1) Que son los trib tributo utos? s? Tributos son "las prestaciones en dinero que el Estado exige exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una Ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines”. De esta definición se pueden derivar cuatro (4) características fundamentales que se explican a continuación (Villegas, 1992, p.67): i) Prestaciones en dinero: Es una característica de la economía monetaria el que las prestaciones sean en dinero, aunque no es forzoso que así suceda. Es suficiente que la prestación sea "pecuniariamente valuable" para que se constituya un tributo, siempre que concurran los otros elementos caracterizantes y siempre que la legislación de cada país no disponga lo contrario. ii) Exigidas en ejercicio del poder del imperio: El elemento esencial del tributo es la coacción, el cual se manifiesta esencialmente en la prescindencia de la voluntad del obligado en cuanto a la creación del tributo que le sea exigible. La bilateralidad de los negocios jurídicos es sustituida por la unilateralidad en cuanto a su obligación. Iii En virtud de una Ley: No hay tributo sin Ley previa que lo establezca. Como todas las leyes que establecen obligaciones, la norma tributaria es una regla hipotética cuyo mandato se concreta cuando ocurre la circunstancia fáctica condicionante prevista en ella como presupuesto de la obligación. Tal condición fáctica e hipotética se denomina "hecho imponible", es decir, toda persona debe pagar al Estado la prestación tributaria graduada según los elementos cuantitativos que la Ley tributaria disponga y exige. iv) Para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus bienes: El objetivo del tributo es fiscal, es decir, que su cobro tiene su razón de ser
en la necesidad de obtener ingresos para cubrir los gastos ga stos que le demanda la satisfacción de las necesidades públicas 2. CLASIFICACION DE LOS TRIBUTOS - Impuestos: Es una clase o tipo de tributo, cuya obligación tiene como hecho imponible, una situación independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente. Es la obligación pecuniaria que el estado en virtud de su poder de imperio exige a los ciudadanos, para la satisfacción de sus necesidades. A diferencia de las tasas, el impuesto no implica una contraprestación directa de servicios. El término impuesto enfoca aspectos como prestación obligatoria, sujeto activo, poder tributario, capacidad económica, legalidad, obtención de recursos y sobre todo la situación de hecho en que se encuentre el sujeto pasivo. Moya (1998) define impuesto como “Tributo exigido por el Estado a quienes se hallan en situaciones consideradas por la Ley como hechos imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a toda actividad estatal relativa al obligado” (pág. 168-169). 168-169). La clasificación de impuestos se enfoca de diversas formas o estructuras de acuerdo al análisis establecido por autores que versan sobre el tema. González Raziel (1994) establece una clasificación de impuestos, que va dirigido a la aplicabilidad del impuesto al consumo. Dicha clasificación la establece: según su procedencia (auténticos, no auténticos); según la relación entre el sujeto activo y pasivo (directos e indirectos); según la tarifa
IMPUESTO Elimpuesto Elimpuestoes es pues, jurídicamente, como todos los tributos unainstitución dederecho dederecho público, público, por lo que es una obligaciónunilateral impuesta coactivamente por el Estado en virtud de supoder de imperio. Ya que es un hecho institucional que vanecesariamente unido a la existencia de un sistema social fundadoen lapropiedad lapropiedadprivada privada o que al menos reconozca el uso privado deciertos bienes bienes.. Tal sistema social importa la existencia de un órganodedirección órganodedirección(el (el Estado) encargado de satisfacer
