JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 188/2012 MESA IV LICENCIADA NIEVES VS MARIA ROSA
C.JUEZ SEGUNDO MENOR PRESENTE:
C.LIC.NIEVES, con la personalidad que tengo acreditada en autos del expediente a la margen margen citada, citada, ante ante usted usted C.JUEZ C.JUEZ,, con el debido debido respet respeto o compar compareco eco ! expongo expongo lo siguiente" #ue por medio del presente presente ocurso ! con $undamento $undamento en lo dispuesto por el art%culo art%culo &'() del C*digo de Comercio, +engo en tiempo ! $orma a producir los siguientes"
ALEGATOS 1.- Con $eca oco de -ebrero del ao /(&/, presente demanda en V%a E0ecuti+a 1ercantil, con al car2cter de Endosataria en 3rocuraci*n, del C. 4e! 5rturo 6alindo -ernande ,en contra del C. 1aria Vidal 4osales, quedando radicado dico 0uicio, ante los %ndices de este 0ugado segundo menor, con el n7mero de Expediente &889&/.
/.: 3or auto de $eca // de 1aro del ao /(&/, se dio dio entrada a la demanda de re$erencia, acordando acordan do se requiera requiera a la demandada demandada C. 1aria 1aria Vida Vidall 4osales, 4osales, para que en en al acto de diligencia iciere pago de las prestaciones reclamadas por el actor, en caso contrario se le embargara bienes de su propiedad, eco que se puede constatar de actuaciones. ;.:
la que la demandada no ab%a suscrito el pagare base de la acci*n en ning7n momento, asimismo neg* que debiera la cantida cant idad d rec reclam lamada ada por el act actor or.. 5s 5sii mi mism smo o la o! dem demand andad adaa o$ o$re rece ce la lass pr prue ueba bass con$esi con$ esional onal,, La per perici icial al en cal caliga igara$ ra$ia ia gra gra$os $oscopi copiaa ! doc documen umentos toscopi copia,as a,asii com como o la instrumental de actuaciones.
'.:5si mismo se desaogo la +ista de la contestaci*n de demanda en tiempo ! $orma ,por la suscrita.
5.--3or el auto de /? de 5gosto del ao /(&/, ! con $undamento en el art%culo &'(& del C*digo de Comercio ! +istas las excepciones ! oposiciones de la demandada, se ordeno en dico pro+e%do, abrir el presente 0uicio, a desaogo de pruebas por el t=rmino de &@ d%as para ambas partes>5si mismo queda obligada la parte o$erente que su perito deber2 aceptar el cargo dentro del termino de tres d%as ! de ser positi+o se le concede el termino de cinco d%as para rendir su perita0e por escrito en t=rminos del articulo &/@; del c*digo de comercio el cual deber2 +ersar sobre los puntos de la parte o$erente teniendo como $irma indubitable la que estampe ante esta presencia 0udicial la demandada 1aria Vidal 4osales asta por cinco ocasiones !9o las +eces que se consideren necesarias mostrando su credencial de elector,la cual debera agregarse alos presentes autos la cual debera seer tomada en cuenta por el perito al momento de rendir su dictamen para lo cual deberaa comparecer ante el 0ugado en dia ! ora 2bil dentro de los tres d%as siguientes al que surta $ecto el presente auto,apercibi=ndole que de no comparecer se le declara desierta dica probana dada la $alta de inetres,!a que no se contara con elementos o con instrumento para el desaogo de los dictamenes periciales al requerirse la $irma indubitable. ).: Con $eca once del mes de Septiembre del ao /(&/, se tienen por amitidas las pruebas> CAN-ESIAN5L, 45BI-IC5CIAN
7.- 3or audiencia de $eca +einte de septiembre del /(&/ siendo las die oras desaoga la prueba con$esional la demandada 154I5 VI<5L 4AS5LES desaogo las posiciones $ormuladas por la actora, negando en $orma premeditada , la relaci*n mercantil que existe entre mi endosante ! la demandada, asimismo> negando deber lo reclamado por la parte actora, negaciones que deben de considerarse irrele+antes, por no des+irtuar con ninguna prueba $eaciente. El documento base de la acci*n, como consta en autos.
