RESUMEN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO I.
Terminología
National Conflicts of Law Joseph Store 1834 International Conflicts of Law Jeremy Bentham -Derecho de colisión choque o colisión de normas jurídicas -Derecho de elección norma competente prevalece -Derecho transfronterizo transfronterizo viaja mas allá de las fronteras -Derecho conflictual conflictual por tratarse de conflictos de leyes -Derecho internacional privado Story toma precedente de Bentham con derecho de las naciones y crea el internacional private law. I I.
CONCEPTO
Leonel Pérez Nieto Conjunto de normas jurídicas que regulan lo referente a la nacionalidad, conflictos de leyes, condición jurídica de los extranjeros, conflictos de competencial judicial internacional, conflictos de leyes en el espacio etc. – No sirve porque solo menciona el contenido – Carlos Arellano García Conjunto de normas jurídicas de derecho público (?) que determinan la norma jurídica aplicable (competente) en los casos de vigencia simultánea de normas de más de un estado que pretenden regular una situación concreta. Norma A ----- Norma B Regulan caso X Haroldo Texeiro Valladao Valladao Conjunto de normas jurídicas de derecho público que resuelve conflictos de leyes en el espacio por la confrontación de normas jurídicas convergentes y divergentes de más de un estado que pretenden regular en forma simultánea un caso concreto por medio de la norma jurídica de elección (choice of law rule) que no resuelve el asunto sino elige que norma resolverá el asunto, es decir, cual será la norma competente. ORDEN JURÍDICO DE DERECHO PÚBLICO QUE RESUELVE RESUELVE CONFLICTOS DE LEYES LEY ES EN EL ESPACIO ESPACIO A TRAVES TRAVES DE LA NORMA DE ELECCIÓN E LECCIÓN PARA DETERMINAR LA NORMA COMPETENTE DEBIDO A LA CONFRONTACIÓN DE NORMAS JURÍDICAS DE MÁS DE UN SISTEMA JURÍDICO CONSIDERANDO LOS PUNTOS DE CONEXCIÓN ENTRE DICHAS NORMAS JURÍDICAS
III. III. OBJE OBJET TO DERE DERECH CHO O INTE INTERN RNAC ACIO IONA NAL L PRI PRIV VADO ADO Mediante la choice of law rule determina la norma jurídica competente en un conflicto de leyes en el espacio particular y concreto.
IV. IV. CONTENIDO DE LA CHOICE OF LAW LAW RULE Se encuentra en una fuente formal del Derecho positivo. Debe ser localizada para que a través de ella se resuelva el conflicto de leyes. Ej: Constitución federal en materia de profesiones válidas en todo el país vs artículo 13 fracción II del CCQ. Escuelas importantes sobre el contenido a. Francesa. Temática a estudiar es la nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, los conflictos de leyes y de competencia judicial. b. b. Angl Anglos osaj ajon ona. a. La temática se limita a conflictos de leyes en el espacio y de competencia judicial porque la nacionalidad y la extranjería los considera puntos de conexión. c. Alemana Los conflictos de leyes en el espacio contemplan conflictos de competencia judicial todo lo demás son puntos de conexión. d. Neom Neomex exiicana cana Contempla nacionalidad, extranjería, conflictos de leyes y competencia judicial. Las primeras se consideran contenido importante.
V. FINES DEL DERECHO INTERNACIONAL INTERNAC IONAL PRIVADO PRIVADO 1. Armonización entre entre los sistemas jurídicos jurídicos contemporáneos 2. Mejor solución a los conflictos de leyes, cada estado cuenta con su propio sistema jurídico que causa una divergencia normativa por lo tanto se necesita unificarlos por medio de tratados, convenciones o costumbre internacional. 3. Mejores expectativas de justicia de un aso en concreto 4. Uniformidad de los sistemas jurídicos contemporáneos en cuanto a conceptos jurídicos en todo el mundo. VI.
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL INTERNAC IONAL PRIVADO PRIVADO A. HIST HISTOR ORIC ICAS AS Movimiento americano Primera época: Proliferación de tratados internacionales que tocan materias como civil, mercantil, derechos de autor, profesiones etc. 1826 – Tratado de Panamá 1873 – Tratado de Lima (1ero en derecho internacional privado) 1899 – Tratado de Montevideo Segunda época: 1928 – La habana – Extranjería y reglas de derecho internacional internacional privado en el Código Bustamante 1933 – 1945 – Montevideo – perfeccionan viejos tratados Tercera época: 1970 – La haya – Tatiana de Mercktl responde con la CIDIP (Conferencia interamericana interamericana de derecho internacional internacional privado) que se reúne cada cuatro o 6 años.