necesidadespúblicas. Como ellos requiere gastos, y por consiguientes ingresos,se lo inviste en la potestad de recabar coactivamente cuotas deriqueza de los obligados sin proporcionarlesserviciosconcretosdivisibles algunos acambiocomo retribución.Teniendo pues en cuenta lo antes dicho se sintetiza elconceptode lasiguiente manera: "son impuestos las prestaciones en dinero o enespecies, exigidas por el Estado en virtud del poder del imperio, aquienes se hayan en las situaciones consideradas por la ley como loshechos imponibles" 2 .1.2.1.1. CARACTERÍSTICAS ESENCIALES • Una obligación de dar dinero o cosa (prestación). • Emanada del poder de imperio estatal, lo que se supone suobligatoriedad y la compulsión para hacerse efectivo sucumplimiento. • Establecida por la ley. • Aplicable a personas individuales o colectivas. • Que se encuentren en distintas situaciones predecibles comopuede ser determinada capacidad económica, realización deciertos actos, etc. • 1.2.1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS Tradicionalmente los impuestos se dividen en Directos e Indirectos,por lo que hace radicar la clasificación en el sistema dedeterminación y cobro adoptado por la legislación de cada país,considerando directo
como el impuesto que afecta cosas osituaciones permanente y que se hace efectivo mediantenóminasopadrones, e indirecto
al impuesto que se vincula con actos osituaciones accidentales, pero prescindiendo de su carenciade valorcientífico en un hecho tan mudable y arbitrario como eslaorganizaciónadministrativa.De tal forma, por último se concluye expresando que losimpuestos directos
se dividen, a su vez, en personales (subjetivos) y reales (objetivo) según tenga en cuenta lapersonadel contribuyenteo a la riqueza en si misma sin atender a las circunstanciaspersonales. Un ejemplo de los impuestos personales se encuentra, laimposición progresiva sobre la renta global que tienen en cuentasituaciones como las cargas defamilia, el origen de
renta, etc. Así,como un ejemplo de los impuestos reales están, los impuestos a losconsumos o el impuesto inmobiliario.1.2.2. TASA Es el tributo que probablemente mayores discrepancia ha causado y el que mas dificultades presenta para su caracterización. Ello, sedebe en parte, a que quienes la han tratado han confundidoelementos económicos, jurídicos y políticos pero que con el pasardeltiempose a logrado que a demás de estas razones se obtenga lacaracterización correcta de la tasa en donde tiene trascendencia en virtud del tan necesario perfeccionamiento enlaconstrucción jurídica de la tributación.De modo que se define la tasa como " un tributo cuyo hechogenerador está integrado con un actividad del Estado divisible einherente, hallándose esa actividad relacionada directamente con elcontribuyente".
CARACTERÍSTICAS ESENCIALES Surgiendo por consiguiente ciertas características esenciales de latasa como lo son: Elcaráctertributario de la tasa, lo cual significa, según lacaracterización general "una prestación que el Estado exige enel ejercicio de su poder de imperio". o
Es necesario que únicamente puede ser creada por la ley. o
La noción de tasa conceptúa que su hecho generador "seintegra con una actividad que el Estado cumple" y que está vinculada con el obligado al pago. o
Se afirma que dentro de los elementos caracterizantes de latasa se halla la circunstancia de que "elproductode larecaudación sea exclusivamente destinadoalserviciorespectivo". o
Elservicio de las tasa tiene que ser "divisibles". o
Corresponde el examinar la actividad estatal vinculante endonde "debe ser inherente a lasoberaníaestatal".1.2.2.2. CLASIFICACIÓN DE LAS TASAS Dada a la importancia relativa de las tasas, la misma se clasifica de lasiguiente manera:Tasa Jurídicas : • De jurisdicción civil contenciosas (juicios civiles propiamentedichos, comerciales, rurales, mineros, etc.) •
De jurisdicción civil voluntaria (juiciossucesorios,informaciónsumaria, habilitaciones de edad, etc.) • De jurisdicción penal (procesodederecho penalcomún y derecho penal contravencional)Tasas Administrativas : • Por concesión y legalización dedocumentos u certificados(autenticaciones, legalizaciones, etc.) • Por controles, fiscalizaciones, inspecciones oficiales (salubridad,pesas y medidas, etc.) • Por autorizaciones, concesiones y licencias (permisos deedificación, de conducir, de caza y pesca, etc.) • Por inscripción de losregistrospúblicos (registrocivil, delautomotor, prendario, etc.)
