóticos en A. Rucquoi, “Les wisigoths fondament de la «nation Espagne»”, en J. Fontaine y Ch. Pellistrandi (eds.), L’Europe héritière de l’Espagne wisigothique, Madrid, 1992, pp. 341-352. 388 Citas de estas Coplas en: I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 318-343. 387
398
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 399
Los aires triunfalistas
imagen de buen capitán de navío, que, además de ser una imagen que remite al buen gobierno, lleva también implícita la concepción de monarca virtuoso, hasta el punto de que en la mentalidad medieval un capitán reconocido como “pecador” podía hacer naufragar el barco que comandaba 389. La imagen del patrón o capitán de navío también puede ser considerada desde la perspectiva del discurso del poder, tal y como hemos visto. Esta imagen aglutina, en beneficio del rey, la justicia, el poder y la virtud. El símil náutico ha sido interpretado como una imagen tendente a convertir la actividad de gobernar en una técnica, en una profesión 390. La relación entre política y ética se estaría construyendo, por tanto, como una ética profesional, “deontológica”, que, como tal, se rige por unas normas morales distintas de una ética universal 391. En esta época, ello permitiría al rey presentarse como monarca virtuoso, a la manera universalmente entendida por todos, y, al mismo tiempo, desarrollar unos criterios éticos propios. A ello ayuda el que la metáfora de la nave se encuentre ligada a la idea de autoridad. La propaganda regia, en tanto que posee capacidad para generar “discursos de verdad” (discursos autorizados y, por tanto, tenidos por verdaderos), se encarga de demostrar que no se produce, en determinadas ocasiones conflictivas, una disparidad ética, y que sus criterios particulares son coincidentes con los universales. Las virtudes reales resaltadas por el predicador Íñigo de Mendoza son dos, la de humanidad (coplas 8 y 43) y la de sabiduría, aplicada a la reina (coplas 39, 40 y 43). El resto de expresiones se refieren a la virtud en general, sin especificar, y a la perfección de todas ellas: “siendo virtuosos” (copla 8), “reyes de perfeción/ “a quien la virtud se esmalta” (copla 30), “es virtud en perfeçión” (copla 39), “vos esmaltáis la virtud” (copla 40). Esta falta de originalidad que estamos apuntando revela el relativo desinterés por este tipo de discurso. Unos cuantos meses después de este panegírico, durante la estancia de la corte en Sevilla, ciudad visitada por primera vez por Isabel, se presenta la oportunidad a los personajes que acuden a la corte de entonar panegíricos a las virtudes regias. Los ejemplos que hemos recogido, las dos composiciones del ropero de Córdoba, Antón de Montoro, reflejan la misma 389
Todavía en 1637, la tripulación del barco inglés Tenth Whelp se negó a dejar el puerto porque temía lo peor para el barco, ya que su capitán era un “ladrador de blasfemias” (citado por J. Delumeau, El miedo en Occidente..., p. 65). 390 Significativamente, Rodrigo Sánchez de Arévalo utiliza la metáfora náutica aplicada al “buen político”, inspirándose en Juan de Salisbury: “Con gran estudio deve el buen político travajar por guardar unidad, paz y concordia en la cibdad o reino, porque, según este sabio dize, la tal concordia y unidad fazen a las cibdades y reinos ser durables y bien regidos; y pone enxemplo que, assí como la nave o galera navega bien y va derecha quando los remadores concordadamente la trahen y reman (...) assí toda cibdad o reino entonce es en su vigor y regimiento bueno” (R. Sánchez de Arévalo, Suma de la política..., p. 296). 391 “Si existe una ética política distinta de la ética ética, ello depende, según esta argumentación, del hecho de que el político, como el médico, el comerciante, el sacerdote, no podrían desarrollar su oficio sin obedecer a un código que les es propio y que en cuanto tal no se afirma que deba coincidir con el código de la moral común ni con el de los otros oficios. La ética política se convierte así en la ética del político y, en cuanto ética del político y por tanto en cuanto ética especial, puede tener sus motivos justificativos para la aprobación de una conducta que a la gente le puede parecer inmoral” N. Bobbio, “Ética y política”, Elogio de la Templanza, Madrid, 1997, p. 118.
399
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 400
Ana Isabel Carrasco Manchado
escasa originalidad en lo que refiere a las virtudes reales. Se alaba la virtud en general de Isabel y la virtud de la discreción 392, equivalente en parte a la sabiduría. Por su parte, el confesor real Hernando de Talavera no cesa de alabar la virtud de la devoción, inducido por la propia reina, que vuelve a encargarle otro tratado poco antes de la victoria de Peleagonzalo. Repite Talavera los elogios ya expresados en el anterior tratado dedicado a la reina, la Collación. En el Breve tratado más devoto y sotil de loores del bienaventurado sant Juan Evangelista, el confesor subraya la devoción de Isabel por su protector san Juan, y el interés que la reina demuestra por las lecturas espirituales: “Tanbién es mucho de agradescer a vuestro libre alvedrío, que assy´ corresponde a aquel don, ca en hedad tan prova a los plaseres y gosos mundanos, y en tiempo de tantas tenpestades, y cargada de continuo de tantos linages de ocupationes y cuydados quiere y deseea, syquiera por algunos momentos, leer cosas espirituales, que le alunbren e inflamen a conoscer y haser su voluntad y mandamientos” 393.
La inclinación de Isabel hacia la religión ligada con su interés literario se convierte en virtud política, en el momento en el que dicha virtud se presenta como guía de regimiento y de gobierno. El interés de Isabel, no sólo por leer obras piadosas, sino por promoverlas, será objeto de alabanza en múltiples ocasiones 394. Algunos autores relacionan dicho interés con sus facultades políticas 395. El interés espiritual, tanto en las palabras de Hernando de Talavera, como en las de autores posteriores, supera la mera devoción pasiva, que, por otra parte, era lo que se esperaba de cualquier mujer de rango: en la reina se manifiesta como una suerte de facultad sacerdotal. Hernando de Talavera expresa dicha correspondencia entre virtudes religiosas y virtudes de gobierno. 392
A. de Montoro, Cancionero..., n.º 33 y n.º 34. Biblioteca Fundación Lázaro Galdiano, Inv. 15229, ms. 2/18, fol. 31r. 394 Sobre el papel intelectual de la reina, véanse las observaciones de C. Segura Graiño, “Las sabias mujeres de la Corte de Isabel la Católica”, Las sabias mujeres: educación, saber y autoría (siglos III-XVII), Madrid, 1994, 175-187. Sobre la biblioteca de la reina: E. Ruiz García, Los libros de Isabel la Católica: arqueología de un patrimonio escrito, Salamanca, 2005. 395 Así, como ejemplo, en fechas posteriores, el canónigo de Toledo Alfonso de Ortiz, ante un encargo regio, se expresa de este modo: “Pocas veces la contemplaçión acompaña a la vida autiva en una mesma persona, si no fuesse muy exçelente y escogida de Dios (...). Sentímoslo, por çierto, los que estamos a la sombra de vuestra administraçión tenporal, que así como sabia maestra distingue y dispone los offiçios humanos, y mirando con el sentido lo visible, el espíritu no olvida lo eterno. Muy alta señora, grande experiençia tienen los reynos vuestros de España de la prudentíssima real governaçión suya, que conviene a la humana conservaçión. Agora, para dar notiçia de su recogimiento espiritual, ha tenido por bien vuestra alteza comunicar a sus naturales y súbditos los divinos secretos de nuestra sacratíssima redençión, para que a todos sea común lo que a sí mesma es propio, del libro de Ubertino, frayle devoto de los menores que copiosamente los escrivió, mandándome a mi, el doctor Alfonso Ortiz, canónigo de Toledo, su siervo y capellán, que lo trasladasse en la lengua nuestra materna”. Se refiere a la traducción de la obra de Ubertino de Casalis, Árbol de la vida crucificada, hecha por el propio Alfonso de Ortiz, Biblioteca de la Universidad de Salamanca, ms. 372, fols. 1-2r. 393
400
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 401
Los aires triunfalistas
Si un rey virtuoso es un rey que rige según los modelos de buen gobierno, un rey virtuoso merece gobernar y un rey no virtuoso, no. En el periodo anterior, junto a la exaltación de las virtudes regias (sobre todo, las de Fernando) los propagandistas recordaban teorías en este sentido o, incluso sugerían la idea de que Isabel o Fernando merecían el gobierno por sus virtudes. La propaganda de legitimación de la sucesión se servía del discurso de la virtud. En este periodo, se reiteran algunas ideas que obedecen a esa finalidad propagandística. El caso que traemos de ejemplo es un texto seleccionado de la Crónica incompleta, proyecto de crónica que se estaba escribiendo a lo largo de este periodo. El género histórico permite revisar e interpretar el presente en función de la ficción de los hechos pasados. Se presentaba, pues, la ocasión propicia para hacer revivir la imagen del difunto rey Enrique IV. Tanto es así que en la Crónica se le hace hablar, respondiendo al discurso acusador de Beatriz de Bobadilla, amiga íntima de Isabel. En este discurso, también recreado, la acción de Enrique de “dexar por heredera a la hija de la reyna doña Juana” se califica de hecho “contra Dios y contra virtud”. Esta acción decisiva se sumaría, así, a todo el cúmulo de despropósitos éticos cometidos por el rey. Se concibe como una muestra más de su comportamiento irracional y cruel: “Según vuestra crueldad tan inhumanamente ha pensado despojar a vuestros hermanos de reyno que tan justamente les es devido”. La conducta invirtuosa del rey Enrique deslegitimaría el derecho que proclama Juana al trono de Castilla 396. Otro testimonio de utilización de la virtud como argumento legitimador aparece en la Divina retribución del Bachiller Palma. Se trata de un comentario que introduce a propósito de la victoria de Peleagonzalo. Alude a la conocida máxima sobre la tiranía: “Tyrannis durare non potest”, ampliamente empleada por autores tan difundidos como Egidio Romano en De regimini principis 397: “Ca el ynperio tiránico no puede mucho permanecer; firme es aquel que por virtud es confirmado, y los que libertat deseen, a la razón y virtut syrvan, e si quando de nos, súbditos, la virtut fuye, çierto la cay´da nos persigue” 398. El Bachiller Palma, que opone el gobierno por la razón y la virtud a la tiranía, parece usarlo como expresión de triunfalismo ante la caída de los portugueses: la victoria ha confirmado al virtuoso (Fernando) en el título real y al derrotado (Alfonso) en el título de tirano. Las diatribas expresadas contra el difunto Enrique IV valen también para ser lanzadas contra el rey Alfonso de Portugal y contra sus partidarios castellanos. Como en el periodo anterior, la actuación de Alfonso y de sus aliados se define acudiendo a la maldad y al vicio de la soberbia o de la codicia. La virtud de Isabel y Fernando, reyes que se pretenden legítimos, aparece, de este modo, resaltada en contraluz. El discurso difusor del mensaje de la maldad y 396
Crónica incompleta..., p. 116. La máxima, que procede del Libro de Job (15, 20), se empleaba con una finalidad consoladora ante la imposibilidad de matar al tirano, J. Beneyto, Los orígenes de la ciencia política..., p. 68. 398 Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 61. 397
401
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 402
Ana Isabel Carrasco Manchado
de la soberbia de los adversarios, según hemos comprobado en los textos analizados, aparece, preferentemente, en los preámbulos de las cartas reales enviadas a las ciudades con alguna pretensión política específica, o en algún otro texto también de carácter ciudadano, como el pregón que anunció la celebración de la victoria de la batalla de Peleagonzalo, en el que, dando muestras de la “xenofobia” antilusitana, se hacía extensiva la soberbia de Alfonso a todos los portugueses: “Lo adversari portugues e tota la sua superba nacio” 399. En la carta enviada a las ciudades, en la que se comunica el repartimiento del servicio aprobado en cortes, se incluyen también acusaciones al rey portugués (“la sobervia del dicho adversario e sus gentes”) y detallan la maldad de los rebeldes: “Algunos perlados e cavalleros nuestros reveldes e desleales, movidos con soberviosa presunçión e desordenada codiçia”; “todos omes de malos deseos e corruptos, los quales avían emponçoñado estos dichos reynos e han trastornado el regimiento e governaçión de ellos” 400. La contienda sigue traduciéndose en términos de lucha entre el mal y el bien, la virtud y el vicio, discurso que quiere provocar el contraste entre el mal y el buen gobierno. En este caso, este contraste pretende justificar una medida que puede ser percibida como injusta y producto de la codicia, poco ajustada a la imagen de reyes virtuosos. Isabel y Fernando se defienden de estas acusaciones atacando, señalando ellos mismos a los codiciosos. Este mismo discurso oficial es asumido plenamente por los caballeros cuya actitud ante la guerra resulta fluctuante. Cuando quieren dar muestras de adhesión recurren a este mismo discurso para referirse a los que, hasta entonces aliados, pasan a considerar como enemigos. Las coplas cantadas ante la reina en Trujillo por un servidor del veleidoso Alonso de Monroy recoge este discurso de la maldad de los portugueses: “Chamorros de Olivençia con otros de Portugal venistes a hacer el mal a Castilla sin conçençia” 401.
Otra medida que necesita el apoyo de la propaganda de la virtud regia es la concesión del perdón general a la ciudad de Sevilla. La virtud de la justicia es considerada por los tratadistas la madre de todas las virtudes. Para justificar políticas que pueden parecer injustas para determinados sectores se recurre a la teoría aristotélica del término medio: si la justicia es excesivamente rígida, se transforma en crueldad. En el razonamiento puesto en boca del obispo de Cádiz se alude a esta idea: “El rigor de la iusticia vecino es de la crueldad, e 399
“Pregón del concejo valenciano ordenando fiesta y procesión de acción de gracias por la victoria del rey de Castilla sobre los portugueses”, M. Gual Camarena, “La forja...”, p. 187. 400 “Repartimiento del servicio concedido por las cortes de Madrigal”, B. Casado Quintanilla, Documentos reales..., doc. 17, p. 46. 401 A. Maldonado, Hechos..., p. 107.
402
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 403
Los aires triunfalistas
aquel príncipe se llama cruel que aunque tiene causa no tiene tenplança en el punir”. Los reyes deben, pues, imitar a Dios en su forma de impartir justicia, ejercitando la virtud de la clemencia y la misericordia. En el texto se apela a esta virtud de Isabel (“la clemencia e piedad de vuestra real magestad” 402, para salvar la situación de la ciudad, más útil en ese caso que el rigor. A partir de todos estos testimonios podemos observar que el retroceso del discurso de las virtudes reales en esta fase triunfalista se trata de un retroceso en cuanto a proporción, no tanto en cuanto a las ideas y temas, que siguen manteniéndose en las obras. En la carta que Diego de Valera dirige al rey con fecha de 4 de agosto de 1478, se emplean los apelativos típicos del rey virtuoso. Es la virtud de Fernando la que le da confianza para dirigirse a él y amonestarle: “La gran virtud vuestra e humanidad me dan osadía”. Un poco más adelante le llama “muy católico príncipe”, para finalizar refiriéndose a Fernando y a Isabel como “tan discretísimos príncipes” 403. De esta carta, se puede calificar como propagandístico el preámbulo y la parte final. El contenido central se emplea para dirigir a Fernando una serie de consejos para gobernar correctamente. Los primeros son los consejos clásicos, tipificados en los tratados de regimientos de príncipes, tal y como él mismo escribió por extenso en su Doctrinal. La intención podría suponerse propagandística, retomando la idea de aconsejar las virtudes a un príncipe ya virtuoso para dar la imagen deseada de buen gobernante. Sin embargo, los consejos que siguen, de política práctica, desmienten esta intención. Valera muestra una actitud crítica, no del todo nueva en él, puesto que ya se había manifestado en alguna ocasión, como cuando escribió al rey pidiéndole que retirara la orden de repartir un nuevo servicio concedido por las cortes, según hemos visto. Valera escribe ahora al rey molesto ante ciertas “murmuraciones” que contra él se extendían entre sus súbditos 404. Durante este periodo, caracterizado por una fase de estancamiento del conflicto bélico, tras la victoria de Peleagonzado, en el que se pudieron llevar a la práctica diversas medidas de gobierno, algunos de los colaboradores reales cambiaron o matizaron su actitud encomiástica. El más destacado fue Alfonso de Palencia, abiertamente crítico desde finales de 1477, pero en menor medida también se observa en Diego de Valera. Parece que, a pesar de los esfuerzos por presentar a Isabel y Fernando como restauradores del buen gobierno en el reino, su actuación política resultaba contestada. Esto puede explicar también el relativo estancamiento del discurso ético-moral.
402
F. del Pulgar, Razonamiento fecho a la reina cuando fizo perdón general en Sevilla, RAH, ms. 9/5173, fol. 363r. 403 Las citas de Diego de Valera, en Prosistas castellanos..., p. 15. 404 Especialmente, las murmuraciones se extendieron a causa de la práctica de revocar algunas de las cartas que llegaban a las ciudades expedidas por el Consejo Real. En las ciudades se quejaban de que el rey mandara cartas contrarias unas de otras (ibídem, p. 15), práctica también duramente contestada en reinados anteriores.
403
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 404
Ana Isabel Carrasco Manchado
5.6. “La honra de Castilla” y la “fama de España”: el discurso de la fama Si el discurso ético, según acabamos de mencionar, parece moverse en el terreno de los tópicos generales cuando se ocupa de las virtudes regias, algo similar ocurre con el discurso de la fama regia. La fama de Isabel y Fernando parece preocupar menos a los propagandistas que la fama de sus enemigos. Sin duda, la fama de los reyes, su buena fama, sostén de gran parte de su prestigio en una sociedad de la opinión, es un punto débil al que la propaganda política suele atacar. En este periodo, en el que comienza a vislumbrarse un interés cronístico por los acontecimientos inmediatamente anteriores a la proclamación real, se abre la oportunidad de atacar la fama del rey Enrique. Es un tema que aparece en la Crónica incompleta en más de una ocasión. El fragmento que nos sirve como texto representativo de la intencionalidad de esta crónica, el razonamiento ficticio de Beatriz de Bobadilla, recrea la menoscabada fama del rey Enrique. Beatriz de Bobadilla dice al rey que “vuestra vida, fama y estado avéys perdido”, y el origen de esa infamia no es otro que querer dejar como heredera al trono a la princesa Juana. De este modo, igual que la degeneración de la virtud de Enrique había sido considerada idea deslegitimadora del derecho que proclamaba Juana, la infamia o la deshonra del rey Enrique se esgrime en un mismo sentido. Ese mal que ha alcanzado al rey Enrique repercute en el reino; los propagandistas consideran que el reino se halla, igualmente, deshonrado. Al caos político, al desgobierno, corresponde, si se quiere trazar un cuadro consecuente con todos los males, un reino deshonrado. Isabel y Fernando aparecen como restauradores de la fama del reino. En concreto, en este periodo, tal papel parece corresponder fundamentalmente a Fernando de Aragón. Sus recientes éxitos militares, el triunfalismo de la victoria de Peleagonzalo, le otorgan este título. Es Íñigo de Mendoza, su predicador y su panegirista, el que se lo concede, en las coplas que escribe poco después de la batalla 405. “Porque los de tu terreno maestros que son de España, hazen como el calderero, por cobrir un agujero dexan quatro en la laña; pero dote por patrón para recobrar tu fama al príncipe de Aragón, de Castilla y de León, don Fernando que se llama” (copla 71). 405
Citas de las Coplas en que declara cómo [...] es reparada nuestra Castilla, en: I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 318-343.
404
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 405
Los aires triunfalistas
La originalidad del tratamiento que le da Mendoza, respecto a otras menciones anteriores a la fama del reino, es que no se refiere al Reino de Castilla, sino al Reino de España. En todo su poema es constante la incitación a Fernando a conquistar o a titularse rey de España, ya sea rememorando el mito neogótico, ya sea dejándose llevar por vaticinios y profecías. La fama del reino se inscribe, así, en ese programa encaminado a afianzar el dominio territorial de Fernando de Aragón sobre la Península. Los panegiristas tienden a llevar los argumentos hasta sus últimas consecuencias. Un tema que había sido empleado por la propaganda cancilleresca para reforzar el nivel de reconocimiento y de apoyo a los nuevos reyes y a sus políticas, en boca de los panegiristas se convierte en sostén de una aspiración de poder mucho mayor. El discurso que emiten Isabel y Fernando por medio de la propaganda cancilleresca no va tan lejos. El tema de la defensa de la honra del reino se esgrime como la finalidad de la guerra (la recuperación de la honra del reino). Es el concepto que utiliza Fernando de Aragón en su viaje al Señorío de Vizcaya, en su juramento solemne, introduciendo además elementos de propaganda antiportuguesa, y alusiones a la guerra. Para fortalecer los apoyos de los vizcaínos, tan valiosos durante todo el conflicto sucesorio 406, se refiere a ellos como participantes en un proyecto colectivo que une a todos: súbditos y reyes, naturales y señores; ese proyecto es la defensa de la honra del reino: “Con gran amor que tienen a su servicio y a la honra y defensa de los dichos reinos y señoríos” 407. La honra del reino se erige en un valor superior, con la obligación de ser defendido por la comunidad. La recuperación de la fama del reino precisa que la fama de los reyes se mantenga. Para lo bueno o para lo malo, como defensa o como ataque, el discurso hace corresponder la fama del reino y la de sus gobernantes: ambas son interdependientes, tal y como hemos visto en el caso de la mala fama del rey Enrique. Por eso, conviene que la rehabilitación de la fama del reino sea equivalente con un buen estado de salud de la fama de los reyes. Aunque aún no se desarrolla este tema de forma significativa, no faltan algunas alusiones. Antón de Montoro, en sus canciones dedicadas a la reina, elogia la figura de Fernando y la buena fama que ha adquirido gracias a sus triunfos militares: “Cuyos hechos an ronpido la corónica romana”.
Refiriéndose a la reina no alude al concepto fama, sino al de honra:
406
Véase al respecto, X. Estévez, “Vascos y portugueses a finales del siglo xv: la actuación vasca en la guerra de sucesión (1474-1479)”, en El pueblo vasco en el Renacimiento (1491-1521). Actas del Simposio celebrado en la Universidad de Deusto (San Sebastián) con motivo del V Centenario del nacimiento de Ignacio de Loyola, Bilbao, 1994, pp. 331-381. 407 “Juramento de los fueros de Vizcaya”, traslado manuscrito, BNE, ms. 6150, fol. 199v.
405
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 406
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Vuestras honras y proes que vuestra sangre mereçe” (...). “Gremio de rica honestad en quien son honras devidas”.
En el caso de la reina, no se trata de resaltar una honra ganada por sus actos, sino la honra debida a ella, en razón de la dignidad real inscrita en su sangre. Honras es aquí sinónimo de reverencia. Esto mismo determina que su propia persona sea “honesta”, es decir que posea todos los méritos, bondades y virtudes que la hacen ser admirada y apreciada. Se trata, pues, de promover una actitud de reverencia y de admiración que debe mostrarse a la reina, en razón de su sangre y de sus méritos personales. La honra de la reina se emplea como argumento doblemente legitimador de la posesión de la dignidad real: por la herencia legal (honra heredada de sus antepasados) y por los méritos (honra que merece). Con el nacimiento del príncipe heredero, surge la necesidad de incardinar este acontecimiento en el discurso de la fama. El encargado de hacerlo es el más exaltado de todos los propagandistas de este periodo y, quizá, de toda la etapa: el Bachiller Palma. En su Divina retribución el tema de la honra del reino se encuentra estrechamente ligado al problema sucesorio, dándole, así, un claro sentido legitimador. Palma se ocupa de ello cuando relata las ceremonias que tuvieron lugar en Toledo, ante la tumba de Juan I, sobre la cual colgaron los spolia de la batalla de Peleagonzalo. La derrota de Aljubarrota supuso una deshonra para el rey Juan I y para todo el reino de Castilla, pero, los triunfos de Isabel y Fernando sobre el rey Alfonso de Portugal, rehabilitan la deshonra del rey y devuelven su honra perdida a Castilla: “¡O rey angustiado, alça agora tus ojos e mira el arnés del alférez e banderas del adversario, de Portogal, que cabtivaron e prendieron los venturosos rey e reyna, nuestros señores, de la tu generaçión e legítima posteridat deçendientes, la tu honrra cobrada por sus manos, conplidos son los tus deseos, la gloria e honrra de Castilla es por ellos restituyda”.
Íñigo de Mendoza y el Bachiller Palma se sitúan en el mismo ámbito de ideas: la honra del reino y la del rey son una misma cosa. Si un rey la pierde, otro puede recobrarla. La “honra de Castilla” se ha visto, finalmente, recobrada, retribuida. Para el Bachiller Palma, el nacimiento del príncipe, heredero de aquel Juan I, corona la honra retribuida 408. La honra del reino, unida a la honra del rey, son los temas básicos de este tipo de discurso que se orienta a una finalidad legitimadora que justifique, no sólo la posesión del título real castellano, sino también el título real portugués. Si en capítulos anteriores veíamos cómo la deshonra le viene al reino por la 408
Bachiller Palma, Divina retribución..., pp. 69-70. El mismo tema se repite en pp. 26, 60, 65 y 67.
406
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 407
Los aires triunfalistas
división y la guerra civil, en este periodo triunfalista se halla unida a la guerra exterior. Su utilización no escapa tampoco a una pretensión de fomentar una propaganda de tipo patriótico y expansionista: todos deben sentirse afectados cuando se considera en peligro la honra de sus reyes, pues ésta es también la honra del reino, la honra de todos 409. 5.7. “Del universo hayan monarquía”: el discurso del poder La propaganda expansionista que se difunde por medio de los otros discursos tiene su correlato en el discurso del poder. Ello hace que algunos temas que inicialmente se divulgaron se debiliten, tal y como sucede con los relativos a la tiranía. En este periodo se suceden las negociaciones con los nobles enemigos que se adhirieron a la causa de la princesa Juana. Las ceremonias de obediencia de estos nobles significaron una victoria política. Es obvio que los documentos oficiales no podían seguir repitiendo como antes el discurso de la tiranía, al menos no seguir manteniéndolo en los mismos términos. Paulatinamente se irá desvinculando la imagen de la tiranía de su identificación con los nobles, pero este giro se observa sobre todo a partir de 1477. Hasta el momento en que culminen las negociaciones con los nobles partidarios de Juana, se mantiene la recreación de la tiranía ligada a algunos de sus líderes. La primera cronística del periodo da pie a trazar el perfil de algunos de los protagonistas del conflicto con los rasgos del arquetipo tradicional del tirano. El autor de la Crónica incompleta rememora la figura del padre del marqués de Villena, Juan Pacheco, al que culpabiliza de todos los males pasados y presentes. De él dice que era “non solamente rey, mas un dios de la tierra”, presunta “divinidad” compatible con su “maliçia, compañera de Lucifer” 410. El recuerdo de Juan Pacheco, contrapunto de un poder tiránico frente a un poder bien ejercido por Isabel y Fernando, resulta tanto o más útil que la figura del propio Enrique IV, dueño legítimo de la dignidad real (a quien se le debía, después de todo, reverencia). La mayor “monstruosidad” cometida por Juan Pacheco, privado de Enrique IV, es la de haber ejercido (ésa era la acusación) un poder real sin tener sangre real. No está ausente de este razonamiento la oposición entre la forma natural de ejercer el poder y la antinatural. La idea de tiranía apoyará en este periodo la propaganda de la Hermandad, pero no tanto desde las cartas reales, a juzgar por el ejemplo enviado a Sevilla, como desde las proclamas que los agentes reales pronunciaban directamente en las juntas generales, como la de Alonso de Quintanilla. La tiranía evocada por Quintanilla está encarnada, no por los nobles, sino por delincuentes que perturban la seguridad de la convivencia pacífica: “Debatimos con honbres tiranos, 409
Se pretende hacer de la honra del reino un aglutinante colectivo con el que mover conciencias en tiempos de crisis, N. Pons, “De la renommée du royaume à l’honneur de la France”, Médievales, 24 (1993), pp. 101-116. 410 Crónica incompleta..., p. 112.
407
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 408
Ana Isabel Carrasco Manchado
ladrones e robadores”, dice Quintanilla, pero sin especificar la naturaleza de su linaje. Son aquellos que trastornan el orden público, la vida económica en villas y aldeas, aquellos destinados a recibir el castigo de la justicia real. Quintanilla evoca la ausencia de libertad y la sujeción, rasgos que definen la vida sometida a tiranía. La Hermandad es buena porque ayuda a los reyes a reprimir esa tiranía: “manifiesto es el serviçio grande que hacemos a Dios e al rey e al reyna, nuestros señores sy tomamos consejo e ponemos en obra de castigar a los tiranos e dar paz al reyno en general, e a cada uno dél en espeçial”. Pero los oyentes no podrían olvidar fácilmente que en las cartas reales hasta hacía poco recibidas se equiparaba a los nobles con los tiranos 411. De este modo, la tiranía, un concepto de “alta” política aplicado generalmente a la realeza, se desplaza hacia los poderes señoriales, es decir, hacia aquellos que ostentan un alto grado de poder capaces de oponerse a los reyes. A la vista de estas dos equivalencias presentes a lo largo del conflicto sucesorio (la equivalencia de los tiranos con los nobles y de los tiranos con delincuentes ladrones y robadores), ¿estaría intentando Quintanilla hacer ver a los reunidos en Dueñas, la posibilidad de que la Hermandad se convirtiera en un medio de lucha antiseñorial 412? No es fácil responder a la pregunta, pero lo cierto es que, durante el conflicto sucesorio, Isabel y Fernando instaron a los vasallos de sus enemigos a la revuelta contra sus señores, los mismos tiranos que condenaban en sus cartas oficiales. Ése fue el caso del marquesado de Villena 413. Las expresiones que insisten en la obligatoriedad de la obediencia, otro de los temas del discurso del poder, aparecen en cartas oficiales de los reyes y en los testimonios de los agentes reales. La obligatoriedad de la obediencia se empareja con el concepto de servicio al rey y se enfoca hacia las necesidades de ayuda relacionada con la guerra. Cuando Fernando de Aragón juró los fueros de Vizcaya insistió en estas necesidades, en la cuestión de la guerra con Portugal, y también en la guerra con Francia, clave de las preocupaciones aragonesas. Los términos en los que Fernando jura los privilegios parecen bascular entre el equilibrio de preservar la obligación de la obediencia por parte de los vasallos, súbditos y naturales del señorío (que no es otra que la de prestar servicio al rey), y las obligaciones impuestas al propio rey de respetar los fueros y no exigir un servicio que excediera lo que permiten los propios fueros. Fernando reconoce en su juramento que los vizcaínos le han servido más allá de lo que los fueros permiten: “con 411
La equivalencia resultaba evidente para los destinatarios: en el juramento de Fernando de Aragón de los fueros de Vizcaya alude a los territorios de la Corona real que estaban en poder de los “tiranos” (BNE, ms. 6.150, fol. 199v); en la edición impresa el término se sustituyó por “grandes”, Fueros, privilegios..., p. 251. 412 El fenómeno de las Hermandades ha sido interpretado en alguna ocasión como factor de lucha antiseñorial (véase J. Valdeón, Los conflictos sociales en el reino de Castilla en los siglos XIV y XV, Madrid, 1975, p. 46, para la Hermandad en tiempos de Enrique IV, pp. 166-169). Si en el reinado de Enrique IV tuvo este carácter, no sería extraño que los agentes de Isabel y Fernando quisieran seguir canalizando ese sentimiento antiseñorial y aprovecharlo en su favor durante esta etapa de guerra civil. 413 El conflicto reavivó un deseo de incorporación a la Corona que fue aprovechado al término de la guerra, cuando el señorío vuelva, efectivamente, a la Corona: J. Ortuño Molina, La incorporación del Marquesado de Villena a la Corona de Castilla en el reinado de los Reyes Católicos, Murcia, 2003.
408
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 409
Los aires triunfalistas
aquella obediencia y fidelidad y lealtad que le son tenudos y obligados y aun demás y allende de lo que sus fueros y privilegios les obligaban y apremiaban”. El príncipe de Aragón (que juraba ese día como señor de Vizcaya), tuvo que reconocer que sus exigencias eran producto de la necessitas, concepto que se va introduciendo paulatinamente en apoyo de las pretensiones de poder real. Se comprometió a no alterar los fueros, pero se aseguró en su discurso que los vizcaínos seguirían prestándole el servicio requerido: “Juraba y juró y declaraba y declaró que por los tales tan grandes y tan altos y señalado servicios que así le han hecho y hacen de cada un día o le querían hacer de aquí adelante, así por mar como por tierra, que por los servicios que durante las dichas necesidades a su alteza han hecho o hicieren de aquí adelante, no sean vistos ni se entiendan ni se puedan entender ni interpretar, que han quebrantado ni ido ni venido contra los dichos sus fueros y privilegios y usos y costumbres y franquezas y libertades, que por los dichos servicios que así han hecho y harán de aquí adelante, durante las dichas necesidades, su alteza no se llamará a posesión ni les mandará ni apremiará en ningún tiempo ni por alguna manera que le hagan los dichos servicios y quebrantamiento de los dichos sus fueros y privilegios y que pues los dichos servicios le han hecho y harán de aquí adelante, durante las dichas necesidades, con gran amor y lealtad que tienen a su servicio y a la honra y defensa de los dichos reinos y señoríos y a la restitución de la Corona Real de ellos, allende de lo que obliga los dichos sus fueros y privilegios, y por tanto, que todos los dichos sus fueros y buenos usos y costumbres, y franquezas y libertades que su alteza les había y ha jurado y confirmado les finquen y queden firmes y en su fuerza y vigor para adelante” 414.
La propaganda de la obediencia a los reyes insiste en el uso de imágenes de gran fuerza expresiva, como la imagen del yugo. La imagen alegórica del yugo, como símbolo positivo del poder real, siguiendo los pasos de la glosa de Íñigo de Mendoza (Iugum enim meum suavem est), se repite en las palabras de Alonso de Quintanilla, en su razonamiento en defensa de la Hermandad General. En él alude a la obediencia debida a Isabel y Fernando como “el yugo suave que por ley e por razón debemos al çetro real”. En un espacio político en donde cohabitan o se enfrentan distintos poderes, el discurso del poder real se ocupa de ordenar la jerarquía de obediencias. Son los agentes reales los encargados de ampliar el significado de la obediencia a los reyes. La obediencia debida a los reyes se inscribe, no sólo en las leyes, sino también en la razón. Cualquier otro tipo de obediencia es “contra toda ley divina e umana”: Quintanilla se refiere así a la
414
BNE, ms. 6150, f. 199v.
409
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 410
Ana Isabel Carrasco Manchado
obediencia que imponen otros poderes que él define como “tiránicos” 415. Jerarquizar el deber de obediencia y elevar por encima de todos el servicio al rey significa definir el poder real en términos de soberanía. El obispo de Cádiz, en el razonamiento (escrito por Pulgar) pronunciado ante la audiencia de justicia, para solicitar el perdón general para la ciudad de Sevilla, arremete contra los que anteponen “el servicio de sus señores inferiores a la obediencia que son obligados a los reyes sus soberanos señores”: “Pero cuando reyes e ministros no havemos, o si los havemos son tales de quien no se haya temor, ni se cate obediencia, no nos maravillemos que la natura humana, siguiendo su mala inclinación, se desenfrene e cometa delitos e excesos en las tierras, e especialmente en esta vuestra España, donde veemos que los ommes por la mayor parte pecan en un error común, anteponiendo el servicio de sus señores inferiores a la obediencia que son obligados a los reyes sus soberanos señores. E por cierto, ni a Dios devemos ofender, aunque el rey nos lo mande, ni al rey aunque nuestro señor lo quiera: e porque pervertimos esta orden de obediencia vienen en los reinos muchas veces las guerras que leemos pasadas e los males que veemos presentes” 416.
Este orden de jerarquía se inscribe en el orden divino. Si los reyes no fueran obedecidos reinaría el caos, como reinaría, igualmente, si Dios no fuera obedecido. La relación de obediencia debida al rey se sacraliza: no en vano, los panegiristas como el truhán Antón de Montoro, que cantaba las virtudes de los reyes en la corte sevillana, calificaba a Fernando de Aragón como “fee de nuestra vida humana”. Por contra, los partidarios de la obediencia al rey Alfonso de Portugal, mantienen, en palabras del autor de la Crónica incompleta, una obediencia definida como “fe y herejía” 417. Las aspiraciones de dominio expresadas mediante el discurso del poder llegan a su cima en este periodo. Si Isabel y Fernando demostraron ese afán de dominio con la asunción del título de reyes de Portugal, y ciertos panegiristas lo completaron con la sugerencia de titularse reyes de España, no faltó quien resucitó el viejo título imperial hispánico. Los autores, llevados por el espíritu triunfalista que se difunde tras la victoria del día 1 de marzo de 1476, ven más que cercanos el cumplimiento de aquellos viejos sueños de dominio imperial sobre la Península. Íñigo de Mendoza, uno de los emisores habituales de dicho discurso, se supera a sí mismo en las coplas que estamos analizando para este periodo. Las atribuciones de poder imperial en las coplas de Mendoza se entrecruzan con el 415
F. del Pulgar, Razonamiento que hizo Alfonso de Quintanilla ante la junta de la Hermandad, en Dueñas..., p. 134. 416 F. del Pulgar, Razonamiento fecho a la reina cuando fizo perdón general en Sevilla, RAH, Ms. 9/5173, f. 362v. 417 Crónica incompleta..., p. 281. El cardenal y el doctor Maldonado de Talavera acudieron a Zamora para intentar “mover de aquella fe y heregía en que estava”, al mariscal Alonso de Valencia, alcaide.
410
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 411
Los aires triunfalistas
discurso histórico (mito de la destrucción de España) 418 y con temas del discurso teológico (reyes elegidos y el profetismo fernandino). Si bien en esta composición, el predicador incluye también a Isabel en su discurso, el título pone de manifiesto que su idea de monarquía y de imperio tiene, fundamentalmente, una figura preferente: Fernando de Aragón. Los éxitos militares que se inician en Peleagonzalo justifican esta preferencia del predicador real. Las profecías aplicadas a Fernando bastan para justificar la asunción del título imperial. Íñigo de Mendoza modifica los versículos proféticos del libro de Daniel en favor de Fernando: “Vos con vuestras simitonas que suben vuestro coraje, baxarés las tres coronas de las más altas personas de todo vuestro linaje” (copla 36).
Las tres coronas mencionadas por Mendoza, alusivas de los tres reyes de la profecía de Daniel 419, parecen ser las coronas de Castilla, Aragón y Portugal. En cuanto a la reina, aunque el predicador dice que su crecimiento es “alto, sacro, imperial” (copla 43), es Fernando el que le lleva ventaja en dotes sagradas: “El qual rey esclaresçido es el que es de Dios ungido para mandar las Españas” (copla 66).
¿Qué es superior, la herencia y el linaje “imperial” de Isabel o las capacidades sagradas de Fernando? Mendoza termina sus coplas equilibrando la balanza: “El y vos y vos y él, señora, sois el joyel que en España resplandece” (copla 86).
La preferencia del predicador por la figura del príncipe de Aragón favorece, sin duda, la propaganda fernandina que hemos visto desarrollarse al margen de la propaganda de Isabel o de la propaganda conjunta. La próxima herencia de Aragón, y la misoginia reinante en la época, hacían que muchos castellanos siguieran viendo como monarca efectivo a Fernando de Aragón. La marcha de la guerra y su prestigio militar afianzó la posición de Fernando en Castilla. La figura de Isabel podría ser desplazada. Los escritores aragoneses colaboran en 418
“Llamémosvos juntadores/ con nombre de emperadores/ por títulos verdaderos” (I. de Mendoza, “Coplas (...) en que declara cómo por el advenimiento destos muy altos señores es reparada nuestra Castilla”, en Cancionero..., copla 14). 419 “Y los diez cuernos son diez reyes que surgirán de aquel imperio y otro se alzará después de ellos y él será diverso de los precedentes y abatirá a tres reyes” (Daniel, 7, 24).
411
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 412
Ana Isabel Carrasco Manchado
esa empresa. Es el caso de Pedro Azamar y de su obra Repetición e obra del derecho militar e armas en 1476. En el prólogo de esta obra, a las pretensiones de dominio hispánico, que se esperan consumadas tras el previsto exterminio de los musulmanes hispanos, se suma la conquista de Francia y el dominio sobre el resto de territorios del islam. Fernando de Aragón obtendrá, ya no el imperio hispánico, como “modestamente” pedía el predicador castellano, sino la Monarquía, esto es, el título imperial de resonancias mesiánicas que se obtiene con la conquista de Jerusalén 420. El título real castellano no es más que el principio de esas promesas de dominio inscrito en el destino trazado del futuro rey de Aragón 421. En el periodo anterior las aspiraciones de dominio hispánico se materializaban sobre un territorio al que los autores se habían referido como España o las Españas, pero cuya posesión veían más como un proyecto o el destino seguro de una profecía. Ahora, los autores que se incorporan a este periodo, y algún otro que escribía también en los periodos anteriores, se refieren a lo que consideran una realidad, enteramente nueva, y presente. De esta nueva realidad nacida al final de la guerra hacen propaganda como de un reino poderoso y excepcional. El nombre que le dan es España o las Españas o “esta vuestra mayor España”, nombres aportados por Diego de Valera 422. Lo más interesante es que, llevados por el triunfalismo, para todos ellos, seguidores de la rehabilitación del imperio hispánico, esta nueva unidad política es un reino que ha alcanzado la categoría de imperio. El Bachiller Palma es, quizá, el que mejor define el carácter imperial del reino y quien mejor expresa el carácter novedoso de la unidad política nacida de la anexión de las dos coronas que se producirá con la muerte del rey Juan II de Aragón. Es también el que realiza una apología más clara de la expansión y del crecimiento del dominio real sobre nuevos territorios. A Isabel y Fernando, llamados por él “reyes de España”, aplica la vieja máxima, “el emperador no reconoce superior en lo temporal”, proclamada por los reyes que siglos atrás rompieron las ataduras que les unía al imperio e impulsaron el despegue de los reinos como unidades políticas autónomas: “Los reyes de España no reconocen superior en lo temporal”. A esto añade, sin pudor alguno: “mejor es los reynos ser grandes, que pequeños, porque son más poderosos para defender la república”, argumento que lleva implícita una irremediable política de conquista. Palma no reprime su admiración ante este nuevo reino: “¡Quién vido a España, un reyno, un prinçipado tan grande! ¡Qué unión máravillosa!”. El destino de esta unidad es glorioso. La propaganda del heredero entra aquí en 420
Una síntesis sobre la validez de la idea mítica de imperio y sus posibilidades propagandísticas en: J.M. Nieto Soria, “El imperio medieval como poder público: problemas de aproximación a un mito político”, en E. Ramírez Vaquero (ed.), Poderes públicos en la Europa Medieval. Principados, reinos y coronas, Pamplona, 1997, 403-440. 421 “Sojuzgarse ha África e desmenuzará la cabeça de la bestia (que se entiende Mahomat), e así tomará la monarchía”, P. Azamar, Repetición..., p. 339. 422 En las cartas enviadas por Diego de Valera al rey y a la reina (en Prosistas castellanos..., pp. 17-19).
412
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 413
Los aires triunfalistas
juego. Este autor se aferra a la idea de que el Reino de Portugal pertenece a la línea de la pareja real castellano-aragonesa, recayendo en el futuro heredero, el príncipe Juan: “Avrá reyno duradero, grande, que no será disipado, e todos los reynos d’España en un reyno beberán” 423. A pesar del resurgimiento de la noción de Imperio Hispánico y del concepto territorial de España como ámbito político de dicho imperio, los autores tienden a nombrar dicha unidad política y a sus titulares, no con el nombre de emperadores, sino con el nombre de monarcas 424. Diego de Valera gustaba de emplear este término como sinónimo de emperador y continúa usándolo con el sentido de emperador de España, aplicándoselo a Fernando de Aragón en su carta de agosto de 1478: “monarca en esta vuestra mayor España”. Otros autores se atreven a emplearlo en este periodo con el mismo sentido. Diego Rodríguez de Almela se lo aplica a los dos cónyuges: “los veamos reyes e señores monarcas de toda España, en uno con la provinçia de Tanjar fasta los montes Claros”. Y el bachiller Palma califica al reino o reinos de España como “reynos de la universal monarchía” 425. Está claro que la idea hispana de imperio se va desplazando hacia la idea mítica de monarquía, encarnada en la figura del emperador de los últimos tiempos o monarca, conquistador de Jerusalén. Esta equiparación está en consonancia con la idea difundida por el discurso teológico que concibe a Castilla o a España como reinos elegidos. La idea de monarquía frente a la de imperio tiene la ventaja de evitar la confrontación con los titulares del Sacro Imperio Romano Germánico, y también la de alentar unas aspiraciones de conquista que, de otro modo, se habrían estancado. Los afanes imperialistas de estos autores no se detienen en los límites de la antigua Hispania. El bachiller Palma, el más exaltado, termina su obra con el deseo de que Fernando e Isabel “del universo ayan monarchía”. Otros autores, como Diego de Valera, piden a Dios el acrecentamiento de sus reinos. Cabe preguntarse si todas estas expresiones de dominio que sostienen una propaganda de expansión territorial o de conquista, y que han ido subiendo en gradación a partir de 1476, son los últimos coletazos de una propaganda de guerra de un conflicto que está tocando a su fin o si anuncian un programa en el que la guerra de conquista se configurará como elemento regulador de las relaciones políticas.
423
Bachiller Palma, Divina retribución..., pp. 73, 77 y 79. De los autores analizados, tan sólo Íñigo de Mendoza utiliza el término emperadores, además del autor de la Crónica incompleta (, p. 299), que, por las mismas fechas (1476), escribe de Fernando de Aragón “que sería, con los otros reynos que esperaba heredar del padre, un emperador”. Diego de Valera y Azamar usaban monarchía, al igual que Rodríguez y Almela, que escriben a partir de 1478. 425 Idea repetida en su obra: “Del universo ayan monarchía, para que después de luengos tienpos (...) ayan la çelestial serarchía”, Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 80. La cita de Diego Rodríguez de Almela de su carta al concejo de Murcia, de 10 de diciembre de 1478 (ed. cit., p. 26). 424
413
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 414
Ana Isabel Carrasco Manchado
5.8. “Que nuestro Señor prospere, sus reinos e señoríos acrecentando”: el discurso de la guerra Los discursos que giran en torno al tema de la guerra tomaron, lógicamente, un nuevo rumbo tras la victoria de Peleagonzalo: los discursos pesimistas sobre los males de la guerra o sobre la división interna se dejan atrás y comienza a hablarse explícitamente de victoria, como corresponde a una propaganda de tipo triunfalista. La propaganda de la victoria se difundió preferentemente por vía ceremonial, puesto que el rito permitía sacralizar el triunfo. El discurso colaboró presentando la victoria como resultado del apoyo divino. Después del 1 de marzo de 1476, cualquier escaramuza menor y secundaria servía para repetir la idea de la victoria providencial, como hizo Diego de Valera en la carta que escribió al rey a propósito del episodio marítimo ocurrido en las costas de Cádiz: Dios “quiso por mano agena darvos vitoria de vuestros enemigos” 426. El peso de las victorias infundió en gran parte de la sociedad castellana un espíritu bélico fomentado, en parte, por las contrapartidas materiales que la participación en las batallas podía reportar. Para muchos constituyó un medio de ascenso social: dejar de ser pecheros e ingresar en las filas de la caballería, de la cual podían ser investidos en pleno campo de batalla. Para los delincuentes era un medio de salvarse de la pena. Para todos ellos la guerra no era un mal, por eso, el discurso que insiste en los males de la guerra se va debilitando. Tenía sentido cuando se trataba de evitar la guerra o de conseguir dinero para hacerla frente; deja de tenerlo cuando se perciben las ventajas que trae la victoria. Los discursos que querían probar la justicia o injusticia de la guerra, antes ampliamente extendidos, ahora se localizan en circunstancias puntuales. Ciertos discursos dirigidos a la opinión de las ciudades y villas siguen incluyendo referencias a la guerra justa o a una de sus definiciones, la defensa de los reinos. Se observa, no obstante, que las menciones no son respaldadas con la misma decisión. En la carta informando sobre el repartimiento decidido en las cortes de Madrigal los reyes no se olvidan de recordar el motivo que determina el uso del dinero, el casus necessitatis defensionis regni: “Mandamos resçibir prestado para pagar sueldo a la gente de armas e caballo e de pie para la defensa de estos nuestros reynos”. Sin embargo, falta la carga emocional que acompañaba a otras explicaciones anteriores, recogidas en la carta enviada a la misma ciudad solicitando un empréstito, en la que se hablaba, además, de la defensa de los naturales, de su libertad y de su honra 427. Las circunstancias, obviamente, han cambiado; los propios procuradores ciudadanos han otorgado el servicio en las Cortes y es en esta decisión tomada conjuntamente en la que se apoyan los reyes. 426
D. de Valera, “Epístola al rey”, en Prosistas castellanos..., p. 13. En aquella carta se apelaba a la defensa de los habitantes del reino, no del reino, mencionando valores que se consideran dignos de ser defendidos: “Defenderemos poderosamente la honrra e libertad de nuestros naturales” (ambos documentos enviados a Ávila, B. Casado Quintanilla, Documentación real..., pp. 29-31 y 44-48).
427
414
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 415
Los aires triunfalistas
El argumento de la defensa del reino y de la guerra justa aparece en otro documento cuyos destinatarios son las autoridades territoriales y vecinos del Señorío de Vizcaya. En el juramento prestado por Fernando de Aragón como señor de Vizcaya, las dos menciones resultan completamente propagandísticas. En un juramento así resulta accesoria cualquier alusión a la guerra, sin embargo, Fernando de Aragón no perdió la oportunidad de acusar a sus enemigos de haberle implicado en una guerra injusta: “Juraba y juró que por cuanto después que su alteza reina, viendo sus necesidades y la guerra injusta que los reyes de Francia y Portugal contra su real persona y sus reinos han movido”. Francia actuaba como aliada de Portugal en el conflicto castellano, pero no debe olvidarse que tal alianza estaba en parte motivada por la guerra particular que enfrentaba al rey de Francia con el monarca aragonés, a causa de la disputa de los territorios del Rosellón. La ayuda de los vizcaínos en esa guerra, ajena a los intereses sucesorios isabelinos, resultaba básica para Aragón, por eso Fernando menciona aquí al enemigo francés, que en ningún momento ha sido nombrado en los discursos difundidos por el reino de Castilla. Quizá esta acusación explicativa de Fernando resultara apropiada, ante la posible resistencia o discrepancia por los excesivos servicios solicitados a los vizcaínos. Da la impresión de que en la realización de este juramento hubo una presión ejercida por las autoridades del señorío que veían peligrar la estabilidad de sus privilegios ante el aumento de las pretensiones del rey, justificadas en una situación de guerra. En ese contexto, los términos del juramento de Fernando adelantan una imagen de consenso, al reflejar la supuesta actitud de los vasallos, ese “gran amor y lealtad que tienen a su servicio y a la honra y defensa de los dichos reinos y señoríos y a la restitución de la Corona Real” 428. La propaganda de la victoria viene acompañada de la exaltación del vencedor. En esta estrategia, el mayor beneficiado es Fernando de Aragón. Isabel, a pesar de haber participado en tareas militares (recuérdese su papel en la rendición del castillo de Burgos), queda relegada ante el prestigio militar de su marido. Antón de Montoro introdujo la división de papeles regios ante situaciones de guerra que se repetirá en periodos posteriores, sobre todo durante la guerra de Granada: “Él da guerra con sus manos y vos con vuestra virtud”.
La lógica de una sociedad guerrera convertía en natural la apología al caudillo militar. El prestigio y la fama de guerrero excepcional que era Fernando servía para alentar en el ánimo de la hueste el sentimiento de orgullo ante los valores militares de su jefe, sentimiento que se espera de cualquier combatiente. Los propagandistas otorgaban a Fernando títulos como el de “invictísimo príncipe” (Diego de Valera) o el de “defensor y no ofendido” (Antón de Montoro). La propaganda profética difundida por los agentes fernandinos aragoneses y por 428
Citas en la versión manuscrita del juramento: BNE, ms. 6150, fol. 199v.
415
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 416
Ana Isabel Carrasco Manchado
sus admiradores castellanos contribuía a realzar, a aureolar, esa figura. No podemos saber hasta qué punto influiría en la hueste el halo mesiánico que se estaba construyendo Fernando de Aragón, lo cierto es que estas profecías fomentaban una propaganda de conquista que justificaba una voluntad expansionista ausente en los anteriores reyes castellanos. El conflicto sucesorio castellano propició el arraigo de una ideología que condicionaría la política fernandina durante su largo reinado 429. Si la conquista de territorios islámicos no necesitaba excesiva justificación, sólo bajo la cobertura del lenguaje profético se podía encubrir una pretensión de conquista sobre otros reinos cristianos, un tipo de guerra que difícilmente podía ser legitimada como guerra justa. La pregunta formulada al analizar el discurso del poder sobre si las aspiraciones de expansión territorial son las últimas expresiones de una propaganda de guerra configurada a remolque del enfrentamiento con Portugal y del conflicto sucesorio, u obedecen a un programa en el que la guerra de conquista actuará como elemento regulador de las relaciones políticas, obtiene una respuesta positiva en favor de la última variable, a la luz de las ideas difundidas desde el discurso de la guerra. Habrá que seguir con detenimiento la tendencia a exaltar a Fernando de Aragón como caudillo dotado de excepcionales facultades militares y con un carisma especial. La actividad conquistadora no parece tener límites. Así lo expresan los publicistas como Diego de Valera en la carta mencionada, pidiendo que en las oraciones por los reyes se incluyan deseos de acrecentamiento de los reinos (“que nuestro Señor a su servicio muy luengamente conserve e prospere, sus reinos e señoríos acrecentando”). El argumento de la defensa del reino va modulando su significado al ritmo de tales pretensiones. Ya no se trata de responder a una agresión clara y manifiesta, sino de actuar de una manera preventiva. El Bachiller Palma lo proponía cuando afirmaba que los reinos, cuanto más grandes y poderosos fueran, mejor preparados estarían para defender la república. Es un paso más para considerar la guerra como un bien público. Las aspiraciones de poder que se presentan quedan patentes. Este argumento podría convertir en guerra justa cualquier guerra de conquista 430.
429
Escribe el autor de la Crónica incompleta en 1476: “Y el rey de Francia temió que si el rey paçíficamente reynase en Castilla, que sería, con los otros reynos que esperava heredar del padre, un emperador, de quien gran peligro se le podría seguir, y le tornaría a tomar a Perpiñán y aun poner en mayores estrechos” (ed. cit., p. 299). En 1511, la preocupación persiste. Reinaba en Francia Luis XII, al que se le atribuye la siguiente frase: “Yo soy el sarraceno contra quien se pone en orden la armada de España por el rey don Fernando” (citado por A. Milhou, Colón y la mentalidad..., p. 395). El trasfondo ideológico es el mismo. 430 La desmesura de tales argumentos confrontados con la cruel realidad moverá a los juristas del primitivo derecho internacional a considerar que son muy pocas las causas cuya justicia pueda probarse de manera definitiva, ya que causas opuestas pueden resultar igualmente justas (véase, J. Hale, “War and Public Opinion in the Fifteenth and Sixteenth Centuries”, Past and Present, 22 (1962), pp. 18-35).
416
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 417
Los aires triunfalistas
5.9. “Tanto terror e espanto ha puesto el rigor... de vuestra justicia”: el discurso del miedo En esta fase del conflicto sucesorio, marcada por el sentimiento de triunfalismo que infundió la victoria del 1 de marzo de 1476 y por un aumento creciente de la autoridad de Isabel y Fernando, se observa la utilización del discurso del miedo en momentos muy concretos. Esos momentos se corresponden con demandas u acciones regias que precisan de un mayor sostén propagandístico: el repartimiento del servicio aprobado en cortes, el establecimiento de la Hermandad General y el perdón otorgado por la reina Isabel en Sevilla. El tema de fondo que articula el discurso en esas circunstancias es el de los males que sufre el reino, ya sea a causa de la guerra o del mantenimiento de la criminalidad. En algunos casos se observa una intención de exagerar el efecto de tales males con objeto de avivar un sentimiento de inseguridad. La extensión de ese sentimiento de inseguridad movería a los receptores de los discursos a conceder una respuesta positiva a las demandas que se les propone desde el poder real. Con relación al impuesto, los reyes se presentan como los únicos competentes para remediar el mal que aqueja al reino (“nos ovieron suplicado commo a rey e reyna, a quien prinçipalmente el pro o bien, o el daño del mal venía, quesiésemos remediar”). Los súbditos deberán colaborar con la acción remediadora aportando ayuda económica ante el peligro de males mayores: “E nosotros, veyendo que estos males e daños que nuevamente paresçía heran ser males de otros mayores que adelante se sentirían, si con tiempo no se pusiesen los remedios convenibles (...) e que las çentellas de esta discordia aún no eran amarradas e que las cabsas de dicho resultado traen dañosos efectos e aún duran e que para adelante permaneçerían si con sufiçientes remedios no se atajase” 431. Los reyes pretenden convencer a las ciudades de la necesidad de recaudar un elevado servicio evocando un estado de amenaza futura. Para sostener la implantación de la Hermandad General, en las cartas reales oficiales conminatorias que llegan a Sevilla, ciudad reacia a apoyarla, se echa mano a la recreación de la acción devastadora de la “criminalidad”: “Quántas muertes e feridas de omes e prisiones dellos e robos e tomas de bienes e salteamientos, delitos e malefiçios son fechos e cometidos de dies años a esta parte en los caminos et yermos e despoblados por muchas personas...”.
Es el argumento adecuado para apoyar la necesidad del establecimiento de esa especie de policía que era la Hermandad, presentada como el mejor remedio contra todos los desórdenes cotidianos que alteraban la vida en comunidad: 431
Carta de 12 de mayo desde Madrigal sobre el repartimiento votado en cortes (ejemplar de Madrid, M. del C. Cayetano, Documentos del archivo..., doc. 10, pp. 50-51).
417
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 418
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Para escusar los robos e fuerças e muertes e prisiones e otros ynsultos y males que se cometían en los yermos e caminos e despoblados”. El ataque contra el reinado de Enrique IV es manifiesto, al fechar el inicio de los desórdenes diez años antes. Pero esa acumulación de males heredada no justifica únicamente la medida: es preciso evocar también el estado de amenaza futura. De nuevo se trasluce el binomio previsión-amenaza: los “males que se cometían en los yermos e caminos e despoblados e se esperaban cometer adelante” 432. Fuera del sostén ideológico de estas medidas excepcionales no vuelve a aparecer en los discursos de los agentes regios el tema de los males del reino. Si en los primeros años del conflicto este tema se asociaba directamente con la acción de los grandes y con la entrada del rey de Portugal, el espíritu triunfalista de la propaganda de este momento relegó el argumento a un ámbito más acotado. Da la impresión de que el tema de los males del reino no resulta del todo creíble, al menos en algunos círculos. Alfonso de Quintanilla recrea este mismo tema en su discurso de apoyo a la Hermandad, pero amplificándolo. Quintanilla le da un nuevo giro: no sólo trata de infundir miedo en sus oyentes, evocando el estado de amenaza criminal, sino también el sentimiento de vergüenza y cobardía: “No sé yo, señores, cómmo se pueda morar tierra que su destruyçión propia non siente, a donde los moradores della son venidos a tan extremo ynfortunio, que han perdido la defensa que aun a los animales brutos es otorgada (...) quexémonos de nuestra covardía”.
Vergüenza y sentimiento de ridículo: los animales muestran más afán por defenderse que los castellanos. En una sociedad troquelada por valores como el honor y la opinión ajena no debían pasar desapercibidos los ataques proferidos por Quintanilla. El trasfondo de los males del reino impregna también el cuadro ideológico que apoya la decisión de conceder perdón general a la ciudad de Sevilla 433. En este caso se trata de justificar una medida contraria a la imagen de justicia y de persecución del crimen que evoca la Hermandad General. Los argumentos empleados se invierten: no son los delincuentes los que inspiran temor, sino que es la reina y sus oficiales los que inspiran temor a los delincuentes: “Tanto terror e espanto ha puesto en ella el rigor grande que vuestros ministros muestran en la execución de vuestra justicia, el cual les ha convertido todo su placer en tristeza, toda su alegría en miedo, y todo su gozo en angustia y trabajo”.
432
Las citas de la carta a la ciudad de Sevilla ordenando su ingreso en la Hermandad, fechada el 15 de enero de 1477 en R. Carande y J. de M. Carriazo, (dirs.), El tumbo..., I, doc. 44. 433 Las referencias a los razonamientos de Quintanilla y del obispo Solís, escritos por Fernando del Pulgar, en las ediciones ya citadas a lo largo del presente capítulo.
418
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 419
Los aires triunfalistas
La justicia regia causa pavor. Los vecinos de Sevilla han huido de sus casas, y padecen continuos dolores, pobreza y angustia, por temor “andando fuera de sus casas por miedo de vuestra justicia”. Si la acción de la justicia regia actúa de manera tan eficaz y definitiva, ¿no resultarían contradictorios los argumentos que apoyan la necesidad de crear una institución como la Hermandad General? Poco importa. La propaganda no hace sino adaptarse a las necesidades políticas y, en este caso, es preciso justificar la amnistía, sobre todo en un contexto en el que ciertos sectores de la opinión criticaban, precisamente, la corrupción de los oficiales reales de justicia 434. Las palabras de Pulgar puestas en boca del obispo de Cádiz introducen la imagen de reyes temidos aplicada a la reina Isabel. Esta imagen irá siendo perfilada por los panegiristas al ritmo del fortalecimiento del poder regio. Diego de Valera, en las cartas analizadas, expresa el temor que le infunde la figura poderosa de Fernando de Aragón: “vuestra grandeça me hace temor”. Se trata éste de un temor legítimo, frente al miedo que suscita el rey de Portugal, evocado por Íñigo de Mendoza en las coplas dedicadas a Isabel y a su marido que venimos analizando: el temor a ser súbditos de un rey calificado de extranjero, “temor que nos condena/ d’estrangera subjeción” (copla 9). El temor al rey se asocia así al concepto de naturaleza. Desde la primavera de 1476, los enemigos van reduciéndose paulatinamente. Los principales magnates que apoyaban a Juana están negociando los términos de la obediencia a Isabel, a pesar de que alguna de estas negociaciones no se consolidará hasta 1480. El número de perdones generales concedidos en muchas de las ciudades y villas del reino a lo largo de 1477 reduce todavía más el número de enemigos. Es el momento de resucitar el fantasma de antiguos enemigos y a ello se aplican los primeros cronistas. El lenguaje de la historia resucita aquellos males pasados. Esa rememoración permite recomponer el cuadro de los enemigos como unos extraños, pues lo extraño suele ser causante de miedo: el enemigo puede ser un extraño a la tierra (o un extranjero, tal y como se presenta al rey de Portugal) o un extraño a la condición humana. El cronista de la Incompleta recurre, por ejemplo, a la satanización del enemigo en su evocación de la figura del privado Juan Pacheco, al que acusa del lamentable estado del reino en tiempos de Enrique IV: posee la “ingratitud y maliçia compañera de Luçifer” 435.
434
Siempre que nos fiemos de Alfonso de Palencia, que da una visión diferente a la de Pulgar: era la corrupción de los oficiales de justicia la que provocó la huida despavorida de los ciudadanos. Les acusa de “adoptar simulado rigor y sepultar a unos en las cárceles y excitar más y más los inveterados rencores y el ansia de venganza en los delatores con ofrecerles el inmediato castigo de cualquier delincuente a quien acusaran”. Su juicio apunta sólo a los oficiales, no a la reina: “Los oficiales de la corte, que contra los consejos de la reina y so color de administrar justicia se lanzaron a arrebatar el dinero de los ciudadanos” (A. de Palencia, Crónica..., Década III., L. XXIX, C. IX). Las críticas a los oficiales de justicia profesionales se generalizan desde el siglo xiii (J. Krynen, L’empire de roi..., pp. 260-268). Son indicadores de la presencia de la opinión pública (C. Gauvard, “Les officiers royaux et l’opinion publique en France à la fin du Moyen Âge...”, pp. 583-593). 435 Crónica incompleta..., p. 113. La propaganda de Isabel retoma un recurso empleado en el pasado contra
419
Isabel 03
5/10/06
09:20
Página 420
Ana Isabel Carrasco Manchado
Referencias que recrean el conflicto sucesorio en términos apocalípticos se mantienen en esta crónica. La llegada de Isabel y Fernando se presenta como la superación de todos los miedos, la vuelta a la tranquilidad, el renacer: “El reyno todo quitará luto de las muertes que sofría, y como árbol seco lançará pimpollos verdes, y todos los tiranos que deseando las discordias de Castilla señoreavan, abrán el fin que los malos dan a quien los sigue” 436.
A partir de 1477 no encontramos nuevos mensajes apocalípticos. Parece, pues, que la marcha de los acontecimientos quita relevancia a este tipo de discurso. A partir de 1477, los publicistas avivaron el espíritu de conquista y una fuerte voluntad de dominio. El miedo no favorece ese nuevo estado anímico. El reino ya no debe temer, debe ser temido. Lo cantan los versos de Íñigo de Mendoza, gracias a sus monarcas, Castilla, será: “tan proveída que todo el mundo se espante” (copla 73).
Álvaro de Luna. Véase, J. Guadalajara Medina, “Álvaro de Luna y el Anticristo. Imágenes apocalípticas en don Íñigo López de Mendoza”, Revista de Literatura Medieval, 2 (1990), pp. 183-206. 436 Crónica incompleta..., p. 118.
420
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 421
Capítulo cuarto El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica (enero de 1479-enero de 1482)
1. El fin de la guerra 1.1. “Fizieron mucha honra a aquellos embaxadores”: negociaciones fallidas y la paz con Francia En otoño de 1478, estando la corte aún en Andalucía, corrieron noticias de que el rey de Portugal se disponía a retomar las armas con nuevo impulso. Fernando de Aragón hubo de abandonar la ciudad de Córdoba a finales de noviembre, a causa de la rebelión que se extendía por Extremadura. El arzobispo Carrillo seguía en su empeño de apoyar al rey de Portugal, arrepintiéndose de la obediencia recientemente prestada a Isabel 1. El clavero de Alcántara, Alfonso de Monroy y la condesa de Medellín le prestarían ayuda: ésta última ponía a su disposición la ciudad de Mérida. La pacificación de Andalucía tuvo que ser abandonada, para ocuparse de una zona más conflictiva. Fernando de Aragón permaneció en Trujillo desde finales de noviembre hasta finales de ese año. Los acuerdos que indujeron al marqués de Villena a ingresar en la obediencia a Isabel no se habían cumplido, lo cual constituía otra amenaza 2. A fines de año, la pareja real acudió al monasterio de Guadalupe, donde esperaba pasar las navidades de 1478. Más cerca de la frontera con Portugal podrían controlar mejor los acontecimientos. En efecto, en el monasterio de Guadalupe recibieron la visita de varios mensajeros. Según Fernando del Pulgar, allí acudió un mensajero del marqués de Villena, Rodrigo de Castañeda, que fue encarcelado al poco de llegar, acusado de negociar con el rey de Portugal 3. Esta es la versión oficial de Pulgar. La versión favorable al marqués de Villena afirma que Rodrigo de Castañeda acudió a Guadalupe para tratar el conflicto de la fortaleza de Trujillo y de las rentas prometidas al marqués como compensación de la entrega de la fortaleza, rentas no cobradas por culpa del licenciado Frías, administrador del marquesado por mandato regio, a quien acusa directamente el marqués de Villena 1
Sobre este díscolo personaje clave en el conflicto sucesorio véanse los trabajos de E. Benito Ruano, “Canales y Perales. Un episodio en las rebeldías del arzobispo Carrillo”, Anuario de Estudios medievales, 2 (1965), pp. 377-398; “Los ‘Hechos del arzobispo de Toledo don Alonso Carrillo’, de Pero Guillén de Segovia”, Anuario de Estudios Medievales, 5 (1968), pp. 517-530; de N. López Martínez, El arzobispo Carrillo y la política de su tiempo, Vitoria, 1975 y de E. Cooper, La mitra y la roca: Intereses de Alfonso Carrillo, arzobispo de Toledo, en la Ribera del Ebro, Toledo, 2001. 2 J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado de Villena...”, pp. 96-104. 3 F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 360-361.