Es procedente la acci*n intentada en el presente 0uicio por la suscrita ! as% deber2 declararlo en su oportunidad su Seor%a, ! condenar al demandado al pago de las prestaciones reclamadas por las siguientes consideraciones de eco ! de dereco" Con el documento base de la acci*n aportado por la suscrita en el presente 0uicio , cu!a con$iguraci*n ! regulaci*n espec%$ica se encuentra en la Le! 6eneral de B%tulos ! Aperaciones de Cr=dito> as% la acci*n cambiaria directa que se intenta en el presente 0uicio, nace de la naturalea propia del documento base de la acci*n, que tiene por disposici*n expresa en la Le! el car2cter de e0ecuti+o ! como tal la condici*n de prueba preconstituida,
por lo que la o! demandada ,al negar los ecos que se le demandan si bien dice el có!"# e c#$e%c!# e& '( )%*!c(l# 11+,.-El que afirma está obligado a probar. En consecuencia, el actor debe probar su acción y el reo sus excepciones. A%*!c(l# 11+ el có!"# e c#$e%c!# el (e &!e") e'*) #l!")# ) %#)% '! e& el c)'# e& (e '( &e")c!#& e&(el) )3!%$)c!ó& e4%e') e (& 5ec5#6 mi contraparte en su escrito de demanda al negar el eco de aber suscrito o $irmado el documento base de la acci*n a $a+or de mi endosante, a$irma que lo antes mencionado quedara debidamente acreditado con la pericial en caligra$ia,gra$oscopia ! documentoscopia , lo cual no $ue debidamente acreditado ,es mas misma prueba que le es desecada por $alta de inter=s siendo la o! demandada la o$erente de la misma, por lo tanto mi contraparte no demuestra su dico, por no ser debidamente probado con$orme a dereco
Por lo anterior me permito trascribir las siguiente tesis jurisprudencial: PAGARÉS. SON PR!"A PR!#ONS$%$%&A' ( !S A) &!*AN&A&O A +%!N #ORR!SPON&! PRO"AR SS !,#!P#%ON!S. !l pagar tiene el carcter de t/tulo ejecuti0o' 1 constitu1e una prueba preconstituida de la acci2n' pues el propio documento contiene la e3istencia del derec4o' deine al acreedor 1 al deudor' 1 determina la prestaci2n cierta' l/6uida 1 e3igible de plao 1 condiciones cumplidos' como pruebas todas ellas consignadas en el t/tulo8 en tal 0irtud' es al demandado a 6uien corresponde probar sus e3cepciones. O#$A9O $R%"NA) #O)!G%A&O !N *A$!R%A #%9%) &!) PR%*!R #%R#%$O. #la0e: %.o.#. ' N;m.: <=5 # Amparo directo 5>?@@. Aurelio lores &elgado. 7 de junio de =@@@. nanimidad de 0otos. Ponente: *ar/a del #armen Snc4e Bidalgo. Secretaria: !dit4 Alarc2n *ei3ueiro. 9ase: Apndice al Semanario Cudicial de la ederaci2n =@=7-=@@5' $omo %9' *ateria #i0il' pgina
5ora bien la o! demandada 1aria Vidal 4osales en todo momento tal ! como plasma en su contestaci*n de demanda niega todos los ecos que se le demandan como el de aber sucrito o $irmado el pagare base de la acci*n, la cantidad que se le reclama,el aber estado de acuerdo con el inter=s pactado,al igual en el momento procesal oportuno desconoce en todo momento el contenido del documento base de la accion, es la misma demandada 1aria Vidal 4osales quien al articular el pliego de posiciones a mi endosante c. 4e! 5rturo 6alindo -ernande en la #'!c!ó& &($e%# *%e' contradice su dico tal ! como consta en autos dentro del presente 0uicio, pues cito textualmente su contradicci*n D#ue es cierto como lo es que el absol+ente tiene pleno conocimiento que en la $eca en que supuestamente prestara la cantidad reclamada dentro del presente 0uicio el inter=s era menor de lo sealado en dico documento> en donde queda en e+idencia el eco de querer engaar a su Seoria !a que la misma acepta aber suscrito o $irmado en total acuerdo el documento base de la acci*n por la suerte principal de F'(,(((.((GCUARENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONALH ,mas se incon$orma por el inter=s> contradicci*n que debe tomar en cuenta su Seor%a para dictar sentencia a $a+or de los intereses de la suscrita. 3or lo anteriormente expuesto ! $undado 5 USBE< C. JUEZ 5BENB51ENBE 3I
LIC NIEVES.