DIFERENCIA DE LAS TASAS CON LOS IMPUESTOS Teniendo en cuenta correctamente de lo que es tasa se plantean unaserie de diferencia con los impuestos, pero si bien es cierto no existeuna diferencia sustancial entre el impuesta y la tasa ya que sonafines jurídicamente. Y es por esto que el criterio de diferenciaciónradica en lanaturalezade la relación entre el llamado organismopúblico y el usuario del servicio o la persona a quien le interesa laactividad y en ese sentido debe analizarse si hay de por medio unarelación contractual (pago fundado en la voluntad d las partes) o unarelación legal (pago por mandato de ley; independientemente de la voluntad individual). Si la relación por consiguiente es contractualhabrá ingreso de derecho privado (Impuesto) y si es legal será tasa. Además se puede decir quela tasa se encuentra vinculada con actividad estatal; actividad éstaque no existe en el impuesto ya que el mismo trata de un tributo no vinculado.1.2.3. CONTRIBUCIONES ESPECIALES Por su fisonomía jurídica particular se ubican en situaciónintermedia entre los impuestos y las tasa. Esta categoría comprendegravámenes de diversanaturalezadefiniéndose como "los tributosobligatorios debidos en razón de beneficios individuales o degrupos socialesderivados de la realización de obras, o gastos públicos, oespeciales actividades del Estado." 5 1.2.3.1. CARACTERÍSTICAS ESENCIALES
Según esta definición las contribuciones especiales adquieren mayoramplitud limitándose a la llamada contribución de mejoras porconsiderar que gravámenes generales incluidos en esta categoríaconstituyen verdaderos impuestos, incorporando también lasprestaciones debidas por la posesión de cosas o el ejercicio de lasactividades que exigen una erogación o mayores gastos estatales. Y es por esto que elconceptode "contribución especial "incluye lacontribución de mejoras por validación inmobiliaria a consecuenciade obras públicas, gravámenes de peaje por utilización de víasdecomunicación(caminos, puentes, túneles) y algunos tributossobre vehículos motorizados y diversas contribuciones que suelenllamarse Parafiscales, destinadas a financiar laseguridad social, la regulacióneconómica, etc. Si bien la contribución especial es un tributo y comotal es coactivo, presenta relevancia la aquiescencia delacomunidadlograda por la vinculación de dichos gravámenes conactividades estatales de beneficio general.1.2.3.2. DIFERENCIA DE LAS CONTRIBUCIONESESPECIALES CON LOS IMPUESTOS Y LAS TASAS La diferencia de contribución especial con respecto a otros tributoses indiscutible, distinguiéndose del impuesto por que mientras en lacontribución especial se requiere una actividad productora de beneficios, en el impuesto la relación no correlativa a actividadestatal alguna. Con la tasa, tiene en común que ambos tributosrequieren determinadaactividad estatal, pero mientras en la tas se sólo se exige un servicioindividualizado en el contribuyen, aunque no produzca ventaja, esta ventaja o beneficio es esencial en la contribución especial. 3.CARACTERÍSTICAS DEL PODER TRIBUTARIO Para completar todo lo que anteriormente se ha venido tratandoacerca de los tributos, es necesario nombrar y explicar lascaracterísticas que lo identifican."Los elementos esenciales del poder tributario son los siguientes;abstracto, permanente, irrenunciable e indelegable" 6 a) Abstracto : algunos autores expresan que el poder tributario noes abstracto sino que necesita para poder existir que se materialicé elpoder del estado en un sujeto. "El poder tributario es esencialmenteabstracto. Lo que ocurre es que se confunde la potestad derivada delpoder de imperio que pertenece al estado y que le otorga el derechode aplicar tributos, con el ejercicio de ese poder" 7 , es decir una cosaes el derecho de actuar y otra distinta la ejecución de ese derecho enel campo de la materialidad. El cumplimiento de la obligación notiene que ser lo primero para que pueda existir el poder tributario. b) Permanente
: el Poder Tributario es natural al Estado, es decir,nace con él y pertenece a él y se deriva de lasoberanía, por lo tantono puede extinguirse sino con el Estado mismo, he ahí su sentido de