421
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 422
Ana Isabel Carrasco Manchado
de apropiarse de los ingresos y de maltratar a sus vasallos “so color de justicia”. El marqués dice que a Rodrigo de Castañeda “sus altezas no le quisieron oír e le mandaron prender e fue e está preso” 4. Otros mensajeros que comparecieron ante la audiencia de los reyes acudieron en nombre de la condesa de Medellín y del clavero Alonso de Monroy. Ninguna de estas entrevistas sirvió para conseguir solucionar la situación 5. En contraste, muy distinto fue el tono de la audiencia que se concedió a los embajadores franceses. Estos llegaron a Guadalupe a primeros de año, con el objetivo de confirmar el tratado que meses antes, en octubre de 1478, en San Juan de Luz, habían concertado los embajadores castellanos y franceses 6. Desde 1477 Fernando e Isabel estaban intentando llegar a un acuerdo con el rey de Francia, aun en contra de la voluntad de Juan II de Aragón, que no estaba dispuesto a aceptar un tratado que le privara de los territorios del Rosellón y la Cerdaña. El enfrentamiento con el rey de Aragón era inevitable, ya que la alianza entre Castilla y Francia había sido uno de los pilares de la política internacional seguida por los anteriores trastámaras castellanos. Para Isabel representaba una de las claves que legitimaba su acceso al trono castellano. Tanto era así que el reconocimiento francés solía incluso escenificarse ritualmente a propósito de las ceremonias de proclamación real en Castilla 7. Resultaba, por tanto, imprescindible firmar un tratado de paz con Francia: el rival Alfonso de Portugal ya había firmado un tratado previamente, durante su prolongada estancia en Francia. Los embajadores franceses llegaron al monasterio de Guadalupe acompañados de los legados castellanos a primeros de enero de 1479. El relato de esta recepción nos lo han transmitido en síntesis Alfonso de Palencia y Fernando del Pulgar 8. Encabezaba la embajada el obispo de Lombez (a quien Palencia llama “prior de San Dionisio”), que había estado presente en la firma del tratado ante el rey de Francia. Según relata Pulgar, solicitaron audiencia con los reyes a su llegada y les fue concedida para el día siguiente. Palencia dice que el maestre de Santiago, Alonso de Cárdenas, el más rico de los próceres que se encontraban con los reyes en esas fechas, se encargó de adornar con la nobleza de su caballería la corte.
4
J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado de Villena...”, p. 136. Curiosamente, el juicio negativo sobre este licenciado Frías es coincidente con el retrato que traza sobre él Alfonso de Palencia (Crónica..., Década III, L. XXIX, C. IX), en donde es presentando como el más corrupto de los oficiales de justicia. 5 F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 361-362. Monroy pedía el maestrazgo de Alcántara y la condesa el mantenimiento del señorío de Medellín y la encomienda de Mérida (E. Escobar, “Los Reyes Católicos en Trujillo”, Revista de Extremadura, 1904, vol. 6, p. 487). 6 Estando la corte en Sevilla, los reyes otorgaron poderes a sus embajadores Juan de Gamboa, criado del rey y alcaide de Fuenterrabía y al licenciado Juan de Medina, arcediano de Almazán, para que se entrevistasen con los embajadores franceses. El resultado final se produjo el día 9 de octubre de 1478, fecha en la que se firma el tratado en San Juan de Luz (el tratado se encuentra en AGS, Estado-Francia, K. 1.638, fol. 26, publicado por L. Suárez Fernández, Política internacional..., doc. 67, pp. 383-415). 7 Dice Pulgar que “Era la costunbre que quando algúnd rey destos reynos de Françia e de Castilla falleçía, el que suçedía por rey en el reyno lo enbiava a notificar al otro; e luego sabido por él, enbiaba su embaxada a refirmar las pazes antiguas que son entre estos reyes e sus reynos”, ibídem, I, p. 68. 8 Ibídem, I, pp. 364-366 y A. de Palencia, Crónica..., Década IV, L. XXXIII, C. IX.
422
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 423
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
El día fijado para la audiencia, comparecieron los embajadores, y el obispo de Lombez “propuso su enbaxada”. Como orador del rey, pronunció un discurso en el que transmitía los saludos del rey de Francia y en el que se expondría el objeto de la embajada. En palabras de Palencia, el obispo era “hombre serio y estimado del rey Luis, además de ser muy elocuente y cultivador del arte de oratoria”, “el más docto” de los embajadores, que presentó su discurso “con gran elocuencia”. Como todas las piezas de oratoria diplomática, contenía buena parte de mensajes propagandísticos. En consonancia con la situación se difundió un tipo de discurso que insistía en la concordia y en el buen entendimiento entre los príncipes cristianos de ambos reinos. Los términos de este discurso fueron reconstruidos por Palencia y también por Pulgar 9. El obispo de Lombez termina su discurso proponiendo a los reyes que juren y confirmen las paces que habían sido otorgadas. Como es habitual en todas las audiencias con presencia de embajadores, los reyes contestaron a este discurso con otro, por mediación del doctor Rodrigo Maldonado de Talavera, quien, según Alfonso de Palencia, fue pronunciado “con elevada elocuencia y agradable expresión, ya que se trataba de un hombre docto, fino y muy adecuado para contrapesar las facetas de los puntos allí sugeridos”. Pulgar dice que los reyes “respondiéronles que les placía çebtar la amistad e confederaçión con el rey de Françia, por quanto los reyes sus progenitores les avían obligado a ello por juramento” 10. A continuación se procede a la jura de las paces. Los reyes prometieron y juraron ante una cruz puesta sobre los Evangelios, como corresponde a un juramento solemne. El acta de la firma del Tratado de San Juan de Luz incluía una sucesión de promesas, juramentos, pleitos homenajes y sanciones por su incumplimiento, gestos rituales que ahora realzan los reyes en persona, ante los embajadores franceses 11. Pulgar menciona también la jura del tratado que volvieron a realizar los representantes del rey de Francia en su nombre. El tratado incluía la voluntad del rey de Francia de anular el firmado anteriormente con Alfonso de Portugal y su mujer Juana. Terminados los actos legitimadores, fueron desplegados los oportunos gestos de celebración con los que se honraría a los embajadores. Se organizaron 9
Primero Palencia (D. IV, L. XXXIII, C. IX) y, luego, Pulgar (I, p. 364) reconstruyeron propagandísticamente el discurso del obispo, incluyendo mensajes de concordia entre los dos reinos: “El rey de los galos y toda Francia se sentían presos del amor hacia la real majestad de los castellanos, y con cuánto ahínco debían obligarse a la observancia de la antigua alianza” (Palencia); “Recontó los deudos de sangre que ay entre los reyes de Francia e de Castilla e las amistades e confederaçiones loables e perpetuas paces que sienpre en los tienpos pasados ovo entre los reyes destos dos reynos e sus súbditos e naturales, las quales por la graçia de Dios avían sido guardadas fasta en aquel tienpo sin punto de ronpimiento de la una parte ni de la otra” (Pulgar); y otros mensajes que incidían en la legitimidad de Isabel: “quedando patente ante todo el mundo la ambición del rey Alfonso y la justa posesión del rey Fernando y de su esposa la reina Isabel” (Palencia); “El rey de Françia su señor avía avido grand plazer por aver subçedido la reyna en la silla real destos reynos del rey don Juan su padre, e de los reyes de Castilla e de León sus predeçesores” (Pulgar). La reconstrucción de los dos cronistas era la que interesaba mantener para la historia oficial del reinado. 10 F. del Pulgar, ibídem, I, p. 365. 11 L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, pp. 405- 411.
423
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 424
Ana Isabel Carrasco Manchado
algunos “regocijos” que consistieron, fundamentalmente, en una cena ofrecida con los máximos honores por parte de los reyes, y en una fiesta cortesana. El relato es de Palencia: “A la conclusión de estas gestiones, se celebraron magníficos banquetes. El rey y la reina sentaron cortésmente a su mesa al cardenal y al prior delegado. En otras dos mesas colaterales, suntuosamente preparadas, el maestre de Santiago sentó a cinco nobilísimas doncellas de la más alta nobleza, y en su pareja, otras tantas el condestable Pedro de Velasco. Los más expresivos aplausos y la más desbordada alegría cundieron por las mesas, y transcurrieron aquellos días entre danzas y cánticos por la alegría de haberse renovado las alianzas” 12.
Es preciso resaltar el papel desempeñado por los grandes en esta fiesta, y la colaboración prestada a los reyes mediante “servicios de orden simbólico”. Su intervención en tareas de apoyo a la propaganda regia se hace cada vez más necesaria, no sólo desde el punto de vista de la representación, sino también desde un punto de vista económico. Los honores a los embajadores se sellaron materialmente con la entrega de regalos, la forma más habitual de honrar a los extranjeros y embajadores. Según Pulgar, “el rey e la reyna mandaron dar de sus dones en grand suma a aquel obispo e a los otros cavalleros que vinieron con él e mandáronlos despedir”. El regalo regio, además de hacer patente el ideal de generosidad, canaliza y perpetúa el recuerdo del buen trato y de los honores recibidos por los embajadores. Cena con los reyes y la nobleza cortesana, fiesta y regalos construyen cierta imagen de prestigio de la corte de Isabel y Fernando. Los propios agasajados serán los encargados de difundir esta imagen en el exterior del reino. En el interior, la alianza ritualizada se dio a conocer a la población mediante el pregón de las paces que pudo escucharse en las principales ciudades y villas, como corresponde a un acontecimiento al que se quiere dar la mayor relevancia 13. La llegada de estas cartas a las ciudades que se encontraban en la ruta de tránsito hacia el reino de Francia iba acompañada de instrucciones particulares sobre el trato que las ciudades debían tributar a los embajadores. De este modo, se insta también a las autoridades municipales a colaborar en la propaganda regia. En la comitiva permanecían los embajadores castellanos, encargados de repetir los gestos de juramento ante el rey de Francia. Todos ellos llegaron a Burgos el primer día de febrero y asistieron al solemne recibimiento que había sido preparado en su honor, con presencia de una delegación del cabildo catedralicio. El hospedaje de los embajadores y de sus séquitos corrió a cargo de la ciudad y al obispo de Lombez se le agasajó con diversos presentes. Al día 12 13
A. de Palencia, Crónica..., Década IV, L. XXXIII, C. IX. Las cartas con la orden del pregón fueron cursadas el día 18 de enero, L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, p. 157.
424
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 425
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
siguiente asistieron a una misa por la paz, al término de la cual se le ofreció un cirio ornamentado 14. Un acontecimiento como éste no podía dejar de sellarse de un modo litúrgico, expresión de la sanción divina a todo el proceso. Los burgaleses estaban interesados en esta colaboración propagandística: al orgullo ciudadano de proyectar una imagen “noble” de la ciudad se une el incentivo económico de favorecer, de este modo, las relaciones comerciales que Burgos mantenía con el reino vecino. Todo el proceso ritual de la firma de estas paces se culminó en la corte francesa. Los embajadores castellanos pudieron comprobar cómo la paz se celebraba con gran solemnidad y fiesta. Se organizó en la corte una procesión desde Nôtre Dame a Santa Genoveva para dar las gracias y bendecir las paces y se celebró una misa cuyo sermón fue pronunciado por el prior de los carmelitas. Por la noche las luminarias alumbraron la ciudad en fiestas 15. Las paces se pregonaron por todo el reino, aunque en ciertos lugares estratégicos fue boicoteada la ceremonia de información 16. A pesar de esto, Isabel y Fernando quedaron satisfechos, puesto que su nombre y su título como reyes de Castilla y León sonaba por las principales plazas e iglesias francesas. Sin duda, la solemnidad con que se celebraron estas paces, al margen del significado político que el tratado tenía en sí mismo, favorecía uno de los fines de la propaganda de Isabel y de Fernando dirigida fuera de las fronteras castellanas: equivalía a hacer público y notorio el reconocimiento de su pretendido derecho a sentarse en el trono castellano. 1.2. “Fernando e doña Isabel, por la graçia de Dios, rey e reyna... de Aragón” Mientras se pregonaba la paz con Francia, por ciudades y villas, moría en Barcelona el rey de Aragón, el último de los infantes de Aragón, y, tal vez, el más beligerante. Murió con la seguridad de ver cumplido en su hijo el deseo oculto que él mismo hubiera querido realizar: ser rey de Castilla. Por su parte, Isabel se convertía, desde ese día, en reina consorte de Aragón. Nuevos pregones anunciarían también esta noticia que inauguraba un nuevo periodo histórico y una forma de gobierno casi inédita hasta entonces para los castellanos, una monarquía bicéfala o, más bien, un dualismo monárquico. La noticia de la muerte de su padre le llegó a Fernando estando todavía en Guadalupe, aunque a punto de partir hacia Trujillo, adonde se dirigían para 14
Los datos sobre este recibimiento y fiestas en L. Serrano, Los Reyes Católicos..., p. 201. La ceremonia y fiestas son descritas por Jean de Troyes, citado por L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, p. 157. 16 Los franceses retrasaron la publicación del tratado de paz en el Rosellón, territorio que, junto a la Cerdaña, debía ponerse en arbitraje por ambas partes, con el castillo de Perpiñán, bajo la tutela del Cardenal Mendoza. A lo largo del mes de mayo, Fernando escribe varias cartas a sus embajadores en Francia para que pidan cuentas al rey de Francia sobre su negativa a publicar el pregón que informaba sobre el tratado en Perpiñán y en todo el Rosellón (véase Documentos sobre relaciones internacionales de los Reyes Católicos, ed. A. de la Torre, Barcelona, 1949, I, docs., 21, 22 y 26). 15
425
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 426
Ana Isabel Carrasco Manchado
ocupase del conflicto con el marqués de Villena. Conocida la noticia del fallecimiento se desencadenan de inmediato los rituales del duelo que tendrán su continuación en Trujillo. Toda la corte que acompañaba a los reyes se vistió de jerga en Guadalupe. Aquí se realizaron las primeras exequias solemnes por el alma del difunto y fueron oficiadas por el cardenal Mendoza. No sabemos si las ciudades castellanas se interesaron por celebrar exequias por el rey aragonés. Las fuentes cronísticas sólo dicen que las exequias por Juan II se celebraron en Trujillo 17. La corte que se desplazó hasta Trujillo tomó la forma de un cortejo fúnebre. Los reyes permanecieron allí varios días de retiro. Las ceremonias que se sucedieron en Trujillo, completando los nueve días de las exequias sólo podían significar una cosa para los caballeros rebeldes que defendían la fortaleza de Trujillo: que Fernando –y también Isabel– ascendía a una nueva posición de poder. De ello eran también conscientes los cortesanos, grandes, nobles y oficiales consejeros que acompañaban a la pareja castellano-aragonesa por aquellos días y pronto manifestaron las ideas que les suscitaba el acontecimiento. Según Fernando del Pulgar, en el consejo se debatió sobre si Fernando e Isabel debían intitularse “reyes e señores de España, porque eran reyes de la mayor parte de ella” 18. Tal cuestión se planteaba en consonancia con toda la propaganda que algunos de los más fervorosos agentes (fray Íñigo de Mendoza, Diego de Valera, y el mismo Bachiller Palma) habían estado difundiendo en multitud de escritos. No obstante, la realidad, más compleja y menos entusiasta que lo que los discursos propagaban, se impuso. Finalmente decidieron desechar ese título y titularse con la versión extensa, acumulativa de todos los reinos y territorios sobre los que gobernaban: “Don Fernando e doña Isabel, por la graçia de Dios, rey e reyna de Castilla, de León, de Aragón, de Seçilia, de Toledo, de Valençia, de Galizia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córçega, de Murçia, de Jahén, del Algarbe, de Algezira, de Gibraltar, conde e condesa de Barçelona, señores de Vizcaya e de Molina, duques de Atenas e de Neopatria, condes de Rosellón e Cerdania, marqueses de Oristán e Goçiano” 19. Desgraciadamente, Pulgar no transmite ninguno de los debates que debieron motivar la elección de ese título; posiblemente omite intencionadamente argumentos que relacionarían la nueva titulación con el hecho de que continuaban, por esas fechas, conservando su título de “reyes de Portugal” (silencio significativo de su narración). Quizá la mayor parte de los vasallos, súbditos y naturales de uno y otro reino no se sentían identificados con esa nueva unidad territorial. La realidad política contradice los discursos de la propaganda, mucho más osados, sin duda.
17
F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 369; Bachiller Palma, Divina..., p. 89. Ibídem, I, p. 369. 19 Ibídem, I, p. 369. 18
426
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 427
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
1.3. “Apartávase sola en su cámara”: plegarias por los últimos triunfos Los reyes estuvieron en Trujillo durante un mes. Fernando, tras celebrar las exequias por su padre, se dispuso a viajar a tomar posesión del reino. Antes de marchar recibió la noticia de la última de las victorias sobre los portugueses y sus partidarios castellanos 20, al menos la última que consiguió cierto relieve propagandístico. Se trata de la conocida como batalla de la Albuera, ocurrida el 14 de febrero de 1479 y su protagonista fue el maestre de Santiago, Alonso de Cárdenas 21. La importancia de esta victoria no es tanto política, sino historiográfica, ya que es la última batalla que interesa a los cronistas, la última de la guerra que refieren con algún detalle. La batalla quedó en el imaginario caballeresco como un motivo de rivalidad entre castellanos y portugueses, y a mediados del siglo xvi todavía se recordaba 22. Fernando del Pulgar se preocupó por incluir la descripción de esta batalla 23, obedeciendo a una evidente intención panegírica y de alabanza del brazo armado del reciente maestre de Santiago, Alfonso de Cárdenas, personaje que en los últimos tiempos estaba siendo especialmente bien tratado por los reyes. Los reyes dieron a ésta el tratamiento acostumbrado en las últimas victorias. Al recibir la noticia del maestre, ordenaron en Trujillo la celebración de ceremonias litúrgicas de acción de gracias. Isabel, como en otras ocasiones, se retiró a elevar las oportunas plegarias. Escribió Pulgar que “la reyna, cuando estas nuevas le venían, apartávase sola en su cámara, e secretamente facía con lágrimas sacrefiçio de sy´ mesma a Dios, dándole graçias por las merçedes que le facía”. Plegarias “secretas” de una devoción política, pues son recogidas, publicadas y perpetuadas por el cronista oficial. Los vencedores debieron ser recibidos en Trujillo de manera solemne, pues fueron tomadas las banderas de los derrotados para ser exhibidas 24. Pulgar da cuenta también del premio que otorgaron los reyes a Alonso de Cárdenas: una merced de tres cuentos de maravedís que eran empleados para el mantenimiento de fortalezas de la frontera 25. Gracias a esta victoria de Cárdenas y a la merced conseguida, obtenía este importante valedor 20
Hasta doscientos caballeros castellanos lucharon ese día junto a los portugueses, dirigidos por el obispo de Évora, García de Meneses. La batalla, al parecer, fue sangrienta (E. Escobar, “Los Reyes Católicos en Trujillo...”, p. 487). 21 Sobre esta batalla, véase A. Álvarez Sáenz de Buruaga, “Del lugar y momento de la batalla del Albuera (14 de febrero de 1479)”, Memorias de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes, vol. I (1983), pp: 71-81. 22 Gonzalo Fernández de Oviedo, en el diálogo dedicado a Alonso de Cárdenas, cuenta cómo solían los portugueses recordar un suceso fallido de la guerra de Granada, responsabilizando del desastre al maestre Cárdenas. Gonzalo Fernando de Oviedo, en su defensa cuenta la victoria de la Albuera: “Quisiera yo que les pregutárades a los portugueses que en eso hablavan, cómo les fue a ellos con el mismo maestre en la batalla que llaman del Albuhera”, G. Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas..., I, p. 5. 23 F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 370-377. 24 E. Escobar, “Los Reyes Católicos...”, p. 488. 25 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 377.
427
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 428
Ana Isabel Carrasco Manchado
de Fernando e Isabel el maestrazgo de Santiago, “libre e entero”, como decía Gonzalo Fernández de Oviedo, recordando la hazaña 26. Las ciudades recibieron, como de costumbre, la noticia de la victoria con la petición de organizar las oportunas ceremonias de acción de gracias. El pretendido apoyo divino demostrado con la concesión de la victoria debía ser escenificado una vez más. La propaganda de guerra no cesa, sin embargo, no parece que exista en el reino la misma receptividad que antes. Las fuentes o estudios que recogían información sobre la celebración de la victoria de Toro en las ciudades y villas castellanas nada aportan con relación a esta victoria. Sin embargo, sí hay noticias en los reinos patrimoniales de Fernando de Aragón. Como en otras muchas ocasiones, la ciudad de Valencia respondió favorablemente a las demandas propagandísticas, tras conocer la noticia de la victoria. El día 3 de marzo llegó el mensajero a Valencia y las autoridades ciudadanas ordenaron la organización de una procesión para el día 13 de ese mes, hasta la iglesia de San Agustín, que es el lugar sagrado habitual de celebración de las plegarias de acción de gracias. En dicha iglesia se custodiaba una imagen de la virgen de Nuestra Señora de Gracia, destino de todas estas oraciones 27. El día antes, la procesión fue anunciada mediante un pregón, repetido en cada uno de los espacios que habría de recorrer la procesión 28. Mientras Valencia celebraba la última de las victorias sobre los portugueses, Fernando se dirigía ya hacia Aragón. Las noticias sobre las ceremonias le auguraban un magnífico recibimiento. La victoria de la Albuera y su marcha a Aragón no marca el fin de la guerra, pues continuaron los enfrentamientos con la condesa de Medellín y con el clavero Alonso de Monroy, que no renunciaba al maestrazgo de Alcántara 29. Tanto la ciudad de Medellín, como la de Mérida estaban cercadas. Tampoco quedaban resueltos los nuevos problemas surgidos entre los reyes y el marqués de Villena. Fernando llegó a su reino ostentando aún su titulo de rey de Portugal, así como Alfonso y Juana seguían sin renunciar al suyo de Castilla y de León. A pesar de todas estas dificultades, nos encontramos ante una nueva etapa, no sólo porque Fernando comienza a reinar en Aragón, circunstancia que repercute en la consolidación de la propia sucesión castellana, sino porque se han iniciado las conversaciones de paz y ya no habrá una vuelta atrás hacia la guerra. La marcha obligada de Fernando a sus reinos favoreció la imagen de Isabel, que tomaba a partir de entonces la dirección de la guerra y de la paz 30. 26
G. Fernández de Oviedo, Batallas y quinquagenas..., I, p. 16. Por ostentar el maestrazgo de Santiago, Alonso de Cárdenas debía pagar anualmente una pensión de nueve mil ducados, tras esta batalla quedó libre de ese pago. 27 Véase M.P. Monteagudo, “El espectáculo del poder. Aproximación a la fiesta política en la Valencia de los siglos xvi-xvii”, Estudis, Revista d’Historia Moderna, 19 (1993), p. 156. 28 Libre de memòries..., p. 668. 29 Sobre este díscolo personaje, protagonista de una de las crónicas particulares del periodo, véase, M.C. Gerbet, “Fray Alonso de Monroy, maître dechu de l’Ordre d’Alcántara”, en Las Órdenes Militares en el Mediterráneo Occidental (siglos XIII-XVIII), Madrid, 1989, pp. 139-154. 30 Fernando acompañó a Isabel hasta Cáceres y en esta ciudad permaneció dos meses, esperando a que Isabel
428
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 429
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
2. El proceso ritual de paz: “En esta manera fue fecha e
firmada la paz con el rey de Portogal e con su reyno” Isabel estuvo apenas unos días en la villa de Cáceres. El día 5 de marzo estaba ya en Alcántara, preparando el terreno para entrevistarse con su tía, la infanta Beatriz de Braganza. La villa pertenecía a la orden militar a la que daba nombre y la administraba el duque de Plasencia, Álvaro de Estúñiga, en nombre de su hijo el maestre. Isabel mandó al duque que se la entregara y que, por tanto, saliesen de la villa el alcaide y sus hombres. Gutierre de Cárdenas, uno de los hombres inseparables de la reina, tomó posesión de la fortaleza y, finalmente, se aposentó la reina en ella. Al parecer, los únicos personajes destacados que acompañaron a la reina en esta primera fase de las negociaciones fueron Rodrigo Maldonado, letrado que más tarde se encargaría de tratar con los procuradores portugueses, y Fernando Álvarez de Toledo, el secretario 31. El resto de cortesanos, grandes, Consejo, etc., quedó en Cáceres con el rey, en donde permaneció hasta principios de mayo (Itinerario). La infanta de Portugal llegó a Alcántara el día 18 de marzo y fue recibida “con grand veneraçión” y aposentada en una cámara cercana a la de la reina 32. En esta primera entrevista se trazaron las líneas maestras del tratado que giraban en torno al pago de las costas de la guerra, la amnistía general, el casamiento de la princesa Juana con el príncipe Juan y el mantenimiento del título de princesa para Juana. La posición de Isabel fue dura desde el primer momento y no estaba dispuesta a transigir con el último punto. La postura de Isabel fue puesta por escrito 33 y, pasados diez días, la infanta se despidió, no sin antes haber sido agasajada por Isabel, junto con todas sus damas. A partir de este primer encuentro, las conversaciones se realizaron mediante procuradores especiales y todas las dificultades fueron superadas en el intervalo de unos cinco meses 34. Pero, hasta llegar a la paz, Isabel y Fernando siguieron titulándose reyes de Portugal (y, por su parte, Alfonso y Juana, reyes de regresara de Alcántara, adonde había acudido a entrevistarse con su tía Beatriz. Sin duda, Fernando quería saber, antes de emprender el largo viaje, cuáles eran los deseos de sus rivales portugueses y en qué situación dejaba el reino de Castilla. En Cáceres, como anteriormente Isabel, ritualizó una entrada real que añadía otro jalón a la larga sucesión legitimadora que proporcionaban los juramentos reales. Sobre esta entrada, véase A.I. Carrasco, Discurso político..., pp. 913-922. 31 Fernando del Pulgar, Crónica..., I, pp. 379-380. 32 Cronicón..., p. 142; F. del Pulgar, ibídem, I, p. 380. 33 Ver el “Informe de lo tratado en Alcántara entre doña Isabel y su tía doña Beatriz, acerca de la paz entre Castilla y Portugal”, conservado en AGS, PR, leg. 49, fol. 99, trascrito en Documentos referentes a las relaciones con Portugal..., doc. 127, pp. 179-183. 34 A finales de abril llegó a Cáceres el enviado de la infanta de Portugal con algunas puntualizaciones sobre lo tratado en Alcántara. Isabel acusa a sus interlocutores de querer dilatar el proceso y de falta de voluntad (ibídem, doc. 128, pp. 183-185). En mayo se llega al borrador de los primeros acuerdos (ibídem, doc. 129, pp. 185-202). En ese mismo mes se proponen enmiendas: que Juana conserve el título de princesa si el hijo de Isabel no llegara a casarse con ella y que fuera, además, compensada con 100.000 doblas. Isabel no admite la cuestión del título y se queja de que Alfonso de Portugal hubiera puesto las negociaciones en conocimiento de la princesa Juana (ibídem, doc. 130, pp. 203-205).
429
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 430
Ana Isabel Carrasco Manchado
Castilla). La guerra todavía no se dio por terminada, a pesar de ir avanzando en la redacción de las cláusulas del tratado. Desde Trujillo, en el mes de junio, algunos días después de que partiera hacia Portugal el procurador y embajador especial Rodrigo Maldonado de Talavera, con poderes de Isabel para reformar las paces antiguas entre ambos reinos y jurar nuevas paces, y para tratar el casamiento de la infanta Isabel con el príncipe Alfonso de Portugal, Isabel ordenaba armar un carracón y dos carabelas para continuar la guerra por mar con su adversario 35. No hay que olvidar que, además de la guerra sucesoria, interior, en el mar se vivía una guerra por la conquista de las islas lindantes con la costa africana y por el oro guineano 36. En Castilla, continuaba el cerco a Medellín y Mérida, que no se entregaron hasta mediados de septiembre, después de haber sido firmado en Alcaçovas, por los respectivos embajadores, el tratado de paz definitivo. La firma de este tratado, el 4 de septiembre de 1479, en la villa portuguesa de Alcaçovas, se formalizó siguiendo los usos diplomáticos de la época. Era el mismo procedimiento seguido durante la firma del tratado de San Juan de Luz, entre Castilla y Francia. Son actos ceremoniales, porque incluyen el rito solemne de la jura por parte de los compromisarios, representantes de las personas regias. Los actos se repetirán en las sucesivas confirmaciones que deberán hacer los reyes en persona. La reiteración de las promesas y de los juramentos proporciona, según hemos apuntado al estudiar el tratado con Francia, un camino para la propaganda de la paz, pero, sobre todo, para la propaganda de la legitimación. El primer paso fue Alcaçovas. Terminada la negociación se procede a jurar el tratado tal y como había sido redactado. El 4 de septiembre estaban reunidos los compromisarios “en las casas donde posava la muy ylustre señora infante doña Beatriz” 37, en la villa de Alcaçovas: por la parte portuguesa, el principal negociador, Juan Silveira, barón de Albito y, por la parte castellana, el doctor Rodrigo Maldonado. La infanta Beatriz estuvo presente en el acto. El acto que iba a desarrollarse se repitió varias veces en ese mismo día, puesto que fueron varios los cuadernos en los que se había dividido el tratado de paz: un primer cuaderno con las paces perpetuas entre ambos reinos, un segundo cuaderno con el llamado tratado de las Tercerías, donde se decidía la suerte de Juana, y otro más con las capitulaciones matrimoniales entre la infanta Isabel y el príncipe Alfonso
35
Los poderes a Rodrigo Maldonado de Talavera, firmados en Trujillo, el 2 de junio de 1479, ibídem, docs. 132, 133, 134, 135, p. 211, y la orden de hacer la guerra por mar, firmada el 7 de junio, doc. 139, p. 212, veáse también doc. 143, p. 213, carta a Andrés de León con poder para otorgar perdones a quien vaya con él en un barco contra Portugal. 36 Durante el conflicto sucesorio se vivió una encarnizada lucha por el control marítimo (R. Córdoba de la Llave, “Violencia por conflictos comerciales entre Castilla y Portugal (1475-1495)”, en Actas do Congresso Internacional Bartolomeu Dias e a sua Época (Porto, 1988). Vol. III (Economia e Comércio Marítimo), Oporto, 1989, pp. 177-196). El tratado de Alcaçovas puso las bases para el posterior reparto de los territorios conquistados en esta parte del mundo entre Castilla y Portugal, sirviendo de base para el Tratado de Tordesillas (M.M.M. Fernándes, “O Tratado das Alcaçovas e a divisao do mundo”, História, 14 (1976), pp. 36-47). 37 Tratado de paz perpetua entre Castilla y Portugal, Documentos referentes..., doc. 165, p. 245.
430
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 431
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
de Portugal 38. Había también otros tres cuadernos separados con las capitulaciones sobre seguridades para conservar la paz, otro con las capitulaciones referentes a la condesa de Medellín, a Alonso de Portocarrero y a Alonso de Monroy, y un tercero sobre restitución de las fortalezas de Azagala, Tuy, Ferrera y algunos perdones 39. Primeramente, los compromisarios, el barón de Albito Juan Silveira y Rodrigo Maldonado, presentaron sus poderes como procuradores firmados por sus monarcas respectivos. A continuación, Rodrigo Maldonado pronunció un razonamiento con el cual se abría el preámbulo de la jura del primer tratado, que incluía la lectura de un tratado de paz anterior realizado entre Portugal y Castilla en tiempos de Juan II de Castilla. Después de esta lectura se procede a la lectura de los capítulos de la nueva paz. Acabada la lectura de todos los capítulos, los procuradores declaran su voluntad de asentar, otorgar, ratificar, renovar y reformar las paces antiguas, con las adiciones modernas, y proceden a efectuar los actos solemnes de compromiso consistentes en la promesa y obligación mutua de guardar las paces. Es una promesa que realizan en nombre de ellos mismos, y de sus representados, obligándose a su cumplimiento con una pena elevadísima de trescientas mil doblas de oro de la banda 40. Por mayor seguridad, renuncian a todos los medios de los cuales se podrían servir para ir en contra de lo prometido y, finalmente, por “mayor firmesa” todavía, acaban la ceremonia con los juramentos: “E fesieron el dicho juramento poniendo sus manos derechas sobre una crus e sobre un libro de los Santos Evangelios” 41. Después de firmar los testigos y el escribano que estaba redactando el cuaderno para la confirmación regia, proceden a repetir los mismos pasos con los demás documentos. Esta estructura se repitió por seis veces en el mismo día, una por cada uno de los cuadernos de capitulaciones acordadas. El siguiente paso habría de ser la formalización de los juramentos por los propios reyes implicados, en persona. Los primeros en confirmar el tratado fueron los monarcas portugueses, el rey Alfonso y su hijo el príncipe Juan. Es de notar que, en todo este proceso, la princesa Juana es tratada más como objeto de disputa que como sujeto protagonista, ya que es excluida de los ritos de jura. A la larga, esta exclusión formal y ritual la benefició, ya que, de este modo, pudo seguir titulándose “reina de Castilla y de Portugal” hasta su muerte, sin faltar a un juramento que nunca prestó. Cabe preguntarse si no sería buscada esta exclusión por parte de los soberanos de Portugal, a fin de reservarse siempre la baza que representaba la hija de Enrique IV 42. La 38 Todos
ellos en AGS, PR, y la trascripción en ibídem, doc. 165, pp. 245-284, doc. 166, pp. 284-326 y doc. 167, pp. 327-354. 39 Ibídem, doc. 169, pp. 356-370, doc. 171, pp. 364-370 y doc. 173, p. 371-377. 40 Véase el compromiso y juramento en ibídem, doc. 165, p. 281. 41 Ibídem, p. 282. 42 Sobre la princesa-reina Juana falta una monografía crítica rigurosa: además de los apuntes publicados por T. de Azcona, ya citados, puede verse P.D. Braga, “A ‘excelente senhora’, D. Joana, em Portugal (1479-1530). Dados para um estudo”, Revista de Ciências Históricas, 1989, vol. 4, pp. 247-254.
431
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 432
Ana Isabel Carrasco Manchado
ceremonia de jura se desarrolló siguiendo el modelo de la anterior. Rodrigo Maldonado se presentó en la corte del rey Alfonso y le requirió mediante razonamiento la confirmación y jura de los tratados, tal y como había hecho su procurador. El rey respondió que estaban dispuestos, él y el príncipe, a complacerle. Les presentaron los cuadernos y los leyeron y al término de la lectura de cada uno de los cuadernos, prometieron y juraron de la forma habitual, ante la cruz, tocada con la mano derecha y los Evangelios, obligándose con sanciones y penas por su incumplimiento. Luego mandaron expedir el testimonio escrito de la jura y entregarlo al procurador castellano Rodrigo de Maldonado 43. El rey de Portugal y el príncipe cumplieron con prontitud su obligación de jurar pública y solemnemente las paces. Sólo quedaba realizar la imprescindible ceremonia de información que diera publicidad al acto, en cumplimiento de la cual se ordenó pregonar las paces asentadas por toda la corte 44. Los compromisarios portugueses, encabezados por el barón de Albito, viajaron entonces con Rodrigo Maldonado que retornó a Castilla, a la ciudad de Trujillo, donde residía la reina y desde donde había permanecido, atenta a todo el proceso. Como en la corte de Évora, Isabel procedió a confirmar y jurar los tratados, tal y como se lo requirió por razonamiento el embajador portugués, en la audiencia concedida para tal efecto el 27 de septiembre de 1479. Se leyeron todos los cuadernos que le fueron presentados y al término de la lectura de cada uno, Isabel los confirmó (“por la presente loo e apruevo e confirmo la dicha escriptura”) y juró (“e por mayor firmesa juro a Dios e Santa María e a la señal de la crus e a las palabras de los Santos Evangelios, que con mi mano derecha toqué”) 45, ordenando expedir el testimonio escrito del acto. Era la primera vez desde el comienzo de la guerra que no aparecía el reino de Portugal en su intitulación. No tardó mucho en ordenarse la ceremonia de información: las paces se proclamaron en la corte de Isabel, con un pregón que era anunciado al son de las trompetas. Al poco salieron las cartas informando a las ciudades. Isabel tuvo que informar primeramente a Fernando, que se encontraba en Cataluña en aquellas fechas 46. No sabemos si las ciudades consideraron oportuno celebrar las paces. Nos consta sólo que las autoridades de la ciudad de Sevilla premiaron al repostero de la reina que acudió con la carta de Isabel con 3.000 mrs. de albricias. Recordemos que las albricias por la victoria de Toro se habían pagado con 11.000 mrs. para el mozo de espuelas del rey 47. O bien la propaganda de guerra se paga más cara que la propaganda de la paz, o bien la economía del momento ya no estaba para muchas celebraciones. La mejor propaganda de la paz parece ser la paz misma. 43
La fecha está en el texto de la jura de las capitulaciones matrimoniales, trascrito en ibídem, doc. 168, pp. 355-356. Los otros tratados fueron jurados de igual forma. 44 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 402. 45 Documentos referentes..., doc. 165, p. 283. 46 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 403; A. Rumeu de Armas, Itinerario... 47 A. del R. Romero Abao, Las fiestas..., p. 139.
432
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 433
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Otra cosa sucede con la propaganda de la legitimación. Los actos de confirmación y jura de las paces, tanto los que sucedieron en la corte de Évora, como los que se vieron y pregonaron en la corte de Trujillo, eran, ante todo, manifestación de la posesión victoriosa de la Corona de Castilla en las sienes de Isabel. Y esta propaganda de la victoria pesaba de manera lamentable en la corte de Portugal. El rey Alfonso, aunque veía unido en matrimonio a su nieto (que llevaba su mismo nombre) con la infanta Isabel, no se consolaba del fracaso de su proyecto de expansión y dominio hispánico. Las condiciones del tratado no parecían dejar tampoco ninguna esperanza a la que había sido reina Juana, despojada ya de la posibilidad de hacer valer sus títulos en Castilla. Isabel, en cambio, asistía simbólicamente en Trujillo a una nueva proclamación, asegurado completamente su título real, para ella y para sus herederos. La jura de este tratado de paz era para Isabel más que una ceremonia legitimante: era un verdadero rito de institución, puesto que la frontera trazada entre ella y su rival había sido definitivamente cruzada 48. Una última observación es preciso añadir: Isabel asistía sola a este acto. Nuevamente, como en Segovia, se había adelantado a Fernando de Aragón. Mientras su marido era proclamado rey de Aragón, ella recuperaba en Castilla el protagonismo que le hubiera podido robar Fernando como consecuencia de su prestigio militar. La consecución de la paz y la supervisión de las últimas fortalezas sitiadas habían corrido de su cuenta 49. Y ahora, gracias a la ausencia de Fernando, que permanecería fuera de Castilla cuatro meses, podía brillar con luz propia en Castilla, como ocurrió durante el proceso de su proclamación. La voluntad de Isabel de cerrar cuanto antes el proceso y de no esperar a su marido queda patente ante el hecho de la protesta formal que elevaron los portugueses, que creían que ambos monarcas jurarían las paces de manera conjunta. Isabel hubo de prometerles que les enviaría el juramento de su marido, cuando fuera posible 50. 48
Rito de institución en el sentido marcado por P. Bourdieu, “Los ritos como actos de institución”, en J. Pitt-Rivers y J.G. Peristiany (dirs.), Honor y gracia, Madrid, 1992, pp. 111-123. 49 Isabel, desde Trujillo, supervisaba a un tiempo la marcha del tratado de paz y los asuntos de Extremadura. El mes anterior a la firma final, una tormenta de desconfianza amenazaba con romper las negociaciones. Es lo que se desprende de una carta de Isabel al doctor Rodrigo Maldonado: “Deve dezir luego al prínçipe e a la infante de Portugal, de parte de la reyna, que sy luego no asientan la paz con el dotor, quél venido acá, la reyna disporná de sus hijos como mejor le viniere, por manera que aunque después ellos querían la paz e aun la reyna la quería, no se podía fazer del prínçipe e de la infante cosa de lo que está fablado; y esto dize la reyna por su descargo para con el prínçipe e la infante. El dotor procure mucho por saber las normas de Portugal y sy ayuntan gentes y sy han de entrar en Castilla y para quándo y por dónde y avise a la reyna cada día de lo que supiere. Los çercos de Mérida e Medellín están bien, como el dotor los dexó, y Mérida está en mucho aprieto, que no se podía detener este mes de agosto, y el condestable e el comendador mayor están en guarniçiones sobre Montánchez con çerca de mil lanças” (Documentos referentes..., doc. 144, p. 217). 50 El día 5 de octubre, desde Almaraz, Isabel escribió prometiendo y dando “su fee e palabra real” que cuando regresara Fernando entregaría a los embajadores portugueses, cuando se lo requiriesen, las nuevas confirmaciones con el juramento de Fernando, escritas en pergamino y en papel, tal y como había sido acordado y como habían hecho el rey Alfonso y su hijo. La confirmación de Isabel iba escrita toda en papel (véase ibídem, doc. 191, pp. 390-391).
433
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 434
Ana Isabel Carrasco Manchado
3. El tiempo de las Cortes de Toledo: imagen y escenario para la legitimidad Al término de los ritos de compromiso derivados del tratado de Alcaçovas, cumplidos por Isabel en Trujillo, la corte dirigió sus pasos hacia Toledo. La insigne ciudad se disponía a vivir medio año de intensa actividad política, a propósito de la celebración de las cortes que ya habían sido reiteradamente convocadas y aplazadas varias veces desde 1478, fecha del nacimiento del príncipe Juan. La jura como príncipe heredero por los representantes del reino venía retrasándose varios años 51. Después de firmada la paz, la celebración de las cortes y la jura del príncipe heredero redondeaban definitivamente la legitimidad ganada en el sangriento tránsito de la guerra y en el difícil camino de los pactos con los adversarios. Por su propia naturaleza política, por el momento en que se desarrollaba, por el lugar paradigmático de la reunión, en una de las ciudades de mayor peso y tradición histórica del reino, por el movimiento de personajes de todo el reino y de otros que pasaron por la ciudad aquel año, por todas estas razones, el contexto de las cortes se convirtió en un foco de propaganda de gran intensidad. 3.1. “Trajo un elefante vivo”: recibimiento triunfal al rey de Aragón en Toledo Isabel llegó con toda la corte que la acompañaba en Trujillo el día 14 de octubre 52. Como hemos visto, no fue esta la primera entrada que hacía en la ciudad, por lo que no había razón para organizar una ceremonia de entrada. Sin embargo, el pequeño futuro heredero sí entraba por primera vez. A la primera entrada de los príncipes herederos en las ciudades solía concedérsele también una singular importancia, incluso si esta se producía antes de haber sido jurado por los representantes del reino en cortes 53. Teniendo en cuenta que el hijo de Isabel acudía a Toledo con objeto de ser jurado príncipe, es posible que la ciudad otorgara a su entrada un tratamiento ceremonial especial, pero no tenemos constancia de ello. Sí contamos con algunos datos sobre la entrada que, poco después, el 23 de octubre de ese año de 1479, efectuó Fernando de Aragón en Toledo, datos que indican el sello triunfal que quería imprimir a esa entrada el nuevo rey de Aragón. Fernando venía de recorrer un periplo triunfal por sus reinos patrimoniales, 51
A fines de 1478 la autoridad de los reyes era todavía cuestionada por amplios sectores, lo cual impidió la celebración de las cortes. En 1480, la situación ha cambiado notablemente, lo que propicia la celebración de las cortes, J.M. Carretero, Cortes, monarquía, ciudades..., p. 148. 52 Cronicón..., p. 143. 53 Tanto la princesa Juana, la desventurada hija de Enrique IV (“Mandó (...) que le fuese fecho reçibimiento de prinçesa, e asy´ fue rresçibida con mucha solennidad e metida en la çibdad con su rrico pañio, segúnd se acostunbra hazer a los prínçipes herederos”; Diego Enríquez del Castillo, Crónica de Enrique IV..., p. 239), como, posteriormente, su homónima princesa Juana y su marido Felipe de Habsburgo, en su camino hacia Toledo para ser jurados, fueron recibidos bajo palio.
434
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 435
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
después de tomar posesión de su corona y título real. Es lógico que quisiera perpetuar el espíritu que percibió en ciudades como Valencia, cuyas autoridades cuidaron hasta el más mínimo detalle la forma de honrar la persona de su señor natural 54. Fernando retornaba a Castilla eufórico, imbuido de un estrenado y pleno sentimiento de realeza. Este sentimiento se acrecentaba con el nuevo estado de cosas que encontraba en Castilla. La firma de la paz con los portugueses significaba el reconocimiento total de su título real castellano y la capitulación de los nobles 55, enfrentados hasta entonces con los reyes, suponía el acatamiento de su posición de poder. Se percibían, no obstante, ausencias significativas, como la del marqués de Villena, que se encontraba retirado en sus territorios al tiempo de entrar Fernando en Toledo. Su relación con los reyes era bastante tensa, a causa del incumplimiento por ambas partes de las capitulaciones firmadas años antes. Todas estas circunstancias quiso el rey simbolizarlas en su entrada a Toledo que, como aquella otra efectuada tras la victoria de Peleagonzalo en la misma ciudad, pretendía ser triunfal. Fernando, o sus agentes de propaganda, decidieron emplear elementos que causaran impacto en la población y que, a la vez, fueran representativos del significado simbólico de la realeza y de la fortaleza de su poder. En todas estas entradas que realizó en Castilla a lo largo de su viaje, fueron incorporados a la comitiva regia ciertos animales salvajes, imitando las mismas entradas reales que había efectuado recientemente en los reinos de Aragón. En esa reciente entrada, Fernando entró acompañado de un tigre y de lo que los espectadores percibieron como un unicornio 56. Tales animales salvajes reunían todos los matices simbólicos deseados. En el Cronicón de Valladolid se afirma que Fernando entró en Toledo el día 24 de octubre y trajo un elefante vivo. No era la primera vez que se veía un elefante en Castilla, aunque sí hacía “muy grandes tiempos que no era visto” 57. 54
La primera entrada real de Fernando en Valencia está bien documentada a partir de los materiales recogidos por S. Carreres, Libre de memòries de diversos sucesos e fets memorables..., p. 668-670. 55 No todos los nobles que apoyaron a la princesa Juana terminaron capitulando para integrarse en la obediencia de Isabel y Fernando, algunos abandonaron Castilla para asentarse en Portugal, a la sombra del rey que habían seguido durante la guerra. Dejaron el reino la condesa de Medellín y Juan de Porras, que ejercía de mayordomo de Alfonso V; Pedro de Avendaño, alcaide de Castronuño, se asentó en Oporto (H. Baquero, “Os confrontos fronteriços...”, pp. 1.708-1.712). Alonso de Monroy, en vistas de que no pudo conservar el título de maestre de Alcántara que reclamaba para sí, marcharía a Portugal en 1481, donde viviría a costa de las rentas de la encomienda de Zagala y de la mesa maestral que le fueron concedidas (Memorial histórico español..., VI, p. 109). 56 “La hu era un honicorni, el altre un tigre de manera de lleopart tot virat, molt bell animal (Libre de memòries..., p. 670). El tigre no fue depositado en el alcázar de Valencia para enriquecer la colección de leones que ya poseía. Los reyes aragoneses disponían de seis leones y dos leonas. (M. Ballesteros Gaibrois, Valencia y los Reyes Católicos (1479-1493), Valencia, 1943 (separata de los Anales de la Universidad de Valencia, año XX, 1943, cuaderno 13. Datos sobre estos leones en la apoca closa de 7 de enero de 1480, apéndice, n.º 10, n.º 28 y n.º 34). Véase también M. Ballesteros Gaibrois, “Los leones del Rey Católico”, Correo Erudito, III, s.l. s. a. Las fieras de los reyes aragoneses han sido motivo de varios artículos: A.M. Adroer, “La possessiò de lleons simbol de poder”, pp. 257-268; A. Blasco, “La Casa de Fieras de la Aljafería de Zaragoza y los judíos”, pp. 291-318, ambos en El poder real en la Corona de Argón (siglos XIV-XVI), XV CHCA, I, vol. 3. 57 Cronicón..., pp. 143-144. Lecturas apresuradas de las fuentes obligan a precisar errores tan absurdos como el de A. Fernández de Córdova que, citando al autor del Cronicón, concluye que: “Los Reyes
435
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 436
Ana Isabel Carrasco Manchado
Datos documentales confirman que Fernando se hizo también acompañar de un tigre que traían encerrado en un carro, el mismo tigre que había entrado con él en Valencia. El elefante podía ser el mismo animal que los valencianos vieron como un unicornio 58. Resulta difícil imaginar y describir el impacto que causaría en Toledo la imagen de Fernando escoltado por fieras tan fabulosas y mágicas en el imaginario de la época. A buen seguro, la gran mayoría de los vecinos y moradores de Toledo nunca habría visto, ni habría soñado ver con sus propios ojos a estos animales vivos 59, aunque algunos de ellos pudieran haber visto representada su figura. El simbolismo de los animales proporciona un abanico de significados múltiples 60, según el marco referencial (sermones, bestiarios, tratados enciclopédicos, heráldicos...) del que participara cada uno de los espectadores, de ahí su eficacia propagandística. Al mismo tiempo se convierte en un poderoso recurso de sugestión, al comunicar sensaciones variadas, y puede que contradictorias (miedo, asombro, seguridad, fuerza, poder). Significados y sensaciones confluyen en la persona de Fernando. Los animales representan alguna de sus capacidades regias o figuran y resumen el estado ideal de la situación política castellana (la victoria sobre los portugueses, la paz y la nueva situación de poder). Los dos animales simbolizan el poder. Para algunos autores clásicos, el elefante, el animal terrestre más grande del mundo, representa la realeza, por su fuerza en el combate y por su prudencia. En ocasiones se asimila con el emperador, en tanto que se trata de un animal capaz de vencer a la serpiente, que simboliza el mundo. En esta época se sabía que los elefantes habían sido utilizados por los emperadores romanos en sus entradas triunfales y algún erudito tendría en la memoria el elefante que Harun al-Rashid regaló al emperador Carlomagno o, más cercano, el elefante que regaló el sultán de Egipto al emperador Federico II, ampliamente utilizado por éste en sus ceremonias de triunfo sobre el papa. Los elefantes constituían un regalo de estado y por esta circunstancia fueron considerados también como símbolos de paz y alianza. El tigre, por su parte, representa la furia y la voracidad. Se creía que era prácticamente el único animal que podía vencer a un elefante. Los Católicos efectuaron sus entradas en varias ocasiones sobre (sic) animales exóticos (...) Fernando a lomos de un elefante” (La corte de Isabel I, Madrid, 2002, pp. 315 y 373). 58 En una apoca closa firmada en Barcelona el 14 de febrero de 1481, aparece el pago a Abdalá, “moro”, y a Bolcayt del Cairo, por llevar desde Valencia, a partir del 14 de octubre de 1479 a Toledo un tigre en un carro (M. Ballesteros, ibídem, apéndice, n.º 35, n.º 47). El día 13 de octubre Fernando se encuentra todavía en Valencia (Itinerario), luego, el tigre le acompañó desde Valencia durante todo su viaje hasta Toledo. En cuanto al otro animal, es más que probable que lo que el analista valenciano anotó como unicornio fuera en realidad el elefante que menciona el castellano. Si esto es así, también el elefante viajaría con Fernando desde Valencia a Toledo. 59 Con excepción de aquellos que tuvieran acceso a los palacios reales o a las grandes cortes nobiliarias. Jerónimo Muntzer vio un elefante en la casa palacio del conde de Benavente: ¿sería un regalo de Fernando de Aragón? 60 Sobre el simbolismo animal en la Edad Media existen múltiples trabajos (véase la bibliografía citada en A.I. Carrasco Manchado, “La metáfora animal en la propaganda política de los Reyes Católicos (1474-1482)”, Cahiers de linguistique et de civilisation hispaniques médiévales, 25 (2002), pp. 399-419).
436
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 437
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
monarcas del Renacimiento retomarán e impulsarán la práctica de regalar estos y otros animales a príncipes eminentes o al papa 61. Fernando se comportaba, ya en esta entrada, como un príncipe moderno del Renacimiento. Elefante y tigre comunicaban su fuerza simbólica a Fernando, acentuando de manera poderosa su realeza, su vigor militar y su paso triunfal por las calles de la ciudad. Los animales pudieron también simbolizar a los derrotados, siendo una alegoría de la realeza abatida de su enemigo Alfonso de Portugal. Téngase en cuenta que los valencianos vieron al tigre a manera de leopardo y el leopardo, unido a la realeza, suele simbolizar la bastardía, la realeza ilegítima. Alfonso de Jaén, autor de El espejo del mundo, una crónica del conflicto sucesorio en clave alegórica, llegó a comparar a Alfonso V de Portugal con un leopardo 62. Sea como fuere, si el rey era capaz de someter tales fieras, podía vencer a cualquiera. Se extendía por la ciudad un clima de terror y de seguridad al mismo tiempo. Los que vieran a Fernando desfilar así podían convencerse, para bien o para mal, de la solidez del brazo real que les iba a dominar y gobernar en el futuro. No hay duda, pues, de que el rey de Aragón, trayéndose desde la otra punta de la Península estos animales, quiso, conscientemente, aprovechar el capital simbólico que había acumulado en todas las entradas propagandísticas que realizó en su reino. En Barcelona, Fernando había sido recibido como un nuevo Mesías 63. Pensamos que, con su entrada, quería eclipsar de algún modo el prestigio que había acumulado Isabel esos meses con la firma de la paz con Portugal, ya pregonada por Castilla. Fernando recogió los frutos políticos que laboriosamente había negociado Isabel y ahora se presentaba a sí mismo como monarca triunfador. Si no podía tomar posesión de Castilla, tal y como acababa de hacer de Aragón, al menos, la propaganda podría crear la ilusión de que así era. 3.2. “En aquellas Cortes de Toledo... avía cinco consejos”: la imagen distorsionada de las sesiones de cortes Se desconoce la fecha exacta en la que dieron comienzo las sesiones de cortes. Se da la circunstancia de que, al poco de llegar Fernando, nació la infanta Juana, el día 6 de noviembre. Las cortes no empezaron antes de ese momento. 61
Covarrubias recordaba a mediados del xvi el famoso elefante que el rey Manuel de Portugal envió como regalo al papa León, un magnífico elefante que viajó hasta Roma en una nave. Se trata del elefante Hannón, dibujado por Rafael. También recordaba Covarrubias el elefante que le fue regalado a Felipe II y que le trajeron hasta Madrid (véase, Tesoro..., voz elefante). 62 “Los animales de rapinya (...) dizen que todos se juntaron contra l’águila e tomaron por capitán un león pardo llamado por nombre Galtupor de Yre el, con el qual vinieron la vía de Ramoça”, A. de Jaén, El espejo del mundo..., p. 201. Alfonso de Jaén escribe al revés “el rey de Portugal” y “Çamora”. 63 Los aragoneses, valencianos y, especialmente, los catalanes, prepararon a Fernando recibimientos a la medida de sus deseos de contar con la presencia del rey. En Barcelona, el Consell de Cent comparó a Fernando con el Mesías que iba a salvar al reino de los desórdenes que todavía padecía a consecuencia de la crisis y la guerra civil (M.A. Pérez Samper, “La presencia del rey ausente: las visitas reales a Cataluña en la época moderna”, en A. González y J.M. Usunáriz (dirs), Imagen del rey, imagen de los reinos. Las ceremonias públicas en la España Moderna (1500-1814), Navarra, 1999, p. 73).
437
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 438
Ana Isabel Carrasco Manchado
Sin duda habría que celebrar el acontecimiento (misa de acción de gracias, bautizo) y, puesto que la reina habría de estar presente en la inauguración, era obligado, entonces, esperar a que diera fin el periodo de los cuarenta días después del parto, tiempo adecuado para asegurarse de que la reina había superado los peligros del alumbramiento. Tales circunstancias suponen aproximarse al mes de diciembre. Con fecha de 6 de noviembre se firma un poder concedido por el concejo de Ávila a Diego del Águila, el procurador que habría de representarles en las cortes. Al dorso de esta carta se dice que dicho poder fue presentado el día 15 de diciembre “estando juntos los procuradores de las çibdades e villas destos reynos en Sant Pedro Mártyr, según lo an de uso e de costunbre” 64. Así pues, las cortes dieron comienzo a mediados de diciembre. Sobre el carácter propagandístico de las cortes en general, y las de 1480, en particular, se ha escrito algún trabajo 65. Podemos aplicar muchos de los argumentos que ya hemos empleado para explicar las cortes de Madrigal. Comparte con ésta una finalidad propagandística, a la par que legitimadora: proceder a la jura del príncipe heredero, como antes, en las cortes de 1476 se había jurado a la entonces primogénita de Isabel, al tiempo que se ratificaba su compromiso matrimonial. Las circunstancias de unas y otras cortes, son, sin embargo, radicalmente diferentes. En estas fechas, el consenso es mayor, todas las ciudades con voto en cortes han prestado la debida obediencia a los reyes (recordemos que en aquellas cortes, Madrid, Toro y Córdoba permanecían en situación de rebeldía). No obstante, como veremos, a pesar de la mejora de la situación política, no estará ausente cierta intención propagandística de fabricar el consenso. Desgraciadamente es muy pobre la información sobre el funcionamiento, el ceremonial y el protocolo de las cortes castellanas de esta época. Esta precariedad documental es ya un indicio del escaso interés por hacer de las cortes un escenario singular acorde con su función representativa y de gobierno. Contrariamente a lo que sucede con las asambleas de otros reinos, no parecen ser las cortes castellanas un lugar privilegiado de la propaganda, no, al menos para la propaganda que se canaliza por medio del lenguaje visual y gestual. Si en otros actos solemnes el espacio arquitectónico donde se desarrollaban cumplía una función simbólica destacada, no sucede lo mismo con las cortes castellanas en el desarrollo de su función de gobierno. En Toledo, las sesiones generales tuvieron lugar en la iglesia de San Pedro Mártir, que era el ámbito tradicional de reunión de las cortes cuando se celebraban en Toledo. No sabemos, sin embargo, qué proporción de sesiones se desarrolló en esa iglesia, puesto que los estudiosos de estas cortes citan, además, otras 64 65
R. Bustamante y J.M. Calderón, Colección diplomática del príncipe don Juan..., pp. 35-37. Para la Corona de Aragón, véase P. Corrao, “Celebrazione dinastica e costruzione del consenso nella Corona d’Aragona”, Le forme della propaganda..., pp. 133-156; Para las cortes de los Reyes Católicos, J.M. Carretero, “Representación política y procesos de legitimación”, Orígenes de la monarquía..., pp. 177-205; “La consolidación de un modelo representativo: las Cortes de Castilla en época de los Reyes Católicos”, en J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política, Valladolid, 2001, pp. 259-291.
438
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 439
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
sedes. Se produjo, pues, una dispersión espacial. El Consejo Real se reunió con la nobleza en las casas del contador mayor Fernando Martínez, procurador de Toledo, y otras reuniones fueron convocadas en la casa de López de Ayala. La dificultad de las negociaciones y de conjugar los distintos intereses enfrentados se ha aducido como causa de esta dispersión espacial 66. El relato cronístico más completo sobre la celebración de estas cortes es el que ha dejado para la posteridad Fernando del Pulgar. Es muy significativa la descripción que hace de los espacios en donde se desarrollaban las sesiones de las cortes. Según su testimonio, el edificio elegido fueron los palacios en los que residían los reyes en Toledo (¿las casas del contador mayor Fernando Martínez?, ¿la casa de López de Ayala?), en donde había cinco salas ocupadas por cinco consejos: “En aquellas Cortes de Toledo, en el palaçio donde el rey e la reyna posavan, todos los días avía çinco consejos, en çinco apartamientos que avía en el palaçio real: en el uno estava el rey e la reyna, con algunos de su Consejo que ellos llamavan, para ver e entender en las enbaxadas de los reynos estraños que venían a ellos, e en las cosas que se tratavan en corte de Roma con el Santo Padre, e con el rey de Françia e con los otros reyes, e para las otras cosas que heran neçesarias de se proveer por expediente. En otra parte estavan perlados e doctores, que entendían en oy´r las petiçiones que se davan, e en dar cartas de justiçia; e estos tenían tanto trabajo en ver demandas e respuestas e proçesos e ynformaçiones que venían de todas las partes del reyno ante ellos, que no podiendo sufrir el trabajo, por ser muchas las causas, e de diversas calidades, repartían entre sí los cargos para hazer relaçión en aquel Consejo, e después todos juntos veían las relaçiones de los proçesos, e davan secretamente sus votos e pronunciavan todos juntos las sentencias definitivas en las causas, aviéndolas primero platicado, oyendo las disputas de los letrados. En otra parte del palaçio estavan cavalleros e doctores naturales de Aragón e de Cataluña e de todo el reyno de Seçilia, e de Valençia, que vey´an las petiçiones e damandas, e todos los otros negoçios de los que venían de aquellos reynos antel rey e ante la reyna. En otra parte del palaçio estavan los diputados de las Hermandades de todo el reyno, que vey´an e expedían todas las cosas conçernientes a las Hermandades, segúnd las leyes que tenían. En otra parte estavan los contadores mayores e ofiçiales de los libros de la hacienda e patrimonio real los quales facían las rentas e libravan las graçias y mercedes e otras cosas que el rey e la reyna facían e avían de determinar las causas que convenían a la hacienda e patrimonio real” 67. 66
J.M. Carretero, Cortes, monarquía..., p. 151. Una imagen comparativa con relación al lugar de celebración de las cortes en otros reinos peninsulares en X. Barral Altet, “El marc monumental de celebració de les Corts a l’Edat Mitjana”, Les Corts a Catalunya. Actes del congrés d’historia institucional, Barcelona, 1991, pp. 407-411. 67 F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 421-422.
439
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 440
Ana Isabel Carrasco Manchado
Añade Pulgar que “de todos estos consejos recurrían al rey e a la reyna con qualquier cosa de facultad que ante ellos venía”. Esquemáticamente, el modelo espacial resultante de la descripción de Pulgar sería el siguiente: Las sesiones de las Cortes según Fernando del Pulgar: Toledo, palacio real Primer Consejo “Perlados e doctores, que entendían en oy´r las petiçiones que se davan, e en dar cartas de justiçia”.
Segundo consejo “En otra parte estavan los contadores mayores e ofiçiales de los libros de la hacienda e patrimonio real los quales facían las rentas e libravan las graçias y mercedes e otras cosas que el rey e la reyna facían e avían de determinar las causas que convenían a la hacienda e patrimonio real”.
Tercer consejo “El rey e la reyna, con algunos de su Consejo que ellos llamavan, para ver e entender en las enbaxadas de los reynos estraños que venían a ellos, e en las cosas que se tratavan en corte de Roma con el santo padre, e con el rey de Françia e con los otros reyes, e para las otras cosas que heran neçesarias de se proveer por expediente”.
Cuarto consejo “Los diputados de las Hermandades de todo el reyno, que vey´an e expedían todas las cosas conçernientes a las Hermandades”.
Quinto consejo “Cavalleros e doctores naturales de Aragón e de Cataluña e de todo el reyno de Seçilia, e de Valençia, que vey´an las petiçiones e demandas, e todos los otros negoçios de los que venían de aquellos reynos antel rey e ante la reyna”.
La visión de Pulgar no concuerda mucho con la dispersión espacial que antes apuntábamos. El cronista parece haber reducido y centrado su perspectiva sólo en lo que atañe a los reyes, porque ¿dónde están en este relato los procuradores de las ciudades? A pesar de ser la imagen de Pulgar la que más ha influido en la imagen que en momentos posteriores se tuvo de estas cortes, parece que al cronista las cortes como tales no le interesan lo más mínimo. Es sólo la función gubernativa y de justicia de los reyes y de los órganos de la administración central que articulan dicha función (consejo real, cámara, contadurías de hacienda, el reciente aparato de la Hermandad General...) lo que considera el cronista oficial digno de ser destacado en la gran convocatoria de Toledo 68. 68
Se trataría, pues, de un cuadro consecuente con el resultado de las reformas decididas en estas cortes, la consolidación de los órganos de la administración regia: el Consejo Real, los alcaldes de Casa y Corte, Chancillería y Audiencia (S. de Dios, El consejo Real de Castilla (1385-1522), Madrid, 1982, pp. 431-441;
440
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 441
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Pulgar ha eclipsado el papel político de los representantes del reino, los procuradores de las principales ciudades y villas del reino 69. La única intervención de peso que les concede es la de jurar al príncipe heredero, pero no es digna de mencionar su tarea de gubernativa. Prefiere, por el contrario, mencionar la presencia de consejeros de Aragón que atendían las peticiones de los súbditos naturales del rey Fernando en el quinto consejo, una actividad ajena por completo a las cortes castellanas. La imagen de Pulgar no representa más que una forma más perfecta de aquel tribunal de justicia por él descrito cuando la reina asentó su corte en Sevilla 70. El comienzo del reinado, que puede fecharse como tal en este momento, no se iniciaría, por tanto, con una labor de gobierno conjunta de los reyes con sus ciudades, de la monarquía con el reino, tal y como se había anunciado en la carta de convocatoria de las cortes de Madrigal. Se inicia, según la imagen de Pulgar, con una labor eficaz de gobierno de los monarcas y sus colaboradores directos (los reyes y sus consejeros). Se trataría de la actividad gubernativa normal de los reyes en su corte, y no en las Cortes 71. Parece, pues, que los reyes no mostraron excesivo interés en hacer de estas cortes, mientras se desarrollaban, un medio de propaganda de primer orden como instancia de gobierno conjunto. No quiere esto decir que no se le diera relevancia alguna. Son los reyes los que definieron y jerarquizaron el grado de importancia simbólica que quisieron conceder a las cortes. La inauguración y su clausura fueron, al parecer, los momentos elegidos para difundir los mensajes propagandísticos de la realeza. Estos tomaron forma en los discursos de apertura y de clausura pronunciados por el presidente de las cortes, Gómez Manrique, el íntimo colaborador de los reyes, corregidor, por entonces, de Toledo, personaje al que hemos visto en diversas ocasiones actuando como agente de propaganda. Sólo se conserva con seguridad el razonamiento o proposición pronunciada el día de la clausura pero, por este mismo testimonio, sabemos que también hubo un razonamiento el día de la apertura de sesiones, propuesto por C. Garriga, La Audiencia y las Chancillerías Castellanas (1371-1525), Madrid, 1994, pp. 133-137), incluyendo los órganos que se ocuparán de administrar la gracia regia (S. de Dios, Gracia, merced..., pp. 126 y ss). 69 Esta visión cronística sobre las cortes se corresponde con la que habitualmente venían reflejando los cronistas castellanos. E. Mitre ha puesto de relieve que “al revés de lo que sucede en el presente, los historiadores-cronistas del Bajo Medievo y los teorizadores de la vida política castellana, con unos sistemas de valores evidentemente cercanos a los de la nobleza, no parece que consideraran la asistencia de representantes del tercer estado como elemento clarificador para definir la existencia de una reunión de Cortes. Lo que cuenta para ellos es la presencia de magnates laicos y eclesiásticos. Ello parece constituir la circunstancia básica, e incluso la única, para la utilización del término Cortes” (E. Mitre, “La nobleza y las Cortes de Castilla y León”, en Las cortes de Castilla y León en la Edad Media, II, ed. Cortes de Castilla y León, 1988, p. 98 70 Todo su interés radica en describir cómo se decidían las sentencias, aludiendo, además a la labor de los alcaldes de corte (F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 422). 71 Sobre la influencia de la corte en las Cortes, véase S. de Dios, “Las cortes de Castilla y León y la Administración Central”, en Las cortes de Castilla y León..., pp. 257- 317. El relato escenifica el mayor intervencionismo regio sobre las cortes que supuso el reinado de los Reyes Católicos (J. M. Carretero, “La consolidación...”, pp. 276-280).