Movimiento europeo s. XX surge el Instituto de DERecho Internacional Privado 40´s – surge el Benelux – 1er tratado de libre comercio – Bélgica/Netherlands/Luxemburgo50´s – Conferencia en la Haya, Holanda de derecho internacional privado (1954) dan una pauta a convenciones sobre el mismo. Movimiento universal 80´s ---- Movimiento Movimiento de Nueva Cork Buscan la uniformidad del derecho ---- Moviemiento de Uncitral ----Movimiento de Unidroit internacional internacional privado. B. FORMALES FORMALES ( construc construccione cioness positi positivas) vas)
1. Ley Ley mex mexiicana cana Normas de derecho internacional privado en el sistema jurídico mexicano Dispersión = no hay códigos especializados Divergencia = contradicción de normas Diversidad temática = conflictos de leyes en diferentes materias •
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Impera el monismo nacional LA constitución está por encima de todo nada puede estar en su contra. Los tratados son infra constitucionales. Sin embargo se dice que la constitución es infra internacional porque nadie puede invocar su derecho interno para incumplir un tratado internacional salvo violación grave (que sea firmado por persona no autorizada) La Federal clause (legislaturas locales aprueban tratados) prohibida en México
2. Juri Jurisp spru rude denc ncia ia Interpretación vinculante sistemática del derecho positivo, de carácter uniforme en 5 casos análogos. Constituye una norma jurídica por tener carácter vinculante. En derecho internacional no son necesarios los 5 casos porque el primer argumento es invencible y los otros 4 se aplican al 1ero. Jurisprudencia Jurisprudencia ------- Nacional : Tribunales nacionales -------- Internacional: Internacional: Tribunales Tribunales internacionales *No son diferentes sino complementarias* complementarias* •
3. Princ Principi ipios os genera generales les del del derech derechoo Máximas universales utilizadas a falta de respuesta con la ley y la jurisprudencia. Son un proceso de abstracción a través de la costumbre hasta que se admiten como principios. Tienen un carácter interpretativo, supletorio y complementario. Principios generales en derecho internacional privado Locus regit actum: la ley del lugar rige r ige al acto
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Lex loci actum: se el lugar rige al acto la ley del lugar del acto regula la constitución del acto jurídico. Lex loci ejecutionis: los efectos del acto jurídico surten en el lugar donde se ejecuta el acto. Lex domicilium: regirá la ley del domicilio de la persona Domicilio donde la persona se encuentra desplazamiento ocasional Residencia donde reside la persona de manera habitual o simple Lex constitutionis: ley que rige la constitución de las personas morales. Ley del lugar cuya legislación constituye a la sociedad. Lex causa: ley de la causa, del origen del acto jurídico vinculada con los primeros principios. Lex fori: ley del foro. Problema de competencias. Determina Deter mina el tribunal competente, resuelve que ley procesal se aplica y los procesos de calificación. Lex dispositivum: ley de la autonomía de la voluntad de las partes. El derecho aplicable a un negocio jurídico determinado se determina por voluntad de las partes siempre que existan puntos de conexión. Lex rei sitae: ley de la ubicación d ela cosa. Se aplica ley del lugar donde estén los inmuebles. Mobila sequntur personae: los bienes muebles siguen a la persona y donde los adquieres se regirá por leyes de dicho lugar Lex mercatoria: ley del mercado. Conjunto Conjun to de reglas, usos y costumbres del mercado internacional. Si las partes no pactan nada se rigen por la lex mercatoria. Lex loci comissi delicti: ley del lugar de la comisión del delito regirá el juicio o proceso del delincuente. •
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4. Tratado ratadoss Inte Interna rnacio cional nales es Regulados por la Convención de Viena de 1969. Los define como acuerdos formales que requieren elementos esenciales cuya finalidad es crear una relación jurídica entre estados o bien entre estados y organismos internacionales. - Si Sisstem temas de rec receepci pción Directa automática – régimen monista– firma/aprobación/ratificación/publicación Indirecta – non selfing – treaty makes law – regimen dualista no hay supremacía constitucional – EU – Federal Clause – El tratado se incorpora una vez firmado. Monismo ---- Nacional (Primacía Constitución = Arts 76,89X, 133) ----- Internacional Internacional (Primacía Derecho Internacional) MERCKLE / KELSEN Jerarquía Constitucional artículo 133 Distribución de competencias ¿Qué nivel impera estadual o federal? De facto – Federal De iure – son Iguales La facultad del ejecutivo de suscribir tratados no es federal (no la contemplan leyes federales) sino es constitucional. Por lo tanto dicha facultad es supra legal pero infra internacional.
