Juicio ordinario (artículo (artículo 96 Código Procesal Procesal Civil y Mercantil) Mercantil) “Las contiendas que no tengan señalada tramitación especial, se ventilarán en Juicio Ordinario”.
nterposición nterposición de demanda (art. 31, 143, 145 $pc6m
Actitudes del demandado (Arts. 11, 11!, 11", 11# $%$&'
0mplaamiento 0mplaamiento (art. 111 $%$&'2 Audiencia por #
1. . . -.
!.
)e*eld *eld+a +a Alla Allana nami mien ento to $ontes $ontestac tación ión de de la dema demanda nda nterp nterposi osició ción n de e/cep e/cepcio ciones nes perentorias )econvención
0/cepciones previas (art. 113, 14. $%$&'. 9e
".
nco ncomp mpet eten enci cia a Liti Litisp spen ende denc ncia ia =ema =emanda nda de8e de8ectu ctuos osa a alta alta de de capa capacid cidad ad legal legal alta alta de per perso sona nali lida dad d alta alta de per perso sone ner+ r+a a alta alta de cumpli cumplimie miento nto del del plao plao o la la condición a que est? su7eto el derec
Apertura a prue*a (art. 1 $%$&' 9i 7ará un un 'edios de prue*a2 (art. 1" $%$&'
Auto para me7or 8allar (Art. 1#5.
1. . . -.
9entencia (art. 1#" $%$&': 1- LOJ. 08ectuada la vista o vencido el plao del auto para me7or 8allar. 8allar.
Dentro de 15 días.
;ista (Art. 1#3 9e señala d+a 6
!. 3.
5.
=eclar =eclaraci ación ón de las partes partes (14 =eclar =eclaraci ación ón de testig testigos os (1- =ictam =ictamen en de e/pert e/pertos os (13- (13- )econ )econoci ocimie miento nto 7udici 7udicial al (15 =ocu =ocume ment ntos os (15 (155 5 'edios 'edios cient+ cient+>co >cos s de prue*a prue*a (1#1 %resunciones (1#-
J#$C$% %&' ('&. 199 CPC*M) 9e tramitan en 7uicio oral2 1. . .
-. !. 3.
5.
Lo s a su nto s d e m eno r cuant+a Lo s a sun to s d e + n>m a cuant+a Los asuntos relativos a la o*ligación de prestar alimentos La rendición de cuentas L a di vis ió n de l a c os a com@n La declaratoria de 7actancia Los asuntos que por
$nter-osición de de!anda (art. 41 $%$&' %odrá presentarse
,!-laa!iento (art. 4 $%$&' Jue señala d+a 6
0egunda audiencia (art. 6)+ 9i no 8ue posi*le rendir todas las prue*as, se señala nueva audiencia dentro de un t?rmino no ma6or de 15 días. 0/traordinariamente 6 si no se pudo aportar todas las prue*as, se señalará tercera audiencia, dentro del t?rmino de 1 días.
0entencia (art. 2). =ictada dentro de cinco días, despu?s de la @ltima audiencia. 9i el demandado se allanó o con8esó los
'-elación. (art. 4# 9olo será apela*le la sentencia. 0l Bri*unal al reci*ir autos, señala d+a para la vista, dentro de " d+as 6 se dicta sentencia dentro de tres días siguientes.
Pri!era audiencia+ 1. $onciliación, que puede ser parcial (art. 4 . $ontestación de la demanda (4- . )econvención (4- -. Oposición de e/cepciones, al contestar demanda o reconvenir (Art. 4! !. )endición de prue*as (Art. 43
J#$C$% 0#M'&$% ('&. 9 CPC*M) nterposición de
9e tramitan en 7uicio sumario2 1. Los asuntos de arrendamiento 6 desocupación: . La entrega de *ienes mue*les, que no sean dinero: . La rescisión de contratos: -. La deducción de responsa*ilidad civil contra 8uncionarios 6 empleados p@*licos: !. Los interdictos: 3. Los que por disposición de le6 o por convenio de las partes de*an seguirse en esta v+a.
0/cepciones previas (art. $%$&'. =entro de segundo día ( días) de emplaado, puede el demandado
$ontestación de la demanda ( $%$&'. 0l t?rmino para contestar la demanda es de 3 días, en cu6a oportunidad de*en interponerse las e/cepciones perentorias.
Apertura a prue*a (- por 15
;ista (- en un t?rmino no ma6or de 1 días a partir del vencimiento del per+odo de prue*a.
9entencia (- de*e pronunciarse dentro de los 5 días siguientes.