UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA)
Tema:
Tarea III
Sustentado por:
Victor Manuel Lobera Rodríguez
Facilitador Nieve Peña
Santiago, Provincia. Santiago de los Caballeros 11/11/2018
INTRODUCCIÓN Al introducir estos temas de investigación acerca de la competencia de la Jurisdicción Inmobiliaria van a encontrar las diferentes competencias jurisdiccionales, así como el concepto concepto de esta y en que se basa basa cada una de ellas. También se presenta Las clasificaciones de las acciones posesoria como también el mapa conceptual de la misma. Y las diferencias entre certificado de título y constancia anotada.
1-Realiza un análisis acerca de la competencia de la l a Jurisdicción Inmobiliaria a) Concepto de competencia. Son las capacidades con diferentes conocimientos, habilidades, pensamientos, carácter y valores de manera integral en las diferentes interacciones que tienen los seres humanos para la vida en el ámbito personal, social y laboral.
b) Clases de competencia. La competencia genérica o "jurisdicción": Criterio mediante el cual se establece una parcelación del ordenamiento jurídico en diversas ramas jurídicas, de común aceptación, como son el derecho civil, el derecho penal, el derecho administrativo y el derecho laboral. La competencia objetiva: Criterio que permite distribuir el ejercicio de la potestad jurisdiccional entre los órganos jurisdiccionales de un mismo orden jurisdiccional en atención a la naturaleza de la pretensión procesal que constituye el objeto de cada proceso. La competencia funcional: Criterio que determina a que órgano jurisdiccional corresponde conocer y decidir los incidentes y recursos que se presentan en el proceso. Téngase como ejemplo los recursos devolutivos, su resolución se atribuye a un órgano jurisdiccional distinto al que ha dictado la resolución recurrida La competencia territorial: Criterio que determina la circunscripción territorial en la que ha de tener su sede el órgano jurisdiccional con competencia objetiva y funcional. No confundir con las normas de d e reparto de asuntos. c) Competencia de la Jurisdicción Inmobiliaria. La Jurisdicción Inmobiliaria tiene competencia exclusiva para conocer de los derechos inmobiliarios y su registro en República Dominicana, desde que se solicita la autorización para la mensura y durante toda la vida del inmueble, salvo las excepciones previstas en el marco legal. El sector inmobiliario está regulado fundamentalmente por la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario del 23 de marzo de 2005, (modificada por la Ley 51-07 del 23 de abril de 2007), la cual norma el registro de los derechos reales inmobiliarios en todo el territorio Dominicano, implementando el sistema de publicidad inmobiliaria del país.
La Jurisdicción Inmobiliaria está compuesta por: Tribunales Superiores de Tierras. Tribunales de Jurisdicción Original. Registro de Títulos. Dirección Nacional de Registro Mensuras Catastrales. Catastrales. Dirección Nacional de Mensuras Así mismo es integrante del Abogado del Estado. d) Competencia de los Tribunales de de Tierras de Jurisdicción Original Original.
Tribunales de Jurisdicción Original. Son tribunales unipersonales que conocen en primer grado, el saneamiento, Litis sobre derechos registrados y actuaciones administrativas dentro de la jurisdicción a la que corresponden. Se encuentran adscritos a un Tribunal Superior de Tierras. En la actualidad existen veintitrés (23) Tribunales de Jurisdicción Original, uno en cada Provincia sede de un Registro de Títulos, con la excepción de Azua, que no cuenta con un Registro de Títulos.
En ciertos Distritos Judiciales, los Tribunales de Jurisdicción Original están divididos en salas: En el caso caso del Distrito Distrito Nacional existen existen seis salas. salas. provincia de Santiago de los Caballeros existen dos salas. salas. En la provincia En la provincia provincia de La Vega existen dos salas. salas. En la provincia provincia de San Francisco Francisco de Macorís existen existen dos salas. e) Competencia de de los Tribunales Tribunales Superiores Superiores de Tierras. Tierras.