Pacta sunt Servanda someterse al orden nacional es mandato constitucional. Si el orden nacional contempla los tratados, estos deben cumplirse. Jerarquía normativa en México 1. Con Constitu tituci cióón 2. Tratado Tratadoss – infra const constituc ituciona ionales/ les/Supra Supra legal legales es 3. Leyes Leyes reglame reglamentari ntarias as de la la Constit Constitució uciónn (Generale (Generales) s) 4. Leyes Leyes Feder Federale aless y leyes leyes estad estadual uales es 5. Orde Ordena nanz nzas as munic municip ipal ales es Ámbito de competencia. competencia. El ejecutivo puede firmar tratados en todas las materias excepto sobre reos políticos y esclavos (Artículo 15 constitucional) Jurisprudencia sobre la jerarquía SCJN 1998. Artículo 13 133 Tratados po por en encima de de le leyes fe federales y generales pe pero por debajo de la Constitución. La facultad de suscribirlos emana de la misma. Los tratados solo obligan a quienes los suscriben 2007. Artículo 13 133 Tratados ad admiten di diferentes de denominaciones independientemente de su contenido = convención/pacto/protocolo/acuerdo/declaración/contrato Acuerdos interinstitucionales. interinstitucionales. Acuerdos de la administración pública de entidades federativas federativas y municipios con otros estados. Acuerdos semiformales. No tienen peso de tratados tienen menor jerarquía. Excepción al artículo 117 constitucional que prohíbe a las entidades federativas celebrar alianza o tratado con otro estado o potencia extranjera. VI. SIS SISTEMA TEMAS S JU JURÍDI RÍDICO COS S Y PERS PERSON ONAS AS Regla general Las personas están vinculadas al sistema jurídico del territorio donde se encuentren. La ley es aplicable en un territorio determinado y forma parte del orden positivo, que a su vez constituye un orden objetivo y nacional por lo tanto integra en sistema jurídico nacional. Sistema jurídico nacional integrado por instituciones, métodos, procedimientos, técnicas, doctrina, orden jurídico etc. VII. PUNTOS PUNTOS DE DE CONEXI CONEXIÓN ÓN = conjunto conjunto de eleme elementos ntos o factore factoress de de tipo tipo materi material, al, personal, formal que provocan el contacto entre normas jurídicas de más de un sistema jurídico – vinculación con sistemas y personas – No debe residir la persona en el territorio para sujetarse al orden normativo o sistema jurídico del país. Materiales: ser dueño de bienes en otro país Personales: postularse postularse para un cargo público con dos personalidades Formales: casarse con mexicanos en otro país. * El problema existe cuando el conflicto de leyes vincula a personas con sistemas jurídicos de familias diferentes, ya que complica su resolución *
Principales puntos de conexión: NACIONALIDAD, EXTRANJERÍA, DOMICILIO, CAPACIDAD, CAPACIDAD, PERSONALIDAD, ESTADO CIVIL Y FILIACIÓN.