permanencia. En realidad que lo que se puede extinguir con eltiempo es el derecho a ejecutar lasobligacionesque se manifiestanen el ejercicio del Poder Tributario "porque loscréditosdel Estado,lo mismo que loscréditosparticulares caducan o prescriben porrazones deinteréssocial, por necesidad de certeza del derecho" 8 c) Irrenunciabilidad : esta característica indica que el PoderTributario no puede desprenderse del Estado, o mejor dicho elEstado no puede desprenderse de este atributo esencial. El Estadono puede subsistir sin este poder, el Estado necesita de él, así mismocomo los seres humanos necesitamos elairepara poder vivir y por lotanto realizar todas las actividades para los que fuimos creados. Asímismo los órganos o los integrantes del Estado carecerían delderecho de renuncia, es decir, no pueden renunciar a este poder.d) Indelegable : esta característica tiene mucho que ver con laanterior ya que expresa que así como el poder tributario esirrenunciable, también es indelegable.Renunciar; implica tener derecho a desprenderse del algo en formaabsoluta y total, encambiodelegar implicaría transferir eso aterceros de manera transitoria. El Poder Tributario es indelegable, esdecir, no setiene el derecho de traspasarlo o transferirlo de ninguna manera aotras personas o jurisdicciones. La facultad de delegar es propio delos "poderes" por los cuales esta gobernado el pueblo venezolano, tales el caso que elpoder legislativode nuestraNACIÓNtiene laimportante facultad de delegarle alPoder Ejecutivola capacidad desolucionar y arreglar detalles que faciliten la ejecución de un buengobierno para cualquier país, al igual que los otros poderes tienen lamisma facultad, en cualquiera de los casos.1.4. UNIDAD TRIBUTARIA Es una medida que permite actualizar a la realidad inflacionaria losmontos delos valoresque se encuentran en las diferentesleyes. (Veranexo nº1)1.5. PRESIÓN TRIBUTARIA
EL SISTEMA TRIBUTARIO 2.1. DEFINICIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO "Cada conjunto de tributos es el resultado delasinstituciones jurídicas y políticasde un país, desuestructurasocial, de la magnitud de sus recursos, de la formadedistribuciónde los ingresos, de su sistema económico " 11
, es decirque el sistema tributario está formado y constituido por el conjuntode tributos que estén vigentes en un país determinado y porsupuesto, en una época establecida. Esto explica que cada sistematributario es distinto a otro, ya que cada uno de ellos está integrado y formado por los variados impuestos que cada país adopte según seasuproducción, formaspolíticas, tradiciones, y naturaleza geográficade los mismos.El estudio de un sistema tributario debe limitarse a una épocaestablecida y circunscripta debido a la eminente y muy rápidaeducaciónsocial y económica por lo que gracias a esto seaprecia la necesidad de unaeducaciónde lasnormaslegales, estotiene su base en que "el derecho debe seguir a la vida, ya que de locontrario se convierte en algo hueco y carente de significado humano".
El tributo, según la legalidad que rige en los respectivos estados dederecho, sólo surge de la ley,productode esto es que en un sistematributario en buen funcionamiento es siempre un ordenamientolegal establecido. De allí proviene la gran importancia del estudio delSistema Tributario en relación ala ciencia jurídica que estudia lostributos, es decir, elderecho tributarioes obviamente que está muy unido a la Contaduría Pública; pero es necesario aclarar que paraestudiar los Tributos en particular es indispensable realizar unexamen intenso a la política, economía,administraciónfiscal,sociedad en general, en fin, conocer los lineamentos generales delSistema Tributario en un determinado país. • Régimen y Sistema Tributario: "Un sistema es un conjunto racional y armónico de las partes queforman un todo reunidas científicamente por unidad de fin " 12 aquí eobserva la diferencia entre el Sistema y Régimen, y que "cuando lasreglas se imponen o se siguen en forma orgánica, sin orden y sininvestigación de causa, con el solo propósito de lograr mas fondos,se está en presencia de un régimen, y no de un Sistema Tributario.". 