441
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 442
Ana Isabel Carrasco Manchado
él mismo 72. Cabría, casi con toda seguridad, identificar el discurso de apertura pronunciado por Gómez Manrique con un texto conservado en un borrador manuscrito de estas cortes 73. Gómez Manrique habló en presencia de los reyes, que asistieron a la inauguración y a la clausura de las cortes, y a ellos dirige sus discursos, declarándose portavoz de los representantes del reino 74. Hay que decir que este papel, asumido por el colaborador de los reyes sin atender al uso habitual, constituye un rasgo más de control regio 75. A esos dos días se les concedió un valor solemne propio, precisamente por contar con la presencia real: se podía percibir al completo (o casi) el cuerpo político, la cabeza (bicéfala) de la monarquía y su cuerpo, el reino. No sabemos si estas dos reuniones solemnes tuvieron lugar en la sede de la iglesia de San Pedro Mártir o en el palacio donde residían los reyes. Este dato nos daría la clave sobre si, al menos en esos días, los reyes quisieron honrar a las Cortes, acudiendo a su sede, o si, por el contrario, fueron los procuradores los que acudieron a palacio, con lo cual, incluso en esos días solemnes, los reyes mostrarían su posición de poder, restando protagonismo al reino. El resto de la actividad de los procuradores permanece ajena a la propaganda. Sólo ha quedado representada la actividad normal de gobierno de los reyes y de sus consejeros y órganos de Justicia y Hacienda, relatada por Pulgar. El otro momento clave en el que cobraron las Cortes un sentido propagandístico claro fue el de la jura del príncipe Juan. 3.3. “Acordaron los grandes del reyno e los perlados, e cavalleros e ricos-omes e los procuradores de las çibdades e villas de jurar al prínçipe don Juan”: la jura del sucesor Transcurrido un mes y medio desde la apertura de las Cortes, se procede a ceremonializar la jura del nuevo heredero. Desde la proclamación de Isabel en Segovia, era la segunda vez que se realizaba esta ceremonia, y no sería la última. Los avatares históricos dieron como resultado una circunstancia sin precedentes en otros reinados: los representantes del reino hubieron de reunirse cinco veces en el mismo reinado de Isabel para jurar a cinco herederos distintos. Este acto 72
La “proclama de Gómez Manrique, presidente de las Cortes de 1480, a los reyes”, fue editada por J. M. Carretero, a partir del manuscrito de la RAH, 9/1784, fol. 142, en su Corpus documental..., doc. 74. En ella, dice Gómez Manrique: “Con aquel mismo temor e conosçimiento, muy eçelentes señores, de la grandeza de vuestros reales estados que me enbaraçan, e de la biveza de vuestros altos yngenios que me turban, e con aquel mismo ahínco destos honorables procuradores con que fise la primera propysyçión que en estas cortes se hizo, haré esta postrera”. 73 En la Biblioteca del Palacio Real de Madrid, ms. II/208, fols. 251-252. El estilo de ambos razonamientos es el mismo. 74 “Vuestras umanas condiçiones me da osadía (...) de dezir e diga lo que por estos nobles cavalleros que quí en nombre de vuestro reynos a mi es encargado”, BPR, Ms. II/208, fol. 251r. 75 El discurso de apertura correspondía por uso tradicional al procurador burgalés. Gómez Manrique, corregidor entonces en Toledo, que actuaba, además, como procurador por esta ciudad, fue nombrado presidente de procuradores. Actuaba, en la práctica, como un “verdadero delegado de la Corona y portavoz de los intereses específicos de ella” (J.M. Carretero, “La consolidación...”, p. 281).
442
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 443
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
ceremonial proporciona la posibilidad de poner en escena una prueba contundente de la legitimidad dinástica, y no deja de resultar una paradoja de la historia que un reinado como éste, nacido de una crisis de legitimidad, contara con todas esas posibilidades de reinstaurarse y de poner a prueba la fuerza del reconocimiento de todos los grupos políticos. En su lugar analizamos la primera ceremonia de jura, la que tuvo lugar entre Madrigal y Segovia, durante las cortes de 1476. El significado político del acto es el mismo en ambos casos. La jura del heredero siempre es legitimadora. Lo que concede un matiz diferenciador es el momento en que se celebran todos ellos. Superada la crisis, y según se avance en la consolidación del poder, el significado propagandístico se debilita o toma otra dimensión, puesto que los resortes del consenso se encuentran bien apretados. La jura de la princesa Isabel, por el momento en que se organiza, en 1476, en plena guerra dinástica y civil, obedece a una intención profundamente legitimadora, pero, esa misma crisis dificultó el que pudiera celebrarse con la solemnidad deseada. En el caso de la jura del príncipe Juan, la intención se mantiene, puesto que la jura del heredero, acabada la guerra, es el broche simbólico ideal con que cerrar definitivamente la etapa de crisis y hacer olvidar los defectos en la sucesión de la reina. El tiempo en que se celebra, recién firmada la paz, facilita el que pueda celebrarse de manera que quede mejor representado el consenso hacia la nueva dinastía. No obstante, dicha visión representativa no estuvo exenta de deficiencias, tal y como veremos a continuación. La ceremonia puede reconstruirse a partir de fuentes de naturaleza bien distinta, narrativa y documental. La visión de Fernando del Pulgar, que recibe, precisamente en el contexto de estas Cortes, el título de cronista oficial, es la que ha “calado” en la imagen historiográfica clásica que ha quedado de estas cortes. Sin embargo, el contraste entre los distintos tipos de fuentes pone al descubierto la visión interesada del cronista oficial. Pulgar comienza su relato diciendo que “En aquellas cortes que se ficieron en la cibdad de Toledo, acordaron los grandes del reyno e los perlados e cavalleros e ricos-omes e los procuradores de las çibdades e villas de jurar al prínçipe don Juan por subçesor destos reynos de Castilla e de León” 76. El término en cursiva, acordaron, nos pone en guardia sobre la perspectiva del autor, ya que atribuye la iniciativa de la jura a todos los estados del reino reunidos en cortes, cuando es sabido que el imperativo regio en esta cuestión estaba por encima de cualquier discusión. El término acuerdo nos introduce en el discurso del consenso. Pulgar continúa el relato diciendo que la ceremonia se celebró “en un día del mes de abril”. Sabemos, por el acta del juramento que se ha conservado, que la fecha correcta de la jura en la catedral corresponde al día 6 del mes de febrero, sin embargo, como veremos, la fecha de Pulgar no está enteramente equivocada. Y es que, contrariamente a lo afirma Pulgar, la ceremonia no se llevó a cabo 76
Todo el relato de Pulgar aquí aludido, en Crónica..., I, pp. 425-426.
443
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 444
Ana Isabel Carrasco Manchado
únicamente en un día. El cronista refiere los nombres de los que juraron ese día de abril en la catedral: “El cardenal de España, e don Luys de la Cerda, duque de Medinaceli; e don Alonso de Cárdenas, maestre de Santiago; e don Pero Hernández de Velasco, conde de Haro, condestable de Castilla; e don Alonso Enríquez, almirante de la mar, tío del rey; e don Pedro Álvarez de Osorio, marqués de Astorga, conde de Trastámara, primo del rey; e don Felipe de Aragón, fijo del prínçipe don Carlos, sobrino del rey; e don Enrique Enríquez, mayordomo mayor del rey; e don Diego López de Stúñiga, conde de Miranda; e don Álvaro de Mendoza, conde de Castro; e don Lorenzo Suárez de Mendoza, conde de Coruña; e don Fernando Álvarez de Toledo, conde de Oropesa; e don Gutierre de Sotomayor, conde de Belalcázar; e don Íñigo López de Mendoza, conde de Tendilla; e don Rodrigo Puertocarrero, conde de Medellín; e don Diego de la Cueva, conde de Ledesma; e don Juan de Silva, conde de Cifuentes; e don Diego Fernández de Quiñones, conde de Luna; e don Alvar Pérez de Guzmán, señor de Santolalla; e don Gutierre de Cárdenas, comendador mayor de León, contador mayor del rey; e don Diego Hurtado de Mendoza, obispo de Palencia; e don Alonso de Burgos, obispo de Córdoba; e don Ramón d’Espés, obispo de Urgel; e don Diego de Santillana, comendador mayor de Alcántara; e don Juan de Cardona y Mosén Requesens, gobernadores de Cataluña, e todos los procuradores de las ciudades y villas del reyno e otros caballeros y ricos omes que se juntaron en aquellas cortes”.
Todos ellos, según Pulgar, habían sido convocados en la catedral y se encontraban delante del altar mayor, dispuestos a proceder al juramento. Antes, había tenido lugar una misa que, curiosamente, fue oficiada por un sacerdote (“juraron sobre un libro misal que tenía en sus manos el saçerdote que avía çelebrado la misa”), y no por el cardenal Mendoza ni por el arzobispo de Toledo Carrillo, quien, dicho sea de paso, no asistió al juramento. Pronunciada la fórmula de juramento, cada uno de ellos prestó pleito homenaje (“E asymismo fizieron pleyto omenage de lo cunplir e guardar por sí e por sus subçesores, e por todas las çibdades e villas destos reynos, según e en la manera que lo avían jurado”). La imagen que transmite el cronista oficial pone el énfasis en el consenso y en la solemnidad. La solemnidad está conformada por el lugar en que se desarrolla, un espacio sagrado, y por el momento, después de una ceremonia litúrgica propiciatoria y sancionadora del compromiso que se va a celebrar. En menor medida está presente en los gestos y en los discursos, porque Pulgar sólo hace referencia al juramento y al pleito homenaje, olvidándose del besamanos que también efectuaron los congregados, y no menciona las palabras del discurso o razonamiento que introdujo la ceremonia. El cronista parece que ha querido describir la ceremonia en un tono litúrgico. Pero, a pesar de esto, creemos que la
444
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 445
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
mayor preocupación de Pulgar era crear la ilusión del consenso: el mismo día, en el mismo lugar sagrado, convergen los miembros más representativos de todo reino y todos repiten el mismo gesto y las mismas palabras, las que sellan el compromiso de reconocimiento del que será, en el futuro, rey y señor de todos. Es, sin duda, un cuadro ideal pero, si observamos con detenimiento, se ven grietas en su descripción que hacen aflorar el conflicto subyacente. Las actas del juramento contradicen esa visión perfecta. La lista de los asistentes que refiere Pulgar, aunque numerosa, contiene ante todo los nobles de más probada fidelidad a los reyes: un alto número de ellos pertenecen al clan Mendoza. Pulgar introduce, además, a aragoneses y catalanes que, obviamente, no tenían por qué jurar al príncipe en las cortes castellanas, teniendo en cuenta que habrían de celebrarse, también en sus respectivos reinos. Podían estar presentes como testigos, pero ellos no juraron ese día al príncipe como heredero de Castilla. A pesar del esfuerzo del cronista, resulta llamativa la ausencia de los nobles, hasta hace poco adversarios y reticentes, el marqués de Villena y los nobles andaluces y otros magnates. La ausencia más llamativa es, quizá, la del arzobispo de Toledo, Carrillo. La jura de 1480 puede estudiarse, además, a partir de varios grupos de documentos. Al acta redactada por el secretario de los procuradores Díaz Sánchez Delgadillo, publicada por Juan Manuel Carretero 77 se añaden ahora dos testimonios más: un borrador de la que debió ser el acta oficial, escrita con letra del secretario real Alfonso de Ávila (el mismo que redactó la de la jura de la princesa Isabel) y otro testimonio notarial con otros juramentos prestados en fecha posterior al 6 de febrero. Estos testimonios documentales ponen de manifiesto la intención falaz de Pulgar 78. En primer lugar, encontramos en la fecha la primera discrepancia con el relato cronístico: la jura en la catedral tuvo lugar el día 6 del mes de febrero, y no en abril. El borrador del acta concreta que este día fue domingo (Alfonso de Ávila, fol. 2r). El espacio elegido para solemnizar la jura fue la catedral, delante del altar mayor (Sánchez Delgadillo, p. 72, Alfonso de Ávila, fol. 2r). Díaz Sánchez Delgadillo, “secretario de las Cortes y de los fechos de los procuradores”, no menciona en el acta redactada por él la misa que se ha celebrado antes de 77
J.M. Carretero descubrió y transcribió, hace algunos años, un grupo de documentos que contenían las actas de las juras como herederos de Castilla del príncipe Juan, en 1480, de los reyes de Portugal (Isabel y Manuel), en 1498, del príncipe Miguel, en 1499 y, finalmente, de Juana y Felipe, en 1502 (RAH, ms. 9/1748). Seguimos su Corpus documental..., doc. 14 (príncipe Juan), pp. 72-73, doc. 15 (Isabel y Manuel), doc. 16 (Miguel) y doc. 17 (Juana y Felipe). El acta de la jura de 1480, redactada por el secretario Sánchez Delgadillo, que actuaba como “secretario de las cortes e fechos de los dichos procuradores”, parece corresponder al testimonio de la ceremonia solicitado por las autoridades de Toledo. Sobre la significación política, propagandística y legitimadora de estas cortes, véase J. M. Carretero, “Representación política y procesos de legitimación”, en Orígenes..., pp. 186-187 (citaremos en el texto como Sánchez Delgadillo, más el número de página). 78 El borrador del acta de Alfonso de Ávila se encuentra en RAH, ms. 9/7161, n.º 22, fols. 2-5 (lo citaremos en el texto como Alfonso de Ávila, más el número de folio). El acta del juramento de diversos nobles, al que haremos referencia más abajo, se encuentra en este mismo manuscrito, n.º 22, en el fol. 1 r-v.
445
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 446
Ana Isabel Carrasco Manchado
proceder a la jura, pero, el borrador del secretario Alfonso de Ávila concuerda en esto con el cronista Pulgar: la jura comienza “acabada de desir la misa mayor” (Alfonso de Ávila, fol. 2r). Sabemos, por las actas de juras posteriores, que cuando la jura se realizaba en la catedral, el acto comenzaba con una misa oficiada por el mismo arzobispo de Toledo 79. En este caso, el primado no pudo oficiar la misa porque éste no asistió a la celebración del juramento. A continuación, las actas dan cuenta de los principales asistentes a la ceremonia (Sánchez Delgadillo, p. 72 y Alfonso de Ávila, fol 2r-v, éste más explícito puesto que el acta sólo menciona los títulos de los asistentes y no los nombres): Pedro González de Mendoza, cardenal (Pulgar) Alfonso de Aragón, duque de Villahermosa Pedro Fernández de Velasco, condestable y conde de Haro (Pulgar) Rodrigo Téllez Girón, maestre de Calatrava Álvaro de Zúñiga, prior de San Juan Alfonso de Burgos, obispo de Córdoba (Pulgar), confesor y capellán mayor de la reina Lorenzo de Mendoza, conde de Coruña (Pulgar) Pedro de Zúñiga, conde de Miranda (Pulgar) Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida Juan de Silva, conde de Cifuentes (Pulgar) Diego López de Zúñiga, conde de Nieva Pedro de Villandrando, conde de Ribadeo Pedro de Zúñiga Fradrique, hijo del duque de Alba Alonso Enríquez (Pulgar), hijo mayor de Enrique Enríquez conde de Alba de Liste Juan de Ribera Pedro de Ayala, hijo mayor del conde de Fuensalida “juntos con los procuradores de Cortes de las çibdades e villas destos reynos de Castilla e León” (Pulgar) Siete de los personajes mencionados por las actas aparecen también en el relato de Pulgar (además de los procuradores). El resto de los que aquí aparecen son olvidados por el cronista, pero más significativo resulta el hecho de que el secretario Alfonso de Ávila no mencione en su borrador a los diecinueve restantes que consigna Pulgar. ¿El secretario no consideró necesario citar a todos los magnates presentes o es que no estuvieron realmente presentes en la jura ese día? Téngase en cuenta que algunos de los mencionados por Pulgar no estaban habilitados para jurar en las cortes castellanas, como los gobernadores catalanes. De momento, hemos de concluir, a partir de esta lista de nombres, que la asistencia de grandes fue bastante reducida y, sobre todo, que la presencia de prelados 79
Compárese con las actas correspondientes a las juras de 1498 y de 1502 (J.M. Carretero, Corpus..., docs. 15 y 17).
446
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 447
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
resulta francamente pobre, sobre todo si se la compara con las siguientes juras de herederos que acontecieron en la última etapa del reinado, descritas en las actas correspondientes 80. En esta lista predomina, como en la de Pulgar, el clan de los Mendoza y destacan también varios miembros de los Estúñiga, aunque falta el principal oponente de los reyes, reconciliado en 1476, Álvaro de Estúñiga, en esa fecha todavía conde de Plasencia. Otros pertenecen a la nobleza toledana. Los únicos prelados presentes en la ceremonia pertenecen al círculo de Isabel, el cardenal y Alonso de Burgos, su capellán mayor. Acabada la misa, parece que es el propio secretario real Alfonso de Ávila el que da lectura a una suplicación o razonamiento declarando las circunstancias que motivan este nuevo juramento (menciona el anterior juramento a la princesa Isabel y su nulidad por acontecer las nuevas circunstancias que contemplaban dicha anulación). El razonamiento introduce los términos que condicionan el nuevo compromiso que va a tener lugar (reconocimiento del príncipe Juan como heredero y aceptación de las condiciones del testamento de Isabel en el caso de que muera antes que el rey Fernando). Acabada la lectura se procede a la promesa y juramento, que se realiza de la forma acostumbrada: primero el cardenal y el obispo de Córdoba, como eclesiásticos, juraron “poniendo cada uno de ellos su mano derecha en sus pechos” (Alfonso de Ávila, fol. 4v), después los caballeros y, por último, los procuradores de cortes, que juraron por Dios y por Santa María y por la señal de la cruz y los Evangelios escritos en un libro misal que les presentaron y que tocaron cada uno de ellos con sus manos derechas. Prometieron, acto seguido, la fidelidad y obediencia, besando la mano del príncipe, “en señal de obidiençia e reconosçimiento” (besamanos). Cada uno de los presentes juró diciendo “Sí juro” y apelaron a las sanciones espirituales y temporales que caen sobre los que rompen un juramento y sobre los que actúan en contra de la promesa de fidelidad (Sánchez Delgadillo, pp. 72-73). La promesa de obediencia se selló con el pleito homenaje: “Los dichos señores cardenal e obispo de Córdoba como prelados e los otros commo cavalleros e commo fijosdalgo en manos del dicho señor duque de Villahermosa que dellos lo resçibió e el dicho señor duque de Villahermosa fiso el mismo pleito omenaje en manos del dicho señor condestable que dél lo resçibió” (Alfonso de Ávila, fol. 6v). A continuación se produce la protesta ritual de las autoridades que representan a la ciudad de Toledo, que mantiene su particular conflicto de precedencia en las Cortes con la ciudad de Burgos. Según se puede observar en las actas de los años posteriores, al menos siempre que el juramento se realiza en Toledo, en la catedral, la ceremonia da término con esta protesta ritual y con el juramento-besamanos y pleito homenaje de los procuradores o autoridades 80
J.M. Carretero, contrastando el acta con el relato de Pulgar, ya observó que “la asistencia de nobles no fue mucha, a pesar de los esfuerzos de Pulgar por enmascarar la realidad” (Cortes, monarquía..., p. 151). El secretario pudo dejarse algún grande en el tintero pero, no hay expresiones como la del acta de 1498: “e otros muchos perlados e cavalleros e ricos omes”, que haga sospechar que así fue. En esta ceremonia de 1498 la representación del reino resulta más perfecta (Corpus..., doc. 15, pp. 73-74).
447
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 448
Ana Isabel Carrasco Manchado
toledanas, gestos que efectúan siempre en último lugar y en un espacio distinto dentro de la catedral; concretamente, en el acto de 1480, sucedió, no en el altar mayor, sino junto a la puerta del Perdón de la catedral. El protocolo reservado a los procuradores de Toledo exigía una publicidad mayor 81. El acta termina consignando algunos de los testigos que asistieron al acto: el contador mayor y consejero Gutierre de Cárdenas, el contador mayor, consejero y mayordomo mayor Gonzalo Chacón, Luis de Tovar, Lope de Valdivieso, Pedro de Silva, maestresala de los reyes, Fernando de Acuña y Sancho de Castilla, el canciller Alonso Sánchez de Logroño y los doctores y consejeros Juan Díaz de Alcocer y Antón Rodríguez de Lillo. Casi todos ellos personajes destacados del círculo de consejeros de los reyes. La estructura de la ceremonia básicamente sigue el mismo modelo que el de la jura de la princesa Isabel en Segovia y en Madrigal. Pero la ceremonia de Toledo resulta más completa, puesto que a las promesas y juramentos añaden el pleito homenaje y un protocolo particular que atañe a los procuradores toledanos pero que es señal de normalidad. También hay que hacer notar que la celebración tiene lugar en un espacio especial, sagrado, y al término de una misa. La presencia del heredero es constante. La solemnidad fue, sin duda, mayor. La ceremonia de 1476 presentó unas dificultades añadidas por la dispersión espacial producida por el hecho de no hallarse la princesa Isabel en Madrigal, lugar de reunión de las cortes en presencia de los reyes, y también por la dispersión temporal, puesto que los procuradores murcianos acudieron a destiempo. Esta circunstancia le restó efectividad propagandística. En este tipo de acto ceremonial interesa analizar la representación del consenso como una de las claves para determinar la intencionalidad propagandística. En el caso de 1476 observábamos que el acta se refería siempre y únicamente a los procuradores como agentes realizadores del juramento y demás compromisos. Para el caso de 1480, no hay duda de que juraron en la catedral, además de los procuradores ciudadanos, los nobles y prelados que se hallaban presentes 82. La escritura de Alfonso de Ávila, a pesar de ser un borrador con tachaduras y correcciones, denota en su autor cierto afán de exactitud. Lo prueba, por ejemplo, que tache la palabra grandes y añada condes 83. Es de notar 81
Sólo el acta del secretario de los procuradores Sánchez Delgadillo recoge este acto, que falta en el acta del secretario real Alfonso de Ávila. Juraron en representación de Toledo el corregidor Gómez Manrique y Francisco Martínez de Toledo, contador de los reyes, según había hecho cada uno de los procuradores. En las juras de 1498 y 1502, este juramento tuvo lugar al lado de la “puerta de la claustra de la yglesia mayor de la dicha çibdad que es çerca del postigo de la capilla de Sant Pedro”. En esas ocasiones, además de los procuradores de Toledo, juraron todas las autoridades municipales toledanas (Sánchez Delgadillo, pp. 75 y 80). 82 A pesar de que el acta de Sánchez Delgadillo y del secretario real Alfonso de Ávila presentan alguna contradicción que pusimos de manifiesto en A.I. Carrasco Manchado, Discurso político y propaganda..., pp. 951-953. 83 Por dos veces tacha grandes en su borrador: “Por ende quel dicho señor cardenal e el dicho señor duque e el dicho señor condestable e maestre de Calatrava e los otros (tachado: grandes) condes e cavalleros suso nombrados (...) los otros señores cardenal, duque de Villahermosa e condestable e maestre de Calatrava e
448
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 449
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
también que Alfonso de Ávila, al mencionar a los que anteriormente habían jurado a la princesa Isabel dice que lo hicieron “el señor cardenal e condestable e los procuradores”, lo que viene a confirmar la idea ya apuntada de que sólo participaron en la ceremonia los procuradores (en algún otro momento jurarían los más próximos cortesanos que acompañaban a la reina, entre los que se hallaban el cardenal y el condestable). Sin embargo, esta exactitud no casa bien con la intención propagandística de figurar el consenso. Revela más bien la dificultad de conjugar la realidad con la imagen ideal que se quiere transmitir. Por contra, el afán de concreción del secretario real nos permite confiar en que los que juraron al príncipe el día indicado fueron, estrictamente, los que aparecen consignados con sus nombres (más los procuradores) y no otros nobles ni otros prelados. No hubo otros nobles ni otros prelados en esta ceremonia organizada en la catedral un día 6 de febrero de ese año. Podemos, pues, afirmar que Pulgar reconstruye la realidad en su crónica a partir de los datos que conoce, citando a otros nobles y prelados, todos ellos jurando conjuntamente en la catedral. Pero el cronista miente porque sabe que muchos de los nobles citados no estuvieron presentes en el día preparado para la jura, y miente conscientemente, porque él sabe que muchos de ellos prestaron juramento otro día (en abril), en otro contexto completamente desacralizado. Las vacilaciones del secretario Alfonso de Ávila lo que en realidad parecen indicar son las dificultades para mostrar la solemnidad de un acto en función de los que asisten a él. Las presencias y las ausencias en la ceremonia dicen mucho del conflicto que todavía se vivía. La jura del príncipe Juan como heredero, a pesar de haber ganado en aparato y de haber mejorado las posibilidades escenográficas respecto a la ceremonia de 1476 revela todavía un problema: ciertas reticencias en la adhesión y desconfianza hacia los nuevos monarcas y hacia la dinastía que inauguran. Hay que recordar que el marqués de Villena se encontraba en esa fecha de febrero todavía en rebeldía. Hasta el día uno de marzo no se firmó la capitulación definitiva con Diego López Pacheco, que ha de entregar una serie de fortalezas, empezando por la de Chinchilla, a Gutierre de Cárdenas. El marqués prometió y juró la capitulación ese día desde Belmonte y prestó pleito homenaje en las manos del conde de Cifuentes 84. A los dos meses y medio de la jura solemne organizada en la catedral se presentaron ante el pequeño príncipe un grupo de nobles dispuestos a jurarle como heredero. Se presentaron un miércoles, 26 de abril, “en las casas donde el rey e la reyna nuestros señores e el dicho señor prínçipe posan”. La fecha y el lugar y los términos en los que se ceremonializó este acto constan en otra acta redactada los otros (tachado: grandes) e condes e cavalleros” (Alfonso de Ávila, fols. 4r-v). En el acta de la ceremonia de 1498 la forma de referirse a los asistentes es siempre la misma: “prelados, grandes, caballeros y procuradores” (Corpus..., pp. 73). 84 El día 26 del mes de marzo prometió, juró y prestó pleito homenaje Gutierre de Cárdenas como tercero de la fortaleza de Chinchilla (véase texto de la capitulación en J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado...”, doc. IV, pp. 138-151).
449
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 450
Ana Isabel Carrasco Manchado
por el secretario real Alfonso de Ávila 85. El acta recoge la promesa, juramento y pleito homenaje que prestó ese día el maestre de Santiago Alonso de Cárdenas y, al final del documento aparece una lista de otros nobles y algún prelado que efectuaron la misma serie ritual ese mismo día: “Íñigo López de Mendoza, conde de Tendilla” (Pulgar) “Fernand Álvarez de Toledo, conde de Oropesa” (Pulgar) “Gutierre de Sotomayor, conde de Belalcázar” (Pulgar) “sobre sus pechos juró Diego Hurtado de Mendoza, obispo de Palencia” (Pulgar) “Juan de Portocarrero, conde de Medellín” (Pulgar) “Francisco de la Cueva, conde de Ledesma (Pulgar), por sí y por su padre, el duque de Alburquerque” “Don Manrique, hijo del conde de Treviño que juró por sí y por su padre el conde” “un caballero enviado por Pedro Fajardo, adelantado de Murcia para jurar en su nombre. Los seis primeros, además del maestre de Santiago, son citados por Pulgar, según puede comprobarse más arriba. Aún queda entre los que consigna el cronista, el nombre de algún otro noble que no aparece ni en esta nueva acta fechada el 26 de abril, ni en la de la jura general en la catedral el día seis. No hay que descartar que durante esos días siguiera llegando algún noble para jurar por sí mismo o en nombre de sus parientes. Lo que demuestra esta nueva acta de juramento es lo que se sospechaba leyendo las anteriores: el relato de Pulgar es intencionadamente propagandístico, puesto que él presenta un único día para la jura (una única jura solemne en la catedral) curiosamente un día del mes de abril, alterando conscientemente la fecha de jura en la catedral, que fue el 6 de febrero. Es evidente que el cronista conocía éste y otros posibles testimonios de otras tantas juras celebradas ese mes o que, quizá, estuvo presente en los actos que los documentos describen. Estos juramentos retrasados confirman también que la ceremonia de la jura general no resultó excesivamente lucida en cuanto a presencia noble y eclesiástica. Las juras del mes de abril se producen de manera espontánea, según van llegando nobles a la corte. Los procuradores no están ya presentes en esos actos ceremoniales, el pueblo no puede presenciar los gestos de compromiso y de obediencia, no hay sanción litúrgica ni una escenografía religiosa. En suma, en el marco de la residencia regia, la ceremonia adquiere un carácter casi privado y la propaganda sólo puede surtir efecto sobre el entorno palaciego y cortesano. Pulgar se dio cuenta de todas estas deficiencias al tener que narrar una ceremonia que él consideraba de suma importancia simbólica y por eso describió el acto de la manera más solemne que pensó, añadiendo personajes que juraron en días posteriores y otros (los catalanes) que asistieron sólo como testigos. 85
RAH, ms. 9/7161, n.º 22 fol. 1 r-v.
450
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 451
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Pulgar demostró aquí sus dotes para ser nombrado cronista oficial. De este modo, gracias al discurso historiográfico, el consenso en torno al reconocimiento del futuro rey y de la nueva dinastía castellano-aragonesa quedaría para la posteridad, correctamente representado. 3.4. La paz sellada: jura y confirmación de Fernando de Aragón del tratado con Portugal A comienzos del mes de marzo llegó a Toledo el embajador portugués solicitando a los reyes que Fernando jurara y confirmara de forma solemne los tratados de paz, tal y como había hecho Isabel en Trujillo. La misma secuencia ceremonial debía ser repetida en presencia de los procuradores portugueses. El acto tendría lugar en una sala de la residencia destinada a recibir a los embajadores extranjeros (según la descripción de Pulgar). El embajador Fernando de Silva se adelantó a solicitar la nueva confirmación y juramento, mediante suplicación o razonamiento, y se dio lectura a cada uno de los tratados firmados. La audiencia debió ser tediosa, pues eran numerosos los cuadernos que habría que leer en voz alta. Esa lectura solemne confería mayor aparato a la ceremonia. De nuevo los reyes procedieron a la confirmación y al juramento solemne. Se reiteró ante los presentes la declaración de las circunstancias que motivaban el tratado, la victoria sobre los portugueses, la derrota de la princesa Juana, despojada otra vez de sus títulos, y se proclamaba el reconocimiento y los derechos de Isabel al título castellano. A un mes justo de la jura del príncipe heredero, se presentaba esta nueva oportunidad de proyectar la propaganda de su legitimidad de origen. El delegado portugués regresaba, esta vez, con todas las escrituras redactadas sobre el soporte adecuado (pergamino) y selladas y firmadas de la manera solemne que se exigía 86. Luis Suárez ha destacado el trato y la cordialidad prestada al embajador portugués. Se iniciaba un nuevo periodo de relaciones con los reyes de Portugal y Fernando e Isabel quisieron expresar simbólicamente que de monarcas rivales pasaban a convertirse en monarcas aliados 87. Al embajador Fernando de Silva se otorgó un regalo de mil florines de oro y se le restituyó un esclavo negro que había quedado como rehén en Castilla. También consiguió para el príncipe de Portugal que se desempeñaran las joyas que éste había dejado en tierras castellanas a ciertos prestamistas para pagar gastos de la guerra 88.
86
Documentos referentes..., II, doc. 215, relación de las escrituras relativas a las capitulaciones que recibió Fernando da Silva de Meneses. 87 Los matices de este vaivén de las relaciones castellano-portuguesas pueden verse en diversos trabajos: J. Marques, Relaçoes entre Portugal e Castella nos finais da Idade Média, Lisboa, 1994; P. Romero Portilla, Dos monarquías medievales ante la modernidad: relaciones entre Portugal y Castilla (1431-1479), La Coruña, 1999. 88 L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, p. 211.
451
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 452
Ana Isabel Carrasco Manchado
3.5. “Porque el estado real convenía ser bien proveído”: imágenes del buen gobierno Acorde con el significado de las cortes que recogió Pulgar en la crónica oficial, Isabel y Fernando proyectaron durante su estancia en la ciudad una imagen de reyes justicieros, ordenando ceremonias de justicia. El cronista oficial no se olvida de incluir menciones a la exhibición pública de la ejecución de la justicia regia, fundando en ella una de las virtudes políticas que presentaban a los reyes como merecedores del título que ostentaban, ahora sin discusión. Dice el cronista que los reyes, “mandaron asymismo facer en aquella çibdad justiçia de muchos onbres criminosos e robadores, que en los tienpos pasados avían cometido algunos delictos e crímines”, entre ellos fue traído a Toledo el criado del díscolo arzobispo de Toledo, Hernando de Alarcón, personaje tan denostado por algún que otro cronista (Alfonso de Palencia). Tal y como se expresa Pulgar, da la impresión de que Alarcón se convirtió en “cabeza de turco” y que su ajusticiamiento público (llevado a cabo precisamente en Toledo), sirvió de justicia ejemplar y de escenificación del castigo de todos aquellos que podían ser declarados rebeldes por su actuación en la guerra. Alarcón simbolizaba al traidor por excelencia, no por sus propias acciones, sino por las que hacía cometer a los demás, aquel que por su codicia y sus malas artes inducía a la traición a los que mejor debían mostrar su lealtad a los reyes. Así que, la pena que no pudo ser ejecutada en su señor, el arzobispo Carrillo, recayó en su criado Alarcón. Pulgar afirma que fue degollado en plaza pública y en su camino al cadalso, el pregón de justicia debió contener argumentos como el de “aver movido muchos escándalos en el reyno, e avía estorvado la paz dél por algunos yntereses que avía avido” 89. Otra vertiente relacionada con la justicia que los reyes escenificaron en Toledo fue la de reyes clementes y generosos, poniendo en práctica medidas de gracia y merced. Cumpliendo los tratados de paz, Fernando e Isabel tuvieron que dictar perdones que amparasen a las personas y bienes de la mayor parte de sus enemigos. Desde el año anterior venían haciéndolo y ahora, en Toledo, continuaban con esta tarea. Las cartas de perdón proclamaban de los nuevos monarcas una imagen de clemencia, imitación de la misericordia divina. Puesto que la guerra había terminado y se habían declarado vencedores, estos perdones generales no tendrían que resultar, en principio, medidas tan impopulares como las dictadas en tiempo de crisis y de conflicto abierto. La cuestión de la amnistía no debía atraer suspicacias 90. Los reyes podían cumplir con esta condición de las capitulaciones de paz gustosamente, puesto que para iniciar su reinado era 89 90
Fernando del Pulgar, Crónica..., I, pp. 422-423. El tipo de perdones dictados al término de la guerra se denominan perdones colectivos y equivalen a una amnistía. No escaparon a las críticas de juristas que escribieron en fechas posteriores, en el siglo xvi, Francisco de Vitoria o Domingo de Soto, que siguieron pensando que tales perdones aumentaban la criminalidad y no contribuían a fortalecer la paz interior (M.I. Rodríguez Flores, El perdón real..., pp. 51-52).
452
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 453
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
conveniente fomentar la reconciliación 91. Se observa, no obstante, cierta vacilación en la concesión de los perdones, puesto que, a pesar de todo, la intención de vengarse de sus enemigos era muy fuerte. Estando en Toledo, en mayo de 1480, los reyes declararon que los perdones afectaban sólo a los partidarios castellanos del rey de Portugal que le servían en el momento de firmar las capitulaciones y no antes. Al mes siguiente, tales perdones se ampliaron a ruegos del rey de Portugal, “desde quinze días del mes de setiembre del año lxiii que se començaron los movimientos e dyferençias en estos nuestros reynos fasta quel dicho señor rey don Enrique fallesçió”, sin excepción alguna, aunque fueran crímenes de “lese magestatis” 92. Entre los que quedaban amparados por este último perdón se contarían también algunos de los partidarios de Isabel que en vida del rey Enrique actuaron contra él. De este modo se reconocía que la guerra había comenzado diez años antes de morir Enrique, un tiempo demasiado largo como para dejar muchos conflictos abiertos si no se declaraba esta amnistía. En cuanto a las mercedes otorgadas en el contexto de las Cortes, hay que anotar las que recibieron aquellos que vinieron a jurar al príncipe Juan. Esta circunstancia ha sido estudiada como uno más de los “mecanismos de ocultación” 93 que ayudaron a construir la imagen que de las cortes se quiso ofrecer. Los servicios prestados por los procuradores fueron premiados, entre otras mercedes, con la exención de la ley que se había dictado contra la renunciación o transmisión de oficios concejiles. No obstante, la propaganda de la merced real, en este caso, podía perjudicar la imagen de buen gobierno propiciada por medidas como la que acababan de contravenir los reyes. Por esta razón, la merced se mantuvo en secreto y fue el propio presidente Gómez Manrique el que tomó juramento y homenaje a cada uno de los procuradores de no enseñar a nadie ni hacer pública la merced que los reyes les hacían 94. Otros procedimientos de ocultación tendentes a fabricar y figurar el consenso en estas cortes fueron: el silencio sobre los memoriales de las ciudades que no trascendieron en el ordenamiento ni en los actos de Cortes, la escasa representación, empezando por el hecho de que un número limitado de ciudades y villas fuerean las que representasen a todo el reino y terminando por la circunstancia de que casi todos los procuradores fueron personas adeptas a los reyes y a su servicio, como los que tenían el cargo de corregidor o asistente. No debemos dejar de mencionar otra medida que adoptaron en las cortes de Toledo, medida que ha alimentado la imagen de buen gobierno de estos reyes a lo largo de los siglos: la política de reducción de juros, reducción de los situados 91
En la colección de Documentos referentes a las relaciones con Portugal..., se recogen numerosos perdones dictados por esas fechas (I, docs. 318, 364, 366; II, docs. 209, 227, 232, 237). Ha estudiado muchos de estos perdones, J.M. Nieto Soria, “Un indulto singular: el perdón general de los Reyes Católicos a los colaboradores castellanos de Alfonso V de Portugal”, en L. Adao da Fonseca, L.C. Amaral y M.F. Ferreira (coords), Os reinos ibéricos na Idade Média, Oporto, 2003, vol. II, pp. 703-708. 92 Ibídem, docs. 232 y 237. 93 Determinados por J.M. Carretero, “Representación política......”, pp. 188 y 193. 94 Ibídem, pp. 194-195.
453
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 454
Ana Isabel Carrasco Manchado
de mercedes sobre las rentas reales. Si uno de los tópicos propagandísticos más largamente extendidos contra Enrique IV fue la imagen de monarca dilapidador del patrimonio real, acusación que se le dirigió desde los inicios mismos de la revuelta nobiliar, tal tópico fue contrastado con otra imagen, en buena medida también tópica, aplicada a Isabel y a Fernando. La imagen de defensores de la Corona y del patrimonio real se aquilató a propósito de las acciones que tomaron en el contexto de las Cortes de Toledo. Sin desdeñar su valor político, ya que se trataba de una medida necesaria, teniendo en cuenta el estado de las arcas reales al final de la guerra, debe considerarse también como una medida propagandística. Isabel y Fernando supieron hacer de la necesidad virtud con su política de reducción de juros, puesto que, al tiempo que recuperaban partes importantes de las rentas de su patrimonio, podían contraponer a esa imagen negativa del rey Enrique una imagen positiva que contribuía a acrecentar el prestigio de los nuevos monarcas a los ojos de muchos 95. Si aquella idea había justificado la rebelión contra Enrique IV, ahora, recogían los frutos de aquella propaganda, mostrando una actitud muy diferente que contribuía a fortalecer su legitimidad por el recto ejercicio del poder real. Merece la pena, a este respecto, leer el texto de la crónica de Pulgar, que demuestra, una vez más, su labor como cronista oficial recién contratado 96. El cronista hace de la restitución del patrimonio real por medio de la reducción de juros una medida consensuada por todos los afectados. Todos fueron requeridos por cartas reales a que dieran su parecer, bien compareciendo en cortes, bien mandando una carta con su voto. Una decisión de tal calibre no aparece como medida de fuerza sino como producto de un meditado consenso. Sin embargo, “más que una mera votación por brazos lo que se persigue aquí por los reyes es obtener una componenda entre poderosos” 97. 3.6. “Les pluguiese de le entregar los pendones e ynsignias”: ceremonias de investiduras de dignidades y títulos Entre las ceremonias propagandísticas ligadas a las cortes puede mencionarse, como colofón, la ceremonia de información que tuvo lugar el día 28 de mayo, fecha en la que se hizo público el ordenamiento de las cortes, pregonándose por las calles de Toledo. Pero hay otras ceremonias ligadas a la estancia de los reyes en la ciudad, los meses siguientes. Pulgar las recoge como otros acontecimientos dignos de ser destacados para posteridad. Tras la publicación del ordenamiento los reyes permanecieron todavía en la ciudad hasta primeros de agosto (Itinerario). 95
La reforma sólo acabó con los abusos manifiestos, puesto que las bases económicas de la nobleza estaban asentadas desde hacía tiempo. Fueron los derrotados en la guerra los que sufrieron las reducciones más drásticas (J. Pérez, Isabel y Fernando, los Reyes Católicos, Hondarribia, 1997, pp. 144-145). No obstante, los reyes ampararon, de alguna manera también a los vencidos, ya que, en conjunto, la alta nobleza fue la que menores reducciones acusó (M.A. Ladero Quesada, La España de los Reyes Católicos, Madrid, 1999, p. 213). 96 F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 416-419. 97 J.M. Pérez-Prendes, Cortes de Castilla, Barcelona, 1974, p. 87.
454
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 455
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Hemos visto que el maestre Alonso de Cárdenas compareció ante la presencia de los reyes y del príncipe el día 26 de abril para prestar pleito homenaje y jurarle como heredero. En ese intervalo, entre finales de abril y finales de julio, el maestre debió pedir a los reyes que le otorgaran públicamente la investidura de las insignias de la orden, de tal manera que se hiciera completamente explícito y oficial lo que era ya un hecho: Alonso de Cárdenas ostentaba con toda legitimidad su dignidad de maestre, tan discutida a lo largo del conflicto sucesorio. Otro conflicto se cerraba, conflicto que se había imbricado con el conflicto sucesorio: la posesión del maestrazgo de Santiago, discutida, primero, por el fallecido Rodrigo Manrique y por el marqués de Villena. Tras la batalla de la Albuera se había dado el gesto definitivo para su aceptación por parte de los reyes. De este modo, se unía la legitimidad de su dignidad a la legitimidad real. Lo más probable es que, después de jurar al príncipe, el maestre pidiera como merced a los reyes que estos accedieran a ritualizar la entrega de las insignias de la orden. El maestre no se encontraba en Toledo, el día de la jura en la catedral. No hay que descartar que esta ceremonia fuera el premio por haber otorgado, en su momento, el reconocimiento último al heredero. Los reyes podían prestarse a ello, dado el poder que podía llegar a detentar el maestre de Santiago, tal y como la historia de las últimas décadas venía enseñando 98. Siendo este asunto uno de los problemas claves en la crisis castellana que venía arrastrándose desde mediados de siglo, no deja de resultar significativo que se elija el contexto de las Cortes de Toledo para exponer públicamente la solución de otro de los conflictos. Pulgar es el que nos ha dejado la descripción de esta ceremonia, con su particular interpretación. El espacio elegido fue el más sagrado de la ciudad: la catedral. Los reyes consienten en otorgar a esta ceremonia una importancia litúrgica equiparable a la de la jura del príncipe, lo que indica que Isabel y Fernando quisieron honrar al maestre de forma singular 99. Una “solemne misa” preludia el acto que va a acontecer. A su término, el sacerdote que había hecho 98
Gonzalo Fernández de Oviedo, que escribe a mediados del siglo xvi, pero conoció la corte de los Reyes Católicos, resume la influencia de los maestres de Santiago en el gobierno del reino, su fuerza económica y su poder político y simbólico: “Ya sabés que después de la persona del rey, o del príncipe o infante eredero de Castilla, tiene el primero lugar el maestre de Sactiago”. En opinión de Fernández de Oviedo, el principal mérito de los Reyes Católicos para la pacificación de Castilla fue conseguir la administración de las tres órdenes militares: “Bien supieron los Reyes Cathólicos lo que hicieron en advocar a sí la administración de los maestrazgos y a sus subcesores por escusar todas estas baraxas, y no lo tengo en menos que conquistar Granada y a quantos reynos ganaron; y de más artificio fue poner en paz a Castilla, la qual nunca la tuvieran habiendo maestres” (G. Fernández de Oviedo, Batallas..., I, p. 24). 99 La intención queda clara, puesto que no siempre este acto se celebraba en el recinto de una iglesia o en la catedral. Juan de Stúñiga, maestre de Alcántara tras la victoria sobre su rival Alonso Monroy, uno de los grandes derrotados de esta guerra, tuvo que esperar varios años a recibir de manos de los reyes las insignias de la orden. En estas fechas todavía no se había zanjado la disputa por el maestrazgo de Alcántara, que finalmente quedó resuelta en 1481. Aun así, todavía pasaron cuatro años hasta que Juan de Estúñiga protagonizara la misma ceremonia que ahora tenía lugar en Toledo. Sin duda había dejado de resultar oportuna esa ceremonia. En 1485, los reyes entregarán los pendones de la orden al maestre Juan Stúñiga en su propia residencia real, en una sala del alcázar de Córdoba (véase, RAH, ms. 9/7161, n.º 22, fol. 9r). La prontitud con que se realizó la primera ceremonia y la tardanza de la segunda revela el interés especial que los reyes mostraron en honrar a Alonso de Cárdenas.
455
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 456
Ana Isabel Carrasco Manchado
los oficios reza una oración estipulada para bendecir los pendones de la orden. El maestre Alonso de Cárdenas, acompañado y escoltado por “quatroçientos comendadores e cavalleros de la Orden, todos vestidos de mantos blancos largos, e sus ábitos de cruces de espadas coloradas en los pechos”, avanza en procesión por los dos coros de la catedral hasta entrar en el coro donde esperan los reyes, sentados en sus sillas reales. Los reyes tenían ya en sus manos los pendones de la orden y las otras insignias de Santiago. Pulgar dice que, en este punto, los reyes dijeron, al tiempo que le entregaban las insignias: “Maestre, Dios vos dé buenas andanças contra los moros, enemigos de nuestra santa fe católica” 100. El maestre tomó las insignias y besó la mano de los reyes. Y dice Pulgar que el maestre pidió licencia a los reyes para ir a luchar con los caballeros de su orden contra los moros de Granada, a lo cual respondieron los reyes que, por el momento, pensaban luchar contra los turcos. Si estas fueron efectivamente las palabras de los reyes, sería la primera vez en la que se documenta el interés público de Isabel y Fernando por participar en la cruzada. Interesa destacar de esta ceremonia el carácter litúrgico que se le ha concedido y el escenario sagrado en el que ha tenido lugar. Tal aura sagrada se transmite a la realeza y los reyes participan de tal manera en el rito que el papel que se les asigna en la ceremonia parece adquirir un carácter sacerdotal. El acto repetido en otros muchos ámbitos gubernativos de imponer o entregar unas insignias, se impregna de un aire sagrado por la circunstancia de la bendición de tales insignias. Es un sacerdote el que bendice los pendones, pero son ellos, sentados en el lugar especial asignado a los reyes en el coro de la catedral, los que aprueban la participación del maestre en una guerra por la fe, la guerra santa contra los musulmanes. Los reyes han aceptado su participación en una ceremonia que interesaba especialmente a Alonso de Cárdenas, como propaganda de su maestrazgo finalmente conseguido, a cambio de exponer su preeminencia soberana en una escenografía que favorece el transmitir un mensaje ambiguo destinado a sacralizar las personas reales 101. Más o menos por las mismas fechas se celebraron otras ceremonias de investidura. En el contexto de las Cortes de Toledo, en alguna de las reuniones de los reyes con los procuradores o con su consejo, se trató el asunto de la remuneración 100
F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 427. Encontramos cierta semejanza entre esta ceremonia “oficiada” por los reyes y una ceremonia que se desarrolló en la corte papal, un 13 de noviembre de 1406, cuando comparecieron ante el papa Benedicto XIII dos protonotarios y dos prelados castellanos para que fueran bendecidos dos pendones del rey de Castilla, a petición suya, y otros dos pendones de Santiago, insignias todas ellas que iban a ser enarboladas en la guerra contra el rey de Granada. Un capellán dijo la misa mientras permanecían los pendones plegados en un pequeño altar que se situó junto al altar desde donde se había oficiado la misa. El papa permanecía sentado en su solio. Acabada la misa, los cuatro castellanos toman cada uno de ellos una bandera plegada sobre sus brazos y se adelantaron hasta donde estaba sentado el papa que bendijo las banderas rezando varias oraciones y rociándolas con agua bendita. Finalmente, el pontífice se levanta y se dirige a su cámara y los castellanos depositan los cuatro pendones en el altar que se les había asignado (ceremonial “De benedictione vexillorum regum moventium bellum contra Saracenos”, descrito en Le Cérémonial Apostolique avant Innocent VIII, texte du manuscrit Urb. Lat. 469 de la B.A.V établi par Filippo Tamburini, Roma, 1966, pp. 205-206).
101
456
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 457
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
de los valiosos servicios que Andrés de Cabrera y Beatriz de Bobadilla habían prestado a Isabel y Fernando. Como con otros tantos asuntos, el tiempo de las cortes fue el momento oportuno para retribuir magníficamente a los más fieles partidarios 102. En este mismo contexto recibió Luis de la Cerda, uno de los primeros grandes que apoyó a Fernando de Aragón, el título de duque de Medinaceli 103. Entre los partidarios de Isabel, como principales artífices de su victoria, los futuros marqueses de Moya tuvieron un papel determinante en la sucesión. La deuda contraída era demasiado grande. Isabel les debía poco menos que el reino, así que, en esas fechas, llevados por la sensación de seguridad que les traía la paz con Portugal y el reconocimiento como heredero al príncipe Juan, los reyes decidieron, finalmente, materializar el pago que desde hacía tiempo esperaban el mayordomo real y su mujer. Los fieles partidarios recibieron el título de marqueses de Moya, pero la seguridad real para otorgar el título no pudo evitar que surgieran sonoras protestas en la ciudad de Segovia, afectada por el desmembramiento de mil doscientos vasallos de los sexmos de Valdemoro y Casarrubios 104. Pero ya no había ningún rival en el reino a quien encomendarse. Los reyes enviaron a Segovia un pesquisidor para que investigara los hechos acaecidos en Segovia y para que castigara a los culpables 105. La protesta, no obstante, debió impresionar a Isabel y a Fernando, ya que se sintieron obligados a escribir una carta a la ciudad volviendo a justificar su decisión y respondiendo a las razones que defendían las autoridades segovianas. No en vano acababan de mostrarse, en pleno contexto de las cortes, defensores del patrimonio real, imagen que casaba mal con una actuación que significaba lo contrario. El día 5 de julio, estando los reyes con su corte todavía en Toledo, se expedía un primer privilegio en el que se hacía donación de los vasallos a los marqueses en concepto de empeño, pero, quince días más tarde, el día 20, otorgaban el privilegio rodado definitivo en el que se les entregaba a perpetuidad. Entre las dos fechas, los reyes organizaron la ceremonia oficial de concesión del título de marqueses a Andrés de Cabrera y a Beatriz de Bobadilla. 102
Los Reyes Católicos concedieron comparativamente más títulos de nobleza que su antecesor. Buena parte de estos títulos se otorgaron a comienzos del reinado: véase el cuadro comparativo de I. Atienza Hernández: “La aristocracia en tiempos de Isabel I de Castilla: una aproximación cuantitativa y cualitativa”, en: Sociedad y economía en tiempos de Isabel la Católica, Julio Valdeón (ed.), Valladolid, 2002, p. 135. Una síntesis sobre la influencia de la alta nobleza en la corte de los Reyes Católicos: M.C. Quintanilla, “Los grandes nobles”, en M.A. Ladero (coord.), El mundo social de Isabel la Católica. La sociedad castellana a finales del siglo XV, Madrid, 2004, pp. 127-142. 103 Poco antes de iniciarse las cortes, el 31 de octubre de 1479: “Cédula por la que se concede el título de duque de Medinaceli y conde del Puerto de Santa María a Luys de la Cerda”, RAH, ms. M-20, fol. 48r-v. 104 Nos hemos ocupado del aspecto ritual de esta protesta en A.I. Carrasco Manchado, Discurso político..., pp. 965-967. 105 No hubo castigo puesto que toda la población se declaró culpable de manera colectiva (J. Pérez, “Los Reyes Católicos ante los movimientos antiseñoriales”, Violencia y conflictividad en la sociedad de la España Medieval, Zaragoza, 1995, pp. 91-99). Según J. Pérez, el episodio de 1480 muestra la posición ambigua que los reyes mostraron en relación con la nobleza. Puesto que fundaron parte de su propaganda en la defensa del patrimonio real, no podían dejar de castigar con rigor “económico” a sus adversarios, mientras que se veían obligados a recompensar a sus partidarios con la concesión y creación de nuevos señoríos.
457
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 458
Ana Isabel Carrasco Manchado
Es posible que la primera decisión de conceder los territorios desgajados del patrimonio real en concepto de empeño obedeciera a cierta precaución ante la reacción de la opinión pública segoviana. Hasta que el pesquisidor no dio por concluida su tarea, asegurando la ciudad (aunque nadie resultó culpable), los reyes no concedieron el privilegio definitivo. Al día siguiente de la expedición del primer privilegio, los reyes enviaron una carta a Segovia, a su corregidor Diego de Valera, pero no para pedirle cuentas de lo sucedido en la ciudad las semanas anteriores 106, sino para que les describiera con exactitud cuál era el protocolo ceremonial en la concesión del título de marqués107. Diego de Valera era maestresala y no es de extrañar que se ocupara de las cuestiones ceremoniales, pero, ¿realmente era el que más sabía en la corte de ceremonias, como declaran en su carta, y era, por tanto, imprescindible acudir a él? Es probable, pero también lo es que, de manera indirecta, los reyes quisieran dar a conocer a la ciudad de Segovia, por mediación de su corregidor, la imperturbabilidad de sus intenciones en honrar al mayordomo y a su mujer. Pero, otra cuestión resulta más digna de resaltar: ¿cómo es que los reyes necesitan pedir a Diego de Valera esta información?, ¿es que la ceremonia de concesión del título de marqués había caído en desuso y eran pocas las personas que conocían el protocolo? Si esto es así, resulta sumamente significativo que Isabel y Fernando pretendan resucitar tal solemnidad ceremonial para honrar de forma singular al mayordomo y a la amiga íntima de la reina. Diego de Valera les respondió de inmediato, nada más recibir la carta real. El maestresala les describió el ceremonial siguiendo el modelo de lo que ordenó Carlomagno en Maguncia para su corte, según se cuenta en la Historia Teutónica, obra favorita de Valera. No podemos saber, pues, si el ceremonial se ajusta al uso castellano –abandonado o no– o si se trata de una recreación culta de Valera. Los pasos que habrían de incluir el acto eran los siguientes: primero se celebrará una misa preferentemente en la catedral, aunque también servía una sala apropiada del palacio. El rey (en este caso, los reyes) acudirían vestidos con sus vestiduras reales y permanecerían sentados en sus sillas ricas con dosel. El nuevo marqués, acabada la misa, habría de aproximarse acompañado de sus amigos y parientes, el principal del cual portaría delante de él el estandarte en que figuraban las armas del nuevo marqués. Los reyes le llaman y declaran su voluntad de hacerle marqués de una villa determinada –Moya, en este caso– con las armas que 106
No parece que el corregidor Diego de Valera se mostrara muy activo en todo este asunto. El 4 de noviembre de 1480, el doctor Ruy González de Puebla sustituía a Diego de Valera en el cargo. ¿Tendría que ver esta sustitución con la actitud pasiva de Valera ante el conflicto? M. Lunenfeld afirma que Valera ordenó destruir varias fortalezas que obstruían las puertas e impuso elevadas multas (Los corregidores..., p. 148). 107 “Porque nos queremos faser merced al mayordomo Andrés de Cabrera de título de marqués y que sea con todas aquellas cerimonias e abtos con que se acostumbra y deva dar, y vos desto sepáis más que otro, nos vos mandamos que, por servicio nuestro, luego nos enbíes por escripto la forma que en ello se deve tener y que sea lo más conplidamente y mejor que se pueda, porque tanto es más honrra nuestra. De la cibdad de Toledo, a seis de julio de ochenta años”, Carta de los reyes a Diego de Valera, ed. M. Penna, Prosistas castellanos..., p. 18.
458
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 459
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
le otorgan. La declaración de intenciones de los reyes habría de contener estas palabras: “Fulano, vistos los grandes e leales servicios que me vos avéis fecho, mi voluntad es de ilustrar vuestra persona e linaje; e usando de mi poderío real absoluto, vos fago marqués de tal provincia, o cibdad, o villa, e vos do poder para que de aquí adelante, vos o quien de vos la dicha provincia o villa heredare, podáis traer bandera quadrada e meterla en batalla e ponerla sobre vuestra sepoltura” 108. Andrés de Cabrera y su mujer Beatriz de Bobadilla ya habían recibido honores simbólicos por parte de los reyes, al inicio del conflicto sucesorio, en 1475, fecha en la que sus armas fueron “mejoradas”: Isabel y Fernando, en aquella ocasión, mejoraron las antiguas armas de Cabrera y Bobadilla incorporando a sus escudos sus armas reales, gesto que concedía a los propios reyes un añadido de legitimidad, al hacer uso de las armas reales para premiar a sus colaboradores, y a estos concedía un honor especial que constituía el primer paso hacia los niveles superiores de la nobleza. El honor concedido era de tal valor que sólo cuatro casas ostentaban armas reales, en tiempos de Gonzalo Fernández de Oviedo (mediados del xvi): Manrique, Medina Sidonia, Benavente y Moya. Los reyes contravinieron con este privilegio la propia ley en contra que otorgaron en las Cortes de Toledo, en defensa de la preeminencia simbólica de la monarquía, prohibiendo la incorporación de coroneles y armas reales en los escudos nobiliarios 109. La concesión de esta honra va indisolublemente unida al recuerdo del papel determinante que tuvo esta pareja en la sucesión de Isabel. Ya en aquel privilegio se especificaba que tal honor era concedido porque “en tal manera nos servistes, que por la bondad de Nuestro Señor, quieta e pacíficamente, a causa de vuestra gran lealtad sucedimos e reynamos en estos dichos reynos” 110. Este ascenso a la alta nobleza y el momento de concederlo parece calculado, ya que, en 1475, en plena guerra, los reyes no estarían seguros de poder conceder un número de vasallos como el que ahora otorgaban a los nuevos marqueses. Por otra parte, la concesión de un título como éste a Cabrera al principio del reinado, hubiera podido crear más suspicacias que adhesiones, pues no convenía revivir el recuerdo de otros personajes que en fechas no lejanas ascendieron rápidamente a la alta nobleza 111. En 1480, obtenida la victoria, la situación ha cambiado. Nótese cómo Valera hace decir a los reyes que el nuevo título es concedido en virtud de su “poderío real absoluto”. Esta expresión (el eco de la protesta está presente) significaba que no habría de admitirse objeción alguna en contra. Acto seguido, los reyes cortarán con su propia mano las puntas del estandarte que se convertirá en bandera; los reyes la toman en su mano y se la entregan al nuevo marqués, diciéndole las 108
Ibídem, p. 19. Cortes de los antiguos reinos..., IV, p. 192. La ley se podría entender, no obstante, para los escudos que se concedieran en el futuro, manteniéndose la forma de los que las tenían en sus privilegios originales. 110 Gonzalo Fernández de Oviedo copia el privilegio por el cual se mejoran las armas de los Cabrera-Bobadilla y se les concede otros honores (Batallas y quinquagenas..., I, p. 224). 111 La influencia de los privados en la crisis castellana era patente a todos (F. Foronda, La privanza ou le régime de la faveur. Autorité monarchique et pussance aristocratique en Castille, XIII e-XV e siècles, París, 2003 (tesis de doctorado en curso de publicación). 109
459
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 460
Ana Isabel Carrasco Manchado
palabras consecuentes 112; el nuevo marqués las recibe y besa la mano a los reyes, acto que repiten todos sus parientes. La ceremonia se cierra con una aclamación pronunciada por un rey armas que dirá, “¡Nobleça, nobleça, nobleça, que los muy altos e muy ecelentes príncipes el rey e la reyna, nuestros señores, illustran e fasen marqués de Moya al noble cavallero don Andrés de Cabrera”, y sus palabras serán acalladas por el sonido de las trompetas que comenzarán a sonar. Pero los actos protocolarios no acaban ahí. Dice Valera que, después, los reyes se habrán de sentar a la mesa para comer y dirán al nuevo marqués: “Comed conmigo”, y el nuevo marqués pondrá la rodilla en el suelo y se sentará en un extremo de la mesa; cuando el rey beba, entregará su copa al nuevo marqués que beberá los restos que ha dejado 113. Acabada la cena, el rey se quitará la ropa que llevaba ese día y la entregará al marqués que debe salir vestido con ella a cabalgar por la ciudad, acompañado de los grandes de la corte, al son de la música de ministriles y trompetas. Por la noche, es el marqués el que tiene que ofrecer una cena a algunos de los nobles cortesanos y otorgar dones a los músicos que, sin duda, han contribuido a dotar de solemnidad a la ceremonia 114. Tales son las instrucciones protocolarias de Valera, pero, ¿se cumplieron? El testimonio que aporta Fernando del Pulgar en su crónica de los acontecimientos de aquellos días nos confirma que, al menos en líneas generales, así debió ser solemnizado el acto de concesión del título de marqués, aunque, probablemente, adaptando el ceremonial y extendiendo los gestos de manera que incluyera también a Beatriz de Bobadilla, ya que se trata de un privilegio conjunto mediante el cual Beatriz de Bobadilla asume la dignidad de marquesa, no como mujer de Cabrera, sino por su propia persona. El cronista oficial dice que los reyes hicieron una gran fiesta en el palacio real y mandaron que comieran con ellos en su mesa (tal y como se indicaba en las instrucciones de Valera) 115. Pero no sería ésta la última ocasión ceremonial para recordar el apoyo incalculable que los nuevos marqueses prestaron a Isabel y a Fernando. El privilegio de la copa de oro, otorgado en 1500, que los reyes debían regalar a los marqueses todos los años, el día de santa Lucía (13 de diciembre, fecha conmemorativa de la proclamación de Isabel), lo recordaría a perpetuidad 116. E igualmente otros gestos conmemorativos que venían desarrollándose desde 1475, fecha en que sus armas fueron mejoradas y, además recibieron otros privilegios. Junto a las armas, los reyes concedieron a Andrés de Cabrera una divisa: 112
“Marqués, yo vos doy esta bandera con que bien e lealmente sirváis a mí e a la Corona de mis reinos”, ibídem, p. 20. Nótese cómo éstas y las anteriores palabras portan el mensaje de la propaganda del servicio al rey. 113 ¿Podría haber cierta reminiscencia eucarística en este gesto ritual? S. Bertelli ha destacado el valor sagrado del banquete real y sus conexiones con el cuerpo físico del dominus (véase su artículo “Discurso sobre fragmentos anatómicos reales”, En la España Medieval, 22 (1999), pp. 14-20). 114 Prosistas castellanos..., p. 20. 115 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 427. 116 Ya hemos mencionado este privilegio. Véase, Duque de Alba, “La copa de oro de los marqueses de Moya”, Estudios segovianos, 1 (1983).
460
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 461
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
“Porque de aquí adelante sea vuestra lealtad espejo para todos los vivientes (...) nosotros escogimos e buscamos un insigne joyel e devisa que fuese conforme, en su nombre, de los dichos vuestros servicios e al gran reparo dado por vuestra industria e trabajo en el fecho de la paz destos dichos nuestros reynos, e hallamos ser cosa muy propia para devisa de vos el dicho mayordomo, una escusabaraja, que por el dicho su nombre muestra quánto escusastes e quitastes la escusa e baraja general, e especial en que todos estos dichos nuestros reynos estaban al tiempos que reynamos”.
La divisa, con su particular eficacia simbólica, transmitiría a las generaciones el mismo mensaje: los Cabrera-Bobadilla como artífices de la paz. El sentido de la divisa lo recogía Fernández de Oviedo a mediados del xvi 117. A los símbolos se añadía un ritual litúrgico: el privilegio de estar el día de la fiesta de Navidad junto a las cortinas reales y recibir la paz de manos del rey, no en un portapaz corriente para ser besado, sino, precisamente, en una escusabaraja de oro: “Por ende, tenemos por bien e determinadamente queremos que para perpetua memoria de vuestro leal deseo e justo propósito de la paz con que ansí vos movistes a nos servir en la sucesión de los dichos nuestros reynos, en que tan pacíficamente sucedimos, que vos el dicho Andrés de Cabrera e los primogénitos que de vos sucedieren e que vuestra casa e mayorazgos heredaren sucesivamente, todos los días de la fiesta de la Natividad de nuestro redentor Jesucristo y ellos después de vuestros días, hayades de venir e vengades en aquel día señalado a nuestra casa e corte real, donde quiera que juntamente estoviéremos o apartados, e aquel día de Navidad seladamente hayades destar el este día cerca de las nuestras cortinas reales e junto con ellas oyendo la misa mayor que entonces se dijere. E al tiempo que trujeren e dieren la paz, yo el dicho señor rey e los reyes que después de mí vinieren e sucedieren, hayan de dar e den e comunicar e comuniquen luego la dicha paz a vos el dicho Andrés de Cabrera, dándolos a besar con mi mano en una escusabaraja fecha de oro, que será fecha figurada como ésta de aquí está pintada, la qual dicha escusabaraja con que vos daré e comunicaré la dicha paz, fecha e entallada según dicho es, quiere y es mi merced que sea vuestra e para vos e que por honra e autoridad de vuestra persona e habiendo servido a los señalados e reales servicios que ansí nos hicistes, la podades 117
(S): “Escusabaraja en mi tierra es un instrumento de tres palos iguales, puesto en triángulo, en los estremos clavados, de que penden ciertos garabatos de donde cuelgan la carne porque no la coma el gato (o otras cosas que quieren que estén conservadas), e está colgada e alta del suelo en el ayre pendiente de una cuerda. (A): “Así es verdad que desa hechura e manera que decís es la escusabaraja, porque escusa las rencillas que podrían suceder de poner a mal recabdo algunas cosas”, G. Fernández de Oviedo, Batallas..., I, p. 222).