NACIONALIDAD * Antecedentes Vínculo entre persona y el estado que aparece en el siglo XV con varios elementos como la población y la nación. En México los pueblos étnicos e indígenas fundadores del país conformaban su propia nacionalidad entre aztecas, mayas etc. sin acuñar términos. Con la conquista adoptamos las costumbres de la nación española. Fue hasta la independencia que se busca una identidad nacional con Morelos pero no se logra. Hasta 1910 con la revolución mexicana y la Constitución de 1917 los mexicanos adquieren identidad y unidad nacional. La nacionalidad se pierde cuando el estado se transforma y desaparece o bien cuando se rompen sistemas jurídicos. Si el estado está vivo y conforma un grupo nacional la nacionalidad es una vivencia con temporalidad prolongada. Kelsen = Estado es la sociedad que se organiza y se estructura conforme a derecho. Surge en el siglo XV como una institución política y jurídica donde la sociedad busca el bien común o colectivo. Cicerón / Rosseau = Nación es la organización de la sociedad que busca un bien común. Manzini= Nación es la comunidad natural de individuos identificados en un grupo que persiguen fines comunes. Elementos vinculantes de la comunidad de personas: - Físico Físicoss (posi (posici ción ón geog geográf ráfic ica, a, raza raza y grupo grupo étnic étnico) o) - Psicológ Psicológicos icos (sentimie (sentimientos ntos de perte pertenenc nencia, ia, idiom idioma, a, cultu cultura ra y religión religión)) - Hist Históri órico coss (cos (costu tumb mbre ress y su evo evolu luci ción ón)) Enfoques de la nacionalidad según Manzini: 1. Soci So ciol ológ ógic ico. o. Hay Hay naci nación ón orig origin inar aria ia (cu (cuan ando do con confl fluy uyen en elem elemen ento toss físi físico cos, s, psicológicos e históricos) y nación derivada (que se debe al flujo migratoria que genera sincretismos) sincretismos) 2. Político. Ya existe un grupo que se identifica con un sentimiento de pertenencia pero confieren el poder a un líder para organizarse e identificarse con él. El poder se detenta en el príncipe. 3. Jurídico. Cuando la nación adquiere un líder éste la organiza y controla mediante normas y constituciones. * Concepto Vínculo jurídico – político que une a la persona en razón de pertenencia con uno o mas estados de manera originaria o derivada y de forma afectiva como efectiva. Elementos -------- subjetivos (sentimientos (sentimientos de pertenencia) pertenencia) --------- objetivos (lugar de nacimiento, nacimiento, documentación, residencia) Mexicano - al momen momento to de nacim nacimien iento to (padre (padress o terri territor torio) io) - con con post poster erio iori rida dadd (nat (natur ural aliz izac ació ión) n)
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en funci función ón a la pers persona ona (nac (nacer er en el el territ territori orioo o por fil filiac iación ión)) en funci función ón a las cosas cosas (nacer (nacer a bordo bordo de de aeronav aeronaves es o embarcaci embarcaciones ones))
* Teorías sobre la naturaleza de la nacionalidad a) Contractual – Sinalagmática Existe un pacto tácito entre estados e individuos donde ambos aceptan la cuestión de la nacionalidad y se obligan recíprocamente a varias cosas. CRÍTICA. Teoría errónea porque la nacionalidad no está sujeta a pactos y modalidades por ser una institución de orden público. B) Impositiva – Unilateral El estado impone su nacionalidad al particular. No opera en un estado democrático porque es arbitraria. Teoría errónea C) Acto Unión Te obligas cuando te encuentras en el supuesto normativo y la hipótesis correspondiente así quien está en ciertos supuestos es nacional (filiación). CRITICA. Teoría que funciona pero es incompleta porque no contempla la naturalización. D) Facultad discrecional del Estado El estado reconoce y otorga discrecionalmente la nacionalidad a quien la tiene (originarios) o a quien la solicita (derivados). Teoría más adecuada. * Principios rectores de la nacionalidad 1. Toda persona debe tener nacionalidad 2. Ninguna persona puede tener más de una nacionalidad (años 40-80´s) 3. Toda persona puede optar por otra nacionalidad (naturalización) 4. Toda naturalización fraudulenta es nula de manera absoluta 5. Reconocimiento a la doble o múltiple nacionalidad porque el vínculo de filiación con los padres e hijos es irrenunciable (a partir 1980) 6. Principio de efectividad en la nacionalidad. Vínculo de