13 Si bien, se observa el Sistema Tributario como aquel que nocarece de un vinculo lógico determinado, por lo que es necesarioaclarar que en la practica, nuestra vida cotidiana es demasiadodifícil, que los Tributos ofrezcan entre sí ese " encargue lógico ".Se debe aceptar entonces, que el concepto de Sistema Tributarioaparece como meta o como aspiración más que como explicación dealgo existente.2.2. EVOLUCIÓN HISTÓRICA LaEstructura Tributaria ha sido directamente influida en losdistintos países por elprocesodeevoluciónhistórica y económica. A mediados del siglo XIX y bajo el imperio de las ideas liberales, lossistemas tributarios de los diversos países asumen determinadascaracterísticas con predominio de los impuestos de tipo objetivo;dichos impuestos de tipo objetivo no consultan la capacidadtributaria. Al avanzar la industrialización y el Estado, el sistema tributarioamplía su campo de acción, y debido a esto surgen una gran variedad de razones que van variando las características objetivas delos sistemas tributarios, así que comienza a desarrollarse elimpuesto general y progresivo a la renta de tipo subjetivo, que es degraneficienciay rendimiento por lo que es considerado como unagente consultivo de la equidad, la capacidad constructiva y es inútilel instrumento dedistribuciónde las riqueza, de aquí en adelantediversos países comienzan a adoptar estos impuestos de tiposubjetivo, basándose en la imposición que tiene por mira la persona y no los objetivos gravados.Los sistemas tributarios en general, tienen como
base fundamentalel impuesto progresivo de las rentas de las personas físicas queasocia elpatrimonioy laherenciacomo complemento se mantienenlos impuestos a los consumos en general.En la actualidad se comienza a pensar que dicho impuesto no alientani ayuda al bienestar de lasinversiones, no ayuda a la mejora de laproducción y es sumamente fácil d evadirlo, debido a esto, se creeque es dañino para el funcionamiento de los sistemas tributarios. Latendencia progresiva para los próximos años, es mantener y afianzarel impuesto a las ventasque es la forma del muy conocidoImpuestoal Valor Agregado(IVA ).2.3. TIPOS DE SISTEMAS TRIBUTARIOS Se distinguen dos tipos de Sistema Tributarios: El Racional y elHistórico.El Sistema Racional es cuando el legislador es quien crea demanera libre la armonía entre los objetivos que se persiguen y losmediosempleados. El Sistema Histórico a diferencia que elRacional dicha armonía se produce sólo de manera espontánea de laEvolución Histórica. "No obstante la distancia que existe entre loideal enmateriatributaria y la realidad legislativa, siempre existecierta armonía entre los diversos impuestos, por muy rudimentariaque sea la hacienda de un país. " 14 Por otra parte existe en casi todos los gobiernos la tendencia alperfeccionamiento de los instrumentos tributarios ya que s unfenómeno constante; se llega a la conclusión que ambos elementos"Racional e Histórico "actúan en todas lasestructurasfiscales, y es
necesario dejar establecido la participación y aporte en cadaSistema. No hay una clara distinción entre el Sistema Racional y elHistórico, sino que se observa si en determinada estructuratributaria predomina la realidad buscada mediante la combinaciónde la reclamación de impuestos o tributos, con arreglo a unplanquepermita el logro de los objetivos de la política financiera (Esto sepodría considerar un Sistema Tributario Racional), o si al contrario;se consiguen una variedad de tributos que han ido surgiendo a raízde las necesidades monetarias estatales, esto o se puede considerarcomo Racional ya que no existe armonía entre los tributos ni con losobjetivos fiscales del Estado (Por consiguiente se podría considerarun Sistema Tributario Histórico). • Requisitos de un Sistema Tributario Racional :Losproblemasque pueden resolver los sistemas tributarios puedenser de diferentes aspectos. Del aspecto fiscal, es necesario que lostributos que forman el sistema sean productivos, en todas las etapas.Del aspecto económico, es necesario que el sistema tenga flexibilidadfuncional suficiente para convertir la fiscalidad en instrumentodepromocióneconómico y no de manera contraria como un trabajopara la producción nacional y s por esto que se debe tener en cuentaque la acción tributaria debe evitar distorsiones en la economía.En el aspecto Social, "los tributos deben ocasionar un mínimosacrificios a los contribuyente y distribuirse equitativamente entrelos ciudadanos según su aptitud de prestación patrimonial." 15 Delaspecto Administrativo, el sistema debe ser lo mas sencillo posible,para que produzca convicción a los contribuyentes con respecto almodo de pago, lugar y fecha, etc. Todo esto debe provenirdenormasclaras y presidas, además el pago debe resultar cómodoen cuanto al tiempo en el que el contribuyente se encuentre enmejores condiciones económicas.En conclusión los Sistemas Tributarios deben ser productivos,elásticos, compatibles con la renta nacional y con las ideas de cadaépoca.2.4. PRINCIPIOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO 2.4.1. PRINCIPIO DE LEGALIDAD "Los tributos se debe establecer por medio de leyes, tanto desde elpunto de vista material como formal, es decir, por medio dedisposiciones decarácter general, abstracta, impersonales y emanadas delpoder legislativo" 16 Este principio halla su fundamento en la necesidad de proteger a loscontribuyentes en su derecho depropiedad, por cuanto los tributosimportan restricciones al mismo que ya en su defecto parte de