461
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 462
Ana Isabel Carrasco Manchado
traer e traygades por insignia e joyel e devisa della el fiel servidor, fecha e señalada de aquella mesma guisa, en todas vuestras cosas que quisiéredes e por bien toviéredes” 118.
Tres años llevaba Andrés de Cabrera disfrutando de este privilegio. Este sobreañadido de honores simbólicos hacía más justificable la asunción de un título de alta nobleza en personas de tan dudoso linaje, pues no hay que olvidar que se trataba de dos judeoconversos 119. 4. Los primeros alientos de cruzada: la armada contra el turco (1481) Durante la ceremonia de imposición de las insignias de la orden al maestre de Santiago, en la catedral de Toledo, Alonso de Cárdenas pidió a los reyes permiso para ir a guerrear contra los musulmanes de Granada, pero estos le contestaron que su intención era luchar contra el turco. El dato es significativo y pone de manifiesto dos cuestiones: que los reyes habían planeado ya en Toledo intervenir en la defensa de las posiciones cristianas que habían sido atacadas recientemente por los turcos en el Mediterráneo, por una parte, y, por otra, que a los nobles castellanos, y, en concreto, a las órdenes militares castellanas, esa aventura militar les quedaba muy lejos de sus intereses. Los reyes abandonaron Toledo a primeros de agosto y se dirigieron a Medina del Campo, adonde establecieron la corte, en el curso de la primera semana de septiembre. Fernando no permaneció demasiado en la villa y a finales de ese mes ya iniciaba el viaje que le devolvería a sus territorios del reino de Aragón. Isabel residiría en la villa de Medina del Campo todo el otoño y las Navidades (Itinerario). Fernando, antes de marchar, debió dejar a la reina instrucciones claras sobre la flota que estaban decididos a armar y a enviar al sitio de Rodas que los turcos mantenían desde fines del año anterior. Ya en agosto le había llegado a Fernando el mensaje de socorro del maestre de la Orden de San Juan. Pero, además, otra noticia todavía más amenazante llegaba de Italia: los turcos se habían apoderado de Otranto, territorio dependiente del rey Ferrante de Nápoles. Los intereses políticos del rey de Aragón en el Mediterráneo corrían peligro, así que, urgía preparar la armada. Fernando no dudó en implicar los recursos castellanos en su política italiana. En el mes de octubre, desde Medina del Campo, Isabel se ocupó de todos los preparativos. Por esas fechas se encontraba en Castilla el embajador del gran maestre de Rodas, fray Pedro Fernández de Rodas, recabando la ayuda necesaria entre los caballeros de su orden. Isabel ordena a todas las ciudades que le 118 Ibídem, p. 225. El rito se mantenía aunque Andrés de Cabrera estuviera ausente o enfermo: el hijo mayor
debería acudir a la corte para recibir la escusabaraja que debía entregar a su padre (p. 233). M. del P. Rábade, Una élite de poder..., pp. 173-230.
119
462
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 463
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
den aposento, que le traten honradamente y que no le hagan pagar los derechos correspondientes por las mercancías que lleva 120. El prior de la Orden de San Juan en Castilla, Álvaro de Estúñiga estaba ya armando por su cuenta una nao (bautizada con el simbólico nombre de Santa María) para acudir al socorro de Rodas. Isabel le expide con fecha de 20 de octubre de 1480, un salvoconducto para que pueda viajar libremente 121. El interés de la reina en esta guerra se pone de manifiesto en todas estas disposiciones dictadas ese día. Todos los comendadores, caballeros y freires de la Orden de San Juan estaban obligados a acudir al socorro de Rodas y del gran maestre, sin embargo, no sabemos si debido a ciertas resistencias o a exceso de celo por parte de Isabel, la reina escribe una carta dirigida a todos ellos recordándoles esa obligación y la imperiosa necesidad de que acudan sin esperar más cartas, ni del prior, ni del papa 122. A la ciudad de Sevilla le ordenó que entregara salitre y bizcocho para la ayuda de Rodas, a pesar de ser estas mercancías protegidas. El argumento esgrimido para convencer a las autoridades habría de escucharse mucho en los años siguientes: “esto cumple asy´ a servicio de Dios e defensyón de nuestra santa fe católica” 123. En la última de las medidas adoptadas ese día de octubre, Isabel hacía uso de su poderío real absoluto para conceder el indulto a todos aquellos delincuentes que quisieran acudir a defender el sitio de Rodas y permanecieran allí durante un año. Como en la guerra con Portugal, los reyes emplean una de sus facultades, la gracia regia, como medida persuasiva para atraer combatientes. El argumento de la defensa de la fe llevaba aparejado el concepto de guerra santa. Era la primera vez, desde 1474, que se detectaba en el discurso de la propaganda de guerra: “Bien sabedes o devedes saber en como el turco enemigo de nuestra Santa Fe católica en deservicio de Dios nuestro señor e en ofensa de nuestra Santa Fe Católica tiene çercadas la çibdad e grand maestre de Rodas combatiendo e fasyendo todas sus fuerças continuamente por la tomar la dicha çibdad. E mi voluntad es de faser e mandar faser la mayor armada que se pueda para socorrer el dicho maestre e çibdad de Rodas, e porque todos los que en esta santa obra syrvieren o quesyeren servir es justa e razonable cosa que resçiban benefiçio” 124.
El sitio de Rodas fue levantado momentáneamente por esas fechas, así que, las naves que preparaba Isabel no debieron llegar a tiempo para intervenir. La ciudad de Valencia celebró la noticia con una procesión a la Virgen de Nuestra
120
L. Suárez Fernández, Política internacional..., doc. 101, pp. 485-486. Ibídem, doc. 102, pp. 486-487. 122 Ibídem, doc. 104, pp. 488-489. 123 Ibídem, doc. 103, pp. 487-488. 124 Ibídem, doc. 100, pp. 484-485. 121
463
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 464
Ana Isabel Carrasco Manchado
Señora de Gracia 125. Como en otras ocasiones, las autoridades valencianas estaban muy pendientes de celebrar todos aquellos acontecimientos favorables a la política de su “señor natural”. La respuesta de la ciudad de Valencia es un indicador de que las autoridades de las ciudades de la Corona de Aragón se mostraron receptivas y colaboraron con la propaganda de esta guerra. El entusiasmo no era equiparable en Castilla, ya que se detectan algunas resistencias. Isabel y Fernando estaban armando tres flotas de mayor envergadura, dos en el norte, una en Galicia, otra en Vizcaya y Guipúzcoa, y una tercera en Andalucía. El rey había enviado al regidor de Burgos, Diego de Soria, para que hiciera acopio de una enorme cantidad de armamento: lanzas de mano, pabeses, lombardas, cerbatanas, pólvora, etc. El regidor volvió con las manos vacías, porque las armas que había en el señorío estaban ya vendidas y para fabricar nuevas armas habría que esperar, ya que los maestros le respondían diciendo que tenían otros trabajos pendientes. No parece, pues, que los vizcaínos o guipuzcoanos vieran como una prioridad esta guerra. Isabel tuvo que enviar una carta desde Medina del Campo, el día 16 de diciembre, a todos los maestros armeros de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, ordenándoles que entregaran todas las armas que tuvieran al regidor Diego de Soria, que les pagaría el precio que costaron; les ordena, asimismo, que dejaran en suspenso todos los trabajos que tuvieran encargados y se pusieran a fabricar armas para la cruzada 126. A fines de diciembre, la reina ordenaba a los administradores de la Hermandad Alfonso de Quintanilla y Juan de Ortega, que dispusiesen en Vizcaya el armamento de una flota de guerra para ser enviada a costa de los reyes lo más rápidamente posible. El cronista Fernando del Pulgar habla de esta comisión y de las disposiciones que llevaron a cabo para conseguir armar la flota. Es Pulgar el que refiere los recelos que la labor de los dos oficiales de la Hermandad despertó. Los vizcaínos no se fiaban de la justificación religiosa que daban los delegados reales para intervenir en la guerra; ellos pensaron que detrás había una intención por parte de los reyes de vulnerar sus privilegios y libertades 127. Los comisarios de la Hermandad, como en los momentos más críticos de los primeros años de reinado, tuvieron que emplear sus facultades persuasivas para convencerles de lo contrario. Alonso de Quintanilla era en esto todo un experto, como ya había demostrado con el famoso razonamiento en defensa de la Hermandad, ante la junta de Dueñas, que Pulgar escribió para él (o recreó 125
Libre de memòries..., p. 673. L. Suárez Fernández, Política internacional..., doc. 106, pp. 490-491. 127 “Ponían empacho, e impedían que se ficiese, diciendo ser contra sus privilegios, e contra sus grandes libertades, de que los de aquella tierra gozan, e les fueron guardadas por los reyes de España, antecesores del rey e de la reyna. E sobre esto ponían turbaciones e impedimentos de tan mala calidad, que todas aquellas gentes se escandalizaron, diciendo que sus privilegios e libertades eran quebrantadas. E aquellos dos comisarios Alonso de Quintanilla y el provisor de Villafranca fueron puestos algunas veces en gran peligro de sus vidas, recelando el ímpetu de los pueblos que estaban levantados. Porque los alborotadores les daban a entender que aquellos comisarios venían a los engañar, e quebrantar sus privilegios, e a los facer pecheros e tributarios”, F. del Pulgar, Crónica..., I, pp. 436-437. 126
464
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 465
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
por escrito con sus palabras). En esta ocasión: “con palabras dulces le dieron a entender que ellos no venían a quebrantarles sus franquezas, mas venían a gelas guardar mejor que fasta aquí les habían sey´do guardadas” 128. Parece, por tanto, que el conflicto estalló en Vizcaya, no tanto por la resistencia a obedecer el llamamiento de apoyar militarmente la defensa de las posiciones atacadas por los turcos, sino por el hecho de que fueran los comisarios de la Hermandad los que solicitasen esa ayuda. Alfonso de Quintanilla era, por aquel entonces, tesorero, contador y escribano mayor de la Hermandad. En septiembre de 1480, los reyes habían procedido a confirmar los acuerdos sobre la Hermandad decididos en la junta de Madrid de ese año. Esta institución, que hasta entonces sólo había tenido sentido a la sombra de la guerra civil, habría de prorrogarse por otros tres años, a partir de 1481. Esta decisión se tomaba a pesar de las resistencias de algunas ciudades y villas que se habían negado a seguir contribuyendo a la Hermandad, aludiendo que la guerra había terminado. Resulta esclarecedor el hecho de que fueran los comisarios de la Hermandad los encargados de organizar en diciembre la flota que habría de ser enviada contra el Turco, justo cuando, unos meses antes, en la junta de la Hermandad reunida en Madrid, se había decidido, al margen de esta campaña, la organización de una armada propia a su servicio, “en el reyno de Galizya e en el prinçipado de Asturias e en el condado de Viscaya e Encartaçiones e Alava e las villas e logares de la Costa de la Mar (...) e las tierras del duque de Medinasidonia e del marquesado de Cadis e las villas de Moguer e Palos e Santa María del Puerto que son en el Andaluzía” 129. Parece, pues, que los recelos de los vizcaínos estaban fundados: temían que si apoyaban una medida provisional motivada por una circunstancia coyuntural (el peligro turco), acabaría por convertirse en permanente (obligación de mantener una armada al servicio de la Hermandad). Así pues, se pone de manifiesto el carácter propagandístico del interés de Isabel por apoyar la campaña contra los turcos. Venía muy a propósito para intentar convencer a las ciudades costeras de la necesidad de contar con una flota permanente bajo el mando de la Hermandad. Era, además, una excusa muy oportuna para acelerar su organización. Esta operación propagandística así planteada constituye un antecedente de lo que sucederá más tarde con la guerra de Granada. La defensa de la fe y la amenaza infiel sirvió de excusa para seguir manteniendo la Hermandad que se convertía, así, en una institución mucho más eficaz para los reyes a la hora de movilizar efectivos militares y de obtener recursos económicos sin tener que contar con las cortes 130. En Aragón, en estos momentos, esto no era posible, por no existir allí una institución análoga. Fernando tuvo que solicitar, tanto en las cortes de Aragón, como en las 128
Ibídem, p. 437. J. Urosa Sánchez, Política, seguridad y orden público en la Castilla de los Reyes Católicos, Ministerio de Administraciones Públicas, 1998, p. 201. 130 M.A. Ladero Quesada, “Poder y administración en España”, en El Tratado de Tordesillas y su época..., I, pp. 75-76, y del mismo autor, La España de los Reyes Católicos..., pp. 201-206. 129
465
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 466
Ana Isabel Carrasco Manchado
del principado de Cataluña, la ayuda económica que precisaba para la cruzada antiturca. Y las cortes de Aragón no quisieron otorgar esa ayuda 131. Esta es una de las vertientes propagandísticas de esta campaña, dirigida al interior del reino de Castilla, pero hay otras que tienen que ver con una propaganda dirigida al exterior del reino. A su vez, como propaganda dirigida al exterior, la cruzada antiturca se orienta hacia dos objetivos: uno tiene que ver con el protagonismo en la política italiana perseguido por Fernando de Aragón y otro, con las relaciones específicas de la pareja real castellano-aragonesa, la iglesia hispánica y el papado. El papa, como príncipe italiano y cabeza de la Iglesia, está implicado en los dos objetivos. El papa no se encontraba en una posición fácil, después de la conjura de los Pazzi (que habían intentado acabar con el poder de los Medici en Florencia) en la que algunos decían que estaba implicado. El peligro turco se le presentaba también a él como una oportunidad para desviar la atención y para liderar una liga en defensa de Italia y de la Cristiandad que le devolviera el prestigio. El día 8 de abril de 1481, el papa hizo proclamar la cruzada 132 e intentó organizar una liga en la que se implicaran Nápoles, Milán, Génova, Florencia, Ferrara, Siena, Luca, Mantua, Bolonia y Hungría. El resto de reinos cristianos no parecen estar muy interesados, salvo Castilla-Aragón y Portugal. Venecia había pactado con los turcos y se rumoreaba que simpatizaba con las intenciones del rey de Francia, que quería, por su parte, aprovechar la crisis para maniobrar contra Ferrante y el reino de Nápoles 133. En este contexto se sitúa la embajada del obispo de Gerona Juan Margarit que acudió a negociar con Venecia su entrada en la liga antiturca. El discurso del embajador aragonés resultó de tal brillantez que fue trasladado a la imprenta, en Roma. El papa parecía agradecer el apoyo de los monarcas castellano-aragoneses. Sin embargo, no hasta el punto de ceder también en otras de las exigencias de la política religiosa regia. Desde agosto del año anterior de 1479, los reyes negociaban con la Santa Sede la provisión de diversos obispados que habían vacado, produciéndose el consabido conflicto entre el papa y la monarquía y la disputa sobre los candidatos propuestos por los reyes y los que quería designar el papa (entre ellos, en esta ocasión, su sobrino Rafael Riario). El asunto se complicó de tal modo esta vez y los delegados castellanos protestaron tanto que el papa ordenó encarcelar al obispo de Osma, el embajador castellano encargado de negociar la provisión de los obispados 134. En relación con la iglesia aragonesa, el conflicto surgido en torno a la designación del futuro obispo de Tarazona, una de las principales sedes del reino, unido a la negativa del papa a conceder otro cardenal para ese 131
Fernando del Pulgar, Crónica..., I, p. 447. A finales del mes de abril de 1481, desde Roma, llegaba la bula de Sixto IV concediendo indulgencia plenaria a los que ayudaren a la flota que los Reyes Católicos preparaban contra los turcos, L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, doc. 107, pp. 491-494. 133 Ibídem., I, pp. 249-250. 134 Véanse estas cuestiones en J.M. Nieto Soria, Iglesia y génesis..., pp. 373-374. 132
466
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 467
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
reino, tal y como solicitaba Fernando, también estalló en crisis: Fernando ordenó a sus naturales residentes en Roma que abandonaran la corte papal. Para terminar de ahondar más la herida y de poner al límite la paciencia de los reyes castellanos, el papa concedía al arzobispo de Toledo, Alonso Carrillo poderes de nuncio permanente en Castilla 135. Por su parte, el arzobispo Carrillo asumía también la propaganda de la cruzada contra los turcos anunciando públicamente su decisión de embarcarse. Era la última baza que le quedaba para no naufragar políticamente y el papa respondió, al parecer, positivamente. Sobre este particular escribía por aquel entonces una carta Diego Rodríguez de Almela, fechada el día 25 de abril de 1481 y dirigida al deán y cabildo de la iglesia de Cartagena, “sobre la ida que el muy reverendo señor el arçobispo de Toledo se dize que quiere fazer a la guerra contra los turcos” 136. No era la primera vez que a un arzobispo de Toledo se le había pasado por la mente embarcarse en tal empresa, pero el canónigo de Cartagena se muestra crítico con esta campaña, pues piensa que “acá tenemos infieles moros enemigos de nuestra Santa Fe en que podría fazer mayor serviçio a Dios” y que con “aquella cantidad que allá fará, podrá acá tener e pagar tres o quatro tanta gente más en la guerra de los moros del regno de Granada si pluguiere a Dios de se fazer e començar e otras razones que para ello dan” 137. Esta objeción podría hacer extensiva también a los reyes, lo que indica que algunos de los propagandistas castellanos tardaron en entusiasmarse con esta campaña. A pesar de ello, Almela termina aprobando la decisión del arzobispo, dando crédito a las noticias que llegaban de Italia que decían que los turcos estaban dispuestos a entrar en Roma 138. Finalmente, la armada castellana partió de Laredo el día 22 de junio de 1481. La salida de la flota fue solemnizada por el provisor Juan Ortega, comisario de la Hermandad adoptando gestos que denotaban los fines sagrados a que servía, de acuerdo con la ideología de la cruzada: él mismo ofició una misa y bendijo las banderas y enseñas militares (Pulgar, I, p. 438). Por esas fechas, también partía la flota portuguesa. Se dirigían a socorrer Otranto, sin embargo, la repentina muerte del sultán (noticia que llegó a Roma el día 2 de junio de 1481) aceleró la solución de la situación. Otranto resistió hasta el día 10 de septiembre, pero la flota castellana llegó tarde para participar en la lucha 139. Por primera vez Castilla se veía implicada con seriedad en la cuestión turca que, desde la caída de Constantinopla, era un asunto que alteraba la ya de por sí complicada política italiana. La cuestión turca era un motivo de la propaganda 135
Cuenta Zurita que esta decisión exasperó especialmente a Fernando, ésta y la de conceder otro cardenal para el reino de Portugal, mientras que a él se le negaba la misma petición (J. Zurita, pp. 309-310). 136 D. Rodríguez de Almela, Cartas..., p. 73- 78. 137 Ibídem, p. 74. 138 Ibídem, p. 78. Diego Rodríguez de Almela termina animando al arzobispo, a pesar de no confiar demasiado en la necesidad imperiosa de emplearse en esa cruzada. Era una forma sutil de quitarse de en medio a un personaje fuente perpetua de problemas. A Carrillo le quedaba, sin embargo, poco de vida y no tardaría mucho en morir, al año siguiente, en julio de 1482. 139 L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, p. 254.
467
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 468
Ana Isabel Carrasco Manchado
papal, presta a ser esgrimida. La unión de las dos coronas, castellana y aragonesa, obligaba a Castilla a intervenir en la crisis que se había abierto en el Mediterráneo, pero, el aliento de la propaganda de cruzada contra el infiel en estos momentos terminó resultando beneficioso. Sirvió para agilizar el proceso de conversión de la Hermandad en un brazo armado al servicio de cualquier objetivo militar apoyado por los reyes y para tomar el pulso a las ciudades castellanas en una eventual movilización de fuerzas contra Granada. En este sentido, se observa una respuesta positiva. Hemos visto cómo ciudades como Valencia seguían de cerca los sucesos del sitio de Otranto; el día 3 de marzo de 1481 las autoridades municipales organizaban otra procesión de acción de gracias, esta vez por una victoria que había infligido el rey de Hungría a los turcos 140. El interés de la ciudad es comprensible porque, como ciudad mediterránea podía verse afectada directamente si se alteraba el equilibrio en la zona, pero, también se observa una respuesta similar en algunas ciudades castellanas: al menos, que sepamos, en la ciudad de Palencia, donde las autoridades organizaron una procesión para celebrar la muerte del sultán turco, según revelan las actas municipales del día 20 de junio141. La campaña constituía, por tanto, un ensayo general para comprobar cuáles serían los efectos si en esas fechas los agentes de la propaganda regia comenzaran a difundir la ideología de cruzada. Los objetivos de esta operación propagandística en relación con la política religiosa de los reyes, a pesar de los conflictos suscitados, se vio también favorecida. En las instrucciones entregadas al embajador castellano en Roma, Gonzalo de Beteta, escritas por el mes de julio de 1481, se pide, entre otras cosas, que “lo que montare el subsidio que por razón de la déçima se ha de echar ayá el papa la terçia parte y el rey e la reyna nuestros señores las dos terçias para ayudar al armada contra el turco y que sy non se gastaren los dichos dos terçios en la dicha armada porque aquella non sea menester, que lo puedan gastar en la guerra contra los moros de Granada y no en otra cosa”. Piden, también, que el colector sea el vicario general de la orden de Santo Domingo (“nuestro confesor”, Alfonso de San Cebrián). “Iten, que de la crusada que se ha de otorgar para la guerra de Granada aya el papa la terçera parte e el rey e la reyna nuestros señores los dos terçios” 142. Hasta entonces, los reyes sólo habían podido disponer de la mitad de los ingresos percibidos por medio de décimas, subsidios y cruzadas y eran recaudados por colectores papales (con el consiguiente riesgo de disminución de la parte regia). Las peticiones de los reyes fueron escuchadas y, por primera vez, los reyes 140
Libre de mèmories..., p. 674. Archivo Municipal de Palencia, 1481-1499, sesión del 20 de junio de 1481. Todos los vecinos fueron obligados a asistir bajo multa de 60 mrs. Las cofradías debían mandar representación bajo multa de 600 mrs (citado por A.L. Molina Molina, La vida cotidiana en la Palencia medieval, Palencia, 1998, p. 60). Así, pues, no sólo los reyes celebran la muerte del Gran Turco. Isabel y Fernando conocieron la noticia estando en Zaragoza. Procedieron a ordenar procesiones por toda la ciudad y oraciones de acción de gracias (F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 447). 142 L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, doc. 108, pp. 497-498. 141
468
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 469
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
castellanos podían disponer de los dos tercios de esos ingresos, pudiendo aumentar, además, la eficacia recaudadora, al ser realizada desde el propio reino por naturales de los reyes 143. Estos nuevos recursos eran un acicate para iniciar la guerra de Granada. Sixto IV era consciente de que la unión de las dos coronas concedía a los monarcas aragoneses mayor poder y recursos para aumentar su protagonismo en Italia, por tanto, le convenía iniciar una nueva política de acercamiento a Isabel y a Fernando. La cuestión del derecho de suplicación de los beneficios eclesiásticos también se resolvió por el momento, en virtud del acuerdo negociado con el nuncio papal Domingo Centurión 144. 5. Isabel I viaja a la Corona de Aragón:
contribución ceremonial de los reinos aragoneses a la legitimidad sucesoria (1481-1482) La reina pasó las Navidades en Medina del Campo y a finales de enero del año de 1481 se trasladó a Valladolid, adonde permaneció hasta comienzos de la primavera (Itinerario). En la primera semana de abril todo está dispuesto para comenzar la ruta por el Reino de Aragón, el Principado de Cataluña y Reino de Valencia. Se escapa de los límites de nuestro trabajo el ocuparnos con detenimiento de los hechos propagandísticos concernientes a la corte aragonesa del rey Fernando, labor que merecería un estudio detallado. No obstante, no podemos dejar de aproximarnos, al menos, puesto que la corte castellana de Isabel se traslada al reino de Aragón. Ello nos proporciona algún argumento para valorar cómo se percibe desde la Corona Aragonesa la nueva realidad de la unión de las dos Coronas y, en concreto, cuál es el grado de respuesta, de colaboración y de recepción de los aragoneses, catalanes y valencianos en relación con la propaganda isabelina. A juzgar por la respuesta ceremonial que dieron algunas ciudades como Valencia a las demandas propagandísticas durante el conflicto sucesorio, puede valorarse la importancia que tenía para la imagen de Isabel realizar este itinerario por los reinos patrimoniales de su marido. Sólo daremos unos pocos datos, como panorama general. Ante todo, hay que decir, que este viaje, por sus propias características, se trata de un viaje legitimador. El rey Fernando se encontraba en los territorios de su corona desde el otoño de 1480. Su regreso estaba motivado por la convocatoria de cortes en los diferentes reinos y principado. Desde la muerte de su padre había estado dilatando el momento de celebrar cortes, tal vez porque interesaba dejar primero bien atados los asuntos castellanos. El príncipe Juan, después de ser jurado como heredero y legítimo sucesor de Castilla en las cortes de Toledo, había de ser jurado príncipe heredero también en Aragón, en las cortes aragonesas, valencianas y catalanas. Esta es la finalidad que motiva el viaje a los 143
Sobre la evolución de la percepción de estos tributos eclesiásticos en beneficio de los reyes castellanos desde mediados del xiv hasta 1482, véase J.M. Nieto, Iglesia y génesis..., pp. 322-336. 144 L. Suárez Fernández, Política internacional..., I, doc. 108, pp. 497-498.
469
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 470
Ana Isabel Carrasco Manchado
territorios donde Isabel es reina consorte. La jura de su hijo en las ciudades principales de la corona, así como las diversas entradas reales que se le tributaron permitieron prolongar el efecto de la propaganda legitimadora que desde que acabó la guerra proyectaban las cortes de ambos monarcas. Isabel hizo su entrada solemne en Calatayud un sábado día 7 de abril. Desde el 28 de marzo la esperaba el rey en la ciudad, por lo que pudo dirigir los preparativos del recibimiento solemne que se tributó a la reina de Castilla y al príncipe. Hubo varios días de fiesta y regocijos por la entrada de la reina y de su hijo, entre los que se encontraban varios espectáculos teatrales 145. Este día, 9 de abril, asistió el rey Fernando a la inauguración de las cortes en la iglesia de San Pedro de los Francos. Transcurridos unos días, pronunció un discurso él mismo en persona, como se acostumbraba en las cortes aragonesas, discurso en el que deslizó argumentos relativos a la cruzada contra el Turco 146. En la sesión de 19 de mayo se anunció la fecha para solemnizar la jura del heredero: al día siguiente, domingo, en la iglesia de San Pedro de los Francos 147. El rey y la reina acudieron con el príncipe y se sentaron en sus sillas reales. A su lado se sentó el justicia de Aragón. Los congregados, antes de proceder al juramento, solicitaron a los reyes un juramento y promesa por su fe y palabra real, acompañado de pleito homenaje en manos del justicia de Aragón, puesto que el príncipe era menor de edad. Los reyes debían jurar que el príncipe guardaría los fueros y libertades y la unión de los reynos de Sicilia y Cerdeña y sus islas adyacentes con el reyno de Aragón, y jurar, asimismo, que cuando el príncipe tuviese catorce años, antes de usar de jurisdición, haría juramento de guardar esos mismos fueros y libertades del reyno, en la iglesia de San Salvador de Zaragoza, delante del altar mayor, públicamente, en presencia del justicia de Aragón, hallándose presentes los diputados del reino, a lo menos cuatro de ellos, uno de cada estado y en presencia de tres jurados de Zaragoza. Sólo después de esto, los miembros de los diferentes estados juraron al príncipe de Castilla sucesor del rey Fernando en sus reinos de Aragón. Saltan a la vista las diferencias entre esta ceremonia y la celebrada en Toledo el año anterior. Por las características particulares del modelo político aragonés, tanta o más importancia tiene el juramento que debían prestar los reyes en nombre suyo y del príncipe menor de edad, como el juramento del reino. El juramento de los procuradores, prelados y nobles, es un juramento provisional, condicionado a la repetición de la ceremonia once años después, 145
J.A. Mateos Royo, “Teatro religioso y homenaje político: la entrada de la reina Isabel en Calatayud (1481)”, Voz y Letra, 8/1 (1997), 16-31. 146 Dice Zurita que un lunes 30 de abril, hizo el rey su proposición con la solemnidad que se acostumbra. En este razonamiento el rey, tras excusarse por no haber convocado antes las cortes, explicó el peligro en que estaba el Reino de Sicilia por aver ocupado el turco la ciudad de Otranto en el Reino de Nápoles, cosa que ponía gran turbación y espanto en toda la cristiandad; en consecuencia, les pedía que le sirviesen para la expedición de la armada que estaba preparando (J. Zurita, Anales..., vol. 8, p. 312). Pulgar recoge también en su crónica la petición formal del rey de ayuda económica para hacer frente a los turcos (F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 445). 147 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 445.
470
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 471
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
cuando el príncipe alcanzara la mayoría de edad. Quizá por esta razón muchos de los representantes aragoneses se permitieron no asistir a la jura, según hace notar Zurita: “No huvo el concurso de perlados y grandes y cavalleros que se requería y era costumbre hallarse en semejante auto que aquel, siendo el mayor príncipe que se avía jurado en estos reynos en cuya sucessión se juntavan primeramente las coronas de Aragón y Castilla” 148. Así pues, parece que esta ceremonia, desde el punto de vista propagandístico, como imagen del consenso en torno al nuevo rey y al heredero, resultó en el Reino de Aragón un tanto deslucida. Las cortes de Aragón se continuaron en Zaragoza. El día 9 de junio entraba Isabel en la ciudad de Zaragoza con protocolo de recibimiento real en su primera entrada. Ella y el rey compartieron el mismo palio que las autoridades les tenían preparado. Zurita destaca, en este punto de su relato, la compañía castellana que traía Isabel en su cortejo: el cardenal Mendoza, que no podía faltar, el obispo de Burgos, el duque de Medinaceli, el duque de Alburquerque, el conde de Benavente, el de Treviño y el conde de Belalcázar. El cortejo debía ser impresionante, ya que estos nobles se encuentran entre los más poderosos y ricos del reino. Andrés Bernáldez destaca de esta visita el espléndido regalo que la aljama judía de Zaragoza presentó a los reyes: “Lo cual fue: doce terneras, doce carneros todos enparamentados, e en pos de esto una singular vaxilla de plata que llevaban doce judíos por sus pieças de platos y escudillas, e uno dellos llevaba encima del plato una rica copa llena de castellanos, e otro llevaba encima de otro plato un jarro de plata. El rey e la reina, puestos donde lo vieron todo, lo mandaron recebir e recebieron, e se lo tovieron en muy gran servicio e les dieron por ello muchas gracias e se lo agradecieron mucho” 149.
Al término de la entrada pasaron a residir al palacio del arzobispo. Las cortes iban a celebrarse en el palacio de la Diputación, contiguo al palacio arzobispal. Se ordenó la construcción de un pasadizo con objeto de que los reyes pasaran con comodidad, rapidez y seguridad de uno a otro palacio. Este tipo de construcciones son frecuentes en otros muchos lugares en los que la corte reside, fabricados, en ocasiones, para trasladarse, simplemente, desde los palacios donde se aposentan, hasta la iglesia. Tales construcciones proyectan un efecto propagandístico, puesto que es el protocolo ceremonial el que decide que los reyes no deben salir a la calle ni mostrarse a menudo a cualquier viandante. Cuando los reyes residían en alguna ciudad, los súbditos debían presentir la presencia regia, no verla. Se trata además de un procedimiento para evitar conflictos desagradables. Fernando partió a Barcelona para estar presente en las cortes que se estaban celebrando en la ciudad del principado. Antes de marchar, habilitó a la reina 148 149
J. Zurita, Anales..., p. 313. A. Bernáldez, Memorias..., p. 108.
471
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 472
Ana Isabel Carrasco Manchado
para que pudiera presidir las de Aragón, nombrándola lugarteniente general. La habilitación tuvo lugar el día 12 de junio pero la reina no juró el cargo hasta el día siguiente, día 13. A este acto de juramento se le revistió de especial solemnidad, puesto que se desarrolló públicamente, en lugar sagrado, la Seo de Zaragoza. Aquí, la reina prestó pleito homenaje en las manos del justicia de Aragón 150. La colaboración política de Isabel se hacía necesaria, pues las cortes se estaban celebrando de manera simultánea en diversos territorios. Pero es muy probable que Fernando quisiera halagar a su mujer con esta ceremonia. Era evidente que el grado de poder que Isabel tenía en Aragón no era comparable al que había conseguido Fernando en Castilla. Este nombramiento y la consiguiente ceremonia pública representaba, al menos, una actitud favorable del rey de Aragón, que manifestaba así ante la reina, sus cortesanos castellanos y ante sus propios súbditos aragoneses, el reconocimiento de cierto grado de autoridad y una buena disposición a que Isabel ejerciera también determinado papel político en Aragón. En ausencia de su marido, Isabel se preocupó por hacer resaltar en todo momento su preeminencia real. Sus agentes de propaganda debieron intentar introducir el protocolo de la corte castellana, preocupándose por mantener los más mínimos detalles simbólicos, tal y como se desprende de la siguiente observación de Zurita sobre un “auto extraordinario” en el protocolo de entrar la reina en la sala de la Diputación donde se reunían las cortes: “Fue necesario que se hiziese auto de corte de abrirse la puerta para entrar la reyna de las casas del arçobispo a la Diputación tan atentos y advertidos estavan en guardar sus costumbres y cerimonias hasta en cosas tan menudas” 151. Antes de partir Fernando hacia Barcelona, le llegó la noticia de la muerte del sultán turco. En consonancia con la propaganda de cruzada que había estado intentando comunicar a los representantes del reino reunidos en cortes (que no resultó muy eficaz, ya que no quisieron concederle el servicio que solicitaba para hacer frente a los gastos de la armada), se ordenaron procesiones de acción de gracias por la ciudad y misas y plegarias públicas, en las cuales participaron los reyes 152. El 14 de julio partió la reina hacia Barcelona. Dice Zurita que Isabel fue recibida en la ciudad “con el mayor triunfo y fiesta que nunca rey lo fue en los tiempos pasados, en lo qual se quisieron señalar los catalanes sobre todos” 153. Fue, si hemos de creer al cronista, mejor recibida aquí que en Zaragoza. La ocasión se prestaba para preparar una entrada real del gusto de Isabel, puesto que Fernando estaba ya en la ciudad 154. En efecto, es el rey el que se empeña en que la reina fuera recibida bajo palio, costumbre, al parecer no usada antes en Barcelona con 150
J. Zurita, Anales..., VIII, p. 313. Ibídem, p. 313. 152 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 447. 153 J. Zurita, Anales..., VIII, p. 314. 154 A Isabel “se le dispensó un gran recibimiento, con entrada real incluida, excepcional en una reina consorte, lo que indicaba su especial significación”, M.A. Pérez Samper, “La presencia del rey ausente...”, p. 73. 151
472
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 473
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
ocasión del recibimiento de una reina consorte 155. Al llegar al puente del portal de San Antonio, la reina y todos sus cortesanos se detienen a contemplar la Representació de Santa Eulalia 156, una pieza teatral que las autoridades habían preparado con objeto de que fuera la santa patrona de Barcelona la que figuradamente introdujera a Isabel en la ciudad. La santa se hacía acompañar por el Ángel Custodio, san Gabriel y san Rafael, y la escenografía comprendía tres cielos con luminarias, y diversas imágenes de reyes y profetas. Santa Eulalia cantó “con mucha melodía”, una copla en catalán dirigida a la reina. De este modo, Isabel entraba en contacto con la riqueza dramática y figurativa de los ceremoniales de la Corona de Aragón 157. En los días siguientes, las autoridades prepararon días de fiestas para honrar a la reina y también a sus cortesanos. La reina, acompañada entre otros del cardenal, contemplaba las alegrías desde una ventana del palacio de uno de los hombres ilustres de la ciudad 158. Las autoridades barcelonesas debieron colaborar gustosos en la propaganda regia, honrando a Fernando en la persona de su mujer Isabel, puesto que esperaban que en el tránsito de estas cortes se diera solución a la crisis y guerra civil que afectaba al principado desde décadas. El trasfondo político de esta visita regia se traduce en los gestos de la recepción “de su visita se espera paz, reposo, orden, prosperidad, incluso” 159. Como en Calatayud, la jura del príncipe Juan tuvo lugar en la iglesia mayor de la ciudad. En Barcelona recibieron la noticia de la muerte del rey de Portugal. Las exequias solemnes que celebraron en su honor 160 les volvía a proporcionar la posibilidad de emitir mensajes de la propaganda de la paz con ese reino, paz que para ellos significaba, en realidad, triunfo. Terminada su estancia en el principado de Cataluña, se desplazó la corte al reino de Valencia. Tras una semana de preparativos iniciales, entraron en la ciudad de Valencia el día 27 de noviembre. Las fiestas que aquí se organizaron, en 155
“E per ben festivar la dita senyora reyna, jatsesia que tal prática com deius fins ací no fos stada feta en noves intrades dels reys e reynes antecedents, peró per complaure al senyor rey, qui axí ho volgué, los dits honorables consellers delliberaran, sots pali rebre la dita senyora reyna en lo pont del portal de Sant Anthoni” (Llibre de les solemnitats de Barcelona, edición completa del manuscrito de l’Arxiu Històric de la ciutat por A. Duran i Sanpere y J. Sanauve, Barcelona, 1930, vol. 1, p. 336). 156 Ibídem, p. 336-337. Esta representación fue recogida por R. Surtz, estudioso del teatro medieval hispánico e incluida por A. Gómez Moreno entre las piezas que son representadas en el marco de las ceremonias regias (véase su obra El teatro medieval..., p. 93). 157 La tradición dramática de las ceremonias regias aragonesas no era nueva (F. Massip Bonet, “Imagen y espectáculo del poder real”, pp. 374-386). Isabel volvería a contemplar nuevas representaciones teatrales en el curso de su segunda visita a la Corona de Aragón (véase P. Calahorra Martínez, “Entremeses y paraliturgias en la Seo Zaragozana ante la presencia de los Reyes Católicos”, Nasarre. Revista Aragonesa de Musicología, 9, 2 (1993), pp. 119-125). 158 Unas “festes molt belles que la senyora reyna e lo cardenal d’Espanya miraven en una finestra de casa de mossen Guillem Pujades”, dice la fuente utilizada por J. E. Ruiz-Domenec, “El torneo como espectáculo...”, p. 180. 159 Palabras de I. Fernández Terricabras que analiza la imagen institucional de la reina en esta entrada (“Tres imágenes de Isabel la Católica”, en Isabel la Católica: la magnificencia..., p. 91). 160 F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 451.
473
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 474
Ana Isabel Carrasco Manchado
honor de la entrada de Isabel y de la presencia del príncipe, debieron ser las más lucidas de todas las que les ofrecieron en el resto de ciudades. Pulgar destaca la brillantez de las fiestas y el enorme gasto que hizo la ciudad: “Fueron resçebidos alegremente, e con grandes e muy suntuosas fiestas, así de gastos generales de la çibdat, como particulares de muchos cavalleros que fizieron justas e torneos en todas las plaças y calles prinçipales, con grandes arreos; en las quales fiestas los de aquella çibdad mostraron tener muchas riquezas e ánimo para las gastar. Estas fiestas duraron los quinze días que el rey e la reyna estovieron en aquella çibdat” 161.
Esta primera estancia de Isabel en la ciudad está muy bien documentada y puede reconstruirse con bastante detalle 162, lo cual permite confirmar las palabras del cronista oficial que en esta ocasión no exagera. Los reyes estuvieron en Valencia un mes y, efectivamente, las fiestas duraron unos quince días, es decir, la mitad de la estancia. En el tránsito de esta estancia festiva se producía la ceremonia de jura en cortes del príncipe Juan. Pero, de momento, su figura parecía quedar eclipsada frente a la de su madre. Años después, cuando el príncipe vuelva a entrar en la ciudad en 1488, le llegará el turno de lucirse en un recibimiento equiparable al protagonizado por Isabel. Por el contrario, en la misma visita, Isabel, que entró unos días antes que su hijo, comprobará con disgusto cómo su recepción se producía sin solemnidad 163. El descontento de Isabel revela un escrúpulo ceremonial que hace pensar en su total identificación con una idea de realeza que tiende a expresarse en términos de preeminencia y soberanía. A comienzos del año 1482, la corte retorna a tierras aragonesas, iniciando el viaje de regreso a Castilla. El día antes de la fiesta del día de Reyes, entran Isabel y Fernando en Teruel con toda la corte de nobles y caballeros castellanos y aragoneses. Era la primera vez que entraba Fernando de Aragón en Teruel, por lo que juró los privilegios y libertades de la ciudad, no en la puerta, como se hacía en las ciudades castellanas, sino en la iglesia principal de la ciudad, como se venía haciendo ya en algunas de las ciudades de los reinos de la Corona de Aragón. Este juramento marca una diferencia respecto al ceremonial que se otorgaba a los reyes consortes en uno y otro reino: Fernando de Aragón juraba 161
Ibídem, p. 451. Hicimos una reconstrucción en A.I. Carrasco Manchado, Discurso político..., pp. 991-1.004, a partir de los datos del Libre de memòries..., y, del mismo editor, S. Carreres, Ensayo de una bibliografía...; así como las fuentes publicadas por M. Ballesteros Gaibrois, Valencia y los Reyes Católicos... Otros estudios modernos sobre fiestas reales incorporan igualmente valoraciones sobre esta entrada (además de los trabajos ya citados de R. Narbona, el trabajo de T. Ferrer Valls, “La fiesta cívica en la ciudad de Valencia en el siglo xv”, en E. Rodríguez (ed.), Cultura y representación en la Edad Media, pp. 145-169). 163 La familia real llegó el 4 de marzo de 1488 y se alojó en el monasterio de San Bernardo. Isabel y Fernando entraron en la ciudad dos días antes que su hijo. Salieron a recibirlos los jurados y los canónigos pero sin palio ni otro elemento solemne. No tocaron siquiera las campanas, como en su primera visita, “car no es de more tocarles sino la primera vegada que entren de nou los reyes e princeps, de que la reyna fou molt descontent perque no li tocaren les campanes” (S. Carreres, Ensayo..., p. 94). 162
474
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 475
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
los privilegios municipales en las entradas reales castellanas, mientras que Isabel, a pesar del espléndido recibimiento que se le había tributado en algunas de las ciudades en esta primera estancia, no prestaba el juramento prescrito en las entradas reales, como correspondía a su papel político secundario en este reino. La última de las visitas de este itinerario aragonés de Isabel que vamos a mencionar tuvo lugar en la ciudad de Daroca, en donde se detuvieron al menos dos días. La entrada de 1481 se cuenta entre las más espléndidas de las que se organizaron entonces en la ciudad 164. Los reyes llegaron al anochecer, por lo que su entrada hubo de realizarse a la luz de las antorchas. Disparos de bombardas anunciaron su llegada. Ambos monarcas fueron acogidos por un palio que la ciudad encargó traer de Calatayud 165. El momento más destacable de la entrada fue la oración de los reyes en la capilla de los Santos Corporales, reliquias milagrosas vinculadas a la monarquía aragonesa desde la época de las conquistas de Jaime I a los musulmanes 166. Isabel y Fernando fueron acumulando santas indulgencias en todas estas visitas, como parte de un particular itinerario sagrado por el reino. De su veneración a estas sagradas reliquias quisieron dejar constancia y memoria encargando una pintura en la que apareciese, junto al milagro, el retrato de la familia real orante 167. Isabel volvía a Castilla conociendo ya la noticia de la caída de Zahara en poder del rey de Granada. Ya no quedan dudas sobre la conveniencia de iniciar una nueva guerra. Los acontecimientos de los dos últimos años le aportaron un importante capital simbólico que podría ser canalizado en su favor y en apoyo de un nuevo escenario conflictivo. 6. La retórica del consenso 6.1. “Restituyéndonos por multiplicado códices”: de los usos diplomáticos a la incorporación de la imprenta Después de haber trazado los perfiles propagandísticos de los actos y ceremonias que marcaron el fin de la guerra y el inicio, verdaderamente, del reinado de Isabel I, es preciso detenerse en las manifestaciones discursivas y en los canales por los que se transmitieron. Los dos primeros años transcurren entre sucesos especialmente legitimadores. Las negociaciones con Portugal, que terminan en la firma del Tratado de Alcaçovas, y el largo espacio dedicado a las Cortes de 1480, en Toledo, delimitan el marco contextual que produce la emisión constante y sucesiva de discursos 164
No fueron tan solemnes la entrada de 1449 ni la de Carlos I en 1522, ocurridas en contextos políticos difíciles (M.L. Rodrigo Estevan, “El poder real y los rituales públicos de exaltación de la monarquía en una ciudad aragonesa: Daroca (1449-1525)”, El poder real en la Corona de Aragón... pp. 462). 165 Ibídem, pp. 465-467. 166 En la Biblioteca de la RAH se encuentra un relato con la historia de este milagro: De Darocensibus Corporalibus Historia, leg. 9/4560, n.º X. 167 A esta visita atribuye C. Morte el encargo del políptico para la antecámara de la capilla de los Santos Corporales de Daroca (véase su artículo “Fernando el Católico y las Artes”, en Las Artes en Aragón..., p. 159).
475
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 476
Ana Isabel Carrasco Manchado
legitimadores. Tales discursos emanan, ante todo, de los actos de compromiso y juramento que fundan la nueva situación política que nace del término de la guerra. El tratado de paz con Portugal originó una sucesión de juramentos. Las condiciones de la negociación en la época obligan a insistir, una y otra vez, en las seguridades y en los compromisos negociados, primero mediante delegados o portavoces autorizados y, luego, por la actuación de los propios reyes implicados. Al final termina propiciándose una repetición constante de los discursos, lo que acentúa la efectividad de la propaganda por la posibilidad de llegar a más público en las distintas situaciones. En el caso de los juramentos, no hay que olvidar que, además, se produce primero una emisión oral y, a continuación, una transmisión escrita, al quedar recogidos en las actas o insertas en el cuerpo de los tratados. La muerte del rey aragonés Juan II dio lugar a que en la Corona de Aragón, justo por esas fechas, se produjera también un proceso legitimador en virtud del ascenso al trono de su hijo. El viaje de Fernando de Aragón desde Castilla a Aragón provocó la celebración de nuevas entradas reales en algunas villas que no habían sido todavía visitadas por el rey, como en el caso de Cáceres. Como tal primera entrada real, Fernando prestó juramento de respetar el fuero y ordenanzas de la villa, ante las autoridades y vecinos congregados junto a la puerta Nueva. En el transcurso de las negociaciones de los tratados de paz con Portugal se emitieron numerosos juramentos reales (en Alcaçovas, el 4 de septiembre de 1479, unos primeros juramentos mediante procurador; en Évora, el 18 de septiembre de 1479, fecha del juramento del rey y príncipe de Portugal; en Trujillo, el 27 de septiembre de 1479, fecha del juramento de Isabel; y finalmente en Toledo, el 6 de marzo de 1480, fecha del juramento conjunto de los ya titulados reyes de Castilla y de Aragón). Esta secuencia se refiere a los juramentos generales de los distintos cuadernos que contienen las capitulaciones de paz, pero a ellos había que añadir, también, otros juramentos parciales que se emitieron en relación con algunas cuestiones particulares o cláusulas concretas del tratado. La propaganda emitida por todos estos juramentos se encuentra unida a la que se transmite mediante otro tipo de manifestaciones orales, los razonamientos, discursos, “hablas”, proposiciones, etc., que sirven para introducir el gesto de jurar. Todos los juramentos realizados se vieron precedidos de razonamientos pronunciados por los correspondientes portavoces autorizados que, en tanto que exponen una serie de motivos o circunstancias que enmarcan el acto de jurar, son susceptibles de transmitir ciertos mensajes propagandísticos. Como los juramentos, los razonamientos gozan de una difusión oral y también escrita, puesto que quedan recogidos en las actas o documentos correspondientes que dan testimonio de la ceremonia de jura. Así, encontramos breves razonamientos en el acta del juramento real realizado en la primera entrada de Fernando en la villa de Cáceres, y como preámbulo de las sucesivas juras de los tratados de paz con Portugal. Los documentamos, también, introduciendo la ceremonia de jura del príncipe Juan, ya sea en Castilla, o en Aragón.
476
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 477
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
En cuanto a la oratoria religiosa, hay que decir que, indudablemente, la nueva situación de paz debió de suscitar en los predicadores un renovado afán por subrayar la victoria sobre sus rivales en la lucha dialéctica particular que sabemos mantenían muchos eclesiásticos partidarios de Fernando e Isabel contra los partidarios de Alfonso y Juana. No en vano, veían confirmado todo aquello que habían predicado durante la guerra. Podían, ahora, presentarse ante su auditorio como visionarios y veraces intérpretes de los designios divinos. Ya desde la última fase de la guerra se trasluce el pesimismo de unos predicadores y el entusiasmo que demuestran, o deben mostrar, los otros. Pulgar escribe una carta al obispo de Tuy, Diego de Muros, que estaba preso en Portugal, y presumía que la causa había sido la de predicar sermones a favor de Isabel y Fernando. El secretario, con su ironía particular, intenta consolar al obispo: “Decís, señor, que no fallaron otro crimen sino haber reprehendido en sermones la entrada del señor rey de Portugal en Castilla. En verdad, señor, algunos predicadores la aprovaron en sus sermones, pero libres los veo andar entre nosotros, aunque creo que tienen tanta pena por ser inciertos predicadores, cuanta gloria vos debés tener por ser cierto, aunque preso” 168. En las ceremonias litúrgicas de la capilla real, en la corte, y también fuera de ella, se escucharon desde los púlpitos sermones relativos a la paz y a la nueva situación política, transmitiendo mensajes laudatorios de la bondad del juicio divino que falló a favor de Isabel. Los predicadores prestaban su habilidad retórica a los reyes para que sirviera a una propaganda de la sanción religiosa del nuevo régimen. La propia Isabel contribuyó a fomentar en su corte este medio de propaganda. Durante las negociaciones de paz con su tía Beatriz y con el príncipe de Portugal se trasladó al monasterio de Guadalupe para elevar sus plegarias y oraciones regias por la paz 169. Cuenta un historiador de este monasterio jerónimo que la reina estuvo cuatro veces en Guadalupe, en 1479. Isabel subía “secretamente” al trono de la Virgen para postrarse a sus pies, rezando por la paz con Portugal. Tal devoción secreta terminaba siendo convenientemente pública. Pero las negociaciones de paz, según hemos visto, no estuvieron exentas de dificultades, de amenazas de ruptura y de “repuntes” de violencia no sofocada (como ocurre con todas las negociaciones de este tipo: el tiempo de las negociaciones es todavía una época de guerra; hasta que no culminan los pactos y se firman los compromisos no da comienzo el verdadero periodo de paz). En Extremadura todavía se luchaba contra algunos nobles reacios a cambiar su partido. De este momento hay una epístola del secretario Fernando del Pulgar al condestable, que se estaba ocupando del cerco de Montánchez 170. En estas fechas, el 168
F. del Pulgar, Letras..., [letra VIII], p. 46. El obispo de Tuy, Diego de Muros, que fue capellán y maestro de la capilla real, era un experto predicador, a juzgar por el cargo de examinador de los aspirantes a predicadores reales de que disfrutaba ya en tiempos de Enrique IV, AGS, M y P, leg. 85, fol. 136. 169 G. Rubio, Historia de Nuestra Señora de Guadalupe..., p. 233. Hay que hacer notar que el Itinerario sólo recoge una estancia real ese año en el monasterio, la de enero, en la que estuvieron juntos ambos monarcas. 170 Es la Letra para el condestable, escrita en la primavera de 1479, y enviada a propósito de la toma de la fortaleza de Montánchez por los hombres del clavero Alonso de Monroy, [Letra XIII..., pp. 59-62].
477
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 478
Ana Isabel Carrasco Manchado
secretario se encontraba alejado de la corte, tal vez recogido en su residencia toledana, a causa de su posición crítica frente a los procedimientos de los inquisidores andaluces 171. Pero las labores de Pulgar como agente de la propaganda isabelina habían sido tan constantes en la etapa de la guerra, según hemos visto, que no podía quedar relegado. Los principales nobles fieles a Isabel siguen manteniendo contacto con él. El condestable le escribió una carta que Pulgar contesta, aportando juicios políticos que siguen la línea de los que ya venía difundiendo desde 1475. También mantiene correspondencia con cortesanos del círculo de letrados de Isabel, como es el secretario Fernán Álvarez de Toledo, al que envía otra epístola comentando la marcha de la paz con Portugal y reiterando, una vez más, las razones que fundamentan el derecho de Isabel 172. La propaganda de la paz, la paz efectiva, no se difundió hasta el mes de septiembre de 1479, cuando, tanto en la corte portuguesa, como en la corte castellana, se escuchan los pregones que declaran la firma de los tratados por el rey y príncipe de Portugal y por la ahora, prácticamente, incontestada reina de Castilla. A esas fechas corresponde una epístola de otro agente de la propaganda al que hemos visto actuar en el último año de la etapa anterior. Se trata del canónigo de Cartagena, Diego Rodríguez de Almela. El 15 de septiembre escribió una carta al licenciado Antonio Martínez de Cascales, que moraba por entonces en Toledo. No es una carta de un cortesano, puesto que Almela reside en Cartagena, pero sí de un colaborador de los reyes que se mostrará muy activo en difundir y hacer explícita la ideología de los Reyes Católicos 173. Su carta está escrita a propósito de otro tratado de paz, firmado no hacía mucho, con Francia. Se establecían a partir de entonces unas nuevas relaciones entre ambos reinos y, para sublimar este nuevo sentimiento de concordia, el canónigo busca en la historia aquellos momentos en los que los reyes de Francia y los de Castilla estuvieron unidos por lazos de sangre y matrimonio 174. La carta está motivada por otro efecto de propaganda, el razonamiento que pronunciaron los embajadores franceses el día que acudieron a la corte a firmar los tratados en el que, en términos similares al tono de la carta del canónigo, ensalzaron los 171
Pulgar inicia la polémica contra la actuación de la Inquisición mediante una carta que iba dirigida al cardenal Mendoza pero que se hizo pública, de tal modo que tuvo su impugnación por un autor anónimo. La carta y la impugnación la dio a conocer J. de M. Carriazo en la introducción a la edición de la versión inédita de la Crónica de los Reyes Católicos..., pp. XLIX-LVIII. Sobre esta polémica véase, F. Cantera, “Fernando del Pulgar y los conversos”, Sefarad, 4 (1944), 295-348; N. Roth, “Las revueltas de los anticonversos en el siglo xv, Pulgar y la Inquisición”, En la España Medieval, 15 (1992), 367-394; recientemente, enmarcándola en el conjunto de escritos de propaganda anti-inquisitorial, M. del P. Rábade, “Judeoconversos e Inquisición”, Orígenes de la monarquía..., pp. 269-270. 172 F. del Pulgar, Letra para Fernánd Álvares, secretario de la reina, [Letra XXVI, pp. 125-127]. 173 Sobre la labor propagandística de Almela, que se convertirá en capellán y cronista, véase J.M. Nieto Soria, Iglesia y génesis del Estado..., pp. 213-214. Sobre su influjo en la ideología del reinado: A. de Hoyos, La política de los Reyes Católicos en Almela, Murcia, s. d. 174 Diego Rodríguez de Almela: “Letra dirigida al venerable e virtuoso señor el liçençiado A. Martínez de Cascales alcalde en la çibdad de Toledo sobre los matrimonios y casamientos entre los reyes de Castilla e de León de España con los reyes e casa de Françia fechos”, Letters..., pp. 39-45.
478
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 479
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
momentos de concordia entre ambos reinos, en concreto, aludieron a los orígenes castellanos del santo rey Luis de Francia. Almela envía su epístola al licenciado Martínez de Cascales con la esperanza de que pueda enseñársela a alguno de aquellos embajadores, si todavía acompañan a la corte o si pasan por Toledo. En cualquier caso, a buen seguro, quien no tardaría en leerla sería la reina, que llegó a esa ciudad a mediados de octubre (Itinerario), a la espera ya del comienzo de las cortes: “Venerable e virtuoso señor liçençiado, estando con vos este día fablando, leyendo en un paso de la copilaçión de las corónicas e estorias de España que se agora faze, tocando en un caso a la subçesión de los reyes de Françia, parésçeme que ovistes dicho que este día quando los enbaxadores del señor rey de Françia propusieron su enbaxada ante los muy poderosos e muy esclaresçidos prínçipes el rey don Fernando e la reina doña Isabel su muger, reyes de los regnos e señoríos de Castilla e de León, de Aragón e de Çeçilla, nuestros reyes e señores naturales, entre otras cosas avían dicho en la dicha preposiçión e fabla que fizieron de un matrimonio fecho entre las casas de Castilla e de Françia que fue el rey don Luis octavo de Françia con la reina doña Blanca fija del rey don Alfonso VIII de Castilla que fundó el monesterio de las Huelgas de Burgos. En la qual dicha reina doña Blanca ovo el dicho rey don Luis su marido al rey san Luis de Françia de donde deçienden los reyes modernos que después dél han regnado e oy regnan en Françia. Acordé, si caso fueses, oviésedes de venir en fabla con los dichos enbaxadores de vos escrevir para les traher a memoria que desde los primeros reyes que en Françia regnaron fasta oy ovo muy grandes e estrechas amistades con los reyes que han regnado en Castilla e en León que es la propia España” 175.
Esta carta es interesante por otros motivos. Gracias a ella sabemos que justo por esas fechas, septiembre de 1479, se estaba ya escribiendo una crónica general; es el canónigo, su autor, el que lo dice: “leyendo en un paso de la copilaçión de las corónicas e estorias de España que se agora faze”. Rodríguez de Almela se crió y educó con Alfonso de Cartagena y, por estas fechas, se hallaba bajo la protección de Juan Ortega Maluenda, que era sobrino del ilustre prelado y otro importante agente de los reyes, como diputado general de la Hermandad. Los años siguientes el canónigo seguirá una fructífera actividad literaria: además de varias epístolas de interés político, dedicó una obra al maestre de Santiago Alonso de Cárdenas, la Compilación de los milagros de Santiago (la carta al maestre tiene fecha de 1 de julio de 1481), obra escrita en consonancia con la promoción regia al recién investido maestre de Santiago. También dedicó otra obra a su protector, Juan Ortega: la Compilación de las batallas campales, escrita en torno a esa fecha. 175
Ibídem, p. 39.
479
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 480
Ana Isabel Carrasco Manchado
El 15 de septiembre del mismo año dedica al deán de Cartagena, Martín de Silva, otro tratado militar, el Tratado de la guerra. Todas estas son obras de carácter militar y este hecho es representativo del espíritu de la época 176. No era fácil pasar de un estado de guerra a un estado de paz cuando la inercia de las armas guiaba los corazones, si no de los que guerreaban, al menos de los que incitaban a luchar. La cruzada contra los turcos pretendía dar cauce a ese espíritu pero, para muchos, entre los que se contaba Diego Rodríguez de Almela, lo mejor era retomar la guerra contra el reino nazarí de Granada. Ese afán belicista de Almela se reflejará también en la crónica que se disponía a preparar. Por encargo de Alfonso de Cartagena ya se había ocupado de escribir en fechas pasadas el Valerio de las historias eclesiásticas y de España. No era muy difícil, a partir de todo ese material, decidirse a componer una crónica general. El resultado será el Compendio historial de las corónicas de España, que quedará terminado años después 177. El objetivo de Almela es enlazar la historia del mundo con la historia de Castilla pero haciendo desaparecer este reino tras la representación histórica de otra unidad política que sólo existía en esas fechas en el discurso historiográfico y en la mente de los propagandistas. Todas las crónicas de España convergen en una crónica, como todas las líneas de los reyes que han gobernado los diferentes reinos de España convergen en unos reyes, Isabel y Fernando, “reyes de España”. No sabemos si alguno de los dos reyes encargó expresamente la obra al canónigo Almela o si fue él quien, por afán de servir a los nuevos gobernantes y por deseo de lucir su arte literario, se decidió a iniciarla. Nos inclinamos mejor hacia esta segunda hipótesis. Su acción o su intención está, en cualquier caso, en total consonancia con los tiempos. Su proyecto histórico se adapta a dos intereses del momento: la legitimación de la dinastía de Isabel y la expansión política de las fronteras. Puede afirmarse que la reina es consciente de la necesidad de promover y sustentar ideológicamente estos dos intereses. Lo revela el hecho de que, en ese año, otro agente de la propaganda comienza a escribir una crónica de similares características a la que escribirá Almela, es decir, una crónica general de España. Se trata de Diego de Valera, el mismo que consiguió el cargo de maestresala de Fernando por escribir en honor del rey el Doctrinal de príncipes. En 1479 Valera ejerce el oficio de corregidor en Segovia. Esta vez sí hubo mandato directo regio. Por el propio Valera sabemos que recibió de la reina el encargo de “abreviar” la crónica de España. El fiel maestresala se pone a trabajar de inmediato en lo que terminará siendo, quizá, su proyecto más ambicioso. La Crónica abreviada de España inaugura su trilogía historiográfica 178. 176
La Compilación de las batallas campales y el Tratado de la guerra se hallan juntas en el manuscrito de la Biblioteca de El Escorial, X. II. 25. La Compilación de los milagros de Santiago, fue editada por Torres Fontes en Murcia, 1946. 177 D. Rodríguez de Almela, Compendio historial... 178 El Memorial de diversas hazañas, Crónica de Enrique IV, y la Crónica de los Reyes Católicos, ambas editadas por J. de M. Carriazo, trilogía que constituye todo un programa historiográfico. La Crónica
480
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 481
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
La intención de emplear la imprenta como apoyo propagandístico de la tarea cronística iniciada por los reyes queda patente en el colofón de la obra, en el que Valera realiza el elogio de esa “maravillosa arte de escribir” que proporciona el nuevo invento impresor, arte que “sin error, divina decir se puede”. Gracias al invento, la historia de España (y la historia de Isabel) ganará perpetua honra y fama 179. Tras la firma de la paz de Alcaçovas, todavía se escucharán discursos propagandísticos en la corte portuguesa, emitidos por los embajadores castellanos. Y es que el tratado no terminó por dejar satisfecha a Isabel con respecto al futuro de su sobrina Juana. A la corte del rey Alfonso y de su hijo acudieron nuevos embajadores encargados de supervisar la “decisión” de Juana de entrar en el convento de Santa Clara de Coimbra. Entre ellos iba el ilustre confesor de la reina, Hernando de Talavera, prior de Prado, acompañado del doctor Alonso Manuel, oidor de la Audiencia, relator, referendario y consejero real 180. En la audiencia real pudieron escucharse sus razonamientos y, probablemente, un sermón que se supone fue pronunciado ante la princesa. Todos estos discursos orales encubrían la gran crueldad que se cometía con la princesa Juana, posiblemente la mayor perdedora de esa guerra, en segundo lugar después de los que murieron en ella o cayeron en la pobreza. Las dos manifestaciones retóricas tuvieron en Castilla una difusión escrita, pasadas por el tamiz del cronista Fernando del Pulgar, que los incorporará a su crónica 181. Algún erudito ha considerado este testimonio de Pulgar como una pantalla escrita para ocultar a posteriori otra realidad: la vida de seglar que llevaba la princesa Juana en Portugal 182. abreviada de España escrita por Diego de Valera será dada a la imprenta en Sevilla, en 1482, en casa del impresor Alonso del Puerto. 179 “La presente historia general en multiplicada copia, por mandado de vuestra alteza, a honrra del soberano e inmenso Dios, uno en esencia e trino en personas, e a honra de vuestro real estado e instrucción e aviso de los de vuestros reynos e comarcanos”, ibídem. 180 En Documentos referentes..., II, se encuentran varios documentos relativos a esta embajada, entre ellos el acta notarial de la ceremonia de profesión de Juana en el monasterio de Santa Clara de Coimbra, un miércoles 15 de noviembre de 1480. Aun estando presente en la ceremonia, el prior de Prado tomó juramento, a la gran mayoría de los testigos, de que la mujer que había recibido el hábito de Santa Clara era realmente la princesa Juana (véanse los docs. 251, 256, 271, 273, 275, 278, 279, 280, 286). 181 Puede encontrarse también algún ejemplar independiente, aunque coincidente con el texto de Pulgar (véase en el ms. 1.104 de la BN los textos Proposición y primera habla hecha por el dicho prior de Prado al rey de Portugal y al prínçipe su hijo yendo a ellos por enbaxadores de los Cathólicos Reyes don Fernando y doña Ysavel, fols. 54r-56 y Habla hecha por el dicho prior de Prado a la exçelente señora doña Juana sobrina del rey de Portugal quando quiso hazer profesión en el monesterio de santa Clara de Coimbra, fols. 56r y ss. Ambos escritos con letra del siglo xvi. 182 En 1504 había en Portugal un embajador castellano que hizo copiar un manuscrito de la Crónica de Fernando del Pulgar. Cuando el embajador leyó la parte en la que se decía que la princesa Juana “hizo profesión” escribió al margen: “Este cronista siempre ha llamado a esta señora ‘aquélla’ y esto creo que fue porque la reina católica doña Isabel nunca por otro nombre la señaló sino ‘aquélla’. E aún a mí me preguntó cuando vine de Portugal, diciendo: ‘Diz que viste aquélla, dezidme della qué tal está’. Mas yo no la vi monja ni con hábitos de monja. Vila, y hablela y hablome en una villa llamada Torres-Novas o TorresVedras, con buen encerramiento en guarda de un caballero viejo, y todo lo otro mujeres sin otro hombre. Traía en su dedo un anillo con una corona real y una letra en cerco que decía ‘Memoria de mi derecho’. Supe allí cuatro coplas que hizo glosando este mote un Pedro Ejecutor, jurado de Sevilla, las
481
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 482
Ana Isabel Carrasco Manchado
El proceso legitimador en Castilla no se detuvo en la jura de los Tratados de Paz. Pronto iba a producirse un acontecimiento que, de nuevo, proporcionaba un motivo para seguir ahondando en tal proceso. Nos referimos a la jura del príncipe heredero. Fue uno de los objetivos de la convocatoria de Cortes en Toledo, que dieron comienzo a fines de 1479. Esta vez es el reino, representado en Cortes, el encargado de prestar juramento. Con el reconocimiento del derecho de su hijo a reinar, simbólicamente se rehabilitaba a Isabel en la legitimidad de origen de que había carecido hasta ese momento. De nuevo, las circunstancias históricas se mostraban favorables: al haberse producido la muerte del rey Juan II, el pequeño Juan iba a ser jurado también como heredero en las distintas cortes aragonesas, catalanas y valencianas, a lo largo del año siguiente. En la Corona de Aragón estas juras tendrán un carácter condicional, debido a la minoría de edad del príncipe, pero, el hecho de organizarlas inmediatamente después de las celebradas en el contexto de las Cortes castellanas, perpetuaba en el tiempo la sensación de novedad, de inicio de una nueva etapa, de un nuevo reinado, de una nueva dinastía y también de un nuevo tipo de monarquía. Esa sensación no podía dejar de verse acompañada del aditamento religioso. La estancia de la corte en Toledo y, más tarde, la estancia en la Corona de Aragón, motivó que los predicadores difundieran en sus sermones mensajes propagandísticos que ensalzaran la nueva dinastía reinante. Al poco de llegar la reina a Toledo, en otoño de 1479, nació la infanta Juana. Su natalicio, aunque no tuviera una dimensión pública tan acentuada como si del heredero se tratara, dio lugar a diversas ceremonias litúrgicas, no sólo en el marco de la corte o la capilla real (las consiguientes misas de acción de gracias, bautizo y primera salida de la reina, después del parto), sino, incluso, en algunas ciudades no castellanas, como fue el caso de Valencia. Pero, ante todo, fueron todos los actos de jura del príncipe Juan, celebrados mayoritariamente en los recintos sagrados de las iglesias, tanto en Aragón como en Castilla, los que emitieron una propaganda dinástica de fundamento religioso más patente, puesto que tales actos se prestaban a proyectar hacia el futuro la legitimidad divina. Las juras se hicieron preceder de misas que impregnaban de sustancia sagrada la ceremonia pública de la jura. Debieron ser muchos los mensajes propagandísticos que se difundieron en el marco de Toledo en el contexto de las Cortes. Se producía una situación excepcionalmente apropiada para ello, dada la afluencia de gentes de fuera y de dentro del reino que se dieron cita en la ciudad del Tajo. De todos los posibles razonamientos que se pudieron escuchar, incluidos los que actúan de forma complementaria junto con los juramentos, resultaron más efectivos, desde el punto de vista de la propaganda de las cortes, aquellos a los que se da un protagonismo exclusivo, puesto que han sido elaborados para ser pronunciados en ceremonias especialmente reservadas para ellos. Es el caso de los razonamientos cuales por ser buenas puse aquí [copia las coplas]”. La crónica pertenecía a la biblioteca de Rafael Floranes, que pone en duda el hecho de que Juana llegara realmente a profesar (R. Floranes, Memorias para la historia de la ciudad y tierra de Toro, ed. L. Vasallo, Valladolid, 1994, pp. 64-78).