tipo objetivo (residencia, lugar documentos) porque la afectividad es un vínculo subjetivo (sentido de pertenencia) la primera es efectiva y la segunda es latente. * Clasificación de la nacionalidad Originaria se determina por el nacimiento ipso facto Derivada se determina por el nacimiento post facto mediante un procedimiento llamado naturalización que a su vez puede ser: - Ordi Ordina nari riaa (com (común ún par paraa los los extr extran anje jero ros) s) - Automáti Automática ca (en (en desuso desuso por por la ONU ONU ya ya no se impone impone con con el matrimoni matrimonioo si no no se solicita) - Privilegi Privilegiada ada (se (se ofrece ofrece de manera manera especia especial) l) el cóny cónyuge uge puede puede o no optar optar por por la nacionalidad del otro cónyuge. * Sistemas de asignación de Nacionalidad Originaria 1. IUS SOLI SOLI – se adquiere adquiere nacionali nacionalidad dad en base base al territori territorioo del país donde donde naces naces (artículo 42 constitucional) constitucional) Extraterritorialidad - embarcaciones y aeronaves
2. IUS SANGUINI SANGUINI – se adquiere adquiere nacionali nacionalidad dad por situaci situaciones ones de filiaci filiación ón en línea recta consiste en una transmisión directa no derivada en caso de que los padres hayan nacido en dicho territorio; si se naturalizaron es diferente procedimiento. Derivada 3. IUS DOMICILI DOMICILI – se adqui adquiere ere con 5 años años de reside residencia ncia en en México México para naturalización común y 2 años de residencia para naturalización privilegiada (matrimonios) 4. IUS OPTANDI OPTANDI – Cuando Cuando se combinan combinan los ius domicili, domicili, soli soli y sanguini sanguini se debe elegir una nacionalidad para efectos de derechos políticos. Si los padres naturalizan a sus menores hijos, cuando crezcan pueden elegir entre nacionalidades con un plazo máximo de un año. * Conflictos de leyes en materia m ateria de nacionalidad a. Apatridia / Heimatlosía o Apoloidismo situación de una persona que no tiene o ha dejado de tener una nacionalidad si nque ningún estado le atribuya su vínculo ej: gitanos, menores expósitos (xq no se sabe su filiación por lo tanto tampoco su nacionalidad) sin embargo se presume mexicano por encontrarse en territorio nacional; a diferencia de los menores abandonados que si se sabe su filiación b. Doble o múltiple nacionalidad Cuando más de un estado en forma simultánea le atribuyen y reconocen nacionalidad y vínculo a un individuo. El problema se resuelve bajo el principio de efectividad. c. Nacionalidad fraudulenta Cuando se simula un acto y se utiliza el beneficio d elas leyes para la conveniencia propia con la intención manifiesta. Causa la nulidad absoluta del acto y el dolo debe probarse por la autoridad. Ejemplos: Caso Nothebom y Breauffemont * Nacionalidad de personas jurídicas J. Paul Niboyet = no tienen nacionalidad porque el vínculo afectivo y efectivo debe es con una persona. Sin embargo, cuentan con nombre, domicilio, patrimonio etc. por lo tanto deben estar apoyadas por un estado que responda logrando una Constitución artificial de nacionalidad de una persona jurídica. Criterios para otorgar nacionalidad A personas jurídicas ----- Nacionalidad de socios: incorrecto xq pueden ser muchos ----- Lugar donde se constituye: incorrecto ----- Estado con cuya ley se constituye: CORRECTO ----- Domicilio legal: CORRECTO NOTA. Es mexicana una persona moral cuando se constituye bajo las leyes mexicanas y su residencia o domicilio legal están en territorio nacional. .* Nacionalidad de bienes - La nacionalidad armadora (quien lo fabrica) no se puede porque dichas armadoras pueden ser multinacionales
- Nacionalidad de tripulantes es imposible porque hay pilotos y capitanes de diferentes nacionalidades - Nacionalidad de la empresa imposible porque pueden ser tanto bi como multinacionales - Nacionalidad de la matrículo y el pabellón tanto para barcos como para aviones. Doble nacionalidad en personas morales se da si la matriz está en un estado pero se constituyen bajo las leyes de otro estado Internacional Leasing sistema
