Introducción
La presente investigación tiene como finalidad mostrar la información más relevante sobre el estudio de los títulos valores en la cual nos especificaremos en el titulo valor de la letra de cambio, cheque y pagaré. Las letras de cambio constituyen documentos de crédito que pasan a formar parte en el balance general de los Efectos a cobrar, dependiendo de la transacción realizada. En los tiempos modernos, este instrumento de crédito se ha convertido en una herramienta importante para las transacciones comerciales, ya que la misma está contemplada en el ódigo de omercio, lo cual hace posible su cobro. En este sentido, se desarrollara el cheque, que es uno de los instrumentos con los cuales se moviliza la mayor cantidad de dinero en un país, por medio del cual una persona !librador o cuenta correntista", tiene derecho a disponer de la provisión de fondos que tiene en cuenta corriente bancaria, bien a favor de sí mismo o de un tercero. El cheque es el medio más utilizado para disponer de los fondos de una cuenta corriente sobre la cual se puede girar cheques pero no es la #nica forma. El convenio de cheque no es un contrato autónomo sino un acuerdo accesorio de cuenta corriente bancaria pero así como cheque es el medio de disponer de cantidades de dinero, es también un título de crédito que incorpora la promesa de pagar una suma de dinero. En este sentido, también se e$pondrá el pagaré el cual es un titulo valor que se utiliza en diferentes transacciones% este titulo valor es similar a la letra de cambio , en este caso se utiliza como una promesa de pago por parte del girador al beneficiario, pero también representa la devolución del bien en algunos casos. omo documento cambiario es un instrumento que permite dilatar el pago y aporta mayores garantías &urídicas a una relación comercial que implique una venta a crédito. El pagaré es un título valor literal y abstracto, emitido de forma nominativa directa que integra una promesa de pago incondicional por el cual una persona se obliga pura y simplemente a pagar una determinada cantidad en una fecha concreta a una persona o a su orden. En la presente investigación damos a conocer la definición de la letra de cambio, cheque y pagare, procediendo al análisis de variadas fuentes de información que permitieron su desarrollo de la manera más clara y concisa posible. ' continuación, el desarrollo del mismo.
Conclusión
La letra de cambio es el título que contiene la orden de pagar o hacer pagar al beneficiario del mismo, al vencimiento, una cantidad determinada de dinero en la forma establecida por la Ley. La importancia de este efecto cambiario la vemos proyectarse tanto en su función económica como en el ámbito &urídico. La letra de cambio nace por ser un título valor constitutivo cuando el obligado acepta que va a realizar el pago en beneficio del beneficiario.
Los requisitos de validez de la letra de cambio son ta$ativos, ya que la falta de alguno de ellos produce que el título no sea considerado como letra de cambio, pero si puede servir como medio probatorio en un &uicio para probar una obligación.
(anto la Letra de ambio como el )agaré son documentos de crédito de mucha importancia para realizar las transacciones legales en cualquier país. En *enezuela, esas transacciones tienen su base legal en el ódigo de omercio *igente, en donde se estipula todo lo referente a las mismas.
+na letra de cambio o pagaré pasan a formar parte de los Efectos a obrar o Efectos a )agar, seg#n sea el caso, del alance -eneral y para lo cual tienen una forma muy específica de presentación, al momento de realizarse la transacción, cuando son enviados al cobro o al descuento o cuando son simplemente cancelados. La Letra de ambio, al igual que el )agaré, incorpora el derecho patrimonial consistente en la obligación de dar una suma determinada de dinero, o una cantidad determinable de éste, conforme a los sistemas de actualización o rea&uste de capital legalmente admitidos. ay otros títulos valores que no incorporan, sino que sólo representan,derechos patrimoniales, tal el caso, por e&emplo, del certificado de depósito, conocimiento de embarque y carta de porte. 'si mismo, el cheque es un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito, que es librado, el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario. Los cheques pueden ser emitidos por cualquier titular de una cuenta corriente o apoderado autorizado, mientras no hayan sido notificados del cierre o suspensión del servicio de pago de cheques y pueden depositarse en una cuenta bancaria o cobrarse por ventanilla mediante la presentación de un documento que identifique al beneficiario.