482
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 483
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
pronunciados con motivo de la inauguración y clausura de las Cortes. Contamos con estos razonamientos pronunciados por Gómez Manrique, corregidor de Toledo y consejero real que actuó como presidente de los procuradores en aquella asamblea. El discurso de apertura, según hemos indicado, debería haber sido pronunciado por el procurador burgalés, en virtud de la tradicional fórmula que dirimía la disputa por la preeminencia entre los procuradores de Burgos y los de Toledo, según la cual debía hablar Burgos en primer lugar, y el rey hablaría o diría cuándo debía hablar Toledo. En este caso se invierte esa tradición a voluntad regia y habla Gómez Manrique, personaje adepto a los reyes, nombrado por ellos procurador por Toledo y presidente de los procuradores, al que ya vimos actuar como agente de la propaganda en otras ocasiones 183. Gómez Manrique habla en nombre de los procuradores de Cortes pero, sin embargo, son los reyes los que lo eligen para hablar. Se trata de un caso claro de fabricación o representación de la opinión pública y de apropiación de su voz. De este modo, la voz de los reyes se hace oír, pero camuflada detrás de la aparente voz de los procuradores. Se trata de una solución propagandística adoptada en las cortes castellanas que tendrá menos valor en las cortes de la Corona de Aragón, donde la palabra del rey ocupa un lugar destacado 184. En las diferentes cortes aragonesas, catalanas y valencianas del año 1481 será Fernando el que alce su voz y pronuncie el correspondiente razonamiento en el que expondrá los argumentos de defensa de la fe para intentar mover a los procuradores a prestar ayuda económica con que financiar la armada contra el turco. Tras el discurso de clausura de las Cortes, el día 28 de mayo se dio publicidad en Toledo mediante pregón al ordenamiento correspondiente. En días siguientes se pregonó también en el resto de ciudades y villas con voto en Cortes. Se ha llamado la atención sobre las peculiaridades documentales de este ordenamiento de Cortes en relación con otros textos legales de igual naturaleza 185 183
Se mostró especialmente activo en la propaganda proisabelina anterior a la muerte de Enrique IV, época en la que dedicó un Regimiento de príncipes versificado a los “príncipes” Fernando e Isabel. Recordemos su papel como redactor de los carteles de desafío cruzados entre Fernando de Aragón y Alfonso de Portugal, al principio del conflicto sucesorio. 184 Sobre el discurso regio en las cortes aragonesas como medio de propaganda política véase: P Corrao, “Celebrazione dinastica e costruzione del consenso nella Corona d’Aragona”, Le forme della propaganda..., pp. 133-156. Este autor analiza las cortes como el espacio y el lugar adecuado para reunir el máximo de la eficacia de la fuerza propagandística de la palabra del rey. Se produce una conjunción entre la solemnidad gestual y simbólica de la ceremonia pública y la solemnidad del discurso regio, pronunciado desde el púlpito de la iglesia donde se celebran las Cortes. Queda subrayada, así, la sacralidad de la ceremonia, pues se observa una relación entre el discurso regio y el ars praedicandi. En Aragón, el rey estaba obligado a convocar cortes una vez al año y, por ello, en opinión de este autor, las cortes se transformarán en el elemento central de la liturgia política del soberano (véanse, pp. 152 y ss.). Vemos, sin embargo, que en Castilla, en estas fechas, la situación es diferente, la propaganda de las cortes no se basa en la autoridad sagrada y en la fuerza soberana de la palabra del rey, sino en un tipo de propaganda más opaca, producto de la simulación de la palabra real y de la apropiación de la voz del reino representado en Cortes. 185 El hecho de que las Cortes de Toledo carecieran de actas según el modelo tradicional de peticiones del reino y de respuestas de la monarquía ha sido señalado por J.M. Carretero como un “mecanismo de ocultación” que adquiere carta de naturaleza a partir de entonces. Gracias al discurso del presidente se
483
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 484
Ana Isabel Carrasco Manchado
pero, quizá, en lo que no se ha insistido lo suficiente es en el hecho de que es el primero de sus características que fue publicado en Castilla por la imprenta. Es una innovación que obedece, ante todo, a motivos propagandísticos. No había transcurrido un mes desde que el ordenamiento se hizo público oralmente, mediante pregón, cuando aparece la edición impresa en Salamanca 186. Es curioso que, a pesar de funcionar ya la imprenta en Castilla desde el principio mismo de su reinado, los reyes no habían prestado atención todavía a las ventajas publicísticas que podía proporcionarles la imprenta. La letra de molde no sirvió de soporte del discurso propagandístico regio durante la etapa de la guerra por la sucesión. Es durante la estancia de la corte en Sevilla cuando Isabel y Fernando empiezan a escuchar las alegaciones de impresores y libreros que reclamaban ventajas fiscales para promover su actividad 187. En el marco de las Cortes de Toledo también legislaron al respecto 188. Pero, más que las medidas legales, es la publicación del ordenamiento real en letra de molde el hecho que mejor refleja la decidida voluntad de los reyes de asumir como propio y de utilizar en beneficio de su política el nuevo invento tipográfico. Posiblemente, detrás de la iniciativa de adoptar la imprenta como medio de difundir las nuevas medidas legislativas estuvo el acertado consejo de alguno de los más fieles colaboradores de los reyes, por esas fechas. Nos referimos nuevamente al confesor de Isabel, el prior de Prado Hernando de Talavera que conocía ya el valor de la imprenta al servicio de la propaganda, en este caso religiosa. Tampoco hay que descartar el papel activo de Diego de Valera, otro de los valiosos agentes de la propaganda regia que pronto vería publicada en 1482 su Crónica de España 189. La posibilidad de reproducir con, hasta entonces, inusitada rapidez las medidas legales adoptadas en las Cortes redundaba en favor de la estrategia de prestigiar la imagen regia mediante la exhibición de la autoridad y de la práctica de gobierno. Posibilita lo que se ha venido a llamar significado representativo del acto propio de legislar 190. Redundaba, en definitiva, en el fomento de una propaganda de la legitimidad por el ejercicio del poder real y del fortalecimiento del poder real, simbolizada en la sabe que los procuradores acudieron con memoriales de sus ciudades, estos, sin embargo, no trascendieron más tarde en el ordenamiento ni en la relación de actos de las Cortes (véase su artículo “Representación política...”, p. 188). 186 Leyes que en las Cortes de Toledo ordenaron los reyes Fernando e Isabel, 28 de mayo de 1480, [Salamanca, tipografía de Nebrija: “Introductiones”, (Haebler, 459), d. 15 de junio de 1480], véase F. García Craviotto (coord.), Catálogo general de Incunables en Bibliotecas Españolas, Madrid, 1988, n.º 1.943. 187 Se ha insistido en el valor de las disposiciones dictadas en los años 1477 y 1478 tendentes a proteger el comercio e impresión de libros: E. Ruiz, “El poder de la escritura y la escritura del poder”, Origen de la Monarquía Hispánica..., pp. 299-300 y notas 70 y 71. 188 J.E. de Eguizábal, Apuntes para una historia de la legislación española sobre la imprenta, Madrid, Impr. de la Revista de Legislación, 1873, títulos XV, XVI, XVII, XVIII. 189 El ordenamiento de cortes está signado por un “Diego de Valera, escrivano del rey e de la reyna nuestros señores e su escrivano e notario público en la su corte e en todos los sus reynos e señoríos” (Cortes de los antiguos reinos..., IV, p. 194). No podemos asegurar que fuera el mismo Mosén Diego de Valera, que por esas fechas ejercía de corregidor en Segovia. 190 J.M. Nieto, Legislar y gobernar en la Corona de Castilla: el Ordenamiento Real de Medina del Campo de 1433, Madrid, 2000, pp. 120-122.
484
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 485
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
imagen de reyes legisladores. La cuestión resulta doblemente significativa si se tiene en cuenta que los textos legales originados en las cortes catalanas celebradas el año siguiente pasaron también a la imprenta 191. La propaganda del gobierno eficaz de los reyes terminó de perfilarse con la difusión de los pregones que acompañaban a las ejecuciones de justicia y los que anunciaban los perdones que sellaban el fin de la guerra. Los pregones difundían también mensajes relativos a la misericordia regia, cuando anunciaban perdones, generales o particulares. Pero, además de los mensajes propagandísticos difundidos en Toledo a propósito de la celebración de las Cortes, debemos incluir otros derivados de los variados hechos ceremoniales que tuvieron lugar por aquellas fechas, antes de que los reyes y la corte abandonaran la ciudad del Tajo. Muchas de estas ceremonias políticas daban comienzo con ritos litúrgicos, lo que proporcionaba la ocasión de pronunciar nuevos sermones u homilías, en relación con el acto concreto que se solemnizaba. En la ceremonia de imposición por mano de los reyes de las insignias de la orden de Santiago al maestre Alonso de Cárdenas, celebrada en Toledo, en la catedral, primero se dijo una misa, ante la presencia regia y la de cuatrocientos caballeros de Santiago, además de la de otros cortesanos, según cuenta Pulgar. El sacerdote emitió durante la misa unas bendiciones sobre el pendón y demás insignias. La violencia y el derramamiento de sangre quedaban así sancionados por la religión. En esta ceremonia, si hemos de creer al cronista oficial, se escucharon también las palabras regias que, en el entorno sagrado en el que se emitían, adquirían consistencia también sagrada. Las bendiciones y las palabras emitidas transmitían los primeros mensajes de cruzada y guerra santa contra los infieles, aunque no todavía directamente dirigidos contra los nazaríes del Reino de Granada. Otra misa debía celebrarse durante la ceremonia de concesión del título de marqueses de Moya al mayordomo Cabrera y a su mujer, la confidente de Isabel, según las normas del protocolo ceremonial comunicadas por Diego de Valera a los reyes. Ya hemos indicado que no sabemos si efectivamente se llevó a cabo dicha ceremonia tal y como recomendaba el maestresala de Fernando, lo cierto es que, de ser así, de nuevo un mensaje religioso sancionaba la puesta en escena de una prerrogativa regia, la de crear nobles. La imagen de la realeza como fundamento de la nobleza se prestaba ahora a favorecer a uno de los más 191
De acuerdo con una concepción del poder real sometida a mayores limitaciones que en Castilla, Fernando el Católico decidió halagar a la opinión pública barcelonesa fomentando la impresión de varios materiales legislativos relacionados con las Cortes: los Capitols i actes de la Cort primera de Barcelona fetes per lo rey Ferrando II de Aragón, 8 de oct. 1481, Barcelona, Pere Bosa, después del 5 de noviembre, de 1481 y las peticiones de los procuradores: Capitols i actes de la Cort primera de Barcelona fetes per lo rey Ferrando II, o oct. 1481 (constitucions suplicats per la Cort), Barcelona, Pere Bosa, después del 8 de octubre de 1481 (en catalán y en latín). Se publicó también la sentencia que dirimía algunos de los conflictos que había enfrentado a la monarquía con la ciudad de Barcelona (Sentencia sobre les differencies per causa de les turbacions passades donada per lo rey Ferrando II de Aragón en la Cort primera de Barcelona, 5 nov. 1481, Barcelona, Pere Bosa, publicado también en catalán y latín, después del 5 de noviembre de 1481). Al año siguiente se editaron en Valencia los nuevos Furs e ordinacions del regne de Valencia [Lamberto Palmart, d. 4-IV-1482].
485
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 486
Ana Isabel Carrasco Manchado
eficaces colaboradores de Isabel y Fernando. El privilegio expedido con tal fin da ocasión para justificar una decisión cuya materialización suscitó unas resistencias de la opinión pública que sorprendieron a los reyes, sobre todo, por venir de la primera ciudad que les prestó obediencia y fidelidad. Las autoridades municipales de Segovia enviaron a los reyes diversos escritos, exponentes de lo que pensaba la opinión ciudadana de la decisión de premiar a los nuevos marqueses a costa de los privilegios de la ciudad. Tales escritos fueron contestados por los reyes con otras tantas cartas reales en las que se justificaba la medida poniendo por encima de cualquier argumento la facultad regia de retribuir servicios con la concesión de mercedes 192. El tiempo de las cortes de Toledo es también importante para el tema que nos ocupa por otra razón: es ahora cuando se contrata oficialmente como cronista a Fernando del Pulgar. El secretario, que había demostrado su habilidad retórica con la confección de diversas epístolas, se encargará en adelante de escribir la historia oficial del reinado, la memoria que Isabel y Fernando quieren dejar a la posteridad. Pero en la corte de los Reyes Católicos había ya un cronista oficial, Alfonso de Palencia. El nombramiento de Pulgar como cronista oficial marca el alejamiento de Palencia. Este hecho es revelador de la intención de los reyes y del giro en su concepción de la propaganda histórica. La historia que Palencia venía escribiendo desde la primera fase de la guerra civil, allá por 1468, servía a unos intereses tendentes a erosionar la memoria de Enrique IV (y en gran medida también la de Juan II), a derribar su figura y toda su obra, del mismo modo que había sido derribada su efigie en el cadalso de Ávila. Es una historia polémica, inversa, construida contra la historia que comenzó a escribir el cronista de Enrique IV, Diego Enríquez del Castillo. Y es una historia escrita también contra todos los nobles que apoyaron en mayor o menor medida al antecesor de Isabel. No era este, obviamente, el cronista apropiado para la nueva etapa, aunque de su obra escrita hasta la fecha sabrán sacar el provecho oportuno. A partir de 1480 el objetivo es construir, no destruir, se trata de atraer más a los nobles, no de disuadirlos, de favorecer un nuevo ambiente de concordia, no de sembrar cizaña. La historia no podía seguir apoyándose en el desprestigio total, sino que debía empezar a edificar una legitimidad empleando, ante todo, razones. Fernando del Pulgar es un retórico, un maestro del discurso y del razonamiento, como ha demostrado durante la guerra. Creemos que fue este su principal mérito, el que más gustó a Isabel, además de su talante personal. Palencia no permanece impasible ante la injusticia que, según él, se cometía con su trabajo 193. En la Década IV protesta sobre las preferencias manifestadas por la reina 192
El día 13 de junio de 1480 escribe el concejo a los reyes la primera de las súplicas que redactan con la esperanza de que sus derechos fueran respetados. El día 16 escriben también a los marqueses de Moya; el día 21 vuelven a escribir a los reyes, día en que reciben una carta con la respuesta tajante de Isabel y Fernando (véase M. Grau, “Historia de una protesta”, Polvo de Archivos..., pp. 147-149). 193 Véase la nueva traducción del fragmento por R.B. Tate, “Las Décadas de Alfonso de Palencia, un análisis historiográfico”, Estudios dedicados a James Leslie Brooks, Barcelona, 1984, pp. 226-227.
486
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 487
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
hacia Fernando del Pulgar. El excronista oficial hace de Isabel la principal responsable de su alejamiento, sin embargo, teniendo en cuenta las críticas nada veladas que el cronista había vertido contra Fernando de Aragón en el relato de la estancia en Andalucía, es de creer que el propio rey hubiera perdido ya la confianza en su pluma. Como afirma Tate, Palencia no perdona a nadie, ni a los reyes, ni a los nobles, ni al pueblo 194. La visión de Palencia, aunque partidista, era, ante todo, personal; estaba dispuesto a apoyar con su discurso a Isabel y a Fernando, pero sin sacrificar su propio punto de vista (demasiado habituado a la crítica, por aquel entonces). La actitud de Pulgar es muy diferente. Su ambición política es menor y por ello cede más fácilmente al servilismo. Pulgar somete su discurso a la voluntad de los reyes, a la censura de su propio pensamiento. Su condición de converso mediatiza esta actitud: Pulgar había tenido tiempo de reflexionar después de haber sido temporalmente separado de la corte a causa de la carta en la que criticaba la actuación de la Inquisición en Sevilla. Se avecinaban malos tiempos para los conversos y no podía desaprovechar la oportunidad que los reyes le brindaban. Para él era una cuestión de supervivencia. La historia que habría de escribirse a partir de entonces sería una historia de razones, más o menos falaces, o más o menos fundadas: esa “retórica vana” según la conocida crítica que hace Galíndez de Carvajal a Pulgar 195. Pulgar tenía recopilados una buena cantidad de materiales retóricos, cuyo exponente es el cuadernillo que se conserva. Entre ellos se encuentra la elaboración de alguno de los discursos que habría pronunciado el embajador castellano Rodrigo Maldonado de Talavera, pero, de nuevo, redactado con las particulares interpretaciones y con el estilo argumentativo de Pulgar: el Razonamiento fecho por el dotor Rodrigo Maldonado al rey de Portogal para lo atraer a la paz. El contenido de esta pieza entronca con aquella carta que, al comienzo de la guerra, circulaba por Castilla y Portugal dirigida a Alfonso V y atribuida a diversos personajes. Muchos de los argumentos son los mismos, pero escritos ahora con el tono del vencedor 196. En el contexto de las cortes de Toledo podríamos situar también un tratado de regimiento de príncipes que se dedicaba a los reyes. Nos referimos al Dialogus inter regem et reginam de regimine regni, obra del doctor Alonso de Ortiz que 194
R.B. Tate, “Alfonso de Palencia y los preceptos de la historiografía”, Nebrija y la introducción..., p. 349. Tate ha explicado en varias ocasiones las distintas concepciones historiográficas de ambos cronistas (véase, por ejemplo, además de su artículo “El cronista real castellano durante el siglo quince”, Homenaje a P. Sáinz Rodríguez, III. Estudios históricos, Madrid, 1986, pp. 666-667, “Poles Apart – Two Official Historians of the Catholic Monarchs: Alfonso de Palencia and Fernando del Pulgar”, en Pensamiento medieval hispano. Homenaje a Horacio Santiago-Otero, I, Madrid, 1998, pp. 439-463). 195 El mejor conocedor de la crónica de Pulgar, su editor moderno, puso de manifiesto el interés indudable de los numerosos razonamientos y discursos insertos en el cuerpo de su narración cronística (J. de M. Carriazo, “Las arengas de Pulgar...”, pp. 43-74). Tenía en mente este estudioso la edición independiente de estos razonamientos que representan a la perfección la ideología política oficialista de los Reyes Católicos. 196 Incluido en la colección manuscrita de la colección de razonamientos existente en la Biblioteca de la RAH, ms. 9/5173, n.º 5, fols. 374r-383r . Fue incorporado a la crónica (edición de J. de M. Carriazo, I, pp. 389-401). La obra de Fernando del Pulgar comienza a cobrar de nuevo interés: véase la tesis doctoral de G. Pontón, La obra de Fernando del Pulgar en su contexto histórico y literario, Barcelona, Universidad Autónoma, 1998.
487
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 488
Ana Isabel Carrasco Manchado
era, por esas fechas, canónigo de Toledo y, al parecer, también capellán real 197. Se trata de un diálogo humanístico, escrito en latín, circunstancia que nos sitúa ante las puertas de una nueva etapa en la propaganda regia. En efecto, a partir de la década de los ochenta y muchas veces relacionadas con la guerra de Granada, comenzarán a aparecer piezas latinas escritas desde una concepción humanística, ya sea procedentes de plumas hispanas o latinas 198. El diálogo de Alonso de Ortiz no está fechado pero se cree que data de antes de 1482 199. La vinculación de este personaje con el arzobispo Carrillo primero y también con el cardenal Mendoza, además del cargo que ostenta en la catedral toledana, desde 1478, nos hace suponer que Ortiz debió dar comienzo o fin a su tratado estando la corte en Toledo. Se observa, además, un predominio a lo largo de la obra de la figura de la reina y del cardenal, en detrimento de la figura del rey, que queda algo relegada 200. El hecho está en consonancia con el espíritu que se quería proyectar desde la corte toledana, en un contexto en el que Isabel celebraba su triunfo sucesorio. Terminamos este relación del conjunto de los diferentes documentos y soportes del discurso propagandístico difundidos en la corte de Toledo con diversas manifestaciones poéticas. Existen algunas coplas conocidas gracias a la imprenta pero cuya fecha de composición se desconoce. Sin embargo, por el espíritu y la naturaleza del mensaje pueden fecharse en 1480 y también vincularse con la estancia de la corte en Toledo, con ocasión de la celebración de las Cortes. La primera de estas composiciones la escribió Ambrosio Montesino, predicador franciscano 201. Por especial mandado de la reina escribió unas Coplas 197
G. Bertini encontró a Alfonso de Ortiz, capellán real, firmando como testigo de las constituciones promulgadas en el Concilio Provincial de Aranda, en 1474, según una copia de las Actas Capitulares que se encuentra en BN, ms. 13.116, fols. 3-4 (cit. por G. Bertini (ed.) A. de Ortiz, Un diálogo humanístico sobre la educación del príncipe don Juan, Madrid, 1983, p. 42). 198 La lista de títulos no deja de crecer al ritmo de la aparición de nuevos textos tanto en España como en Italia, ámbito de recepción de la propaganda castellano- aragonesa a partir de este momento. Véase una primera aproximación en A. Gómez Moreno, España y la Italia de los humanistas, Madrid, 1994. 199 Datación de G. Bertini, tomando como criterio que al cardenal Mendoza se le menciona como arzobispo de Sevilla, no de Toledo (Un diálogo..., pp. 48-49). 200 La obra se encuentra en la BUS, ms. 269. Por su parte, Fernando recibía, de manos de un “indigno prior general de la orden del glorioso Sant Jerónimo, menor siervo e orador de su magestad” (fol. 1r.), la traducción al castellano de la célebre e importante obra de Tomás de Aquino, el Tractado que el glorioso doctor Santo Thomas de Aquino escrivió al rey de Chipre del officio del rey e del regimiento del regno (Madrid: BPR, II/3569), escrito entre 1474 y 1492, aunque no hemos podido determinar la fecha exacta (véase el ejemplar iluminado con escudo de los Reyes Católicos sin granada, sostenido por ángeles tenentes en la orla del fol. 1r). 201 De este personaje se conocen escasos datos biográficos. Se ha documentado su presencia en la corte a partir de 1491 y una variada actividad ligada a la corona entre esta fecha y 1503 (véase la introducción de J. Rodríguez Puértolas al Cancionero de fray Ambrosio Montesino, Cuenca, 1987, p. 18). Por la dedicatoria de algunos de sus poemas, dirigidos a varias religiosas que están al frente de conventos toledanos (María o Constanza Barroso, abadesa de San Clemente de Toledo, Leonor Ribera, abadesa de Santo Domingo de Toledo, María de Toledo, abadesa de Santa Isabel de Toledo o Juana de Herrera, priora de Santo Domingo el Real de Toledo), se observa su vinculación con la ciudad de Toledo. Si el fraile residiera en Toledo en esta fecha de 1480, podría plantearse la hipótesis de que fuera este el momento en el que Montesino entra en contacto con la vida de la corte, incorporándose al círculo de predicadores cortesanos que, como Íñigo de Mendoza, ponen su habilidad en el uso de la palabra al servicio de la propaganda regia.
488
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 489
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
a san Juan Evangelista de las cuales han pervivido dos versiones 202. El poema es un panegírico de la reina con la excusa de elogiar la devoción de Isabel por el santo. El tema no nos es desconocido, pues la invocación de la protección de san Juan constituyó uno de los motivos de la propaganda de guerra y de legitimación en fases anteriores del conflicto, sobre todo a raíz de la victoria de Peleagonzalo en 1476. Continúa, pues, una de las líneas ideológicas creadas anteriormente. En el poema se hace una referencia a la construcción contemporánea del monasterio toledano de San Juan de los Reyes (o de la Reina, como se llamaba entonces) magnífico exponente de la propaganda regia de esta época en la arquitectura. Estando la corte en Toledo y residiendo en la ciudad la reina que había ordenado la construcción del monasterio que ahora se estaba edificando, resultaba apropiado volver a retomar un tema que no hacía sino recordar y dejar constancia del triunfo de Isabel. Otra composición poética que debemos situar en el contexto de las cortes de Toledo es el Panegírico a la reina Isabel incluido en la novela de Diego de San Pedro Tratado de amores de Arnalte y Lucenda. Esta obra va dirigida a las damas de la reina; es, por tanto, un texto destinado a la corte. Otros investigadores han puesto ya de manifiesto la intencionalidad político-propagandística de esta composición. Diego de San Pedro era, por esas fechas, criado del conde de Urueña Juan Téllez Girón, uno de los nobles contrarios a Isabel en otros tiempos. Fue él, sin duda, el promotor de esta obra con la que, de manera indirecta, mostrándose colaborador respecto a la difusión del mensaje propagandístico de la realeza, pretendía expresar la firmeza de su nueva adhesión política 203. Como veremos, el texto pone el énfasis en las virtudes políticas de Isabel, entre ellas, la eficacia en impartir justicia. Este tema se amolda bien a la imagen que con las cortes se estaba proyectando al reino. Citaremos en este punto una tercera composición poética, esta vez de un personaje bien conocido: Íñigo de Mendoza. Sus versos habían sido de gran utilidad en la etapa anterior, durante la guerra por la sucesión, transmitiendo el ambicioso programa político con el que los Reyes Católicos querían impresionar a sus enemigos. Al parecer, el predicador franciscano sigue en la corte, aunque no podemos precisar si su poema Historia de la questión y diferencia que ay entre la razón y la sensualidad, dedicado a la reina Isabel, se escuchó en la corte de Toledo o en la de Medina del Campo, donde permaneció Isabel algunos meses, incluida la Navidad de ese año de 1481, o, tal vez, en Valladolid, desde donde partió hacia Aragón. La introducción de este poema incluye un breve panegírico a 202
Las coplas de Montesino fueron impresas en 1485. Pueden verse las dos versiones del poema en la edición moderna, ibídem, pp. 253-268. 203 Es la tesis de K. Whinnom, editor moderno de las obras completas de Diego de San Pedro. Esta obra, dedicada a las damas de la reina y escrita por un servidor del conde de Urueña, buscaba reforzar la reconciliación del conde con la reina, para hacerle olvidar que había seguido el bando de la princesa Juana (K. Whinom, Obras completas de Diego de San Pedro, Madrid, 1976, III, p. 42). J.M. Carretero pone como ejemplo de “adhesión aduladora” a los monarcas a propósito de las cortes de Toledo el panegírico del criado del conde de Urueña, Diego de San Pedro (véase su Cortes, monarquía..., p. 149).
489
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 490
Ana Isabel Carrasco Manchado
Isabel en el que la coincidencia de temas e ideas con los de los anteriores poemas ya analizados obliga a precisar la fecha de composición en este intervalo de tiempo: entre 1479 (Isabel es nombrada reina de Castilla y Aragón) y mediados de 1481 204. Las coplas del predicador son típicamente cortesanas, construidas a partir de referencias cortesanas. Y como tales fueron discutidas. Al parecer, el rey encargó a otro poeta, Pedro de Cartagena, que reprehendiese el atrevimiento del predicador por haber escrito unos versos demasiado procaces para un fraile. El dicho Pedro de Cartagena contestó al predicador al uso cortesano, con otros versos, y aprovechó la ocasión para, a manera de introducción, elogiar las virtudes del rey, Fernando de Aragón. El final de la guerra favorece la intensificación de la actividad lúdica de la corte y, de este modo, van surgiendo los panegíricos a los reyes que, con la aparición de la imprenta, podrán verse multiplicados como nunca antes se hubiera imaginado 205. Pedro de Cartagena era un caballero, hijo de Garci Franco, el que fuera contador mayor de cuentas y consejero real de Juan II. Por parte de madre descendía de Pablo de Santa María, así que, se da la circunstancia de que este poeta cortesano compartía con el predicador Íñigo de Mendoza los mismos orígenes maternos (ambos eran nietos de Pedro de Cartagena, el hermano del obispo de Burgos, Alonso de Cartagena y bisnietos del obispo Santa María). De su actividad literaria y militar trazó una semblanza elogiosa Gonzalo Fernández de Oviedo 206. Los últimos meses del año 1480 y los primeros de 1481, Isabel y Fernando permanecieron separados: ella entre Medina del Campo y Valladolid; él en Barcelona, presidiendo las cortes. Durante esos meses, tanto en Castilla como en Aragón, se ocuparon del asunto de la cruzada contra los turcos, según hemos analizado en páginas anteriores. Precisamente, el asunto de la flota de guerra que los reyes querían armar y su relación con la cuestión turca es el tema que motiva la emisión de diversos razonamientos. En Castilla, los mismos argumentos empleados por el rey Fernando en los discursos que pronunciará en las Cortes de Barcelona debieron ser esgrimidos por Alfonso de Quintanilla y el provisor Juan Ortega, comisarios de la Hermandad, que acudieron a Vizcaya y 204
El término ad quem del intervalo en que se ha datado el poema sería, no obstante, 1483-84, fecha de la edición impresa de estas coplas de Íñigo de Mendoza (en Zamora, por el impresor Centenera, véase la introdución de J. Rodríguez Puértolas a su Cancionero..., pp. LXII-LXIII). 205 El que escribió Pedro de Cartagena en estas fechas fue recogido junto con otros de los que escribirá después para los reyes en el Cancionero general de 1511 (B. Dutton, V, p. 227). Se ha estudiado a fondo la obra poética de este autor: A. Rodado, La obra poética de Pedro de Cartagena, Universidad Complutense, tesis doctoral, 1997. 206 Dice de él en sus Batallas y quinquagenas: “Fue el caballero de Cartagena uno de los bien vistos y estimados mancebos galanes y del palacio que ovo en su tiempo, gracioso e bien quisto caballero de muy gracias y partes e de sotil e vivo ingenio, y tan lindo trovador en nuestro romance e castellana lengua como lo avrés visto en muchas e gentiles obras en que a mi gusto fue único poeta palaciano con los de su tiempo e hizo ventaja a muchos que antes quél nascieron en cosas de amores e polidos versos”. De su actividad militar dijo “le mataron los moros en la conquista del reyno de Granada e él murió como buen caballero, sirviendo a Dios y a su rey con la lanza en la mano”, citado por Avalle- Arce, “Tres poetas del Cancionero General (I): Cartagena”, Temas hispánicos medievales, Madrid, 1974, pp. 281-315. En este artículo se desvela la identidad de Cartagena.
490
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 491
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Guipúzcoa con el objetivo de allanar las dificultades y resistencias que los vecinos de aquel señorío real planteaban a la armada que iba a ser enviada al Mediterráneo. Los dos comisarios, experimentados ya en la labor de persuasión desde los tiempos preliminares a la instauración de la Hermandad General, convencieron a los vascos, “con palabras dulces” (en palabras de Pulgar) 207, de los santos propósitos de los reyes y de que no tenían la intención de violar sus privilegios. Similar labor fue encomendada al obispo de Gerona Joan Margarit, predicador reconocido que actuaba en ocasiones como orador al servicio del rey 208. Joan Margarit fue enviado por Fernando a Venecia para tratar el ingreso de los venecianos en la liga de los príncipes cristianos contra los turcos. El rey aragonés trabajaba en favor de la cruzada promulgada por el papa. Los venecianos eran reacios a participar puesto que ellos se beneficiaban de un tratado firmado con el sultán que salvaguardaba sus intereses comerciales en el Mediterráneo. El obispo y orador Margarit compareció ante el senado veneciano y pronunció un discurso que no tardó en pasar a la imprenta romana. Resulta sorprendente la rapidez con que se decidió la impresión de esa pieza de oratoria, lo que revela que el avanzado uso de la imprenta en la corte de los papas obedecía –casi podría decirse– a un interés “periodístico”, y, sin duda, propagandístico. El discurso fue pronunciado el día 10 de mayo y quedó impreso en el mes de julio 209. En este caso, el razonamiento o discurso no sólo se beneficia de una doble transmisión, oral y escrita, sino que, además, esta última se aprovecha de la capacidad de la imprenta de reproducir y multiplicar los ejemplares, gozando de la posibilidad de llegar a más lugares y a más públicos. En Roma aparecía, también impreso, un panegírico dedicado a Isabel por el carmelita de origen español J. Battista Mantuano, titulado Ad divam Helisabet eminentissimam Hispaniarum Reginam. Epodom liber primus (Roma, Herolt, ca. 1480) 210. El poema, además de promocionar la imagen de Isabel en la corte papal, proyectaba una imagen de legitimidad de su victoria en la guerra de sucesión, aumentando su posición de dominio sobre un reino superior a Castilla o a Aragón, percibido como “España”. 207
F. del Pulgar, Crónica..., I, p. 437. Por esas fechas Margarit continuaba su magna obra, el Paralipomenon, sobre el pasado histórico de la Hispania Romana, siguiendo el modelo de otras historias humanísticas que han sido calificadas, expresamente, como “publicistas” ya que una de sus finalidades es resucitar el concepto de “patria”, según el ideal humanista. La reivindicación de esa patria culmina con la unidad de Hispania, tal y como se expresa en el prólogo dedicatoria a los Reyes Católicos, prólogo que B.R. Tate estima escrito en Roma, al tiempo de morir el cardenal, en 1484 (véase, B.R. Tate, Ensayos sobre la historiografía peninsular peninsular del s. XV, Madrid, 1970, pp. 132-150). 209 Según datos del colofón de la edición incunable que se conserva en varias bibliotecas europeas (British Library, Nacional de París y Biblioteca Apostólica Vaticana). R.B. Tate transcribió el ejemplar de la British Library en el apéndice de su libro, Joan Margarit i Pau, Cardinal-Bishop of Gerona. A Biographical Study, Manchester University Press, 1955, Appendix IX, pp. 142-145. Los datos sobre la labor de Margarit como embajador, en pp. 88-95. 210 Citado por E. Toda y Güell, Bibliografia espanyola d’Italia, Castell de Sant Miquel D’Escornalbou, 1931, V, n.º 6.238. Esta obra no se encuentra en E. Coccia, Le edizioni delle opere del Mantuano, Roma, 1960. 208
491
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 492
Ana Isabel Carrasco Manchado
El discurso de Joan Margarit, de 1481, constituye un ejemplo de oratoria diplomática. Es un uso establecido en las audiencias a embajadores: cuando se presenta el embajador ante los reyes o príncipes ante los que comparece, antes de tratar las cuestiones concretas a negociar dictadas en las instrucciones que han recibido, pronuncia un razonamiento o “habla” de carácter general, que contiene mensajes propagandísticos. Normalmente, este razonamiento es contestado en términos similares por un orador de la corte 211. Es un discurso del mismo tipo que el pronunciado por el prior de Prado, confesor real, Hernando de Talavera, cuando acudió como embajador a la corte de Portugal junto con el doctor de Talavera, después de la firma de los Tratados de Paz para supervisar la entrada en religión de la princesa Juana y otras cuestiones tocantes a las capitulaciones de paz. Pero, la diferente transmisión que han recibido les concede particularidades propagandísticas diferenciadas: mientras que el discurso de Margarit fue editado, el del prior de Prado fue rescrito en la crónica de Pulgar. Mientras que el discurso de Margarit se presentaba como un reflejo fiel del pronunciado por él ante el senado veneciano, trascrito para la imprenta, sin embargo, el discurso del prior de Prado, fue pasado por el tamiz de un segundo agente que lo ha reelaborado y, con toda seguridad, manipulado, aunque, probablemente, inspirándose en el discurso pronunciado. El discurso de Talavera quedó incorporado, pues, a la crónica de Pulgar, según los intereses narrativos del cronista. De esta forma, incorporado entre los acontecimientos históricos narrados en la crónica, cobrará un sentido completo, justificativo en el marco de otro contexto político. El impreso, en cambio, actúa como pieza inmediata, de actualidad, con pretensiones de veracidad y con la finalidad concreta de servir de propaganda de la cruzada. Habiendo sido ambos pronunciados en cortes extranjeras, el primero, gracias a la imprenta, sirvió a una propaganda difundida fuera del reino, mientras que el segundo, reelaborado y manipulado en la crónica oficial, se convirtió en material de la propaganda dirigida al interior del reino. Se comienza, pues, a conocer la utilidad de la imprenta para comunicar sucesos políticos “de actualidad”. La cruzada contra los otomanos se tomó como un asunto de gran importancia, a juzgar por los documentos impresos a que dio lugar. Además del discurso-razonamiento pronunciado por Margarit en Venecia y editado en Roma, hemos de citar la impresión de bulas de cruzada, tanto en el ámbito catalán como en el ámbito castellano 212. Fueron promulgadas con 211
Sobre los usos diplomáticos de la época, véanse los trabajo de M.A. Ochoa Brun, “Los usos diplomáticos en la época del Tratado de Tordesillas”, en El Tratado de Tordesillas y su época (I Congreso Internacional de Historia sobre el Tratado de Tordesillas y su época), Salamanca, 1995, vol. II, pp. 801-824; e Historia de la diplomacia española. IV. La diplomacia de los Reyes Católicos, Madrid, 1995. 212 En el ámbito catalán: Bula de indulgencias en favor de la Santa Cruzada para la defensa de Rodas, [Val de Musse (?) S. i. 1480, escrita en latín, Catálogo general de Incunables..., n.º 1293] y en el ámbito castellano: Bula de indulgencias en favor de la Santa Cruzada para la defensa de Rodas, [Valladolid, Monasterio de Prado, 1482, bula de indulgencias para vivos, en castellano, siendo comisario Fr. Toribio de Carvajal, ibídem, n.º 1294]. El ejemplar que se conoce se encuentra en la Biblioteca de Alba y tiene un grabado de san Juan Bautista, santo de la devoción de Fernando el Católico.
492
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 493
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
motivo de la defensa del sitio de Rodas. No hay que esperar a la conquista del Reino de Granada para encontrar la impresión de bulas actuando como propaganda de guerra y medio para conseguir recursos. En el ámbito castellano hay que atribuir el mérito de haber comprendido con tanta prontitud las valiosas posibilidades de la nueva innovación técnica a Hernando de Talavera, confesor de la reina y prior del monasterio vallisoletano de Prado, desde donde comenzaron a editarse las bulas 213. En esta época, comienza a cobrar importancia la actividad política del confesor, que deja de escribir consejos piadosos para la reina y se pasa a la acción. En Toledo se había encargado del asunto de las declaratorias 214, en Portugal supervisó la entrada de la princesa Juana en religión y, a partir de 1482, se convierte en comisario colector de la Cruzada 215. Otro curioso testimonio del interés editorial que suscitó la cuestión turca lo constituye una epístola de carácter polémico dirigida al sultán Mehmet II que ya había corrido impresa por Europa en 1475, la epístola escrita por Laudivius Zacharias (Epistolae magni turci Mahomet II), de la cual, los impresores Paulo Hurus y Johannes Planck, activos entre 1480 y 1484 en Zaragoza, editaron un ejemplar en ese intervalo de tiempo 216. Creemos que la impresión de esta epístola podría fecharse entre marzo de 1481 y julio de ese mismo año, durante la estancia de Fernando e Isabel en Zaragoza, ciudad donde se trasladaron las Cortes de Aragón desde Calatayud. Fernando había estado solicitando de sus Cortes (tanto en las convocadas en Barcelona, como las que se celebraron en Aragón) la concesión de ayuda económica para financiar la armada que habría de defender las posiciones mediterráneas del peligro turco. No podemos probar la iniciativa regia en la impresión de esta epístola pero, no hay duda que, los impresores que moraban por aquel entonces en Zaragoza supieron “captar” el interés político de dicha edición. El tema coincide sospechosamente con el que se estaba debatiendo en las Cortes. De alguna manera, los impresores estarían colaborando con la voluntad de los reyes de transmitir a los representantes del reino aragonés la propaganda antiturca y, de este modo, implicarles en la cruzada. Al menos durante la mitad del trayecto del viaje regio por Aragón (Barcelona y Zaragoza), los reyes propagaron el tema de la cruzada turca, cuyos mensajes fueron transmitidos también mediante sermones y otras manifestaciones orales de carácter litúrgico o religioso. Se está preparando la propaganda de la guerra santa que con tanto furor se extenderá después, a propósito de la conquista del 213
Véase la monografía de L. Fernández, La Real Imprenta de Nuestra Señora de Prado (1481-1835), Salamanca, 1992. La influencia del prior con relación a la introducción de la imprenta, C. Romero de Lecea, “Hernando de Talavera y el tránsito en España del manuscrito al impreso”, Studia Hieronymiana, I (1973), 317-377. 214 El resultado de su labor en A. Matilla Tascón, Declaratorias de los Reyes Católicos sobre la reducción de juros y otras mercedes, Madrid, 1952. 215 J. Goñi Gaztambide, Historia de la Bula de Cruzada en España, Vitoria, 1958, pp. 371-391. 216 Laudivius Zacharias, Epistolae Magni Turci Mahomet II [Caesaraugustae, Paulus Hurus et Johannes Planck, c. 1480-1484, Catálogo general..., n.º 3458]. Coincidiendo con otro momento de crisis motivada por los turcos, se editarán más ejemplares de este opúsculo en 1500, en Roma y en Venecia (ibídem, n.ºs. 3456, 3458 y 3459).
493
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 494
Ana Isabel Carrasco Manchado
Reino de Granada. Los temas de la cruzada se introducen en las sesiones de oraciones propiciatorias y de acción de gracias que, expresamente, ordenaron los reyes celebrar. Nos consta que en algunas ciudades efectivamente se organizaron procesiones y oraciones públicas, como en Valencia o en Palencia. Como hemos visto, los reyes mismos participaron con sus plegarias en las procesiones que organizaron durante su estancia en Zaragoza, dando gracias a Dios por la muerte del sultán. Pudieron escucharse, por tanto, las plegarias de los propios reyes. Otra ocasión para que Isabel y Fernando pronunciaran oraciones en público ocurrió durante la estancia de la corte en Zaragoza, en donde los reyes conocieron la noticia de la muerte del rey Alfonso V de Portugal, que se producía dos años después de firmar la paz. Se decidió la celebración de solemnes exequias en su honor. De este modo, en un contexto litúrgico, volvieron a escucharse los mensajes que expresaban una actitud en consonancia con las nuevas relaciones amistosas que se habían establecido. La estancia real en Valencia fue menos polémica, en relación con la cruzada, puesto que por las fechas en las que los reyes llegaron la ciudad (finales de noviembre) ya se había dado una solución momentánea al problema. Las espléndidas fiestas y solemnidades ofrecidas por los valencianos a los reyes se aderezaron con panegíricos compuestos para la ocasión en los que se ensalzaba la figura de los monarcas. Hay que recordar que ésta era la primera entrada de Isabel en Valencia y si los valencianos habían demostrado desde el principio del conflicto sucesorio su afán por poner a disposición de la reina todo su capital simbólico (además de importantes sumas de dinero) no fueron menos diligentes en la emisión de discursos propagandísticos. En el capítulo anterior nos hemos detenido en describir las suntuosas fiestas que no se limitaron sólo a honrar la entrada de Isabel, sino que se extendieron durante buena parte de su estancia en la ciudad. No nos consta que en el tránsito del recibimiento valenciano se cantaran coplas en honor de Isabel, aunque muy bien pudieron componerse algunas para la ocasión, como en el caso de la entrada real en Barcelona realizada unos meses antes. En aquella entrada, Isabel asistió a la Representació de Santa Eulalia, una pieza dramática compuesta para dar la bienvenida a la reina. El personaje de Santa Eulalia se dirige a Isabel en catalán, cantando unas coplas que exaltan la figura real y la necesidad de contar con la reina para devolver el bienestar a una ciudad castigada por los conflictos desde hacía varios años 217. La santa mártir invita a Isabel a dar gracias a Dios y, en efecto, la reina rezará una plegaria ante las reliquias veneradas en la Seo, siguiendo el ritual habitual de las entradas reales. Si la duración y variedad de las celebraciones y la riqueza desplegada en las fiestas valencianas son notas dignas de ser destacadas, más lo es un hecho que 217
Las coplas se han conservado en el Llibre de solemnitats..., pp. 336-337: “Pus ha dispost la magestat divina/ visitar vos sta ciutat famosa/ vullau mirar, senyora virtuosa,/ los mals qui tant la porten a rohina./ Jo le us coman fins aci conservada/ per mi, qui so, martir, della patrona./ Sper en Deu la vostra Barsalona/ en un moment per vos será tornada/ vivificada,/ e prosperada./ Mas cogitau, reyna tan desijada,/ dar-ne rahó a Deu qui us ha creada”.
494
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 495
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
introduce un rasgo de originalidad en las formas de transmisión del discurso analizadas hasta ahora. Las autoridades valencianas, orgullosas de sus fiestas, encargaron la redacción de una relación en la que quedara constancia de cómo habían transcurrido todos los acontecimientos ceremoniales y festivos. De este modo, la propaganda que transmitía la propia fiesta y ceremonia lograba también una difusión escrita. La reina Isabel se benefició de un recurso que rara vez había sido empleado en Castilla 218. La relación fue escrita por el escribano Juan Esteve en latín y se conservó manuscrita con el título Triunphus clarissimae excellentissimaeque reginae Hispanae dominae Ysabellis 219. Llama la atención el que la relación esté escrita en latín y no en valenciano o en castellano. Las autoridades valencianas posiblemente quisieron dotar de mayor prestancia a este testimonio, desechando el romance en favor de una lengua más universal que pudiera arropar, no sólo a castellanos y a valencianos, sino a todos aquellos extranjeros que se encontraran en la ciudad. La redacción en latín favorecía el que la relación pudiera ser adquirida y trasladada a otros reinos europeos. Hay que observar, como en el caso del panegírico romano, el afán de universalidad presente en estos textos que mencionan a Isabel como “reina de España”. La actividad lúdica de la corte atrae siempre a cierto número de poetas, literatos u otros profesionales de la pluma que aprovechan la presencia de los reyes para ofrecerles sus escritos y obtener de ellos alguna dádiva o merced. Por estas fechas vivía en Valencia Alfonso de Jaén, un morisco que dice ser “cronista” de Juan II de Aragón 220. Desde hacía tiempo estaba escribiendo un tratado de carácter profético en honor de Fernando. La llegada de éste a la ciudad acompañado de Isabel pudo sugerirle la idea de dedicar la obra a la reina. Esta obra, titulada El espejo del mundo ha llegado a nosotros en forma de borrador, escrito todavía a lo 218
En Castilla fue empleada, precisamente por Isabel, una relación sobre la audiencia que concedió en Alcalá de Henares a los embajadores borgoñones en su etapa de “principado”, publicada por Clemencín, pero no existían aún relaciones impresas de este tipo. Según R. Narbona Vizcaíno, las relaciones que describen este tipo de fiestas reales son también raras en Valencia en fechas anteriores a estas. Para este autor obedece a una necesidad de explicar una fiesta cada vez más ininteligible por la profusión de símbolos y alegorías, es un síntoma más del carácter elitista que predominará en la fiesta real (véase su artículo “Las fiestas reales en Valencia...”, p. 472). 219 Esta obra consta en el catálogo de relaciones de sucesos de J. Alenda y Mira, Relaciones de solemnidades y fiestas públicas de España, Madrid, 1903, n.º 13. Con el n.º 12 aparece otra relación referida a aquellas fiestas, pero escrita con letra del cronista de Aragón Juan Francisco Andrés de Ustarroz. La relación lleva el siguiente epígrafe: “Comencen les justes que furen fetes a 8 de desiembre any mcccclxxxi en la insigne ciudat de Valencia per la benaventurada venguda del serenissimo Sor. Rey don Fernando e de la serenissima Sra. reyna Elisabeth reyna de Castilla”. Fue enviada al cronista, en 1652, por Christóval Crespi de Valdaura, clavero de Montesa, y familiar de uno de los participantes en las justas. Puesto que el ejemplar que recogió Alenda y Mira es una copia del siglo xvii, no podemos determinar si esta relación se escribió con motivo de las justas o fue reelaborada posteriormente a partir de datos y noticias aisladas. En cualquier caso, hay que tenerla en cuenta y considerarla como otro posible testimonio de aquellas famosas fiestas. 220 Aunque no consta su nombre entre los cronistas conocidos del rey aragonés, así se denomina a sí mismo en la dedicatoria a la reina Isabel de su obra Espejo del mundo. En algunos protocolos valencianos aparece con ese título. Sobre la vida de Alfonso de Jaén véase E. Duran, “La cort reial com a centre de propaganda monàrquica: la participaciò morisca en l’exaltació messiànica dels Reis Catòlics”, Pedralbes, 13 (1993), pp. 505-514.
495
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 496
Ana Isabel Carrasco Manchado
largo de varios años más. Con el tono de exaltación propio de los escritos proféticos y con el fanatismo particular que cimienta cierta forma de ser converso, Alfonso de Jaén convertía a Fernando en el monarca universal que acabaría con los musulmanes, sus antiguos hermanos en la fe 221. Supo atisbar por dónde iba el aire de los tiempos y, sin olvidarse de la cruzada turca, se ocupó en alentar la cruzada también contra Granada, atacando duramente la desidia de los nobles que toleran la existencia del reino musulmán en la Península. Aunque la obra se comenzó mucho antes y se terminó años después, lo analizamos en este punto por ser un antecedente ideológico de la guerra de Granada y también porque pensamos que, aprovechando la presencia de los reyes en la ciudad, Alfonso de Jaén pudo acercarse hasta la residencia regia para leer en público una muestra de su trabajo. Antes de abandonar la Corona de Aragón, justo el día de Reyes del iniciado año de 1482, estando la corte en Teruel, los reyes recibieron otro presente. Se trata de varias coplas que el aragonés Pedro Marcuello recitó o cantó en su presencia. Es el autor mismo el que recuerda este hecho cuando, mucho después, volvió a escribir algunas de esas coplas para incluirlas en el cancionero 222 que pensaba dedicar a la hija de los reyes, Juana, y a su marido, que eran príncipes de Castilla en la fecha en que Marcuello compiló su cancionero 223. En estas coplas apologéticas se escucharon también alientos de lucha contra Granada. Al día siguiente del día de Reyes, la corte inicia su regreso a Castilla. De camino por Daroca, de nuevo los reyes realizaron una “parada devota”, esta vez ante las reliquias de los Santos Corporales. Otra ocasión para exponer sus oraciones reales. Al mes siguiente tendría lugar la conquista de Alhama. Esos aires de cruzada que se han venido escuchando desde el año anterior toman cuerpo, y se inicia una nueva etapa. Pero antes de eso, hemos de reseñar la aparición de unos textos en el mes de enero de 1482. No son obras nuevas compuestas para la ocasión. Se trata de composiciones que sirvieron en el pasado a los intereses propagandísticos de Isabel y Fernando en momentos diferentes del conflicto sucesorio, y aun antes, durante la guerra contra Enrique IV. Nos referimos a dos obras de Íñigo de Mendoza, las Coplas de Vita Christi y el Sermón trobado dirigido a Fernando el Católico, ya analizado, y el Regimiento de príncipes de Gómez Manrique, escrito antes de 1474. Estas obras aparecen juntas en una edición castellana, impresa en 221
Recientemente se ha editado una parte de esta obra en una colección de textos profético-políticos recopilados y estudiados por E. Duran y J. Requesens, Profecia i poder..., pp. 135-290. La opinión de los autores es concluyente en cuanto a su carácter propagandístico: “Una intencionalitat política que s’acosta a la propaganda pura al servei de la monarquia, car tota l’obra es proposa d’identificar la figura escatològica principal dels Darres Temps, el Monarca Universal, amb el rei Ferrand el Catòlic”, p. 144. 222 “Esta copla se ofreció a su alteza con otras en su ciudat de Teruel un día de los Reyes, año de mil quatrocientos ochenta y dos”, P. Marcuello, Cancionero, ed. J.M. Blecua, Zaragoza, 1987, pp. 51-53. Aunque citaremos esta edición, puede consultarse también la nueva edición de E. Ruiz-Gálvez Priego, Madrid, 1995. 223 La obra fue ofrecida en 1502. Estas coplas presentadas en Teruel son las más antiguas incluidas en el cancionero (véase, M. del C. Marín Pina, “Composición y cronología del Cancionero de Pedro Marcuello”, Archivo de Filología Aragonesa, XLIV-XLV (1990), 161-176). Sobre el autor, véase M. Serrano y Sanz, “Noticias biográficas de Pedro Marcuello”, Boletín de la Real Academia Española, 4 (1917).
496
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 497
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Zamora por Antón de Centenera, el 25 de enero de 1482, y, según parece, ya había sido editada antes, en Zaragoza, por los impresores Pablo Hurus y Johannes Planck. Las Coplas de Vita Christi y el Regimiento de príncipes habían sido compuestos reinando todavía el rey Enrique IV. La primera de estas obras, a pesar de su temática religiosa, contenía críticas más o menos veladas dirigidas contra el rey Enrique y sus cortesanos, cantadas con el tono habitual de los sermones versificados escritos por Mendoza. Su aparición en estos momentos suponía volver a recordar el estado de tiranía y caos que la propaganda contraria al rey supo recrear. El contrapunto era el Regimiento de príncipes de Gómez Manrique, escrito en verso, también antes de morir Enrique IV, por uno de los más activos propagandistas de la pareja castellano-aragonesa. La obra se corresponde con la etapa en que se trata de prestigiar la imagen de Isabel y Fernando como príncipes de Castilla, escrito probablemente después de que la hija de Enrique IV, Juana, volviera a ser jurada como princesa. Como cualquier otra obra de estas características, el autor aconseja a los príncipes la mejor forma de gobernar, que no es otra que ejercer todas las virtudes, singularmente la de la justicia. De este modo, Gómez Manrique daba a Isabel y Fernando el tratamiento que se da a los gobernantes, cuando, en realidad, carecían de autoridad legítima en Castilla. Su poema subrayaba la conveniencia para Castilla de poseer tan virtuosos gobernantes. Estas dos obras reviven, en virtud del poder de la imprenta, una serie de argumentos que subrayan de nuevo la legitimidad de Isabel y Fernando (tanto la de origen, como, especialmente, la de ejercicio). El Sermón trovado de Íñigo de Mendoza es el complemento ideal. Obra escrita en el momento más crítico de la guerra de sucesión al trono como apología del rey Fernando, de su poder de mando y de su futuro conquistador, siendo de nuevo recuperada venía a confirmar el éxito del rey y sus virtudes como gobernante y guerrero. Al ser obras anteriores, recuperadas, tienen mayor fuerza propagandística, puesto que el pasado puede presentarse como confirmador del presente. Es como una profecía cumplida. No es de extrañar que esta especie de tríptico en honor de Fernando fuera editado en Zaragoza, coincidiendo con las fechas en que el nuevo rey de Aragón viaja a su reino para ocuparse de las cortes. Pero, más significativo resulta el lugar de impresión de la edición castellana: Zamora 224, uno de los enclaves que apoyaron al rey Alfonso V y que más duramente se resistieron a las tropas dirigidas por el propio Fernando. Si, todavía por esas fechas, existía en la ciudad un bando pro-portugués, de nuevo iba a ser derrotado, pero esta vez por el discurso. A principios de 1482 se observa, según los textos y las expresiones orales de los discursos difundidos, que la propaganda real ha adquirido una madurez que le permitirá afrontar los acontecimientos futuros, especialmente la guerra de Granada. En esta época se pone en funcionamiento la propaganda historiográfica que se ocupará de revisar los sucesos pasados y de escribir los presentes, fundando las 224
V. Infantes cree que al impresor, Antón de Centenera, le movió el deseo de agradar a los reyes. Véase su “Edición, literatura y realeza. Apuntes sobre los pliegos poéticos incunables”, en M. Criado del Val (dir.), Literatura hispánica. Reyes Católicos y Descubrimiento, Barcelona, 1989, p. 88.
497
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 498
Ana Isabel Carrasco Manchado
bases históricas sobre las que Isabel consolidará ideológicamente su régimen. La víspera de San Juan de 1481 acababa Valera, en su residencia en Puerto de Santa María, la Crónica de España encargada por la reina. En 1482 salía a la luz en su forma impresa. Como dice el cronista, en su conocido elogio de la imprenta incluido en el colofón de esta obra, ahora se podría restituir “por multiplicados códices, en conoscimiento de lo pasado presente y futuro” 225. Con nuevos medios a su alcance, nuevos géneros y nuevos agentes que se irán incorporando al servicio de los reyes, la propaganda real se expandirá hasta límites hasta entonces no conocidos. 6.2. “Peso y medida”: el discurso de la justicia y de la ley En los primeros momentos de esta última etapa del conflicto sucesorio, durante el proceso de las negociaciones de paz, es lógico encontrar argumentos que afirman el derecho legítimo de Isabel a suceder a su hermano. Como hemos visto, la negociación de la paz no estuvo exenta de dificultades ni de episodios críticos que amenazaban con torcer el curso de las negociaciones. Fernando del Pulgar dramatiza ese momento presentando a Rodrigo Maldonado, el negociador castellano, utilizando un tono sumamente polémico ante la corte portuguesa. En su Razonamiento, el secretario Pulgar “descarga” toda la batería argumentativa que había acumulado en los demás escritos que redactó durante la etapa de guerra. Como iremos viendo, en muchos de sus argumentos sigue de cerca aquella carta famosa dirigida a Alfonso V, cuando aún no había entrado en Castilla, que hemos analizado en su lugar y que Juan de M. Carriazo situaba entre los escritos que justifican el que Fernando del Pulgar sea calificado, con toda propiedad, como agente de propaganda. Pulgar afirma reiteradamente el derecho de Isabel (cómo no), pero introduce una novedad: el derecho de su hermano, el fallecido infante Alfonso, a ostentar también el título real castellano: “Se traspasava e confirmava la verdad de la derecha subçesión en el prínçipe don Alonso, hermano de la reyna mi señora” 226. Ello implica la negación, a su vez, del derecho que sostiene Juana: “demanda tan ynjusta, fundamento tan ynçierto”; “su persona sienpre se ovo por ajena de la estirpe real, e nunca en lo secreto fue avida por nuestra legítima señora”. Recurre de nuevo a subrayar la autoridad del auto de los Toros de Guisando, y cómo Isabel fue jurada por princesa legítima por nobles, prelados y por el legado del papa: “La resçibieron e juraron por prinçesa e subçesora, legítima heredera de los regnos de Castilla, para después de los días del rey don Enrique”. 225
Esta crónica de Diego de Valera es una de las obras medievales que alcanzó un mayor número de ediciones (D. de Valera, Crónica de los Reyes Católicos..., pp. cvi-cix y J. Martín Abad, “Las ediciones salmantinas de la Crónica de España de Diego de Valera en 1499 y 1500”, Revista de Literatura Medieval, VI (1994), pp. 125-131). 226 Citamos este Razonamiento por la versión manuscrita, RAH, ms. 9/5173, n.º 5, fols. 374r-383r, habiendo sido cotejado con el que se incluyó en Crónica..., I, pp. 389-401.
498
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 499
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Menciona, además, la bastardía de la hija del rey, fundada, según el secretario, en la impotencia “notoria a todos desde el día de su nasçimiento” y en las preferencias de Enrique por mantener relaciones sexuales con “algunos sus privados”. La acusación es grave y el mismo Pulgar no se había atrevido a formularla antes en sus escritos, en los años inmediatamente posteriores a la muerte de Enrique. Debemos retrotraernos a los tiempos de la guerra civil de la década de los sesenta y a los testimonios surgidos de la pluma de Alfonso de Palencia por aquel entonces, aquella propaganda feroz que contribuyó a deponer al rey de su trono. En aquel contexto de guerra civil la propaganda antienriqueña ya esgrimió la acusación de sodomía, aunque no para sostener la ilegitimidad de su sucesora, sino para deslegitimar su propio gobierno. Hay que tener en cuenta que las acusaciones sexuales ligadas al pecado contra natura se encuentran vinculadas con la noción de herejía y es una de las características del rey inicuo 227. Por si todo ello fuera poco, Pulgar rechaza la validez de la ruptura del primer matrimonio de Enrique con la princesa Blanca de Navarra. Por todos los motivos posibles, Juana sólo puede ser hija ilegítima. Esas menciones son un síntoma de que el secretario Pulgar considera que se abre una nueva etapa y se siente seguro para atacar al rey Enrique sin miedo de que sea empañada la propia figura de la reina Isabel, quien se preciaba de haber sido una hermana obediente. Hasta la fecha, Isabel había considerado oportuno promover cierto respeto por la figura (que no por la actuación política) de su hermano, para contentar, sin duda, al “monárquico” clan Mendoza y a su cabeza el cardenal. Todo el razonamiento denota, en suma, el ímpetu del secretario, consciente de que esos son los últimos “cartuchos ideológicos” que hay que gastar para clarificar de una vez por todas la situación. El que Pulgar saliera con bien de sus críticas contra los inquisidores sevillanos pudo infundirle un sentimiento de seguridad que le animó a excederse, incluso, en su labor propagandística. La redacción de este razonamiento coincide en el tiempo con la carta que envía al secretario de la reina Fernán Álvarez de Toledo. En ella muestra sus deseos de que el conflicto acabe y la reina “pueda administrar libremente la justicia que deve” 228 en su reino. Tal vez la reina llegó a conocer el razonamiento que Pulgar había puesto en boca de su embajador. La argumentación de Pulgar la habría convencido definitivamente sobre quién habría de ser su cronista oficial. Pulgar podía manejar el mismo tipo de discurso que Palencia con la ventaja de serle enteramente fiel. En la Corona de Aragón se encuentran también argumentos que aluden al derecho sucesorio de Isabel y de Fernando. Se encuentran en el tratado del morisco Alfonso de Jaén, El espejo del mundo. Aunque, como veremos, la base 227
En esta línea, véase A.R. Firpo, “Los reyes sexuales: ensayo sobre el discurso sexual durante el reinado de Enrique IV”, Mélanges de la Casa de Velázquez, 20 (1984), pp. 217-227; 21 (1985), pp. 145-156 y nuestras observaciones en A.I. Carrasco Manchado, “Enrique IV de Castilla. Esbozo de una representación de la propaganda política”, Orientaciones, 2 (2000), pp. 55-72. 228 F. del Pulgar, “Letra para Fernánd Álvares, secretario de la reina” [Letra XXVI], pp. 125-127.
499
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 500
Ana Isabel Carrasco Manchado
de su argumentación se apoya en un discurso de tipo teológico que incluye menciones al discurso jurídico. Alfonso de Jaén, al escribir desde Valencia, afirma el derecho hereditario de Fernando de Aragón al trono castellano, por pertenecer a la dinastía trastámara 229, aunque no desdeña el derecho de la propia Isabel. Utiliza, no obstante, la otra forma de legitimación posible, la legitimación por el ejercicio de la justicia. Para Alfonso de Jaén, el estado de paz y justicia que reina en Castilla (escribe en torno a 1481, terminadas las cortes de Toledo y las de Aragón y Barcelona) es una prueba irrefutable de que la sucesión legítima corresponde a los dos monarcas: “La speriençia lo demuestra que, entrando la quinta generaçión, la gente castellana, que siempre bivía en guerra, tiene aconsseguida paz e la gente de Castilla, que durando las quatro generaçiones es estada cruelmente robada, entrando la quinta generaçión con los dineros en las manos van por los caminos, sin temor de ser robados” 230.
Precisamente, es el tema del recto ejercicio del poder, mediante la práctica de la justicia, la clave discursiva del tiempo de las cortes de Toledo, en múltiples variantes, desde los discursos oficiales, bastante elaborados, al canto de los poetas cortesanos. Conseguida la paz con Portugal se abandonan las alusiones al derecho sucesorio: ya no hay rivales. Los reyes y sus agentes se entregan a prestigiar su labor legislativa y de gobierno. Aunque el cese de los enfrentamientos hablaba por sí mismo y no era necesario hacer mucha propaganda de la paz, todavía en el contexto de las cortes, tanto los reyes, como sus portavoces, recuerdan el vínculo que existe entre el estado de paz, la justicia y el buen regimiento. Lo proclamaban los embajadores castellanos en la corte portuguesa, intentando suavizar las nuevas relaciones existentes entre ambos reinos, tal y como se hace decir a Hernando de Talavera en el razonamiento pronunciado en su embajada ante el príncipe Juan y su padre Alfonso V: “La paz a vuestras serenísimas personas y a las suias causa de mucho descanso y consolaçión por que da oportunidad para toda buena governaçión como por el contrario la guerra y discordia son causa de mucha fatiga y enojo y turbaçión y es la paz muy necessaria y provechossa” 231. 229
“Que era venido en los regnos de Castilla porqu’él podía muy bien venir y estar en ellos considerando que todos sus avuelos, padres e parientes siempre fueron e son estados reyes e senyores de aquellos regnos”. Alfonso de Jaén los menciona y dice además que Fernando e Isabel son primos hermanos (El espejo del mundo..., p. 212). 230 A. de Jaén, El espejo del mundo, seguimos en este caso la versión manuscrita, Biblioteca de Catalunya, ms. 273, fol. 38v. 231 Seguimos la versión manuscrita de la “Proposición y primera habla hecha por el dicho prior de Prado al rey de Portugal y al prínçipe su hijo yendo a ellos por enbaxadores de los catholicos Reyes don Fernando y doña Ysavel”, BN, ms. 1104, fols. 54r-56r.