supatrimonio es tomado por el Estado. "El Estado no puede penetrar asu arbitrio en los patrimonios particulares para sacar de ellos unatajada para su placer." 17 Los caracteres esenciales de tributos, laforma, contenido y alcance de la obligación tributaria estéconsignado expresamente en la ley, de tal modo de que el Estadojosea arbitrario de laautoridadni del cobro del impuesto, sino que elsujeto pasivo pueda conocer la mejor forma de contribuir con losmismos.2.4.2. PRINCIPIO DE GENERALIDAD Este principio alude al carácter extensivo de la tributación y significaque cuando una personafísicao ideal se halla en las condiciones quemarcan, según la ley, la aparición del deber de contribuir, este deberdebe ser cumplido, cualquiera que sea el carácter del sujeto,categoría social,sexo, nacionalidad, edad o cultura. La generalidadsurge del artículo 133 delConstituciónNacional ya que ordena quesin excepción "toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastospúblicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones queestablezca la ley."2.4.3. PRINCIPIO DE IGUALDAD Señala que no debe excluirse a ningún sector de lapoblaciónpara elpago del tributo. El principio deigualdadestablece en artículo 21 delaConstituciónBolivariana de Venezuela que "todas las personas soniguales antes la ley, en consecuencia:1.- No se permitirá discriminaciones fundadas en la raza, elsexo, elcredo, la condición social o aquella que, en general, tenga por objetoo por resultado anular el reconocimiento, goce o de ejercicio encondición deigualdad, de losderechosy libertades de toda persona .
2.- La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativaspara que la igualdad ante la ley sea real y efectiva, adoptará medidaspositivas a favor de personas ogruposque puedan serdiscriminados, marginados o vulnerables.3.- Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo lasfórmulas diplomáticas.4.- No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias."2.4.4. PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD Este principio describe que a mayor capacidad económica mayorserá el pago producido ya que habrá un alto nivel de vida delapoblacióndando paso a la obtención de un sistema tributarioeficiente para la recaudación de los tributos.2.4.5. PRINCIPIO DE NO CONFISCACIÓN Establece que no debe cobrarse el tributo de manerapersonal, sdecir, ninguna persona podrá ser sometida aesclavitudoservidumbre ya que el trato con las personas y en particular con lasdeniños, mujeres y adolescentesen todas sus formas estarán sujetasa las normas previstas en la ley.2.4.6. PRINCIPIOS NO CONSTITUCIONALES 2.4.6.1. PRINCIPIO DE CERTEZA Señala que el tributo debe estar establecido con todo lo relativo aéste lo más claro posible.2.4.6.2. PRINCIPIO DE SIMPLICIDAD Debe ser lo más simple posible para el acceso del contribuyente.2.4.6.3. PRINCIPIO DE SUFICIENCIA Se relaciona con el principio de simplicidad, y éste se traduce que enmenor número de tributos mayor será la recaudación. Se hará máseficiente porque si los tributos son pocos se necesita que seanaltamente rendidores.2.5. EL SISTEMA TRIBUTARIO EN VENEZUELA Venezuela como unos de los principales países exportadoresdepetróleoobtenía sus ingresos de este, por lo que no le habíatomado real importancia a las tributaciones, considerándose comouno de los países con más baja carga impositiva.Desde hace algunos años los ingresos provenientes de los recursospetroleros se hicieron insuficientes y cambiantes. Por lo que elGobierno en los últimos periodos han buscado otras formas definanciación que le sean más efectivas.En este sentido, y desde hace algunos años, se inicio en nuestro paísun esfuerzo de modernización del estado cuyo principal objetivoconsistió en procurarsolucionesa la gravecrisisdel sistema delasfinanzas públicas.La aplicación de la primeraestrategiase inicio en el año 1989, con lapropuesta de una administración para el Impuestodel ValorAgregado, que luego fue asumiendo paulatinamenteelcontrolde todos los tributos que conformaban el