de arrendamiento financiero contractual internacional. No se compran aviones porque son muy caros, sino se rentan y tienen una matricula y bandera de la armadora. Al rentarlos cambia la bandera pero persiste la matrícula. NACIONALIDAD MEXICANA Antecedentes históricos 1. Mexica Mexica = ombligo ombligo de media media luna. La virge virgenn de Guadalupe Guadalupe parada parada al centro centro de la luna nos hace “hijos de la virgen” 2. Águila Águila parada parada en un nopal nopal devorando devorando una una serpiente serpiente = extranj extranjeros eros devora devorann mexicanos. Base normativa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ARTICULO 30 - Hipótesis de nacionalidad Originaria (por nacimiento en territorio nacional terrestre, aéreo y náutico) Derivada (por naturalización con carta de naturalización otorgada por SRE) ARTICULO 32 – Choice of law rule de tipo genérico – Ejercicio de cargos y funciones solo mexicanos por nacimiento En tiempos de paz y guerra los extranjeros no pueden ser policías o soldados Tripulaciones, mecánicos, maquinistas deben ser mexicanos de origen Mexicanos preferidos para otorgamiento de concesiones y empleos de gobierno ARTICULO 37 – Pérdida de nacionalidad + Ningún mexicano por nacimiento será privado de su nacionalidad aunque la renuncie en otro estado + ¿ Cómo se pierde la nacionalidad por naturalización? Por adquisición voluntaria de otra nacionalidad Por hacerse pasar como extranjero en un instrumento público Por usar pasaporte extranjero al ingresar al país Por aceptar o usar títulos de nobleza que impliquen sumisión a otro estado Por residir durante 5 años continuos en el extranjero. • • • • •
ARTICULO 73 XVI Órgano facultado para legislar sobre nacionalidad es el congreso de la unión * Legislación sobre nacionalidad - Ley de 1828 - Ley Vallarta 1886
- Ley de 1934 - Ley de 1993 - Ley de Nacionalidad Nacionalidad de 1998 - VIGENTE –
LEY DE NACIONALIDAD 23 de enero de 1998 reformada el 23 de enero de 2005. reglamentaria de los artículos 30,32,37 constitucionales. Se federaliza por la SER Contempla varios conceptos: Certificado de nacionalidad Documento oficial que acredita la nacionalidad mexicana de origen otorgado por la SER (pasaporte) Carta de naturalización naturalización Documento que acredita la nacionalidad mexicana derivada Extranjero Aquel que no reúne o deja de reunir las calidades de mexicano del artículo 30 constitucional Matrícula consular Nacionalidad Nacionalidad originaria (por nacimiento) nacimiento) Naturalización (nacionalidad derivada) Documentos probatorios de nacionalidad mexicana: Acta de nacimiento Certificado de nacionalidad mexicana Pasaporte Carta de naturalización Cédula de identidad ciudadana (NO EXISTE) Matrícula consular (con foto, banda magnética, identificación holográfica etc)
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Presunciones 1. Se presume presume que u mexican mexicanoo se ha sometido sometido a una nacio nacionali nalidad dad extranj extranjera era cuando realiza actos jurídicos para obtenerla o cuando se ostenta como extranjero en un instrumento público ante una autoridad. 2. Niño expósito expósito hallado en territorio territorio nacional nacional ha nacido, se presume, presume, en territorio nacional y es hijo de padre y madre mexicanos 3. La persona persona moral mexicana es: la que se constituye constituye conforme conforme a leyes leyes mexicanas mexicanas y la que tiene su domicilio legal en México. Si falta algún elemento no es mexicana. Reglas conflictuales – Choice of law rules – Del mexicano por nacimiento que tiene otra nacionalidad. I. DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL - En sus sus entrad entradas as y salid salidas as del del país país se osten ostenta tará rá como como mexic mexican anoo - La autor autorid idad ad mexic mexicana ana tien tienee obliga obligaci ción ón de reco reconoc nocerl erloo - Actos Actos jurídic jurídicos os en en zonas zonas de jurisdic jurisdicción ción mexicana mexicana (embajad (embajadas as y consu consulado lados) s) debe ostentarse como mexicano al igual que en actos regulados por leyes mexicanas. II. FUERA DEL TERRITO ITORIO NACIONAL