500
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 501
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Lo proclamaba también Gómez Manrique, el corregidor de Toledo y consejero real, en el discurso que preparó para la clausura de las cortes: “tan largos tienpo han estado tan menguados de pas, anbrientos de justiçia, sedientos de todo buen regimiento” 232. Y, finalmente, los reyes, en el preámbulo del ordenamiento promulgado en beneficio del “pacífico estado destos dichos nuestros reinos” 233. La paz es provechosa y anuncia un buen gobierno, es el lema que fácilmente halaga los oídos de todos los súbditos, cansados ya de tantos años de conflictos. La obra legislativa desarrollada en las cortes pretendía ser, pues, el testimonio de la “buena gobernación”. Desde cierta teoría política, esta significaba, no sólo que el rey debía reinar con justicia y dictar leyes, sino que él mismo debía someterse a la ley que promulgaba 234. En el preámbulo al ordenamiento de las cortes de Toledo, los reyes fundamentan las innovaciones legislativas que han dictado en la gran necesidad de remediar la mala situación del reino: el remedio no ha de ser otro que aplicar buenas leyes (“E nos, conosciendo que estos casos ocurrían al presente en que era necesario y provechoso proveer de remedio por leyes nuevamente fechas, ansí para esecutar las passadas como para proveer e remediar los nuevos casos”, “proveer en las otras cosas que serán nescesarias de se proveer por leyes para la buena governación destos dichos reynos”). No obstante, la facultad soberana de legislar debía ser presentada bajo el prisma de ciertas limitaciones para no dar la impresión de que tales leyes pudieran ser injustas o abusivas. Isabel y Fernando presentan su actuación como correcta, puesto que dicen haber actuado con “grande deliberación” (según se afirma en el preámbulo del Ordenamiento), es decir, tales leyes han sido “consensuadas”. Otra propuesta de límite viene de boca de Gómez Manrique, que abre y cierra las cortes poniendo su voz a los representantes del reino. En el discurso de inauguración de las cortes, Gómez Manrique recuerda a los reyes la obligación que les asiste, por imperativo divino, de “nos catar y tratar commo verdaderos”, “nos regir, governar como justos y derechos” reyes, “y amparar como buenos y valientes protectores y a nos mantener en paz y en aquella justiçia que lla[maron] los sabios distributiva”, justicia distributiva que consiste en remunerar los “serviçios con una mano liberal, franca y (...) con otra regurosa y blanda, por manera que no quede mal ynpunido ni bien yrremunerado” 235. En el discurso de clausura, Gómez Manrique, en nombre de los procuradores, como si ellos pudieran pronunciar la última palabra, argumenta sobre la justicia regia diciendo, “la qual esecuçión para que sea perfeta e tenida conviene, muy poderosos señores, que comiençe en vosotros mismos en aquellas cosas que vos 232
G. Manrique, “Proclama de Gómez Manrique a los reyes”, en J.M. Carretero, Corpus..., doc. 74. “Preámbulo del Ordenamiento de las Cortes de Toledo de 1480”, en Cortes de los antiguos..., IV, pp. 109-111. 234 Es la paradoja que se encuentra en el origen mismo de la concepción del rey como lex animata y que tuvieron que resolver los juristas (véase L. Mayali, “Lex animata. Rationalisation du pouvoir politique et science juridique (xii ème-xiv ème siècles)”, en A. Gouron y A. Rigaudiere (dirs.), Renaissance du pouvoir legislatif et genèse de l’Etat, Montpellier, 1988, pp. 153- 164 (especialmente, p. 160-162). 235 G. Manrique, BPR, ms. II/208, fol. 252r. 233
501
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 502
Ana Isabel Carrasco Manchado
yncuben”. Así, pues, las medidas que acaban de ser promulgadas en cortes, encaminadas a fortalecer el poder real, quedan bien cubiertas con la justificación del consenso y del sometimiento de los reyes a las propias leyes. El fortalecimiento del poder real se puede, de este modo, hacer equivaler con la buena gobernación. Otro concepto que avala la voluntad de los reyes de entregarse a la buena gobernación y regimiento, es el concepto de bien común, cuya alusión no podía faltar en un discurso de estas características: en el preámbulo al ordenamiento (“bien de la república”), en el discurso de Gómez Manrique de clausura: (“bien común de estos vuestros reynos e señoríos”). Pero, ¿aparece en el discurso de manera aislada o en el binomio o trinomio que venía siendo habitual?, y, en este caso, ¿en qué orden de preferencia? Como corresponde con la voluntad de fortalecer el poder real, emprendida desde el acceso al trono, lógicamente, este concepto no aparece aislado y tampoco en primer o segundo orden de preferencia, hecho que resulta más significativo en el caso del discurso de clausura de Gómez Manrique, que, pretendidamente, habla en nombre del reino: “venimos para entender en algunas cosas cunplideras a serviçio de Dios e vuestro e bien común destos vuestros reynos e señoríos”. El bien común se somete a otras cuestiones prioritarias, con las que no debe entrar en contradicción. En otro contexto se esgrime el concepto de bien público. En la carta de privilegio expedida en beneficio del mayordomo Cabrera y de Bobadilla, la mención a la “utilidad de la cosa pública de sus reynos” 236, referida al servicio que estos habían prestado a los reyes no es, en este caso, una mera fórmula ritual 237. Hemos visto cómo despertó la resistencia de los vecinos de Segovia la concesión de los vasallos que fueron vinculados al nuevo marquesado de Moya. En las cartas de súplica que enviaron a los reyes, el concejo cuestionó la medida con múltiples argumentos. En este caso hablaba la parte del reino afectada, que no veía la utilidad de recompensar a los servidores de los reyes perjudicando a la ciudad y tierra de Segovia (que, a decir verdad, también podía argumentar en su favor que había servido a Isabel tanto o más que el mayordomo y su mujer). Los reyes reforzaron su postura con la alusión a otro concepto que perfila la concepción de justicia regia, esa justicia distributiva, ya aludida por Gómez Manrique, que remite a la facultad de los reyes de otorgar mercedes: la obligación de recompensar los servicios prestados. Los reyes están en deuda con Cabrera y Bobadilla: “aviendo 236
Fechada el 29 de junio de 1480, “Carta al concejo de Segovia, justificando la separación de la ciudad de los sexmos de Casarrubios y Valdemoro y ordenando que cesen las protestas” en M. Asenjo, La Extremadura Castellano-Oriental en el tiempo de los Reyes Católicos. Segovia, 1450-1516, Madrid, 1984, T. II, pp. 1.254-1.255. 237 Podemos, de este modo, aventurarnos a dar una respuesta a la pregunta que se hacía Hilda Grassotti sobre si, con el correr del tiempo, la frase “pro bono et fideli servitio” llegaría a perder contenido real y acabaría por emplearse como fórmula ritual equivalente, en las concesiones a personas concretas, a las palabras pías, “pro remissione peccatorum meorum” que se usaba en las donaciones a catedrales (véase su artículo “Pro bono et fideli servitio”, Cuadernos de Historia de España, 33-34 (1961), p. 45). Hay un uso consciente de los reyes de justificar sus acciones ante aquellos que se pueden ver perjudicados con la concesión.
502
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 503
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
respeto a los muchos cargos que dellos tenemos” 238. En realidad, los reyes apoyan su argumento en su posición de poder y autoridad, puesto que son ellos los que deciden dar prioridad, en esta ocasión, a cierta concepción de la justicia regia, sobre la concepción universal y transpersonalizadora de la idea de Justicia que los segovianos esgrimían en su favor. La merced real era un motivo de conflicto, sobre todo cuando afectaba a vasallos pertenecientes a la Corona. En cierta manera se reproduce una vieja polémica constante en las cortes del siglo xv 239. El caso del desmembramiento de los sexmos de Valdemoro y Casarrubios y la concesión de un nuevo título de nobleza, en esta época en la que los discursos de la propaganda habían adoptado como uno de los temas centrales de desprestigio del gobierno de Enrique IV la concesión desmedida de títulos de nobleza y la dilapidación del patrimonio real, contradice, en efecto, toda esa propaganda. Tales discursos habían sido asumidos por la población e, incluso, habían llegado a la Corona de Aragón, como lo demuestra el testimonio del morisco Alfonso de Jaén, que escribe desde Valencia (“E los grandes de Castilla, que tovieron para, en las quatro generaçiones, desnudar los reyes e desposseherlos de sus regnos, entrando la quinta generaçión, por voluntad divinal, no han podido inpedir a la Corona Real no restituir lo que tiránicamente le teníen tomado”). La recuperación del patrimonio real es uno de los motivos propagandísticos de esta curiosa obra escrita en clave alegórico-profética. Los animales de rapiña (los nobles) han desollado al rey Enrique (“con las unyas llenas de los pedaços del cuero”, quitándole noventa y dos fortalezas y villas cuyos nombres recoge) 240. Esta propaganda se reforzaba, además, con los hechos, como pretendía ponerse de manifiesto con la política de reducción de juros. Escudándose en la nueva posición de autoridad conseguida por Fernando e Isabel tras la firma de la paz y la celebración de las cortes de Toledo, pueden permitirse actuar, incluso, de manera contraria a lo que defiende su propaganda, otorgando nuevas mercedes sin dejar de buscar recursos que den cobertura a esa forma de actuar. Si las fórmulas cancillerescas, los conceptos políticos que aparecen en los escritos oficiales, construyen una propaganda justificativa de determinado estilo de ejercer el poder, o de ciertas medidas políticas concretas, las metáforas de los poetas, bañadas con los temas del discurso jurídico o de la justicia, apoyan el ensalzamiento de la figura personal de los reyes. En el preámbulo al 238
Toledo, 4 de julio de 1480, versión del privilegio por el que se concede el título de marqueses de Moya al mayordomo Andrés de Cabrera y a Beatriz de Bobadilla en F. Pinel y Monroy, Retrato del buen vasallo copiado de la vida y hechos de D. Andrés de Cabrera, primero marqués de Moya, Madrid, 1677, p. 268. 239 En 1442 arrancaron los procuradores reunidos en Valladolid una pragmática a Juan II para que no se dieran mercedes a costa de la Corona. El rey debía jurar que así lo haría, por “ley e contracto e pactión perpetua e non reuocable, sin enbargo de qualquier derecho general o espeçial que sea o ser pueda contra la dicha ley o merçed o pacçión, e espeçialmente (...) de los derechos que dizen que propio e libre es a los reyes e prínçipes de dar e fazer merçed”. La libre facultad del rey de otorgar mercedes es aquí abiertamente cuestionada (pragmática recogida en M. Fernández, P. Ostos y M. L. Pardo, El libro de privilegio de la ciudad de Sevilla, Sevilla, 1993, p. 355). 240 A. de Jaén, El espejo del mundo..., pp. 200-202 y 220-221.
503
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 504
Ana Isabel Carrasco Manchado
ordenamiento, los reyes declaraban su intención de gobernar con justicia “tenemos contino pensamiento e queremos con acuciosa obra esecutar nuestro cargo faciendo e administrando justicia”, y el corregidor Manrique declaraba en la clausura que los reyes dictaban “justísymas provisiones, pues son tales como de prínçipes tan justos”. Pero son los versos de los poetas los que más contribuyen a la conformación de la imagen de los reyes como reyes justos, puesto que no sólo se fijan en las acciones de los reyes, sino que se orientan hacia la esencia misma de la personalidad regia y la difunden de manera metafórica, empleando imágenes que aportan su fuerza simbólica, beneficiándose de la capacidad hipnótica que tiene el ritmo de las canciones. Para este momento hemos seleccionado el panegírico que escribe para la reina Diego de San Pedro, criado del conde de Urueña, que tiene un valor singular en tanto en cuanto no procede de los círculos estrictamente vinculados con la reina. Es un caso en el que un noble asume la propaganda regia al tiempo que emite su propia propaganda de adhesión, especialmente a la reina, que es la protagonista exclusiva del panegírico. A lo largo de los doscientos versos que contiene este poema, se nos muestra la relación de Isabel con la justicia en sus múltiples facetas 241. Isabel dicta justicia con absoluta ecuanimidad, nunca se equivoca (“Es reina que nunca yerra”; “nunca yerra cosa buena”), puesto que juzga con clara sabiduría (“con gran cordura condena”); juzga todo tipo de vicios, y refrena a aquel que se aparta de la ley (“es freno del desigual”); sus juicios son iguales para todos (“es igual a todas suertes/ de gentes para sus quiebras”): Diego de San Pedro describe a una reina que juzga sin mirar la condición del reo, característica que la haría especialmente atractiva al amor de las gentes 242, sobre todo si el poeta subraya la protección que presta a la gente humilde (“es amparo de los menos”). No olvida el poeta, además, que la justicia regia no es sólo castigar, sino también premiar, atendiendo a la condición y a las virtudes demostradas (“es gozo para los buenos/ es pena para los malos”). De este rasgo esperaría beneficiarse su señor, el conde de Urueña (si la reina reconoce su virtud y le premia por ello). Una metáfora original que introduce es la que califica a Isabel como “atajo de entrevalos”. Y es que no basta con ejercer justicia: hay que hacerlo de manera rápida y eficaz. La metáfora 241
Este panegírico aparece en D. de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100. En este punto, Diego de San Pedro va demasiado lejos, puesto que pretender que la justicia regia castigue por igual a todos es cuestionar la idea de justicia que imperaba en la época, basada, precisamente, en la desigualdad jurídica. Véanse las distinciones que establece Diego de Valera en su obra dedicada a Juan II, Exhortación de la pas. Valera escribe que la forma “discreta” de dar penas debe considerar “ca una manera nos devemos aver con el plebeo, en otra con el noble; en otra con el siervo, en otra con el libre; en otra con el viejo, en otra con el mancebo; en otra con el pobre, en otra con el rico; en otra con el que muchas vezes yerre, en otra con el que una ves erró; en otra con el que yerra acaso, en otra con el que con voluntad deliberada de errar; en otra con el que costreñido por nescesidad, en otra con el que de grado; en otra con los icorregibles, en otra con los de quien se espera corrección; en otra con los parientes, en otra con los estraños; en otra con los naturales, en otra con los estrangeros, en otra con los católicos, en otra con los infieles; en otra con los que ofenden la magestad real, en otra con los que ofenden el pueblo; en otra con la muchedumbre que yerra” (ed. cit., pp. 82-83).
242
504
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 505
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
intenta amoldarse a la estrategia adoptada por los reyes de conceder en la corte pública audiencia un día de la semana para impartir justicia directamente y no por medio de múltiples oficiales y órganos competentes, que no solían gozar de buena fama, medida arcaica pero apropiada para escenificar ante la opinión común la imagen de rey juez. Finalmente, otro intento de adaptar su discurso al discurso oficial, se observa en la insistencia en resaltar el hecho de que la reina no se aleja de ninguno de los dictámenes divinos, es decir, que a la hora de juzgar ante todo tiene presente la ley divina (“nunca jamás sale fuera/ de aquello con qu’Él requiere”). Es lo que los reyes mismos recalcaban en el preámbulo al ordenamiento de Cortes, cuando expresaban que la ley es “regla para que vaya derecho e su fin se enderece a Dios, que es juez justo e suma justicia”. Todos ellos son mensajes tendentes a mostrar los límites de la actuación de los reyes que saben combinarse bien con otros mensajes que muestran la superación de tales límites: por las mismas fechas, otro poeta, aunque de oficio predicador de la capilla real, nuestro conocido Íñigo de Mendoza, identifica a los reyes con la Ley, afirmando en sus versos que son “peso y medida” 243, que es tanto como decir que son, lex animata. Parece, pues, que se han incorporado al discurso los mensajes acordes con la voluntad legislativa que los reyes habían desarrollado durante el tiempo de las Cortes. Esta apoteosis de la justicia y de la ley que significaba la celebración de cortes la dibuja Alfonso de Jaén en su obra El espejo del mundo, en términos de fábula animal identificada con los sucesos de Castilla. Los animales pequeños llegan ante la presencia del rey (águila) y la reina (leona): “Stando asentados l’águila e la leona en su strado real, los animales e las aves de simple condición, con humil reverencia, suplicaron su alteza les diessen licencia por cosas concernientes granmente el servicio de su señory´a e provecho de la comunidad dellos mesmos, pudiessen tener un consejo particular”. La resonancia de las cortes castellanas queda patente: “La qual licencia, seyéndoles atorgada, todos se apartaron a la una parte de la sala. E después de ser assentados en su consejo, uno de los más principales, propuso las siguientes palabras diziendo”. El gesto no puede ser más parecido al de Gómez Manrique. La proclama de este animal principal que recrea Alfonso de Jaén termina diciendo: “Por ende, senyores, pues de nuestro senyor Dios tanta gracia e merced senyalada avemos recebido en nos dar reyes tan virtuosos e justicieros, vamos todos delante su alteza, con grandísima confiança, a demandar justicia de los innumerables danyos, robos e muertes que de nuestros enemigos los animales de rapinya avemos recebido” 244. 243
En los versos dirigidos a la reina en su Historia de la questión y diferencia que ay entre la razón y la sensualidad, en Íñigo de Mendoza, Cancionero..., pp. 234-235. 244 Todo el episodio en A. de Jaén, El espejo del mundo..., p. 194. En la obra hay también una apología de la “Santa Hermandad”, y de su capitán, el duque de Villahermosa (pp. 198, 200, y 208), lo cual es revelador, pues la institución no existía en los reinos de la Corona de Aragón.
505
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 506
Ana Isabel Carrasco Manchado
6.3. “Aquél que conquistaría Iherusalén y Granada”: el discurso teológico-religioso” En torno a 1479 reelaboraba Pulgar el Razonamiento fecho por el dotor Rodrigo Maldonado al Rey de Portugal para lo atraer a la paz. Si, según acabamos de ver, los argumentos jurídicos recogidos en esta pieza están prácticamente calcados de la carta escrita al mismo destinatario en los primeros meses de 1475, lo mismo ocurre con los argumentos de orden teológico. Pero, en este caso, la nueva situación es utilizada para presentar tales argumentos como completados y confirmados. Pulgar rememora todos los sucesos de la guerra con Portugal y les da un sentido providencialista: todos los hechos, hasta el fracaso de la hueste de Fernando ante los muros de Toro, en el mes de julio de 1475, se habrían desarrollado según los designios de la voluntad divina. Pulgar va más allá al retrotraerse a los tiempos de Enrique IV: también habría decidido la voluntad divina la muerte del infante Alfonso, obedecido por rey, y el matrimonio de Isabel. El secretario insiste en que la experiencia manifiesta claramente la voluntad divina y que el rey portugués debe desistir de su propósito de continuar su empresa de Castilla. Esta voluntad divina no es caprichosa, sino que se funda en el juicio divino. Dios, que es la verdad y la suma justicia, ha fallado sobre la sucesión. Puesto que Alfonso se empeña en seguir una “demanda injusta”, todo lo que ejecuta choca contra la voluntad divina. Pero, si bien la forma de tratar este tema en 1475, cuando hacía pocos meses que había sido enterrado el rey Enrique IV, derivaba hacia el juicio oculto de Dios, en estos momentos Pulgar prescinde de esa cuestión. Esta noción de juicio suponía que sólo Dios conoce la verdad y la justicia, que no tiene por qué equivaler a lo que consideran justo los humanos. La hija del rey, Juana, podía estar pagando por los pecados/delitos de su padre. Dios podría haber decidido quitar la sucesión a la rama de Enrique por no haber cumplido éste con las obligaciones impuestas a un rey cristiano. En 1479, cuando la victoria ya está prácticamente decantada, Pulgar afirma sin reparo la ilegitimidad de Juana por las razones que hemos visto al hablar del discurso jurídico (impotencia del rey), lo que le lleva a declarar que el fundamento sobre el que Alfonso de Portugal se apoya es injusto y, al ser legalmente injusto, Dios ha fallado en su contra. Como en la carta de 1475, Pulgar recurre a la autoridad de san Agustín: el problema de la sucesión se reduce a: “Mostrar Dios su voluntad en las vitorias para que las apropiemos a él en lo que las da a aquellos que en su juysio divino tiene hordenado que las deven aver. Sant Agostin nos dise que en la proçiençia de Dios está hordenada su voluntad justa çerca de los ynperios, a lo qual los da a quien le plase e a todo lo justo le plaze” 245. 245
RAH, ms. 9/5173, n.º 5, fol. 375v
506
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 507
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
“Todo lo justo le plaze”: de este modo, el juicio divino viene a equivaler a lo que los humanos –Isabel y Fernando– consideran que es justo. Las argumentaciones del discurso jurídico y las del discurso teológico se acomodan unas con otras a la perfección. Incluso encuentra el secretario una explicación a la muerte del infante Alfonso que hizo que Dios fallara en su contra: el pecado de la división en vida del rey. Sólo al final de su argumentación Pulgar parece querer recuperar la teoría del juicio oculto de Dios, cuando dice que debe escucharse sólo lo que dicta la voluntad divina y no lo que dictan las leyes (“Callen, pues, las leyes humanas e fablen las divinas; calle el jurisconsulto e fable el Todopoderoso, calle la mentira encubierta, hable la verdad pareçida”. En un momento, incluso, alude a los “divinos secretos”. Pero, no por ello se anula toda la argumentación anterior, sino que la refuerza: Pulgar menciona esto para decir que los dictados de Dios no deben contradecirse: “lo que Dios provee e su justiçia executa y la boz del pueblo obra, no lo debe vuestra alteza repugnar ni contradezir” 246. El fallo divino no admite apelación humana. Se trata de una forma de zanjar la cuestión. Que Pulgar quiere dar un giro a los argumentos de 1475 queda demostrado por las matizaciones que introduce en otro de los temas que utilizó en aquella ocasión. Se trata de la teoría basada en la máxima vox populi, vox dei, la voz del pueblo es voz divina. En aquella ocasión el secretario pretendía basar la legitimidad de Isabel haciendo derivar la voluntad divina del consenso total de la población que, en su opinión, se mostraba favorable a Isabel, como se demostró al procederse a su proclamación. En aquellas fechas, la debilidad de la situación aconsejaba buscar un apoyo en la estrategia de representar el consenso, elevando éste a la categoría de voz de la divinidad. Pero, en 1479, cuando la posición se sostiene en la autoridad, Pulgar, que sigue apoyándose en la idea de consenso popular, no considera oportuno sacralizar hasta ese punto la voz de la opinión pública, tal y como se desprende del adagio latino y, por eso, matiza sus propios argumentos: “Por çierto, no pueden dezir con verdad quel derecho de la reyna mi señora prosçede de opinión de pueblo, que algunas vezes yerra, quando la cosa es en otra manera de lo que se piensa, o viene contrario de lo que se espera, mas theologalmente podemos dezir que su derecho es verdad vista claramente y resçibida por el entendimiento, pues sus efectos vinieron como esperamos e vimos sus obras quales pensamos” 247.
Pulgar introduce aquí y a lo largo del texto una idea nueva que aporta mayor consistencia a sus teorías providencialistas. En esta explicación del adagio latino, vox populi, vox dei, el secretario parece aplicar conceptos de la teoría del conocimiento, de raíz agustiniana: Dios “ilumina” a los hombres las verdades que 246 247
Ibídem, fol. 380rv. Ibídem, fol. 380v.
507
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 508
Ana Isabel Carrasco Manchado
debe conocer. La misma argumentación está presente cuando dice al rey Alfonso V “mirad, por Dios, lo yntrínsico de vuestra conçiençia, mirad la raçón e la justiçia con ojos linpios de afecçión, e conosçerés bien que de tan dañados prinçipios de nesçesario se avían de seguir los sangrientos medios e fines que avrés visto”. Y, una vez más, al rememorar los tiempos en que Juana recibió el título de princesa: “Luego que naçió esta señora vuestra sobrina pareçió derramarse generalmente por los ánimos de todos los del regno de Castilla una alteraçión, un escándalo e casy terror, como de cosa muy grave e orrible de veer e de sofrir, lo qual cresçió tanto e tan comúnmente, que su persona sienpre se ovo por ajena de la estirpe real, e nunca en lo secreto fue avida por nuestra legítima señora, ni della se ynprimió en los castellanos aquella sujebçión e acatamiento que en los ánimos de los súbditos divinamente se suele inprimir para acatar e obedesçer a sus verdaderos prínçipes e señores naturales” 248.
Hay, pues, una decidida voluntad de expresarse, como él dice, “theologalmente”, empleando nociones como “verdadero conosçimiento”, aplicadas a un pretendido instinto que está impreso en los súbditos y que les lleva a reconocer a su señor verdadero: un juyzio de la verdad superior, derramado acá en los ánimos de los omes, que nos mostró a quién verdaderamente devemos ovedesçer por nuestra reyna y señora” 249. Pulgar puede muy bien dar este giro a sus argumentos porque le sostiene la seguridad que le aporta la victoria de Isabel. Él hace de la experiencia una prueba, un testimonio de la verdad. El vencedor tiene su triunfo, el éxito, para poner encima de la mesa, para dar autoridad a cualquier argumento, mientras que el derrotado no tiene nada. Es realmente el poder lo que consigue hacer creible cualquier argumento. El secretario cierra su Razonamiento con otro de sus temas favoritos: la sacralidad de la obediencia a los reyes. La rebeldía a la majestad real es un pecado, sobre todo cuando acaba en división. De nuevo aprovecha para atacar a aquellos nobles que han guerreado a Isabel y a Fernando durante varios años, introduciendo la división en Castilla. Ese pecado ocasionó que Dios hiciera pagar al reino, incluso, con la muerte del infante “príncipe” Alfonso. Es un argumento definitivo que salvaguarda la autoridad que Fernando e Isabel detentan en 1479, por el camino de la sacralización de todo aquel que logra ejercer el oficio de rey: “el derecho real, que es divino, e divinamente constituydo”. El apego de Pulgar a estos argumentos es tal que vuelve sobre ellos en la carta que por esas fechas envía al secretario real Fernándo Álvarez de Toledo. Las 248 249
Ibídem, fol. 377v. Ibídem, fol. 376v.
508
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 509
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
dificultades que planteaban en la corte portuguesa están a punto de superarse y está presta la firma de la paz. Ahora sí que el éxito viene a confirmar todo lo escrito por Pulgar. Alfonso V por fin ha comprendido (ha sido, finalmente, “iluminado” de) la voluntad divina que se dispone a cumplir: “Porque si bien lo mira su señoría, cara a cara, le ha mandado Dios que se dexe de esta demanda (...). Así que, señor, bien miradas estas esperiencias que vido e que vimos públicas e otras algunas que su alteza ha sentido secretas, de creer es que son amonestaciones divinas que se facen a los reyes católicos para los reducir de malo a buen propósito. E así entiendo que, como a católico príncipe, por vía de verdadero conoscimiento de Dios, pues en obras claras vee su voluntad secreta” 250.
A partir de la firma de los Tratados de Alcaçovas, el discurso teológico de la propaganda vendrá a sacralizar el nuevo estado que vive Castilla. Surge el concepto de paz santa. Pulgar, en esta misma carta escrita al secretario de la reina, habló ya de que la paz “cosa es muy santa”. Los embajadores castellanos alaban la paz cuando acuden a la corte portuguesa, porque esa paz habrá de marcar las nuevas relaciones entre los dos reinos. Quién mejor que un religioso como Hernando de Talavera, que actuó como embajador ante el rey y príncipe de Portugal, se encargará de suavizar tensiones con palabras como estas “como esta bien abenturada paz y concordia sea a nuestro señor Dios muy apaçible que toda buena paz ama y aprueva como aquel que es Dios della” 251. En Castilla, los panegiristas, como Diego de San Pedro, hacen de Isabel la personificación de la Paz: Isabel “es la paz de nuestra guerra”. En las Cortes de Toledo, el discurso teológico toma otro sentido. El tono polémico de los argumentos de Pulgar en torno al problema de la sucesión casi se abandona, aunque no falta alguna alusión. La legalidad prácticamente se ha logrado, sobre todo cuando se ha procedido, finalmente, a jurar al heredero. No obstante, en el preámbulo al ordenamiento de Cortes, los reyes se sienten inclinados a mencionar el concepto de juicio divino, al recordar el destino de aquellos que “tentaron de ocupar lo que Dios por maravillosas vías, esecutando su justicia nos dio”, y a introducir el providencialismo al referirse al príncipe Juan: “e eso mismo en nos aver dado por fijo al príncipe don Iuan nuestro muy caro e muy amado fijo”. Los argumentos predominantes que se escuchan desde fuentes oficiales vienen a consolidar la autoridad de una realeza de origen divino, pero no la realeza concreta de Isabel y su título castellano en particular, sino la institución que encarna y en nombre de la cual actúa y ejerce el poder real. Esta propaganda se encarga de dar cobertura ideológica a la actuación legislativa y judicial 250 251
F. del Pulgar, Letra para Fernánd Álvares, secretario de la reina..., pp. 125-127. BN, ms. 1104 fol. 55v.
509
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 510
Ana Isabel Carrasco Manchado
desarrollada en el marco de las Cortes. Todos estos argumentos, que en la teoría política medieval conforman un poder real con significado religioso, son elegidos para encabezar el ordenamiento de Cortes 252: – Reyes por la gracia de Dios: “Por la gracia de Dios”. – Vicariato divino: “Entre todos, principalmente a los que tenemos sus vezes en la tierra”. – Ejercicio de la justicia, mandato divino: “Dio mandamiento singular a nos dirigido por boca del sabio, diziendo, amad la justicia los que juzgáys la tierra, e por no incurrir en la sentencia del sabio, que dize, juizio muy duro será fecho contra los que mandan la tierra, conviene a saber, si mala governación en ella posieren”. – Feudalismo teológico: “Nuestros reynos y tierra e pueblos que nos encomendó”. – Servicio a Dios: “Venimos para entender en algunas cosas cumplideras a serviçio de Dios”; “E nos suplicaron que sobrellas mandasemos proveer e remediar cómo viésemos que complía a servicio de Dios” 253. – Perfecta adecuación con la ley divina: “Lo qual, como sea obra e edeficio grande, ha menester regla para que vaya derecho e su fin se enderece a Dios, que es juez justo e suma justicia. E esta regla es la ley, por la guarda de la qual la vida e actos de los ombres se endereçan en Dios, que pues tanto pro nace de la ley, cosa muy justa es que quien tiene poder de la fazer la faga con grande deliberación e sobre cosas nescesarias”. El discurso teológico proporciona el refuerzo ideal para consolidar, apoyándose también en conceptos del discurso jurídico sobre el recto gobierno, la legitimidad que deriva del modelo ideal de ejercicio del poder. Superado ya el problema de la sucesión, en el marco de las Cortes podían ocuparse de potenciar la legitimidad por el ejercicio. La experiencia les había enseñado a todos que, a estas alturas del siglo xv, era casi más importante asegurar esta. Otra línea se abre en el discurso teológico de la propaganda difundida en el tiempo de las Cortes de Toledo. Pero esta vez no se compone de argumentos o conceptos de teoría política, sino de metáforas e imágenes simbólicas. La propaganda argumentativa cede su lugar a la propaganda que se dirige a las emociones y a los sentimientos. Y los profesionales de este tipo de propaganda son, como comprobamos una y otra vez, los poetas. Por medio de esas imágenes y metáforas se pretende impulsar una imagen determinada de las personas regias, confiriéndoles un halo carismático, místico. Los agentes de esta propaganda pretenden abstraer la naturaleza sagrada de Isabel y de Fernando y ponerlas ante los ojos de todos para dar a entender que su carácter es más que humano. En este periodo, tal estrategia se hace más patente en el caso de Isabel. Como en la etapa de la guerra, continúa trabajando para los reyes el predicador Íñigo 252 253
Citados en el Preámbulo del ordenamiento de las de Toledo, Cortes de los antiguos..., IV, pp. 109-111. Proclama de Gómez Manrique, Corpus documental..., doc. 74.
510
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 511
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
de Mendoza, que dedica otro poema a la reina 254. Aunque sin extenderse en las exaltaciones de anteriores años, de nuevo aplica a Isabel ideas sacralizadoras, aquellas que identificaban su actuación política y su gobierno con el remedio o la salud: “De quien nace, de quien mana tal remedio a nuestra vida que la gente castellana, que nunca pensó ser sana, es del todo guarescida. ¡O divinal providencia, quánto mostrarnos quesiste que la real excelencia, la salud y la dolencia de todo el pueblo consiste. La presente sanidad de los reinos do bevimos, do las costumbres reales, en sólo ser diferentes hizieron los temporales los unos llenos de males los otros sin acidentes”.
El poder curativo de los reyes no necesariamente se aplica sólo sobre los cuerpos físicos. El cuerpo político necesita tanto o más la “cura regia”, sobre todo cuando la enfermedad le ha sido provocada por un mal. Estos versos, en definitiva, siguen ocupándose de las acciones de Isabel, de su forma de gobernar, no tanto de su figura personal. Beneficia, sobre todo, a la imagen del ejercicio de su poder. Mendoza parece haber abandonado ya aquellas comparaciones hiperbólicas de su primera etapa. No ocurre lo mismo en los versos del panegírico de Diego de San Pedro 255, cuyas exageraciones podrían rayar la herejía, como se dijo de aquellos otros versos de Antón Montoro, cuestionados y criticados por el propio rey Fernando. Sus versos contienen varias estrofas con expresiones del tipo de las que Rosa Lida denominaba hipérbole sagrada: “La más alta maravilla de cuantas pensar podáis, después de la sin manzilla, es la reina de Castilla”.
254 255
I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 234-235. Citas en Diego de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100.
511
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 512
Ana Isabel Carrasco Manchado
Estas imágenes no se ocupan tanto de las acciones de Isabel como de su persona. Pretenden definir la esencia de la realeza de Isabel, esencia que está compuesta de materia divina, en tanto que posee varios atributos de la divinidad, atributos que, además, se nombran en su sentido absoluto: Isabel es el bien (“es el bien de nuestro mal”), es la vida (“es vida de nuestras muertes”), es la luz (“es luz de nuestras tiniebras”). No es divina pero tampoco es humana y, como sería impensable decir que ella misma es una diosa, Diego de San Pedro la muestra como una imagen o representación de Dios. Es su semejanza, hasta el punto de que, la finalidad de su venida al mundo reside en que todos puedan conocer a través de ella al propio Dios: “Es tal que no havía de ser humanidad puesta en ella, mas quísola Dios fazer por darnos a conoscer quién es Él, pues fizo a ella”.
En este punto, la figura de Isabel ya no se identifica con la Virgen María (mucho más fácil de concebir, en virtud de la identidad de género), como en el poema de Montoro, sino más bien apunta al modelo de Cristo. Recordemos que Fernando de Aragón había sido equiparado, durante su estancia en Cataluña, con el Mesías. La voluntad de sacralizar la figura de Isabel parece llegar a su cima con este panegírico. Pero, no obstante, hay que observar que este material propagandístico no procede del círculo cortesano de los oficiales regios, sino de las filas de la nobleza, a los que no les importa ir demasiado lejos con tal de ganarse el favor real. No parece que en esta ocasión suscitara críticas, como ocurrió en 1477, por lo que debió ser bien aceptado. Habiendo analizado el contexto de las Cortes de Toledo, no podemos dejar de referirnos a la propaganda del heredero, en términos sagrados. La obra que entronca con este momento ya ha sido mencionada en varias ocasiones, en el capítulo anterior: la Divina retribución del Bachiller Palma, terminada de escribir al poco de morir Juan II 256, coincidiendo con el periodo de negociación de la paz con Portugal, antes, por tanto, de la celebración del juramento del heredero en Toledo. La sucesión de Fernando en el reino de Aragón, en 1479 hizo que se extendieran los discursos que habían contribuido a representar la imagen de un amplio dominio territorial que abarcaba prácticamente toda la Península y se asimilaba con los límites de la antigua Hispania. El Bachiller Palma lleva al paroxismo el discurso del providencialismo, emparejando la propaganda del heredero y la de la unión de reinos, con un vago deseo de que a 256
Es esclarecedor el “Capítulo postrimero. De la letra quel señor don Johán de Aragón envió al muy poderoso rey don Fernando, nuestro señor, antes que finase, e memorial de la su muerte para los bivientes”, Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 81.
512
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 513
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
ese conjunto pudiera añadirse Portugal 257. Hay que tener presente la fecha en que se acaba esta obra, febrero de 1479. Palma se dejó llevar por los dos acontecimientos del momento: la entronización de Fernando en Aragón y la noticia de la última de las famosas victorias celebradas de esta guerra 258. Su obra termina con un cuadro providencialista-visionario en el que surge un reino nuevo, un reino elegido comandado por un príncipe elegido que es el heredero Juan. A partir de la metáfora política del rey como cabeza del reino y la metáfora organicista del reino como cuerpo, recrea el relato bíblico del sueño de Nabucodonosor, del Libro de Daniel (Da 2, 31-45) 259 pero dándole una interpretación que poco tiene que ver con su sentido bíblico, salvo en la coincidencia de imágenes y de algunas expresiones. Esta alegoría representa el verdadero significado de toda su obra, la Divina retribución sobre la caída de España en tiempo del noble don Juan el primero, es la “figura” del libro como él mismo dice 260. La alegoría de la estatua se desarrolla de este modo: la cabeza es Juan I 261; los brazos son sus hijos Enrique de Castilla y Fernando “el de Antequera”, que fue rey de Aragón; el vientre es Juan II y de ahí nacerá Isabel, la heredera del reino; las piernas y pies, la parte débil de la estatua, es Enrique IV. De la destrucción de este reino –que equivale a toda la dinastía trastámara, incluyendo su rama aragonesa– nació el nuevo reino regido por Isabel, reino providencial, elegido por Dios: “E así despertó Dios del çielo este reyno tan grande, para la misma Castilla e rey e reyna, señores naturales della, que a otro pueblo non será dado”. Palma alaba la unión providencial que ha permitido su grandeza: “¡Qué unión maravillosa, qué sacramento tan grande!”. Este nuevo reino recibe el nombre de “España”, reino enteramente construido sobre el modelo bíblico del reino de Israel. Adapta el verso primero del Salmo 72 a la idea que 257
Esta idea se representa en la ilustración que encabeza el tratado (Biblioteca de El Escorial, Ms. Y.III.1, fol. 1v), un árbol genealógico de la dinastía Trastámara que se inicia en Juan I, como rey de Castilla y de León, y de Portugal. En la cima surge el príncipe Juan, portando el escudo de Castilla y de Aragón, con el águila de San Juan coronada. Sobre su cabeza, dos ángeles sujetan la corona que habrá de llevar (sobre los ángeles custodios, véase H. Kantorowicz, Los dos cuerpos del rey..., p. 394). 258 Propiamente la obra acaba con la referencia a esta batalla y al papel de su vencedor, Alonso de Cárdenas: “Paresçió bien en el nuevo vençimiento de los adversarios que Dios fizo, por manos del noble, çierto cavallero, maestre de Santiago, don Alonso de Cárdenas, entre Valverde e Mérida, porque la mano de Dios es con él para perseguir los enemigos y non çesar fasta que desfallescan y sean puestos çerca de los pies del Rey e Reyna, nuestros señores, y conoscan su verdadero señorío por sienpre duradero”, Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 91. 259 Reflexionar sobre la estatua de Nabucodonosor como alegoría del cuerpo político en el que el rey se sitúa a la cabeza no es una originalidad del Bachiller Palma. En Francia, dicha alegoría fue utilizada por autores como Guillaume de Digulleville y Philippe de Mézierèrs (J. Krynen, L’empire du roi..., p. 244). Sí es original el giro que le da Palma, como metáfora del cuerpo del reino indisolublemente identificado con el cuerpo de la dinastía Trastámara. 260 Todo el pasaje en el capítulo “De la fin e figura deste libro”, Bachiller Palma, Divina retribución..., p. 75. 261 El texto viene acompañado de una ilustración (no reproducida en la edición moderna) que recrea la estatua del sueño de Nabucodonosor, alegoría que Palma mezcla con la historia de san Juan Bautista. La cabeza del “Bautista-príncipe Juan” se asimila a la cabeza de la “estatua-rey Juan I”, originando una nueva figura del “reino-cuerpo” en la cual la cabeza de oro está dibujada con los rasgos del príncipe Juan, tal y como es retratada por el mismo iluminador en la ilustración inicial que encabeza toda la obra (véase Bachiller Palma, Divina retribución, Biblioteca de El Escorial, Ms. Y.III.1, f. 16v).
513
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 514
Ana Isabel Carrasco Manchado
concebía el problema sucesorio como un juicio divino y recrea la llegada del príncipe a ruego de los pueblos de España, a partir de la historia del origen de los reyes de Israel (I Sam 8), otorgados por Dios a petición del pueblo: “El muy deseado señor prínçipe don Johán, cabeça de oro, la cosa más preçiada e más deseada de las cosas criadas que los pueblos d’España han deseado, todos clamantes a Dios diziente: «Señor, da el tu juycio al rey, e la tu justiçia al fijo del rey 262, prínçipe muy amado, don Juan»”.
Retomando un versículo del libro de Daniel, da nombre al nuevo reino cuyo futuro se anuncia glorioso: “la graçia de dios ser con el deseado de las gentes, prínçipe de las Españas, que avrá reyno duradero, grande, que no será disipado 263, e todos los reynos d’España en un reyno veverán, con aumento e felicidat próspera de los pueblos siçientes d’España”. Todos estos argumentos de raíz bíblica articulan de forma inusitada una propaganda de tipo “patriótico” que debería dar cohesión ideológica al nuevo vínculo que debe establecerse entre los reyes y su heredero, el nuevo reino que se ha originado de la unión de las coronas (más las posibles conquistas) y los súbditos de tales reinos. Palma dirige este tipo de propaganda, especialmente, a la persona del hijo de Isabel y Fernando. Para estrechar ese vínculo recurre a la metáfora del matrimonio del rey con el reino 264. El discurso es tan vacilante que unas veces se habla de Castilla y otras de España. El príncipe Juan es “el verdadero esposo prometido destos reynos de Castilla e de León”. El calificativo “verdadero” reinscribe toda la argumentación en una voluntad legitimadora de la sucesión al trono de Castilla. La metáfora del matrimonio entre el rey y el reino supone que el reino asume el papel de una mujer desposada con el futuro príncipe. Esta imagen refuerza la idea de unión indisoluble del vínculo entre el reino y el futuro rey, que, a la manera de un matrimonio cristiano, forman un mismo cuerpo y una misma sangre. Tiene la ventaja de colocar al rey en una situación de superioridad respecto al reino y a este en una situación de obediencia y dependencia del rey, del mismo modo que la mujer medieval se hallaba sometida al marido. No es infrecuente encontrar en esta época esta alegoría sexual como forma de entender las relaciones entre el rey y el reino 265. 262
“¡Oh Elohim!, tu juicio da al monarca y tu justicia al hijo del rey”. “Y en los días de estos reyes suscitará el Dios del cielo un reino que jamás será destruido ni será entregado a otro pueblo, pulverizará y aniquilará todos estos reinos mientras él subsistirá perpetuamente”, Da 2, 44. 264 Esta metáfora deriva en parte de la imagen organicista del reino como cuerpo místico, empleada por los papas y por los príncipes, no siempre empleada en un sentido absolutista del poder (ver, Kantorowicz, Los dos cuerpos..., pp. 206-207 y p. 212 y, más extensamente, R. Descimon, “La symbolique de l’inalienabilité du domaine: les fonctions de la méthaphore du mariage politique du Roi et de la République en France du xv e au xvii e siècles”, Annales, (1992), 1127-1147). Tiene una clara inspiración bíblica, como, por ejemplo, en las profecías de Isaías en donde es frecuente la alusión a Jerusalén como ciudad desposada con Dios. 265 Cuando el rey muere o se aleja, el reino pasa a ser considerado como una viuda desconsolada (A. Iglesia, “Cos místic”, Anuario de Estudios Medievales, 25/2 (1992), p. 693), y cuando el reino se subleva contra 263
514
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 515
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Por último, no podían faltar las facultades carismáticas que atribuyen al príncipe la salvación del reino, en equiparación con las mismas ideas que se atribuían a su madre. El tema ya fue apuntado en el mismo momento de su nacimiento por Hernando del Pulgar (“ven nuestros ojos la salud deste reino”) 266 y, medio año más tarde lo repite Palma, que ruega “que Dios guarde por su gran clemençia, para salut destos reynos”. Todas estas ideas que giran en torno a la figura del heredero crean un nuevo marco ideológico de referencia para la propaganda legitimadora de la sucesión, basado en la idea de reino elegido y la unión de éste con el heredero (ya sea su cabeza, o su esposo). La intención última es centrar toda la atención en este reino nuevo y en sus gobernantes, queriendo romper, de este modo, con el pasado (el problema de la sucesión) y reanudando una nueva legitimidad por trasposición de modelos bíblicos. Un nuevo pacto se habría producido en Castilla entre sus habitantes y Dios, que ha tenido a bien otorgar nuevos gobernantes y la tan deseada descendencia masculina, cuya ausencia significaba para muchos la raíz de todos los males. La sacralización en beneficio de la pareja real castellanoaragonesa y la propaganda patriótica se funden. En la Divina retribución del Bachiller Palma, el discurso genealógico y el neogoticismo también se lleva al paroxismo. La obra es una exaltación de los inicios de la dinastía Trastámara desde Juan I mediante la cual el autor pretende glorificar tres hechos: la unión de las dos coronas de Castilla y de Aragón, el nacimiento del príncipe Juan, heredero de las dos Coronas, y la posesión de la Corona de Portugal, que definitivamente el autor considera conseguida tras la derrota de los portugueses en Peleagonzalo casi tres años antes del momento en que escribe. El entramado ideológico que crea Palma en torno a la dinastía Trastámara, en la que destacan fundamentalmente los reyes cuyo nombre es Juan, como si el futuro del reino se hubiera decidido misteriosamente a partir de los reyes portadores de ese nombre, es construido sobre la idea básica de la retribución de la honra del reino y de la dignidad real, simbolizada en la cabeza del rey Juan I que se encarna de nuevo en la del hijo de Isabel. La estatua de la visión de Nabucodonosor representaba la imagen de la dinastía Trastámara desde Juan I, una dinastía fértil ligada a los reyes de nombre Juan, e infértil en el lado de nombre Enrique, cuya línea habría quedado abortada. Si en Castilla, Isabel es el centro de los discursos sacralizadores de tipo simbólico, además de los que pudieran dirigirse a su hijo, en Aragón, será Fernando, aunque en un sentido diferente al que hemos visto reflejado en el panegírico de su rey se convierte en una mujer adúltera (véase, Barcelona en el poema de 1472 Per Barcelona, ed. E. Durán y J. Requesens, Profecía i poder...: “Cruel, desonesta, que por tus maldades/ ffizieste peccado de grand adulterio”, p. 319). 266 Esta carta escrita por Pulgar para el doctor Rodrigo Maldonado de Talavera, a la que ya aludimos en el capítulo anterior, y la Divina retribución del Bachiller Palma, son mencionados, entre otros testimonios que vienen a glosar el mito de la Edad de Oro aplicado al reinado de los Reyes Católicos (Á. Gómez Moreno y T. Jiménez Calvente, “Entre edenismo y aemulatio clásica: el mito de la Edad de Oro en la España de los Reyes Católicos”, Silva, 1 (2002), pp. 113-140).
515
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 516
Ana Isabel Carrasco Manchado
Diego de San Pedro. Todavía encontramos algún panegírico en el que se sugiere la naturaleza “cuasi-divina” de Fernando (Pedro de Cartagena que dice que nadie podrá loar a Fernando “siendo humano”) 267, pero, aquellos mensajes proféticomesiánicos que veíamos aplicarle parecen haber sido dejados de lado por los propagandistas castellanos, mientras que en Aragón se mantienen con fuerza. En esta etapa continúa, pues, la atribución profético-mesiánica que ha venido ocupándose, en este reino, de la figura de Fernando desde sus años de principado. Desde 1468 venía escribiendo el morisco Alfonso de Jaén su curioso tratado titulado El espejo del mundo en el que se dedica a repasar la historia reciente de Aragón y Castilla, en tono alegórico y profético, empeñado en demostrar que Fernando es el emperador de los últimos tiempos que habrá de destruir a los musulmanes, conquistar Jerusalén y alcanzar la unidad de la fe y la monarquía universal. Comparte muchas similitudes ideológicas con la obra del Bachiller Palma, aunque la fábula de Alfonso de Jaén culmina con una exaltación de Fernando. Para ello emplea el rico acervo de profecías que venían escribiéndose en Aragón desde varios siglos atrás. Entre ellas se encuentra la profecía Vae mundo in centum annys de Arnau de Vilanova, en la que el emperador de los últimos tiempos recibe el nombre de vespertilion o ratapenada 268. Alfonso de Jaén introduce otros matices. Su interpretación se centra en la historia castellana desde Pedro I, la cual queda emparentada con la historia sagrada, en virtud de la idea bíblica del pecado y de la remisión en la cuarta o quinta generación, tomada del versículo de Ex. 20,5, que el propio Alfonso de Jaén reproduce Ego sum Dominus Deus tuus fortis, zelotes, visitans iniquitatem patrum in filios, in tertiam et quartam generationem eorum. La utilización de esa idea no es nueva. En Castilla, ya había sido utilizada por el Bachiller Palma, en fechas similares, a la muerte de Juan II de Aragón, pero dándole una significación histórico-alegórica. Alfonso de Jaén, en cambio, desde una perspectiva histórico-profética, se retrotrae al origen de la dinastía Trastámara, sacando a flote el problema de la ilegitimidad de la dinastía, nacida del pecado cometido por Enrique II al haber dado muerte al rey Pedro I (el morisco condena este hecho, aunque considera que el rey era merecedor del castigo divino). Ese pecado está justificado por la crueldad de Pedro –que es el “pollino bestial” de la profecía Vae mundo, según la interpretación de Joan de Rocatallada 269– y se entremezcla con otro pecado cometido por el propio Pedro, por el cual Dios le castigó: el no haber combatido a los musulmanes. Los dos pecados habrán de ser redimidos por los reyes castellanos, pero no antes de la “quinta generación del
267
B. Dutton, El Cancionero del siglo XV..., V, p. 227. El nombre de vespertilion había sido ya aplicado a Fernando por Pedro Azamar. Se trata de un símbolo profético fácilmente identificable con los reyes de Aragón, a causa de coincidir con el “drac alat” que lucen por cimera y que también se exhibe como insignia de la ciudad de Valencia, desde donde escribe Alfonso de Jaén. Sobre este animal simbólico-profético, véase A. Ivars Cardona, Orige i significació del “Drach Alat” i del “Rat Penat” en les insignies de la ciutat de València, Valencia, 1962 y A. Milhou, “La chauve-souris, le nouveau David”, pp. 64-67. 269 E. Duran y J. Requesens, Profecia i poder..., pp. 34-35. 268
516
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 517
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
pecado” que no son otros que Fernando e Isabel. Lo verdaderamente original de su profecía es quizá el hecho de considerar relacionada y unida en un mismo destino la rama castellana y la aragonesa de los Trastámara, para así conseguir justificar y dar sentido a la unión de las dos coronas en las cabezas de Isabel y Fernando. También resulta innovador el hecho de incluir como sujetos de esa historia al resto de nobles castellanos, que colaboraron (actuando o consintiendo) en la muerte del rey Pedro y por ello deben también redimir el pecado. El proceso se resume en la redención colectiva de una gran culpa. La remisión se produce, por tanto, en la época de estos dos reyes y como procedimiento de prueba recurre a la experiencia –como hacía Pulgar– y al estado que se vive en Castilla, maravillosamente transmutado de absoluto caos en benéfico orden con la llegada de ambos monarcas. Todos, reyes y nobles, al ser salvados del pecado, tienen una misión que cumplir, que es la de continuar la lucha contra el “infiel”, interrumpida en todos esos años en que la Península entera vivía en estado de pecado y no gozaba de la protección divina. La obra es, por tanto, una apología de la cruzada y Alfonso de Jaén está pendiente de los acontecimientos en el Mediterráneo que van actualizando su obra para que, de este modo, pueda influir anímicamente en el curso de un proyecto que ya ha sido trazado de antemano en las profecías antiislámicas. El tratado de Alfonso de Jaén estaba siendo escrito en Valencia, ciudad que visitaron los reyes en 1481. De vuelta a Castilla, todavía escucharon alientos proféticos en otra obra, pero esta vez menos elaborada desde un punto de vista teórico. Las coplas y cantares son otro de los medios adoptados para difundir las atribuciones proféticas y mesiánicas, y estas tampoco faltaron a lo largo del viaje por la Corona de Aragón. Tenemos noticia del poema que fue ofrecido a Fernando por Pedro Marcuello en Teruel, un día de reyes de 1482, en el que se vaticinaba “por profecía”, que este rey habría de conquistar “Iherusalén y Granada” 270. El espíritu de cruzada contra los turcos que se había intentado impulsar desde dos años antes debió generar mucho material de este tipo que no conservamos, pero que pudo transmitirse de una manera oral en las largas tardes y noches cortesanas. Esa cruzada fallida y esa propaganda de la lucha contra el islam y de la conquista de Granada ya impulsada, antes, incluso, de comenzada la guerra, era el preludio de un proyecto que no iba a tardar mucho en ponerse en práctica. 6.4. Aquellos tiempos “llenos de males”: el discurso histórico El discurso histórico en este periodo evoluciona hacia un sentido, sobre todo, legitimador. Se abandona el uso de la historia como fuente de argumentos para una propaganda de guerra contra Portugal. La firma de los Tratados de 270
“Fállase por profecía/ de antiguos libros sacadas/ que Fernando se diría/ aquel que conquistaría/ Iherusalén y Granada”, P. Marcuello, “Esta copla se ofreció a su alteza con otras en su ciudat de Teruel un día de los Reyes, año de mil quatrocientos ochenta y dos”, Cancionero..., p. 51.
517
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 518
Ana Isabel Carrasco Manchado
Alcaçovas trajo como consecuencia el abandono del título de Portugal, por parte de Isabel y Fernando, y el de Castilla, por parte de Juana y Alfonso. Cesan, pues, todos los argumentos tendentes a justificar la posesión de dicho título, entre ellos, los argumentos históricos. Ya no hay alusiones a la batalla de Aljubarrota que sirvan para incitar a los castellanos a tomar la revancha. Paralelamente, las alusiones al pasado mítico hispánico, la destrucción de España y su recuperación, en tanto que las hemos visto actuar como tema de refuerzo de la propaganda de guerra con Portugal, en apoyo de la reivindicación de la conquista atlántica, necesariamente quedan también relegadas a un plano más discreto con la llegada de los acuerdos de paz. Así pues, la mirada histórica de los agentes reales se torna hacia el pasado reciente castellano, en concreto, hacia el reinado de Enrique IV. Las Cortes de Toledo, momento clave en el que se sella la sucesión y se da comienzo a un nuevo estilo en las relaciones de poder, marcan también el inicio de un interés renovado de los reyes por la historiografía, interés que daría sus frutos en los años siguientes. Es ahora cuando realmente el nuevo orden político permitirá elaborar, a gran escala (no sólo en relación con la historia reciente), el programa de legitimación histórica de la monarquía de los Reyes Católicos. Se trata de un programa concienzudo y detallado que dejará muy pocos, o mejor dicho, ningún hilo suelto a la hora de dar explicación a cada uno de los hechos que llevaron a Isabel a reinar. Pero, antes de que Pulgar recibiera el título oficial de cronista de los reyes, comenzaban a percibirse los rasgos que anunciaban el tono de esa historiografía. Procedía del propio Pulgar que, siendo secretario, venía demostrando en sus cartas y razonamientos una visión clara de los hechos que se habían sucedido desde el crítico año de 1464. En el Razonamiento de Rodrigo Maldonado 271, Pulgar desciende hasta el detalle para justificar el derecho de Isabel a suceder, mencionando sucesos de la vida privada e íntima del rey que constituyeron una de las claves propagandísticas durante la guerra civil que sobrevino durante su reinado. Son indicios de que, tras los primeros años que siguieron a la proclamación de Isabel, el rey Enrique ha dejado de ser respetado. El respeto monárquico por su figura, por otra parte, había durado bien poco. Isabel se ve segura en su trono y no siente la necesidad de defender la imagen de su hermano. Muy al contrario. No en vano, no sólo da comienzo la redacción de la crónica de su propio reinado, sino que comienza a plantearse la reelaboración y redacción de la crónica de Enrique IV 272.
271
BN, ms. 5.173, n.º 5. Venía considerándose que la fecha de redacción de la crónica de Enríquez del Castillo era 1481, sin embargo parece tratarse de una errata de un manuscrito. Los investigadores, actualmente, consideran que comenzó a escribirse algunos años después y durante un largo intervalo de tiempo, entre 1485 y 1502 (véase R.B. Tate, introducción a la Gesta hispaniensia de Alfonso de Palencia, I, p. lxvi, nota 79 y la introducción de la nueva edición de la Crónica de Enrique IV de Diego Enríquez del Castillo, editada por A. Sánchez Martín).
272
518
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 519
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Así pues, la historia del nuevo reinado se recorta sobre el fondo oscuro de la de Enrique IV, tal y como proclaman los panegiristas desde los años más conflictivos. Los versos de Íñigo de Mendoza son un ejemplo 273: “La pasada enfermedad la presente sanidad de los reinos do bevimos, do las costumbres reales, en sólo ser diferentes hizieron los temporales los unos llenos de males los otros sin acidentes”.
Sintomático resulta que la imprenta comience a recuperar textos escritos durante el reinado de Enrique IV que, de otro modo, quizá habrían quedado en el olvido y que ahora cobran nueva actualidad. Entre ellos se encuentra una composición del mismo Íñigo de Mendoza, las Coplas de Vita Christi, que contienen mensajes de crítica política contra el rey y su corte 274. Para algunos autores, el recuerdo y la actuación de Enrique IV les hace recordar a otros reyes castellanos anteriores cuyo comportamiento y modo de gobernar les habría conducido, irremediablemente, a perder el derecho a reinar. Alfonso de Jaén menciona con este objetivo a Pedro I, asociándolo con imágenes ligadas a la tiranía inspiradas en fuentes profética según hemos visto en el apartado anterior. Descendiendo al ámbito de la justificación propagandística de medidas políticas concretas, encontramos que también se recurre a buscar apoyo en juicios o interpretaciones sobre el reinado anterior. Los reyes defienden su voluntad de promover a la nobleza al mayordomo Cabrera y a Beatriz de Bobadilla, fundando su decisión en el papel que desempeñaron ambos en la supuesta concordia entre el rey Enrique IV e Isabel y Fernando, que se presenta como decisiva para la marcha de los acontecimientos 275. Con estos argumentos –entre otros–, pretenden acallar las protestas de los vecinos de Segovia que van a ser claramente perjudicados con la medida. Con esta actitud los reyes demuestran la visión parcial que tienen de los hechos de su pasado reciente, puesto que la fidelidad de los vecinos y autoridades de Segovia, que facilitaron la organización de la ceremonia de proclamación de Isabel, parece relegada al olvido ante una medida que ellos consideran injusta. Un primer resultado de ese gran programa de legitimación histórica sale a la luz con el halo fascinador de la nueva tecnología impresora. La Crónica Abreviada de España de Diego de Valera constituye el preámbulo de una gran Historia 273
I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 234-235. Sobre esta obra, véase J. Rodríguez Puértolas, Fray Íñigo de Mendoza y sus “Coplas de Vita Christi”, Madrid, 1968. 275 Carta al concejo de Segovia de 28 de mayo de 1480 (M. Asenjo, La Extremadura..., II, pp. 1.254-1.255). 274
519
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 520
Ana Isabel Carrasco Manchado
General redactada en varias etapas. Con esta obra, el reinado de Isabel queda definitivamente enraizado en la larga genealogía de reyes, no sólo castellanos, sino hispanos: “determiné non solamente escrevir de los sereníssimos príncipes donde venís, mas de aquellos que primero estas Españas poblaron e poseyeron fasta el tienpo presente”. Pero, el cronista no recurre al discurso genealógico tan sólo para destacar la herencia sucesoria. El prólogo de Valera insiste en el carácter pedagógico que pretende conceder a su relato histórico. El gobierno de los buenos reyes hispanos será el ejemplo que debe seguir la reina para gobernar adecuadamente: “E con todo esso, vos plaze aver noticia de las cosas fechas por los ínclitos príncipes que estas Españas ante de vos sennorearon, después de la general destruyción suya, porque por enxenplo de aquellos mayor conoscimiento podaes aver para el exercicio de la governación e regimiento de tantas provincias e diversidad de gentes quantas nuestro señor quiso poner debaxo de vuestro ceptro real” 276.
Este uso de la historia entronca con las enseñanzas de los regimientos de príncipes, género en el que Valera se ha destacado. Pero, fijémonos bien, los reyes pasados no se presentan como mero modelo moral, puesto que el énfasis se sitúa en su forma de ejercer el poder, en su manera de gobernar. Cuando los teóricos hablan de regir “tantas provincias y diversidad de gentes” se refieren a la capacidad de los reyes de legislar 277. Por tanto, la historia, al redefinir un modelo de gobierno que decanta las relaciones de poder hacia el lado monárquico, servirá de sostén para reforzar una tendencia que ya hemos visto actuar con relación a ciertas medidas concretas, que consiste en fundamentar la adopción de tales medidas en los precedentes históricos. 6.5. “No sin gran merecimiento”: el discurso de la virtud El discurso de la virtud va a sobresalir de forma significativa en la propaganda de esta etapa. Los emisores de este tipo de discurso resumen o sintetizan las virtudes que se adaptan a los tiempos. Fernando del Pulgar, cuando escribe al secretario de la reina, Fernán Álvarez de Toledo, en 1479, en pleno curso de las negociaciones de paz, dice, refiriéndose a la reina que “cosa es digna de loor vencer con fortaleza e pacificar con humanidad” 278. No tardarían mucho en escucharse los pregones anunciando por plazas y mercados el perdón general de muchos de los que combatieron en el bando enemigo de los reyes. La virtud de humanidad, como la que exalta Gómez Manrique en su discurso ante las 276
D. de Valera, Crónica de España, Sevilla, Alfonso del Puerto, 1482, fol. 1r. Se trata del tópico de la diversidad de los hombres y del rey como principio unificador de todos ellos mediante el uso de la ley (J.L. Bermejo Cabrero, “Principios y apotegmas sobre la ley y el rey en la Baja Edad Media castellana”, Hispania, 129 (1975), p. 41). 278 F. del Pulgar, Letras..., pp. 126. 277
520
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 521
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Cortes, llamando a los reyes “amadores de sus súbditos” 279, refleja la actitud regia de mostrarse dispuestos a la reconciliación. Esta virtud aparece como una de las más convenientes para terminar de atraer las voluntades reticentes de los que han actuado en contra. Pero, a fin de consolidar el retorno al orden que esperaban construir bajo su mando, esta virtud se presenta acompañada de otra que expresa el sentido opuesto, el rigor en la justicia. La clave está en encontrar el equilibrio justo entre premiar y castigar. El discurso de la justicia se ha encargado de dejar clara la actitud regia en este último sentido. No obstante, si bien la parte que toca al castigo puede ser más fácilmente entendida por el común de la población, no tanto la del premio, sobre todo cuando se perjudica a un tercero. Por eso en esta época a los reyes se les presentan algunas dificultades a la hora de premiar a sus más directos servidores, como los marqueses de Moya. Los vecinos de Segovia, en la protesta que elevaron a los reyes, apelaban a la “Justicia” con mayúsculas 280. Los reyes, entre otros argumentos, responden en el privilegio que entregan a Cabrera y a Bobadilla, que es obligación de los reyes premiar a los que se comportan con ellos de una manera virtuosa: “Porque a los reyes e príncipes conviene hazer beneficio a sus súbditos e naturales e los sublimar e honrar ennoblecer e decorar especialmente a aquellos que conocen ser dignos de honra e lo ganaron e merecieron por sus leales e virtuosos trabajos” 281.
A raíz de las protestas ocurridas en Segovia, se comprende mejor el sentido de estas fórmulas habituales en los preámbulos de los privilegios reales. No se trata de una mera fórmula ritual, sino de un argumento que obedece a una necesidad consciente de justificación 282. Otra virtud de la que hacen gala los propios reyes en su propaganda oficial es la que entronca con el discurso teológico. Se trata de cada una de las virtudes religiosas que harán de los reyes, reyes cristianísimos. Los reyes se declaran practicantes de la virtud del agradecimiento a los beneficios concedidos por Dios, en el preámbulo del ordenamiento de las Cortes 283: 279
G. Manrique, “Proclama”, en J.M. Carretero, Corpus..., doc. 74. Las autoridades y vecinos de Segovia enviaron a los reyes, en respuesta a su carta del día 9 de junio, un escrito de protesta en el que declaraban que la donación concedida a los marqueses quebrantaba las leyes y, por tanto, invocaban “a Dios y a la Justicia, una, dos y tres veces” para que revocasen dicha donación (M. Grau, “Historia de una protesta...”, p. 149). 281 Privilegio según la versión de F. Pinel y Monroy, Retrato..., pp. 268-269. 282 El argumento expresado con relación a la merced otorgada a los Cabrera-Bobadilla, refleja la “revitalización que adquiere la virtud como referencia limitadora de la autoridad real frente al debilitamiento de la objetividad de la ley en tal función de limitación y de control”, limitación que, en realidad, lo que produce es que “mediante la alusión a la virtud, se acaben justificando las manifestaciones institucionales más características del poderío real absoluto, como son el perdón real o las mercedes reales o, en definitiva, el protagonismo de la gracia real en las actividades gubernativas” (J.M. Nieto, “La realeza”, Orígenes de la monarquía..., p. 37). 283 Preámbulo del ordenamiento, Cortes de los antiguos reinos..., pp. 109-111. 280
521
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 522
Ana Isabel Carrasco Manchado
“Aredrándonos de aqueste vicio e abraçándonos con la virtud del agradecimiento, reconociendo la merced e grandísimo beneficio que Dios nuestro senor nos ha fecho en avernos dado tan grande vigor e perseverancia (...). Por lo qual quedamos obligados a lo amar e servir e complir sus mandamientos”.
Tal declaración de intenciones no sólo servía de apoyo y de garantía de confianza ante la labor legislativa que se había realizado, sino que, además, ponía de manifiesto que el triunfo en la guerra y la posición de poder finalmente alcanzada era un premio divino. A partir de este momento, los reyes deberán demostrar que su comportamiento sigue amoldándose a los parámetros éticos que han hecho que la divinidad se decante a su favor, tal y como declara cierto tipo de discurso propagandístico. Al tiempo que Fernando de Aragón fue elevado a la dignidad real de la Corona aragonesa, el confesor real Hernando de Talavera escribía una carta al rey aconsejándole que, a partir de ahora, perseverara en el cumplimiento de todas las virtudes que debían adornar al buen gobernante. La relación de las virtudes que han de conformar el comportamiento ético del rey es bastante detallada: “Mire vuestra real señoría que agora y de aquí adelante cada día más a de ser otro prínçipe y muy más cumplido en toda excelencia de heroicas virtudes y de real nobleza; y tocando algunas de muchas, especialmente muy más umillde dentro del coraçón y en el pensamiento y muy más autoriçado y más ponposo en todas las obras de fuera, muy más deboto y más obediente a nuestro Señor y a la sancta Yglesia y a los ministros y cossas della; muy más solícito en la execuçión de la justiçia civil y criminal; mucho más llegado al consejo; mucho más entero en el amor y acatamiento que a la exçelente y muy digna compañera es devido; mucho más constante y más çierto y verdadero en toda contrataçión y promesa; mucho más proveído y circunspetto en dar qualquiera palabra y en firmar qualquier carta; mucho benigno y más agradesçido a los servidores y criados viejos y nuebos, pues que abrá más de que lo ser; más clemente en pugnir los culpados y delinquentes y más mansueto contra los adversarios cristianos; más feroz y más animoso y esforçado contra todos los ynfieles; muy tentado y muy medido en todos los deportes y pasatiempos y muy quito de todos juegos; muy acompañado de continuo de barones muy aprovados y muy buenos en todas profesiones, ancianos muy prudentes y muy savios, muy ordenados en espender muy provechosamente en todos los tiempos, que en esta manera los bienes serán luengos, siempre servido de muy buenos criados y offiçiales en todos los offiçios, así de vuestro palaçio y corte como de todos los reynos, que sean fieles, prudentes y diligentes y no pobres, mas ricos y muy
522
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 523
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
bien pagados y de conpetentes raçiones y quitaçiones y ayudas de costas y salarios, mirando siempre cómo seáys amado y temido y aun sañudo y riguroso con los atrevidos o negligentes servidores. A esta excelençia de virtudes y en verdad otra mayor y muy mayor de quanto se puede escrivir os obliga, serenísimo señor, la ecelençia de la dignidad y la magestad del estado acreçentado, ca las dignidades y estados dignos quieren los ombres y´ a ellos destinados, y como la vuestra y el vuestro, entre todos tenga la cumbre y lo muy más alto, es muy gran raçón que vuestra real persona sea así dignamente de todas exçelençias cumplida, es vuestra serenísima persona, a esta perfeçión y exçelençia más obligado que prínçipe de quantos oy son” 284.