sistemaimpositivo nacional para ese momento. A mediados de 1994, se estructura unprogramade reformatributaria, dentro de un esfuerzo de modernización delasfinanzas públicas de los ingresos, que en Venezuela se denomino"sistema degestióny controlde lasfinanzas públicas" (SIGECOF), elcual fue estructurado con el apoyo delBanco Mundial, propiciandoasí a la actualización del marco legal y funcional de la HaciendaPública Nacional.Dentro de todos estos cambios que se fueron suscitando en Venezuela en el marco legal y funcional de la Hacienda PúblicaNacional, también se considero importante dotar al estado de unservicio de formulación de políticas impositivas y de administracióntributaria, cuya finalidad consistía en reducir drásticamente loselevados índices de evasión fiscal y consolidar un sistemadefinanzaspúblicas, fundamentado básicamente en los impuestosderivados de la actividad productiva y menos dependiente delesquema rentista petrolero. Este cambio tan relevante se logro através de la creación del Servicio Nacional Integrado de la Administración Tributaria (SENIAT). Conjuntamente a la creacióndel SENIAT, se adopto un sistema de contribuyentes especiales para
atender y controlar a los contribuyentes de mayor relevancia fiscal,logrando de esta forma el control de, una parte importante de larecaudación mediante el uso de una menor cantidad de fondos,reorientando los recursos siempre escasos de nuestraadministración hacia los contribuyentes con mayor potencial fiscal. A partir de la reciente promulgación de la nueva constitución enDiciembre de 1999, el sistema tributario en Venezuela ocupa unlugar destacado en lospresupuestosde lanación. A partir del 16 de Enero de 2002 para hacer frente a los problemasfiscales que tiene el gobierno ante la caída de lospreciosdel petróleoel Presidente de Venezuela Hugo Chávez Frías anuncio crear elImpuesto del Debito Bancario (IDB), con el fin de subsanar parte deldéficit fiscal. El gobierno estima que las reformas de los impuestospermitirán obtener este año recursos adicionales.2.5.1. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA TRIBUTARIO EN VENEZUELA Partiendo de que toda sociedad se constituye con el objetivo delograr un fin común, se establecen las normas que han de regir sufuncionamiento conjuntamente con los organismos que seannecesarios para la realización de este fin colectivo. La constituciónde la República Bolivariana de Venezuela contiene los estatutos querigen el funcionamiento del país, y el articulo 136 establece que:"toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos"Para hacer efectiva esa contribución el estado recurre a los tributos(impuestos, tasas y contribuciones especiales)El articulo 316 de la constitución Bolivariana de Venezuela expresa:"el sistema tributario procurara la justa distribución de las cargaspúblicas según la capacidad económica del o la contribuyente,atendiendo al principio de progresividad, así como la protección dela economía nacional y la elevación de lacalidad de vidade lapoblación y se sustentara para ello en un sistema eficiente para larecaudación de tributos"En aplicación de esta disposición constitucional, el sistematributario establecerá la obligación de contribuir enatencióna lacapacidad económica del sujeto pasivo por lo que los tributos n pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendoal principio de progresividad, mecanismo que debe respetarse paraque el estado pueda cumplir con la obligación de proteger laeconomía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo. CONCLUSIONES Venezuela es un país cuya principal fuente de ingresos siempre aderivado del petróleo, de loshidrocarburosy de la explotación de losrecursos no renovables, pero que con el pasar del tiempo estosingresos provenientes de los recursos petroleros se hicieroninsuficientes y cambiantes para la Nación, por lo que le abre paso auna nueva búsqueda definanciamiento necesario para el logro