Son los tribunales de segundo grado que conocen de las apelaciones contra las decisiones que emanan de los tribunales de tierras de Jurisdicción Original, así como del recurso de revisión por causa de fraude, contra las sentencias de saneamiento y los recursos administrativos contra las resoluciones emitidas por los tribunales de tierras de Jurisdicción Original, que se encuentran dentro de su jurisdicción.
2- Las acciones de acuerdo a diversas clasificaciones doctrinales y legislativas se dividen en 3 tipos: La clasificación de las acciones posesoria.
Acciones reales y personales.
Acciones de condena, condena, declarativas, declarativas, constitutivas, cautelares cautelares y ejecutivas. ejecutivas.
Acciones nominadas e innominadas.
MAPA CONCEPTUAL CON LA CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES POSESORIA.
f) Indicación de de las principales diferencias entre certificado certificado de título y constancia anotada. Un concepto del certificado de títulos, es establecido como el documento oficial en que se registra el nombre del propietario como garantía de su derecho real registrado. Este para que sea efectivo debe registrarse en la oficina de registro de título correspondiente. Ahora bien, la Carta Constancia son documentos emitidos por el registro de títulos, el cual no cuenta con una designación catastral propia, el mismo acredita un derecho de propiedad sobre una porción de parcela. Por lo general se establece que una carta constancia en un “título sin deslindar”, esta se identifica ya que en su encabezado dice “constancia de venta anotada” ¿En qué se diferencian? “ambos hacen constar un derecho de propiedad”
Certificado de título
Individualiza la designación catastral. El original queda en la JI Propietario obtiene duplicado. Copropietario se le entrega entrega un extracto de título. Pueden ser emitidas emitidas para condominios condominios Acreedores se se le entrega un un certificado del tirulo, como constancia de su der. Real accesorio. Publicidad del registro. Las mejoras mejoras se inscriben en él. Las garantías se inscriben.
Carta constancia
No tiene designación catastral propia. Emitidos para para ventas ventas parciales parciales preexistente preexistente Emitidos para ventas totales No se puede construir condominios condominios sobre Cartas Constancias (art190 RGM).
2. A partir del estudio estudio de las etapas etapas del saneamiento; saneamiento; realización de un procedimiento de saneamiento completo. Proceso de Autorización. 1. Solicitud de autorización autorización dirigida a la Dirección Dirección Regional de Mensuras Mensuras Catastral, firmada por el o los reclamantes y el Agrimensor Contratista, debidamente notariada. La solicitud debe indicar las colindancias del inmueble a sanear. 2. Declaración escrita de posesión indicando el tiempo de ocupación del inmueble. 3. Croquis de la Parcela. 4. Decisión de los tribunales, tribunales, si aplica. aplica. 5. Poderes de representación y/o Acta de Asamblea, si aplica.
Proceso Técnico. 1. Autorización. 2. Acta de Hitos y Mensura. 3. Carta de conformidad de los solicitantes. 4. Plano General. 5. Planos Individuales. 6. Informe Técnico. 7. Plano Individual por parcela. 8. Aviso de Mensuras. 9. Declaración de posesión. 10. Poderes si existieren. 11. Original Certificada de la Decisión si aplica. 12. CD con archivo XML y datos de la georreferenciación. 13. Fotos del aviso en el inmueble y Publicación certificada por el Periódico. 14. Notificación a los colindantes. 15. Acta de Asamblea y/o poder original si aplica.
CONCLUSIÓN Luego de haberme embarcado en el estudio e investigación de todos los pormenores de la ley 108-05, o sea, la Ley de Registro Inmobiliario, debemos concluir que realmente existen un sinnúmero de problemas dentro de los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales, las competencias jurisdiccionales, la clasificación de las acciones posesoria. Las cuales pudimos apreciar en este trabajo de investigación.
BIOGRAFÍA http://tareasjuridicas.com/2015/11/09/clasificacion-de-las-acciones/ http://tareasjuridicas.com/2016/10/01/ diferencias entre certificado de título y constancia anotada./