El triunfo sucesorio alcanzado es el premio que cierra la línea del discurso ético tendente a elevar el comportamiento virtuoso como fundamento legitimador, cuya evolución hemos trazado al analizar cada uno de los periodos de la guerra. Diego de Valera declara a la reina que Dios le ha otorgado el cetro “no sin gran merecimiento” 285. La legitimidad del gobierno del rey que se presenta como virtuoso y, por consiguiente, la ilegitimidad del gobierno del rey cuya actuación se presenta como contraria a la virtud, aparece como incuestionable. Íñigo de Mendoza, agente fructífero en la etapa anterior, declara hasta qué punto afecta al reino el comportamiento moral de los reyes 286: “De los reinos do bevimos, do las costumbres reales, en sólo ser diferentes hicieron los temporales los unos llenos de males los otros sin accidentes”.
Mendoza establece, pues, una equivalencia entre la conducta moral de los príncipes y el estado del reino. Al recordar los tiempos pasados y la situación de desgobierno atribuida al comportamiento moral de Enrique IV, tiende un 284
El tono de la carta no oculta la insinuación de que el comportamiento del rey no concordaba, en este sentido, con el mensaje de su propaganda: “También obligan mucho a vuestra alteza a poner luego por obra este creçimiento de perfeçión averlo así propuesto en su muy ilustre coraçón y muchas vezes publicado y a muchas personas. Y es çierto que en esta esperança se cubrirá y sufrirá algo de lo pasado y sin duda es ansí que si luego se haze esta muy digna mudança, todo aquello será enmendado, perdonado y olvidado.” Seguimos la versión manuscrita de esta carta en BN, ms. 1104, fols. 52r-53v. Aunque la carta lleva por título “Copia de una carta que el dicho prior de Nuestra Señora de Prado escrivió al cathólico rey don Fernando quando heredaron él y la reyna doña Ysabel su muger los reynos de Castilla”, hay que datarla, en realidad, en el momento en el que Fernando accede al trono de Aragón. Azcona mencionó esta carta como desconocida, pero en realidad ya fue editada por P. de A. Suárez Muñano, Vida del venerable fray Hernando de Talavera, primer arzobispo de Granada, Madrid, 1866. 285 D. de Valera, Crónica de España..., Prólogo a la reina. 286 I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 234-235.
523
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 524
Ana Isabel Carrasco Manchado
puente hacia todos los discursos anteriores que veían en unos monarcas virtuosos la salvación del reino. Él mismo ensalza la virtud con la que Isabel adorna su condición de reina: “Princesa, reina y señora en quien la virtud sin falta la cunbre real esmalta”.
No hemos encontrado, sin embargo, afirmaciones rotundas como en la etapa anterior en la que se creía justificada la usurpación de reyes bastardos si seguían desde el trono una conducta moral intachable. El tratamiento del tema ha cambiado. Ya no parece que sea deseable entrar en explicaciones ni acudir a ejemplos del buen gobierno de reyes bastardos, basta con exaltar la personalidad de los reyes triunfadores. Despega, así, el discurso de los panegiristas encargados de conformar la imagen de los reyes como reyes virtuosísimos. Diego de San Pedro se ocupa de ello en su poema sobre la figura de Isabel 287. Abusando del recurso retórico del sobrepujamiento 288 hace de la reina la cima de todas las virtudes (“es de virtudes escala”), coincidiendo en esto con lo que también afirmaba el predicador Ambrosio Montesino en su Poema a san Juan Evangelista: Isabel es “reina” en virtudes (“en virtud de todo el mundo”) 289. Diego de San Pedro atribuye a la reina la adaptación perfecta a una conducta moral ejemplar, al tiempo que va desgranando cada una de las virtudes de una larga lista que contiene las virtudes cardinales y las teologales, sin olvidarse de las particulares virtudes palaciegas, aquellas aluden al comportamiento y al trato cortés. A ese fondo moral se adapta, incluso, el aspecto formal, físico, de la reina (su “grande hermosura”), acorde con la idea clásica de que la belleza del alma se refleja en la belleza del cuerpo 290. Sólo nos queda observar cuál de las virtudes regias parece la más divulgada. Dejando a un lado las expresiones que puedan vincularse al discurso de la justicia, parecen predominar en los textos las virtudes de carácter religioso. Los reyes destacaban la virtud del agradecimiento a los beneficios divinos, el amor a Dios y el cumplimiento de sus preceptos 291, el predicador poeta Montesino escribe sus coplas sólo con la intención de exaltar la devoción de Isabel por san 287
Citas, en Diego de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100. Sobre este procedimiento retórico véase el clásico estudio de E.R. Curtius, Literatura europea y Edad Media latina, Madrid, 1984, p. 235. 289 Véase el ya citado panegírico de Diego de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100. 290 La belleza física de los reyes constituye uno de los rasgos de su representatividad (véase, a este respecto, las observaciones de J. Yarza sobre los retratos de la reina, “Imágenes reales hispanas en el fin de la Edad Media”, Poderes públicos en la Europa Medieval: principados, reinos y coronas, Pamplona, 1997, pp. 446 y ss). El modelo opuesto es la imagen repulsiva del rey inicuo. Las descripciones nada afortunadas de la figura de Enrique IV persiguen adaptarse a este modelo. 291 Preámbulo del ordenamiento, Cortes de los antiguos reinos..., pp. 109-111. 288
524
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 525
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Juan Evangelista 292 y, por último, Diego de San Pedro, insiste de manera clara en sus virtudes religiosas 293: temor a Dios, caridad, obras de devoción, amor por los que aman a Dios, y adhesión incondicional a todo lo que Dios ordena. En segundo lugar destacamos la virtud de sabiduría. Gómez Manrique, tanto en el discurso de apertura como en el de clausura de las cortes exalta esta sabiduría regia: “tan sabios y discretos reyes (...) tan perfecto saber para regir” 294, la “biveza de vuestros altos yngenios” 295, expresión casi idéntica a la que utiliza Diego de Valera, refiriéndose a la reina: “claro y alto yngenio” 296. Pedro de Cartagena, por su parte, alaba la perfección del saber del rey 297. La imagen de Alfonso de Jaén es más completa, presentando a los reyes como reyes providentes: “los ojos del preclarísimo entendimiento vuestro siempre están despiertos” 298. Esta exaltación de la sabiduría regia se relaciona con la facultad legislativa ampliamente desplegada en las cortes: esa “cierta ciencia” que los reyes monopolizan para sí por ley en estas cortes, pues ellos son los únicos que se presentan como sabedores de aquello que conviene al bien del reino y de la república, al bien común. En el propio ordenamiento, aparecen, además, como defensores del saber y de los centros difusores de saber: “porque los reyes deven ser amadores de la sciencia e son tenudos de honrar a los sabios” 299. 6.6. Isabel, “Gloria para la tierra”: el discurso de la fama Al término del conflicto sucesorio, hay que observar la falta de un programa ideológico coherente centrado en la idea de la fama o del honor de los reyes. La voluntad de centrar de manera predominante la propaganda del periodo en el discurso teológico y jurídico es evidente, lo que trae como contrapartida el que la fama regia se considere sólo de forma secundaria. Existen, no obstante, algunos testimonios dignos de ser destacados, como es el caso del panegírico de Diego de San Pedro, en el que se encomia hasta el extremo la figura de la reina. En esta composición, De San Pedro coloca a Isabel en el último escalafón de la fama, situándola directamente en la Gloria. Es éste uno de los tópicos de la retórica de los panegíricos, pero De San Pedro introduce ciertos matices. La gloria religiosa y la gloria de la fama se combinan en su poema (por supuesto, Isabel se ha hecho merecedora de las dos), hasta el punto de identificarse. Isabel no sólo 292
A. Montesino, Cancionero..., p. 253. Volvemos a remitir al panegírico de Diego de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100. 294 BPR, ms. II/208, fol. 252r. 295 Gómez Manrique, “Proclama”, Corpus documental..., doc. 74. 296 D. de Valera, Crónica de España... 297 P. de Cartagena, El Cancionero del siglo XV..., V, p. 227. 298 Despiertos para observar las acciones de todos, desde los caballeros a los regidores, pasando por los oficiales reales (A. de Jaén, El espejo del mundo..., p. 280). 299 Cortes de Toledo de 1480, disposición prohibiendo a los que no sean graduados en estudios generales ostentar títulos de bachiller, licenciado o doctor (Cortes de los antiguos..., IV, p. 183). 293
525
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 526
Ana Isabel Carrasco Manchado
goza de la gloria terrena, sino que es la Gloria misma, un fragmento de la gloria divina traspasado a la tierra (“es gloria para la tierra”). San Pedro imagina una disputa entre cielo y tierra por conseguir quedarse con la gloria-Isabel, de cuyo combate sólo saldrá vencedor el cielo cuando la muerte la arrebate de la tierra: “Pero su muerte llegada por edad vieja venida será su pena quitada será su gloria cobrada será la nuestra perdida”.
No obstante, aun tras su muerte, pervivirá en la tierra la gloria de la reina al convertirse en “dechado”, en figura ejemplar y modelo ideal arquetípico de comportamiento. “Que aunque la gala muriera en sus dechados hoviera la vida para su muerte” 300.
Es preciso apuntar que el término “gloria” suele aparecer, en su sentido positivo, exclusivamente asociado a la divinidad, con la excepción de la acepción clásica aplicada a las victorias militares. La gloria terrestre, si exceptuamos la obtenida en el campo militar legítimamente, era siempre considerada una “vana-gloria” 301. El discurso de la fama sobrepasa, pues, el sentido habitual del concepto de gloria, al aplicárselo a Isabel “gloria para la tierra”. Así entendido, el concepto es una transposición de un estado paradisíaco, divino, a un estado terrenal. Nos encontramos con que también este tipo de discurso emplea los conceptos y recursos que puedan entroncar con el discurso teológico. Lejos estamos todavía de un modelo de fama regia adoptado por la nueva mirada del humanismo laico. Durante la guerra por la sucesión el tema recurrente de este tipo de discurso había sido el de honra del reino, empleado con fines legitimadores del título real y también como referente al que se apelaba para fomentar una propaganda de tipo patriótico que animara a los combatientes a luchar. La honra del reino aparecía en ocasiones identificada o asociada con la honra o el honor de los reyes 302. Como apoyo de la propaganda de guerra aparece asociada a las últimas campañas militares. Pulgar, en la carta que escribe al condestable consolándole 300
Todas estas referencias en el panegírico ya citado de Diego de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100. 301 A. Grondeux, “Le vocabulaire latin de la Renommée au Moyen Âge”, Médiévales, 24 (primavera 1993), pp. 19-22. 302 En una carta escrita por Diego Enríquez del Castillo a Diego de Valera parece entreverse cierto cuestionamiento de la propaganda de la honra del reino, tan extendida a lo largo del conflicto sucesorio. El cronista del rey Enrique, desde su retiro de Guadalajara, bajo el ropaje decoroso de la retórica cortesana, formula al flamante maestresala, recién nombrado corregidor de Segovia, en 1479, dos preguntas
526
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 527
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
de los sufrimientos que soporta en el cerco de la fortaleza de Montánchez, apela al honor de la tierra para justificar y dar sentido a los pesares que se sufren en la batalla: el condestable lucha “por ensalçamiento de la Corona real e por el honor y la paz de vuestra propia tierra” 303. El término “reino” queda sustituido por el de “tierra” de mayor carga emotiva y simbólica. El deseo de fomentar la lucha mediante la llamada al patriotismo es evidente. Resulta, además, significativo, el hecho de vincular el honor de la tierra con el ensalzamiento de la Corona real. Honra del reino y honra de los reyes quedan así identificados en un concepto fusionador: honra de la Corona real. La defensa de ambos se impone como una suerte de “servicio”. Gómez Manrique vincula con más claridad los dos conceptos en su discurso de clausura de las Cortes cuando, hablando en nombre de los procuradores, dice que con “puro e sano zelo avemos mirado el serviçio e honra de vuestras reales personas y estados” 304. El discurso del poder se apoya así en un tema del discurso de la fama y del honor para sumar sus efectos. Ligado a la finalización de la guerra y a la política de las recompensas, hallamos una línea de argumentos orientada a potenciar la fama de los vasallos reales. La propaganda oficial, la que procede de la cancillería regia, justifica la política de concesión de mercedes con el concepto de hechos famosos ejecutados en servicio de los reyes. El servicio a los reyes justifica el otorgamiento de mercedes, pero es conveniente que estos hechos sean “reconocidos” públicamente para que tales mercedes puedan ser mejor comprendidas por la opinión pública. En la controvertida merced de los sexmos de Casarrubios y Valdemoro otorgada a los recién titulados marqueses de Moya, los reyes tuvieron que insistir en que estos les habían prestado “memorables servicios”, “servicios tan señalados e dignos de memoria” 305. Tales son, por tanto, las líneas de este tipo de discurso presentes al final de la etapa del conflicto sucesorio: la honra del reino y de los reyes, ligada a la propaganda de guerra; la buena fama de los vasallos, para sustentar la política de mercedes; la exaltación de la fama de Isabel, hasta equipararla con la gloria divina y, por último, no debemos dejar de mencionar el recuerdo de la mala fama del rey Enrique, argumento presente en los escritos de Fernando del Pulgar, con clara intención legitimadora 306. incisivas: “La primera, si aquesta honrra en que nuestra España y los fijosdalgo de aquella se fundan, es verdadera honrra; la segunda, si aquesta honrra y la conciencia son conformes o contrarias”. El maestresala sale al paso remitiéndose a las mismas ideas transmitidas en sus discursos de justificación de Isabel y Fernando: esa honra de España y de los fijosdalgo será verdadera si se dirige “para bien e utilidad de la humana conpañía”, y es conforme a la conciencia siempre que sea “verdadera honrra ganada por virtud” (las dos cartas en M. Penna, Prosistas..., pp. 16-17). 303 F. del Pulgar, “Letra para el condestable”, Letras..., [Letra XIII] pp. 59-62. 304 G. Manrique, “Proclama”, Corpus documental..., doc. 74. 305 Citamos por la versión de F. Pinel y Monroy, Retrato del buen vasallo..., p. 268-269. 306 Pulgar sugiere el sonrojo y la vergüenza que causa mencionar todo lo que se dijo del rey Enrique, aun reconociendo la veracidad de las injurias lanzadas contra él, las cuales, “aunque se piensan, no se deven desir, e aunque se crehen, por honor de la majestad real se deven callar” (Razonamiento al doctor Maldonado, RAH, Ms. 9/5173, n.º 5, fol. 377v.).
527
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 528
Ana Isabel Carrasco Manchado
6.7. Reina “que a la Fortuna, en grillos tienes cautiva”: el discurso del poder El concepto de tiranía, una de las constantes de este tipo de discurso, es empleado en esta última fase del conflicto, en 1479, durante la crisis de las negociaciones de paz. Pulgar resucita este tema en términos similares a como era empleado al principio de la guerra, acusando a los nobles castellanos que instigaban al rey de Portugal. Hay que recordar que el testimonio de Pulgar coincide con un momento crítico del proceso de acuerdo que había llevado a los nobles defensores de la princesa Juana a ingresar en la obediencia a Isabel. Pulgar retoma el tema de la tiranía de los nobles codiciosos, que “piensan tomar agora un rey, agora otro, según que sus cobdiçias e pasiones los traen” 307, pero, incluso en la argumentación de Pulgar, el tema suena ya tópico. Al término del periodo, celebradas ya las cortes de Toledo, la tiranía queda como definición del estado que vivió el reino en unos años que se consideran ya superados. Los panegiristas como Diego de San Pedro incorporan el tema a sus versos para ensalzar, como contraste, la labor gubernativa de Isabel: “Si no viniera pujante a meternos en conpás, ¿cuánto daño estava estante, cuánto mal iba adelante, cuánto bien quedava atrás: cuánta voluntad dañada en Castilla era venida, cuánta injusticia mostrada, cuánta zizaña senbrada, cuánta discordia nascida!” 308.
Este tratamiento del concepto de tiranía, aplicado a un estado de caos y de guerra civil en el reino que se presenta como superado mediante la acción de Isabel, parece legitimar, no la posesión del título real, sino la asunción de más poder por parte de la reina, justificando el fortalecimiento del poder real. La imagen empleada por el poeta se encuadra por completo en el discurso del poder: “si no viniera pujante/ a meternos en compás”. De San Pedro asume así la propaganda oficial, extremando los conceptos, tal y como se espera del perfecto panegirista. En el preámbulo del ordenamiento de las Cortes, los reyes introducían también este tipo de discurso, diciendo que habían “domado y subjetado nuestros rebeldes” 309. El verbo que emplean los reyes (domado) traería a la memoria de los cortesanos aquellos versos del Sermón trovado de Íñigo de Mendoza en los que comparaba a 307
F. del Pulgar, Razonamiento al doctor de Talavera, RAH, ms. 9/5173, n.º 5, fol. 381r. D. de San Pedro, Tratato de amores de Arnalte y Lucenda..., III, pp. 93-100. 309 Preámbulo del ordenamiento, Cortes de los antiguos reinos..., p. 109. 308
528
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 529
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
los nobles con bueyes mal uncidos al yugo o como caballos que había que domar. La propaganda se encargaba de refrescar esa memoria, ya que tales versos, por cierto, volvían a ser difundidos (y a mayor escala) gracias a la imprenta. Además de definir un estado de absoluto desgobierno, el concepto de tiranía se asocia también en esta época al argumento de robo del patrimonio real. Aparece en la propaganda oficial y también en la no oficial. En el privilegio concediendo el título de marqueses de Moya a los Cabrera-Bobadilla, los reyes insisten en la labor que ellos han desempeñado en evitar “grandes tiranías e enagenamiento de muchas cosas de la Corona Real” 310. La recuperación del patrimonio real es un asunto recurrente en el Espejo del mundo de Alfonso de Jaén, autor que vincula la restitución a la Corona de lo que “tiránicamente” los nobles tenían tomado 311. Esta asociación de tiranía-robo del patrimonio real favorece claramente la propaganda de la política de reducción de juros. Pero se emplea igualmente para apoyar medidas contrarias a esa política (desgajar del patrimonio real los vasallos que se vincularán al nuevo marquesado): se intenta negar un daño alegando que los marqueses han contribuido a evitar ese mismo daño. Otra línea de argumentos que hemos incluido en el discurso del poder, cuya evolución hemos trazado a lo largo de las distintas fases del conflicto, es la apología o la obligatoriedad de la obediencia. En esta fase final, tras las firma de los tratados de paz con el rey de Portugal y la firma de la capitulación definitiva con el marqués de Villena, prácticamente no encontramos testimonio digno de mención. Ello confirma que durante la guerra por la sucesión existe una crisis de obediencia a los reyes que es preciso combatir también mediante la propaganda. En este periodo, por el contrario, la propaganda expresa la necesidad de los reyes de mostrarse conciliadores. Esta nueva actitud implica que las alusiones a la obediencia regia quedarán sugeridas en el empleo de otros conceptos afines pero más matizados. La idea de servicio al rey llevará implícita esa obligación de obediencia a los mandatos reales. Igualmente, alude a tal obligatoriedad el concepto de voluntad regia que de manera contundente se esgrime, por ejemplo, en la carta real escrita en respuesta a las protestas que vecinos y autoridades de Segovia elevaron a los reyes a causa de la concesión de vasallos segovianos a los marqueses de Moya. Los reyes afirmaban que su decisión era irrevocable y como principal argumento presentaban una razón de fuerza, de poder y de autoridad: “Y porque esto como a estos vuestros mensaxeros ablamos procede de nuestra propia y determinada voluntad” 312. Resulta muy significativo del grado de recepción de los mensajes propagandísticos la 310
Privilegio concediendo el título de marqueses de Moya en: F. Pinel y Monroy, Retrato del buen vasallo..., pp. 268-269. 311 “Los tiranos caballeros, duques, condes e marqueses de Castilla que quando vieron que los lançavan de los castillos e fortalezas que tiránicamente de la Corona real teníen tomados, todos se juntaron contra vosotros, senyores reyes, e tomaron por capitán a Galtupor de Yre el (que quiere dezir el rey de Portugal)”, A. de Jaén, El espejo..., p. 226. 312 La carta escrita desde Toledo, el 29 de junio de 1480, ya citada, en M. Asenjo, La Extremadura..., II, pp. 1.254-1.255.
529
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 530
Ana Isabel Carrasco Manchado
postura que defendían los segovianos, capaces de contestar a los motivos de la realeza asumiendo ese discurso real en su propio beneficio y lanzándolo, a su vez, contra los propios reyes. A pesar de la rotundidad que quieren imprimir a sus decisiones los reyes, apelando a su voluntad, esa misma “voluntad regia” es cuestionada y medida con otras voluntades: los segovianos se defendieron alegando que la medida había sido otorgada “contra la voluntad” de la ciudad. En los discursos difundidos el día de la protesta ritual, las autoridades dijeron que el mandato regio se había hecho “por fuerza e contra toda nuestra voluntad” 313. Así pues, podemos decir que la cuestión de la obligatoriedad de la obediencia se hace de forma menos apologética en esta etapa y más disimulada 314, como corresponde a una etapa en la que la autoridad regia goza de mayor consolidación, una vez sellada la legalidad, gracias a la incorporación a la “obediencia” ritual y efectiva de la casi totalidad de los enemigos isabelinos. La autoridad regia se apoya en este periodo fuertemente en el concepto de servicio al rey (a los reyes) que, finalmente, queda rígidamente jerarquizado en torno a la fórmula “servicio a Dios, a los reyes y al reino” 315, y siempre precediendo a otras expresiones que nombran el bien común tales como “utilidad de la república”. Los agentes de los reyes se hallan comprometidos con la propaganda del servicio a los reyes, tal y como se comprueba en las cartas que escribe en esta época Fernando del Pulgar a los oficiales reales, y en el discurso de clausura de las cortes que hizo Gómez Manrique en representación del reino (“venimos para entender en algunas cosas cunplideras a serviçio de Dios e vuestro e bien común destos vuestros reynos e señoríos”). Acorde con el momento que se vive al término de la guerra, la voluntad de servicio a los reyes se asocia al deseo de obtener recompensas (“Pues es çierto que en los deseos de servir más avía de sobra que de mengua, por lo qual vuestras altesas nos deven quedar en algúnd cargo para mirar por nuestras honras, pues tan puro e sano zelo avemos mirado el serviçio” 316. No obstante, los reyes podían verse limitados por esa otra idea propagandística contraria a la concesión desmedida de mercedes. Quizá por ello, las mismas mercedes concedidas a los procuradores como premio por haber jurado al príncipe Juan se mantuvieron en secreto, tal y como hemos visto en páginas anteriores. 313
M. Grau, “Historia de una protesta...”, p 151. Sin llegar tan lejos, el año anterior, el marqués de Villena protestaba del incumplimiento por parte de los reyes de las capitulaciones firmadas sobre su reconciliación. El marqués culpabilizaba a los oficiales reales, que estorbaban la voluntad regia: “Lo qual non dubdo aya cesado de se fazer e conplir mas a cabsa de algunas personas que por sus particulares yntereses, con sus reales señorías lo estorvavan e inpedían e ynpiden, que no porque esto aya emanado de su voluntad, que no es de creer que tan escelentes príncipes ayan de mandar el contrario de lo que asy´ tenían asentado e prometido e jurado” (J. Torres Fontes, “La conquista del marquesado...”, p. 132). 314 Aunque no falte alguna metáfora ampliamente extendida en la etapa anterior, la imagen del yugo, que es ahora empleada por D. de San Pedro para loar a la reina, “yugo para los fuertes”. El defensor de su patrono, el conde de Urueña, hacía acopio de toda una panoplia de imágenes que ya corrían desde el comienzo de la guerra. 315 Preámbulo del ordenamiento, Cortes de los antiguos reinos..., pp. 110. 316 G. Manrique, “Proclama”, Corpus documental..., doc. 74.
530
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 531
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Los recelos que despertaban en la opinión pública las mercedes dadas a costa del patrimonio real quedaron bien patentes en el caso de la concesión del marquesado de Moya. ¿Cómo conseguir superar la contradicción que suponía aparecer como defensores del patrimonio real y, al mismo tiempo, utilizar ese mismo patrimonio para saldar las deudas políticas con sus partidarios? En el caso de los marqueses de Moya, los reyes se defendían manifestando esa deuda política, el “respeto a los muchos cargos que dellos tenemos por grandes y señalados servicios que dellos abemos rescivido, como a todos es notorio”. Pero, si el argumento de la voluntad regia no convencía a los vecinos de Segovia, tampoco la noción de servicio regio. Téngase en cuenta que la protesta procedía de la ciudad que alzó a Isabel, la primera en prestar a los reyes obediencia. En un contexto como el de las cortes de Toledo, en el que se estaba reorganizando la legislación y fortaleciendo el consenso, estas voces sonaban demasiado certeras. Los argumentos de la propaganda regia podían ser más débiles de lo que aparentemente puede pensarse. En todo este proceso, para fortalecer el concepto de servicio a los reyes, la propaganda regia tuvo que hacer uso de otro concepto, el de Corona real, que suele añadirse o sustituir a la expresión “servicio a los reyes” cuando se trata de conceder una merced, tal y como se observa en el privilegio dado a los marqueses, quienes procedieron a “escusar grandes tiranías e enagenamiento de muchas cosas de la Corona Real”; “extremo animo servisteis a nosotros e a la Corona Real de nuestros reynos”. Introducir el concepto de servicio a la “Corona real” o “Corona real de los reinos”, obedecía, por tanto, a la necesidad de defenderse de la crítica de atentado contra el patrimonio real. Pero, a los segovianos no les pasaba desapercibido ningún matiz cancilleresco: en las cartas suplicatorias enviadas a los reyes, se negaban a obedecer el mandato regio argumentando “que no eran tenidos ni obligados de guardar ni cumplir el mandato, por no ser en servicio de los reyes ni de la real Corona” y que el cumplirlo sería causa de gran mal y escándalo. En la carta enviada el día 25 de junio advertían de lo que sucedía “quando los reyes e señores naturales toman a alguno lo suyo sin justa causa de la Corona real” y, de nuevo insistían en los daños que se producirían: “nuestro muy grand daño e de la Corona real” 317. Los reyes tuvieron que reaccionar negando ese argumento. La mención a la Corona real en la carta real que enviaron a Segovia tras conocer el escándalo producido no proviene, por tanto, de una actitud positiva de la propaganda regia; se trata más bien de una reacción. Todo este conflicto resulta de un especial interés para determinar el grado de madurez en la asunción del discurso político de la monarquía por las ciudades. Las relaciones entre los reyes y sus ciudades no resultaban nada fáciles. Las ciudades habían detectado que el concepto de reino o de “bien común del reino” siempre quedaba relegado en último lugar, después del bien del rey. Hablarán, por tanto, en nombre de la Corona real –pues sienten que forman parte de la Corona real, son su patrimonio–, 317
M. Grau, “Historia de una protesta...”, pp. 149 y 151.
531
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 532
Ana Isabel Carrasco Manchado
hablarán en nombre de los propios reyes, si es preciso, asumiendo como propio también el concepto de “servicio al rey”. Tales conceptos aparecen, pues, “transpersonalizados” 318, prestos a ser asumidos por unos y otros en las complicadas relaciones entre la monarquía y el reino, entre reyes y ciudades. Este conflicto revela también que las ciudades no son meros sujetos pasivos receptores del discurso, sino que ellas mismas (sus autoridades) poseen también la madurez suficiente como para participar en la elaboración del contenido de un discurso monárquico que puede ser empleado en favor de su propia identidad comunitaria 319. Es preciso, pues, observar cómo evoluciona el discurso construido por los reyes y sus agentes. De momento se observa, en este periodo, el desarrollo de la “transpersonalización” de la dignidad real. Pulgar anima al condestable en su carta a continuar peleando por los reyes, afirmando que sus sufrimientos redundan en el “ensalzamiento de la Corona real” 320. En este caso, corona real no equivale directamente a patrimonio real, sino que está sustituyendo a los propios reyes (servicio a los reyes) y también al reino (servicio al reino). Reyes y reino se asimilan para constituir una unidad soberana. En el contexto de las Cortes de Toledo se impulsa otra línea ideológica encuadrada en el discurso del poder, una línea que gira en torno a la voluntad de dominio, ya sea en el interior de la Península, ya sea en el exterior. Isabel y Fernando son tratados como si fueran “más que reyes” por muchos de sus agentes: una vez conseguido el título real su próxima aspiración debería ser el título imperial. Las cortes se clausuran con ese deseo expresado por su agente Gómez Manrique, que habla en nombre de los procuradores: que los “nietos vuestra excelençia vea grandes reys siendo vosotros enperadores”. Íñigo de Mendoza, en la dedicatoria a Isabel de su última composición poética, reitera similar deseo: “Que Dios faga emperatriz monarcha” 321. El uso del concepto monarquía, con todas sus implicaciones religiosas y que los autores “visionarios” se encargarán de desarrollar en profundidad, ya había comenzado a extenderse al hilo de otras expresiones triunfalistas. Alfonso de Jaén, empleando ese punto de vista profético, augura que Fernando recibirá la “monarchía universal”, después de destruir toda África y llegar a Jerusalén. Pero, en la mente de este autor, Fernando de Aragón es ya un emperador, pues le aplica el título de “sacra magestad” y el de “grandíssimo emperador d’Espanya” 322. Alfonso de Jaén parece querer sintetizar 318
Seguimos la terminología aplicada de J.M. Nieto Soria, “La transpersonalización del poder real en la Castilla Bajomedieval”, Anuario de Estudios Medievales, 17 (1987), pp. 559-570. 319 A lo largo del reinado de los Reyes Católicos se forjarán teorías como las de Fernando de Roa que propugnaban una mayor participación de los ciudadanos en la vida política y un modelo restrictivo de monarquía. El caso segoviano muestra una actitud política arraigada en las ciudades castellanas de la época (M. Asenjo, “Sociedad y vida política en las ciudades de la Corona de Castilla. Reflexiones sobre un debate”, Medievalismo, 5 (1995), pp. 123-124). 320 F. del Pulgar, “Letra para el condestable”, Letras..., [Letra XIII] pp. 59-62. 321 I. de Mendoza, “Historia de la questión y diferencia que ay entre la razón y la sensualidad”, Cancionero..., p. 235. 322 Empleando su habitual lenguaje pseudoprofético, escribe el nombre invirtiendo las sílabas: Nyapades Dorrapeen mossidigran Dorranfe don (A. de Jaén, El espejo del mundo..., p. 190).
532
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 533
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
en Fernando de Aragón la idea de imperio hispánico, recuperada a propósito de la rivalidad con Portugal, con una concepción imperial más amplia que se relaciona con otra guerra que comenzaba a asentarse en la mente de los autores de la época: la cruzada contra el islam y la inminente conquista de Granada. Las pretensiones de dominio hispánico se manifiestan mediante otro concepto: el título de reyes de España. A pesar de no haber adoptado este título de manera oficial, desde la corte se escuchan voces que fomentan su empleo. Los poetas que escriben para Isabel pretenden adornar su posición adquirida con este título. Es el caso de Ambrosio Montesino, que la llama “reina de las Españas” 323, o Diego de San Pedro e Íñigo de Mendoza, en los poemas que le dirigieron por estas fechas. Diego de Valera, por su parte, sigue apegado a la fórmula elegida para dirigirse a los reyes en sus cartas, en la época en la que escribía su Crónica abreviada de España: Isabel es “reyna de España” que ha recibido “la monarchía de todas las Españas”. Todas estas expresiones eran compartidas por sus rivales, los monarcas portugueses, que mantenían esas mismas pretensiones de dominio hispánico. Se ha destacado la “tendencia panhispánica” que se detecta desde el siglo xiii y que impulsó la unidad de las monarquías peninsulares. En el siglo xv, desde los ámbitos cortesanos e intelectuales se promueve esta tendencia con renovado interés. La unión dinástica entre Castilla y Aragón no era más que una posibilidad, pero no lo era menos la tendencia de unidad entre Castilla y Portugal, circunstancia que da sentido a la guerra de sucesión que se inicia en 1474, y aun antes 324. La mente de Alfonso V se orientaba hacia ese proyecto político que ha sido definido como “plan megalómano de Alfonso V”. Dicho plan comprendía el desmembramiento de la Corona de Aragón, la luso-castellanización de Cataluña y el acercamiento de los reinos occidentales de la Península con matrimonios. A la muerte de Alfonso V, su hijo Juan II se lamentaba del fracaso de la política castellanizante de su padre: la familia real portuguesa hubiera llegado a ser “d’Espanha pacífycos reis e senhores” 325. Pero dicho proyecto panhispánico no moría con él: la política matrimonial que pusieron en práctica, política a la que estaban abocadas ambas monarquías, tras la crisis sucesoria castellana, lo demuestra y el rey Manuel de Portugal reclamó oficialmente el título de “rey de España en cierta ocasión” 326. Antes de dar fin a este repaso por el discurso del poder presente en la propaganda de la última fase del conflicto sucesorio, debemos hacer referencia a la imagen transmitida por la poesía cortesana. Con una economía lingüística admirable, la poesía del siglo xv se hace eco de motivos e ideas que alcanzarán su desarrollo teórico en los pensadores políticos. Una imagen tradicional del pensamiento moral y político de la Edad Media es la de la Fortuna y su rueda en la que caen todos los hombres, y en especial los que aspiran a gobernar, girando 323
A. Montesino, Cancionero..., p. 253. M.A. Ladero, “El proyecto político de los Reyes Católicos”, Reyes y Mecenas..., p. 82. 325 L. Adao da Fonseca, “Una elegía inédita...”, p. 461. 326 Por L. Suárez Fernández, Historia de España..., p. 7. 324
533
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 534
Ana Isabel Carrasco Manchado
con ella, subiendo al poder y perdiéndolo irremediablemente. Desde que Boecio le diera un perfil muy definido en La consolación de la Filosofía, no dejó de desarrollarse iconográficamente, especialmente a finales de la Edad Media. Pues bien, es un síntoma de cambio de los tiempos, de recuperación de la sensibilidad clásica pagana y de aparición de lo que se ha denominado como Renacimiento, la idea de que los seres humanos son capaces de vencer las fuerzas desatadas de la Fortuna, escapar de su rueda y mantener su posición, pudiendo, incluso, lograr que la Fortuna se convierta en aliada fiel para la consecución de los fines propuestos. En la teoría política, el sometimiento de la Fortuna es una de las claves del pensamiento de Maquiavelo, que ve a la Fortuna como una mujer, desprovista de su rueda, a la que el gobernante fácilmente podrá subyugar, ya que “la fortuna es mujer y es necesario maltratarla y contrariarla para tenerla sumisa” 327. Sin entrar en consideraciones sobre esta comparación abiertamente misógina del autor florentino, con relación al tema de la Fortuna es preciso apuntar que, como ocurre con otras tantas ideas que dejó escritas en su obra El príncipe, Maquiavelo no hace sino observar la vida de su tiempo, heredera de un siglo xv de turbulencia política en la que andaba envuelta toda Europa, no sólo Italia. Y en esa turbulencia política también se hallaban las diferentes cortes de los príncipes y la vida palaciega, tan gustosa de entretenerse con el canto, la poesía, la danza, la conversación galante e ingeniosa, manifestaciones de una cultura oral de la que sólo nos han llegado retazos. El tema del sometimiento de Fortuna aparece precisamente en esta fase final del conflicto sucesorio en los versos de los panegiristas, aplicado tanto a Isabel como a Fernando. Si Diego de San Pedro exclamaba que Isabel “supo vencer a Fortuna”, el predicador real Ambrosio Montesino dejaba también constancia del triunfo de Isabel sobre la Fortuna: “¡Oh, reina, que a la fortuna en grillos tienes cativa”.
Por su parte, Pedro de Cartagena ensalzaba esa misma capacidad en Fernando de Aragón, único, según él, entre los gobernantes en conseguir tal proeza: “Aunque la real morada en su rueda se contiene sabe que stá amedrantada que de vuestra sofrenada dexe el officio que tiene. 327
“Se rinde más a los que así la tratan que a los que la galantean con frialdad. Pero como mujer es siempre amiga de los jóvenes, que son menos reflexivos y más bravos, y con más audacia la mandan”, Es el cierre tristemente misógino de Maquiavelo al capítulo XXV de El príncipe (“Cuánto poder tiene la fortuna sobre las cosas humanas y cómo se puede hacerle frente”), Maquiavelo, Obras, trad. J. Larraya, Barcelona, 1965.
534
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 535
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Assí que rey soberano no podré loaros yo ni ninguno siendo humano pues sojuzga vuestra mano lo que a todos sojudgó” 328.
Los panegiristas plantean la posibilidad de vencer a ese destino del que no suele escapar ningún gobernante 329. En la rueda de Fortuna no tienen por qué entrar todos, algunos pueden vencer definitivamente a Fortuna. Pero no debe pasar desapercibido el hecho de que este sometimiento implicaba superar los límites morales y religiosos impuestos a los gobernantes desde la concepción tradicional de la Fortuna, cuya actuación no escapaba a los designios divinos que ordenaba la caída de los príncipes. En 1476, Íñigo de Mendoza no se atrevía a invertir esta concepción y pedía a Dios que ayudara a los reyes a ser virtuosos para que así pudieran no temer a la Fortuna 330. Acabada ya la guerra, soberanos ya de dos tronos y de un dominio hasta entonces impensado, Isabel o Fernando ya no tienen nada que temer: al aparecer como vencedores de la Fortuna, se presentan como poseedores de un poder no sometido a las reglas del destino humano. 6.8. “Por justa e poderosa guerra aver ganado la paz”: el discurso de la guerra El discurso de la guerra tiene cabida en estos momentos que anteceden a la paz, pues negociar ésta no significa tenerla. El Razonamiento de Rodrigo Maldonado escrito por Fernando del Pulgar, texto polémico en el que se retoman argumentos de los peores tiempos de la etapa anterior, incluye la opinión de que el portugués mantiene una guerra injusta. Su guerra es injusta porque combate contra cristianos: el rey “se pone a sostenir guerra ynjusta contra los cristianos” 331. Por el contrario, los reyes, Isabel y Fernando, que hablan desde el sentimiento de victoria tras la firma de los tratados de paz, en el contexto de las cortes de Toledo, dejan constancia en el preámbulo al ordenamiento que ellos han conseguido “por justa e poderosa guerra aver ganado la paz de los reyes nuestros comarcanos”. Fernando e Isabel también combatían a cristianos pero, sin embargo, su guerra es justa. Obviamente, la justicia o injusticia de una guerra no se mide igual desde uno u otro bando combatiente, según la posición propagandística que mantenga. 328
Los versos de A. Montesino, de las Coplas a san Juan Evangelista, en Cancionero..., p. 253 y los de P. de Cartagena, El Cancionero del siglo XV..., V, p. 227. 329 A mediados del xv, desarrollo más brillante de este tema unido a la propaganda política lo concibió Juan de Mena en su célebre composición dedicada al padre de Isabel: A. Deyermond, “Structure and Style as Instruments of Propaganda in Juan de Mena’s Laberinto de Fortuna”, Proceedings of the Patristic Medieval and Renaissance Conference, 5 (1980), 159-167. 330 “Apártalos de viciosos/ porque siendo virtuosos/ nunca teman de Fortuna” (I. de Mendoza, Cancionero..., pp. 319). 331 RAH, ms. 9/5173, n.º 5, fol. 382v.
535
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 536
Ana Isabel Carrasco Manchado
En aquellos meses de crisis previos a la firma de los tratados, en los que todavía se combate en Extremadura, Fernando del Pulgar emplea la propaganda de guerra para animar al condestable a mostrarse firme en mantener el cerco de Montánchez. Recurre a uno de los argumentos falaces más antiguos que existen tendentes –aun hoy– a justificar la validez de la guerra: si vis pacem, para bellum, “si quieres la paz, prepara para la guerra”, adagio que algunos remontan hasta Tucídides, pero que recogió por primera vez Cicerón. Estudiosos de las falacias políticas la sitúan entre las típicas falacias ad populum que buscan escudarse tras la declaración de adhesión a ciertos valores comunitarios. Desmontar esta falacia ha sido la principal tarea intelectual llevada a cabo desde un ideal democrático. Pulgar la utiliza argumentando con gran pericia. Atribuye a esa forma de actuar un comportamiento moral bueno: “El fin de todos los mortales es tener paz, la cual así como los malos turban escandalizando, así los buenos procuran guerreando, y con guerra veemos que se quita la guerra e se alcança la paz, así como con fuego se quita el venino y se alcança salud” 332. Terminado el conflicto sucesorio y la guerra con Portugal, estos argumentos se dejan de lado y el discurso de la guerra, que parecía también condenado a desaparecer de la propaganda, ante una supuesta etapa de paz que se avecinaba, por el contrario, se revitaliza con un nuevo tema: la guerra contra Granada. Consideramos este hecho especialmente relevante puesto que, si bien tiende a considerarse que la guerra de Granada se inició por la ruptura de las treguas por parte de los granadinos, hay que tener muy en cuenta que la propaganda real castellana venía fomentándola desde hacía tiempo. La lucha contra el Islam hispano se configura como una de esas empresas aglutinantes de todos los estamentos en torno a una finalidad común, con el rey –en este caso, los reyes–, a la cabeza. Considerando la final consolidación monárquica, la guerra de Granada parecía inevitable y no por casualidad se emprende con decisión en estas fechas. Superada una crisis de legitimidad, se espera con la guerra consolidar el consenso interno necesario para el mantenimiento de la monarquía. Los reyes rápidamente harán suya la cruzada contra el turco en el Mediterráneo, conscientes de las ventajas que les aportaba en sus relaciones con el papado. Pasar de una a otra cruzada resultaría fácil. Y los agentes de la propaganda y panegiristas de los monarcas lo detectaron de inmediato. La propaganda de la conquista de Granada está presente en las profecías formuladas en este periodo y aplicadas a Fernando de Aragón por el morisco Alfonso de Jaén en El espejo del mundo y también en las coplas que le dedica al rey Pedro Marcuello, durante su estancia en Teruel de 1482. Este último autor, Pedro Marcuello, dio comienzo con esas coplas a un cancionero que fue ampliándose según los acontecimientos de la guerra de Granada 333.
332
F. del Pulgar, “Letra para el condestable”, Letras..., [Letra XIII] pp. 59-62. El cancionero de este autor ha sido definido como una de las mayores obras de propaganda del reinado (véase M. García, “El cancionero de Pedro Marcuello”, The Ages of the Catholic Monarchs, 1474-1516. Literary Studies in Memory of Keith Whinnom, Liverpool, 1989, pp. 48-56, P. Cátedra, La historiografía
333
536
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 537
El camino hacia la consolidación sucesoria y monárquica
Antes, Ambrosio Montesino, en su Panegírico de san Juan Evangelista, dedicado a la reina muy probablemente durante su estancia en Toledo, expresaba sus deseos de que fuera Isabel quien conquistara Granada 334. Pronto, el discurso de la guerra penetrará en el discurso teológico, cuando se empiecen a escuchar mensajes de guerra santa. 6.9. “Temblando de la excelencia de su imperial presencia”: el discurso del miedo El sentimiento del miedo sigue siendo útil para apuntalar la autoridad de los reyes, también en este periodo, aunque la propaganda no hace uso de él con la belicosidad de años anteriores. Hay que decir que han desaparecido del discurso del miedo todos aquellos mensajes que fomentaban el miedo al portugués, lo que calificábamos como “propaganda xenófoba”. Pero otros temas continúan. El miedo al caos y a la total destrucción del reino pervive como presencia emocional que se revive para expresar la diferencia radical entre los tiempos pasados y los que se viven bajo el reinado de Fernando e Isabel. Es el caso de Alfonso de Jaén, que acorde con el tono de una obra profética, pinta un panorama apocalíptico que describe la “España” de antes de llegar a reinar Isabel y Fernando: “E todas las gentes, en estos tiempos de los reynos d’Espanya aver padecido fuego de guerra, fambre, pestilençia”. Los propios reyes apelan a imágenes amenazadoras que recrean una situación caótica cuando intentan justificar la merced concedida a los marqueses de Moya. Dice el privilegio que los marqueses evitaron “grandes tiranías e enagenamiento de muchas cosas de la Corona Real, en grandíssimo daño e destruición de estos nuestros reynos, e de la cosa pública de ellos”. Pero el final de la guerra y el inicio de una nueva etapa aconsejaba abandonar ese tipo de referencias. El protagonismo se centra entonces en los reyes, verdaderos triunfadores. Los panegiristas eligen incluir entre su rico elenco de tópicos enaltecedores de la realeza el del temor a los reyes, presentándoles en sus poemas con la imagen de reyes temibles. Para aumentar la eficacia de su persuasión, emplean el mismo procedimiento retórico según el cual, el poeta mismo declara su miedo ante la presencia regia. Gómez Manrique (“La grandeza de vuestros reales estados que me enbaraçan”), Ambrosio Montesino (temblando de la excelencia/ de su imperial presencia”) y Diego de San Pedro (“despidiéndome del miedo, comienço desta manera”) coinciden en el uso de este procedimiento 335. La actitud que dicen mostrar no es de respeto, sino de temor. Esta actitud que fomentan entre los que escuchan las coplas es la que ellos consideran que debe marcar la relación entre los reyes y sus súbditos/vasallos. Están configurando la en verso en la época de los Reyes Católicos. Juan Barba y su “Consolatoria de Castilla”..., pp. 25-26, y A. Gómez Moreno, “El reflejo literario”, Orígenes de la monarquía..., p. 331 y 334). 334 Pedía a san Juan Evangelista, patrono de la reina, “Que a su alteza,/ que te sirve y ha servido/ con firmeza,/ des vida y fortaleza,/ dominante/ a Granada” (A. Montesino, Cancionero..., p. 253). 335 Nos remitimos a las obras respectivas de estos autores, varias veces citadas en este capítulo.
537
Isabel 04
5/10/06
09:20
Página 538
Ana Isabel Carrasco Manchado
imagen de unos reyes temibles (Montesino afirma que a Isabel le tienen miedo, incluso, el resto de reyes: “los reyes miedo os han”). La relación de poder fundada en el miedo es la establecida en la época para definir la relación entre Dios y los hombres. La estrategia promueve el alejamiento de las personas regias de los súbditos y la aceptación de una actitud de sumisión al poder real. Como síntesis de conjunto recogemos un testimonio de Alfonso de Jaén escrito en 1481, en el contexto de la cruzada contra el Turco. El espejo del mundo, en línea con la intención apologética del morisco hacia la figura de Fernando de Aragón, acaba con una especie de apoteosis en la que el rey-águila (identificado con el animal heráldico y con el águila del timbre del escudo real), en el tránsito de una oración real, es sublimado a una posición terrible: en los cielos aparece un espejo (que recuerda el espejo espantable de Íñigo de Mendoza) y en él se reflejan todos los “malvados” del mundo (cristianos y musulmanes), que huyen despavoridos ante el águila-rey Fernando: “Estando la sacra magestad del senyor rey humiliado delante nuestro senyor Dios, diziendo la oración susodicha, en los coraçones de todos los reyes del mundo, assí moros como cristianos, en ver súbito e miraculosamente su real senyoría ser puyada e sublimada a ser el mayor e más poderoso príncipe de cristianos, es estado sentido un trueno tan terrible que todos están espantados con grandíssimo temor, specialmente veyendo abierto el cielo de la voluntad divina sobrél, e que con la resplandor de la yra suya le illumina el espejo del entendimiento, para que mirando el gran desorden y el perdimiento de las gentes del mundo e administrando justicia, los torne en debido estado” 336.
Difícilmente se puede hallar una alegoría más gráfica que sintetice todas las líneas de la propaganda del miedo descritas a lo largo del conflicto sucesorio: el sentimiento de inseguridad ante un mundo en caos (“la grandíssima confusión que oy es en el mundo (...) todos los stados del mundo están perdidos e van al revés”, dice el morisco), la imagen de rey temible (por todos los reyes del mundo) y la sacralización del miedo al rey, pues la ira divina habría de guiar su acción de monarca justiciero.
336
A. de Jaén, El espejo del mundo..., pp. 287-288.
538
Isabel 05
5/10/06
09:21
Página 539
A modo de conclusión
En enero de 1482, Isabel y Fernando retornaban a Castilla, tras dar por terminado su primer periplo por la Corona de Aragón, conscientes de haber iniciado una nueva etapa en su reinado. A su vuelta instalaron la corte en Medina del Campo. Pero no pasó un mes sin que el reino se volviera a ver inmerso en una guerra, esta vez una guerra de conquista, la Guerra de Granada. No deja de resultar sorprendente la forma en que se aceleraron los acontecimientos, desde que se conociera la toma de Zahara por los nazaríes a comienzos de ese mismo año o a finales del año 1481. La toma nazarí de Zahara y su contrapartida castellana, la toma de Alhama, en febrero de 1482, son dos sucesos que se encuadraban en la dinámica tradicional de la guerra de frontera, tan conocida y practicada por los caballeros andaluces. Pero esta vez las consecuencias serían distintas. Fernando de Aragón hizo suya la empresa, o mejor, aprovechó la situación para acometer un proyecto largamente anunciado por la propaganda política. En el contexto de las Cortes de Toledo ya se habían escuchado los primeros ecos de un discurso que apetecía la conquista. El episodio de la armada reunida a causa de la amenaza turca en el Mediterráneo sirvió para tomar el pulso a la capacidad de las ciudades y villas para movilizar recursos con los que afrontar una empresa que, en la práctica, podría suponer una sangría económica añadida a la provocada por las sucesivas crisis. Sin duda, la propaganda preparó el terreno para que, paulatinamente, los castellanos tomaran conciencia de la necesidad de conquistar el Reino de Granada, una propaganda que parece ser impulsada, fundamentalmente, desde la corte de Aragón. Los versos de Pedro Marcuello, que empieza su cancionero justo en este momento, y la obra de Alfonso de Jaén revelan la voluntad de los súbditos del rey Fernando de ligar a su rey un proyecto que veían bajo la perspectiva mesiánica. El representante de los consellers barceloneses en la corte castellana, Juan Bernardo Marimón, no duda en escribir que la iniciativa de tomar Alhama había procedido del propio Fernando, robándole el protagonismo a los nobles andaluces, artífices de esta primera conquista 1. La propaganda que se irá elaborando bajo sus múltiples expresiones y discursos durante la Guerra de Granada merecería otro volumen monográfico. Pero la guerra no acapararía todos los recursos representativos. La necesidad de 1
Citado por T. de Azcona, Isabel la Católica..., p. 637, a partir del testimonio de este conseller recogido en J.M. Madurell, “Legaciones barcelonesas en la Corte de los Reyes Católicos (1479-1484)”, Hispania, 17 (1957), p. 222.
539
Isabel 05
5/10/06
09:21
Página 540
Ana Isabel Carrasco Manchado
legitimar la posición de Isabel en el trono continuaría, tal y como revela, por ejemplo, el hecho de que la reina procediera a jurar en 1483 los fueros de Vizcaya por segunda vez, en un afán por reinstaurar la legalidad, tras la usurpación del título de señor de Vizcaya perpetrada contra su hermano el rey Enrique IV, en 1473. Puede decirse, por tanto, que la propaganda política se instala como uno de los procedimientos de gobierno y de ejercicio del poder más característicos e influyentes del reinado. A lo largo de estas páginas han quedado trazados y descritos los cimientos de ese armazón propagandístico. Muchas de las manifestaciones aquí analizadas evolucionarán en las siguientes décadas al ritmo de las nuevas circunstancias políticas, motivando en los grupos de poder muestras de colaboración o de resistencia ante las formas simbólicas de dominación desplegadas por los reyes y por sus agentes. La experiencia de los casi diez años estudiados resultará decisiva, ya que el abanico de recursos de representación, con su discursos, expresiones literarias y artísticas, rituales y ceremonias, será reutilizado y reactivado en los momentos precisos. Sobre un esquema ya delineado, nuevos elementos serán introducidos para enriquecer la imagen representativa de los monarcas. La imagen de Isabel como reina paradigmática se consolidará a la luz de muchas de las metáforas surgidas en este periodo inicial del reinado. Algunas de estas metáforas llegarán, incluso, a adquirir un valor propio y una vida independiente al margen del contexto histórico y de la persona que justificó su creación. No deja de resultar significativo el hecho de que la duquesa de Ferrara, la controvertida Lucrecia Borgia, recibiera a su nombre versos panegíricos calcados sobre los que había recibido Isabel en torno a 1480, de manos de Diego de San Pedro 2. Podemos concluir que los avatares de expresiones ideológicas como estas, estudiados desde la historia de la comunicación política, ponen en duda la imagen de singularidad reiteradamente forjada por una parte de la historiografía isabelina.
2
“Soys duquesa tan real,/ en Ferrara tan querida,/ qu’el bueno y el comunal,/ de todos en general,/ soys amada, soys temida. /Soys plaziente a los ajenos,/ soys atajo d’entrevalos,/ soys amparo de los menos,/ soys amiga de los buenos/ y enemiga de los malos”; citado por B. Croce, La Spagna nella vita italiana durante la Rinascenza, Bari, 1922, p. 83.
540
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 541
Fuentes y bibliografía
Fuentes manuscritas Archivo General de Simancas (AGS): Registro General del Sello (RGS): años 1475-1480. Mercedes y Privilegios (MP): Leg. 81; leg. 85. Patronato Real (PR): leg. 16; Leg. 25; leg. 26; leg. 27. Cámara de Castilla. Personas, leg. 20. Archivo Municipal de Salamanca, Sección cartas reales, mss.: R/236; R/260; R/933. Archivo Municipal de Burgos, Actas, 1483. Archivo Histórico Provincial de Córdoba, Escrib. 14, 11-12. Real Academia de la Historia: Archivo y Biblioteca (RAH): mss.: A-7; F-18; K37; M-18; M-20, O-13; O-20; 9/467; 9/491; 9/1097; 9/4560; 9/5173; 9/5531; 9/7157; 9/7161. Biblioteca Nacional de España (BNE): Sección Manuscritos: mss.: Res-226; 430; 1104; 2420; 3666; 5736; 6150; 7099; 7815; 9394; 10445; 17804. Biblioteca del Palacio Real de Madrid (BPR): mss.: II/208; II/3569. Biblioteca del Monasterio de El Escorial, mss.: H. III. 15; X. II. 25; Y.III.1. Biblioteca de la Fundación Lázaro Galdiano de Madrid, mss.: 332 (Sig. M. 2/18); 768 (Sig. M. 33-22). Biblioteca de Santa Cruz, ms. 326. Biblioteca de Catalunya, ms. 273. Biblioteca Universidad Complutense (Marqués de Valdecilla), ms. 149. Biblioteca de la Universidad de Salamanca, mss.: 269; 372.
Fuentes editadas Alfonso X, Partida Segunda. Manuscrito 12.794 de la Biblioteca Nacional, ed. Aurora Juárez Blanquer y Antonio Rubio Flores, Granada, 1991. Anales valencianos, estudio preliminar, edición e índices, Mª Luisa Cabanes, Zaragoza, 1983 Arribas Arranz, F., Documentos de los Reyes Católicos relacionados con Valladolid, Valladolid, 1953. Ballesteros Gaibrois, M., Valencia y los Reyes Católicos (1479-1493), Valencia,
541
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 542
Ana Isabel Carrasco Manchado
1943 (separata de los Anales de la Universidad de Valencia, año XX, 1943, cuaderno 13). Barchiller Palma, Divina Retribución sobre la caída de España en tiempo del noble rey don Juan el primero, edición de la Sociedad de Bibliófilos Españoles, Madrid, 1879. Barraque, J. P. - Leroy, B., Des écrits pour les Rois en Espagne médiévale. La réflexion politique d’Isidore de Seville aux Roix Catholiques, París, 1999. Barrientos, L. de, Refundición de la crónica del halconero, ed. Juan de M. Carriazo, Madrid, 1946. Beltrán de Heredia, V., Cartulario de la Universidad de Salamanca, II, Salamanca, 1970. Bernáldez, A., Memorias del reinado de los Reyes Católicos, Madrid, 1962, pp. 2627. Bertini, G., (ed.) A. de Ortiz, Un diálogo humanístico sobre la educación del príncipe don Juan, Madrid, 1983. Bustamente, R. y Calderón, J.M., Colección diplomática del príncipe don Juan, Madrid, 1999 Carande, R. y Carriazo, J. de M., (dirs.), Tumbo de los Reyes Católicos del concejo de Sevilla, Sevilla, 1929-1968. Carreres Zacarés, S. (ed.), Libre de memòries de diversos sucesos e fets memorables e de coses senyalades de la Ciutat e Regne de Valencia (1308-1644), Valencia, 1930-5. Carretero Zamora, J.M., Corpus documental de las Cortes de Castilla (1475-1517), Madrid, 1993. Cartagena, A. de, Allegationes super Conquesta Insularum Canariae contra portugalenses, “Diplomacia y Humanismo”, edición, traducción y notas, T. González, F. Hernández y P. Saquero, Madrid, 1994. Casado Quintanilla, B., Documentación Real del Archivo del Concejo Abulense (1475-1499), Ávila, 1994. Cátedra, P. (ed.), La historiografía en verso en tiempo de los Reyes Católicos. Juan Barba y su “Consolatoria de Castilla”, Salamanca, 1989. Cayetano Martín, C., Documentos del archivo de la Villa. Reyes Católicos I (14751479), Madrid, 1992. Coccia, E. (ed.), Le edizioni delle opere del Mantuano, Roma, 1960. Colmenares, Diego de, Historia de la insigne ciudad de Segovia y compendio de las historias de Castilla, Segovia, 1984. Coplas fechas a los altos estados de los reyes nuestros señores, s. l. s. d. [Burgos, Juan de Burgos, 1496]. Córdoba, M. de, Jardín de nobles doncellas, ed. F. Rubio en Prosistas castellanos del siglo XV, Madrid, 1964. Cortes de los Antiguos Reinos de León y Castilla, IV, Madrid, RAH, 1861. Covarrubias, S. de, Tesoro de la lengua castellana o española, ed. M. de Riquer, Barcelona, 1993. Crónica anónima de Enrique IV, llamada Crónica Castellana, ed. María Pilar Sánchez-Parra, Madrid, 1991
542
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 543
Fuentes y bibliografía
Crónica de don Álvaro de Luna, ed. J. de M. Carriazo, Madrid, 1940. Crónica incompleta de los Reyes Católicos, ed. J. Puyol, Madrid, 1934 Cronicón de Valladolid, ed. Valladolid, 1984. Duque de Berwick y de Alba (ed.), Noticias históricas y genealógicas de los estados de Montijo y Teba, según los documentos de sus archivos, Madrid, 1915. Durán, A. (ed.), Romancero General, II, Madrid, 1945. —, y Sanpere, J. (eds.), Llibre de les solemnitats de Barcelona, I, Barcelona, 1930. Dutton, B. (ed.), El Cancionero del siglo XV (c. 1360-1520), V y VI, Salamanca, 1989-1990. Enríquez del Castillo, D., Crónica de Enrique IV, ed. A. Sánchez Martín, Valladolid, 1994. Escavias, P., Repertorio de príncipes de España, ed. Michel García, Madrid, 1972. Fernández de Oviedo, G., Batallas y quinquagenas, ed. J. B. Avalle Arce, Salamanca, 1989. —, Batallas y quinquagenas, ed. RAH, T. I, Madrid, 1983, T. II-III, 2000. —, Libro de cámara del príncipe don Juan, Madrid, 1870. Fernández, M., Ostos, P., y Pardo, M.L., El libro de privilegio de la ciudad de Sevilla, Sevilla, 1993. Floriano, A. C., Documentación histórica del archivo municipal de Cáceres, I, Cáceres, 1934. Francia Lorenzo, S. (ed.), Archivo Capitular de Palencia, Catálogo, Serie II, vol. II. Actas capitulares (1468-1500), Palencia, 1989. Fueros, privilegios, franqueza y libertades del M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya, reimpresión de la Excma. Diputación Provincial, Bilbao, 1898. Galíndez de Carvajal, L., Anales Breves del reinado de los Reyes Católicos, Biblioteca de Autores Españoles, vol. LXX, Madrid, 1953. García de Castrogeriz, J., Glosa castellana al Regimiento de príncipes de Egidio Romano, ed. Juan Beneyto, Madrid, 1947-1948. Gual Camarena, M., “Fernando el Católico, primogénito de Aragón, rey de Sicilia y príncipe de Castilla (1452-1474)”, Saitabi, 8 (1950-51), pp. 182-223. —, “La forja de la unidad hispánica (1475-1476). Materiales para su estudio”, Saitabi, 39-42 (1952-53), pp. 145-205. Guillén de Segovia, P., La Gaya Ciencia, ed. O. J. Tuulio y J.M. Casas Homs, Madrid, 1962. Historia de los hechos de don Rodrigo Ponce de León, marqués de Cádiz, ed. Juan Luis Carriazo Rubio, Granada, 2003. “Índice de los documentos que, referentes al reinado de Isabel la Católica, se custodian en el Archivo Municipal de Cáceres”, Revista de Estudios Extremeños, 1-4 (1954), 500-516. Izquierdo Benito, R., Privilegios reales otorgados a Toledo durante la Edad Media (1104-1494), Toledo, 1990. Maldonado, A., Hechos de don Alonso de Monroy, clavero y maestre de la orden de Alcántara, ed. “Memorial Histórico Español”, VI, Madrid, 1853. Manrique, G., Cancionero, ed. F. Vidal González, Madrid, 2003. Maquiavelo, N., Obras, trad. J. Larraya, Barcelona, 1965.
543
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 544
Ana Isabel Carrasco Manchado
Marcuello, P., Cancionero, ed. J.M. Blecua, Zaragoza, 1987. —, El Rimado de la conquista de Granada o Cancionero de Pedro Marcuello, ed., est. Estrella Ruiz-Gálvez Priego, Madrid, 1995. Martín Rodríguez, J.L., Documentación medieval abulense en el Registro General del Sello, Ávila, 1995. Matilla Tascón, A., Declaratorias de los Reyes Católicos sobre la reducción de juros y otras mercedes, Madrid, 1952. Memorias de Enrique IV de Castilla. Colección diplomática compuesta y ordenada por la Real Academia de la Historia, II., Madrid, 1835-1913. Mendoza, I., Cancionero, ed. J. Rodríguez Puértolas, Madrid, 1968. Millares Carlo, A., y Artiles Rodríguez, J. (eds.), Libros de acuerdos del concejo madrileño (1464-1600), Madrid, 1932. Montoro A. de., Poesía completa, ed. M. Costa, Cleveland, 1990. —, Poesía completa, ed. M. Ciceri, notas de J. Rodríguez Puértolas, Madrid, 1990. —, Cancionero, ed. de F. Cantera y C. Carrete, Madrid, 1984. Moratalla Collado, A., Documentos de los Reyes Católicos (1475-1491), Murcia, 2003. Navarro, D. y Marco, C. (eds.), Concordia de Segovia (1475), Zaragoza, 1999. Onís y López, J., “Las juras que tomó García de Ávila al rey don Fernando y a la reina doña Isabel, su mujer, cuando entraron en Jerez de la Frontera, 1477”, Revista de Archivos Bibliotecas y Museos, 1877, II, pp. 252-254. Ortiz de Zúñiga, D., Anales eclesiásticos y seculares de la muy noble y muy leal ciudad de Sevilla, formados por don Diego Ortiz de Zúñiga, ilustrados y corregidos por D. Antonio María Espinosa y Carzel, Madrid, 1795, Sevilla, 1988. Palencia, A., [Década I] Gesta hispaniensia ex annalibus suorum dierum collecta, ed., estudio y notas, B. Tate y J. Lawrance, I y II, Madrid, 1999. —, [Década II-III] Crónica de Enrique IV, reeditada por BAE, t. 257-258 y 267, Madrid, 1975 (traducción de las Décadas I,II,III y V). —, [Década IV] Cuarta Década de Alonso de Palencia, trad. J. López de Toro, I, Madrid, 1970, tomo XXIV del Archivo Documental Español; II, Madrid, 1974, tomo XXV. Paz y Meliá, A., El cronista Alonso de Palencia, Madrid, 1914. —, Sales españolas o agudezas del ingenio nacional, Primera Serie, Madrid, 1890. La Poncella de Francia. La “historia” castellana de Juana de Arco, eds. Victoria Campo y Víctor Intantes, Madrid, 1997. Popielovo, P., “Relación del viaje de Nicolás Popielovo”, Viajes de extranjeros por España y Portugal. Desde los tiempos más remotos hasta fines del siglo XVI, recopilación, traducción, prólogo y notas de J. García Mercadal, Madrid, 1952. Prieto Cantero, A., Casa y descargos de los Reyes Católicos, Valladolid, 1969 Pulgar, F. del, Letras, ed. Domínguez Bordona, Madrid, 1958. —, Crónica de los Reyes Católicos, ed. Juan de Mata Carriazo, Madrid, 1943. Riquer, M. de, Lletres de Batalla, Barcelona, 1963. Rodríguez de Almela, D., Cartas, ed. D. Mackenzie, Éxeter, 1980. —, Compendio historial, edición, estudio y notas de Concepción Armenteros Lizana, Murcia, 2000.