+ Si adquiere bienes inmuebles en México lo hace en calidad de mexicano + Si incorpora capital social a una sociedad mexicana lo hace como mexicano + Si solicita un empréstito en el exterior para el capital social de una persona moral mexicana debe ostentarse como mexicano + Interposición diplomática (cuando un nacional pide ayuda a su país porque otro le viola derechos fundamentales) SI renuncias a esta y adquieres inmuebes como mexicano no los pierdes. Si te ostentas como extranjero si pierdes dichos bienes inmuebles (Cláusula calvo) + Si un mexicano por nacimiento con otra nacionalidad pretende ocupar un cargo público debe renunciar a la nacionalidad extranjera y exhibir su certificado. Si no se cumple con esto se le suspenden funciones. Si la otra nacionalidad se adquiere de origen la renuncia no tiene efectos para el otro país; pero si era nacionalidad por naturalización si se pierde. NATURALIZACIÓN MEXICANA – Artículo 17 Ley de Nacionalidad – POR VÍA ORDINARIA Requisitos que debe cubrir el extranjero: 1. Presentar solicitud a la SER en donde manifieste manifieste su voluntad voluntad de ser mexicano mexicano 2. Formular Formular renunci renuncias as y protesta protesta que no podrán podrán ser ser exigidas exigidas hasta hasta que se haya haya tomado la decisión de otorgar la nacionalidad solicitante 3. Probar Probar que sabe hablar hablar españo español,l, conoce conoce la histori historiaa del país, país, y su integraci integración ón a la cultura nacional 4. Acreditar Acreditar que que ha residido residido en territo territorio rio naciona nacionall por 5 años consec consecutiv utivos os POR VIA PRIVILEGIADA – Previa solicitud la obtienen ciertas personas: a) Quienes Quienes son descend descendient ientes es en linea recta recta de mexicano mexicanoss por nacimiento nacimiento b) Por tener tener hijos hijos mexicano mexicanoss por nacimien nacimiento to c) Ser origina originario rio de país país latinoame latinoamerica ricano no o península península ibéric ibéricaa d) Quien preste preste servicios servicios a favor favor de la nació que que le causare causare un beneficio beneficio a la misma misma e) Matrimoni Matrimonioo con mexicano mexicano que que resida resida en el país acredi acreditand tandoo que viven viven en consuno – relación material vigente – f) Menores Menores adoptad adoptados, os, descend descendient ientes es hasta hasta en 2do grado grado que esten esten sujetos sujetos a patria patria potestad de mexicanos que deben tener un año mínimo de residencia en México antes de elaborar la solicitud. Si los padres no lo hacen los menores tienen un año a partir de que adquieren la mayoría de edad. NOTA. La carta de naturalización surte efectos un día después a su expedición Modalidades en la naturalización Ausencias temporales del país no interrumpen residencia para obtener naturalización a menos que sean dos años antes de presentar la solicitud o que exceda de 6 meses consecutivos. En caso de naturalización por matrimonio, si la nulidad matrimonial fue causada por el mexicano el extranjero no pierde nacionalidad de lo contrario si la pierde. En el divorcio el extranjero nunca pierde la nacionalidad. En todos los casos de naturalización la SER debe recabar opinión de la SEGOB El procedimiento de naturalización se interrumpe o suspense cuando al solicitante se le decrete auto de formal prisión o sujeción a proceso en México o en el extranjero No se expide carta de naturalización cuando… - No se se cump cumple le con con los los req requi uisi sito toss lega legale less •
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Se esta esta cumplien cumpliendo do con con sente sentencie ncienn privativa privativa de la la libert libertad ad por por delit delitoo doloso doloso en México - Cuando Cuando no no sea sea conven convenient ientee según según la SER SER quien quien debe fundar fundar y moti motivar var su su resolución. previa audiencia al interesado por el due process of law - La nulida nulidadd de la la carta carta de naturali naturalizaci zación ón surte surte efect efectos os retroac retroactivo tivoss desde desde su expedición Pérdida de la nacionalidad por naturalización Artículo 37B constitucional Por adquisición voluntaria de otra nacionalidad Por hacerse pasar como extranjero en un instrumento público Por usar pasaporte extranjero al ingresar al país Por aceptar o usar títulos de nobleza que impliquen sumisión a otro estado Por residir durante 5 años continuos en el extranjero. NOTA. Surte efectos a partir de que se decretó por la SER no tiene efectos retroactivos. • • • • •
Recuperación de nacionalidad 4to transitorio Ley de Nacionalidad 1998 Aquellos mexicanos por nacimiento que perdieron su nacionalidad por naturalizarse de otro país (antes) tienen 5 años a partir de el 12/01/1998 para recuperar su nacionalidad. Obsoleto por la retroactividad positiva de la ley Nacionalidad de aeronaves y embarcaciones mexicanas: Me falta esto lindos porfa si lo tienen pasenmelo no? gracias