desus objetivos, que no son más que la de incrementar los ingresosestatales.Por esta razón nace de manera indispensable para el Estado laexigencia del pago de los tributos, otorgándole un carácterobligatorio al mismo, debido a que tiene como finalidad lograr el bienestar colectivo, tanto generando una mejor proteccióneconómica como elevando el nivel de vida del país .Por otro lado el no pagar los tributos trae como consecuencia variassanciones tales como la imposición de multas, el cierre deestablecimientos, decomisos de mercancías, privación delibertad,etc; regidas por la ley bien sea por la Constitución Nacional oelCódigo Tributario Venezolano. INDICE DE CITAS 1. VILLEGAS, Héctor B. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario. p. 67 2. GIULANI, Carlos M. Derecho Financiero. p.291 3. VILLEGAS, Héctor B. Ob. Cit. p.90 4. VILLEGAS, Héctor B. Ob. Cit. p.98 5. GIULANI, Carlos M. Ob. Cit. p.295 6. GIULANI, Carlos M. Ob. Cit. p.300 7. GIULANI, Carlos M. Ob. Cit. p.301 8. VILLEGAS, Héctor B. Ob. Cit. p.301 9. VILLEGAS, Héctor B. Ob. Cit. p.526 10. GIULANI, Carlos M. Ob. Cit. p.203 ¿Qué es el estado? El Estado es aquel conjunto de organizaciones que en su totalidad poseen la facultad de establecer las normas que guiarán una determinada sociedad, ejerciendo su poder en un territorio previamente establecido. Esta soberanía permite que dentro de los poderes de un Estado se puedan encontrar otras importantes instituciones, como lo son las Fuerzas Armadas, la policía y la administración pública. Como se puede intuir a partir de la definición de Estado, se trata de algo bastante fácil de confundir con el Gobierno, sin embargo, se diferencian en que este último es el que va cambiando con las diferentes personas que ocupan cargos durante períodos de tiempo previamente delimitados, mientras que el Estado es aquel que opera bajo instituciones
permanentes en el tiempo, por lo que se trata de algo que se construye paso a paso con la historia de cada nación. Para que un Estado se constituya como tal, es necesario que cuente con ciertos elementos básicos. Entre ellos se encuentra el Pueblo, cuya principal característica radica en su universalidad. El pueblo es considerado como el componente más elemental de un Estado, de este modo, no podría existir Estado sin pueblo ni pueblo sin Estado. Otro de los elementos básicos es el Poder, que se define como la capacidad de ejercer un dominio y control a las personas, y de este modo, poder reglamentar su comportamiento y actividad. El ejercicio del poder puede ser llevado a cabo en forma voluntaria, o bien a la fuerza, sin embargo, del modo que sea, supone cierto nivel de subordinación de las personas al Estado. En tercer lugar, el Territorio, el que se comporta como otro de los elementos constituyentes del Estado, y se define como aquel espacio físico dentro del cual es posible ejercer el poder estatal, y que permite diferenciar y dar independencia del poder que ejercen otros Estados sobre otros territorios. En este sentido muchas veces se usa el termino para referirnos a un país, lo que no siempre es válido como consenso en todo el mundo, ya que también hay estados que determinan regiones administrativas dentro de un país, como lo son aquellos pertenecientes a EE.UU., por ejemplo
Gasto publico Se define como gasto público las erogaciones en que incurren el conjunto de entidades estatales de un país. El gasto público comprende las compras y gastos que un estado realiza en un periodo determinado, que por lo general es un año. Dentro del gasto público están los gastos d e inversión, los gastos de funcionamiento y los gastos destinados al servicio de la deuda tanto interna como externa, esto es al pago de intereses y amortización de capital.
Toda erogación o salida de dinero originada en una empresa o entidad estatal, hace parte del gasto público.
Se incluyen dentro del gasto público inclusive las erogaciones de entidades descentralizadas, tanto nacionales como provinciales y municipales. El gasto público es uno de los elementos más importantes en el manejo macroeconómico de un país, puesto que dependiendo del nivel de gasto que realice el estado, así mismo será el efecto que se tenga dentro de la economía. El gasto público puede desde dinamizar la economía hasta ser el causante de fenómenos como la inflación y la devaluación y/o revaluación de la moneda.
El gasto público es también uno de los elementos que inciden en la política impositiva de un país y en el conocido déficit fiscal, fenómeno común a todos los estados.
¿Qué es presupuesto?, El presupuesto es un cálculo o estimación tanto de los ingresos y egresos que espera tener una organización, bien sea pública o privada en un periodo de tiempo de terminado, por lo general son de un año, pero no necesariamente tiene que ser ese lapso de tiempo. El presupuesto se diferencia de otros estados financieros debido a que representa una proyección de lo que se espera tener, es decir, es una vista del futuro que la empresa espera tener en determinada unidad de tiempo.