544
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 545
Fuentes y bibliografía
—, Compilación de los Milagros de Santiago, ed. J. Torres Fontes, Murcia, 1946. Rodríguez Puértolas, J. (ed.), Cancionero de fray Ambrosio Montesino, Cuenca, 1987. Sánchez de Arévalo, R., Suma de la Política, en: M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959. Santa Cruz, M. de, Floresta española, floresta general, bibliófilos madrileños, Madrid, 1910. Suárez Fernández, L., Política internacional de Isabel la Católica, Valladolid, 1965. Torre, A. de la, Documentos sobre relaciones internacionales de los Reyes Católicos, I, Barcelona, 1949. —, y Suárez Fernández, L., Documentos referentes a las relaciones con Portugal durante el reinado de los Reyes Católicos, Valladolid, 1963. Vaca, J. A., y Bonilla, A., Salamanca en la documentación medieval de la Casa de Alba, Salamanca, 1989. Valera, D. de, Crónica abreviada de España, Sevilla, Alonso del Puerto, 1482. —, Crónica de los Reyes Católicos, edición y estudio de J. De M. Carriazo, Madrid, 1927. —, Doctrinal de príncipes, en: M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959. —, Espejo de verdadera nobleza, en: M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959. —, Exhortación de la pas, en: M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959. —, Las Epístolas...con otros cinco tratados, ed. J.A de Balenchana, Madrid, 1878. —, Memorial de diversas hazañas. Crónica de Enrique IV, ed. Juan de Mata Carriazo, Madrid, 1941. —, Tratado de las Armas, en: M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959. —, Tratado de Providencia contra Fortuna, en: M. Penna, Prosistas castellanos del siglo XV, I, Madrid, 1959. Vallejo, E (ed.), La pesquisa de Cabitos, Madrid, 1990. Zurita, J., Anales de Aragón, ed. A. Canellas, Zaragoza, 1988.
Bibliografía Adao da Fonseca, L., “Una elegía inédita sobre la familia de Avis. Un aspecto de la propaganda política en la Península Ibérica a mediados del siglo xv”, Anuario de Estudios Medievales, 16 (1988), pp. 449-463. Adelantado, V., y Sirera, J.L., “Festes i teatre. Antecedents històrics”, en: A. Ariño (dir.), El teatre en la festa valenciana, Generalitat Valenciana, 1999, pp. 34-36. Adroer, A.M., “La possessiò de lleons simbol de poder”, en: El poder real en la Corona de Argón (siglos xiv-xvi)”, XV Congreso de Historia de la Corona de Aragón, I-3, Zaragoza, 1996, pp. 257-268. Ajo González, C.M., Historia de Ávila y su tierra, de sus hombres y sus instituciones, por toda su geografía provincial y diocesana, Ávila, 1991-1992, XII.
545
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 546
Ana Isabel Carrasco Manchado
Alcalá, A., y Sanz, J., Vida y muerte del príncipe don Juan. Historia y literatura, Junta de Castilla y León, 1999. Alenda y Mira, J., Relaciones de solemnidades y fiestas públicas de España, Madrid, 1903. Allan, A., “Royal propaganda and the proclamations of Edward IV”, Bulletin of the Institute of Historical Research, 59:140 (1986), pp. 146-154. Alonso de Ojeda, J., ¡Palencia por la Reina Isabel! Bocetos históricos, Palencia, 1953. Álvarez Álvarez, A., “Guadalupe, paraíso de la Reina Católica”, en: Isabel La Católica: reina de Castilla, Barcelona, 2002, pp. 357-386. Álvarez Sáenz de Buruaga, A., “Del lugar y momento de la batalla del Albuera (14 de febrero de 1479)”, Memorias de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes, vol. I (1983), pp: 71-81. Amador de los Ríos, J., Historia crítica de la literatura española, VII, Madrid, 1969. —, Historia de la Villa y Corte de Madrid, Madrid, 1978, (ed. facsímil). Andrés, R. de, “Las ‘entradas reales’ castellanas en los siglos xiv y xv, según las crónicas de la época”, En la España Medieval, 4 (1984), pp. 48-62. Antelo Iglesias, A., “Alfonso de Palencia: historiografía y humanismo en la Castilla del siglo XV”, Espacio, Tiempo, Forma, Serie III, 3 (1990), pp. 21-40. Arbeteta Mira, L., “La corona rica y otras joyas de Estado de la Reina Isabel I”, en: Isabel la Católica, la magnificencia de un reinado, Junta de Castilla León, 2004, pp. 169-186. Arranz Guzmán, A., “El clero”, en: Nieto Soria, J.M. (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 141-176. Asenjo González, M., “Las ciudades”, en: Nieto Soria, J.M. (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 105-140. —, “Ciudades y hermandades en la Corona de Castilla. Aproximación sociopolítica”, Anuario de Estudios Medievales, 27 (1997), pp. 103-146. —, “Sociedad y vida política en las ciudades de la Corona de Castilla. Reflexiones sobre un debate”, Medievalismo, 5 (1995), pp. 89-125. —, La Extremadura castellano-oriental en el tiempo de los Reyes Católicos. Segovia, 1450-1516, Madrid, 1984. Asensio, E., “De los momos cortesanos a los autos caballerescos de Gil Vicente”, Estudios Portugueses ,(1974), pp. 25-36. Atienza Hernández, I., “La aristocracia en tiempos de Isabel I de Castilla: una aproximación cuantitativa y cualitativa”, en: J. Valdeón (ed.), Sociedad y economía en tiempos de Isabel la Católica, Valladolid, 2002, pp. 289-307. Avalle-Arce, J.B., “Tres poetas del Cancionero General (I): Cartagena”, en: Temas hispánicos medievales, Madrid, 1974, pp. 281-315. Azcona, T. de, “Isabel la Católica bajo el signo de la revolución y de la guerra (1464-1479)”, en: J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política, Valladolid, 2001, pp. 51-82. —, Juana de Castilla, mal llamada La Beltraneja: 1462-1530, Madrid, 1998.
546
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 547
Fuentes y bibliografía
—, Isabel la Católica. Estudio crítico de su vida y su reinado, Madrid, 1993 (1ª ed. 1964). —, La elección y reforma del episcopado español en tiempo de los Reyes Católicos, Madrid, 1960. Aznar Vallero, E., “La expedición de Charles Valera a Guinea. Precisiones históricas y técnicas”, En la España Medieval, 25 (2002), pp. 403-423. Balaguer, A.M., “Dos reformas monetarias de los Reyes Católicos en Castilla. 1475 y 1497 y una panorámica de la moneda en la Corona Catalano-aragonesa a la víspera del descubrimiento de América”, Gaceta Numismática, 108 (1993), pp. 5-17. Ballesteros Gaibrois, M., “Los leones del Rey Católico”, Correo Erudito, III, s.l. s.a. Baquero Moreno, H., “A contenda entre D. Afonso V e os Reis Católicos: incursôes castelhanas no solo portugês de 1475 a 1478”, Anais da Academia Portuguesa da História, II serie, vol. 25 (1979), pp. 297-324. Barral Altet, X., “El marc monumental de celebració de les Corts a l’edat mitjana”, Les Corts a Catalunya. Actes del congrés d’historia institucional, Barcelona, 1991, pp. 407-411. Bartolomé, B., “Los usos funerarios en la Alta Edad Media. Tradición cristiana y reminiscencias paganas”, Medievalismo, 6 (1996), pp. 33-62. Beaune, C., La Naissance de la nation France, París, 1985. Belmonte Díaz, J., La ciudad de Ávila. Estudio histórico, Ávila, 1987. Beneyto, J.L., Los orígenes de la ciencia política en España, Madrid, 1949. —, “La exaltación trajanea”, Finisterre (julio, 1948), pp. 225-238. Benito Ruano, E., “Un episodio bélico (y un autógrafo) de Jorge Manrique”, En la España Medieval, 4 (1984), pp. 139-146. —, “Los Hechos del arzobispo de Toledo D. Alonso Carrillo, de Pero Guillén de Segovia”, Anuario de Estudios Medievales, 5 (1968), pp. 517-530. —, “Canales y Perales. Un episodio en las rebeldías del arzobispo Carrillo”, Anuario de Estudios medievales, 2 (1965), pp. 377-398. —, Toledo en el siglo XV. Vida política, Madrid, 1961. Bermejo Cabrero, J.L., “Hermandades y comunidades de Castilla”, Anuario de Historia del Derecho Español, 58 (1988), pp. 277-412. —, Máximas, principios y símbolos políticos, Madrid, 1986. —, “Orígenes del oficio de cronista real”, Hispania, 40 (1980), pp. 283-290. —, “Principios y apotegmas sobre la ley y el rey en la Baja Edad Media castellana”, Hispania, 129 (1975), pp. 31-47. Bernís, C., Trajes y modas en la España de los Reyes Católicos, Madrid, 1978. Bertelli, S., Il corpo del Re. Sacralità del potere nell’Europa Medievale e Moderna, Florencia, 1995. —, “Discurso sobre fragmentos anatómicos reales”, En la España Medieval, 22 (1999), pp. 14-20. Blanco Sánchez, A., Sobre Medina del Campo y la reina agraviada, Medina del Campo, 1994. Blasco, A., “La Casa de Fieras de la Aljafería de Zaragoza y los judíos”, en: El
547
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 548
Ana Isabel Carrasco Manchado
poder real en la Corona de Aragón (siglos XIV-XVI), XV CHCA, I, vol. 3, Zaragoza, 1996, pp. 291-318. Bobbio, N., Elogio de la Templanza, Madrid, 1997. Bohigas Balaguer, P., “Profecies catalanes de Ferrán el Catòlic. Profecies catalanes dels segles xiv i xv. Assaig bibliogràfic”, Butlletí de la Biblioteca de Catalunya, VII (1925), pp. 24-49. Bonachía, J.A., “«Más honrada que ciudad de mis reinos...»: la nobleza y el honor en el imaginario urbano (Burgos en la Edad Media)”, en: J.A. Bonachía (coord), La ciudad medieva Estudios de Historia Medieval, Madrid, 1996, pp. 169-212. Bourdieu, P., Meditaciones pascalianas, Barcelona, 1999. —, “Los ritos como actos de institución”, en: J. Pitt-Rivers y J.G. Peristiany (dirs.), Honor y gracia, Madrid, 1992, pp. 111-123. —, La distinción. Criterios y bases sociales del gusto, Madrid, 1998 (1ª edición, 1979). Boureau, A., “L’adage vox populi, vox Dei et l’invention de la nation anglaise (viii e-xii e siècle)”, Annales ESC, 4-5 (1992), pp. 1.071-1.087. Braga, I. M.R., O Mosteiro de Guadalupe e Portugal: séculos XIV-XVIII. Contribuiçâo para o estudo da religiosidade peninsular, Lisboa, 1994. —, “Portugal e o mosteiro de Guadalupe. Relaçoes históricas na segunda metade do século XV”, en: Congresso Internacional Bartolomeu Dias e a sua época, Oporto, 1989, vol. V, pp. 661-676. Braga, P.D., “A ‘excelente senhora’, D. Joana, em Portugal (1479-1530). Dados para um estudo”, Revista de Ciências Históricas, 4 (1989), pp. 247-254. Buc, P., The Dangers of Ritual: Between Early Medieval Texts and Social Scientific Theory, Princeton y Oxford, 2001. Calahorra Martínez, P., “Entremeses y paraliturgias en la seo Zaragozana ante la presencia de los Reyes Católicos”, Nasarre. Revista Aragonesa de Musicología, 9-2 (1993), pp. 119-125. Calmete, V., “Une embasade espagnole à Bourgogne en 1477”, Bulletin Hispanique, 7 (Enero-Marzo 1905), pp. 34-37. Cammarosano, P. (ed.), Le forme della propaganda politica nel due e nel trecento, “Relazione tenute al convegno internazionale organizzato dal Comitato di studi storici di Trieste, dall’Ecole française de Rome e dal Dipartimento di storia dall’Università degli studi di Trieste (Trieste, 2-5 marzo 1993), RomaParís, 1994. Campo Gómez, M.V., “Discurso del embajador de Borgoña ante Fernando el Católico en 1477”, Bulletin de l’Association des Amis du Centre Jeanne d’Arc, 18 (1994), pp. 23-49. Cantera Montenegro, M., “El concejo de Logroño en tiempos de los Reyes Católicos (1475-1495)”, Hispania, vol. 46 (1986), pp. 5-39. Cantera, F., “Fernando del Pulgar y los conversos”, Sefarad, 4 (1944), pp. 295348. —, García de Santa María y su familia de conversos. Historia de la judería de Burgos y sus conversos más egregios, Madrid, 1952.
548
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 549
Fuentes y bibliografía
Caro Baroja, J., Ritos y mitos equívocos, Madrid, 1989. Carrasco Manchado, A.I., “«Simular» y «disimular», percepción de un concepto moderno en la Edad Media hispana”, en: I Congreso Internacional de Pensamiento Político Hispánico: Sujetos, Conceptos y Prácticas de Poder en la Edad Media Hispana, Murcia, (en prensa). —, “Isabel I, una reina viajera. Símbolo e ideología en el control del territorio”, en: Córdoba y la época de Isabel la Católica, Córdoba, 2006, pp. 45-74. —, “La ceremonia de entrada real: ¿un modelo historiográfico?”, en M. González e I. Fuentes (eds.), La Península entre el Mediterráneo y el Atlántico, Sevilla-Cádiz, 2006, pp. 651-656. —, “La toma del poder de Isabel I de Castilla: golpe a la legitimidad de Enrique IV”, en: F. Foronda, J.P. Genet, y J.M. Nieto Soria (eds.), Coups d'État à la fin du Moyen Âge ? Aux fondements du pouvoir politique en Europe Occidentale, Madrid, 2005, pp. 331-349. —, “Isabel: princesa de Castilla y Señora de Vizcaya; estrategia política de un rito”, en: La reina Isabel y las reinas de España: Realidad, modelos e imagen historiográfica. VIIIª Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna, Madrid, 2005, pp. 219-232. —, Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos, Madrid, 2003. —, “La metáfora animal en la propaganda política de los Reyes Católicos (14741482)”, Cahiers de linguistique et de civilisation hispaniques médiévales, 25 (2002), pp. 399-419. —, “Discurso político y propaganda en la corte de los Reyes Católicos: resultados de una primera investigación”, En la España Medieval, 25 (2002), pp. 299-379. —, “Enrique IV de Castilla. Esbozo de una representación de la propaganda política”, Orientaciones, 2 (2000), pp. 55-72. —, “Aproximación al problema de la consciencia propagandística en algunos escritores políticos del siglo XV”, En la España Medieval, 21 (1998), 229-269. —, “Propaganda política en los panegíricos poéticos de los Reyes Católicos: una aproximación”, Anuario de Estudios Medievales, 25/2 (1995), pp. 517-545. Carreres Zacarés, S., “Exequias regias en Valencia (1276-1410)”, III Congreso de Historia de la Corona de Aragón, separata de las Memorias del Congreso, Valencia, 1924. Carretero Zamora, J.M., “La consolidación de un modelo representativo: las Cortes de Castilla en época de los Reyes Católicos”, en: J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política, Valladolid, 2001, pp. 259-291. —, “Representación, política y procesos de legitimación”, en: Nieto Soria, J.M. (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 177-205. —, Cortes, monarquía, ciudades. Las cortes de Castilla a comienzos de la época moderna (1476-1515), Madrid, 1988. Carriazo, J. de M., “Lecciones al rey Católico. El Doctrinal de príncipes de Diego de Valera”, Anales de la Universidad Hispalense, XVI (1955), pp. 73-132. —, “Las arengas de Pulgar”, Anales de la Universidad Hispalense, 15 (1954), pp. 43-74.
549
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 550
Ana Isabel Carrasco Manchado
—, “Tres cortesanos de los Reyes Católicos: Gonzalo Chacón, Gutierre de Cárdenas y don Diego Hurtado de Mendoza”, Clavileño, II-12 (1951), pp. 9-18. Caselles, C., Alfonso de Palencia y la historiografía humanística, tesis leída en la City University de Nueva York, 1991. Castellanos Oñate, J.M., “Las estancias de los Reyes Católicos en la villa de Madrid”, Anales del Instituto de Estudios Madrileños, 28 (1990), pp. 535-553. Castro, M. de, “Confesores de los Reyes Católicos”, Archivo Iberoamericano, 34 (1974), pp. 55-126. Castro Lingl, V., “Juan de Flores and Lustful Women: The Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, La Corónica, 24.1 (1995), pp. 74-89. Ceballos-Escalera, A., Alcaides, tesoreros y oficiales de los Reales Alcázares de Segovia, Valladolid-Madrid, 1997. Cela Esteban, M.E., Elementos simbólicos en el arte castellano de los Reyes Católicos (el poder real y el patronato regio), Madrid, 1991, pp. 358-378. Claramunt, S., “La política matrimonial de la Casa condal de Barcelona y real de Aragón desde 1213 hasta Fernando el Católico”, Acta historica et archaeologica mediaevalia, vol. 23-24 (2002-2003), pp. 195-235. Clemencín, D., Elogio de la Reina Católica doña Isabel, al que siguen varias ilustraciones sobre su reinado, Madrid, 1821 (Granada, 2004). Clouzot, M., “Le son et le pouvoir en Bourgogne au xv e siècle”, Revue historique, 302:3 (2000), pp. 615-628. Collantes de Terán, A., Sevilla en la Baja Edad Media. La ciudad y sus hombres, Sevilla, 1977. Cómez Ramos, R., Imagen y símbolo en la Edad Media andaluza, Sevilla, 1990. Contamine, P., La guerre, la violence et les gens au Moyen Âge, París, 1996. —, “Aperçus sur la propagande de guerre, de la fin du XIIe au début du xv e siècle: les croisades, la guerre de cent ans”, en: Cammarosano, P. (ed.), Le forme della propaganda politica nel due e nel trecento, Roma-París, 1994, pp. 5-27. —, “Le vocabulaire politique en France à la fin du Moyen Age: l’idée de reformation”, État et Église dans la Genese de l`Etat Moderne, Madrid, 1986, pp. 145-156. —, La guerra en la Edad Media, Barcelona, 1984. —, La France au XIV et XV siècle: hommes, mentalites, guerre et paix, París, 1981. Contreras, A. “La Corte del Condestable Iranzo. La ciudad y la fiesta”, La Ciudad hispánica. En la España Medieval, 10 (1987), pp. 35-322. Cooper, E., La mitra y la roca: Intereses de Alfonso Carrillo, arzobispo de Toledo, en la Ribera del Ebro, Toledo, 2001. Córdoba de la Llave, R., “Violencia por conflictos comerciales entre Castilla y Portugal (1475-1495)”, en: Actas do Congresso Internacional Bartolomeu Dias e a sua Época (Porto, 1988). Vol. III (Economia e Comércio Marítimo), Oporto, 1989, pp. 177-196. Corrao, P., “Celebrazione dinastica e costruzione del consenso nella Corona d’Aragona”, en: P. Cammarosano, (ed.), Le forme della propaganda politica nel due e nel trecento, Roma-París, 1994, pp. 133-156
550
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 551
Fuentes y bibliografía
Croce, B., La Spagna nella vita italiana durante la Rinascenza, Bari, 1922. Cummis, J.C., “Method and Convention in the 15th Century Poetic Debate”, Hispanic Review, XXXI (1963), pp. 307-327. Curtius, E.R., Literatura europea y Edad Media latina, Madrid, 1984. Damián González Arce, J., y García Perez, F., “Ritual, jerarquías y símbolos en las exequias reales de Murcia (siglo xv)”, Miscelanea Medieval Murciana, 1920 (1995-1996), pp. 129-138. Delumeau, J., El miedo en Occidente (siglos XIV-XVIII). Una ciudad sitiada, Madrid, 2001. Descimon, R., “La symbolique de l’inalienabilité du domaine: les fonctions de la méthaphore du mariage politique du Roi et de la République en France du xv e au xvii e siècle”, Annales, (1992), 1.127-1.147. Deswarte, T., De la destruction à la restauration. L’idéologie du royaume d’Oviedo-León (VIII e XI e siècles), Turnhout, 2003. Deyermond, A., “Las innovaciones narrativas en el reinado de los Reyes Católicos”, Revista de Literatura Medieval, VII (1995), pp. 93-105. —, “La ideología del Estado moderno en la literatura española del siglo xv”, en: A. Rucquoi (ed.), Realidad e imágenes del poder. España a fines de la Edad Media, Valladolid, 1988, pp. 171-193. —, “Structure and Style as Instruments of Propaganda in Juan de Mena’s Laberinto de Fortuna”, Proceedings of the Patristic Medieval and Renaissance Conference, 5 (1980), 159-167. Díaz de Durana, J.R., “La reforma municipal de los Reyes Católicos y la consolidación de las oligarquías urbanas: el capitulado vitoriano de 1476 y su extensión por el nordeste de la Corona de Castilla”, en: La formación de Álava. 650 aniversario del Pacto de Arriaga (1332-1982). II Congreso de Estudios Históricos, Vitoria-Gasteiz, 1984-1985, pp. 213-236. Dios, S. de, Gracia, merced y patronazgo real. La Cámara de Castilla, 1474-1530, Madrid, 1993. —, “Las cortes de Castilla y León y la Administración Central”, en: Las cortes de Castilla y León en la Edad Media, II, Valladolid, 1988, pp. 257-317. —, El Consejo Real de Castilla (1385-1522), Madrid, 1982. Doig, J.A., “Political Propaganda and Royal Proclamations in Late Medieval England”, Historical Research, 71:176 (1998), pp. 253-280. Domínguez Casas, R., “San Juan de los Reyes”, Boletín del Seminario de Estudios de Arte y Arqueología, 56 (1990), pp. 364-383. Duarte, L.M., Justicia e criminalidade no Portugal Medioevo (1459-1481), Coimbra, 1999. Duque de Alba, “La copa de oro de los marqueses de Moya”, Estudios Segovianos, 1 (1983). Duran, E., “La cort reial com a centre de propaganda monàrquica: la participaciò morisca en l’exaltació messiànica dels Reis Catòlics”, Pedralbes, 13 (1993), pp. 505-514. —, y Requesens, J., Profecia i poder al Renaixement, Valencia, 1997. Edwards, J., Isabel la Católica: poder y fama, Madrid, 2004.
551
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 552
Ana Isabel Carrasco Manchado
Echagüe Burgos, J.J., La Corona y Segovia en tiempos de Enrique IV (1440-1474), Segovia, 1993. Eguizábal, J.E. de, Apuntes para una historia de la legislación española sobre la imprenta, Madrid, imprenta de la Revista de Legislación, 1873. El documento pintado. Cinco siglos de arte en manuscritos, Madrid, 2000. Escobar Prieto, E., “Los Reyes Católicos en Trujillo”, Revista de Extremadura, (1904), pp. 485. —, “Visitas de los Reyes Católicos a Guadalupe”, Guadalupe, vol. 2 (1908). Esteban Recio, A., Palencia a fines de la Edad Media, Valladolid, 1989. Estévez, X., “Vascos y portugueses a finales del siglo xv: la actuación vasca en la guerra de sucesión (1474-1479)”, en: El pueblo vasco en el Renacimiento (14911521). Actas del Simposio celebrado en la Universidad de Deusto (San Sebastián) con motivo del V Centenario del nacimiento de Ignacio de Loyola), Bilbao, 1994, pp. 331-381. Falomir Faus, M., “Entradas triunfales de Fernando el Católico en España tras la conquista de Nápoles”, La visión del mundo clásico en el arte español, Madrid, 1993, pp. 49-55. Fenster, T., y Smail, D.L., (eds.): Fama. The Politics of Talk and Reputation in Medieval Europe, Íthaca, 2003. Fernándes, M.M.M., “O Tratado das Alcaçovas e a divisao do mundo”, História, 14 (1976), pp. 36-47. Fernández Álvarez, A., Isabel la Católica, Madrid, 2004. Fernández-Daza Alvear, C., Trujillo y su tierra en la Baja Edad Media, Madrid, 1991. Fernández de Córdova Miralles, A., Alejandro VI y los Reyes Católicos. Relaciones político-eclesiásticas (1492-1503), Roma, 2005. —, La corte de Isabel I. Ritos y ceremonias de una reina, Madrid, 2002. Fernández Domínguez, J., La guerra civil a la muerte de Enrique IV. Zamora, Toro y Castronuño, Zamora, 1993, 2ª edición (1ª edición 1929). Fernández Duro, C., Memorias históricas de la ciudad de Zamora, su provincia y obispado, Madrid, 1882. Fernández Gallardo, L., “Alonso de Cartagena en Basilea (nuevas observaciones sobre el conflicto anglo-castellano)”, Archivos Leoneses, 95-96 (1994), pp. 9-91. Fernández Terricabras, I., “Tres imágenes de Isabel la Católica”, Isabel la Católica, la magnificencia de un reinado, Valladolid, 2004, pp. 87-98. Fernández, L., La Real Imprenta de Nuestra Señora de Prado (1481-1835), Salamanca, 1992. Ferrara, O., Un pleito sucesorio. Enrique IV, Isabel de Castilla y la Beltraneja, Madrid, 1945. Ferrer Valls, T., “La fiesta cívica en la ciudad de Valencia en el siglo xv”, en: E. Rodríguez (ed.), Cultura y representación en la Edad Media, Valencia, 1994, pp. 145-169. Firpo, A. R., “Los reyes sexuales: ensayo sobre el discurso sexual durante el reinado de Enrique IV”, Mélanges de la Casa de Velázquez, 20 (1984), pp. 217227; 21 (1985), pp. 145-156.
552
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 553
Fuentes y bibliografía
Floranes, R., Memorias para la historia de la ciudad y tierra de Toro, ed. L. Vasallo, Valladolid, 1994. Floriano, A.C., La villa de Cáceres y la Reina Católica, II, Cáceres, 1917. Fogel, M., Les cérémonies de l’information dans la France du XVI e au XVIII e siècle, París, 1989. Foronda y Aguilera, M., “Honras por Enrique IV y proclamación de Isabel la Católica en la ciudad de Ávila”, Boletín de la Real Academia de la Historia, LXIII (1913), pp. 427-434. Foronda, F., La privanza ou le régime de la faveur. Autorité monarchique et pussance aristocratique en Castille, XIII e-XVe siècle, París, 2003 (tesis de doctorado en curso de publicación). Foucault, M., La verdad y las formas jurídicas, Barcelona, 1980. Fuertes Arias, R., Alfonso de Quintanilla, contador mayor de los Reyes Católicos. Estudio crítico acerca de su vida hechos, e influencia en la reforma económica política y militar de la Monarquía española, Oviedo, 1909. García Craviotto, F. (coord.), Catálogo general de Incunables en Bibliotecas Españolas, Madrid, 1988. García Pelayo, M., El reino de Dios como arquetipo político. Estudios sobre las fases políticas de la Alta Edad Media, Madrid, 1959. García, M., “El cancionero de Pedro Marcuello”, The Ages of the Catholic Monarchs, 1474-1516. Literary Studies in Memory of Keith Whinnom, Liverpool, 1989, pp. 48-56. García, M., “Les fêtes de cour dans le roman sentimental castillan”, Théâtre de Cour, Cour-Théâtre en Espagne et en Italie, 1450-1530, Aix en Provence, 1987, pp. 33-49. Garriga, C., La Audiencia y las Chancillerías Castellanas (1371-1525), Madrid, 1994. Gauvard, C., “Memoire du crime, memoire des peines. Justice et acculturation penale en France a la fin du Moyen Age”, Saint Denis et la Royauté. Ettudes offertes à Bernard Gueenée, París, 1999, pp. 691-710. —, “De Grace Especial”, Crime, État et societé en France à la fin du Moyen Âge, París, 1991. —, “Ordonnance de reforme et pouvoir legislatif en France au xiv e siècle (13031413)”, en A. Gouron y A. Rigaudiere (dirs.), Renaissance du pouvoir legislatif et genese de l’Etat, Montpellier, 1988, p. 89. —, “Les officiers royaux et l’opinion publique en France à la fin du Moyen Âge”, Histoire comparée de l’administration (IV-XVIII siècles), Múnich, 1980, pp. 583-593. Gerbet, M.C, “Fray Alonso de Monroy, Maître dechu de l’Ordre d’Alcántara”, en: Las órdenes militares en el Mediterráneo occidental (siglos XIII-XVIII), 1989, pp. 139-154. Gerli, M.E., “Antón de Montoro and de Wages of Eloquence: Poverty, Patronage and Poetry in 15th Castile”, Romance Philology, XLVIII-3 (1995), pp. 265-276. Gestoso y Pérez, J., Los Reyes Católicos en Sevilla (1477-1478), Sevilla, 1891.
553
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 554
Ana Isabel Carrasco Manchado
Gibello Bravo, V., “La violencia convertida en espectáculo: Las fiestas caballerescas medievales”, en: Fiestas, juegos y espectáculos en la España medieval (Actas del VII Curso de Cultura Medieval, celebrado en Aguilar de Campoo (Palencia) del 18 al 21 de septiembre de 1995), Aguilar de Campoo-Madrid, 1999, pp. 157-172. Gil, L., “Alejandro, el nudo gordiano y Fernando el Católico”, Habis, 16 (1985), pp. 229-242. GIM (Grupo de investigación de Moya), Moya: estudios y documentos, I, Cuenca, 1996. Gimeno Casalduero, J., “La profecía medieval en la literatura castellana y su relación con las corrientes proféticas europeas”, Estructura y diseño en la literatura castellana medieval, Madrid, 1975, pp. 103-141. —, “Sobre las numeraciones de los reyes de Castilla”, Estructura y diseño en la literatura castellana medieval, Madrid, 1975, pp. 65-101. Gomes Marques, M. Fatima Araujo, M., y Peixoto Cabral, J.M. “Metrologia das moedas emitidas por Dom Afonso V de Portugal na qualidades de rei de Castela e Lea˜o”, III Congreso Nacional de Numismatica, Sintra-Lisboa, 1985, pp. 39-52. Gómez Moreno, A., y Jiménez Calvente, T., “Entre edenismo y aemulatio clásica: el mito de la Edad de Oro en la España de los Reyes Católicos”, Silva, 1 (2002), pp. 113-140. —, “El reflejo literario”, en: J.M. Nieto Soria (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 315-339. —, España y la Italia de los humanistas, Madrid, 1994. —, “Amador de los Ríos. Abella y cuatro orationes”, en: J. Romera, A. Lorente y A.M. Freire (eds.), Ex libris. Homenaje al profesor José Fradejas Lebrero, I, Madrid, 1993, pp.127-244. —, El teatro medieval castellano en su marco románico, Madrid, 1991. Gómez Redondo, F., “La Divina Retribuçión: discurso político y texto histórico”, Actas del V Congreso de la Asociación Hispánica de la literatura medieval, Granada, 1995, pp. 413-431. González Marrero, M. del C., La casa de Isabel la Católica: espacios domésticos y vida cotidiana, Ávila, 2005. González Ruiz, R., “El Corpus de Toledo en los siglos xiv y xv”. En: Religiosidad popular y archivos de la Iglesia. Santoral hispano-mozárabe en las diócesis de España (Actas del XVI Congreso de la Asociación celebrado en Zaragoza, 2000), Oviedo, 2002, vol. 1, pp. 211-240. Goñi Gaztambide, J., Historia de la Bula de Cruzada en España, Vitoria, 1958. Gould Quincy, A., “Isabel la Católica y su juramento so el árbol de Guernica”, Revista Internacional de Estudios Vascos, XXIV (1933), 659-664. Grassotti, H., “Pro bono et fideli servitio”, Cuadernos de Historia de España, 3334 (1961), pp. 5-55. Grau, M., “Así fue coronada Isabel la Católica”, Estudios Segovianos, 1 (1949), pp. 20-39. Reimpresión en Polvo de Archivos. Páginas para la historia de Segovia, Segovia, en 1973, pp. 17-26.
554
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 555
Fuentes y bibliografía
—, “Historia de una protesta”, en: Polvo de Archivos. Primera Serie, Segovia, 1973, segunda edición (primera en 1951), Publicación de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Segovia, pp. 145-153. Grondeux, A., “Le vocabulaire latin de la Renommée au Moyen Âge”, Médiévales, 24 (printemps 1993), pp. 19-22. Guadalajara Medina, J., Las profecías del Anticristo en la Edad Media, Madrid, 1996. —, “Álvaro de Luna y el Anticristo. Imágenes apocalípticas en don Íñigo López de Mendoza”, Revista de Literatura Medieval, 2 (1990), pp. 183-206. Guenée, B., Occidente en los siglos XIV y XV, Barcelona, 1985. Guerrero, Y., “Burgos y Enrique IV. La importancia del sector ciudadano en la crisis castellana de la segunda mitad del siglo xv”, Hispania, 47/166 (1987), pp. 437-484. Guerrini, P., Propaganda politica e profezie figurate nel tardo Medioevo, Nápoles, 1997. Guiance, A., Los discursos sobre la muerte en la Castilla Medieval (siglos VII-XV), Junta de Castilla y León, 1998. Gwara, J., “The Identity of Juan de Flores: The Evidence of the Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, Journal of Hispanic Philology, 11 (1986-1987), pp. 103-130, 205-222. Hale, J., “War and Public Opinion in the Fifteenth and Sixteenth Centuries”, Past and Present, 22 (1962), pp. 18-35. Hayakawa, S.I., El lenguaje en el pensamiento y en la acción, México, 1992. Heers, J., La corte de los Borgia, Buenos Aires, 1990. Hoyos, A. de, La política de los Reyes Católicos en Almela, Murcia, s d. Hueso de Chercoles, R., “Alonso de Quintanilla, un estadista en el tiempo de los Reyes Católicos”, Boletín del Instituto de Estudios Asturianos, vol. 29 (1975), pp. 115-144. Ianuzzi, I., “La conciencia de una reina: Isabel I de Castilla”, en: La Reina Isabel I y las reinas de España: realidad, modelos e imagen historiográfica. VIIIª reunión científica, Madrid, 2004, Fundación Española de Historia Moderna, pp. 137-156. Iglesia, A., “Cos místic”, Anuario de Estudios Medievales, 25/2 (1992), pp. 683-697. Infantes, I., “Edición, literatura y realeza. Apuntes sobre los pliegos poéticos incunables”, en: M. Criado del Val (dir.), Literatura hispánica. Reyes Católicos y Descubrimiento, Barcelona, 1989, pp. 85-98. Ivars Cardona, A., Orige i significació del “Drach Alat” i del “Rat Penat” en les insignies de la ciutat de València, Valencia, 1962. Jones, R.O., “Isabel la Católica y el amor cortés”, Revista de Literatura, 21 (1962), pp. 55-64. Kantorowicz, H., Los dos cuerpos del rey. Un estudio de teología política medieval, Madrid, 1985. —, Mourir pour la patrie et autres études, París, 1984. Kaplan, G.B, “In Search of Salvation: The Deification of Isabel la Católica in Converso Poetry”, Hispanic Review, 66-3 (1998), pp. 289-308.
555
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 556
Ana Isabel Carrasco Manchado
Kaplisch-Zuber, K., L’ombre des Ancêtres essai sur l’imaginaire médiéval de la Parenté, París, 2000. Klaniczay, G., “L’image chevaleresque du saint roi au XIIe siècle”, en: A. Boureau y C. S. Ingerflom (dirs.), La royauté sacrée dans le monde chrétien, París, 1992, pp. 53-61 Koliol, G., Begging Pardon and Favour: Ritual and Political Order in Early Medieval France, Berkeley, 1992. Krynen, J., L’empire du roi. Idées et croyances politiques en France XIII e-XV e siécles, París, 1993. —, “Genèse de l’État et Histoire des Idées Politiques en France à la fin du Moyen Âge”, en J.C. Maire Vigueur y C. Pietri (eds.), Culture et Idéologie dans la Genèse de l’Etat Moderne, Rome, 1985, pp. 9-22. —, “Naturel. Essai sur l’argumentation de nature dans la pensée politique à la fin du Moyen Âge”, Journal de Savants, (1982), pp. 169-190. Ladero Quesada (dir.), Los Reyes Católicos y su tiempo. Bibliografías de Historia de España, Madrid, 2004. —, “Dos viajes de Isabel la Católca (Sevilla, 1477. Baza, 1489)”, Iacobus, 13-14 (2002), pp. 236-239. —, La España de los Reyes Católicos, Madrid, 1999. —, “Poder y administración en España”, en: El Tratado de Tordesillas y su época, (Congreso Internacional de Historia), Valladolid, 1995, vol. 1, pp. 63-90, pp. 63-90. —, “El proyecto político de los Reyes Católicos”, en: F. Checa Cremades y R. Díez del Corral (coords.), Reyes y mecenas. Los Reyes Católicos, Maximiliano I y los inicios de la Casa de Austria en España, Toledo, 1992, pp. 79-100. —, “Las ciudades de Andalucía Occidental en la Baja Edad Media: sociedad, morfología y funciones urbanas”, La Ciudad hispánica, En la España Medieval, 10, (1987), pp. 69-107. —, “La ciudad medieval, 1248-1492”, en: F. Morales (dir.), Historia de Sevilla, Sevilla, 1976. —, Andalucía en el siglo XV. Estudios de historia política, Madrid, 1973. —, y González, M., Diezmo eclesiástico y producción de cereales en el reino de Sevilla (1408-1503), Sevilla, 1978. Laliena, C., e Iranzo, M.T., “Las exequias de Alfonso V en las ciudades aragonesas. Ideología real y rituales públicos”, Aragón en la Edad Media. Estudios de Economía y Sociedad, 9 (1991), pp. 55-75. Layna Serrano, F., Historia de Guadalajara y de sus Mendozas, 2.ª edición, Guadalajara, 1994. Leguina, E.,Torneos, jineta, rieptos y desafíos, Madrid, 1904. Lería, A., “Proclamación y jura reales. El caso de Carmona”, Carel, 2-2 (2004), pp. 592-667. Lett, D., y Offenstadt, N. (eds.): Haro! Noël! Oyé! Pratiques du cri au moyen âge, París, 2003. Lewis, A.W., Le Sang royal. La famille capétienne et l’État. France, X e-XIV e siécle, París, 1986 (traduccion francesa el original en inglés).
556
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 557
Fuentes y bibliografía
Lida de Malkiel, R., “La hipérbole sagrada en la poesía castellana del siglo xv”, Estudios sobre la literatura española del siglo XV, Madrid, 1977, pp. 291-309. Liss, P.K., Isabel la Católica, Madrid, 1998. Llanos y Torriglia, F. de, Así llegó a reinar Isabel la Católica, Madrid, 1927. Lleo, V., Arte y espectáculo: la fiesta del Corpus Christi en Sevilla en los ss. XVI y XVII, Sevilla, 1975. López Martínez, N., El arzobispo Carrillo y la política de su tiempo, Vitoria, 1975. —, “Don Luis de Acuña, el cabildo de Burgos y la Reforma (1456-1495)”, Burguense, (1961), pp. 185-317. López Valero, M. del M., “La representación del hecho histórico y la estrategia dramática del discurso. Una aproximación a las crónicas medievales”, en: S. Fortuño y T. Martínez (eds.), Actas del VII Congreso de la Asociación Hispánica de Literatura Medieval, Castellón de la Plana, 1999, II, pp. 341-351. Lunenfeld, M., Los corregidores de Isabel la Católica, Barcelona, 1987. Mccormick, M., Eternal Victory. Triumphal Rulership in Late Antiquity, Byzantium and the Early Medieval West, Cambridge, 1986. Mackay, A., “Ritual and propaganda in fifteenth-century Castile”, Past and Present, 107 (1985), pp. 3-43. Macla Serrano, A., “San Juan de los Reyes y la batalla de Toro”, Toletum, 9 (1979), pp. 55-70. Macpherson, I., “Letra, Divisa and Invención at the Court of the Catholic Monarchs”, en: I. Macpherson y A. Mackay (eds.): Love, Religion and Politics in Fifteenth Century Spain, Leiden-Boston-Köln, 1998, I, pp. 236-253. Macpherson, I., “Text, Context and Subtext: Five invenciones of the Cancionero general and The Ponferrada Affair of 1485”, en: I. MacPherson y R. Penny (eds.), The Medieval Mind: Hispanic Studies in Honour of Alan Deyermond, Londres, 1997, pp. 259-274. Manso, C., “Escudo de los Reyes Católicos”, en: Isabel la Católica en la Real Academia de la Historia, Madrid, 2004. Maravall, J.A., “El concepto de Monarquía en la Edad Media española”, Estudios de Historia del Pensamiento Español, I, Madrid, 1983, pp. 67-83. Marín Pina, M. del C., “Composición y cronología del Cancionero de Pedro Marcuello”, Archivo de Filología Aragonesa, XLIV-XLV (1990), pp. 161-176. Mármol Marín, D., Joyas en las colecciones reales de Isabel la Católica a Felipe II, Madrid, 2001. Marqués de Arriluce de Ybarra, “Visitas y estancias regias en Vizcaya”, Reales Sitios, 8-29 (1971), pp. 58-68. Marques, J., Relaçoes entre Portugal e Castella nos finais da Idade Média, Lisboa, 1994. Márquez Villanueva, F., “Jewish ‘Fools’ of the Spanish Fifteenth Century”, Hispanic Review, 50 (1982), 385-409. —, Investigaciones sobre Juan Álvarez Gato, Madrid, 1960. Martín Abad, J., “Las ediciones salmantinas de la Crónica de España de Diego de Valera en 1499 y 1500”, Revista de Literatura Medieval, VI (1994), pp. 125-131.
557
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 558
Ana Isabel Carrasco Manchado
Martín García, J.M., Arte y diplomacia en el reinado de los Reyes Católicos, Madrid, 2002. Martín, J.L., y Serrano-Piedecasas, L., “Tratados de Caballería. Desafíos, justas y torneos”, Espacio, Tiempo y Forma. Serie III. Historia Medieval, 4 (1991), pp. 67-85. Martín, J.L., “Defensa y justificación de la dinastía Trastámara. Las crónicas de Pedro López de Ayala”, Espacio, Tiempo y Forma. Serie III. Historia Medieval, 3 (1990), 157-180. Martínez Carrillo, M. de los L., “Elitismo y participación popular en las fiestas medievales”, Miscelánea Medieval Murciana, XVIII (1993-1994), pp. 95-107. —, “Fiestas ciudadanas. Componentes religiosos y profanos de un cuadro bajomedieval. Murcia”, Miscelánea Medieval Murciana, 16 (1990-1991), pp. 11-50. Martínez Díez, G., En el V centenario de la muerte de Isabel la Católica, Burgos, 2004. Martínez Gil, F., La muerte vivida. Muerte y sociedad en Castilla durante la Baja Edad Media, Toledo, 1996. Massip Bonet, F., “Imagen y espectáculo del poder real en la entronización de los Trastámara (1414)”, en: El poder real en la Corona de Aragón (siglos XIVXVI), XV Congreso de Historia de la Corona de Aragón, Zaragoza, 1996, I-3, pp. 373-386. Mateos Royo, J. A., “Teatro religioso y homenaje político: la entrada de la reina Isabel en Calatayud (1481)”, Voz y Letra, 8/1 (1997), pp. 16-31. Mayali, L., “Lex animata. Rationalisation du pouvoir politique et science juridique (XII e-XIV e siècles)”, en : A. Gouron y A. Rigaudiere (dirs.), Renaissance du pouvoir legislatif et genèse de l’État, Montpellier, 1988, pp. 153-164. Mayoral Fernández, J., El municipio de Ávila. Estudio histórico, Ávila, 1958. McKenna, J.W., “Henry VI of England and the Dual Monarchy: Aspects of Royal Political Propaganda, 1422-1432”, Journal of the Warburg and Courtauld Institutes, 28 (1965), pp. 145-162. Menjot, D. “Un Chrétien qui Meurt Toujours. Les Funérailles Royales en Castille à la fin du Moyen Âge”, en M. Núñez, y E. Portela (coords.), La idea y el sentimiento de la muerte en la historia y en el arte de la Edad Media, Santiago de Compostela, 1992, I, pp. 127-138. Merindol, C. de, “La prince et son cortège. La théatralisation des signes du povoir à la fin du Moyen Age”, Les princes et le pouvoir au Moyen Age, XXIII e Congres de la SHMES., Brest, mai 1992, París, 1993, pp. 303-324. Meseguer Fernández, J., “Isabel Católica y los franciscanos (1451-1476)”, Archivo Iberoamericano, 30 (1970), pp. 265-310. Messeguer Fernández, J., “Franciscanismo de Isabel la Católica”, Archivo Iberoamericano, 19 (1959), pp. 153-195. Milhou, A., Colón y su mentalidad mesiánica en el ambiente franciscanista español, Valladolid, 1983. —, “La chauve-souris, le nouveau David et le Roi Cache (trois images de l’empereur des derniers temps dans le monde ibérique: XIII e- XVII e)”, Mélanges de la casa de Velázquez, 18 (1982), pp. 61-78.
558
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 559
Fuentes y bibliografía
—, “De la destruction de l’Espagne à la destruction des Indes: histoire sacrée et combats idéologiques”, Études sur l’impact culturel du nouveaux monde, París, 1981, I, pp. 25-47. Mingote Calderón, J.L., “Una ‘nueva’ interpretación de la simbología del yugo de Fernando el Católico. Arte, literatura, historia y... etnología”, Actas del I Congreso Internacional de Emblemática General, Zaragoza, 2004, I, pp. 137156. Mitre Fernández, E., “Muerte y memoria del rey en la Castilla bajomedieval”, La idea y el sentimiento de la muerte en la historia y en el arte de la Edad Media, Santiago de Compostela, 1992, II, pp. 17-26. —, “La nobleza y las Cortes de Castilla y León”, Las cortes de Castilla y León en la Edad Media, Valladolid, 1988, II, pp. 47-98. Molina Molina, A.L., La vida cotidiana en la Palencia medieval, Palencia, 1998. Monteagudo, M.P., “El espectáculo del poder. Aproximación a la fiesta política en la Valencia de los siglos XVI-XVII”, Estudis, Revista d’Historia Moderna, 19 (1993), pp. 151-164. Morales Muñiz, M.D., “El contador Alonso de Quintanilla”, en: Isabel I de Castilla y América. Hombres que hicieron posible su política, Valladolid, 2003, pp. 119-141. —, Alonso de Quintanilla. Un asturiano en la corte de los Reyes Católicos, Madrid, 1993. Morel-Fatio, A., “Souhaits de Bienvenue adressés à Ferdinand le Catholique par un poète barcelonais, en 1473”, Romania, XI (1882), pp. 333-356. Moreno Hernández, C., “Pero Guillén de Segovia y el círculo de Alfonso Carrillo”, Revista de Literatura, 47 (1985), pp. 17-49. Morte García, C., “Fernando el Católico y las Artes”, en: Las Artes en Aragón durante el reinado de Fernando el Católico (1479-1516), Zaragoza, 1993, pp. 155-198. Mosén Diego de Valera y su tiempo, Cuenca, 1996. Narbona Vizcaíno, R., “El Nueve de Octubre. Reseña histórica de una fiesta valenciana. Siglos xiv-xx”, en: Memorias de la ciudad: ceremonias, creencias y costumbres en la historia de Valencia, Valencia, 2003, pp. 173-230. —, “Els orígens de la festa del Corpus Christi”, en: A. Ariño (dir.), El teatre en la festa valenciana, Valencia, 1999, pp. 41-47. —, “La fiesta cívica. Rito del poder real. Valencia, siglos xiv-xvi”, XV Congreso de Historia de la Corona de Aragón (Jaca, septiembre, 1993), I-3, pp 403-419. —, “Las fiestas reales en Valencia entre la Edad Media y la Edad Moderna (siglos xiv-xvii)”, Pedralbes. Revista d’Historia Moderna, 13/2 (1993), pp. 463-472. Nieto Soria, J.M., “Un indulto singular: el perdón general de los Reyes Católicos a los colaboradores castellanos de Alfonso V de Portugal”, en: L. Adao da Fonseca, L. C. Amaral y M. F. Ferreira (coords), Os reinos ibéricos na idade média, Oporto, 2003, vol. II, pp. 703-708. Nieto Soria, J.M., “Los perdones reales en la confrontación política de la Castilla Trastámara”, En la España Medieval, 25 (2002), pp. 213-266. —, Legislar y gobernar en la Corona de Castilla: el Ordenamiento Real de Medina del Campo de 1433, Madrid, 2000.
559
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 560
Ana Isabel Carrasco Manchado
—, “Los fundamentos ideológicos del poder regio, en J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política, Valladolid, 2001, pp. 181-216. — (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999. —, “La Realeza”, en: J.M. Nieto (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, p. 25-62. —, “El ‘poderío real absoluto’ de Olmedo (1445) a Ocaña (1469)”, En la España Medieval, 21 (1998), pp. 159-228. —, “Origen divino, espíritu laico y poder real en la Castilla del siglo XIII”, Anuario de Estudios Medievales, 27/1 (1997), pp. 74-89. —, “El imperio medieval como poder público: problemas de aproximación a un mito político”, en: E. Ramírez Vaquero (ed.), Poderes públicos en la Europa Medieval. Principados, reinos y coronas, Pamplona, 1997, pp. 403-440. —, Ceremonias de la realeza. Propaganda y legitimación en la Castilla Trastámara, Madrid, 1993. —, “La concepciones monárquicas de los intelectuales conversos en la Castilla del siglo xv”, En la España Medieval, 16 (1993), pp. 229-248. —, Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480), Madrid, 1993. —, “Apología y propaganda de la realeza en los cancioneros castellanos del siglo xv. Diseño literario de un modelo político”, En la España Medieval, vol. 11 (1988), pp. 217-220. —, Fundamentos ideológicos del poder real en Castilla, Madrid, 1988. —, “La transpersonalización del poder real en la Castilla Bajomedieval”, Anuario de Estudios Medievales, 17 (1987), pp. 559-570. Ochoa Brun, M.A., “Los usos diplomáticos en la época del Tratado de Tordesillas”, en: El Tratado de Tordesillas y su época (I Congreso Internacional de Historia sobre el Tratado de Tordesillas y su época), Salamanca, 1995, II, pp. 801824. —, Historia de la diplomacia española. Vol. 4: La diplomacia de los Reyes Católicos, Madrid, 1995. Olivera Serrano, C., Beatriz de Portugal. La pugna dinástica Avis-Trastámara, Santiago de Compostela, 2006, pp. 401-431. Ortí Belmonte, M.A., “Cáceres bajo la Reina Católica y su camarero Sancho Paredes Golfín”, Revista de Estudios extremeños, 1-4 (1954), p. 193-328. Ortuño Molina, J., La incorporación del Marquesado de Villena a la Corona de Castilla en el reinado de los Reyes Católicos, Murcia, 2003. Palencia Flores, C., El poeta Gómez Manrique, corregidor de Toledo, Toledo, 1943. Palomo, G., y Senra, J.L., “La ciudad y la fiesta en la historiografía castellana de la Baja Edad Media: escenografía lúdico-festiva”, Hispania, 54/1, 186 (1994), pp. 5-36. Pardo de Guevara y Valdés, E., “Presencia de la materia genealógica en la literatura histórica medieval”, en: J.M. Soto Rábanos (coord.), Pensamiento medieval hispano. Homenaje a Horacio Santiago Otero, Madrid, 1998, I, pp. 393-403.
560
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 561
Fuentes y bibliografía
Parrilla, C., “Un cronista olvidado, Juan de Flores, autor de la Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, en: A. Deyermond e I. Macpherson (eds.), The Age of the Catholic Monarchs (1474-1516), Literay Studies in Memory of Keith Whinnom, Liverpool, 1989, pp. 123-133. Penna, M., en “El príncipe según Diego de Valera y el príncipe según Maquiavelo”, Revista de Estudios Políticos, 84 (1955), pp. 121-138. Peña Pérez, J., El surgimiento de una nación. Castilla en su historia y en sus mitos, Barcelona, 2005. Perea, O, “La corte literaria de Alfonso el Inocente (1465-1468) según las Coplas a una partida de Guevara, poeta del Cancionero General”. Medievalismo, 11 (2001), pp. 33-57. Pérez Priego, M.A., El príncipe don Juan, heredero de los Reyes Católicos y la literatura de su época. Lección inaugural del curso académico 1997-1998, Madrid, 1997. —, Teatro Medieval: Castilla, Madrid, 1997. —, “Espectáculos y textos teatrales en Castilla a fines de la Edad Media” Epos. Revista de Filología, 5 (1989), pp. 141-163. Pérez Samper, M. de los A., “La presencia del rey ausente: las visitas reales a Cataluña en la época moderna”, en: A. González y J.M. Usunáriz (dirs), Imagen del rey, imagen de los reinos. Las ceremonias públicas en la España Moderna (1500-1814), Navarra, 1999, pp. 63-115. Pérez Samper, M. de los A., Isabel la Católica, Barcelona, 2004. Perez, J., “Los Reyes Católicos ante los movimientos antiseñoriales”, Violencia y conflictividad en la sociedad de la España Medieval, Zaragoza, 1995, pp. 91-99. Perez, J., Isabel y Fernando, los Reyes Católicos, Hondarribia, 1997. Pérez-Prendes, J.M, Cortes de Castilla, Barcelona, 1974. Petrucci, A., La scrittura. Ideologia e rappresentazione, Turín, 1986. —, “Potere, spazi urbani, scritture esposte: proposti ad esempi”, en: J.C. Maire Vigueur y C. Pietri (eds.), Culture et Idéologie dans la Genèse de l’Etat Moderne, Rome, 1985, pp. 263-286. Pino García, J.L. del, “El cerco de la fortaleza de Trujillo (1475-1477)”, Anuario de Estudios Medievales, 16 (1986), pp. 495-518. Plumb, J.H., La muerte del pasado, Barcelona, 1974. Pons, N., “De la renommée du royaum à l’honneur de la France”, Mediévales, 24 (1993), pp. 101-116. Pontón, G., La obra de Fernando del Pulgar en su contexto histórico y literario, Barcelona, 1998. Porro, N.R., La investidura de armas en Castilla: del Rey Sabio a los Católicos, Valladolid, 1998. Prieto Cantero, A., “¿Dónde está el collar de balajes y la corona rica de la Reina Católica?”, en: Homenaje a Vicente Cadenas. Estudios genealógicos, heráldicos y nobiliarios. Hidalguía, Madrid, 1978, pp. 197-222. Prodi, P., Il sacramento del potere. Il giuramento politico nella storia costituzionale dell’Occidente, Bolonia, 1992. Pross, H., La violencia de los símbolos sociales, Barcelona, 1983.
561
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 562
Ana Isabel Carrasco Manchado
Quintanilla Raso, M.C., “Los grandes nobles”, en: M.A. Ladero Quesada (coord.), El mundo social de Isabel la Católica. La sociedad castellana a finales del siglo XV, Madrid, 2004, pp. 127-142. Quintanilla Raso, M.C., “La Nobleza”, en: J.M., Nieto Soria, (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 63-103. Quintanilla Raso, M.C., Nobleza y señoríos en el Reino de Córdoba. La Casa de Aguilar (siglos XIV y XV), Córdoba, 1979. Rábade Obradó, M. del P., “La imagen de Isabel I de Castilla en la Crónica incompleta de los Reyes Católicos”, Gobernar en Castilla durante la Edad Media. El papel de las mujeres, e-Spania, 1 (2006), 19 pp. —, “Judeoconversos e Inquisición”, en: J.M. Nieto Soria (coord.), Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 239-272. —, “Simbología y propaganda política en los formularios cancillerescos de Enrique II de Castilla”, En la España Medieval, 18 (1995), pp. 223-239. —, Una élite de poder en la Corte de los Reyes Católicos. Los judeoconversos, Madrid, 1993. —, “El doctor Juan Díaz de Alcocer: apuntes biográficos de un servidor de los Reyes Católicos”, Espacio, Tiempo y Forma, Serie III, Historia Medieval, 3 (1990), pp. 259-287. Ramírez de Arellano, R., Historia de Córdoba desde su fundación hasta la muerte de Isabel la Católica, Ciudad Real, 1919, vol. 4. Ramos, R., “El Libro del milenio de fray Juan Unay: ¿una apología de Fernando el Católico?”, en: J.M. Lucía Megías (ed.), Actas del VI Congreso Internacional de la Asociación Hispánica de Literatura Medieval, Universidad de Alcalá, 1997, pp. 1241-1248. Réau, L., Iconografía del arte cristiano, Barcelona, 1997. Rico, F., “Un penacho de penas. De algunas invenciones y letras de caballeros”, Texto y contextos. Estudios sobre la poesía española del siglo XV, Barcelona, 1990, pp. 189-230. Rico, F., “Unas coplas de Jorge Manrique y las fiestas de Valladolid en 1428”, Anuario de Estudios Medievales, 2 (1965), pp. 517-524. Riquer, M. de, Heráldica castellana en tiempos de los Reyes Católicos, Barcelona, 1986. Rodado, A., La obra poética de Pedro de Cartagena, Universidad Complutense, 1997. Rodrigo Estevan, M.L., “El poder real y los rituales públicos de exaltación de la monarquía en una ciudad aragonesa: Daroca (1449-1525)”, en: El poder real en la Corona de Argón (siglos XIV-XVI), XV CHCA, Zaragoza, 1996, I, pp. 459478. Rodríguez Flores, M.I., El perdón real en Castilla (siglos XII-XVIII), Salamanca, 1971. Rodríguez Puértolas, J., Fray Íñigo de Mendoza y sus “Coplas de Vita Christi”. Madrid, 1968.
562
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 563
Fuentes y bibliografía
Rodríguez Velasco, J.D., El debate sobre la caballería en el siglo XV. La tratadística caballeresca castellana en su marco europeo, Valladolid, 1996. Romero Abao, R., “Las fiestas en Sevilla en el siglo xv”, Las fiestas en Sevilla en el siglo XV. Otros estudios, Madrid, 1991. Romero de Lecea, C., “Hernando de Talavera y el tránsito en España del manuscrito al impreso”, Studia Hieronymiana, I (1973), pp. 317-377. Romero Portilla, P., Dos monarquías medievales ante la modernidad: relaciones entre Portugal y Castilla (1431-1479), La Coruña, 1999. Roth, N., “Las revueltas de los anticonversos en el siglo xv, Pulgar y la Inquisición”, En la España Medieval, 15 (1992), pp. 367-394. Rubio, G., Historia de Nuestra Señora de Guadalupe, Barcelona, 1926. Rucquoi, A., Valladolid en la Edad Media, Valladolid, 1997. —, “Les wisigoths fondament de la «nation Espagne»”, en : J. Fontaine y C. Pellistrandi (eds.), L’Europe héritière de l’Espagne wisigothique, Madrid, 1992, pp. 341-352. —, “De Jeanne d’Arc à Isabelle la Catholique: l’image de la France en Castille au XV e siècle”, Journal des savants, (en-jun 1990), pp. 155-174. —, “Des villes nobles pur le Roi”, en: A. Rucquoi (ed.), Realidad e imágenes del poder en España a fines de la Edad Media, Valladolid, 1988, pp. 195-214. Ruffinatto, A., “Alta reina soberana, la hipérbole sagrada y el enigma Montoro”, Insula, 3-4 (1993), pp. 1-3. Rufo Ysern, P., “La expansión peninsular por la costa africana. El enfrentamiento entre Portugal y Castilla (1475-1480)”, en: Bartolomeu Dias e sua época, Oporto, 1989, vol. III, pp. 68-71. —, “Los Reyes Católicos y la pacificación de Andalucía (1475-1480)”, Historia. Instituciones. Documentos, 15 (1988), pp. 217-249. Ruiz Domènec, J.E., Isabel la Católica o el yugo del poder: la cruda historia de la reina que marcó el destino de España, Barcelona, 2004. —, “El torneo como espectáculo en la España de los siglos x-xvi”, en: La civiltà del torneo (sec. XII-XVII): giostre e tornei tra medioevo ed età moderna. Atti del VII Convegno di studio, Narni 14-15 octobre 1988, Narni, 1990, pp. 159194. Ruiz García, E., Los libros de Isabel la Católica: arqueología de un patrimonio escrito, Salamanca, 2005. —, “El poder de la escritura y la escritura del poder”, en: Orígenes de la monarquía hispánica: propaganda y legitimación (ca. 1400-1520), Madrid, 1999, pp. 275-313 Ruiz, T.F, “Festivités, couleurs et symboles du pouvoir en Castille au xv e siècle: les célébrations de mai 1428”, Annales E.S.C., 46 (1991), pp. 421-546. —, “Fiestas, torneos y símbolos de la realeza en la Castilla del siglo xv. Las fiestas de Valladolid de 1428”, en: A. Rucquoi (ed.), Realidad e imágenes del poder en España, Valladolid, 1988, pp. 249-265. Russell, P.E., “El Descubrimiento de las Canarias y el debate medieval acerca de los derechos de los príncipes y pueblos paganos”, Revista de Historia Canaria, 36 (171),1978, pp. 9-32.
563
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 564
Ana Isabel Carrasco Manchado
Sáez, C., y Cortés, S., “Dos documentos desconocidos de los Reyes Católicos. La conquista de Madrid por el duque del Infantado en 1476”, Wad al-Hayara, 11 (1984), pp. 339-342. Sánchez Alonso, B., Historia de la Historiografía, Madrid, 1947. Sánchez Cantón, F., Libros, tapices y cuadros que coleccionó Isabel la Católica, Madrid, 1950. Sánchez Ferlosio, R., Vendrán más años malos y nos harán más ciegos, Barcelona, 1995. Sánchez Sesa, R., “Santiago contra sao Jorge: cisma, religión y propaganda en las guerras castellano-portuguesas de la Baja Edad Media”, Hispania Sacra, 56 (2004), pp. 447-464. Sancho de Sopranis, H., Juegos de toros y cañas en Jerez de la Frontera, Jerez, 1960. Sarasola, M., Vizcaya y los Reyes Católicos, Madrid, 1950. Schramm, P.E., Las insignias de la realeza en la Edad Media española, Madrid, 1960. Scott A., y Kosso, J.C. (eds.), Fear and its Representations in the Middle Ages and Renaissance, Turnhout, 2002. Segura Graíño, C., “Las sabias mujeres de la Corte de Isabel la Católica”, Las sabias mujeres: educación, saber y autoría (siglos III-XVII), Madrid, 1994, pp. 175-187. Serrano y Sanz, M., “Noticias biográficas de Pedro Marcuello”, Boletín de la Real Academia Española, 4 (1917). Serrano, L., Los Reyes Católicos y la ciudad de Burgos desde 1461-1492, Madrid, 1943. Sesma, A., “Carteles de batalla cruzados entre Alfonso V de Portugal y Fernando V de Castilla (1475)”, Revista Portuguesa de Historia, 1976, pp. 277295. Sitges, J.B., Don Enrique IV y la excelente doña Juana la Beltraneja, Madrid, 1912. Spiegel, M.G., “«Defense of the Realm»: Evolution of a Capetian Propaganda Slogan”, Journal of Medieval History, 3:2 (1977), pp. 115-133. Suárez Fernández, L., La España de los Reyes Católicos (1474-1516), en la “Historia de España” dirigida por R. Menéndez Pidal, vol. XVII*, Madrid, 1989. —, Los Reyes Católicos. Fundamentos de la monarquía, Madrid, 1989. —, “Evolución histórica de las Hermandades castellanas”, Cuadernos de historia de España, 16 (1951), pp. 5-78. Suárez Muñano, P. de A., Vida del venerable fray Hernando de Talavera, primer arzobispo de Granada, Madrid, 1866. Tamburini F. (ed.), Le cérémonial apostolique avant Innocent VIII, Roma, 1966. Tate, R.B., “Poles apart-two official historians of the Catholic Monarchs: Alfonso de Palencia and Fernando del Pulgar”, en: Pensamiento medieval hispano. Homenaje a Horacio Santiago-Otero, Madrid, 1998, I, pp. 439-463. —, “El cronista real castellano durante el siglo xv”, Homenaje a Pedro Sáinz Rodríguez, Madrid, 1986, III, pp. 659-668. —, “Las Décadas de Alfonso de Palencia, un análisis historiográfico”, Estudios dedicados a James Leslie Brooks, Barcelona, 1984, pp. 223-241.
564
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 565
Fuentes y bibliografía
—, “Alfonso de Palencia y los preceptos de la historiografía”, Nebrija y la introducción del Renacimiento en España: Actas de la III Academia Literaria Renacentista, Salamanca, 1983, pp. 37-51. —, Ensayos sobre la historiografía peninsular del s. XV, Madrid, 1970. —, Joan Margarit i Pau, Cardinal-Bishop of Gerona. A Biographical Study, Mánchester, 1955. Tejada y Spínola, F. E., Historia de la literatura política en las Españas, Madrid, 1991. Toda y Güell, E., Bibliografia espanyola d’Italia, Castell de Sant Miquel d’Escornalbou, 1931. Torre, A., “Un médico de los Reyes Católicos”, Hispania, 14 (1944), pp. 66-72. Torre, L. de, Mosén Diego de Valera: ensayo biográfico, Madrid, 1914. Torres Fontes, J., Los Reyes Católicos y la ciudad de Murcia. Estampas de la vida murciana, Madrid, 1958. —, “La conquista del marquesado de Villena en el reinado de los Reyes Católicos”, Hispania, 50 (1953), pp. 37-151. —, Don Pedro Fajardo, adelantado mayor del reino de Murcia, Madrid, 1953. Torres, M., “Naturaleza jurídico-penal y procesal del desafío y riepto en León y Castilla en la Edad Media”, Anuario de Historia del Derecho Español, 10 (1933), pp. 161-174. Urosa Sánchez, J., Política, seguridad y orden público en la Castilla de los Reyes Católicos, Madrid, 1998. Val Valdivieso, M. I. del, “La herencia del trono”, en: J. Valdeón (ed.), Isabel la Católica y la política, Valladolid, 2001, pp. 15-49. —, “La sucesión de Enrique IV”, Espacio, Tiempo y Forma, serie III, Historia Medieval, 4 (1991), pp. 43-78. —, Isabel la Católica, princesa (1468-1474), Valladolid, 1974. Valdeón Baruque, J., Los conflictos sociales en el reino de Castilla en los siglos XIV y XV, Madrid, 1975. Valera, J. La muerte del rey. El ceremonial funerario de la monarquía española (1500-1885), Madrid, 1990. Vendrell de Millàs, F., “Presencia de la comunidad judía en las fiestas de la coronación de Fernando de Antequera en Zaragoza”, Sefarad, 17 (1957), pp. 380-385. Verger, J., Les gens de savoir en Europe de la fin du Moyen Âge, París, 1997. Vicens Vices, J., Historia crítica de la vida y reinado de Fernando II de Aragón, Zaragoza, 1962. Vicens Vives, J., Juan II de Aragón. Monarquía y revolución en la España del siglo XV, Barcelona, 1953. Viegas, V., “A somenos importância do discurso o doutor Joâo das Regras na Cortes de Coimbra de 1385”, Jornadas de Historia Medieval. 1385 e a Crise Geral dos seculos XIV-XV, pp. 365-378. Virilio, P., El cibermundo, la política de lo peor, Madrid, 1997. Viterbo, S., A batalha do Touro, Lisboa, 1900. Whinnom, K., “The Printed Editions and the Text of the Works of fray Íñigo
565
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 566
Ana Isabel Carrasco Manchado
de Mendoza”, artículo reeditado en Medieval and Renaissance Spanish Literature, Éxeter, 1994, pp. 18- 35. Whinom, K. (ed.), Obras completas de Diego de San Pedro, III, Madrid, 1976. Yarza Luaces, J., “Los Reyes Católicos y la miniatura”, en: Las Artes en Aragón durante el reinado de Fernando el Católico (1479-1516), Zaragoza, 1993, pp. 63-98. —, Los Reyes Católicos. Paisaje artístico de una monarquía, Madrid, 1993. —, “Imágenes reales hispanas en el fin de la Edad Media”, Poderes públicos en la Europa Medieval: principados, Reinos y Coronas, Pamplona, 1997, pp. 441-473.
566
Isabel 06
5/10/06
09:22
Página 567
Este libro se terminó de imprimir en el mes de septiembre de 2006
l
This page intentionally left blank